Poder Ejecutivo

0 PODER EJECUTIVO 2014 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS PODER EJECUTIVO 1 PODER EJECUTIVO El Poder Ejecuti

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PODER EJECUTIVO

2014

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS PODER EJECUTIVO

1

PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo está constituido por el Presidente, quien desarrolla las funciones de Jefe de Estado. El simboliza y representa los intereses permanentes del país. A su vez, como Jefe de Gobierno, es quien dirige la política gubernamental, respaldado por la mayoría político-electoral.

FUNCIONES DEL PODER EJECUTIVO • • • •

Establece la forma en que se cumplirán las leyes. Provee de los recursos económicos para que las leyes se cumplan. Supervisa el cumplimiento de las leyes. Provee los servicios públicos como son educación, servicios de salud,

carreteras, puentes, cuidado ambiental, fuentes de energía, etc. • Garantiza el bienestar de todas las personas que habitan en el territorio peruano, a través de programas sociales, de vivienda, de seguridad social, promoción del empleo, etc. • Promueve el desarrollo económico. • Vela por la seguridad nacional y el orden público. • La mayoría de sus funciones las debe realizar en coordinación con los Gobiernos regionales.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA El Presidente Constitucional de la República del Perú es el jefe de Estado y de Gobierno de la República del Perú. Personifica a la Nación Peruana, es el jefe del poder ejecutivo y jefe supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales del Perú.

REQUISITOS  Ser peruano de nacimiento

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 Tener más de 35 años de edad al momento de la postulación.  Gozar del derecho de sufragio. El Presidente de la República se elige por sufragio directo. Es elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos. Los votos viciados o en blanco no se computan. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta, se procede a una segunda elección, dentro de los treinta días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, entre los candidatos que han obtenido las dos más altas mayorías relativas. Junto con el Presidente de la República son elegidos, de la misma manera, con los mismos requisitos y por igual término, dos vicepresidentes. El mandato presidencial es de cinco años, no hay reelección inmediata. Transcurrido otro periodo constitucional, como mínimo, el ex presidente puede volver a postular, sujeto a las mismas condiciones.

VACANCIA PRESIDENCIAL • • • •

Muerte del Presidente de la República. Su permanente incapacidad moral o física declarada por el Congreso. Aceptación de su renuncia por el Congreso. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar al



dentro del plazo fijado. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE 1.

Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

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2. 3. 4. 5.

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Representar al Estado, dentro y fuera de la República. Dirigir la política general del Gobierno. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República. Convocar a elecciones para Presidente de la República y para representantes a Congreso, así como para alcaldes y regidores y

6.

demás funcionarios que señala la ley. Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese

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caso, el decreto de convocatoria. Dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual. Los mensajes anuales contienen la exposición detallada de la situación de la República y las mejoras y reformas que el Presidente juzgue necesarias y convenientes para su consideración por el Congreso. Los mensajes del Presidente de la República, salvo el

8.

primero de ellos, son aprobados por el Consejo de Ministros. Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y

9.

resoluciones. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos

10.

jurisdiccionales. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de

11.

Elecciones. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y

12.

ratificar tratados. Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios, con aprobación

13.

del Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso. Recibir a los agentes diplomáticos extranjeros, y autorizar a los

14.

cónsules el ejercicio de sus funciones. Presidir el Sistema de Defensa Nacional; y organizar, distribuir y

15.

disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, de la

16. 17. 18.

integridad del territorio y de la soberanía del Estado. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso. Administrar la hacienda pública. Negociar los empréstitos.

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Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de

20. 21.

urgencia. Regular las tarifas arancelarias. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de

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instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria. Conferir condecoraciones en nombre de la Nación, con acuerdo del

23. 24.

Consejo de Ministros. Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero. Y Ejercer las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las leyes le encomiendan

Presidente de

la

República Ollanta Humala

CONSEJO

DE

MINISTROS Es la reunión de todos los Ministros de Estado. El consejo de ministros es el ente ejecutivo encargado de la dirección de los servicios públicos. La fuerza que tiene el consejo de ministros dentro de nuestro

sistema

constitucional

le

brinda

una

característica

de

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presidencialismo no puro del mismo, así, encontramos que nuestra constitución establece que los actos del Presidente de la República carentes de refrendación ministerial son nulos. Este consejo se encuentra presidido por el Presidente del Consejo de Ministros del Perú, quien es nombrado directamente por el Presidente del Perú. El Presidente del Gabinete es quien preside las reuniones del Consejo, salvo cuando el Presidente de la República lo convoca o lo reúne con ellos y es él quien lo preside. Los ministros son nombrados discrecionalmente por el Presidente de la República a propuesta y coordinación del Presidente del Consejo de Ministros. Dentro de los treinta días que se nombra un gabinete, deberán presentarse ante el Congreso de la República del Perú quien le debe otorgar su voto de confianza. Para que el Consejo de Ministros pueda llegar a un acuerdo se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros. La actual Presidenta del Consejo es Ana Jara Velásquez.

