PROCEDIMIENTO RECALL

PROCEDIMIENTO DE RECALL Revisado por: Coordinador ISO 1. Aprobado por: Gerente General PRO- CAL -003 Versión: 001 02/

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PROCEDIMIENTO DE RECALL Revisado por: Coordinador ISO

1.

Aprobado por: Gerente General

PRO- CAL -003 Versión: 001 02/01/20

OBJETIVO

Establecer el procedimiento para el retiro de un producto del mercado, de una manera completa, rápida y efectiva de todo lote o lotes de producto que no satisfaga los requisitos de calidad y/o inocuidad establecidos. 2.

ALCANCE

Se aplica al producto procesado en las instalaciones de la empresa AAA SAC No conformes que no satisfagan los requisitos de calidad e inocuidad. 3.

RESPONSABILIDADES

4.1 El Gerente General es el responsable de asignar los recursos necesarios para la ejecución del presente procedimiento y coordinar la atención de la posible afectación a terceros. 4.2 El Jefe de Calidad es el responsable de ejecutar el procedimiento del retiro del producto en coordinación con el Jefe de Logística. 4.3 El Jefe de Logística es el encargado de comunicarse con los clientes sobre el producto afectado y es quien coordinará con el Jefe de Aseguramiento de la calidad, sobre la disposición final de los productos retirados con la aprobación del Gerente General. 4.

REFERENCIAS



5.

Norma ISO 22000

DETALLE DEL PROCEDIMIENTO DIMIENTO

DE6.1 Retiro de producto no conforme por defecto de calidad:

 Cuando exista evidencia suficiente para concluir que nuestro producto Pan de Molde se encuentra fuera de la especificación descrita en la ficha técnica, y este sea reclamado por alguno de nuestros clientes, se deberá aplicar el Procedimiento PRO- CAL-009 ATENCION DE QUEJAS Y RECLAMOS y activar la acción correctiva del retiro del lote(s) del producto.

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6.2

Aprobado por: Gerente General

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El Jefe de Calidad coordina las acciones con los representantes de las empresas implicadas, valiéndose para ello de comunicaciones orales y/o escritas, constituyendo estas últimas, evidencia de las mismas, las que se archivarán en un expediente diseñado para dicho fin.



Una vez realizado el recojo de los productos no conformes se procederá de acuerdo al Procedimiento PRO-CAL-007 TRATAMIENTO DE PRODUCTO NO CONFORME.

Retiro de Producto no conforme por Inocuidad.  En el probable caso de que se recibiera una queja de un cliente y/o consumidor que el producto hubiere sido causante y/o existiera la probabilidad de riesgo inminente de una toxiinfección alimentaria y aplicando previamente las acciones descritas en el PRO- CAL-009 ATENCION DE QUEJAS Y RECLAMOS; se notificará a la Autoridad Sanitaria y se realizará una advertencia pública, empleándose medios de comunicación escritos, radiales o televisivos a fin de prevenir el consumo de los productos producidos en cuestión; antes de las 24 horas de suscitado el hecho. Asimismo el Gerente General realizará las coordinaciones con la Red de salud del distrito donde se suscitó la Alerta Sanitaria para lo cual utilizara el Directorio del Red de Salud del Ministerio de Salud http://www.minsa.gob.pe/portalminsa/directorioinstitucional/default.asp y realizará las coordinaciones correspondientes para la atención de los afectados.  El Jefe de Logística, y el Jefe de Calidad realizará la trazabilidad del lote(s) implicado(s) y coordinaran con los clientes a las cuales se ha entregado los lotes observados, siendo corroborados con los registros generados durante su procesamiento y distribución. Habiéndose identificado y ubicado el producto, se ordenará la inmovilización del mismo para su recojo inmediato.  Con la aprobación del Gerente General, se procederá entonces al retiro del producto en cuestión desde los almacenes de los clientes y registrarlo en el formato FOR-CAL-008 RETIRO DEL PRODUCTO DEL MERCADO según el caso, recayendo sobre el Jefe de Calidad la coordinación de dichas acciones con los representantes de las empresas implicadas, valiéndose para ello de comunicaciones orales y/o escritas, constituyendo estas últimas,

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Aprobado por: Gerente General

PRO- CAL -003 Versión: 001 02/01/20

evidencia de las mismas, las que se archivarán en un file aperturado para dicho fin.  Al finalizar el recojo de los productos observados son devueltos a la planta para posteriormente, hacer la suma de todos los productos observados. El Jefe de Calidad realiza las coordinaciones con un laboratorio acreditado por INACAL para la realización del muestreo y los análisis microbiológicos, fisicoquímicos o toxicológicos según corresponda.

6.



Una vez recolectado el producto, y habiéndose obtenido los resultados de los análisis microbiológico, fisicoquímicos o toxicológico y se determinara que los productos no son aptos para el consumo. Estos serán destinados para su desecho; para lo cual el Jefe de Calidad, realizará las coordinaciones correspondientes con una empresa prestadora de servicios de residuos sólidos autorizada por Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, para lo cual hará uso del portal www.digesa.sld.pe; esta acción de eliminación del producto se realizará en presencia de un NOTARIO, el mismo quien redactará el ACTA DE ELIMINACIÓN DE PRODUCTOS, la cual verificará las cantidades y el lote del producto destruido.



El Jefe de Calidad emitirá un Informe Final de todo el proceso de recolecta documentado, cursando copias a la Gerencia General y a quien corresponda DOCUMENTOS ASOCIADOS

PRO- CAL-009 ATENCION DE QUEJAS Y RECLAMOS FOR-CAL-008 RETIRO DEL PRODUCTO DEL MERCADO PRO-CAL-007 TRATAMIENTO DE PRODUCTO NO CONFORME.

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