Plan de Seguridad Consorcio Omega_2019

PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OBRA: “MEJORAMIENTO Y REHABILITACION DEL CAMINO VECINAL TRAMO OTUZCO - MONTE DE AR

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PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OBRA: “MEJORAMIENTO Y REHABILITACION DEL CAMINO VECINAL TRAMO OTUZCO - MONTE DE ARMAS BAJO - DISTRITO DE OTUZCO - PROVINCIA DE OTUZCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”

Enero del 2019

INDICE

I.

INTRODUCCIÓN

El presente Manual de Seguridad y Salud en el Trabajo ha sido elaborado como parte de la política en materia de seguridad y salud en el trabajo que tiene el Consorcio OMEGA, para con sus trabajadores, personal destacado en la empresa, así como todos aquellos que sin tener vínculo laboral con la empresa brindan sus servicios o realizan sus labores en el centro de trabajo o con ocasión del mismo y a todos aquellos que estén bajo el ámbito de la empresa. Esta herramienta, dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, suscrita a través de las cuales la Gerencia General de Consorcio OMEGA, busca instaurar una cultura de prevención de riesgos laborales. En esta medida, su contenido busca proporcionar los elementos necesarios para desarrollar una cultura de prevención de riesgos en los trabajadores de la empresa, previniendo la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, lo que conlleva a obtener resultados eficaces, en productividad y competitividad de la empresa. 1.1 OBJETO DEL MANUAL DE SEGURIDAD Este MANUAL DE SEGURIDAD tiene por objeto establecer las directivas de carácter general y específico respecto a la prevención de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales y daños a la propiedad tanto de actividades propias, contratistas o visitantes durante la ejecución de la obra. 1.2 OBJETIVOS a) Proteger, preservar y mantener la integridad psico-física de todos los trabajadores de la empresa, de los contratistas y demás personas relacionadas, mediante la identificación, reducción y control de los riesgos, a efecto de minimizar la ocurrencia de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales. b) Establecer las normas de actitud técnica basadas en el estudio de las características propias y específicas de los trabajos a realizar y de las actuaciones humanas peligrosas encaminándolas a eliminar los riesgos. c) Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de seguridad entre los trabajadores para que toda actividad sea hecha de manera segura. d) Establecer lineamientos para la formulación de los planes y programas de control y reducción de riesgos. e) Inculcar y desarrollar en el personal de obra una actitud positiva en la lucha contra la siniestralidad laboral.

1.3 AMBITO DE APLICACIÓN Su aplicación será obligatoria para todo el personal propio, contratas y subcontratas que realicen servicios de forma directa o indirectamente durante las labores de mejoramiento y rehabilitación del camino vecinal. 1.4 VARIACIONES DEL PLAN DE SEGURIDAD El presente plan de seguridad puede ser modificado en función del proceso de ejecución de los trabajos y de las posibles incidencias que pudiesen surgir a lo largo de la misma, previa aprobación del ingeniero residente a cargo de la obra. Las modificaciones aprobadas se incluirán en una nueva revisión del programa, a la que se le dará difusión necesaria, siendo desde ese momento de cumplimiento obligatorio. 1.5 INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE SEGURIDAD El carácter social y humano de las funciones del plan de seguridad, imponen una colaboración absoluta entre el personal directivo y los trabajadores en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. La infracción al plan de seguridad, Normas de seguridad internas de la empresa y las disposiciones legales aplicables afectan disciplinariamente a cualquiera de los estamentos de la actividad laboral, la empresa, los cargos directivos y a los trabajadores. Requisitos legales y contractuales del siguiente manual  Ley 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.  Ley 30222 - Ley que Modifica la Ley 29783  Ley 28385 - Ley que modifica la Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.  Ley 28806 - Ley General de Inspección en el Trabajo.  D.S. 005-2012 TR - Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.  D.S. 006 -2014 TR - Decreto que modifica el reglamento de la Ley 29783.  D.S. 003- 1998 SA - Normas Técnicas de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.  D.S. 42F - Reglamento de Seguridad Industrial.

 R.M. 111- 2013 EM - Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad.  Norma Técnica G-50 - Seguridad Durante la Construcción.  RS 021- 1983 TR - Normas Básicas de Seguridad e Higiene en Obras de Edificación.  Norma Técnica de Edificación E-120 - Reglamento Nacional de Edificaciones.

II.

GENERALIDADES:

2.1. GENERALES: Este Documento define las consideraciones mínimas de seguridad que deberán observar y dar cumplimiento todo el personal que labora en la obra (supervisor, ingenieros, empleados, obreros, chóferes, otros.). El presente plan de seguridad no es limitativo, y se deberá considerar cuando así se requiera de otras condiciones de exigencia de seguridad que requiera la obra, y que serán comunicadas al personal en su oportunidad por el jefe del Proyecto. 2.2. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES: La gerencia del Consorcio OMEGA, entiende que tiene la principal responsabilidad en la aplicación de las normas de prevención de riesgos, pero también deja establecido que todos quienes participan en la obra, trabajadores, maestro de obra e ingenieros tienen la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir, respetar y acatar estas normas. Por esto en esta obra, no se permitirá a nadie violar, sobrepasar o ignorar las normas y regulaciones de seguridad. El ingeniero de seguridad tendrá autoridad operacional en todas las materias que se refieran a Control de Riesgos y serán responsables de alertar y comunicar los riesgos existentes, efectivos y potenciales, haciéndoles el seguimiento correspondiente hasta que estos sean corregidos, Haciéndose la salvedad que se pude parar la obra si el riesgo presente así lo amerité. 2.3. DEL INGENIERO RESIDENTE DE OBRA El ingeniero residente de obra tendrá la responsabilidad principal en la aplicación y cumplimiento de las Normas de Prevención de riesgos de nuestra empresa y de nuestro cliente, usando un máximo de iniciativa en comunicar, entrenar, motivar y

