Proceso sucesorio intestado

ACTA DE REQUERIMIENTO: En la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, el cinco de julio de dos mil diec

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ACTA DE REQUERIMIENTO: En la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, el cinco de julio de dos mil dieciséis, siendo las once horas, yo, Liliana Beatriz Rodas Moreno, notaria, constituida en mi oficina profesional ubicada en la octava avenida, seis guion setenta y dos, zona uno de esta ciudad, soy requerida por las señoras: LUCÍA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, de treinta años, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil doscientos veintinueve, treinta y tres mil trescientos treinta tres, cero ciento uno (2229 33333 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas; ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO, de veintiocho años, casada, guatemalteca, comerciante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación mil ciento cuarenta, veinte mil ciento ochenta, cero ciento uno (1140 20180 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas; y por JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, de veintiséis años, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil ciento cincuenta, veinticinco mil doscientos uno, cero ciento uno (2150 25201 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas, quienes requieren mis servicios a efecto de que se tramite ante mí el PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL, de su hermano MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO, procediendo la infrascrita notaria de la manera siguiente: PRIMERO: manifiestan las requirentes que su hermano nació en ésta ciudad el quince de julio de mil novecientos cincuenta y cinco, y falleció también en ésta ciudad el uno de enero de dos mil catorce, según consta en las respectivas certificaciones de nacimiento y defunción que presenta, extendidas por el Registro Nacional de las Personas, habiendo quedando con derecho a sucederle en todos sus bienes, derechos y obligaciones los hermanos del causante, JILMA ESPERANZA, ISAMAR ANDREINA y LUCIA DEL MILAGRO, todas de apellido ZELADA MALDONADO, y acreditan el parentesco descrito con las certificaciones de nacimiento de cada una de las mencionadas, declarando además que el causante falleció soltero, no tuvo hijos, y que sus padres fallecieron, tal y como consta en las certificaciones de nacimiento y defunción del señor FEDERICO JOSÉ ZELADA RUIZ y de la señora LOURDES GABRIELA

MALDONADO MOLINA. SEGUNDO: con base en lo anterior las requirentes me solicitan: a) Que se tenga por promovido o radicado el presente PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL de su hermano, MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO; b) Que se tengan por presentados los documentos identificados y descritos; c) Que se señale día y hora para la junta de herederos y demás interesados; d) Que se hagan las publicaciones de ley; e) Que se dé aviso al Registro de Procesos Sucesorios; f) Que se pidan los informes a los Registros de la propiedad; g) Que se elabore el inventario de la mortual; h) Que en su oportunidad se le dé intervención a la Procuraduría General de la Nación; i) Que en su oportunidad se dicte al auto declaratorio de herederos. Sim más que constar, termino la presente acta, treinta minutos después de su inicio, constando en ésta hoja de papel bond a la que se adhieren los timbres de ley. Leo íntegramente lo escrito a las requirentes, quienes enteradas de su contenido, objeto, validez y efectos legales, la aceptan, ratifican y firman, haciéndolo a continuación la infrascrita notaria, que de todo lo relacionado, DOY FE.

F.

ANTE MI:

PRIMERA RESOLUCIÓN BUFETE PROFESIONAL DE LA NOTARIA LILIANA BEATRIZ RODAS MORENO, OCTAVA AVENIDA, SEIS GUION SETENTA Y DOS, ZONA UNO DE LA CIUDAD DE QUETZALTENANGO, CINCO DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS. I. Se tiene por radicado o promovido el Proceso Sucesorio Intestado Extrajudicial del señor MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO. II. Agréguense al expediente los documentos presentados. III. Para la junta de herederos o interesados se señala la audiencia del veinte de agosto de dos mil dieciséis, a las diez horas, la cual deberá llevarse a cabo en este Bufete. IV. Publíquense los edictos correspondientes, citando a los que tengan interés. V. Pídanse los informes a los registros de la propiedad, sobre si el causante otorgó testamento o donaciones por causa de muerte. VI. Dese aviso al Registro de Procesos Sucesorios de la Corte Suprema de Justicia.

VII. Elabórese el inventario respectivo. VIII. En su

oportunidad, confiérase audiencia a la Procuraduría General de la Nación. IX. Lo demás solicitado téngase presente para su oportunidad. Artículos: 453, 455, 456, 488, del Decreto Ley 107, Código Procesal Civil y Mercantil art 2º. Del Decreto 73- 75 del Congreso de la República.

NOTIFICACIÓN A REQUIRENTES En la ciudad de Quetzaltenango, el cinco de julio de dos mil dieciséis, siendo las doce horas, en mi oficina profesional ubicada en octava avenida seis guion setenta y dos, zona uno de la ciudad de Quetzaltenango, notifiqué el contenido de la resolución anterior a LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, quienes quedan enteradas y firman. DOY FE.

