PANADERIA PROMETEO

MARCO LEGAL DE LAS RELACIONES LABORALES LIC. GLORIA D. SAAVEDRA LOPEZ PANADERIA “PROMETEO” UNIVERSIDAD VERACRUZANA 0

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MARCO LEGAL DE LAS RELACIONES LABORALES

LIC. GLORIA D. SAAVEDRA LOPEZ

PANADERIA

“PROMETEO” UNIVERSIDAD VERACRUZANA

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INTEGRANTES



CALCANEO MARTINEZ JORGE ARMANDO



DIAZ REBOLLEDO FABIAN



GONZALES CASTRO REGINA



GONZALEZ SALGADO OMAR IVAN



MORALES MATA ABIGAIL



MORALES RAMIREZ YICEL



MONROY MERLO SERGIO



LARA GONZALEZ HILLARY



VERGARA GALAN JAVIER ALONSO

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INDICE PAGINA INTRODUCCION……………………………………………………………………………………………………………. MISION……………………………………………………………………………………………………………………….. VISION OBJETIVOS  Objetivos Comerciales  Objetivo Económico  Objetivo de Desarrollo de la Organización  Objetivo Sociales

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MARCO LEGAL……………………………………………………………………………………………………..  CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS  LEY FEDERAL DEL TRABAJO  LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL  LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

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 SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES  NOTARIO PUBLICO/REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO  CODIGO DE COMERCIO

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 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO  SECRETARIA DE SALUD  IMSS

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          

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INFONAVIT INSTITUCION BANCARIA SIEM SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) COPARMEX SINDICATO CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA PANIFICADORA NORMAS OFICIALES MEXICANAS (NOM) DISTINTIVO H CONASAMI

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PAGINA DESCRIPCION DE LA EMPRESA……………………………………………………………………..  DENOMINACION/RAZON SOCIAL  REGIMEN CAPITAL  ACTIVIDAD DE LA EMPRESA  VALORES  POLITICAS

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ORGANIGRAMA……………………………………………………………………………………………

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SALARIOS JORNADA DE TRABAJO……………………………………………………………………………..…  DIAS DE DESCANSO  VACACIONES

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CONTRATACION…………………………………………………………………………………………. PRESTACIONES LEGALES Y EXTRALEGALES…………………………………………….……  LEGALES  EXTRALEGALES…………………………………………………………………………... OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES………………………………………………………. REGLAMENTO INTERNO……………………………………………………………………………….. MEDIDAS PREVENTIVAS………………………………………………………………………………… BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………………………………….

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INTRODUCCION

El presente proyecto tiene como objeto desarrollar un Marco Legal, donde sean estipuladas las disposiciones de las legislaciones que apliquen a una empresa de nueva creación. De manera que dichas disposiciones se presenten de manera inequívoca, transparente y que comprenda todas las disposiciones que le apliquen. Para cumplir el objetivo planteado con anterioridad, en este proyecto se ha desarrollado una organización dedicada a la elaboración de productos panificados, cabe mencionar que dicha empresa se jacta de contar con los más altos índices de calidad e higiene en la producción de sus bienes, pero ¿contará con lo necesario para satisfacer al insaciable marco legal y entrar en los parámetros de la legalidad?, he ahí la cuestión. Los creadores de Panaderías ‘’Prometeo’’ responderán a continuación, valiéndose de los recursos, argumentos, información, conocimientos, situaciones y experiencias llevadas a cabo durante las seis sesiones de la Experiencia Educativa Marco Legal de las Relaciones Laborales.

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MISION Elaborar productos panificados con niveles estratosféricos en calidad, sabor e higiene para que nuestros clientes experimenten degustaciones increíbles. VISION Erigirse como principal exponente en productos panificados de exquisito sabor y calidad sublime, para satisfacer paladares exigentes a nivel local, nacional e internacional

OBJETIVOS Objetivos Comerciales Captar a lo largo y ancho del mercado de la panadería, clientes y consumidores potenciales con exquisitos productos panificados con un precio justo. Además de añadir a cada producto ese valor agregado que nos caracteriza y que se palpa en el paladar’ Objetivo Económico Mantener finanzas sanas y una administración eficiente de manera que podamos lograr como mínimo utilidades de un 12% mensual sobre el total de las ventas Objetivos de desarrollo de la organización Contar y mantener una plantilla adecuada de trabajadores, de la misma forma planear y ejecutar estrategias con miras a la potenciación de las competencias de nuestros empleados. Procurando de manera esencial su desarrollo laboral y contribuir al personal’’ Objetivo Sociales Lograr destacar de entre las demás panaderías como una sólida Empresa Socialmente Responsable (ESR), proponiendo y ejecutando acciones que contribuyan a la disminución del impacto negativo sobre el ambiente, de la misma forma para las acciones que aporten beneficios sociales, económicos y ambientales 5

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MARCO LEGAL Las siguientes son las entidades y leyes que regulan y vigilan la actividad de la EMPRESA denominada PANADERIA “PROMETEO”: CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Dentro de la empresa aplica porque es el principal ordenamiento en materia fiscal la cual contiene los artículos constitucionales que garantizan derechos fundamentales de los individuos.   