monitorear a los especialistas y trabajadores en general con el fin de asegurarse que se tome el máximo de precauciones para controlar los riesgos de trabajo. Esta responsabilidad no podrá ser delegada, debiendo asegurarse que los Supervisores, Ingenieros, Maestros y Trabajadores conozcan y estén conscientes de sus responsabilidades preventivas. 2.4. DE LOS INGENIEROS ESPECIALISTAS Y MAESTRO GENERAL DE OBRA. Los especialistas y maestro de obra son responsables de las condiciones de seguridad en su sector de trabajo, así como de las acciones de los trabajadores bajo su supervisión. Se asegurarán que los trabajadores estén bien informados de los riesgos relacionados con sus labores y medio ambiente de trabajo. Cuidarán del orden y limpieza en su área de operación. Serán responsables del cumplimiento de los programas de entrenamiento y de que se realicen las charlas de seguridad diarias de 5 minutos con el personal a su cargo. Deberán velar por el correcto uso y mantenimiento de todos los elementos de protección, equipos e implementos de seguridad y del cumplimiento de estas normas. Es de su responsabilidad realizar las inspecciones diarias de seguridad al iniciar las labores del día además del llenado y visado de los formatos respectivos. Todos los especialistas y maestro de obra del proyecto deberán conocer perfectamente el programa de prevención de riesgos e higiene industrial de obra y aplicar las normas y procedimientos de Prevención de Incidentes / Accidentes que en él se detallan, debiendo planificar y dirigir las tareas, teniendo la convicción que la vigencia de su cumplimiento es parte integral de su trabajo. Deberán asegurarse que cada trabajador bajo su supervisión haya recibido la inducción inicial de obra, una copia de la cartilla básica de prevención de riesgos de obra y que hayan firmado el documento de conocimiento y acatamiento de las normas de Prevención de Riesgos. Diariamente deberán planificar su trabajo e instruir a los trabajadores sobre tareas nuevas o específicas. Los especialistas serán responsables de verificar el cumplimiento de las políticas y normas de prevención de riesgos establecidas por nuestra empresa, para él o los subcontratistas. 2.5. DE LOS TRABAJADORES

Los trabajadores tendrán las siguientes responsabilidades en el presente programa de prevención de riesgos de obra: -

Cumplirán con todas las normas y reglas preventivas establecidas por el propietario del a obra.

-

Cumplirán con todas las indicaciones de seguridad que les formulen el ingeniero Residente, ingenieros especialistas o Ingeniero de Seguridad.

-

Generarán los ATS (Análisis de Trabajo Seguro) y a todas las reuniones de seguridad que se programen.

-

Generarán los permisos de alto riesgo cuando estos se requieran para los trabajos de altura, caliente, izaje y excavaciones.

-

Deberán usar durante su permanencia en obra los implementos básicos de protección personal que se les proporcione.

-

Tendrán especial cuidado en cumplir con el uso de los equipos de seguridad para la protección contra caídas y en lo que se refiere a trabajos eléctricos o en la cercanía de equipos o cables eléctricos.

-

Conservarán y no retirarán los elementos de protección generales como protección de máquinas resguardos, etc. Así también respetarán las señales de seguridad no debiendo retirarlas, dañarlas o darles otro uso que el indicado.

-

Deberán mantener sus áreas de trabajo limpias y ordenadas, antes durante y después de sus trabajos.

-

Informarán de inmediato de cualquier acto y condición sub-estándar que detecten.

-

Informarán de inmediato al residente / maestro de obra y al especialista de seguridad sobre cualquier lesión o enfermedad que sufran.

-

Discutirán con su maestro de obra cualquier tarea que se les encomiende y que a su juicio crea insegura. Si al término de esta discusión aún no está convencido de la seguridad de la tarea, deberá acudir a un nivel superior de residente o al especialista de seguridad hasta que sepa que la tarea es completamente segura.

2.6. DEL ESPECIALISTA EN SEGURIDAD

El Especialista en Seguridad tendrá las siguientes responsabilidades: -

Asesorar a la línea de mando del proyecto sobre el control de riesgos.

-

Reforzar y revisar el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos del proyecto.

-

Asistir y verificar que se investiguen todos los incidentes / accidentes en los plazos establecidos.

-

Mantener actualizadas las estadísticas de seguridad.

-

Efectuar, asesorar y promover las actividades de capacitación en prevención de riesgos.

-

Efectuar inspecciones y/u observaciones de seguridad diarias en los lugares de trabajo, informando por escrito al ingeniero residente del proyecto.

-

Verificar la cantidad y calidad de los elementos de protección personal que se usen.

-

Asistir a la supervisión de línea en el cumplimiento del programa de Pdr, especialmente en los procedimientos y permisos de trabajo requeridos.

-

Informar y advertir oportunamente sobre los riesgos detectados y las oportunidades para mejorar los niveles de seguridad de la obra.

-

Mantener al día y en funcionamiento todos los archivos y registros del programa de prevención de riesgos.

-

Informar oportunamente a la gerencia del proyecto y al ingeniero residente de cualquier accidente / incidente ocurrido, así como las medidas tomadas para evitar su repetición.

-

Identificar, evaluar y controlar los riesgos propios de las actividades del proyecto.

-

Llevar a cabo el programa de capacitación con todo el personal del proyecto.

-

Asegurar que los procedimientos estén siendo los apropiados y uniformemente aplicados en el proyecto.

-

Detener la operación, área o equipo, cuando el nivel de criticidad del riesgo así lo amerite.

-

Controlar el cumplimiento de las exigencias legales de SSOMA relativas al proyecto encomendado.

-

Cumplir con las normas y políticas de seguridad de la empresa.

2.7. PARTICIPACIÒN El programa de prevención de Riesgos exige la participación de todo el personal involucrado: Gerentes, Ingenieros, Supervisores, Maestros y personal obrero en general tomaran el máximo de precauciones para controlar los riesgos de trabajo. Esta responsabilidad no podrá ser delegada, debiendo asegurarse que todo el personal conozca y estén conscientes de sus responsabilidades preventivas. Todos los niveles organizacionales participarán en los simulacros que puedan realizarse durante la ejecución de la obra. III.

PROGRAMA DE ACCIONES DISCIPLINARIAS:

3.1. APLICACIÓN La política de Prevención de Riesgos de aplicación en la obra declara que su principal interés es actuar positivamente para desarrollar una conciencia de prevención de seguridad en los trabajadores del Consorcio OMEGA, motivando y estimulando la adopción de conductas y hábitos de trabajo seguro. Sin embargo, atendiendo a la realidad, se debe reconocer que las acciones disciplinarias son una instancia valida de gestión y que deben establecer normas claras y prácticas para regular la aplicación de sanciones a quienes violen las normas, procedimientos y reglamentos de prevención de riesgos en obra. El programa de acciones disciplinarias consistirá en lo siguiente: -

Se comunicará a todos los trabajadores de Consorcio OMEGA, durante la charla de inducción inicial de obra de la existencia de este Manual de seguridad, con una clara explicación de sus contenidos y formas de operación.

-

Todos los trabajadores deberán firmar, al término del a charla de inducción inicial de obra, el documento de conocimiento de normas y acatamiento de este programa de acciones disciplinaria.

