Principios Generales Del Derecho

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO 1. CONCEPTO DE PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Existe "consenso" entre los juristas so

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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO 1. CONCEPTO DE PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Existe "consenso" entre los juristas sobre la dificultad para conceptualizar o definir los principios generales del derecho, no obstante la abundante bibliografía. Basta citar las afirmaciones de Diez Picazo Guillón: "Hay que confesar que esta idea, no Obstante la atención que la doctrina le ha prestado y lo mucho que sobre el tema se ha trabajado, adolece de una falta de claridad" Los principios generales del Derecho, dice Reale , son "enunciaciones normativas” de valor genérico que condicionan y orientan la comprensión del ordenamiento jurídico, tanto para su aplicación e integración como para la elaboración de nuevas normas. Tienen cabida en la zona de la investigación jurídica pura y en el ámbito de la actualización práctica del Derecho"1 La definición más completa la encontramos con Jaime Mans Puigarnau este autor, luego de describir las tres ideas básicas de principalidad, generalidad y juridicidad, así como de criticar las posiciones restrictivas, propone un concepto total o integral: "los principios generales del derecho abarcan o comprenden todos aquellos conceptos fundamentales preceptos básicos y elementales que inspiran la conciencia y el sentido jurídicos (principios de derecho y equidad naturales) y que informan el sistema de normas que regulan las instituciones (principios sistemáticos del derecho positivo) o la construcción doctrinal o teórica de las mismas (principios de la ciencia del derecho) y que rigen la realización práctica de unas y otras (reglas del arte del derecho reglas técnicas jurídicas)"2 RECEPCIÓN EN EL CÓDIGO CIVIL PERUANO : El artículo VIII del Título Preliminar del Código Civil de 1984, repite casi textualmente el inciso 6 del artículo 233 de la Constitución Política de 1979. Dice lo siguiente: "Los jueces no pueden dejar de administrar justicia, por defecto o deficiencia de la Ley. En tales casos, debe , aplicarse los principios generales del derecho y preferentemente, los que inspiran el derecho peruano" Este artículo establece el deber -derecho del juez de administrar justicia recurriendo a fuentes supletorias de la ley y tiene como principales antecedentes, a nivel nacional.

1.REALE. Miguel. Introducción al Derecho. Ediciones Pirámide S.A. Madrid, 1986, pg 140 2. DIAZ COUSElO. José Maria. Los principios generales del derecho, Editorial Plus Ultra. Buenos Aires. 1971 .P.79-80.