NIA 500 y NIA 501

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 500 EVIDENCIA DE AUDITORIA Alcance de esta NIA La norma hace referencia a la responsabi

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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 500 EVIDENCIA DE AUDITORIA Alcance de esta NIA La norma hace referencia a la responsabilidad que tiene el auditor de diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que le permita alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión. Esta NIA es aplicable a toda la evidencia de auditoría obtenida en el transcurso de la auditoría. Otras NIA tratan de aspectos específicos de la auditoría (por ejemplo, la NIA 315), de la evidencia de auditoría que se debe obtener en relación con un tema concreto (por ejemplo, la NIA 570), de procedimientos específicos para obtener evidencia de auditoría (por ejemplo, la NIA 520) y de la evaluación sobre si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada (NIA 200 y NIA 330). Objetivo El objetivo del auditor es diseñar y aplicar procedimientos de auditoría de forma que le permita obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión. DEFINICIONES Y CONCEPTOS RELACIONADOS CON LA EVIDENCIA Y FORMA DE OBTENERLA Evidencia De Auditoría: Información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión. La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información. Registros Contables: Registros de asientos contables iniciales y documentación de soporte, tales como cheques y registros de transferencias electrónicas de fondos; facturas; contratos; libros principales y libros auxiliares; asientos en el libro diario y otros ajustes de los estados financieros que no se reflejen en asientos en Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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el libro diario; y registros tales como hojas de trabajo y hojas de cálculo utilizadas para la imputación de costes, cálculos, conciliaciones e información a revelar. MEDIOS PARA LA OBTENCIÓN DE EVIDENCIAS Inspección: La inspección implica el examen de registros o de documentos, ya sean internos o externos, en papel, en soporte electrónico o en otro medio, o un examen físico de un activo. Observación: La observación consiste en presenciar un proceso o un procedimiento aplicados por otras personas; por ejemplo, la observación por el auditor del recuento de existencias realizado por el personal de la entidad o la observación de la ejecución de actividades de control. Confirmación Externa: Una confirmación externa constituye evidencia de auditoría obtenida por el auditor mediante una respuesta directa escrita de un tercero (la parte confirmante) dirigida al auditor, en papel, en soporte electrónico u otro medio. Los procedimientos de confirmación externa con frecuencia son relevantes cuando se trata de afirmaciones relacionadas con determinados saldos contables y sus elementos. Recálculo: El recalculo consiste en comprobar la exactitud de los cálculos matemáticos incluidos en los documentos o registros. El recalculo se puede realizar manualmente o por medios electrónicos. Reejecución: La reejecución implica la ejecución independiente por parte del auditor de procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte del control interno de la entidad. Indagación: La indagación consiste en la búsqueda de información, financiera o no financiera, a través de personas bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad. La indagación se utiliza de forma extensiva a lo largo de la auditoría y adicionalmente a otros procedimientos de auditoría. Las indagaciones pueden variar desde la indagación formal planteada por escrito hasta la indagación verbal informal. Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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Procedimientos

Analíticos:

Los

procedimientos

analíticos

consisten

en

evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones que razonablemente quepa suponer que existan entre datos financieros y no financieros. PROCEDIMIENTOS

DE

AUDITORÍA

PARA

OBTENER

EVIDENCIA

DE

AUDITORÍA Procedimientos De Valoración Del Riesgo: Procedimientos de auditoría aplicados para obtener conocimiento sobre la entidad y su entorno, incluido su control interno, con el objetivo de identificar y valorar los riesgos de incorrección material, debida a fraude o error, tanto en los estados financieros como en las afirmaciones concretas contenidas en éstos. (NIA 315) Procedimientos De Auditoría Posteriores: Pruebas de controles, cuando las requieran las NIA o cuando el auditor haya decidido realizarlas; y procedimientos sustantivos, que incluyen pruebas de detalle y procedimientos analíticos sustantivos. Pruebas de controles: Procedimientos de auditoría diseñados para evaluar la eficacia operativa de los controles en la prevención o en la detección y corrección de incorrecciones materiales en las afirmaciones. Significan pruebas realizadas para obtener evidencia de auditoría sobre la adecuación del diseño y operación efectiva de los sistemas de contabilidad y de control interno. (NIA 330) Procedimientos sustantivos: Procedimientos de auditoría diseñados para detectar incorrecciones materiales en las afirmaciones. Procedimientos sustantivos significa pruebas realizadas para obtener evidencia de auditoría para detectar representaciones erróneas de importancia en los estados financieros, y son de dos tipos: (a)

Pruebas de detalles de transacciones y balances; y

(b)