3.2. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS: Se aplicará la sanción atendiendo a la gravedad de las mismas (los ejemplos que se mencionan se dan a título ilustrativo y no son exclusivos). Las sanciones se aplicarán a todos los trabajadores de la obra sin distinción de cargos según tabla de sanciones. 3.2.1

Infracciones Leves Ejemplo: -

3.2.2

No usar lentes de seguridad en área de obligatoriedad. No usar guantes en traslado y movimiento de materiales. Cometer acciones inseguras de bajo potencial de riesgo por falta de conocimiento. Comer en lugares prohibidos. Descansar en lugares no autorizados y en horario de trabajo. Ingresar a la obra sin zapatos reglamentarios. Dejar sucio el lugar de trabajo al retirarse.

Infracciones de Mediana Gravedad Ejemplo: -

3.2.3

No usar lentes de seguridad en proximidad de trabajo de esmerilado. Reiteración de infracciones leves. No señalizar su área de trabajo. Retirar una barrera de seguridad sin autorización.

Infracciones Graves Ejemplo: -

No usar casco dentro de la obra. No obtener permiso de trabajo seguro para una tarea que lo requiera. No generar los permisos de alto riesgo. Ingresar a la obra sin haber pasado por la charla de inducción.

-

Romper un bloqueo de seguridad y no reponerlo exponiendo a riesgos innecesarios a los demás trabajadores. Pelearse dentro de la obra con otro compañero, lo que ocasionara el despido de ambos. Uso de drogas o alcohol en las instalaciones de obra.

3.3. PROGRESIÓN DE LAS SANCIONES: La progresión de las sanciones será de la siguiente manera: ID PENALIDAD

DESCRIPCIÓN

OBSERVACIÓN

Amonestación A1 escrita.

El trabajador será merecedor de esta penalidad cuando incumpla el programa de seguridad de obra. La observación que se haga deberá ser levantada en el acto por el trabajador.

La penalidad será impuesta según el criterio del especialista en seguridad.

El trabajador será merecedor de esta Reporte de A2 penalidad cuando haya recibido la suspensión segunda amonestación.

Reporte A3 separación definitiva

de El trabajador será merecedor de esta penalidad cuando cometa o cree actos y/o condiciones inseguras de alto riesgo.

El especialista en seguridad según su criterio podrá suspender a un trabajador según la magnitud del riesgo El especialista en seguridad. según su criterio podrá separar a un trabajador según la magnitud del riesgo

Las siguientes faltas podrán sancionarse con la desvinculación del proyecto:     

IV.

Ruptura de un bloqueo de seguridad Trabajar bajo influencia de alcohol y drogas. Romper o destruir deliberadamente los elementos de protección personal y colectivos entregados por la empresa. Crear desorden, jugar empujarse, reñir, agredir o discutir dentro del recinto de la obra a la hora que sea o realizando actividades de alto riesgo. Sustraer material, equipos, documentación, sin conocimiento ni autorización de la jefatura.

SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO:

4.1. PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Consorcio OMEGA, busca constantemente promocionar entre sus trabajadores conocimientos de prevención de riesgos. La falta de instrucción en prevención de riesgos en la mayoría de trabajadores hace que nuestra gente no se acostumbre a utilizar sus equipos de seguridad para cada actividad ni tampoco evaluar en forma permanente los riesgos a que están sometidos durante sus actividades diarias. La colocación del cerco provisional y las charlas de 5 minutos no son necesariamente suficientes, para algunos trabajadores, como medidas de seguridad, ya que el trabajador puede no recordar en algún momento de su actividad diaria las recomendaciones dadas por sus superiores. Esta preocupación nos lleva a tener que tomar mas medidas de seguridad que para nuestro caso podrían ser: a) Capacitación constante, resaltando las actividades de mayor potencial de riesgo y motivando al personal a cumplir con los parámetros de seguridad. b) Implementación adecuada del personal con equipos de seguridad básicos y colectivos. c) Implementación de los servicios de higiene personal. d) Señalización de las áreas de trabajo, colocación de afiches, tales como:    

¡NO PASAR! ¡PELIGRO! ALTO VOLTAJE. TRABAJOS EN ALTURA CUIDADO CAIDA DE OBJETOS CUIDA TU VIDA, USA ELEMENTOS DE SEGURIDAD.

4.2. PROTECCIÒN PERSONAL Cumpliendo con el Programa de Higiene Ocupacional que nuestra empresa realiza en sus diferentes obras, y entendiendo que el ser humano es el fin supremo, es que tratamos de darle al trabajador todas las atenciones requeridas para que pueda cumplir con los objetivos asignados. 4.2.1. Equipos de protección personal

Cada contratista tiene la obligación de proveer a sus trabajadores del equipo o prendas de protección individual necesaria para protegerlos en cada una de las funciones que realicen, así como básicamente ropa de trabajo. El uso de la ropa de trabajo y de los implementos básicos de seguridad es totalmente obligatorio durante las horas de trabajo y dentro del área de operaciones. Las prendas o equipos de protección personal que se entregan a los trabajadores es de propiedad de cada una de las empresas y para uso dentro de las horas de trabajo, no pudiendo el trabajador alterarlos, modificarlos o darles otro uso que no sea el indicado. El uso de los elementos básicos de seguridad es obligatorio para todo el personal y terceros que ingresan a obra sin excepción. Y durante su permanencia en ella. Si la prenda de protección individual se deteriorara por el desarrollo del trabajo, el trabajador devolverá el equipo deteriorado al almacén en coordinación con su supervisor, y se le deberá de entregar otro similar sin costo alguno y en buenas condiciones. Si el deterioro se produjera por efecto de un mal uso o alteración del elemento, se le entregara uno similar al deteriorado pero se le cargara a la cuenta del trabajador. 4.2.2. Dotación de Equipos de Protección Personal Todo el personal contará con el siguiente equipo de protección personal: uniformes de trabajo, según la estación  Zapatos de trabajo seguridad con punta de acero  Cascos de seguridad normado  Barbiquejos y Mentonera.  Guantes según tipo de actividad  tapones auditivos  lentes de seguridad transparentes, normados  Arnés de seguridad normados  Línea de enganche con cápsula de absorción de impacto y ganchos con doble seguro, normado.  Chaleco de seguridad reflectivo. 4.2.3. Equipos de protección colectiva a) Protección de zonas de trabajo y niveles inferiores

Para todo trabajo que se realicé en una obra que genere alto potencial de riesgo a los trabajadores o terceras personas ya sea por caída de materiales, contacto con maquinarias, o cualquier otra labor que pueda causar daño, se deberá emplear equipos de protección colectiva, como por ejemplo en los trabajos en altura, trabajos en parte externa (fachadas), izaje de carga, etc. b) Dotación de Equipos de protección personal Colectivos     

Malla de seguridad color naranja Cintas de seguridad de color rojo o amarillo (Dependiendo la actividad) Cachacos de seguridad para cercos perimétricos Letreros informativos y avisos para señalización Silbatos

