Primer Pleno Casatorio Civil

“Año de la lucha contra la corrupción e impunidad” FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS CURSO: DERECHO PROCESAL CIV

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“Año de la lucha contra la corrupción e impunidad”

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS CURSO: DERECHO PROCESAL CIVIL II TEMA: PRIMER PLENO CASATORIO CIVIL PROFESOR: LUIS FELIPE LOAYZA LEON INTEGRANTES •

SANDRA ARACELLY GONSALES ARCE, COD: 1632946



ALLISON THAMARA CHINGA PINTADO, COD: 1632960



CYNTHIA YASMIN GONZALES VALENCIA, COD: 1632509



NANCY MAGDALENA MERCEDES HUATAY COD: 1624498

Euler Jonathan Interpone demanda

Giovanna Quiroz

representación de sus hijos

Jole Ronny

por

Primer pleno casatorio (Derrame DE Mercurio)

Walker Steve

Pretensión principal

N° YG-9621

¿De qué trata?

Hechos 02/06/2002 02

Arturo Blanco

Chofer de la placa

Empresa Ransa S.A.C Mineria Transporte

Mercurio YANACOCHA

Se produjo

-

Primer derrame

Poblado San Juan

Indemnización de daños y perjuicios provenientes de la responsabilidad contractual

$1’800,000.00 Dólares Americanos

-Paso intereses devengados

Chofén Segundo derrame

Horas 5:30 y 5:40

San Juan

152 kg mercurio

La Calera El Tingo San Sebastian Magdalena

brillo Peculiaridad del Mercurio

Y

ignorando lo tóxico que es

Los pobladores manipularon con

forma

Empresa YANACOCHA

Peticiones de ayuda médica No contaba con Plan de contingencia

Sostiene la recurrente

Embalaje Existió deficiencia

Guardando en sus hogares

Intoxicación de los gases Manos Boca

Transporte

Tratamiento

-El paso de seguro medico -Descontaminar las viviendas

Recogieron metal sin saber los efectos dañinos del mismo

40 pobladores

Pretensiones acum. Objetivas y accesorias

Transaccion extrajudicial Puntos controvertidos

A deducir en el proceso es Legitimacion activa

Persona Natural

Código Civil 1936 (medio de extinguir obligaciones)

CPC

Obligatorio o vinculado

Acto jurídico en manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas

Someterse a la demanda Las partes no pueden hacer valer despues de los derechos renunciados

Extintiva

Efecto declarativo Cuando se reconoce el derecho de otro Valor de la cosa juzgada Pone fin al proceso

Extrajudicial

Defensa de Fondo

Transacción Extrajudicial Judicial

Defensa de Forma

Positiva

Exige cumplimiento

Negativa

Opera a lo Pactado

Como Juzgada Transacción extrajudicial como excepcion procesal

En la defensa

Previsto en el Art 82°

Transacción Efectos de la Transacción

Proceso judicial

de intereses

Código Civil 1852 (consensuales) Naturaleza Jurídica

Primer pleno casatorio (Derrame DE Mercurio)

Excepcion procesal

Según Reymundo Según Fornaciari

Opera a condiciones

Identidad de objetos Identidad de personas

Considera transacción

Afecta a la pretension

Gramatical

Primer pleno casatorio (Derrame DE Mercurio)

Contextual o Sistematica Formalismo interpretacion normativa

Criterios normativos

Historico Sociológico Intencional o Tecnológico

Se ocupa de la aplicación e interpretacion de las normas juridicas

Limitacion al ejercicio de los derechos subjetivos, impuesta por el deber de un comportamiento coherente con la conducta anterior del sujeto.

Regla de Derecho

Denominada “Teoria de Actos Propios”

Conducta vinculante Pretension contradictoria

Presupuestos

Identidad de sujetos

Transacción y Lesion

La demandante alega que las transacciones fueran lesivas

Donde consigna que la empresa se aprovecho de la necesidad de los afectados

Legislacion nacional

expresa

La posibilidad de cuestiona la transaccion alegandoque ha existido lesion al momento de su celebración Art 82°

“Patrocinio de interes difusos”

La titularidad corresponde a un conjunto indeterminado de personas

Respecto a bienes inestimables valor patrimonial Interese difusos y su defensa Ministerio Público Gobiernos regionales

Solo cambiando en quienes Art 82°

pueden intervenir o promover

Gobiernos locales Gobiernos campesinos Gobiernos nativos

como: defensa, medio ambiente, valores, cultura, historia

Primer pleno casatorio (Derrame DE Mercurio)

¿De qué trata la primera y segunda instancia?