AVISO AL REGISTRO DE PROCESOS SUCESORIOS SEÑOR ENCARGADO DEL REGISTRO DE PROCESOS SUCESORIOS: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA En cumplimiento de la ley, a usted atentamente: AVISO: 1. Que a solicitud de LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, el día 05 de julio de 2016, se radicó el Proceso Sucesorio Intestado Extrajudicial de: Nombre del Causante: MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO. Fecha de fallecimiento: 1 de enero de 2014. Padres del causante: FEDERICO ZELADA RUIZ y LOURDES GABRIELA MALDONADO MOLINA. Presuntos herederos: Hermanos: JILMA ESPERANZA, ISAMAR ANDREINA y LUCÍA DEL MILAGRO, todas de apellido ZELADA MALDONADO. El proceso sucesorio es: INTESTADO.

Guatemala, 06 de julio de 2016.

Liliana Beatriz Rodas Moreno Notaria 8ª. Avenida 6-72, zona 1, Quetzaltenango. Teléfono 41141884

SOLICITUD DE INFORME AL REGISTRO CENTRAL DE LA PROPIEDAD Guatemala, 06 de julio de 2016

Señor Registrador Registro General de la Propiedad de la Zona Central Ciudad de Guatemala

Señor Registrador Le agradeceré se sirva informarme, si entre los avisos enviados a este Registro, se ha comunicado que el señor MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO, quien falleció el 1 de enero de 2014, otorgó testamento o donación por causa de muerte.

Agradeciendo su atención me suscribo de usted, con mis muestras de consideración.

Atentamente.

Liliana Beatriz Rodas Moreno Notaria 8ª. Avenida 6-72, zona 1, Quetzaltenango. Teléfono 41141884

SOLICITUD DE INFORME AL SEGUNDO REGISTRO DE LA PROPIEDAD Quetzaltenango, 06 de julio de 2016

Señor Registrador Segundo Registro de la Propiedad Quetzaltenango

Señor Registrador Le agradeceré se sirva informarme, si entre los avisos enviados a este Registro, se ha comunicado que el señor MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO, quien falleció el 1 de enero de 2014, otorgó testamento o donación por causa de muerte.

Agradeciendo su atención me suscribo de usted, con mis muestras de consideración y respeto

Atentamente.

Liliana Beatriz Rodas Moreno. 8ª. Avenida 6-72, zona 1, Quetzaltenango. Teléfono 41141884

EDICTO LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, radicaron ante mí el proceso sucesorio intestado extrajudicial de MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO. Junta de herederos 20 de agosto de 2,016, diez horas, en octava avenida, seis guion setenta y dos, zona uno de la ciudad de Quetzaltenango. Cito a los que tengan interés. Guatemala, 06 de julio de 2016. Liliana Beatriz Rodas Moreno, Notaria.

ACTA NOTARIAL DE JUNTA DE HEREDEROS: En la ciudad de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, el veinte de agosto de dos mil dieciséis, siendo las diez horas, yo, Liliana Beatriz Rodas Moreno, notaria, constituida en mi oficina profesional ubicada en la octava avenida, seis guion setenta y dos, zona uno de esta ciudad, soy requerido por las señoras: LUCÍA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, de treinta años, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil doscientos veintinueve, treinta y tres mil trescientos treinta tres, cero ciento uno (2229 33333 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas; ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO, de veintiocho años, casada, guatemalteca, comerciante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación mil ciento cuarenta, veinte mil ciento ochenta, cero ciento uno (1140 20180 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas; y por JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, de veintiséis años, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil ciento cincuenta, veinticinco mil doscientos uno, cero ciento uno (2150 25201 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas. Las requirentes solicitan mis servicios profesionales, ya que ante mis oficios se tramita el PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL de su hermano MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO, y siendo hoy el día y hora señalado para la junta de herederos e interesados, teniéndose a la vista las publicaciones aparecidas en el diario oficial de Centro América los días diez, diecisiete y veinticuatro de julio de dos mil dieciséis, juramento a las comparecientes en la forma legal, les advierto lo relativo al perjurio y procedo de la forma siguiente: PRIMERO: Me manifiesta que comparecen en su calidad de hermanas del causante. SEGUNDO: Continúan manifestando las comparecientes en la calidad con que actúan, que ACEPTAN expresamente la herencia que les corresponde. Sin más que hacer constar, termino la presente acta, cuarenta minutos después de su inicio, la cual consta en esta única hoja de papel bond a la que se le adhieren los timbres de ley. Leo lo escrito a las requirentes, quienes

enteradas de su contenido, objeto, valor y demás efectos legales, la aceptan, ratifican y firman, juntamente con la notaria autorizante, que de todo lo relacionado, DOY FE.

F.

ANTE MÍ:

F.

F.

RESOLUCIÓN DE TRÁMITE OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA LILIANA BEATRIZ RODAS MORENO, OCTAVA AVENIDA SEIS GUION SETENTA Y DOS, ZONA UNO DE LA CIUDAD DE QUETZALTENANGO, VEINTE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS. I. Se tiene por efectuada la junta de herederos en los términos expuestos.

II. Agréguese a sus

antecedentes los ejemplares del diario oficial que contienen los edictos correspondientes III. Lo demás téngase presente para su oportunidad. Artículos 1, 2, 4, 5 del decreto 54-77 del Congreso de la República.

NOTIFICACIÓN A REQUIRENTES En la ciudad de Quetzaltenango, el veinte de agosto de dos mil dieciséis, siendo las once horas, en mi oficina profesional ubicada en octava avenida seis guion setenta y dos, zona uno de esta ciudad, notifiqué el contenido de la resolución anterior a las señoras LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, quienes quedan enteradas y firman. DOY FE.

ACTA NOTARIAL DE AUTORIZACIÓN DE INVENTARIO DE LA MORTUAL DEL SEÑOR MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO. En la ciudad de Quetzaltenango, departamento de

Quetzaltenango, el treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, siendo las nueve horas, constituida en mi oficina profesional ubicada en la octava avenida, seis guion setenta y dos, zona uno de esta ciudad, soy requerida por las señoras: LUCÍA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, de treinta años, casada, guatemalteca, ama de casa, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil doscientos veintinueve, treinta y tres mil trescientos treinta tres, cero ciento uno (2229 33333 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas; ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO, de veintiocho años, casada, guatemalteca, comerciante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación mil ciento cuarenta, veinte mil ciento ochenta, cero ciento uno (1140 20180 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas; y por JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, de veintiséis años, soltera, guatemalteca, estudiante, de este domicilio, se identifica con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil ciento cincuenta, veinticinco mil doscientos uno, cero ciento uno (2150 25201 0101), extendido por el Registro Nacional de las Personas ,

quienes son juramentadas y ofrecen conducirse con la verdad. A su requerimiento, procedo a autorizar el inventario de la mortual de su señor hermano MANUEL RICARDO ZELADA MALDONADO, dentro del proceso sucesorio intestado que se sigue al causante, procediéndose con base en lo declarado y documentos que me presenta, siendo así: ACTIVO: Finca urbana ubicada en la cuarta avenida cuarenta y tres guion treinta y cuatro zona tres de esta ciudad, inscrita con el número de finca ciento setenta y cinco folio veintitrés, libro trescientos sesenta y nueve de Quetzaltenango, con un área de 73.73 m2 y en la matricula fiscal 1574-S; la que tiene conforme avalúo un valor de DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL SETENTA Y CUATRO QUETZALES ( Q. 226,074.00) - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

Q. 226,074.00

SUMA DEL ACTIVO: Q. 226,074.00. DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL SETENTA Y CUATRO QUETZALES PASIVO: 1. Honorarios Profesionales por Dirección del Proceso Sucesorio, ocho mil setecientos ochenta y dos quetzales con veintidós centavos.

Q. 8,782.22

2. Honorarios Profesionales por Procuracion de Proceso Sucesorio, cuatro mil trescientos noventa y un quetzales con once centavos.

Q. 4,391.00

3. Honorarios Profesionales por autorización acta de inventario según arancel seis mil ochocientos ochenta y dos quetzales y veintidós centavos.

Q. 6,882.22

4. Honorarios Profesionales por dirección en el Proceso Administrativo dos mil seiscientos treinta y cuatro quetzales con sesenta y seis centavos.

Q. 2,634.66

5. Publicaciones en el Diario Oficial, con motivo de Proceso Sucesorio: ciento treinta y cinco quetzales con sesenta y ocho centavos.

Q. 135.68

SUMA DEL PASIVO:

Q. 22,825.89

VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO QUETZALES CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS. LIQUIDACION: SUMA DEL ACTIVO:

Q. 226,074.00

SUMA DEL PASIVO:

Q. 22,825.89

LIQUIDO:

Q. 203,248.11

DOSCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO QUETZALES CON ONCE CENTAVOS. Sin más que hacer constar, se da por terminada la presente acta notarial de inventario, en el mismo lugar y fecha, una hora después de su inicio, manifestando las requirentes que si tuvieran conocimiento de otros bienes del causante, los darán a conocer en otro inventario. DOY FE de

tener a la vista la certificación registral de la finca, copia del avaluó, facturas proforma de honorarios profesionales y recibo de publicaciones. La presente acta consta en dos hojas de papel bond a las que se les adhieren los timbres de ley. Leo lo escrito a las requirentes, quienes enteradas de su contenido, objeto, validez y efectos legales, la aceptan, ratifican y firman, haciéndolo a continuación la suscrita notaria, que de lo relacionado, DOY FE.

