Partido Morado

PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021 JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE E

Views 105 Downloads 85 File size 361KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE EXPEDIENTE N° EG.2021004614 SUMILLA: SE SUBSANA Y ADMITE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LA LISTA DE CANDIDATOS DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA PARTIDO MORADO

Jesús María, 26 de diciembre de 2020.

VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República, presentada por Henry Jarek Tello Godoy, Personero Legal Titular de la Organización Política PARTIDO MORADO, para el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Generales 2021; y el escrito de subsanación de fecha de presentación 24 de diciembre último. ANTECEDENTES 1. Que, mediante Resolución N° 047-2020-JEE LIC2/JNE, notificada el 24 de diciembre de 2020, se declaró inadmisible la solicitud de inscripción de los candidatos Nº 5 Flor Antonia Borja Gutiérrez, Nº 18 Carlos Alonso Santibáñez García y Nº 21 Jennifer Zusy Rojas Gutiérrez del partido político “PARTIDO MORADO”, presentada por el Personero Legal Titular, señor Henry Jarek Tello Godoy. CONSIDERANDOS Marco Normativo 2. El artículo 90° de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 112°, 113° y 114° de la Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante la LOP), establecen los requisitos para ser elegido Congresista de la República y los impedimentos para postular a dicho cargo. 3. Asimismo, el artículo 112° de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante LOE), establece los requisitos para ser elegido representante al congreso de la República; además, los artículos 33° y 34°- A de la Constitución Política del Perú y los artículos 113° y 114° de la LOE señalan los impedimentos para postular a dicho cargo. 4. El artículo 31º y 35º de la Constitución Política del Perú, establecen el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas conforme a ley. 5. El artículo 39 numerales 39.1° y 39.3° del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2021 (en adelante el Reglamento), aprobado por Resolución N.º 0330-2020-JNE, establece que la solicitud de inscripción que cumpla con lo previsto en los artículos 31° al 38° y 42° del Reglamento, así como de las demás exigencias establecidas en las normas electorales, será admitida a trámite y publicada conforme a ley. JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe

PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE

6. Así, la solicitud de inscripción que no cumpla con los requisitos y exigencias establecidas en las normas electorales, será declarada inadmisible siempre que las observaciones anotadas puedan ser subsanadas en los plazos que señala el artículo 40° del Reglamento, en cuyo caso el Jurado Electoral Especial emitirá la resolución de admisión de la solicitud de inscripción.

Análisis Del Caso 7. Que, con fecha 22 de diciembre de 2020, el Personero Legal Titular de la organización política Partido Morado, Henry Jarek Tello Godoy, presentó la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a congresista de la República para el distrito electoral de Lima, en el marco de las Elecciones Generales 2021. 8. Que, el artículo 39°, numeral 39.3) –primer párrafo- del Reglamento, prescribe que la lista de candidatos que cumpla con todos los requisitos previstos en los artículos 31° a 38° del citado Reglamento, o cumpla con subsanar las omisiones advertidas, es admitida a trámite; 9. Examinada la solicitud y sus acompañados, se advierte que el personero legal ha cumplido con subsanar las observaciones señaladas mediante resolución N° 047-2020JEE LIC2/JNE; por consiguiente, corresponde que se admita la solicitud de inscripción de la lista de candidatos y efectuar las publicaciones correspondientes, con arreglo al artículo 42°, numeral 42.1 del Reglamento, en concordancia con el artículo 119°, 120° de la LOE; en lo demás, prevalece el artículo 31° de la Constitución Política del Estado; 10. Ello con la finalidad de que cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y con sus derechos vigentes pueda formular tacha contra la lista de candidatos en su integridad, o contra uno o más de los candidatos que la integren dentro de los tres días calendario siguientes a su publicación, conforme lo establece el artículo 43° del citado Reglamento. Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- TENER POR SUBSANADA la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República, presentada por Henry Jarek Tello Godoy, Personero Legal de la Organización Política “PARTIDO MORADO”. Artículo Segundo.- ADMITIR la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Congreso de la República, de la Organización Política “PARTIDO MORADO”, para el Proceso Elecciones Generales 2021, por el distrito electoral de LIMA, conforme al siguiente detalle:

