Parque Las Moscas. Antecedentes F

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PARQUE LAS MOSCAS En Julio de 2012, la agencia Ciper Chile publica una investigación donde se da a conocer una lista de 218 terrenos que el Estado chileno habría cedido a la fundación CEMA CHILE (Centros de Madres)1, presidida por Lucía Hiriart, entre 1974 y 1990. Dichos terrenos fueron cedidos e l 15 de junio de 1982 bajo decreto s upremo y medi ante el mi nis terio de b i e n e s n a c i o n a l e s , t o d o e l t r a s p a s o f u e b a j o f i n e s s o c i a l e s a la Fundación por parte del gobierno de facto, de hecho, solo 2 de los 218 decretos de transferencias no llevan la firma de Augusto Pinochet, jefe de Estado y esposo de Hiriart. Uno de los señalados terrenos se encuentra en la comuna de Santiago. En la Avenida Carlos Valdovinos se emplaza un terreno de una extensión exageradamente notoria para la simple vista (27.572 mt2). La ubicación del terreno originalmente fue San Miguel, sin embargo, las disposiciones políticas y administrativas alteraron los límites comunales alrededor de la década de los 90. Hoy, el terreno ocupa espacios que de manera natural corresponden a Pedro Aguirre Cerda. Es más, una carretera (Autopista del Sol) y un río (Zanjón de la Aguada) son barreras que separan al terreno de Santiago; y el cruce de una calle (C Valdovinos) lo conecta con P.A.C. Principalmente, lo que motiva la redacción de este escrito se vincula a los efectos que ha producido y que pudiese seguir generando la existencia de este territorio baldío. La mayoría de los que hemos manifestado interés en la búsqueda y elaboración de alguna solución, y que estamos detrás de este intento, no le hemos conocido otra cara a este espacio, siempre árido y desolador. De este modo, la situación se ha hecho más bien crítica, presentando niveles de insalubridad e inseguridad. Si bien, son muchas las aristas que aparecen es necesario especificar causas, datos y situaciones concretas relacionadas a este terreno. En 1960 el plan regulador intercomunal/ PRIS le dio vida, en el papel, al denominado Parque Isabel Riquelme. El MINVU regulo la zona y la destino a area verde intercomunal lo que quedo refrendado en el plan regulador de Santiago PRMS Res. N° 20 del 06 de Octubre de 1994. CEMA CHILE además de ser poseedora de gran parte de dichos lotes, se ha dedicado a lucrar de forma difusa y poco transparente con las propiedades2. Los lotes a los que se hace referencia (se encuentran extendidos entre los números 3017 y 3101 de la avenida) obtenidos en 1982 por CEMA. En el año 1995 este p a ñ o es vendido por la suma de $200.000.000. La entidad acreedora del paño es una sociedad inmobiliaria llamada LAELINA S.A. Presumimos, pues, que su funcionamiento como “bodega” de tierra que hace algunos años pudimos observar, (camiones que depositaban y retiraban tierra, escombros y otros materiales) es una responsabilidad directa 1

Ciper Chile. Lista de Inmuebles transferidos a CEMA. Disponible en: http://ciperchile.cl/pdfs/2015/11/cema/TRANSFERENCIA_CEMA-CHILE_COMPLETA2015.pdf 2 Ciper Chile. Columna disponible en: http://ciperchile.cl/2012/07/18/cema-como-la-fundacion-de-lucia-hiriart-lucro-con-la-venta-de-inmueblesque-le-dono-el-fisco

PARQUE LAS MOSCAS de la empresa inmobiliaria en su natural área productiva, la construcción. Y fue esta situación la que añadió una dimensión que complejiza más las cosas: la evidente altura que el terreno ha ido tomando, lo que le da una forma notoria desde distintas ubicaciones. Ahora, lo que figura como un antecedente negligente es la dinámica oscura y difusa con la que el paño llega a manos del síndico de quiebra y principal socio de LAELINA, Herman Chadwick Larraín. Dicho sujeto, famoso por sus intervenciones en el caso CAVAL, específicamente con el cambio de uso de suelo en los terrenos de Machalí, protagoniza acá una historia similar. En 1990 LAELINA logro cambiar el uso del suelo del terreno, contraloria intento bloquear el proceso ya que el cambio de uso de suelo realizado por la municipalidad de santiago trasgredia el plano regulador metropolitano pero el año 2000 se fallo a favor de la inmobiliaria. Los tribunales de justicia interfirieron en la competencia y determinacion de la contraloria. Bastante sospechosa situación, comprendiendo que el nuevo dueño del terreno sería una inmobiliaria. Patricio Herman señala que en perfecta sinergia, la Seremi de Vivienda y Urbanismo, el municipio de Santiago y LAEINA firman un convenio que daría inicio a este cambio de uso de suelo, asumiendo el carácter colosalmente lucrativo de dicho negocio. 3 La Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), en su artículo 81° señala que: “para prevenir el deterioro progresivo de un sector o barrio la Municipalidad podrá ejercer las siguientes facultades: a) Fijar plazo a los propietarios para efectuar las reparaciones necesarias para evitar el colapso total o parcial de una construcción; b) Ordenar la construcción de cierros exteriores en los sitios eriazos, en plazos no inferiores a seis meses, con las características que señale el Plan Regulador y su Ordenanza Local, o las que se fijen a falta de aquellos; (…) En el ejercicio de estas facultades, la Municipalidad deberá promover la participación de la comunidad y organizarla en la forma prescrita por la Ley 16.880 o en otros textos legales”.4 Un punto necesario de resaltar es que el paño se encuentra situado, en el papel, fuera de nuestra comuna, en Santiago. Sin embargo, pese a lo anterior, la administración de esa comuna se ha comprometido en la lucha por recuperar el Parque, especificamente el alcalde Felipe Alessandri. Cabe destacar que este peladero constituye una “isla” de Santiago Centro, esto en el sentido de que es tierra aislada por el Zanjón de la Aguada y la Autopista del Sol al norte, Américo Vespucio al poniente y Pedro Aguirre Cerda al Este. Así, el terreno tiene directa relación natural con P.A.C que con alguna otra comuna, sus habitantes y vecinos. Por lo tanto, la ejecución de algún plan de recuperación pública del terreno tendría, en principio, que contar con el protagonismo de la Municipalidad de Santiago, y en el 3

