Normativa Ecuatoriana

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NORMATIVA ECUATORIANA Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial De acuerdo al (Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial 2012), LOTTTSV, el paso cebra corresponde a una zona de seguridad peatonal, cuya característica es la señalización y su uso es reservado exclusivamente para los peatones. Artículo 392 de la LOTTTSV en donde consta en el glosario de términos al Cruce Peatonal Cebra como “Zona señalizada para el paso de peatones.” Artículo 266 LOTTTSV, sostiene que es una obligación del peatón “Cruzar, tomando las debidas precauciones, en las vías en que no existan cerca: intersecciones, semáforos, pasos cebra, pasos elevados o deprimidos, que permitan un cruce peatonal seguro siempre y cuando no lo haga en curva de vía;” Artículo 319 del mismo cuerpo normativo, sobre la señalización como un complemento para todos los usuarios de las vías, debido a que notifican a los conductores y demás usuarios la prohibición, restricción, obligación y autorización que se señala en ella. Código Orgánico Integral Penal De acuerdo al (Código Orgánico Integral Penal 2014), COIP, constituye una contravención de tránsito de tercera clase el hecho de que: La o el conductor que detengan o estacionen vehículos en sitios o zonas que entrañen peligro, tales como: zonas de seguridad, curvas, puentes, ingresos y salidas de los mismos, túneles, así como el ingreso y salida de estos, zonas estrechas, de poca visibilidad, cruces de caminos, cambios de rasante, pendientes, o pasos a desnivel, sin tomar las medidas de seguridad señaladas en los reglamentos.

Para lo cual serán sancionados con una multa equivalente al cuarenta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y la reducción de siete punto cinco puntos en su licencia de conducir. Artículo 392 numeral 8 del COIP sobre las Contravenciones de tránsito de séptima clase refiere que: “La o el peatón que en las vías públicas no transite por las aceras o sitios de seguridad destinados para el efecto” será sancionado con multa equivalente al cinco por ciento de un salario básico unificado del trabajador general”.

Conclusiones El cruce peatonal cebra, objeto de estudio, presenta varios factores que inciden de forma directa en la circulación de los vehículos y de los mismos peatones, uno de ellos es que no está marcado de forma adecuada la señal horizontal sobre la vía, por lo que no se nota que esa zona es de exclusivo paso de peatones. En el cruce peatonal cebra no hay un tiempo determinado exclusivo para que los peatones hagan uso de este, dado que la única forma de cruzar es en el intervalo de cambio de un semáforo a otro, mas no hay un tiempo determinado para el peatón. El hecho de que un Supermercado se encuentre junto al cruce peatonal cebra, crea la necesidad de estacionar vehículos justo sobre el cruce peatonal cebra, lo que dificulta el uso de este por los peatones que quieren cruzar. Al no haber la presencia de un agente de tránsito, aumenta el riesgo de que se den accidentes de tránsito con peatones, dado que, al no haber semáforo peatonal, los peatones están a la expectativa de si viene o no un carro que les permita cruzar antes de lo previsto. El tránsito vehicular en la intersección se detiene debido a que, vehículos particulares se estacionan temporalmente cerca del Supermercado Santa María o cerca al mismo Mercado Santa Clara, además del ingreso justo a la altura del cruce peatonal cebra de maquinaria que está trabajando en una construcción frente al supermercado. En su mayoría, los buses y taxis no se detienen cuando una persona por imprudencia corre para avanzar a cruzar el cruce peatonal cebra y reaccionan con el pito de su vehículo de forma intensa. Recomendaciones Señalizar el cruce peatonal cebra, porque actualmente no es visible y por tanto los vehículos no toman mayor precaución. Ubicar un semáforo peatonal que cuente con su propio tiempo, dado que no hay un tiempo destinado precisamente al paso peatonal. Contar con la presencia de un agente de tránsito en la intersección que de un tiempo prudente para el paso de los peatones dado que no hay semáforos peatonales.

Reubicar los puestos de legumbres y frutas que están colocados sobre la vereda, lo cual da paso a que un mayor número de peatones se concentren en esa parte y dificultan el uso de la vereda para los demás peatones. Realizar campañas de concientización con la comunidad del sector Santa Claro sobre el uso del cruce peatonal cebra y la importancia de hacer uso de las veredas en el tránsito de peatones.