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe

PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE LISTA DE CANDIDATOS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA NOMBRES Y APELLIDOS

DNI

GÉNERO

1

SUSEL ANA MARIA PAREDES PIQUE

08185259

MUJER

2

RODOLFO PEREZ OSORES

42979278

HOMBRE

3

FLOR AIDEE PABLO MEDINA

10213424

MUJER

4

GEORGE EDWARD MALAGA TRILLO

09303898

HOMBRE

5

FLOR ANTONIA BORJA GUTIERREZ

44617857

MUJER

6

CARLO MAGNO SALCEDO CUADROS

09679665

HOMBRE

7

GABRIELA AIDA SALVADOR CARDENAS

42771789

MUJER

8

LUIS ALBERTO DURAN ROJO

09552537

HOMBRE

9

URSULA PILAR MOSCOSO MARTINEZ

70246455

MUJER

10

GIACCOMO LUIS UGARELLI DELGADO

47530036

HOMBRE

11

LILIANA CELINDA MUGUERZA GUADALUPE

10266005

MUJER

12

MARCO ANTONIO ZEVALLOS BUENO

09677079

HOMBRE

13

LISSETH MELENDEZ VARGAS

46954973

MUJER

14

ANGEL ALFREDO URQUIZA VASQUEZ

10723957

HOMBRE

15

SUSANA ISABEL CHAVEZ ALVARADO

10342732

MUJER

16

JOSMELL MAX PERALTA PEÑA

42674691

HOMBRE

17

NANCY BALBINA GOYBURO REEVES

06134344

MUJER

18

CARLOS ALONSO SANTIBAÑEZ GARCIA

46540690

HOMBRE

19

MARIA DEL PILAR ALARCON GARCIA

44780661

MUJER

20

EDGAR LIBERATO SAENZ CUNZA

10410906

HOMBRE

21

JENNIFER ZUSY ROJAS GUTIERREZ

45898255

MUJER

22

JORGE LUIS DIAZ GUTIERREZ

44092258

HOMBRE

23

CLAUDIA VIRGINIA VALDEIGLESIAS AÑORGA

07722198

MUJER

24

JHONY PARDAVE LIVIA

09742191

HOMBRE

25

PATRICIA PILAR GAMARRA BRESCIA

44495022

MUJER

26

EDINSON DARIO LAGUNES RAMIREZ

42511761

HOMBRE

27

LIZBETH VANESSA CRIALES LUCAS

41600061

MUJER

28

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO

07936507

HOMBRE

29

FRIDA RIOS NORIEGA

23928025

MUJER

30

VLADO ERICK CASTAÑEDA GONZALES

19256480

HOMBRE

31

MIRIAM GARCIA GOMEZ

10417514

MUJER

32

EDWIN JAVIER MEZA FARFÁN

25846308

HOMBRE

33

NARESCKA DEL PILAR CULQUI MARTINEZ

44914759

MUJER

34

MARCO ANTONIO MEZA SEGOVIA

09724413

HOMBRE

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe

PROCESO DE ELECCIONES GENERALES 2021

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 RESOLUCION N° 00068-2020-JEE-LIC2/JNE

Artículo Tercero.- NOTIFIQUESE la presente resolución al personero legal titular en su casilla

electrónica de conformidad de conformidad al Reglamento de Casillas Electrónicas (artículo 16°) aprobado por Resolución N° 165-2020-JNE. Artículo Cuarto.- REMITIR la presente resolución a la Oficina Descentralizada de los Procesos Electorales. Artículo Quinto.- PUBLICAR la presente resolución en el portal electrónico institucional del JNE y en el panel del JEE, para los efectos de tachas conforme a lo dispuesto por el artículo 43º del Reglamento. Regístrese, publíquese y archívese. Ss.

MARÍA DEL CARMEN RITA GALLARDO NEYRA Presidente

LUIS ANTONIO LANDA BURGOS Segundo Miembro

NATALIA ALVAREZ PINEDO Tercer Miembro

LEYLA LISBETH MEDINA CALVO Secretaria sydf

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 2 JIRÓN NAZCA N°598 – JESUS MARIA, LIMA, LIMA Portal Web: www.jne.gob.pe