4.3. HIGIENE DE PERSONAL 4.3.1.

SERVICIOS HIGIENICOS, VESTUARIOS Y COMEDOR a)Número de wc, lavatorios, duchas, urinarios, bebedores La empresa dotará de servicios higiénicos adecuados y separados para cada sexo. La relación mínima que se mantendrá entre el número de trabajadores y el de servicios higiénicos será el siguiente: b)Servicios especiales Vestuarios: Cada contratista dotará de ambientes destinados a vestuarios equipados con casilleros, separados por cada sexo a fin de facilitar el cambio de su vestimenta. Cada contratista dotara de los baños necesarios para su personal en relación directa a la cantidad de estos los cuales serán desinfectados al igual que las duchas periódicamente. Se implementara un ambiente adecuado, ventilado e iluminado, provisto de mobiliario (mesas) proporcionadas por los contratistas de acuerdo a la cantidad de trabajadores para ser utilizado como comedor

En la medida de lo posible estos ambientes estarán alejados de los lugares de trabajo.asi mismo las áreas de descanso no serán dentro de la obra y solo se tomaran los refrigerios en las áreas de comedor.

4.3.2.

HIGIENE DEL CAMPAMENTO Y AREAS DE TRABAJO a)Condiciones ambientales. GTA SAC dotará de una iluminación natural adecuada a todas sus instalaciones. La iluminación natural se complementará, en aquellos casos que sean necesarios, con iluminación artificial general empleando artefactos adecuados para este fin. b)Ruidos y vibraciones. La empresa deberá procurar evitar que los ambientes de trabajo tengan ruidos o vibraciones por encima del límite permisible y que potencialmente puedan perjudicar al trabajador. c)Sustancias peligrosas y ofensivas. Prescripciones específicas GTA y sus contratistas, utilizan como único producto peligrosos:   

Cemento PORTLAND. Pólvora.

Los recipientes que contengan sustancias peligrosas estarán: - Pintados, marcados o provistos de etiquetas de manera característica. - Sean fácilmente identificables; y acompañados de instrucciones que indiquen como ha de manipularse el contenido y los antídotos que deberán usarse en caso de envenenamiento.

En las áreas de trabajo se analizará periódicamente los límites de exposición de concentraciones de polvos, fibras, emanaciones, gases, nieblas o vapores irritantes o tóxicos. Sustancias inflamables y específicas Se prohibirá fumar, así como introducir fósforos, dispositivos de llamas abiertas, objetos incandescentes o cualquier otra sustancia susceptible de causar explosión o incendio dentro de la zona de seguridad de los locales de trabajo. La empresa colocará en lugares visibles los avisos de precaución apropiados. Las áreas de obra estarán provistas de uno o más tipos de equipos para combatir los incendios, de acuerdo con lo establecido en el presente plan. Todos los equipos de extintores serán: Conservados en buen estado; y probados a intervalos que no excedan de tres meses. Un número conveniente de trabajadores serán instruidos en el manejo y uso de los equipos de extinguir incendios. Siempre que sea factible, todos aquellos aparatos que desprendan gases, vapores inflamables, estarán: a) Instalados en recintos cerrados y adecuados; b) Provistos de equipo adecuado para eliminar los gases, vapores, emanaciones o polvos; y exentos de fuentes de ignición. Cuando las sustancias inflamables y explosivas sean además irritantes o tóxicas, se tomará precauciones adicionales para evitar el contacto, ingestión o inhalación de dichas sustancias por parte de los trabajadores. Sustancias de carácter infeccioso irritante y tóxico Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritantes o tóxicas estarán obligados a notificar inmediatamente cualquier indisposición física a su superior jerárquico. Si la manipulación de una sustancia puede ocasionar una infección, los trabajadores notificarán cualquier lesión, por insignificante que ésta sea a su superior jerárquico a fin que éste tome las medidas correspondientes. La empresa dispondrá, en lugares fácilmente accesibles, de uno o más botiquines o gabinetes de primeros auxilios destinados al tratamiento temporal inmediato en caso de accidente o de enfermedades repentinas, que contenga suficiente cantidad de

vendajes y demás equipos apropiados, los cuales estarán a cargo de persona o personas asignadas, propiamente adiestradas para administrar los primeros auxilios.

Toda operación o procedimiento en la manipulación y empleo de sustancias irritantes o tóxicas se efectuará con los dispositivos de seguridad necesarios, de manera tal que los trabajadores estén protegidos siempre que sea factible contra el contacto de dichas sustancias. Cuando debido a circunstancias excepcionales, alguna persona se encuentre en la necesidad de entrar en lugares donde la atmósfera esté contaminada con polvo, fibras, emanaciones, gases, nieblas o vapores de carácter irritante o tóxico, dicha persona tendrá a su disposición dispositivos para la protección de sus vías respiratorias que serán de obligatorio uso y, cuando sea necesario, dispondrán de ropa protectora para tales situaciones.

Conservación de los locales de trabajo Agua y desagüe El agua para consumo será proporcionado por cada empresa para sus trabajadores, y el agua de obra será contactada por cada contratista de acuerdo a sus necesidades los depósitos serán desinfectados regularmente por cada empresa. Limpieza de los sitios de trabajo Los CONTRATISTAS al finalizar su jornada de trabajo deberán dejar limpios y ordenados sus puestos de trabajo. La empresa deberá incluir en sus áreas de trabajo recipientes metálicos o bolsas de colores que distingan la clase de desecho que se origina en sus operaciones. La empresa deberá prevenir los riesgos para la seguridad y la salud, teniendo en cuenta las características de los trabajadores, los equipos que se utilizan, los materiales o materia primas, las sustancias peligrosas y el ambiente de trabajo. V.

ESTADÍSTICAS E INDICES DE SEGURIDAD OBJETIVO

Calcular y registrar los índices de frecuencia, índice de severidad e índice de accidentalidad en obra, se llevaran las estadísticas de prevención ordenadas por la reglamentación vigente y de acuerdo al sistema OSHA...

GENERALIDADES En la obra se mantendrá mensualmente para las estadísticas de seguridad lo siguiente: -

Horas hombre trabajadas Tiempo total de charlas de inducción y seguridad diarias Reportes de accidentes y/o incidentes

Se manejaran los índices de seguridad establecidos en la norma G.50 -

Índice de Frecuencia Índice de Gravedad Índice de Accidentabilidad

Para el cálculo de los índices de seguridad se deberán aplicar las siguientes relaciones:

Índice de Frecuencia (IF): Número total de accidentes fatales e incapacitantes en un mes por cada 200 000 horas hombre trabajadas. Índice de Frecuencia (IF)= Nro. de accidentes x 200,000/Horas hombre trabajadas Índice de Gravedad (IG): Números de días perdidos o su equivalente por cada 200 000 horas hombre trabajadas. Índice de Gravedad (IG)= Nro. de días perdidos x 200,000/Horas hombre trabajadas Índice de Accidentalidad (IA): (IF X IG) / 200

Informes de seguridad. Los informes de seguridad serán presentados quincenalmente, en ellos se deberá registrar los índices de seguridad, control de charlas diarias de inducción de seguridad, reporte de incidentes e investigación de accidentes.

