Plan para Elegir Al Conei

I. I.1. I.2. I.3. I.4. DATOS INFORMATIVOS: INSTITUCIÓN EDUCATIVA : Nº 0055 “Manuel Gonzales Prada” Nivel secundario. DI

Views 87 Downloads 1 File size 140KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

I. I.1. I.2. I.3. I.4.

DATOS INFORMATIVOS: INSTITUCIÓN EDUCATIVA : Nº 0055 “Manuel Gonzales Prada” Nivel secundario. DIRECTOR : Lic. Miguel Ángel Urquieta Huaylinos. NIVEL : Secundaria RESPONSABLES : Lic. Carmen Cerrón Leiva : Lic. Sonia Chihua

II.

FUNDAMENTACIÓN: El Consejo Educativo Institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrática. Su naturaleza tiene que ver con la participación de los representantes de la comunidad que genera mecanismos idóneos para ejercer la vigilancia de la gestión del Centro, así como para atender los derechos de sus integrantes orientados a fortalecer las capacidades decisorias del Director de la Institución Educativa. Por esta razón que nuestra Institución Educativa tiene a bien convocar a Elecciones del CONEI 2015. III.

OBJETIVOS:

a. Constituir el CONEI de la I.E con participación de los docentes del nivel secundario. b. Precisar las acciones y procedimiento a seguir en las elecciones del representante CONEI del nivel secundario. IV.

BASE LEGAL: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

V.

Constitución Política Del Perú. Art 2 Inciso 2 y Arts 13,16 y 17. Ley 28044 (Ley General De Educación). Art 69. Ley 27815 (Ley de Código de Ética de la Función Pública) Ley Nº 26300, Ley De Los Derechos De Participación Y Control Ciudadanos. El DS. 009-2005-ED, Reglamento De La Gestión Del Sistema Educativo Reglamento De Educación Básica Regular, D.S. N° 13-2004-ED R.M. N° 030-2004-ED: Regula Las Funciones Del CONEI R.M N º 168-2002 ED. Consejo Educativo Institucional CONEI.

CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

El Consejo Educativo Institucional es presidido por el Director de la Institución Educativa e integrado por los representantes de docentes, estudiantes, administrativos, ex alumnos y padres de familia. Se exceptúa la participación de estos tres últimos cuando las características de la institución lo justifiquen. Pueden integrarlo, también, representantes de otras instituciones de la comunidad por invitación de sus miembros.

VI.

PROCESO ELECTORAL DEL MUNICIPIO ESCOLAR: Elección del Comité Electoral:

Es un equipo de trabajo conformado por docentes de la Institución Educativa, y son la máxima autoridad durante toda la duración del proceso electoral. El comité Electoral está integrado por 2 representantes:  

Presidente/a Secretario/a

Los miembros del Comité Electoral dirigirán el proceso de elecciones del CONEI y velarán para que se cumpla el Reglamento de Elecciones (elaborado por ellos para el proceso de elecciones). FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL:       

Elaborar el Reglamento de elecciones Convocar a elecciones del CONEI. Inscribir las listas de candidatos al CONEI, previa presentación de un Plan de Trabajo. Informar a los/as candidatos/as y personeros/as los procedimientos aceptados en el presente Reglamento. Informar a los/as docentes los procedimientos de participación durante la votación y como emitir el voto. Realizaran el escrutinio en presencia del Director de la I.E. Proclamara al candidato(a) ganador(a)

CONVOCATORIA A ELECCIONES: La convocatoria será hecha por el Comité Electoral. El comité deberá difundir un aviso de invitación para que los docentes participen de las elecciones y los que deseen inscriba a su candidato. Este aviso de convocatoria debe contener los requisitos para ser candidatos/as, también quiénes no pueden ser candidatos/as, las fechas en que se deben inscribirse y la fecha de las elecciones. INSCRIPCIÓN DE LISTAS: Una vez hecha la convocatoria, el Comité Electoral procederá a inscribir a los candidatos/as al CONEI. Una vez inscritos los candidatos, el comité electoral informará a los/as candidatos/as los procedimientos aceptados en el Reglamento de Elecciones VOTACIÓN: Todos/as los/as docentes de la Institución Educativa tienen derecho al voto. En 1 aula se instalara una Mesa de sufragio y una Cámara Secreta, donde marcaran su voto. ESCRUTINIO Y PROCLAMACIÓN DE LISTA GANADORA. Luego de la votación se hará el recuento de votos, llenarán y firmarán las respectivas Actas de elecciones. Las Actas de Elecciones serán entregadas al Director de la I.E. Luego del recuento total de votos, el Comité Electoral pasará a proclamar los resultados usando los medios más convenientes (alto parlante, formación, etc). RECONOCIMIENTO E INSTALACION DEL CONEI El Director de la Institución Educativa convoca a los miembros del Consejo Educativo Institucional, los reconoce mediante Resolución Directoral de la Institución Educativa y los instala dando lectura a dicha Resolución Directoral, levantando Acta de Instalación, acto a partir del cual inicia su funcionamiento del CONEI X.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: Lo no estipulado en el presente reglamento, será resuelto por el Comité Electoral. - Si no se presentara ningún candidato hasta el vencimiento de la inscripción, corresponde elección a mano alzada en asamblea de los docentes del nivel secundario. -Lo no establecido en el presente Plan podrá ser normado de acuerdo a las necesidades y objetivos de la Institución Educativa Nicolás de Piérola, 28 de agosto del 2015

