Ofrecimiento de Pruebas

2C GRUPO JUICIO ORDINARIO DE PATERNIDAD Y FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL No. 00091-2018-00202. Oficial 2do. Notificador 2do

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2C GRUPO

JUICIO ORDINARIO DE PATERNIDAD Y FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL No. 00091-2018-00202. Oficial 2do. Notificador 2do JUZGADO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTEANGO. CARLOS ROBERTO RAMOS CAJAS de datos personales ya conocidos en el proceso arriba identificado; de manera atenta y respetuosa comparezco ante este Órgano Jurisdiccional para: EXPONER: I)

Estoy debidamente notificado de la resolución de fecha…, la cual en su numeral … se me notifica la apertura a prueba del presente juicio ordinario por el termino de treinta días hábiles a partir de la última notificación que se realice, por lo que propongo e individualizo para su diligenciamiento las pruebas ofrecidas en el memorial inicial de demanda, con citación a la parte contraria siendo los siguientes:

a) DOCUMENTOS: Demanda de fecha diecisiete de febrero de dos mil dieciséis

promovida

en

mi

contra,

por

JUAN

JOSÉ

RIVERA

CASTELLANOS, quien actúa en representación legal y en ejercicio de la patria potestad de su menor hija KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO, la cual obra en autos, con la que pretendo probar la falsedad de los hechos; B) Certificado de nacimiento de la menor MARIA FERNANDA RIVERA OROZCO, que consta en autos con la que pretendo probar la falsedad de la fecha de nacimiento;

b) DECLARACIÓN DE PARTE: Que deberá absolver la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO de forma personal y no por apoderado, de conformidad con el pliego de posiciones que acompaño en el presente memorial de individualización de pruebas, en la audiencia que para efecto se señale, bajo apercibimiento de ley, que si no compareciere se le tendrá por confeso en relación a las posiciones, con este medio de prueba pretendo probar que la parte demandante … c) DECLARACIÓN TESTIMONIAL Declaración que deberá rendir la señora JUANA DÍAZ, de forma personal y no por medio de apoderado, de conformidad con el siguiente interrogatorio. 1. Diga su nombre completo y sus generales de ley. 2. ¿Diga si es cierto que conoce a KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO? 3. ¿Diga si es cierto que conoce a AMILCAR EVERARDO RAMOS ARRIOLA? 4. ¿Diga si es cierto y le consta que KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO y AMILCAR EVERARDO RAMOS ARRIOLA iniciaron una relación de noviazgo en el mes de febrero del año dos mil dieciséis? 5. ¿Diga si es cierto que a la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO también era frecuentada por otro joven durante el tiempo que sostuvo la relación con el joven AMILCAR EVERARDO RAMOS ARRIOLA?

6. ¿diga si es cierto que el otro joven llegaba después de que AMILCAR EVERARDO RAMOS ARRIOLA, se despidiera de la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO? 7 ¿Diga si es cierto que este joven frecuentaba a la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO, antes de que usted empezara a ver al joven y AMILCAR EVERARDO RAMOS ARRIOLA frecuentarla? 8 ¿diga si es cierto que el transporte que utilizaba el otro joven para frecuentar a la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO era un automóvil? 9. ¿Diga si es cierto que la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO se subía al auto y se iba con el joven? 10 ¿diga si es cierto que más de una vez escucho sonidos muy comprometedores, los cuales provenían del automóvil en el que ellos estaban. 11. ¿diga si alguna vez vio y usted a la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO, embarazada durante los meses de marzo a noviembre del año dos mil dieciséis? Con este medio de prueba pretendo probar que mi hijo AMILCAR EVERARDO RAMOS ARRIOLA no era la única persona que frecuentaba a la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO, que era otra persona con la mantenía relaciones sexuales la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO, cuáles eran los horarios en que mi hijo visitaba a la señorita, el tiempo de la relación de noviazgo entre ambos jóvenes y que en ningún momento se le vio

embarazada a la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO durante el tiempo en que el demandado manifiesta que ella lo estuvo. d) PRESUNCIONES LEGALESPRESUNCIONES HUMANAS: PRESUNCIONES LEGALES: La que corresponde al diligenciamiento de los medios de prueba específicamente sobre el certificado de Nacimiento extendido por el Registro Nacional de las Personas de la menor niña MARIA FERNANDA RIVERA OROZCO. PRESUNCIONES HUMANAS: Las que concurran dentro del proceso.

FUNDAMENTO DE DERECHO: Articulo 123 apertura a prueba Artículo, 126 Carga de la Prueba, Articulo 129 Practica de la Prueba, Articulo130 Obligación De Declarar, Articulo, 132 Absolvente, Artículo 142obligacion De Declarar, Articulo 177 Presentación De Documentos, Articulo 186 Autenticad De Los Documentos, Articulo 194 Presunciones Legales, Articulo 195 Presunciones Humanas. Del Código Procesal Civil y Mercantil. PETICIONES: I)

Que se amita para su trámite el presente memorial de proposición e individualización de medios de prueba, y se agregue a sus antecedentes.

II)

Que se tenga por acompañado plica que contiene posiciones que deberá absolver en su momento la señorita KATHERIN FABIOLA RIVERA OROZCO, bajo apercibimiento que, si dejara de comparecer sin justa causa, se le declare confesa.

III)

Que se señale día y hora para el diligenciamiento de los medios de prueba propuestos e individualizados en el presente memorial.

IV)

Que se tenga por propuestas con citación a la parte contraria lo medios de prueba propuestos e individualizados en el presente escrito.

V)

Que el resultado del diligenciamiento de las pruebas propuestas se tenga a mi favor y se valoren conforme a derecho, con citación de la parte contraria.

VI)

Que después de haber diligenciado los medios de prueba propuestos e individualizados en este escrito, se continúe con el trámite del presente proceso.

COPIAS: Adjunto dos copias del presente memorial. LUGAR Y FECHA: Quetzaltenango, veinte de febrero del año dos mil veinte.

f._________________________ En su auxilio, dirección y procuración.