VI.

INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES OBJETIVO Investigar las causas y la naturaleza de los accidentes así como la magnitud del daño producido a las personas, a la propiedad y a los procesos. PROCEDIMIENTOS Generalidades a) Se deberán utilizar los formatos para investigación de accidentes (Anexo A) o El reporte preliminar será hecho por el jefe de área o por el encargado de la tarea si es que el jefe de área no hubiese sido testigo del accidente. Procedimientos específicos 1. Respuesta inicial al accidente o Evaluar los accidentes secundarios que sean posibles de controlar en el lugar del accidente. Garantizar que se presten primeros auxilios y otros servicios de emergencia. Evaluar el potencial de pérdidas. Determinar a quién es necesario notificar. Enviar a la víctima del accidente al tópico y/o Clínica respectiva, según magnitud de daño. o Identificar y conservar las pruebas. o o o o

2. Recopilar información pertinente sobre el accidente o Identificar las pruebas  ¿Qué ocurrió?  ¿A quién se debería interrogar?  ¿Qué herramientas, materiales, equipos o personas se deben evaluar?  ¿Qué cosas podrían haber fallado o no funcionaron bien?  ¿Qué necesita saber sobre capacitación, mantenimiento o actividades o qué registros pueden existir?  Dónde se encuentran las personas, cosas?  Cuál fue la secuencia y periodicidad de los acontecimientos?

o Conservar las pruebas (cinta para acordonar el área, fotos, muestras, herramientas, etc.) o Interrogar a los testigos:  Calmar a la persona.  Entrevistarla en forma individual.  Área apropiada (en el lugar de los hechos pero en privado)  Usar preguntas que admiten más de una respuesta, en el momento preciso, no interrumpir.  Tomar apuntes breves y revisar con el interrogado al final de la entrevista el lugar del accidente para garantizar la comprensión de la información.  Hacer que el interrogado describa lo ocurrido, si fuese conveniente.  Realice entrevistas de seguimiento, si fuese necesario. 3. Identificar todas las causas significativas o Identificar las pérdidas (lesiones, enfermedades, daños, materiales, procesos) o Identificar los actos y condiciones inmediatos que existieron al momento del accidente. o Identificar las causas básicas o subyacentes que permitieron la existencia de tales actos y condiciones.

4. Desarrollar e implementar medidas correctivas que abordan medidas correctivas de corto alcance y permanentes.

5. Llenar el formulario de investigación de accidentes (Adjuntar hojas adicionales si se necesita más espacio para incluir comentarios sobre descripciones, revisiones, etc.)

6. Investigaciones especiales – muertes Las lesiones del personal que originan muertes requieren acción especial en virtud de la legislación local. Si se comprueba fehacientemente el fallecimiento de la víctima no se deberán mover sus restos hasta recibir la autorización de la fiscalía. El Departamento de Prevención de Riesgos tiene la responsabilidad de notificar al fiscal.

Debido a la naturaleza de un fallecimiento, se debe poner especial énfasis en investigar el accidente, determinar las causas y adoptar las medidas necesarias para prevenir cualquier repetición.

VII.

REPORTE DE INCIDENTES El objetivo es llevar un registro de los incidentes que se producen en la obra. Estudiar, evaluar, tratar y monitorear los incidentes más frecuentes.

PROCEDIMIENTOS

Generalidades b) Se usará el formato ubicado en el anexo A c) La realización de los reportes de incidentes estará a cargo del supervisor / Capataz d) Los reportes deberán ser firmados por el supervisor / Capataz, este último deberá tener una copia del reporte de incidentes. e) Se deberá realizar un reporte de incidente cuando un trabajador incumpla el manual de SHI encontrándose una condición insegura o acto inseguro. f) Se indicará en todos los casos: fecha de realización, firma del trabajador, clasificación según su causa inmediata y medida correctiva. Procedimiento específico g) Se llamará al trabajador que cometió el acto inseguro o que permitió la condición insegura y se les explicará la falta cometida. h) Se precisará la ubicación donde se produjo el incidente. i) Se realizará una breve descripción de incidente. j) Se deberá precisar la magnitud del riesgo. Por ejemplo podría ser caída a desnivel, quemadura, etc. k) Se deberá indicar si la magnitud del riesgo descrito es alta, media o baja. l) Indicar la medida correctiva a tomar m) Indicar el nombre del responsable de la falta.

CAUSAS DE ACCIDENTES / INCIDENTES AI ACTOS INSEGUROS 01 No hubo acto inseguro Manipuló equipo en movimiento/ 02 energizado/ presurizado 03 No uso equipo protector disponible No cumplió procedimiento o método 04 establecido 05 Falta de atención 06 Jugando en el trabajo Actuó bajo el efecto del alcohol o drogas Uso inapropiado de equipos o 08 herramientas Uso inapropiado de manos / partes del 09 cuerpo 07

10 Caso omiso de avisos de prevención

02 Falta de orden y limpieza 03 Protección personal inadecuada 04 Excavaciones sin protección 05 Accesos inadecuados Escaleras portátiles o rampas sub. 06 estándares 07 Andamios y plataformas sub. estándares 08 09 10

Puso inoperativos los dispositivos de seguridad 12 Operó equipo a velocidad insegura

12

13 Tomó posiciones o posturas inseguras

13

14 Errores de manejo u operación Colocó, mezcló o combinó en forma 15 insegura Usó equipo o herramientas en mal 16 estado Realizó trabajos sin la capacitación 17 necesaria 18 Otros: 19 No investigado

14

11

VIII.