_______________________ Lic. Carmen Cerrón

______________________ Lic. Sonia Chihua

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 0055 MGP - 2015 DE LA CONVOCATORIA Y LAS ELECCIONES El Comité Electoral de la Institución Educativa N° 0055 “Manuel Gonzales Prada” convoca a las elecciones del representante del CONEI de los docentes del nivel secundario. Articulo1º El presente Reglamento tiene por finalidad normar la organización y desarrollo del proceso electoral para la elección del docente representante de nivel secundario del Consejo Educativo Institucional (CONEI); periodo 2015-2016. Articulo 2º Los Integrantes del Comité Electoral está integrado por un presidente, secretario. Articulo 3º El Comité Electoral es responsable de organizar y conducir el proceso electoral para elegir al docente representantes del nivel secundario. Sus decisiones son autónomas en estricto cumplimiento de las normas legales vigentes. Articulo 4º Es responsabilidad de la Dirección prestar apoyo logístico, administrativo y económico para el estricto cumplimientos de sus funciones. Articulo 5º El Comité Electoral tiene las siguientes funciones: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l)

Solicitar al Consejo Directivo Institucional el Padrón de Electores. (docentes nombrados, contratados del nivel) Convocar, organizar y difundir el proceso electoral. Elaborar un ejemplar del proyecto de reglamento de elecciones y publicarlo a todos los docentes para su conocimiento luego de su aprobación. Elaborar los padrones de asociados y las cédulas de votación para la elección del representante del Consejo Educativo Institucional (CONEI). Realizar inscripción de los candidatos. Resolver mediante Resolución las tachas que se formulen en el plazo establecido. Publicar las listas de candidatos. Determinar la maesa de sufragio. Velar por la correcta marcha del proceso electoral. Redactar el Acta Electoral en el Libro de Actas respectivo, consignando los resultados de la elección y proclamación del candidato elegido. Publicar los Resultados del proceso electoral en lugares visibles. Informar al Director de la Institución Educativa 0055, el resultado del proceso electoral para su reconocimiento, adjuntando un ejemplar del Acta.

Articulo 6º Las funciones del Comité Electoral finaliza cuando proclama y juramenta a la lista ganadora. CAPÍTULO II DEL PROCESO ELECTORAL. Articulo 7º En el proceso electoral se elegirá al representante docente del nivel secundario. Articulo 8º. El Cargo para ejercer como Representante del Consejo Educativo Institucional (CONEI) será por el periodo de dos años y su elección se realiza en los últimos meses del año lectivo asimismo, es elegido mediante voto directo, universal y secreto.

CAPITULO III DE LOS ELECTORES Articulo 9º El personal docente deberá cumplir su deber sufragando en el proceso electoral mediante voto directo, universal y secreto. CAPÍTULO IV DEL PADRÓN ELECTORAL.

Articulo10º El Comité Electoral elaborará por duplicado el Padrón de Electores en base a los datos registrados y proporcionado por la dirección de la Institución Educativa, según el CAP El padrón electoral deberá contener básicamente los siguientes datos: a) Apellidos y Nombres de los docentes del nivel secundario b) Número de DNI. c) Espacio para la firma y huella digital del elector. CAPITULO V DE LOS REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS Articulo 11º Los docentes candidatos que reúnan los requisitos establecidos por el reglamento deben ser inscritos, por su personero, adjuntando los siguientes documentos: a) Ser docente sin cargo de gran responsabilidad. CAPÍTULO VI DE LAS ELECCIONES. Articulo 12º Las elecciones para renovar los cargos del representante ante el Consejo Educativo Institucional (CONEI) se llevará a cabo el día miércoles 02 de setiembre del presente año, a horas 11:15 am hasta las 2:00pm en las instalaciones de la Institución Educativa Nº 0055. Articulo 13º El cronograma para el presente proceso electoral será el siguiente: a) b) c) d) e) f) g)

