Perpetua memoria

Procedimiento: No contencioso Materia: Información para la perpetua Memoria Demandante: ** Run Solicitante: ** Patrocina

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Procedimiento: No contencioso Materia: Información para la perpetua Memoria Demandante: ** Run Solicitante: ** Patrocinante: ** Run Patrocinante: ** EN LO PRINCIPAL PRIMER OTROSI SEGUNDO OTROSI TERCER OTROSI

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Información Para La Perpetua Memoria Acompaña Documento Ofrece Información Sumaria de Testigos Patrocinio Y Poder

S.J.L. CIVIL **, Chileno, Run 3.299.237-0 con domicilio en, Villa los Conquistadores de Angol a Us. Respetuosamente digo: es Que vengo en iniciar gestión de perpetua memoria en relación a los antecedentes de hecho que procedo a exponer y envista y necesidad de cumplir con las disposiciones de la ley 19.234 y sus modificaciones rogando a Us. Tenga en bien tener por interpuesta y fundada en los siguientes hechos: Es menester en el conocimiento que le resulta necesario para la resolución, el que mi oficio es el de maestro de la construcción; en el cual me he desempeñado toda mi vida siendo esta la actividad que me resulta propia y conocida. Como es sabido por Us. Este país ha atravesado por distintos periodos en su historia reciente, pues bien durante el periodo histórico que abarca la década de 1970 en una buena parte de ella me desempeñe en labores como maestro de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, abarcando dicho periodo de vinculación laboral tramo ubicado entre los años 1970 a 1974, este periodo es el que abarca el advenimiento del Gobierno Militar y como consecuencia se su llegada fui removido de mis actividades sin mediar causa justificada mas allá que mis propias convicciones político, sociales y económicas, de modo que de la noche a la mañana quede privado tanto de mi fuente laboral como de los beneficios que por ley y moral me pertenecían en derecho como trabajador y mas aún me vi en la imposibilidad entonces y ahora de tener una forma mas jurídicamente adecuada de probar estos hechos no obstante ser de conocimiento extenso por muchas personas como acreditaré en el curso de esta gestión, hecho que no ha sido ajeno a muchos otros similares. Es por ello y en razón de mi necesidad de

seguridad social y previsional además del hecho de que por mi condición y cualidades personales estoy en condiciones de optar a los beneficios que otorga la ley 19.234 vengo a vuestra sede judicial para mediante las informaciones necesarias se haga la justa y necesaria memoria histórica y jurídica con el propósito final de que cumpliendo con los requerimientos que competen a la ley se reconozca mi vinculo laboral truncado como consecuencia de los eventos históricos conocidos .POR TANTO: En atención a lo dispuesto en los artículos Artículos 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, vengo en solicitar a SS. ruego a Us. Tener por interpuesta gestión de perpetua memoria y en definitiva se declare que como se ha expuesto pertenecí como trabajador a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales desde el año 1970 a 1974, fecha en la que fui separado de funciones por causas políticas en vulneración de mis derechos laborales y sin mediar la entrega de la documentación necesaria tanto previsional como laboral de modo que no quedo registro ni de dicha relación ni de las imposiciones y demás beneficios a los cuales fui acreedor en su momento.PRIMER OTROSI: documentos

Ruego

a

Us.

tener

por

acompañados

los

siguientes

A.- Declaración Jurada del solicitante B.-Certificado emanado de don Sergio C.-Certificado Inspector Provincial del Trabajo D.-Certificado Emitido por don Enrique E.-Certificado Director Provincial de la Junaeb F.-Documento privado emitido y firmado por don G.-Documento privado emitido por don SEGUNDO OTROSI: Ruego a Us tener por ofrecidos los siguientes testigos que prestarán información sumaria respecto de los hechos a acreditar conforme lo principal de esta presentación 1.-** 2.-** TERCER OTROSI: Ruego a US. tener presente que nos patrocina en estas gestiones el Abogado**, domiciliado en calle Dieciocho N° 365 de la ciudad de Angol; correo electrónico**, con todas y cada una de las facultades del artículo 7° del código de Procedimiento Civil las que se dan por reproducidas, en particular las de transigir, percibir, desistirse de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renuncia de plazos legales, comprometer, otorgar facultades de arbitrador y aprobar convenios.-