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PROCEDIMIENTO EXAMENES MÉDICO OCUPACIONALES Código 3D-SSMA-PR-07 Versión 01 Página 1 de 8 PROCEDIMIENTO: EXAMEN

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EXAMENES MÉDICO OCUPACIONALES

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EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES CODIGO: 3D-SSMA-PR-07

Versión: 01

Elaborado Por:

Revisado por:

Aprobado por:

Augusto Robles

Jvan Jovanovic Aguirre

Hugo Ferro Reyes

Prevencionista

Residente de Obra

Gerente de Proyecto

Fecha de Elaboración: 03.09.18

Fecha de Revisión: 04.09.18

Fecha de Aprobación: 05.09.18

Una vez impreso el presente documento se convierte en copia no controlada. El responsable del área debe asegurar contar con la versión vigente.

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INDICE 1.

OBJETIVO ......................................................................................................... 3

2.

ALCANCE .......................................................................................................... 3

3.

DEFINICIONES .................................................................................................. 3

4.

DOCUMENTOS O NORMAS DE REFERENCIA ................................................ 4

5.

RESPONSABILIDADES ..................................................................................... 4

6.

PROCEDIMIENTO ............................................................................................. 5

7.

REGISTRO: ....................................................................................................... 8

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1. OBJETIVO Establecer los criterios para el adecuado cumplimiento de exámenes médicos ocupacionales en los trabajadores, así como identificar riesgos para la salud de los trabajadores a través de estos. 2. ALCANCE Este procedimiento es de alcance a todos los trabajadores de la empresa 3D Contratistas Generales E.I.R.L. y a las empresas subcontratistas que brinden servicio para la empresa. 3. DEFINICIONES ➢ Enfermedad Ocupacional Se llama así a todo estado patológico permanente o temporal que adquiere el trabajador como consecuencia de agentes físicos, químicos, biológicos o ergonómicos en el trabajo que desempeña. ➢ Salud En relación con el trabajo, abarca la ausencia de afecciones o enfermedades, incluyendo los elementos físicos y/o mentales; directamente relacionados con el desempeño competitivo del trabajador. ➢ Exámenes médico pre ocupacional Es la evaluación médica que se realiza al trabajador antes de que ingrese al puesto de trabajo. Tiene por objetivo determinar el estado de salud al momento del ingreso, y su aptitud al puesto de trabajo. Esto aplica a todo trabajador que esté involucrado con trabajos de alto riesgos. ➢ Exámenes médico ocupacional periódico Se realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, que se asocien al puesto de trabajo y los estados pre patogénicos. La periodicidad de la evaluación médica ocupacional periódica anual para el personal destacado a proyectos y de 2 años para el personal administrativo que se encuentre en las oficinas fuera del proyecto en ejecución. Una vez impreso el presente documento se convierte en copia no controlada. El responsable del área debe asegurar contar con la versión vigente.

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➢ Exámenes de retiro Evaluación médica realizada al trabajador respecto de su estado y condición de salud días previos al cese laboral o desvinculación laboral. Mediante este examen se busca detectar enfermedades relacionadas al trabajo, secuelas de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo. Para la empresa es obligatoria por ser considerada una empresa de alto riesgo. ➢ Exámenes Médicos Ocupacionales – Actividades No Incluidas en Alto Riesgo. Los exámenes médicos ocupacionales se practican cada dos (2) años. En el caso de nuevos trabajadores se tendrá en cuenta su fecha de ingreso, para el caso de los trabajadores con vínculo vigente se tomará en cuenta la fecha del último examen médico ocupacional practicado por su empleador. 4. DOCUMENTOS O NORMAS DE REFERENCIA -

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Ley Nº 26842, Ley General de Salud. Ley 29783; Ley de seguridad y salud en el trabajo Resolución Ministerial N° 312-2011/MINSA, que aprueba los Protocolos de Exámenes Médicos y guías de diagnóstico de los exámenes médicos obligatorios por actividad Resolución Ministerial N° 004-2014/MINSA Modificación el documento técnico “Protocolos de exámenes médicos ocupacionales y guías de diagnóstico de los exámenes médicos obligatorios por actividad “. Resolución Ministerial N° 571-2014/MINSA Modifican Documento Técnico “Protocolos de Exámenes Médico Ocupacionales y Guías de Diagnóstico de los Exámenes Médicos Obligatorios por Actividad”, aprobado por R.M. N° 3122011/MINSA Resolución Ministerial N° 021-2016/MINSA Aprobación del perfil de competencias del médico ocupacional. 3D-SSMA-PL-01, Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 3D-SSMA-RG-01, Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo, Obligaciones de los trabajadores.

5. RESPONSABILIDADES ➢ Gerente General / Gerencia del Proyecto o Brindar los recursos necesarios para el cumplimiento del presente procedimiento.

