Procedimiento Penal Ordinario

Penas privativas de libertad superiores a 9 años PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO Denuncia, querella, atestado policial o

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Penas privativas de libertad superiores a 9 años

PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO Denuncia, querella, atestado policial o de oficio

-Carácter reservado, salvo excepciones

Sumario (Jueces de Instrucción)

-Adopción de medidas artículo 681.2 LECr -6 meses (18 en caso de complejidad, prorrogables hasta un máximo de otros 18 meses más)

Auto de procesamiento (Recurso de reforma en 3 días y subsidiario de apelación en 5) Práctica de diligencias

Ministerio Fiscal insta al Juez para que dicte auto de conclusión

Auto de conclusión del sumario

Remisión de autos y piezas de convicción al Tribunal competente

Notificación al querellante, al encausado y demás responsables civiles, emplazándoles para que comparezcan en 10 días (15 si fuera ante el TS)

(Generalmente la Audiencia Provincial)

El Letrado de la Administración de Justicia designa al Magistrado Ponente y da traslado de los autos para la instrucción por otro (3-10 días)

Juicio oral

Escritos de calificación (Propuesta de pruebas)

Auto del Tribunal

Admisión (no recurso)

Juicio Oral

Rechazo (Casación)

-Práctica de la prueba

3 días

-Calificaciones definitivas

Traslado al Ponente y auto del Tribunal

Revocación

Resolución

Diligencia del Letr. Adm. Just., traslado al Ponente para el examen de las pruebas y devolución de la causa.

Escrito confirmando el auto de conclusión del sumario o solicitando nuevas diligencias

Confirmación auto de conclusión

15 días

3 días

-Conclusiones

Sobreseimiento Devolución para la práctica de nuevas diligencias

- Última palabra 3 días

Declaración del juicio concluso para sentencia

Sentencia