CI CONDICIONES INSEGURAS 01 No hubo condición insegura

11

Herramientas y equipos en mal estado / sin guardas de seguridad Perímetros de losas / aberturas en pisos sin protección necesaria Instalaciones eléctricas en mal estado / sin protección necesaria Vehículos y maquinarias rodante sub. estándares Equipos sub. estándares o inadecuados Falta de señalización / señalización inadecuada Desgaste o ruptura

15 Riesgo ambiental 16 Otros: 17 No investigado

COMITÉ DE SEGURIDAD OBRA El COMITÉ DE SEGURIDAD DE OBRA se regirá de acuerdo al siguiente reglamento: 1.0 MIEMBROS DEL COMITÉ

El comité está definido y conformado de la siguiente manera: a) PRESIDENTE DEL COMITÉ: Residente de obra b) VICEPRESIDENTE: Representante de los supervisores de operación c) REPRESENTANTE DEL DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS: Supervisor de Prevención de Riesgos. d) SECRETARIO: Representante de los supervisores de operación e) REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES: capataces

2.0 FUNCIONES DEL COMITÉ

a) Difundir las políticas, objetivos y regulaciones existentes en el campo de la seguridad de la empresa. b) Tomar acuerdos para la mejora de la seguridad de nuestras partidas. c) Apoyar al Departamento de Prevención de Riesgos de la obra con información sobre la eficacia del programa de seguridad, señalando las áreas débiles. d) Detectar las condiciones y/o prácticas inseguras, recomendando las soluciones. e) Estimular la participación del trabajador en las actividades de seguridad, dando oportunidad para la información de los problemas relacionados con los accidentes y medidas preventivas; contribuyendo así al desarrollo y mantenimiento de la conciencia de seguridad. f) Ayudar a evaluar las sugerencias del personal sobre la seguridad en PdR (temas, afiches, charlas, etc.). g) Conformar la brigada de emergencia de la empresa. h) Investigar las causas de los accidentes laborales, incendios u otros eventos dañinos.

3.0 SESIONES DEL COMITÉ

a) El Comité de Seguridad de la obra se reunirá semanalmente los días viernes a partir de las 13:00 horas en el campamento de obra. b) El quórum para la realización de las sesiones es de la mitad más uno de los miembros, en caso de falta de quórum, el presidente podrá suspender la reunión y convocarla para otra fecha. c) Las sesiones podrán ser ordinarias o extraordinarias. d) Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del Comité de Seguridad.

4.0 ACTA DE SESIÓN

Se mantendrá un archivo de actas del comité de seguridad con la firma de los participantes de la sesión y aprobada por el presidente del Comité de Seguridad.

5.0 AGENDA DE LAS SESIONES

La agenda que deberá mantenerse en cada una de las sesiones del comité de seguridad se basa en: a) Lectura del acta de la reunión anterior. b) Orden del día c) Informes d) Pedidos e) Cierre de la sesión

6.0 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ

COMITÉ DE SEGURIDAD EN OBRA PRESIDENTE Residente de Obra Prevención Riesgos OBRA Supervisor PDR VICEPRESIDENTE Ingeniero de Campo

SECRETARIO

Maestro de Obra

Maestro de Obra

7.0 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS El presente Plan de seguridad no es restrictivo pudiendo ser modificado por el Presidente del Comité de Seguridad y el representante del Departamento de Prevención de Riesgos y según las necesidades que se presenten en el desarrollo de la obra. El horario de trabajo será el siguiente: Ingreso de 06.30 a 07.15 Salida desde las 17.00 horas Los trabajos en segundo turno o trabajos nocturnos deberán ser coordinados con la debida anticipación para ser autorizados debiendo encontrarse presente en todo momento un prevencionista a fin de garantizar la seguridad del trabajo a realizar. De emplearse maquinarias, estas deberán de pasar primero el check list correspondiente para ser autorizado su ingreso a obra. Los contratistas deberán de estar en condiciones de ser movilizados de acuerdo al avance de la obra, para lo cual deberán tener en esta solo lo necesario para realizar sus trabajos.

IX.

PLAN DE MANEJO AMBIENTAL EN OBRA (PMA)

1. GENERALIDADES. Cada proyecto que se realice debe de contar con un Plan de Manejo Ambiental (PMA) para la etapa de construcción. Es el conjunto detallado de actividades que producto de una evaluación ambiental están orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que se ocasionen como consecuencia de la ejecución del proyecto , obra o actividad. Incluyen los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono según la naturaleza del proyecto obra o actividad.

De todas maneras y por medidas de prevención adjuntamos en nuestro Plan de seguridad el plan de manejo de residuos sólidos y estándar de gestión ambiental, proyectados para las obras. Programa. Almacenamiento y manejo de materiales de construcción Impactos a controlar. - Generación de partículas - Contaminación de suelos - Cambios en el medio ambiente superficial - Incomodidad a usuarios y a la comunidad adyacente a obra. Medida. Procedimientos a desarrollar dentro de cada una de las actividades que invo Lucran el manejo de materiales de construcción. Objetivo de la medida. Prevención Tipo de acción. Procedimiento Alcance. Definir las medidas de manejo y control ambiental que el contratista debe De dar a los materiales utilizados dentro de las obras del proyecto. Cobertura. Patios de almacenamiento, frente de obras, vías de acceso y áreas administrativas, rutas de transporte para la evacuación del material y definir el botadero. Periodo de ejecución. Desde el inicio del periodo de instalación. Ejecutor responsable. Contratista, Constructor, Supervisor. Estándar a emplear: . No se deberá de disponer de material en cercanías a drenajes, sumideros, pozos etc. . El patio de acopio debe de contar con un canal perimetral conectado a una trampa De sedimentos para el manejo de aguas de lluvia. . Básicamente se busca controlar las emisiones de partículas al medio atmosférico Como consecuencia de la exposición de nuevas superficies a la acción del viento y De las lluvias; por ello, la conformación de estos materiales deberá tener una geo – metria tal que se tengan las menores superficies de exposición. . En caso de almacenamiento prolongado (mayores a 5 días) se deberá cubrir con Lona o plástico para evitar su desplazamiento en el medio ambiente. . Se evitara movimientos innecesarios de material, salvo para su traslado a los sitios

De empleo. . Cuando el personal maneje materiales, debe de contar siempre con los equipos de Seguridad lo cual incluye mascara nasal, casco, guantes y botas con punta de acero. . Los vehículos de transporte de escombros deberán permanecer con carpas segu ras para evitar la caída de material durante el desplazamiento, en caso de caídas el transportista deberá realizar el recojo y limpieza correspondiente. Indicadores de Impacto Ambiental: . Contaminación de suelos . Quejas de la comunidad . Accidentes de trabajo . Quejas de funcionarios de la obra

X.