Articulo 1 Articulo 5 Articulo 123

LEY FEDERAL DEL TRABAJO Tiene como objeto regular las diferentes relaciones laborales y establecer los parámetros que deben regir los contratos entre el trabajador y el patrón, así como establecer los lineamientos establecidos por el Articulo 123 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL El derecho de uso y explotación exclusivos que otorga la propiedad industrial se constituye al efectuar el trámite correspondiente ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES Cualquiera de las sociedades a que se refieren las fracciones I a V del artículo 1° podrá constituirse como sociedad de capital variable, observándose entonces las disposiciones del Capítulo VIII de esta Ley.

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SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), por medio de la Dirección General de Permisos, artículo 27 Constitucional, autoriza la constitución de una sociedad. Aquí la SRE resuelve si la denominación o razón social no está registrada con anterioridad y autoriza la determinación del objeto social.

NOTARIO PÚBLICO/REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO La constitución de la sociedad se formaliza mediante un contrato social denominado escritura constitutiva, que establece los requisitos y reglas a partir de las cuales habrá de funcionar la sociedad. Entre otras cosas contienen: 1. Datos generales de los socios. 2. Objeto social. 3. Denominación o razón social. 4. Duración de la sociedad. 5. Importe del capital social. 6. Domicilio social. 7. Órgano de administración. 8. Vigilancia. 9. Bases para la liquidación.

CODIGO DE COMERCIO El código de comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones Mercantiles y los actos de comercio de la EMPRESA. Artículo 1°. Los actos comerciales sólo se regirán por lo dispuesto en este Código y las demás leyes mercantiles aplicables.

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SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO Dentro del mes siguiente a: - Su constitución, las sociedades (personas morales). - Haber realizado situaciones jurídicas que de hecho den lugar a presentación de declaraciones periódicas (apertura), las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales residentes en el extranjero deben solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (forma HRFC-1, en original y cinco copias), donde reciben una clave que les identifica en lo subsecuente ante la autoridad fiscal. También la SHCP mantiene el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Federal, al que deben registrarse las empresas o personas que deseen efectuar transacciones comerciales con las diferentes dependencias de la administración pública.

SECRETARÍA DE SALUD Las actividades relacionadas con la salud humana requieren obtener, en un plazo no mayor de 30 días, de la Secretaría de Salud o de los gobiernos estatales, una autorización que podrá tener la forma de: Licencia Sanitaria, Permiso Sanitario, Registro Sanitario, Tarjetas de Control Sanitario. Esta licencia tiene por lo general una vigencia de dos años y debe revalidarse 30 días antes de su vencimiento.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL El patrón (la empresa o persona física con actividades empresariales) y los trabajadores deben inscribirse en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dentro de un plazo no mayor de cinco días de iniciadas las actividades. Al patrón se le clasificará de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Empresas y denominación del Grado de Riesgo del Seguro del Trabajo, base para fijar las cuotas que deberá cubrir.

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INFONAVIT Para la cuestión del fondo de vivienda:  Inscribirse e inscribir a los trabajadores en el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) con el salario que perciban al momento de su inscripción, y se debe determinar el monto de la aportación.

INSTITUCIÓN BANCARIA En el banco seleccionado se abre la cuenta de cheques y se recurre a solicitar financiamiento, se paga todo tipo de impuestos (al igual que servicios tales como electricidad, teléfonos y gas entre otros) y se presentan declaraciones, aun cuando no originen pago. De igual manera, el patrón y los trabajadores deben inscribirse ante el Sistema de Ahorro para el Retiro (subcuentas IMSS e Infonavit, forma SAR-01-1, SAR-01-2, SAR-04-1 o sus equivalentes en medios magnéticos). En el banco, más adelante se depositarán en forma bimestral las aportaciones correspondientes.

SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO Conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones publicada en el D.O.F. del 20 de enero de 2005, la afiliación a las cámaras es un acto voluntario y no obligatorio.

SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Todos los negocios deben cumplir con el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo y Normas Relativas.

SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) La Empresa deberá ser dada de alta en el Sistema de Administración Tributaria.

COPARMEX En forma opcional, el patrón puede inscribirse en la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

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SINDICATO Aun cuando no existe obligación legal de afiliar a los trabajadores ante algún sindicato, los trabajadores pueden constituirse en sindicato cuando se conjunten más de veinte trabajadores en activo. En la práctica los diferentes sindicatos, reconocidos por las autoridades del trabajo en el ámbito federal o local, buscan forzar la contratación colectiva de los trabajadores y su respectiva afiliación, por lo que es conveniente entablar pláticas con alguna central obrera antes de constituirse, y así no tener que negociar bajo presión. CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA PANIFICADORA (CANAINPA) Es un servicio más para nuestros socios, donde ellos encontrarán a los principales proveedores del sector, además de las fechas para realizar los trámites ante la SHCP, IMSS y SIEM. NOM (Normas Oficiales Mexicanas) Son regulaciones técnicas que contienen la información, requisitos, especificaciones, procedimientos, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación en materia de control y fomento sanitario que deben cumplir los bienes y servicios que se comercializan en el país. DISTINTIVO H El Distintivo “H”, es un reconocimiento que otorgan la Secretaría de Turismo y la Secretaría de Salud, a aquellos establecimientos fijos de alimentos y bebidas: (restaurantes en general, restaurantes de hoteles, cafeterías, fondas etc.), por cumplir con los estándares de higiene que marca la Norma Mexicana NMX-F605 NORMEX 2004. CONASAMI Tiene como objetivo fundamental cumplir con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Federal del Trabajo, en el que se le encomienda que, en su carácter de órgano tripartito, lleve a cabo la fijación de los salarios mínimos legales, procurando asegurar la congruencia entre lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con las condiciones económicas y sociales del país, propiciando la equidad y la justicia entre los factores de la producción, en un contexto de respeto a la dignidad del trabajador y su familia.