Aprobación del reglamento 28 de agosto Publicación del reglamento, convocatoria e inscripción de listas el 31 de agosto del 2015. Publicación de las listas 31 de agosto del 2015 Presentación de reclamos, tachas a listas inscritas 31 de agosto del 2015 Absolución de reclamos, tachas a listas inscritas el 31 de agosto del 2015 Publicación de candidatos 01 de setiembre del 2015 Elecciones generales el 02 de setiembre del 2015 de 11:15 am a 12 00 pm, debiendo identificarse con su DNI. h) Publicación oficial de listas ganadores 03 de setiembre del 2015. Articulo 14º La convocatoria a las elecciones se realizará mediante aviso publicado en un lugar visible del colegio. CAPÍTULO VI DEL ACTO DE SUFRAGIO Articulo 20º El voto a emitir es personal, no hay voto por delegación a otra persona. Articulo 21º Están impedidos de participar en el sufragio docentes, que se encuentra en licencia y otros. Articulo 22º La mesa de sufragio se instalará a las 11:15 am hasta las 2.00 pm del día 02 de diciembre del 2012, en el ambiente del laboratorio de la Institución. Articulo 23º Instalada la mesa de sufragio se inicia la votación, sufragando en primer lugar los miembros del comité electoral y luego procederán el personal docente hasta las 2:00 p.m hora que terminará la votación. Articulo 24º Durante la votación los docentes debe comprobar que su nombre figure en la lista. a) Presentar su documento de identidad nacional (DNI). b) Recibir la cédula de votación e ingresar a la cámara secreta a fin de ejercer su derecho a voto. c) Colocar su voto en el ánfora respectiva y su firma, huella digital en el padrón electoral. Articulo 25º Durante el acta de sufragio queda prohibido las compañías de cualquier índole de otros docentes y otras personas ajenas a la institución educativa dentro y en las afueras de los ambientes de votación. DEL ESCRUTINIO Articulo 26º En el acto de escrutinio se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) El número de votantes debe ser igual al número de votos en el ánfora, de ser menor el número de votantes se anulará al azar votos como sea la diferencia. b) Son votos nulos o viciados aquellos que llevan anotaciones distintas y adicionales al procedimiento establecido, que las líneas se crucen dentro del recuadro. c) Son votos en blancos los que no tienen ninguna clase de marca. Articulo 27º El Acta de votación y escrutinio contará lo siguiente: a) b) c) d) e) f) g) h) i)

Apertura del Acta indicando el inicio de votación. Observación de reclamos formulados durante la votación. Hora de finalización del sufragio y hora de inicio de escrutinio. Número de votantes. Total de votos reportados. Número de votos válidos, blanco, viciados y/ o nulos. Observación y reclamos formulados durante el escrutinio. Hora que concluye el escrutinio. Firma de todos los miembros de mesa y los personeros respectivos.

Articulo 28º El Comité Electoral, una vez concluida la votación efectúan el conteo de votos registrándose en una hoja borrador, Acto seguido, trascriben los resultados al Acta de Escrutinio y publican los resultados de las elecciones. Articulo 29º EL Comité Electoral proclama ganador a la lista que obtuvo la mayor votación. Articulo 30º El Comité Electoral informa por escrito al Director de la Institución Educativa Nº 0055 los resultados del presente proceso electoral. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Articulo 33º Si no se presentara ningún candidato hasta el vencimiento de la inscripción, corresponde elección a mano alzada en asamblea de los docentes del nivel secundario. Articulo 34º Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por el Comité Electoral; asimismo sus acuerdos son inapelables Articulo 35º el cumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento es de responsabilidad del comité electoral; El presente Reglamento de Elecciones entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Nicolas de Piérola. 28 de agosto del 2015

_______________________ Lic. Carmen Cerrón

______________________ Lic. Sonia Chihua

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA ELECCIONES 2014

N ° 1 2 3

ACTIVIDADES

FECHA

Elaboración del plan de trabajo Conformación del Comité Electoral Reglamento del comité electoral

22 – 10 – 14 24– 10 – 14 27, 28– 10 – 14 28 – 10 – 14

5

Convocatoria a Elecciones del Municipio Escolar Inscripción de Listas

6 7

Publicación de las Listas Campaña Electoral

8

Capacitación a los Presidentes, Miembros de Mesa y Personeros Día de elecciones Proclamación y juramentación de la Lista Ganadora

4

9 1 0

RESPONSABLES

Docentes asesores Docentes asesores Docentes asesores Comité Electoral Comité Electoral

29– 10 – 14 al 30 – 10 – 14 31 – 10 – 14 03 – 11 – 14 al 12 – 11 – 14 5 – 11 – 14

Comité Electoral

14 – 11 – 14 17 – 11 – 14 y 25 – 11 -- 14

Comité Electoral Comité Electoral

Comité Electoral Comité Electoral Candidatos Comité Electoral

……………………………………………… EL

COMITÉ

ELECTORAL