ANEXOS

GLOSARIO DE TERMINOS. El presente anexo contiene una serie de definiciones establecidas por la legislación internacional y nacional1 vigente sobre seguridad y salud en el trabajo y que será de utilidad para el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa. Accidente de Trabajo: Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce pérdidas tales como lesiones personales, daños materiales, derroches y/o impacto al medio ambiente; con respecto al trabajador le puede ocasionar una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Asimismo se consideran accidentes aquellos que: - Interrumpen el proceso normal de trabajo. - Se producen durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Dependiendo de la gravedad, los accidentes con lesiones personales pueden ser: Accidente Leve: Como resultado de la evaluación médica, el accidentado debe volver máximo al día siguiente a sus labores habituales. Accidente Incapacitante: Como resultado de la evaluación médica se determina que el accidente no es leve y recomienda que, el accidentado al día siguiente no asista al trabajo y continúe el tratamiento. El día de la ocurrencia de la lesión no se tomará en cuenta, para fines de información estadística. 1

Accidente Mortal: Donde la lesión genera la muerte del trabajador, sin tomar en cuenta el tiempo transcurrido entre la fecha del accidente y el deceso. Para efecto de la estadística se debe considerar la fecha en que fallece. Los accidentes incapacitarte pueden ser:

Total Temporal: Donde la lesión genera la imposibilidad de utilizar una determinada parte del organismo humano, hasta finalizar el tratamiento médico y volver a las labores habituales totalmente recuperado. Parcial Permanente: Donde la lesión genera la pérdida parcial de un miembro o de las funciones del mismo. Total Permanente: Donde la lesión genera la pérdida anatómica total de un miembro; se considera a partir de la pérdida del dedo meñique. Actividad: Ejercicio de las actividades industriales o de servicios en las operaciones del empleador en concordancia con la normatividad vigente. Actividades, Procesos, Operaciones o Labores de Alto Riesgo: Aquellas que impliquen una alta probabilidad de daño a la salud del trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza. La relación de actividades calificadas como de alto riesgo será establecida por la autoridad competente. Actividades Insalubres: Aquellas que den lugar a desprendimiento o evacuación de productos que puedan resultar directa o indirectamente perjudiciales para la salud humana. Actividades Peligrosas: Aquellas que tengan por objeto fabricar, manipular, expender o almacenar productos o sustancias susceptibles de originar riesgos graves por explosión, combustión, radiación u otros modos de contaminación de análoga importancia para las personas o los bienes. Ambiente, Centro de Trabajo o Unidad de Producción: Lugar en donde los trabajadores desempeñan sus labores. Auditoria: Procedimiento sistemático, independiente y documentado para evaluar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Capacitación: Actividad que consiste en instruir conocimientos teóricos y prácticos del trabajo a los participantes. Causas de los Accidentes: Criterios que permiten comprender las razones por las cuales ocurre un accidente. Se dividen en: - Falta de control: Debido a fallas o debilidades en el control administrativo de la empresa. - Causas Básicas: Debidas a factores personales y factores de trabajo: Factores Personales.- Todo lo relacionado al trabajador como persona (conocimientos, experiencia, grado de fatiga o tensión, problemas físicos, fobias, etc.) Factores del Trabajo.- Todo lo relacionado al entorno del trabajo (equipos, materiales, ambiente, procedimientos, comunicación, etc.)

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Causas Inmediatas.- Debidas a los actos y/o condiciones sub-estándares: Condiciones Sub-estándares: Toda condición física en el entorno del trabajo que puede causar un accidente. Actos Sub-estándares: Toda acción o práctica incorrecta ejecutada por el trabajador que puede causar un accidente. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: Órgano paritario constituido por Representantes del empleador y los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por las normas vigentes, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición: Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo;

La naturaleza, intensidad, concentraciones o niveles de presencia de los agentes físicos, químicos y biológicos en el ambiente de trabajo - Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores; y - La organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales. Condiciones de Salud: El conjunto de variables objetivas de orden fisiológico, psicológico y sociocultural que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora. Contaminación del Ambiente de Trabajo: Es toda alteración del ambiente de trabajo - calidad del suelo, agua o aire - a un nivel que puede afectar la salud y la integridad física de los trabajadores. Contratista: Persona o empresa que presta servicios retribuidos a un empleador con especificaciones, plazos y condiciones convenidos. Control de Riesgos: Es el proceso de toma de decisión, mediante la información obtenida en la evaluación de riesgos, para tratar y/o reducir los riesgos, para implantar las medidas correctoras, exigir su cumplimiento y la evaluación periódica de su eficacia. Cultura de Seguridad o cultura de prevención: Conjunto de valores, principios y normas de comportamiento y conocimiento que comparten los miembros de una organización, con respecto a la prevención de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Emergencia: Evento no deseado que se presenta debido a factores naturales o como consecuencia de accidentes de trabajo, tales como: incendios, explosiones, sismos, deslizamientos, accidentes de transito, entre otros.

Enfermedad Ocupacional: Una enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de riesgos como agentes físicos, químicos, biológicos y ergonómicos, inherentes a la actividad laboral. Empleador: Toda persona natural o jurídica que emplea a uno o varios trabajadores. Entidades Públicas competentes en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Salud, Energía y Minas, Producción, Transportes y Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Agricultura, Essalud y otras que la Ley señale. Equipos de Protección Personal: Los dispositivos/ equipos específicos destinados a ser utilizados adecuadamente por el trabajador para que le protejan de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo. Ergonomía: Llamada también ingeniería humana, es la ciencia que busca optimizar la interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y limitaciones de los trabajadores, con el fin de minimizar el estrés y la fatiga y con ello incrementar el rendimiento y la seguridad del trabajador. Estadística de accidentes: Sistema de control de la información de los incidentes. Permiten medir y utilizar esta información y las tendencias asociadas en forma proactiva y focalizada para reducir los índices de accidentabilidad. Evaluación de riesgos: Proceso mediante el cual se establece la probabilidad y la gravedad de que los peligros identificados se manifiesten, obteniéndose la información necesaria para que la empresa esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la oportunidad y el tipo de acciones preventivas que deben adoptarse. Exámenes Médicos de Preempleo: Son evaluaciones médicas que se realizan al trabajador antes de que éste sea admitido en un puesto de trabajo que entrañe

riesgos para su salud. Tiene por objeto determinar el estado de salud al momento del ingreso y su aptitud para el puesto de trabajo. Exámenes Médicos Periódicos: Son evaluaciones médicas que se realizan al trabajador durante la vigencia del vínculo laboral. Estos exámenes tienen por objeto la detección precoz de patologías ocupacionales y la promoción de la salud. Asimismo, permiten definir la eficiencia de las medidas preventivas y de control que se toman y el impacto de éstas, así como la reorientación de dichas medidas. Exámenes de Retiro: Son evaluaciones médicas realizadas al trabajador una vez concluido el vínculo laboral. Mediante estos exámenes se busca detectar enfermedades ocupacionales y comunes, secuelas de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo. Exposición: Condiciones de trabajo que implican un determinado nivel de riesgo a los trabajadores.