ATRIBUCIONES 

Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete



al Congreso. Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que dicta el Presidente de la República, así como los proyectos de ley y los

 

decretos y resoluciones que dispone la ley. Deliberar sobre asuntos de interés público. Y Las demás que le otorgan la Constitución y la ley.

1. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Ministerio que coordina las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo

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Coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, organismos constitucionales, gobiernos locales y regionales y la sociedad civil Es presidido por el Presidente de Consejo de Ministros

FUNCIONES

DEL

PRESIDENTE

DEL

CONSEJO

DE

MINISTROS  

Apoya al Presidente de la República en su gestión Proponer objetivos del gobierno y coordina las políticas nacionales de

  

carácter multisectorial (con demás ministros) Preside el Consejo de Ministros cuando el Presidente no esté Dirige el proceso de descentralización Dirige la coordinación con demás poderes, organismos, niveles de gobierno y sociedad civil

Presidenta del Consejo de Ministros Ana Jara

2. MINISTERIOS Son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o más sectores, considerando su homogeneidad y finalidad

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Los Ministerios se crean, fusionan y disuelven por ley (Congreso) a propuesta del Poder Ejecutivo

FUNCIONES 

Diseñan, establecen, ejecutan y supervisan las políticas nacionales



sectoriales, aplicables a todo nivel de gobierno Otorgan y reconocen derechos (permisos, autorizaciones, licencias,

 

concesiones) Planifican, financian y garantizan la prestación de servicios públicos Coordinan y prestan apoyo técnico a gobiernos locales y regionales

MINISTERIOS Y MINISTROS Ministerio de Relaciones Exteriores Gonzalo Gutiérrez Reinel El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú es la entidad estatal del Poder Ejecutivo encargada de elaborar y ejecutar la política exterior del Estado. Trabaja en coordinación con los embajadores y cónsules peruanos con acreditación en distintos países

y

organismos

internacionales.

Igualmente,

coordina,

atiende y trata con las embajadas acreditadas ante el Estado peruano en Lima, con los consulados extranjeros acreditados en diversas ciudades del territorio peruano y con aquellos organismos internacionales que tienen sede o representación en la capital.

Ministerio de Defensa

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Pedro

Álvaro

Cateriano

Bellido

El Ministerio de Defensa del Perú es el organismo representativo de las Fuerzas Armadas dentro del Consejo de Ministros del Perú que ejerce la política del estado para la defensa integral del país.

Ministerio de Economía y Finanzas Alonso Segura Vasi El Ministerio de Economía y Finanzas del Perú es el organismo encargado

del

planeamiento

y

ejecución

de

la

política

económica del Estado Peruano con la finalidad de optimizar la actividad económica y financiera del Estado, establecer la actividad macroeconómica y lograr un crecimiento sostenido de la economía del país.

Ministerio del Interior Daniel

Urresti

Elera

El Ministerio del Interior del Perú es la Institución Pública encargada del Gobierno interior del Perú; y del orden interno y público a través de la Policía Nacional del Perú. El 3 de diciembre de 1968, se promulga el Decreto Ley Nº 17271, Ley de Ministerios, el cual establece que a partir de esa fecha el Ministerio de Gobierno y Telecomunicaciones se denomina “Ministerio del Interior”.

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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Daniel

Augusto

Figallo

Rivadeneyra

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú es el Ministerio encargado de asesorar al Presidente Constitucional del Perú en temas judiciales y de Derechos Humanos a la Nación.

Ministerio de Educación Jaime Saavedra Chanduvi El Ministerio de Educación del Perú es el sector del Poder Ejecutivo encargado de la educación en la nación.

Ministerio de Salud Midori Musme Cristina Esther de Habich Rospigliosi El Ministerio de Salud del Perú o MINSA es el sector del Poder Ejecutivo encargado del área de salud. El Ministerio de Salud tiene la misión de proteger la dignidad personal, promoviendo la salud, previniendo las enfermedades y garantizando la atención integral de salud de todos los habitantes

del

país;

proponiendo

y

conduciendo

los

lineamientos de políticas sanitarias en concertación con todos los sectores públicos y los actores sociales.

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Ministerio de Agricultura y Riego Juan Manuel Benítez Ramos El Ministerio de Agricultura y Riego del Perú es la institución del Estado Peruano encargada del sector agrario. Tiene como objetivo: -

Fortalecer las organizaciones de productores y promover su integración bajo los enfoques de manejo de las cuencas y

-

cadenas productivas. Fomentar la innovación tecnológica y capacitación vinculada a la gestión empresarial del productor agrario, facilitando

-

asistencia técnica. Establecer un sistema de información agraria que permita a los agentes económicos una eficiente toma de decisiones para la gestión.