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DESCRIPCION DE LA EMPRESA DENOMINACION/RAZON SOCIAL PANADERIA “PROMETEO” REGIMEN CAPITAL Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. ACTIVIDAD DE LA EMPRESA Empresa dedicada a la elaboración, venta y distribución de productos panificados. VALORES 1. Excelencia. 2. Pasión. 3. Liderazgo. 4. Compromiso. 5. Perseverancia. 6. Integridad. 7. Trabajo en Equipo. 8. Comunicación. 9. Confianza. POLÍTICAS • Higiene y seguridad en el proceso. • Mantenimiento de insumos de calidad. • Trabajo en equipo. • Manutención continúa de máquinas y herramientas. • Control continúo del sistema. • Cumplimiento de las asignaciones del personal. • Fuerte interés en la calidad, motivación y entrenamiento positivo sobre la calidad de toda la panadería.

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ORGANIGRAMA

*Los números en los cuadros representan la cantidad de personal en cada Área. *El área Legal y Contable se manejara con asesores externos.

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SALARIOS CONASAMI Artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo

SALARIO QUINCENAL – Al salario quincenal deberá sumársele la prima dominical correspondiente. (Art 71 de la Ley Federal del Trabajo)

SALARIO MINIMO 2015 SALARIOS GENERALES

$ 66.45

SALARIOS PROFESIONALES  

PANADERO/REPOSTERO CAJERO

$ 96.85 $ 86.20

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*Incentivos serán estímulos que apoyen al trabajador motivándolo a crecer dentro de la organización y sentirse satisfecho dentro de ella, se otorgaran en base al desempeño laboral. PANADERIA “PROMETEO” | PROYECTO FINAL

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JORNADA DE TRABAJO LEY FEDERAL DEL TRABAJO – Jornada Laboral Artículos 60 a 68 Días de Descanso – Artículos 69 a 74 La jornada de trabajo de la Panadería “Prometeo” estará estructurada de la siguiente manera:

Jornada

Jornada Diaria

Días de Descanso

Lunes a Domingo

8 horas diarias

Rotativo

Esto aplicado a todo el personal de la empresa.

DIAS DE DESCANSO Además del día de descanso semanal, se otorgaran los días de descanso obligatorios comprendidos en el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

VACACIONES LEY FEDERAL DEL TRABAJO – Artículos 76 -81 Las vacaciones serán otorgadas y calculadas según lo dispuesto en la LFT.

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CONTRATACION LEY FEDERAL DEL TRABAJO – Relación de Trabajo -Articulo 20 Duración de la Relación de Trabajo – Articulo 39 A a 39 F

El personal de nuevo ingreso, independientemente de su experiencia y habilidades, necesita orientación y capacitacion oportuna para sus puestos y para conocer a la propia empresa, sobre cómo opera, quiénes son los demás compañeros, procedimientos, reglamento interno, etc. Con base en esto, la empresa manejara dos tipos de contratación, que constara de: 1.- Contrato Determinado - Con duración de 3 meses El cual tendrá como objetivo: Periodo de prueba y capacitación del personal. 2.- Contrato Indeterminado El cual se llevara a cabo con aquel personal que cuente con las capacidades requeridas para el cumplimiento óptimo del trabajo.

Adicionado a ambos contratos se estipulara la confidencialidad adquirida con la empresa que tiene la función de formalizar un convenio en el que el empleado se compromete a ser confidente en lo relacionado al uso de tecnología o información que se pueda considerar como de uso reservado (Artículo 134 de la LFT y Artículo 86 de la LPI)

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PRESTACIONES LEGALES Y EXTRALEGALES DE PANADERIA “PROMETEO”

LEGALES AGUINALDO (Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo) Es una prestación anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre y equivale a quince días de salario como mínimo, para los trabajadores que ya han cumplido un año de servicio. A los que han trabajado un periodo menor se les pagara la parte proporcional al mismo. PRIMA VACACIONAL (Artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo) PRIMA DE ANTIGÜEDAD (Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo) Es un derecho que se adquiere por el transcurso del tiempo y corresponde a doce días de salario por cada año de servicios. Se paga a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios. Asimismo se debe cubrir la prima de antigüedad a los trabajadores que después de agotado el procedimiento ordinario comprueben que su despido fue injustificado. En caso de fallecimiento del trabajador, la prima de antigüedad deberá ser entregada a sus beneficiarios. CAPACITACIÓN (Artículo 132, PARRAFO XV de la Ley Federal del Trabajo) El trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad. Los patrones podrán acordar con los trabajadores en que la capacitación, se proporcione a éstos dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, instructores especialmente contratados, instituciones, escuelas u organismos especializados, o bien a través de los sistemas generales que se establezcan y que se registren en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. SEGURIDAD SOCIAL (Artículo 12 de la Ley de Seguridad Social) Los patrones deben cumplir con diversas obligaciones en materia de seguridad social, tales como la afiliación de sus colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando corresponda.

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EXTRALEGALES VALES DE DESPENSA Son formatos parecidos a los billetes, que expresan una cantidad en dinero, pero que pueden ser utilizados por el trabajador para canjearlos por alimentos o productos de uso común en el hogar, en el caso de los vales de despensa. DÍAS DE DESCANSO ADICIONALES Son aquellos días que se dan por haber cubierto horas adicionales a las estipuladas en su contrato laboral y que son en común acuerdo entre el patrón y el empleado DESCUENTOS Son los precios y/o productos especiales que se dan a los trabajadores sobre los productos de la empresa. PRÉSTAMOS PERSONALES Es la cantidad que se le da al empleado a modo de préstamo y que se le descuenta de acuerdo a las necesidades a partir de acuerdos entre patrón y empleado. EXÁMENES MÉDICOS Es una revisión médica periódica donde se realizan estudios como lo pueden ser de sangre y de orina regularmente, con el fin de verificar la salud del trabajador. *Las prestaciones extralegales seran otorgadas en base al desempeño laboral de trabajador, funcionando estas como un incentivo para mejorar la producción y desempeño laboral.

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Serán obligación de los trabajadores lo dispuesto en el Artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo. Así como lo dispuesto en el Reglamento Interno de la Empresa. Quedará prohibido para los trabajadores, lo dispuesto en el Artículo 135 de la Ley Federal del Trabajo.

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REGLAMENTO INTERNO

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REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO QUE REGIRÁ LAS RELACIONES LABORALES ENTRE PANIFICADORA PROMETEO, S.DE R.L. DE C.V. Y EL PERSONAL QUE PRESTA SU SERVICIOS PARA DICHA EMPRESA, EN SU UNIDAD ESTABLECIDAD O QUE SE LLEGUE ESTABLECER EN EL ESTADO DE VERACRUZ, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA: El presente Reglamento Interior de Trabajo ha sido formulado por la comisión Mixta correspondiente, con el propósito de normar las relaciones de trabajo entre Panificadora La Esperanza S. de R.L. de C.V., en adelante “LA EMPRESA” y su personal, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo vigente en su título Séptimo, Capítulo V, Artículos 422, 423, 424, 425, y demás relativos y aplicables del propio ordenamiento. Las disposiciones contenidas en este Reglamento Interior de Trabajo surtirán efectos para el personal que labore para la Panaderia Prometeo, S. de R.L. de C.V., en su matriz o en cualquiera de sus unidades que se lleguen a establecer en el Estado de Veracruz. SEGUNDA: El personal está subordinado a “LA EMPRESA” en los términos que señalan los Artículos 8, 20, 31 y demás relativos y aplicables a la Ley Federal del Trabajo, consecuentemente la obligación de todo el personal consiste en desempeñar las labores que a cada trabajador correspondan, con la intensidad, cuidado y esmero apropiadas según su categoría, puesto y lugar de trabajo; siendo individualmente responsable de su negligencia o descuido de acuerdo a las disposiciones legales correspondientes, considerándose además como causa de rescisión del Contrato Individual de Trabajo, sin responsabilidad para “LA EMPRESA”. TERCERA: El personal tendrá la obligación de sujetarse a los exámenes médicos que “LA EMPRESA” solicite, en la inteligencia que si el resultado no fuera satisfactorio, en especial por lo que se refiere a enfermedades infecciosas, será suspendido de su trabajo hasta que el Instituto Mexicano del Seguro Social, le dé de alta sin responsabilidad para “LA EMPRESA”, así mismo el personal está obligado a informar a esta de la enfermedad contagiosa que padezca tan pronto tenga conocimiento de la misma. CUARTA: El personal está obligado a notificar en forma inmediata a “LA EMPRESA”, cualquier cambio relacionado con sus datos personales. QUINTA: El personal deberá acatar para el desempeño de su trabajo, las disposiciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, este Reglamento, lineamientos y manuales de políticas u operaciones que expida “LA EMPRESA”, así como las instrucciones que reciba por el conducto de los supervisores autorizados.

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SEXTA: El personal deberá portar durante las horas de trabajo, el gafete de identidad que le proporcione “LA EMPRESA”, el extravío o destrucción de este, deberá de ser notificado en forma inmediata a “LA EMPRESA” para que reposición, aclarando está será cargo al personal si el extravío o destrucción es por cargas imputables al personal. SEPTIMA: El personal está obligado a obtener y mantener en vigor, por su cuenta, licencias, autorizaciones, permisos y cualquier documentación que las exijan para el desempeño de sus labores. La carencia o la falta de regulación oportuna de cualquiera de las constancias mencionadas será causa de separación temporal del trabajador, sin la responsabilidad para “LA EMPRESA” mientras persista tal situación; la ausencia del trabajador para la regularizar la documentación de referencia, no podrá exceder del termino de 5 días hábiles, en caso contrario, será causa de rescisión del Contrato Individual de Trabajo sin responsabilidad para “LA EMPRESA”. OCTAVA: El personal está obligado a informar a “LA EMPRESA” de las situaciones que puedan generar daños, perjuicios o algún detrimento en los objetivos de la misma, así como guardar escrupulosamente los secretos que conozca tanto operativos como administrativos, cuya divulgación pueda causar perjuicios a “LA EMPRESA”. En ambos casos “LA EMPRESA” se reserva en derecho de ejercitar las acciones legales correspondientes. CAPITULO II DE LAS JORNADAS DE TRABAJO NOVENA: La duración de la jornada semanal de trabajo se ajustará, a lo dispuesto por el Artículo 60 de la Ley Federal del Trabajo, “LA EMPRESA” podrá distribuir la jornada de acuerdo con lo que establece el artículo 59 del mismo ordenamiento, para lograr el descanso del sábado en la tarde o alguna modalidad equivalente, asimismo y derivado de las necesidades de trabajo de la empresa la jornada de trabajo se designara en forma variable de acuerdo a la siguiente tabla: TIPO DE JORNADA DIURNA MIXTA

DURACIÓN DIARIA 8 hrs. 7.5 hrs,

DURACIÓN SEMANAL 48 hrs. 45 hrs.

Asimismo, el personal contará con un mínimo de 30 minutos diarios para descansar y tomar sus alimentos a su elección dentro o fuera del centro de trabajo, tiempo que se asignara de acuerdo al horario asignado y de conformidad con los establecido en la cláusula DECIMA QUINTA de este Reglamento. DECIMA: El personal inicia su jornada de trabajo una vez que porta el uniforme, equipo e instrumentos que le son asignados para sus funciones y concluidas sus actividades de carácter personal en los vestidores, lockers y sanitarios que le han sido asignados, del

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mismo modo se entenderá que su jornada concluye antes de realizar las citadas actividades al finalizar su jornada. El personal tiene la obligación de encontrarse en el lugar que le sea asignado para el inicio de sus labores a la hora señalada como de entrada, para lo cual deberá de checar previamente su tarjeta de control de tiempo, lista de asistencia o controles magnéticos/electrónicos. El personal deberá de firmar o registrar en forma personal al inicio de cada jornada los medios señalados en el párrafo precedente ya que estos se utilizarán para hacer el cálculo de salarios correspondiente, bajo ninguna circunstancia se permitirá que persona distinta a la interesada realice el checado de dichos controles, en el entendido de que la persona que sea sorprendida realizando esta conducta dará motivo a la rescisión de su Contrato Individual de Trabajo sin responsabilidad para “LA EMPRESA”. DECIMA PRIMERA: El personal al servicio de “LA EMPRESA”, por cada seis días de trabajo, disfrutara un día de descanso semanal, con pago de salario íntegro, conviniéndose en que dicho descanso será variable y se establecerá de acuerdo a las necesidades de “LA EMPRESA”. DECIMA SEGUNDA: El personal está obligado a dar aviso a “LA EMPRESA” cuando por cualquier causa, se vea impedido para concurrir a sus labores debiendo justificarlas al reincorporarse a estas, en caso de que la inasistencia se deba por enfermedad, el trabajador deberá presentar al reanudar sus labores, el comprobante correspondiente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social. DECIMO TERCERA: El personal deberá usar entrada y salida del centro de trabajo, las puertas, accesos, escaleras, etc., expresamente señaladas para tal efecto, y se abstendrá de hacer uso de instalaciones y equipo que no le esté asignado. DECIMO CUARTA: “LA EMPRESA” tendrá a disposición de los trabajadores, un lugar dotado de sillas suficientes para que éstos puedan tomar descansos en los tiempos destinados por “LA EMPRESA”, asimismo, destinara un lugar debidamente acondicionado y fuera del área de trabajo para que si estos así lo desean puedan tomar sus alimentos. DECIMO QUINTA: Debido a la necesidad de “LA EMPRESA” de proporcionar un servicio eficaz y adecuado a su clientela, los horarios de entrada y salida del trabajo, hora de comida, descansos, días de asueto, vacaciones, etc. Del personal, serán fijados por “LA EMPRESA” respetando en todo caso lo establecido por la Ley y comunicando oportunamente a personal, cualquier cambio al respecto. 22

En tal virtud, el personal está obligado a laborar los días festivos que establece el Artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo, cuando así lo requieran la necesidades de “LA EMPRESA”,

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mediante el pago de un salario doble independiente al pago del salario normal que corresponda por el día laborado. DECIMA SEXTA: “LA EMPRESA” podrá disminuir discrecionalmente la jornada de trabajo diaria o semanal para el personal de tiempo completo sin que se disminuya el salario. Asimismo, podrá establecer la duración de la jornada máxima de trabajo diaria o semanal de acuerdo a sus necesidades. DECIMA SEPTIMA: El personal está obligado a registrar su hora de entrada y salida de su jornada de trabajo o tiempos de descansos en los medios disponibles para ello: tarjetas de control, listados de asistencia o controles magnéticos/electrónicos, cualquier omisión o alteración de la forma de checar en más de 2 ocasiones en un periodo de 30 días naturales, dará derecho a “LA EMPRESA” de aplicar la medidas disciplinarias correspondientes. DECIMA OCTAVA: “LA EMPRESA” concede un límite de tolerancia al personal para checar el inicio de sus labores de 15 minutos semanales; cuando dicha tolerancia sea rebasada, “LA EMPRESA” podrá negarse a admitir al personal, en cuyo caso la ausencia respectiva se considerara como falta injustificada. DECIMA NOVENA: El tiempo que “LA EMPRESA” le asigne al personal para tomar sus alimentos, no será considerado como parte integrante de la jornada, independientemente del uso que le de cada trabajador a su tiempo asignado. VIGESIMA: Ninguna persona podrá trabajar tiempo extraordinario, si no es con autorización por escrito de “LA EMPRESA”, para el caso de que el personal labore sin dicha autorización en más de 2 ocasiones dentro del periodo comprendido de 30 días naturales, se aplicaran las sanciones que “LA EMPRESA” establezca. VIGESIMA PRIMERA: El personal que tenga más de un año de servicios prestados, disfrutara de un período anual de vacaciones pagadas, de conformidad con la siguiente tabla: 1 año

6 días

2 años

8 días

3 años

10 días

4 años

12 dias

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Después del 4° año, el periodo de vacaciones aumentara en dos días por cada 5 de servicio. “LA EMPRESA” cubrirá al personal una prima del 25% (veinticinco por ciento) adicional sobre el salario correspondiente a cada período vacacional. CAPITULO III FORMA DE PAGO VIGESIMA SEGUNDA: Los salarios serán cubiertos al personal según sea el caso, los días 15 y el ultimo de cada mes, durante las horas de labores y precisamente en el lugar donde el personal presta sus servicios. Para el pago de los salarios, se entiende que una quincena comprende del día 1o. al día 15 inclusive, y del día 16 a fin de mes. VIGESIMA TERCERA: El personal deberá de firmar un recibo a favor de “LA EMPRESA” por la totalidad de los sueldos devengados, implicando finiquito total por dicho concepto hasta la fecha. Los salarios solo podrán ser cobrados de forma directa por el personal, salvo caso de fuerza mayor, para lo cual se podrá autorizar por medio de carta poder a la persona que efectúe el cobro correspondiente. CAPITULO IV SEGURIDAD, HIGIENE Y RIESGOS DE TRABAJO VIGESIMA CUARTA: Ambas partes se comprometen a integrar una Comisión de Seguridad e Higiene, con representantes tanto del personal como de “LA EMPRESA”, para investigar las causas de los accidentes y de enfermedades, prevenirlas, proponer medidas y vigilar que se cumpla con lo establecido por el Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente del Trabajo, y lo señalado por los artículos 509 y 510 de la Ley Federal del Trabajo. VIGESIMA QUINTA: El personal está obligado a dar aviso a su supervisor en forma inmediata de los accidentes que ocurran en el desempeño de su trabajo, obligándose PANADERIA “PROMETEO” | PROYECTO FINAL

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también a informar de cualquier enfermedad contagiosa que se presente en el centro de trabajo. VIGESIMA SEXTO: Es obligación del personal utilizar durante las horas de trabajo el equipo de seguridad proporcionado por “LA EMPRESA”, al igual que abstenerse de realizar actividades peligrosas o insalubres que pongan en peligro su seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas. VIGESIMO SEPTIMA: Queda estrictamente prohibido al personal, presentarse con aliento alcohólico, ebriedad o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante. VIGESIMO OCTAVA: Se prohíbe expresamente al personal portar armas de cualquier tipo en el centro de trabajo, salvo que la naturaleza de sus funciones así lo exija y cuente con la autorización de “LA EMPRESA” y de la Autoridad competente. VIGESIMO NOVENA: Ningún aparato o equipo de seguridad como extinguidores, mangueras, etc., deberá ser removido de su lugar. Cuando deba ser aseado o reparado, esta labor no deberá interrumpirse sino hasta dejarlo instalado nuevamente y en condiciones de ser usado. TRIGESIMA: El personal deberá observar las disposiciones que al efecto señalen las Autoridades, “LA EMPRESA”, o la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene. Es la obligación del personal, concurrir a los cursos de capacitación, prácticas y simulacros que realice “LA EMPRESA”, de conformidad con los planes y programas de prevención de siniestros. TRIGESIMA PRIMERA: El uso de cualquier maquinaria, queda reservado exclusivamente para el operador autorizado por “LA EMPRESA”, quien además deberá contar con la licencia correspondiente para su manejo. TRIGESIMO SEGUNDA: Los menores de edad y las mujeres embarazadas no podrán desempeñar funciones que pongan en peligro su integridad física, por lo que “LA EMPRESA” deberá encomendarles únicamente aquellas funciones qe no representen riesgo.

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TRIGESIMA TERCERA: “LA EMPRESA” contará con un botiquín que contendrá lo necesario para practicar los primeros auxilios, proporcionando a los empleados la capacitación correspondiente. CAPITULO V DESCUENTOS Y RETENCIONES TRIGESIMA CUARTA: “LA EMPRESA” podrá descontar o retener salario del trabajador, las cantidades que correspondan a los conceptos establecidos en la Ley, así como los relativos a faltante de cajera, préstamo personal o documentos mal aceptados. CAPITULO VI DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS TRIGESIMA QUINTA: “LA EMPRESA” podrá sancionar a sus trabajadores con suspensiones hasta de 8 días sin goce de sueldo o bien cuando la causa así lo amerite rescindirle su contrato, debiendo el trabajador ser oído antes de la aplicación de dichas sanciones. TRIGESIMA SEXTA: El personal está obligado a concurrir y conservar durante el horario de trabajo en perfecto estado de aseo su persona y los implementos de trabajo, obligándose además a acatar las disposiciones que sobre el particular le sean asignadas por “LA EMPRESA”. TRIGESIMA SEPTIMA: El personal se abstendrá de desperdiciar o dar mal uso a los implementos y materiales de trabajo que perciban para el desempeño de sus labores. TRIGESIMA OCTAVA: El personal está obligado a conocer y respetar las disposiciones, políticas y lineamientos que “LA EMPRESA” establezca. TRIGESIMA NOVENA: Será motivo de que “LA EMPRESA” aplique alguna de las sanciones mencionada en la CLAUSULA TRIGESIMA QUINTA y a reservarse el derecho de ejercitar las acciones legales correspondientes, en caso de que el personal viole cualquiera de las cláusulas del presente reglamente y si realiza alguna de las siguientes actividades: a) Infringir durante sus labores, disposiciones legales relativas al comercio

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b) Ejecutar actos que pongan en peligro su seguridad, la de sus compañeros de trabajo, la de terceras personas y la seguridad de los diversos lugares de trabajo.

c) Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso previo y por escrito. d) Sustraer de “LA EMPRESA” documentos o divulgar datos confidenciales acerca de la misma

e) Sustraer de “LA EMPRESA” útiles de trabajo o cualquier clase de objetos que no sean de su propiedad. f) Presentarse en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos o drogas enervantes, así como tomarlos dentro de “LA EMPRESA” sin haber notificado a la misma cuando se trate de prescripción médica.

g) No portar gafete de identidad, así como no utilizar adecuadamente los equipos e implementos de trabajo, durante la jornada de trabajo. h) Portar armas durante las horas de trabajo o guardarlas en los casilleros o en cualquier otro lugar de “LA EMPRESA”.

i) Utilizar los implementos de trabajo para objetos distintos al que están destinados. j)

Suspender labores, sin causa justificada, aun cuando permanezcan en sus puestos.

k) Efectuar colectas, rifas o propaganda en “LA EMPRESA” o durante las horas de trabajo. l) Efectuar actos que violen los códigos de ética, relacionados con hostigamiento, acoso sexual, conducta inapropiada, fraternización, etc., que provoque conflictos de intereses y en general todo acto contrario a las buenas costumbres.

m) Penetrar a lugares distintos a los asignados para el desempeño de sus labores. n) Introducir a “LA EMPRESA” familiares, amigos o personas ajenas a la misma o permitir que ejecuten labores que hayan sido asignadas al personal. PANADERIA “PROMETEO” | PROYECTO FINAL

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o) Mantener en estado de desaseo los casilleros, uniformes, implementos y lugares de trabajo. p) La lectura de libros, periódicos y revistas o de cualquier género de documentos ajenos a “LA EMPRESA” durante las horas de trabajo.

q) Negarse sin causa justificada a asistir a los cursos de Capacitación y Adiestramiento, de acuerdo a los planes y programas que para tal efecto proporcione “LA EMPRESA”. r) Realizar actividades distintas a las asignadas.

s) No respetar las medidas de Seguridad e Higiene fijadas por “LA EMPRESA” y la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

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RIESGOS DE TRABAJO (Artículo 343-C de la Ley Federal del Trabajo) En cualquier lugar de trabajo existen riesgos inherentes, que son esencialmente amenazas a la salud y seguridad del personal o clientes; las panaderías, que están llenas de ingredientes y hay objetos calientes como hornos, son escenarios de riesgos. Son lugares en los que se desarrollan diversas actividades, tanto manuales como con utilización de maquinarias. El personal que labora en una panadería debe asegurarse de que son conscientes de los peligros y cómo tratar con ellos de forma segura. Los principales riesgos de trabajo son: 1) Calor Las panaderías son lugares calientes, principalmente gracias al calor generado por la presencia de hornos en un espacio relativamente pequeño. Además de crear una atmósfera potencialmente incómoda para trabajar, este calor también puede provocar desmayos al afectar el sistema cardiovascular de una persona. 2) Alérgenos y asma La panadería es un lugar de trabajo que contiene diversos tipos de alérgenos. La fuente más obvia de alérgenos en este entorno se encuentra en la harina utilizada en la producción de pan; la harina contiene amilasa, una enzima que puede desencadenar la rinitis alérgica, fiebre del heno o, cuando son inhaladas por los seres humanos. Incluso puede causar ataques de asma en algunas personas. 3) Objetos en el camino Una panadería, al igual que muchos lugares de trabajo, contiene una gran cantidad de objetos diferentes, grandes y pequeños, que son utilizados por el personal en el transcurso de un día normal. Estos objetos pueden ser peligrosos si no se limpian después de su uso, o si se dejan en un pasillo donde se pueden tropezar con él. Por ejemplo, una bolsa de harina que ha caído en una explanada ocupada podría hacer que una persona se caiga, mientras que la harina que queda húmeda después de la limpieza también podría dar lugar a accidentes. 4) Quemaduras por superficies calientes

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Ya que la panadería es un lugar de trabajo en el que los productos son tratados a altas temperaturas, existen muchas oportunidades de que haya objetos o superficies extremadamente calientes, lo que presenta un peligro si un individuo distraído toca estas PANADERIA “PROMETEO” | PROYECTO FINAL

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cosas calientes. Los objetos calientes pueden causar quemaduras y escaldaduras en la piel. El personal debe recordar usar guantes cuando sea necesario, como cuando se tocan las bandejas, y protegerse con otra ropa apropiada como pantalones largos. 5) Seguros de los hornos Muchas panaderías cuentan con una cabina de horno, que puede estar muy caliente en su interior. Un paseo en el horno puede presentar un peligro si la puerta se cierra cuando un individuo está en el interior, haciendo que la persona se sobrecaliente si no puede salir. Este tipo de hornos deberían estar provistos de cerraduras que contengan un mecanismo de liberación en el interior, para evitar que tal situación ocurra. 6) Riesgo de incendios Las panaderías no sólo son lugares calientes, sino que están llenas de materiales y objetos que pueden prenderse fuego si el personal no tiene cuidado. Por ejemplo, las panaderías son susceptibles de contener inflamables materias primas como el embalaje y la grasa, así como tanques de almacenamiento y hornos que también podrían ser peligrosos en caso de un accidente. El personal debe mantener extintores y detectores de gas cercanos para evitar situaciones de emergencia 7) Máquinas y herramientas que se utilizan comúnmente en las panaderías Cada vez que utiliza las máquinas y herramientas en las labores propias de la panadería, debe ser riguroso y seguir los procedimientos adecuados en dicha tarea. No trabaje sobre la base de conductas incorrectas, aunque éstas le parezcan cómodas y más rápidas para su desempeño. Entre las máquinas y herramientas que se utilizan comúnmente en las panaderías encontramos: hornos, amasadoras, bandejas, revolvedoras, cortadoras, cuchillos, etc.

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MEDIDAS PREVENTIVAS

Existen también medidas preventivas para evitar los riesgos de trabajo comunes en las panificadoras, los cuales nos ayudaran a bajar los niveles de riesgos a los cuales están propensos los trabajadores de la misma. A continuación se da una breve explicación de cómo prevenir un riesgo dentro de las instalaciones de nuestra empresa:

Caídas a distinto nivel   

Recoge y limpia inmediatamente los líquidos, residuos o cualquier otro vertido que pueda caer al suelo. Camina despacio sin correr. Utiliza calzado adherente y sujeto al pie. nunca sandalias o chanclas, señaliza las zonas húmedas. Retira los objetos innecesarios, envases y utensilios en general. Coloca los objetos y materiales en un lugar seguro donde no estorben el paso.

Quemaduras     

Utiliza en la preparación de los alimentos utensilios con el tamaño adecuado. Utiliza los utensilios adecuados para el transporte de objetos calientes, avisando de su paso. Maneja los utensilios con la debida protección en las manos. Guantes de protección: utilización de manoplas, sobre todo para los hornos. Coloca la señalización adecuada

Golpes y cortes     

Utilizar dispositivos de barrera Equipos de protección adecuados Elimina las cosas innecesarias y sitúa las necesarias en el lugar que corresponda. Mantén despejados los lugares de paso. Utiliza las máquinas de acuerdo con las instrucciones del fabricante y sólo en aquellos trabajos para los que han sido diseñadas.

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Las herramientas manuales de corte deben estar bien afiladas, dotadas de mangos antideslizantes y protecciones en los extremos. Corta utilizando las superficies destinadas para ello.

Incendio y explosión  

  

Disponer sólo de la cantidad necesaria de materiales inflamables o combustibles para el trabajo del día, el resto estará en el almacén. Almacenar los productos inflamables en locales distintos e independientes de los de trabajo, debidamente aislados y ventilados, o en armarios completamente aislados. Prohibido fumar en todo el recinto sujeto al riesgo. Comprobar si los conductos del gas están herméticos. Equipos de extinción adecuados al tipo de fuego

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BIBLIOGRAFIA

CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY FEDERAL DEL TRABAJO LEY GENERAL DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES LEY PROPIEDAD INDUSTRIAL LEY DE SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES http://www.sre.gob.mx/ SECRETARIA DE SALUD http://portal.salud.gob.mx/ SECRETARIA DE TURISMO http://www.sectur.gob.mx/tramites-y-servicios/certificacion-turistica/distintivo-h/

SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL http://www.veracruz.gob.mx/trabajo/#openModal IMSS http://www.imss.gob.mx/ INFONAVIT http://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/infonavit/patrones SEMARNAT http://www.semarnat.gob.mx/leyes-y-normas/normas-oficiales-mexicanas PANADERIA “PROMETEO” | PROYECTO FINAL

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SIEM http://www.siem.gob.mx/siem/ayuda/preguntasfrecuentes.asp SAT http://www.sat.gob.mx/Paginas/Inicio.aspx COPARMEX http://coparmexver.org/ CANAINPA http://www.canainpa.com.mx/ JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE http://www.veracruz.gob.mx/trabajo/servicio/junta-de-conciliacion/

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