Gestión de la Seguridad y Salud: Aplicación de los principios de la administración moderna a la seguridad y salud, integrándola a la producción, calidad y control de costos. Gestión de Riesgos: Es el procedimiento, que permite una vez caracterizado el riesgo, la aplicación de las medidas más adecuadas para reducir al mínimo los riesgos determinados y mitigar sus efectos, al tiempo que se obtienen los resultados esperados. Identificación de Peligros: Proceso mediante el cual se reconoce que existe un peligro y se definen sus características. Incidente: Potencial para llevar a un accidente, donde no ocurre ninguna enfermedad, lesión, daño, u otra pérdida. Inducción u Orientación: Capacitación inicial para ayudar al trabajador a ejecutar su labor en forma segura, eficiente y correcta. Se divide normalmente en: Inducción General: Capacitación al trabajador antes de asumir su puesto sobre temas generales como política, beneficios, servicios, facilidades, normas y prácticas, y el conocimiento del ambiente laboral de la empresa. Inducción Específica: Capacitación que brinda al trabajador la información necesaria para prepararlo a su trabajo específico. Investigación de Accidentes e Incidentes: Proceso de recopilación y evaluación de evidencias que conducen a determinar las causas de los accidentes e incidentes, y que permite tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia de los mismos. Inspección: Proceso de observación metódica para identificar no conformidades con los estándares establecidos e identificar los peligros. Lesión: Daño físico u orgánico que sufre una persona como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional. Lugar de trabajo: Todo sitio o área donde los trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o a donde tienen que acudir por razón del mismo. Mapa de Riesgos: Compendio de información organizada y sistematizada geográficamente a nivel nacional subregional o de una empresa sobre las amenazas, incidentes o actividades que son valoradas como riesgos para la operación segura de una empresa u organización. Medidas de Prevención: Las acciones que se adoptan con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo, dirigidas a proteger la salud de los trabajadores contra aquellas condiciones de trabajo que generan daños que sean consecuencia, guarden relación o sobrevengan durante el cumplimiento de sus labores, medidas cuya implementación constituye una obligación y deber de parte de los empleadores.

Peligro: Fuente o situación con potencial para producir daños de lesión a personas, enfermedad ocupacional, daño a la propiedad, daño al ambiente del lugar de trabajo, o una combinación de estos. Pérdidas: Constituye todo daño, mal o menoscabo en perjuicio del empleador.

Plan de Emergencia: Documento guía de las medidas que se deben tomar bajo ciertas condiciones de emergencia posibles. Incluye responsabilidades de personas y departamentos, recursos de la empresa disponibles para su uso, fuentes de ayuda externas, procedimientos generales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las comunicaciones e informes exigidos. Prevención de Accidentes: Combinación razonable, de políticas, estándares, procedimientos y prácticas, que permiten a una organización, alcanzar los objetivos de prevención de riesgos en el trabajo. Primeros Auxilios: Protocolos de atención de emergencia que se brindan a una persona que ha sufrido un accidente o enfermedad ocupacional. Pro actividad: Actitud favorable en el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo con diligencia y eficacia. Procesos, Actividades, Operaciones, Equipos o Productos Peligrosos: Aquellos elementos, factores o agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos o mecánicos, que están presentes en el proceso de trabajo, según las definiciones y parámetros que establezca la legislación nacional, que originen riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores que los desarrollen o utilicen. Reglamento: Conjunto de normas, procedimientos, prácticas o disposiciones detalladas, a los que la empresa asigna carácter obligatorio. Representante de los Trabajadores: Trabajador, con experiencia o capacitación en prevención de riesgos laborales, elegido de conformidad con la legislación vigente para representar a los trabajadores, ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Riesgo: Combinación entre la probabilidad de que ocurra un determinado evento peligroso y la magnitud de sus consecuencias. Salud: Es un derecho fundamental que significa no solamente la ausencia de afecciones o de enfermedad, sino también de los elementos y factores que afectan negativamente el estado físico o mental del trabajador y están directamente relacionados con los componentes del ambiente del trabajo. Salud Ocupacional: Rama de la Salud Pública que tiene como finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones; prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades. Seguridad: Son todas aquellas acciones y actividades que permiten que el trabajador labore en condiciones seguras tanto ambientales como personales, con el fin de conservar la salud y preservar los recursos humanos y materiales. Servicio de Salud en el Trabajo: Conjunto de dependencias de una empresa que tienen funciones esencialmente preventivas y que están encargadas de asesorar a los trabajadores y a los representantes de la empresa acerca de: i) los requisitos necesarios para establecer y conservar un medio ambiente de trabajo seguro y sano que favorezca una salud física y mental óptima en relación con el trabajo; ii) la adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud física y

mental; iii) la vigilancia activa en salud ocupacional que involucra el reconocimiento de los riesgos, las evaluaciones ambientales y de salud del trabajador (médico, toxicológico, psicológico, etc.), y los registros necesarios (enfermedades, accidentes, ausentismo, etc.) entre otros.

Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo: Conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una política y objetivos de seguridad y salud en el trabajo, y los mecanismos y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente relacionado con el concepto de responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores, mejorando de este modo la calidad de vida de los mismos, así como promoviendo la competitividad de las empresas en el mercado. Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo: Trabajador capacitado y designado entre los trabajadores de las áreas productivas de las empresas con menos de 25 trabajadores. Trabajador: Toda persona, que desempeña una actividad de manera regular o temporal por cuenta ajena y remunerada o de manera independiente o por cuenta propia. Vigilancia en Salud Ocupacional: Conjunto de usuarios, normas, procedimientos y recursos organizados para la recopilación, análisis, interpretación y divulgación sistemática y oportuna de información sobre eventos de salud ocupacional.

Formato 01: Inspección de arnés Formato 02: Inspección de escaleras portátiles Formato 03: Inspección de andamios Formato 04: Hoja de control de riesgos Formato 05: Evaluación de riesgos a nivel de campo Formato 06: Ficha de control de extintores Formato 07: Permiso para trabajos en altura Formato 08: Permiso de trabajo en caliente Formato 09: Procedimiento de trabajo seguro Formato 10: Reporte pre-liminar de incidente / accidente Formato 11: Análisis de trabajo seguro Formato 12: Aviso preventivo Formato 13: Charlas de cinco minutos Formato 14: Charlas de capacitación / Brigadas de emergencia Formato 15: Compromiso de cumplimiento Formato 16: Entrevista del accidentado

Formato 17: Plan de acción y seguimiento Formato 18: Inducción general de personal Formato 19: Investigación de accidente Formato 20: Registro de capacitación específica Formato 21: Resumen de estadísticas mensual Formato 22: Aviso al Ministerio de trabajo sobre accidente Formato 23: Notificación de seguridad en campo Formato 24: Formulario de accidente de trabajo Formato 25: Aviso de enfermedades ocupacionales Formato 26: Aviso de incidente peligroso Formato 27: Aviso de incidente común Formato 28: Inspección de EPP Formato 29: Cronograma de actividades de prevención y riesgos Formato 30: Informe de simulacro de emergencia Formato 31: Tablas.