Los hechos ocurieron el 02/06/2002, demanda el 27/05/2002, la demanda es admitida el 04/06/2002

Primera Instancia

Audiencia saneamiento procesal de enero 2004

Resolución N°3

demandante

Giovanna Angelica Quiroz

Declara infundada la excepción de conclusión del proceso de transacción

Infundada la excepcion de falta de legitimidad

Mineria YANACOCHA S.R.L

Ranza Comercial S.A

Esteban Arturo Blanco Bar

Por daño ambiental Arts 446° y 453° CPC Acción penal

Excepción de prescripcion extintiva

Legitimados los sujetos Art 82 C.PC

Segunda Instancia

Auto de vista N° 7462006-SEC, 27 de diciembre del 2006

Reformandola declararon fundada

Revoca, la apelada declara infundada la transaccion respecto de la demandante Giovanna

Confirmandose, Art 1302 C.C transacción las partes haciendo reciprocas

La transacción han puesto fin a un proceso anterior es incorrecto como lo haya establecido en la Sala Civil

Cajamarca

Primer pleno casatorio (Derrame DE Mercurio)

a)

Se declara infundado el recurso de casación interpuesta por Angelica Quiroz Villaty

Fallo 1) Inciso 4 Artículo 453° CPC. “4. En que las partes conciliaron o transigieron.”

Por estas razones el Pleno casatorio de la corte suprema de Justicia de la Republica de acuerdo con el Artículo 400° “La decisión que se tome en mayoría absoluta de los asistentes al Pleno constituye doctrina jurisprudencial y vincula a los órganos jurisdiccionales del Estado, hasta que sea modificada por otro pleno casatorio” del código procesal civil.

2) Inciso 10 Artículo 446° CPC. “Conclusión del proceso por conciliación o transacción;” La transacción extrajudicial no acordada judicialmente puede ser puesta como excepción procesal.

b) constituye Doctrina Jurisdiccional

(Voto en Mayoría) Según el Artículo 82° CPC. Para que los intereses difusos sean legítimos deben ser ejercidas por personas jurídicas sin fines de lucro. (Voto por unanimidad) Artículo 82° CPC: «Pueden promover o intervenir en este proceso, el Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, las Comunidades Campesinas y/o las Comunidades Nativas en cuya jurisdicción se produjo el daño ambiental o al patrimonio cultural y las asociaciones o instituciones sin fines de lucro»

Ordenado su publicación en el diario oficial “El Peruano” tendrá efectos vinculantes para todas las instituciones jurisdiccionales del Perú Desde el día siguiente de la publicación.

Critica En nuestra opinión, lo resulto por la Corte Suprema De Justicia De La República En El Primer Pleno Casatorio Civil es correcta ya que, la señora Yovana Angelica Quiroz Villaty con fecha 02 de setiembre del año 2000 realizó una transacción extrajudicial con la empresa Yanacocha, por derecho propio y en representación de sus 3 hijos: Walter Steve Cuenca Quiroz, Euler Jonathan Mendoza Quiroz y José Ronny Mendoza Quiroz acordando una indemnización total de S/ 32,250 por derechos patrimoniales en cuantificación de los daños causados, que con fecha 4 de noviembre del mismo año fue duplicado, aunque esta cantidad es irrisoria para los danos permanentes causados a estas personas según el Código Civil Articulo 1302 menciona: «Por la transacción las partes, haciéndose concesiones recíprocas, deciden sobre algún asunto dudoso o litigioso, evitando el pleito que podría promoverse o finalizando el que está iniciado.» «La transacción tiene valor de cosa juzgada». En consecuencia, las partes ya llegaron a un acuerdo con el cual se ha dado fin a este conflicto ya que la transacción tiene valor de cosa juzgada. Además, conforme lo regulado en el inciso 10 del artículo 466 e inciso 4 del artículo 453 del Código Procesal Civil lo que establecen que la transacción extrajudicial puede ser tomada con excepción procesal según la interpretación sistemática de estas normas. Por otro lado, acerca de los intereses difusos, el Código Procesal Civil en el artículo 82 es claro al decir que estos solo pueden ser promovidos por personas jurídicas sin fines de lucro, como Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, las Comunidades Campesinas y/o las Comunidades Nativas en cuya jurisdicción se produjo el daño, por lo cual consideramos que la decisión Corte Suprema De Justicia De La República En El Primer Pleno Casatorio Civil acerca de esta figura es acertada y está fundamentado según nuestras normas y leyes vigente de nuestro país.

Transacción extrajudicial Celebrado el 02 de setiembre del año 2000 entre Angelica Quiroz Villaty por derecho propio y en representación de sus 3 hijos y minera Yanacocha

Se declara infundado el recurso de casación interpuesta por Angelica Quiroz Villaty

Critica

Código Civil Artículo 1302 La transacción extrajudicial tiene valor de cosa juzgada

La decisión de la Corte Suprema inciso 10 del artículo 466 e inciso 4 del artículo 453 del Código Procesal Civil lo que establecen que la transacción extrajudicial puede ser tomada con excepción procesal según la interpretación sistemática de estas normas.

De Justicia De La República En El Primer Pleno Casatorio Civil acerca de esta figura es acertada y

está

nuestras

fundamentado

normas

y

vigente de nuestro país.

Código Procesal Civil en el artículo 82 es claro al decir que estos solo pueden ser promovidos por personas jurídicas sin fines de lucro,

las

según

leyes