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➢ Residente de Obra o Gestionar la realización de los exámenes médicos ocupacional para el personal de la empresa. o Monitorear que se cumplan con los levantamientos de observaciones médicas. ➢ Prevencionista o Elaborar y actualizar el presente procedimiento o Asegurar asesoría para un mayor entendimiento del presente procedimiento. o Asegurar el cumplimiento del presente procedimiento, mediante el seguimiento y control de todo el personal que debe pasar exámenes médicos ocupacionales. o Reportar al Gerente General, el nivel de cumplimiento del presente procedimiento. o Verificar un correcto servicio de la clínica ocupacional designada para dicho servicio de evaluaciones medicas ocupacionales. o Coordinar la entrega de resultados médicos a través del médico ocupacional externo y/o gestionar con la clínica que brinda el servicio. o Almacenar de forma adecuada los certificados de aptitud médica y el registro de entrega de resultados a los trabajadores. ➢ Trabajador o Cumplir con el presente procedimiento. o Conocer y entender el presente procedimiento. o Realizar los exámenes médicos ocupacionales de los cuales están legalmente obligados de realizar. o Realizar el levantamiento de las observaciones con la finalidad de asegurar que sean apto medicamente para el puesto de trabajo. 6. PROCEDIMIENTO a. Exámenes Médicos Ocupacionales: El personal que ingrese a laborar a la empresa 3D Contratistas Generales, antes de iniciar las labores deberá pasar por un examen médico ocupacional para trabajos de alto riesgo y en caso no lo sean los exámenes médicos ocupacionales Una vez impreso el presente documento se convierte en copia no controlada. El responsable del área debe asegurar contar con la versión vigente.

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se realizaran de acuerdo luego de 02 años de haber firmado el contrato y para personal antiguo 02 años luego del último examen médico ocupacional, las evaluaciones a considerar se especifican en el Protocolo de Exámenes Médicos, el cual deberá estar validado por un médico ocupacional de acuerdo a los requisitos de la R.M. 571-2014-MINSA, R.M. 004-2014-MINSA. Para el personal destacado al proyecto, se realizará antes de ingresar a laborar para verificar su aptitud médica. En el caso del proyecto destacado se coordinará con el área de salud ocupacional del cliente para realizar los exámenes médicos ocupacionales de acuerdo a los protocolos médicos establecidos para el proyecto. Se deberá verificar que los exámenes médicos ocupacionales sean realizados por clínicas autorizadas en DIGESA. El establecimiento de Salud ocupacional, realizara las evaluaciones médicas con la finalidad de verificar la aptitud médica del trabajador, para el puesto de trabajo al cual postula. El establecimiento de salud, como conclusión final emite las siguientes categorías: a. Apto: Trabajador sano o con hallazgos clínicos que no generan pérdida de capacidad laboral ni limitan el normal ejercicio de su labor. b. Apto con restricciones: Aquel trabajador que, a pesar de tener algunas patologías, o condiciones pre patológicas puede desarrollar la labor habitual teniendo ciertas precauciones, para que estas no pongan en riesgo su seguridad, disminuyan su rendimiento, o puedan verse agravadas deben ser incluidos en programas de vigilancia específicos. c. No Apto: Trabajador que por patologías, lesiones o secuelas de enfermedades o accidentes tienen limitaciones orgánicas que les hacen imposible la labor. ➢ Cuando es calificado apto, se emite un certificado de Aptitud y es entregado junto con los resultados de las evaluaciones médicas a la empresa, con la finalidad que se continúe con el proceso de selección de personal.

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➢ Cuando es calificado apto con restricciones, el trabajador deberá realizar el levantamiento de la observación mediante un tratamiento médico respectivo. El trabajador asumirá este gasto debido que son observaciones médicas causadas por un cuidado inadecuado de su salud. Cuando termine el tratamiento debe realizar nuevamente la evaluación médica observada con la finalidad de obtener el certificado de aptitud del centro médico ocupacional, luego podrá continuar con el proceso de selección de personal. O con sus labores en caso sea un examen médico ocupacional periódico. ➢ Cuando es calificado no apto, el trabajador no tiene opción de ingreso debido que existe un alto potencial de causar un deterioro a su salud debido a las condiciones de trabajo. Los Certificados de Aptitud Medica Ocupacional e información médica resultante de la evaluación, serán enviados al médico ocupacional externo (si fuera el caso) y/o al área de salud ocupacional del cliente para la constatación y revisión de la información. Los resultados médicos ocupacionales serán solo recepcionados por el Medico Ocupacional que designe la empresa, el cual informara a los trabajadores de los resultados y de ser el caso de las respectivas observaciones que requieran de un levantamiento o un seguimiento o tratamiento permanente. b. Exámenes Médicos Periódicos: Si el trabajador cumple el año que realiza actividades para la empresa, se deberá coordinar la programación de los exámenes médicos periódicos, considerando lo establecido en los protocolos médicos, considerando como mínimo lo establecido en los protocolos brindados por nuestro cliente. Los resultados de la información se gestionarán a través del médico ocupacional externo y/o establecimiento de salud ocupacional y será enviada al área médica de nuestro cliente. Los resultados de la evaluación médica se realizarán a través de nuestro médico ocupacional (externo) y/o la clínica ocupacional. c. Exámenes Médicos de Retiro:

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Se realizará la programación del EMO de retiro ante la desvinculación laboral del trabajador. En caso el trabajador no acepte realizarse el EMO de retiro, se realizará el envío de una carta notarial al domicilio del trabajador ante el incumplimiento, ya que es de obligatoriedad para empresas que realizan trabajos de alto riesgo. 7. REGISTRO: -

S/C: Entrega de resultados de exámenes médicos.

N° REVISIÓN 01

CONTROL DE CAMBIOS OBSERVACIONES Emitido para aplicación

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FECHA 05.09.18