F.

ANTE MÍ:

RESOLUCIÓN DE TRÁMITE: OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA LILIANA BEATRIZ RODAS MORENO, OCTAVA AVENIDA SEIS GUION SETENTA Y DOS, ZONA UNO DE LA CIUDAD DE QUETZALTENANGO, TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS.

I. Siendo el momento oportuno, se corre audiencia a la Procuraduría General de la Nación, para que emita opinión. II. Trasládese el expediente respectivo. Artículos: 453, 455, 456, 488 y 492 del Decreto Ley 107, Código Procesal Civil y Mercantil.

NOTIFICACIÓN A REQUIRENTES En la ciudad de Quetzaltenango, el treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, siendo las diez horas, en mi oficina profesional ubicada en octava avenida seis guion setenta y dos, zona uno de esta ciudad, notifiqué el contenido de la resolución anterior a las señoras LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, quienes quedan enteradas y firman. DOY FE.

NOTIFICACIÓN A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN En la ciudad de Quetzaltenango, el treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, siendo las quince horas, notifiqué el contenido de la resolución anterior a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por medio de Sara Pérez, quien quedó enterado(a) y firma. DOY FE.

AUTO DECLARATORIO DE HEREDEROS OFICINA PROFESIONAL DE LA NOTARIA LILIANA BEATRIZ RODAS MORENO, OCTAVA AVENIDA SEIS GUION SETENTA Y DOS, ZONA UNO DE LA CIUDAD DE QUETZALTENANGO, TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS. SE TIENE A LA VISTA: ara resolver el PROCESO SUCESORIO INTESTADO EXTRAJUDICIAL del señor: MANUEL GERARDO ZELADA MALDONADO, radicado en este bufete por las señoras LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, el día cinco de julio de dos mil dieciséis. CONSIDERANDO: Que la ley llama a la Sucesión Intestada, en primer lugar a los hijos, incluyendo a los adoptivos y al cónyuge sobreviviente que no tenga derecho a gananciales, a falta de decencia, sucederán los ascendientes más próximos y el cónyuge. Y a falta de los llamados a suceder, según el artículo 1080 del Código Civil sucederán los parientes colaterales hasta el cuarto grado. En el presente caso, con la documentación que consta en el proceso, se establece que el causante falleció el uno de enero de dos mil catorce, sin otorgar disposición testamentaria o donación por causa de muerte, según los informes de los Registros de la Propiedad, teniendo derecho a sucederle, por falta de padres e hijos, sus hermanas, al ser los llamados por la ley, siendo las señoras LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO. Al proceso se aportó: a) La certificación de nacimiento y defunción del causante; b) la certificación de nacimiento y defunción de los señores padres del causante; c) la certificación de nacimiento de cada una de las hermanas del causante; d) Se recibió el informe del Registro de Procesos Sucesorios con respecto a la radicación del proceso y de los Registros de la Propiedad, informando la inexistencia de testamento y donación por causa de muerte; e) Se publicaron los edictos en el diario oficial; f) La herencia fue aceptada por las señoras LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO; g) el haber hereditario se hizo constar en el respectivo inventario; h) No hubo oposición de parte alguna; i) Por último, la Procuraduría General de la Nación opino

favorablemente que procedía declarar herederas Ab-Intestato del causante a sus hermanas LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO en todos los bienes, derechos y obligaciones que a su fallecimiento dejare el causante, sin perjuicio del tercero de igual o mejor derecho, debiendo así resolverse. ARTICULOS: 1068, 1078, 1079, 1080 del Código Civil, Decreto Ley 106; 45, 450, 453, 455, 456, 457, 478, 479, 481, 488, 491, 492, 494, del Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107. POR TANTO: La suscrita notaria, con base en lo considerado y leyes citadas, al resolver, DECLARA: I) CON LUGAR el PROCESO SUCESORIO EXTRAJUDICIAL INTESTADO del señor MANUEL GERARDO ZELADA MALDONADO; II) En consecuencia herederas Ab-Intestato del causante, a sus hermanas: LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, de todos sus bienes, derechos y obligaciones; III) La presente declaración se hace sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho; IV) NOTIFIQUESE.

NOTIFICACIÓN A REQUIRENTES En la ciudad de Quetzaltenango, el treinta de noviembre de dos mil dieciséis, siendo las doce horas, en mi oficina profesional ubicada en octava avenida seis guion setenta y dos, zona uno de esta ciudad, notifiqué el contenido de la resolución anterior a las señoras LUCIA DEL MILAGRO ZELADA MALDONADO, ISAMAR ANDREINA ZELADA MALDONADO y JILMA ESPERANZA ZELADA MALDONADO, quienes quedan enteradas y firman. DOY FE.