Patricio Herman: Negocios de CEMA CHILE. Fundación Defendamos la Ciudad. Disponible en: http://www.defendamoslaciudad.cl/index.php/columnas/item/5177-negocios-de-cema-chile 4 Ley General Urbanismo y Construcción.

PARQUE LAS MOSCAS mejor de los casos, un esfuerzo conjunto con Pedro Aguirre Cerda para trabajar en un Plano Regulador Intercomunal efectivo, instancia que es posible, según la ley anteriormente citada. Más allá de las jurisdicciones territoriales respectivas a cada comuna, la extensión del terreno es inédita en la ciudad de Santiago, lo que puede significar fácilmente un nuevo pulmón v e r d e para la región. Desde el último tiempo, la población ha sido testigo de la ocupación irregular del lugar por parte de desconocidos. Estos moradores han desarrollado el negocio de acarrear basura, escombros y desechos al terreno a cambio de una gratificación monetaria. Es preciso señalar que han sido muchos los vecinos que han cometido la irresponsabilidad de financiar esta situacion. Esto ha significado, primero, un foco de contaminación ambiental constante, segundo, un espacio de inseguridad real para los vecinos que transitan por el lugar, y tercero, supone una situación de carencia sanitaria que podría resultar en problemas mayores de salud para los vecinos del sector. Todo lo anterior puede ser resumido en que la existencia de este sitio en las condiciones que está supone una baja sustantiva en la calidad de vida de todos los vecinos de nuestra población. Valoramos la acción conjunta que ha emprendido el Ministerio de Bienes Nacionales en conjunto con el Consejo de Defensa del Estado (CDE) para denostar la ilegitimidad de la figura legal con la que la dictadura transfiere terrenos a CEMA (transferencia gratuita). Dicho proceso busca el retorno de los inmuebles a la propiedad estatal. Sin embargo, lamentamos que la Ley y el Estado no alcancen en esta circunstancia. La fecha de la venta del terreno deja proscrita cualquier acción realizable contra CEMA Chile, o los demás involucrados. En este sentido, el Colectivo Parque Las Moscas encausó su demanda por otro camino, las conversaciones con la Municipalidad de Santiago. Esto implicó comprender ciertas situaciones: 1) El 2014 la inmobiliaria laelina vendio el terreno a la Inmboliaria Carlos Valdovinos en 2600 millones de pesos 2) La Administración anterior a Felipe Alessandri, aprobó anteproyectos y proyectos inmobiliarios en la zona a la Inmobiliaria Carlos Valdovinos SA (filial de Inmobiliaria Sukasa); 3) Los permisos otorgados permitirían la construcción de 3 edificios de 15 pisos. Estos tendrían, en promedio, 1400 departamentos, y 600 espacios para estacionamiento, cada uno; 4) En julio de 2017, el edil de Santiago invalida el permiso del proyecto, catalogándolo como un gueto vertical5, argumentando que el proyecto no respetaba la densidad máxima permitida en el Plan Regulador. En línea con lo anterior, el Colectivo ha presentado una demanda en contra de la Municipalidad del Santiago, alegando nulidad de derecho administrativo. Esta medida busca dejar sin efecto la aprobación del anteproyecto inmobiliario, condición necesaria para el proyecto invalidado por Alessandri el 2017. 5

http://www2.latercera.com/noticia/municipio-santiago-detiene-construccion-proyecto-inmobiliarioconsiderarlo-gueto-vertical/

PARQUE LAS MOSCAS Asumimos la existencia de un sesgo de clase decepcionante en la planificación urbana, que desplaza y anula cualquier forma democrática y horizontal, o al menos consultiva, de pensar el desarrollo de nuestras comunidades en territorios de menos recursos. Por esto, estamos ciertos que es la hora de buscar una alternativa participativa y popular para construir un espacio público en el cual todos podamos influir. Por esta razón es necesario que todos pongamos manos a la obra y luchemos por conseguir que esta sea una instancia de integración vecinal, y que resulte en una decisión de la que seamos todos parte.