PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE E
Views 105 Downloads 85 File size 361KB
PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE EXPEDIENTE N° EG.2021004614 SUMILLA: SE SUBSANA Y ADMITE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LA LISTA DE CANDIDATOS DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA PARTIDO MORADO
Jesús María, 26 de diciembre de 2020.
VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República, presentada por Henry Jarek Tello Godoy, Personero Legal Titular de la Organización Política PARTIDO MORADO, para el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Generales 2021; y el escrito de subsanación de fecha de presentación 24 de diciembre último. ANTECEDENTES 1. Que, mediante Resolución N° 047-2020-JEE LIC2/JNE, notificada el 24 de diciembre de 2020, se declaró inadmisible la solicitud de inscripción de los candidatos Nº 5 Flor Antonia Borja Gutiérrez, Nº 18 Carlos Alonso Santibáñez García y Nº 21 Jennifer Zusy Rojas Gutiérrez del partido político “PARTIDO MORADO”, presentada por el Personero Legal Titular, señor Henry Jarek Tello Godoy. CONSIDERANDOS Marco Normativo 2. El artículo 90° de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 112°, 113° y 114° de la Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante la LOP), establecen los requisitos para ser elegido Congresista de la República y los impedimentos para postular a dicho cargo. 3. Asimismo, el artículo 112° de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante LOE), establece los requisitos para ser elegido representante al congreso de la República; además, los artículos 33° y 34°- A de la Constitución Política del Perú y los artículos 113° y 114° de la LOE señalan los impedimentos para postular a dicho cargo. 4. El artículo 31º y 35º de la Constitución Política del Perú, establecen el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas conforme a ley. 5. El artículo 39 numerales 39.1° y 39.3° del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2021 (en adelante el Reglamento), aprobado por Resolución N.º 0330-2020-JNE, establece que la solicitud de inscripción que cumpla con lo previsto en los artículos 31° al 38° y 42° del Reglamento, así como de las demás exigencias establecidas en las normas electorales, será admitida a trámite y publicada conforme a ley. JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe
PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE
6. Así, la solicitud de inscripción que no cumpla con los requisitos y exigencias establecidas en las normas electorales, será declarada inadmisible siempre que las observaciones anotadas puedan ser subsanadas en los plazos que señala el artículo 40° del Reglamento, en cuyo caso el Jurado Electoral Especial emitirá la resolución de admisión de la solicitud de inscripción.
Análisis Del Caso 7. Que, con fecha 22 de diciembre de 2020, el Personero Legal Titular de la organización política Partido Morado, Henry Jarek Tello Godoy, presentó la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a congresista de la República para el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Generales 2021. 8. Que, el artículo 39°, numeral 39.3) –primer párrafo- del Reglamento, prescribe que la lista de candidatos que cumpla con todos los requisitos previstos en los artículos 31° a 38° del citado Reglamento, o cumpla con subsanar las omisiones advertidas, es admitida a trámite; 9. Examinada la solicitud y sus acompañados, se advierte que el personero legal ha cumplido con subsanar las observaciones señaladas mediante resolución N° 047-2020JEE LIC2/JNE; por consiguiente, corresponde que se admita la solicitud de inscripción de la lista de candidatos y efectuar las publicaciones correspondientes, con arreglo al artículo 42°, numeral 42.1 del Reglamento, en concordancia con el artículo 119°, 120° de la LOE; en lo demás, prevalece el artículo 31° de la Constitución Política del Estado; 10. Ello con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y con sus derechos vigentes pueda formular tacha contra la lista de candidatos en su integridad, o contra uno o más de los candidatos que la integren dentro de los tres días calendario siguientes a su publicación, conforme lo establece el artículo 43° del citado Reglamento. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- TENER POR SUBSANADA la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República, presentada por Henry Jarek Tello Godoy, Personero Legal de la Organización Política “PARTIDO MORADO”. Artículo Segundo.- ADMITIR la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República, de la Organización Política “PARTIDO MORADO”, para el Proceso Elecciones Generales 2021, por el distrito electoral de LIMA, conforme al siguiente detalle:
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe
PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE LISTA DE CANDIDATOS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA NOMBRES Y APELLIDOS
DNI
GÉNERO
1
SUSEL ANA MARIA PAREDES PIQUE
08185259
MUJER
2
RODOLFO PEREZ OSORES
42979278
HOMBRE
3
FLOR AIDEE PABLO MEDINA
10213424
MUJER
4
GEORGE EDWARD MALAGA TRILLO
09303898
HOMBRE
5
FLOR ANTONIA BORJA GUTIERREZ
44617857
MUJER
6
CARLO MAGNO SALCEDO CUADROS
09679665
HOMBRE
7
GABRIELA AIDA SALVADOR CARDENAS
42771789
MUJER
8
LUIS ALBERTO DURAN ROJO
09552537
HOMBRE
9
URSULA PILAR MOSCOSO MARTINEZ
70246455
MUJER
10
GIACCOMO LUIS UGARELLI DELGADO
47530036
HOMBRE
11
LILIANA CELINDA MUGUERZA GUADALUPE
10266005
MUJER
12
MARCO ANTONIO ZEVALLOS BUENO
09677079
HOMBRE
13
LISSETH MELENDEZ VARGAS
46954973
MUJER
14
ANGEL ALFREDO URQUIZA VASQUEZ
10723957
HOMBRE
15
SUSANA ISABEL CHAVEZ ALVARADO
10342732
MUJER
16
JOSMELL MAX PERALTA PEÑA
42674691
HOMBRE
17
NANCY BALBINA GOYBURO REEVES
06134344
MUJER
18
CARLOS ALONSO SANTIBAÑEZ GARCIA
46540690
HOMBRE
19
MARIA DEL PILAR ALARCON GARCIA
44780661
MUJER
20
EDGAR LIBERATO SAENZ CUNZA
10410906
HOMBRE
21
JENNIFER ZUSY ROJAS GUTIERREZ
45898255
MUJER
22
JORGE LUIS DIAZ GUTIERREZ
44092258
HOMBRE
23
CLAUDIA VIRGINIA VALDEIGLESIAS AÑORGA
07722198
MUJER
24
JHONY PARDAVE LIVIA
09742191
HOMBRE
25
PATRICIA PILAR GAMARRA BRESCIA
44495022
MUJER
26
EDINSON DARIO LAGUNES RAMIREZ
42511761
HOMBRE
27
LIZBETH VANESSA CRIALES LUCAS
41600061
MUJER
28
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
07936507
HOMBRE
29
FRIDA RIOS NORIEGA
23928025
MUJER
30
VLADO ERICK CASTAÑEDA GONZALES
19256480
HOMBRE
31
MIRIAM GARCIA GOMEZ
10417514
MUJER
32
EDWIN JAVIER MEZA FARFÁN
25846308
HOMBRE
33
NARESCKA DEL PILAR CULQUI MARTINEZ
44914759
MUJER
34
MARCO ANTONIO MEZA SEGOVIA
09724413
HOMBRE
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe
PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE
Artículo Tercero.- NOTIFIQUESE la presente resolución al personero legal titular en su casilla
electrónica de conformidad de conformidad al Reglamento de Casillas Electrónicas (artículo 16°) aprobado por Resolución N° 165-2020-JNE. Artículo Cuarto.- REMITIR la presente resolución a la Oficina Descentralizada de los Procesos Electorales. Artículo Quinto.- PUBLICAR la presente resolución en el portal electrónico institucional del JNE y en el panel del JEE, para los efectos de tachas conforme a lo dispuesto por el artículo 43º del Reglamento. Regístrese, publíquese y archívese. Ss.
MARÍA DEL CARMEN RITA GALLARDO NEYRA Presidente
LUIS ANTONIO LANDA BURGOS Segundo Miembro
NATALIA ALVAREZ PINEDO Tercer Miembro
LEYLA LISBETH MEDINA CALVO Secretaria sydf
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe