Rectificacion Toribio

JUICIO DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO C. JUEZ DEL RAMO FAMILIAR EN TURNO PRESENTE EVELIA HARO ESPARZA, mexicana,

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JUICIO DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO C. JUEZ DEL RAMO FAMILIAR EN TURNO PRESENTE EVELIA HARO ESPARZA, mexicana, casada, mayor de edad, señalando como domicilio para recibir notificaciones los estrados de este juzgado y autorizando para que a mi nombre y representación las reciban en los términos del artículo 119 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado los C. LICS. GUADALUPE VARGAS ORNELAS Y/O MARIO ALFONSO PEREZ JIMENEZ, ante usted con todo respeto comparezco para: E X P O N E R: Por mi propio derecho y en la vía Civil Ordinaria de Tramitación Especial promuevo JUICIO DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO EN CONTRA DEL: C. OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL DE HUENTITAN EL ALTO JALISCO, CON DOMICILIO AMPLIAMENTE CONOCIDO EN ESTA CIUDAD ASI COMO AL AGENTE DE LA PROCURADURIA SOCIAL ADSCRITO A ESTE JUZGADO; DE QUIEN DEMANDO LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, DE LA SUSCRITA, TODA VEZ QUE DICHA ACTA SE ASENTO EL NOMBRE DE MARIA EBELIA ARO ESPARZA; SIENDO LO CORECTO COMO EVELIA HARO ESPARZA, YA QUE ASI ME HE DADO A CONOCER PUBLICA Y SOCIALMENTE.-

Al efecto haciendo de su conocimiento los siguientes puntos de:

H E C H O S: PRIMERO.- La suscrita EVELIA HARO ESPARZA, fue registrada en día x bajo el nombre de MARIA EBELIA ARO ESPARZA,

siendo el deseo de los padres que la misma se llamara EVELIA HARO ESPARZA, en dicho momento nadie noto el error cometido donde fue agregado el nombre de MARIA, además fue mal anotado el apellido paterno como se demuestra con el acta de nacimiento de la suscrita, numero x, del libro x realizada por el hoy demandado SEGUNDO.- La promovente fue socialmente conocida como EVELIA HARO ESPARZA en todos sus tramites administrativos y sociales TERCERA.- Para la muestra la suscrita contrajo nupcias mismas que se encuentra registradas bajo el acta de matrimonio 844 del libro 210 a foja 44 oficialía 02 de la Dirección de Registro Civil de esta ciudad el nombre de la suscrita es EVELIA HARO ESPARZA. CUARTA.- Des mismo modo la actora cuenta con documentación oficial como son la credencial de votar; así como de la cartilla de salud y citas medicas del instituto mexicano del seguro social y de la Constancia de no antecedentes penales expedida por el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses se desprende que la suscrita siempre me he conducido con el nombre de Evelia Haro Esparza. QUINTA.- Producto de su matrimonio la suscrita tiene dos hijos mismo que en el nombre de la madre se encuentra con el nombre de EVELIA HARO ESPARZA, mismos que se encuentran registrados bajo en numero de X del libro X del C Oficial del registro X SEXTO.- Por los hechos antes narrados, es necesario realizar el presente juicio, donde quede asentado que la señora MARIA EVELIA ARO ESPARZA y EVELIA HARO ESPARZA, resultan ser la misma persona, de ese modo evitar problemas y confusiones posteriores, por ende me comprometo a presentar dos testigos que del fe de mi dicho en el momento procesal oportuno CAPITULO DE DERECHO I.

Rigen el procedimiento los artículos 758, 759, 760, 761,762 763, y relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el estado.

II.

Determina la competencia el artículo 149, del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el estado

Por lo expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pedimos se sirva: PRIMERO. Téngasenos por presentada en la forma y términos de este escrito, demandando OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL De HUENTITAN EL ALTO JALISCO Y AL AGENTE DE LA PROCURADURIA SSOCIAL ADSCRITO A ESTE JUZGADO, las prestaciones enumeradas en el proemio de este ocurso y ofreciendo las pruebas que en derecho conviene, exhibiendo copia simple de este escrito y de sus anexos. SEGUNDO. Darle entrada a la misma y en consecuencia, con las copias exhibidas para el efecto emplazar y correr traslado a los demandados para que pueda hacer uso de su derecho a contestar la demanda y ofrecer las pruebas que pretenda rendir durante el juicio, y en coso contrario se les declare la rebeldía a los mismo.TERCERO.- se me tenga autorizando a los profesionistas antes mencionados para recibir todo tipo de notificaciones en el domicilio señalado para tal efecto. CUARTO. En su oportunidad dictar sentencia condenando a la parte demandada al cumplimiento de las prestaciones enumeradas.

ATENTAMENTE. GUADALAJARA JALISCO; A 1 DE SEPTIEMBRE DE 2009

EVELIA HARO ESPARZA