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Fredy Rolando Otárola Peñaranda El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú es el órgano del Estado Peruano para la rama de empleo. Es la institución rectora de la administración del Trabajo y la Promoción del Empleo, con capacidades desarrolladas para liderar la implementación de políticas y programas de generación y mejora del empleo, contribuir al desarrollo de las micro y pequeñas empresas, fomentar la previsión social, promover la formación profesional; así como velar por el cumplimiento de las

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Normas Legales y la mejora de las condiciones laborales, en un contexto de diálogo y concertación entre los actores sociales y el Estado.

Ministerio de la Producción Piero Eduardo Ghezzi Solís El Ministerio de la Producción del Perú es el sector del Poder Ejecutivo encargado de formular, aprobar, ejecutar y supervisar todos los niveles de producción, industria, manufacturera y pesquera. Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas a los subsectores Industria y Pesquería, contando con un Vice Ministro para cada subsector.

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Blanca Magali Silva Velarde-Álvarez El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa las políticas de comercio exterior y turismo. Tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales

internacionales,

en

coordinación

con

los

ministerios de Relaciones Exteriores y el de Economía y Finanzas y los demás sectores del Gobierno peruano en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, está encargado de la regulación del comercio exterior.

El

titular

del

sector

dirige

las

negociaciones

comerciales internacionales de la República del Perú y está facultado para

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suscribir convenios en el marco de su competencia en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. En materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía.

Ministerio de Energía y Minas Eleodoro

Mayorga

Alba

El Ministerio de Energía y Minas del Perú es el Ministerio del Poder Ejecutivo encargado del sector energético y minero del Perú. A su vez, coordina para la igual distribución de la energía en la nación. El Perú, como primer país minero de América Latina, tiene la necesidad de un eficiente Ministerio. Es por eso que en el Gabinete Ministerial, el puesto es de mucha importancia. Su misión es promover el desarrollo sostenible de las actividades energéticas y mineras, impulsando la inversión privada en un marco global competitivo y facilitando las relaciones armoniosas del sector.

Ministerio de Transportes y Comunicaciones José Gallardo Ku

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú es el órgano del Estado Peruano que busca lograr un racional ordenamiento territorial vinculado a las áreas de recursos, producción, mercados y centros poblados, a través de la regulación,

promoción,

ejecución

y

supervisión

de

la

infraestructura de transportes y comunicaciones. Su sede principal se ubica en Lima, Perú. La misión del Ministerio es diseñar y aplicar políticas y estrategias para integrar racionalmente al país con vías de transportes y servicios de comunicaciones.

Ministerio

de

Vivienda,

Construcción

y

Saneamiento Milton Martín Von Hesse La Serna El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Perú es el Ministerio encargado de las materias de viviendas, las construcciones que se realizan a través del territorio peruano, además de promover el agua y desagüe de todos los peruanos.

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP María del Carmen Omonte Durand El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es el órgano del Estado Peruano dedicado a la mujer y al derecho en la sociedad de los peruanos.

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La misión del MIMP es constituirse en un sector integrado, políticas

moderno del

contribuyendo

sector, a

la

y

articulador, des

liderando

centralizadamente

superación

de

la

las y

pobreza,

inequidad y exclusión, orientado a las personas en situación de pobreza y grupos vulnerables, con un enfoque de desarrollo humano integral y de equidad, generando igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. La Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la encargada de velar por los derechos femeninos en el Perú, además de brindar ayuda social a los comedores de madres, el "Vaso de Leche" y demás actividades.

Ministerio del Ambiente Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otálora El Ministerio del Ambiente del Perú es un ente ministerial creado el 13 de mayo de 2008 mediante Decreto Legislativo N° 1013. Su función es la de ser rector del sector ambiental, con la función de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental. Posee dos Viceministerios: (Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y Gestión Ambiental)

Ministerio de Cultura

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Diana Álvarez-Calderón Gallo El Ministerio de Cultura del Perú es el sector del Poder Ejecutivo encargado del área de cultura. La actual Ministra de Cultura es Diana Álvarez Calderón, quien juramentó el 24 de julio del 2013. Según la Ley 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, el sector cultura comprende al Ministerio, las entidades a su cargo, las organizaciones públicas de nivel nacional

y

actividades

otros

niveles

vinculadas

a

de su

gobierno ámbito

de

que

realizan

competencia,

incluyendo a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades referidas al sector cultura. El Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal del Estado Peruano.

Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Paola Bustamante Suárez

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El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social del Perú es el organismo encargado del desarrollo social, superación de la pobreza, promoción de la inclusión y equidad social; además de la protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono. Entre sus funciones tiene: -

Formular,

planear,

supervisar

y

evaluar

dirigir, las

coordinar, políticas

ejecutar,

nacionales

y

sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, -

regular, de competencia sectorial. Dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia.