Ofrecimiento de pruebas (Pruebas)

Ofrecimiento de Pruebas Testimonial, pericial, documental y material forma práctica de ofrecer y otros supuestos. Intro

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Ofrecimiento de Pruebas Testimonial, pericial, documental y material forma práctica de ofrecer y otros supuestos.

Introducción.

Anexo 1: Ejemplo de escrito de acusación. Las partes deben de determinar y llegar a “acuerdos probatorios” en donde se determinará entre las mismas, la defensa y el M.P., qué pruebas son relevantes para la causa penal y para defender su teoría del caso, de tal forma que si consideran que determinada prueba, de cualquier tipo que sea no es relevante para la imputación o relevante para el caso, o simplemente ya ha sido considerada previamente y ya no supone relevancia el volver a mencionarla, se descartarán y el juez en una audiencia les solicitará mención del acuerdo probatorio al que hayan llegado, en caso de que no exista una conjunción de voluntades entre las partes y existan pruebas que considere sólo uno de ellos que debe considerarse se hará del conocimiento del juzgador y este a su vez determinará y propiciará el acuerdo o el sometimiento de la voluntad de ellos, siempre y cuando justifiquen sus pruebas y su relación con su teoría del caso. Una vez que la otra

parte decide no debatir la prueba ofertada por la otra parte se llegará al acuerdo probatorio y un formato se entregará al juez. El acuerdo probatorio se referirá a tener por cierto alguno o varios hechos materia de acusación y a aprobar el acuerdo llegado entre las partes, refiriéndose a un hecho y no a un antecedente de la investigación, es decir, debiendo descartar elementos que ya no estarán en discusión. Al acuerdo probatorio también se le denominará depuración de pruebas. Anexo 2: Ejemplo de acuerdo probatorio. Es posible llegar a un procedimiento abreviado cuando según las pruebas ya se resuelven determinados elementos, por ejemplo si el imputado acepta la responsabilidad y espera la cantidad para pagar la reparación del daño, ya no es necesario que se siga desarrollando, esto es cuando el inculpado acepte los hechos por los que se le acusa, esté de acuerdo en ser juzgado con los datos recabados previamente, no haya oposición razonable de la víctima u ofendido, el daño causado esté cubierto o garantizado recibiendo una pena menor a la que correspondería si es sometido a juicio.

Testimonial: La prueba testimonial es la exposición o relato que un tercero hace ante el juez sobre los hechos o circunstancias relacionadas directa o indirectamente con el caso. Si partimos del hecho de que el tribunal no presencia lo ocurrido, los testigos son las personas que le llevan la información de los hechos al órgano jurisdiccional. Requisitos  Nombres, apellidos y domicilios de los testigos.  Puntos sobre los que versarán sus declaraciones. Con respecto a la prueba testimonial nos ubicamos en el CNPP: Art. 360-367 Al momento de formular la imputación se repetirán los datos de prueba para solicitar la vinculación a proceso, pero sólo se enunciarán las pruebas no así haciendo una explicación más extensa de lo que contendrá cada una de las pruebas simplemente el juez solicitará que de viva voz se haga una explicación del contenido así como del

objetivo de las pruebas para el fondo del asunto, a partir de este momento con posterioridad el Ministerio Público ya no podrá volver a hacer mención de las pruebas o de pruebas nuevas, con excepción de las pruebas supervinientes, pero con respecto a éstas se deberán de llenar requisitos especiales, más sin embargo deberá volver a mencionar no sólo la prueba testimonial sino todas las pruebas en la audiencia de juicio oral en los alegatos de apertura. La prueba testimonial podrá ser de dos tipos: nominada e innominada, si es nominada es porque se establece de forma exacta la personalidad e información del testigo, mientras que siendo innominada por circunstancias personales no podrá hacerse de señalamiento público la personalidad del sujeto de entrevista, de tal forma que se resguardará su identidad, previa explicación de las causas que dieron origen a esto. En el supuesto en que el testigo se niegue a ser entrevistado, denominándosele “testigo hostil”, primeramente el agente investigador si se trata del M.P. tendrá que considerar si el “testigo hostil” puede valorarse altamente intentando persuadir de su asistencia a declarar, descartando que tenga algún elemento que pueda poner en situación de vulnerabilidad a la misma parte que está ofertando la prueba testimonial, defensa o M.P. el agente investigador o la defensa deberá pues visitar , ir al domicilio del testigo, en el caso del M.P. se podrá emitir un citatorio para presentarse a declarar, si aún así, agotando los recursos posibles no asiste el testigo que deberá de tener suficiente valor para la teoría del caso de quien lo presenta se tendrá que judicializar el trámite de esto, es decir, haciendo del conocimiento del juez de control la resistencia del testigo, este deberá allegarse de los medios necesarios para la asistencia del testigo, recordando pues que el juez tiene las más altas fuerzas para hacer comparecer. Artículo 360. Deber de testificar Toda persona tendrá la obligación de concurrir al proceso cuando sea citado y de declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado; asimismo, no deberá ocultar hechos, circunstancias o cualquier otra información que sea relevante para la solución de la controversia, salvo disposición en contrario. El testigo no estará en la obligación de declarar sobre hechos por los que se le pueda fincar responsabilidad penal. Artículo 364. Comparecencia obligatoria de testigos Si el testigo debidamente citado no se presentara a la citación o haya temor fundado de que se ausente o se oculte, se le hará comparecer en ese acto por medio de la fuerza pública sin necesidad de agotar ningún otro medio de apremio.

Las autoridades están obligadas a auxiliar oportuna y diligentemente al Tribunal para garantizar la comparecencia obligatoria de los testigos. El Órgano jurisdiccional podrá emplear contra las autoridades los medios de apremio que establece este Código en caso de incumplimiento o retardo a sus determinaciones. Comparecencia obligatoria de testigos y sanción en caso de negativa a declarar ARTÍCULO 307 (Ley del Proceso Penal GTO). Si el testigo, debidamente citado, no se presenta a la citación o hubiere temor fundado de que se ausente o se oculte, se le hará comparecer por medio de la fuerza pública, sin necesidad de agotar ningún otro medio de apremio. Si después de comparecer se niega a declarar sin causa legit́ ima, previo los apercibimientos respectivos, se le podrá imponer un arresto hasta por doce horas, y si al término del mismo persiste en su actitud, se dará vista al Ministerio Público por el delito que corresponda. Las autoridades están obligadas a auxiliar oportuna y diligentemente al juez o tribunal para garantizar la comparecencia obligatoria de los testigos. El juez o tribunal podrá emplear contra las autoridades los medios de apremio que establece esta ley en caso de incumplimiento o retardo a sus determinaciones.

Forma de la declaración (Ley del Proceso Penal GTO). ARTÍCULO 310. Antes de comenzar la declaración, el testigo será instruido de las penas que el Código Penal para el Estado de Guanajuato establece para los que se conducen con falsedad o se niegan a declarar. A los menores de dieciocho ano ̃ s se les exhortará para que se conduzcan con verdad. Después de tomarle la protesta de decir verdad, se le solicitará que se identifique mediante documento oficial y se le preguntará su nombre, apellidos, estado civil, edad, oficio o profesión, domicilio, vin ́ culos de parentesco, de interés o animadversión con el inculpado, la víctima u ofendido, así como cualquier otra circunstancia útil para apreciar la confiabilidad de su testimonio. Si el testigo teme por su integridad fiś ica o la de alguien con quien habite, podrá autorizársele que no exprese públicamente su domicilio y se tomará nota reservada de éste quedando prohibida su divulgación, pero su identidad no podrá ocultarse al inculpado ni se le eximirá de comparecer en juicio. En caso de que el testigo tenga el carácter de víctima u ofendido tendrá derecho al resguardo de su identidad y otros datos personales cuando sea menor de edad o se trate de delitos sexuales o secuestro, o cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección; en estos supuestos el testigo también tendrá derecho a no estar presente en la audiencia y a que su declaración se desahogue simultáneamente a distancia o como prueba anticipada, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.

*Todo testigo que haya sido citado debe comparecer a declarar salvo las excepciones que se señalan en el Artículo 365 CNPP.

Todo esto se realizará en la misma audiencia donde se harán de vista del juez los acuerdos probatorios. En el caso de una ampliación de entrevista es necesario considerar que las partes en todo lo que hagan deberán estar completamente comunicados así como la obligación del Ministerio Público de manifestar todo aquello producto de su investigación, así como hacer del conocimiento del juez. Artículo 363. Citación de testigos Los testigos serán citados para su examinación. En los casos de urgencia, podrán ser citados por cualquier medio que garantice la recepción de la citación, de lo cual se deberá dejar constancia. El testigo podrá presentarse a declarar sin previa cita. Si el testigo reside en un lugar lejano al asiento del órgano judicial y carece de medios económicos para trasladarse, se dispondrá lo necesario para asegurar su comparecencia. Tratándose de testigos que sean servidores públicos, la dependencia en la que se desempeñen adoptará las medidas correspondientes para garantizar su comparecencia, en cuyo caso absorberá además los gastos que se generen.

Pericial: La prueba pericial es el testimonio de un perito desahogado en la audiencia de juicio Oral. Su testimonio en juicio no puede ser remplazado por la lectura de su dictamen escrito y éste no puede ser incorporado como prueba en la audiencia. La defensa podrá elegir al perito que quiera, deberá pues contratar al perito en la materia que el necesite que más le plazca y que reúna las características para comprobar su teoría del caso, deberá hacer del conocimiento del M.P. determinando ¿Quién es? Y ¿Sobre qué elementos se va a cerciorar? Una vez previo pronunciamiento se citará el perito en audiencia, se le cuestionará por parte del juez si es el mismo sujeto que se acordó previamente, si es el mismo sujeto, si es su nombre el establecido en el acuerdo probatorio, si es perito en la materia determinada y es el dictamen que se tiene en audiencia el mismo que el expidió, se le entrega para que lo revise y asegure ser el mismo que él expidió.

Requisitos  Nombre y apellido del Perito.  Materia sobre la que versará la prueba pericial.  Domicilio.  Título oficial (ART 369 CNPP). Posteriormente frente a las partes y el juez se le interrogará sobre lo que competa a las partes y éste se encargará de responder todas las interrogantes que se le planteen Anexo 3: Formato de ofrecimiento de prueba pericial.

Material: La prueba material es toda evidencia distinta del testimonio que se lleva a juicio, pueden ser objetos o documentos y pueden ser utilizados como prueba real o como prueba demostrativa. De igual forma cuando se requieren objetos, es posible judicializar la solicitud de éstos.

Documental: Artículo 380. Concepto de documento Se considerará documento a todo soporte material que contenga información sobre algún hecho. Quien cuestione la autenticidad del documento tendrá la carga de demostrar sus afirmaciones.

Sobre la prueba documental existen reglas respecto de la presunción de autenticidad; en algunos sistemas se presumen auténticos todos aquellos documentos que se presentan en juicio, salvo prueba en contrario, y en otros no existe tal presunción por lo que se deben presentar pruebas anexas que acompañen al documento para probar su autenticidad. Anexo 4: Formato de oficio de ofrecimiento de pruebas.

Es importante recordar que auténtico no es sinónimo de verdadero. Un documento auténtico es respecto del cual se sabe la persona que lo elaboró o lo firmó, sin embargo, sobre la verdad o falsedad de su contenido, será tema de discusión en la audiencia. Se tendrá que citar al sujeto que firmó el documento, debe de estar exactamente este al momento de presentar el documento, de otra forma no será válida la prueba documental. Anexo 1: Ejemplo de escrito de acusación. A.

JUEZ DE CONTROL ____________________.

________________________, Defensor Privado/ Público de___________________, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer: Por medio del presente ocurso, estando en tiempo y forma, visto el contenido del escrito de acusación formulado por el Ministerio Público, con fundamento en lo establecido por el artículo 340 del Código Nacional de Procedimientos Penales, vengo a presentar el siguiente: ESCRITO DE CONTESTACIÓN DE LA ACUSACIÓN Con fundamento en la fracción I del numeral en cita, señalo y pido la corrección de los siguientes vicios formales: _________________________________________________________________________ __________________________________________________________. Así mismo, se hace notar que las penas y medidas de seguridad que el Ministerio Público solicita en al apartado _______ de su ocurso de acusación carecen de fundamento y motivación legal, ya que su pretensión de que a mi defensor se le imponga la pena máxima, no está soportada en ningún medio de prueba y únicamente se constriñe a manifestar: “… tomando en consideración el riesgo en que se puso el bien jurídico tutelado, atendiendo a su resultado, es por lo que se solicita se imponga a_________________________________________________________________ la sanción máxima…”. Ahora, previo a dar cumplimiento a la fracción II del numeral en cita, se procede a relatar, en síntesis, la hipótesis fáctica de la teoría del caso a acreditar y determinar la pertinencia de los medios de prueba de esta Defensa: Que no es posible que _____________ haya incurrido en la comisión de los hechos por los cuales se le formuló acusación, ya que______________________________________________________________________

_________________________________________________________________________ ___________________________________________________. MEDIOS DE PRUEBA TESTIMONIALES. El testimonio de: ____________________________, quien tiene su domicilio en_______________________________________________________________. Los puntos sobre los que versara su declaración son_____________________________________________________________. A efecto de tener por realizado el descubrimiento probatorio se anexa a la presenta copia de la entrevista practicada al testigo indicado. Persona que la defensa solicita sea citada a través de los conductos legales, en términos del artículo 363 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Este testimonio se incorporará a juicio a través del interrogatorio directo que se formule. PERICIALES. El testimonio experto de ________________, perito en materia de________________________________, con domicilio en_____________________________________, refiriendo su declaración sobre su intervención pericial en_______________________________. Los títulos y calidades del perito son_______________________________________________________________________ __________________________________________________________ Este medio de prueba será incorporado a juicio a través del interrogatorio directo que se le formule al perito. A efecto de tener por realizado el descubrimiento probatorio se anexa al presente el original del informe indicado y copias para las partes. Persona que la defensa solicita sea citada a través de los conductos legales, en términos del artículo 363 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Este medio de prueba será incorporado a juicio a través del interrogatorio directo que se le formule al perito. DOCUMENTALES. La documental auténtica consistente en _____________, misma que será incorporada a juicio mediante la lectura que realice ______________ en la parte relativa a___________________________ al momento de rendir su testimonio. La documental privada consistente en _____________, misma que será incorporada a juicio por medio del testigo de acreditación _________________________________________, persona que elaboró y firmó la documental en cita, quien tiene su domicilio en____________________________.

Persona que la fiscalía solicita sea citada a través de los conductos legales, en términos del artículo 363 del Código Nacional de Procedimientos Penales. A efecto de que se me tenga realizando el descubrimiento probatorio se adjuntan al presente copias simples de los citados documentos. Con fundamento en la fracción III del numeral 340 solicito la acumulación / separación de acusaciones siguientes: _________________________________________________________________________ __________________________________________________________. Respecto de los acuerdos probatorios que propone la Fiscalía esta defensa, con fundamento en la fracción IV del dispositivo citado anteriormente, acepta los acuerdos probatorios propuestos/ manifiesto oposición a que se lleven a cabo los siguientes acuerdos probatorios________________________________________________________. Por lo expuesto y fundado a usted C. Juez de Control atentamente pido: PRIMERO. - Tenerme por presentado en los términos de este ocurso dando contestación a la acusación formulada por el Ministerio Público. SEGUNDO. - Tenerme ofertando los medios de prueba descritos con antelación y cumpliendo el descubrimiento probatorio a que alude el dispositivo 340 invocado. TERCERO. - Dar vista con el presente al Agente del Ministerio Público y al Acusador Coadyuvante dentro de las 24 horas siguientes a la presentación del presente ocurso. PROTESTO LO NECESARIO México, CDMX, a ___________________de dos mil___________.

Anexo 2: Ejemplo de acuerdo probatorio.

EXP. NÚM. _______________ ACUSADO: ________________ ACUERDOS PROBATORIOS OBSERVACIONES: ____________________ Ante este Tribunal, siendo las __________ horas, se lleva a efecto la audiencia decretada para esta fecha ante el Sr. Juez del _____ Tribunal de Garantía de la ciudad de _________, el C. __________________, con la asistencia del Fiscal el C. _________________, de la _____ Fiscalía _______ de la ciudad de __________, del acusado _____________, Cédula nacional de identidad número __________, de nacionalidad ____________, estado civil ___________, profesión u oficio _______________, domicilio en ________________,

quien es asistido por su abogado defensor el C. ___________________, con domicilio en ___________________, y con la asistencia, además de la víctima, querellante en estos autos, el C. ______________________, Cédula nacional de identidad número __________, de nacionalidad ____________, estado civil ___________, profesión u oficio _______________, domicilio en ________________, quien es asistido por su abogado el C. ___________________, con domicilio en ___________________. El señor Juez indicó, a todos los intervinientes, que el objeto preciso de esta audiencia es presentar los acuerdos probatorios que las partes han acordado, y que se deberán incorporar al auto de apertura del juico oral; según las normas establecidas en ________________, sobre el desarrollo de la audiencia de preparación del juicio oral, artículo ___________ y relativos del Código Procesal Penal. El Sr. Fiscal con el querellante, asistido por su abogado y el imputado, asistido por su abogado defensor, acuerdan, de conformidad al artículo _______ del Código Procesal Penal, convenciones probatorias, respecto de los siguientes hechos para que se den por acreditados de manera que no podrán ser discutidos en el juicio oral, a saber: 1. 2. 3.

4. 5. 6. 7.

8.

_________________________. _________________________. _________________________. El señor Juez formula las siguientes proposiciones a los intervinientes sobre la materia, a saber: TESTIGOS: Se propone que cada interviniente puede presentar hasta ________, testigos, incluyendo los que depondrán en relación con las acciones civiles. DOCUMENTOS. Se propone que cada interviniente podrá presentar hasta ______ documentos. PERICIAS. Se propone que cada interviniente podrá presentar hasta ____ peritos. PRUEBA ELECTRÓNICA. Se propone que cada interviniente podrá presentar ________ discos compactos y/o disquetes, debiendo, en tal caso, con la venia del Tribunal del juicio oral, aportar los equipos necesarios. OTROS MEDIOS DE PRUEBA. Se propone que cada interviniente, según establece el artículo _______ del Código Procesal Penal, utilizar películas, fotografías, fonografías, videograbaciones y otros sistemas de reproducción de imagen o del sonido, versiones taquigráficas y, en general, cualquier medio apto para producir fe. Los intervinientes no formulan reparos sobre las proposiciones del Sr. Juez y se entienden incorporadas en las convenciones probatorias. El Sr. Juez hace presente que a los testigos indicados se les deben pagar anticipadamente los gastos de traslado y habitación, que ascienden a $__________ cada uno, que serán de cargo del Ministerio Público, en tanto que a los testigos indicados por la defensa gratuita, se les deben pagar anticipadamente los gastos de traslado y habitación, que ascienden a $_________ cada uno, que serán a cargo del Fisco, por tratarse de una defensa penal pública. Se fija como fecha para el término de la audiencia de preparación del juicio oral el día _________________ a las _________ horas. Por este acto se entienden notificados todos los intervinientes. Téngase presente que, en la audiencia, han estado presentes, ininterrumpidamente, el Fiscal, el Abogado Defensor del imputado y éste.

Déjese constancia en el estado diario. Con lo que se puso término a la audiencia, firmando el acta respectiva los asistentes con el tribunal. FIRMAS DE LOS QUE INTERVINIERON

Anexo 3: formato de ofrecimiento de prueba pericial 3.

PROCESO NÚMERO: _________ C. JUEZ DE GARANTÍA O DE CONTROL DE LEGALIDAD PENAL DEL ESTADO DE _____________ PRESENTE ________________________, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos como defensor particular del indiciado el C. _______________________, y estando dentro del plazo a que se refiere el artículo 19 Constitucional, atento a lo establecido en el artículo 20 del mismo Ordenamiento, y en virtud de que los Srs. _____________________________ y _____________________, son personas a quienes les constan los hechos materia de este proceso, y sus testimonios son fundamentales para establecer la verdad histórica y, por ende, la ausencia de responsabilidad de mi defenso, solicito a usted sean citadas a la brevedad posible, atento el plazo constitucional que corre. Asimismo, de autos se observa que es necesario el dictamen pericial en ___________________, por lo que es este momento ofrezco la PRUEBA PERICIAL en cuestión y designo como perito de la defensa al C. ____________________, rogando a usted se sirva designar día y hora, dentro del plazo constitucional, para hacerlo comparecer a efecto de que acepte su nombramiento, proteste su fiel y legal desempeño y dictamine sobre las cuestiones que a continuación se indican: _____________________________. En este acto, exhibo las pruebas documentales privadas en _______ fojas y solicito sean citados los autores de estos instrumentos, a fin de que las reconozcan. Las personas aludidas pueden ser citadas en _____________________________________. Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ DE GARANTÍA O DE CONTROL DE LEGALIDAD PENAL DEL ESTADO DE _____________,, atentamente pido se sirva: PRIMERO. Tener por ofrecidas las pruebas que detallo en el presente ocurso. SEGUNDO. Acordar su admisión y notificar la fecha para el desahogo de las mismas, en atención a que son determinantes para producir la resolución a que alude el artículo 19 constitucional. PROTESTO CONFORME A DERECHO En _______________, a ___________ de _______ del dos mil _________.

(FIRMA DEL QUE SUSCRIBE)

Anexo 4: Formato de oficio de ofrecimiento de pruebas.

C. JUEZ DE CONTROL DE ____________

PENAL DEL ESTADO DE _____________ PRESENTE ________________________, promoviendo con el carácter de procesado dentro de la causa penal al rubro citada, ante usted comparezco para exponer: Que en términos del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8 y 20 apartado B fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y ________________ del Código de Procedimientos Penales para el estado de ________________, vengo a ofrecer las siguientes: PRUEBAS 1. LA DOCUMENTAL PÚBLICA. Consistente en la presentación de una constancia expedida por el secretario del H. Ayuntamiento de _____________. 2. LA DOCUMENTAL PRIVADA. Que se encuentran en autos, se deben de considerar las cartas de buena conducta. 3. TESTIMONIAL DE DESCARGO. Que desahogaran las personas a quienes les constan los hechos materiales de la presente causa penal. 4. LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. Consistente en los razonamientos lógico jurídicos que realiza su Señoría de los hechos que se ventilan, en todo lo que favorezca a mis intereses. Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva: PRIMERO. Tenerme por presente ofreciendo las pruebas que han quedado descritas. SEGUNDO. Fijar día y hora para el desahogo de las pruebas que así lo requieran. PROTESTO CONFORME A DERECHO En ________________, a ___________ de _______ del dos mil _________. (FIRMA DEL QUE SUSCRIBE)