Procedimientos analíticos

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Experto De La Dirección: Persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros. SUFICIENCIA Y ADECUACION DE LA EVIDENCIA OBTENIDA Adecuación: Medida cualitativa de la evidencia de auditoría, es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa la opinión del auditor. Suficiencia: Medida cuantitativa de la evidencia de auditoría. La cantidad de evidencia de auditoría (cobertura) necesaria depende de la valoración del auditor del riesgo de incorrección material así como de la calidad de dicha evidencia de auditoría. REQUERIMIENTOS EVIDENCIA DE AUDITORÍA SUFICIENTE Y ADECUADA Al igual que ocurre con la NIA 315 de identificación de riesgos, la 500 establece claramente las pautas para la obtención de evidencias de auditoria, lo que la convierte en una de las normas de especial lectura y comprensión por parte de nuestro equipo profesional. La norma distingue entre los procedimientos de auditoria a utilizar y las fuentes sobre las que aplicarlos, entre las que cabe destacar las siguientes:  Registros contables con la acepción señalada en las definiciones anteriores.  Evidencias obtenidas en las auditorias anteriores  Las indagaciones e investigaciones efectuadas previamente a la aceptación o continuidad del encargo.  Los trabajos realizados por expertos.

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Como evidencia también puede considerarse la negativa del cliente a darnos una información, a aplicar un determinado procedimientos o a simplemente a negarse a firmar una manifestación. En cuanto a los procedimientos o medios para la obtención de evidencia, enumerados en el anterior apartado de definiciones, pueden ser de los siguientes, los cuales pueden aplicarse de forma individual o combinada y que pueden ser utilizados tanto para la identificación de riesgos como para la realización de pruebas sustantivas:  inspección,  observación,  confirmación,  recalculo,  reejecución  procedimientos analíticos, e  indagación. La norma también hace referencia a algunos aspectos que merecen ser especialmente considerados y que se producen en la práctica: a). Con frecuencia, para alcanzar los objetivos de auditoría de un área no basta con un procedimiento sino se requiere una combinación de ellos, por ejemplo, la observación del inventario físico podría cubrir el objetivo de existencia pero no el de valoración ni el de propiedad, ni mucho menos el de información en la memoria. b). En ocasiones puede ser válido el utilizar el trabajo y las evidencias obtenidas en trabajos anteriores siempre que las condiciones, control o circunstancias de entonces no hayan variado respecto a las actuales. c). En ocasiones determinadas informaciones están en formato electrónico y durante un periodo concreto, por ejemplo, ciertas aplicaciones tienen un carácter vivo que se modifican constantemente, (existencias, cartera de pedidos, obra en Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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curso, cuentas a cobrar, valoración de instrumentos en fondos de inversión). Por lo tanto, si no se dispone del fichero al cierre del ejercicio, desaparece o se desvirtúa la evidencia con la verificar las transacciones o los saldos. Por lo tanto, se ha de solicitar al cliente la conservación de cierta información para su revisión o aplicar procedimientos de auditoría en el momento en el que la información está disponible. La NIA aporta algunas pautas para ayudar al auditor en la siempre difícil tarea de determinar si la evidencia obtenida es adecuada y suficiente. El término adecuada hace referencia a la calidad de la información obtenida mientras que el de suficiente se refiere a la cantidad (cobertura o alcance) de la evidencia obtenida. La decisión a tomar respecto a si es adecuada y suficiente la evidencia obtenida es una cuestión de juicio profesional en cuanto que es él y solamente él quien ha de determinar si el trabajo realizado le permite reducir el riesgo de expresar una opinión inadecuada cuando los estados financieros contienen incorrecciones materiales) a un nivel aceptablemente bajo. La adecuación está por tanto relacionada con la fiabilidad y pertinencia dada a la información utilizada sobre la que aplicar los procedimientos de auditoria. Fiabilidad que a su vez estará condicionada por los riesgos identificados, por los controles aplicados en su confección, por su naturaleza y complejidad o por las circunstancias que concurran en su elaboración. Por su parte, la suficiencia o cantidad de evidencia a obtener, está íntimamente ligada a los riesgos identificados de incorrección material así como por las evidencias obtenidas con otros procedimientos. Es decir, a más riesgo mayor cantidad de evidencia. INFORMACIÓN QUE SE UTILIZARÁ COMO EVIDENCIA DE AUDITORÍA Al realizar el diseño y la aplicación de los procedimientos de auditoría, el auditor considerará la relevancia y la fiabilidad de la información que se utilizará como evidencia de auditoría. Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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Si la información a utilizar como evidencia de auditoría se ha preparado utilizando el trabajo de un experto de la dirección, el auditor, en la medida necesaria y teniendo en cuenta la significatividad del trabajo de dicho experto para los fines del auditor: (a) evaluará la competencia, la capacidad y la objetividad de dicho experto; (b) obtendrá conocimiento del trabajo de dicho experto; y (c) evaluará la adecuación del trabajo de dicho experto como evidencia de auditoría en relación con la afirmación correspondiente. Al utilizar información generada por la entidad, el auditor evaluará si, para sus fines, dicha información es suficientemente fiable, lo que comportará, según lo requieran las circunstancias: (a) la obtención de evidencia de auditoría sobre la exactitud e integridad de la información; y (b) la evaluación de la información para determinar si es suficientemente precisa y detallada para los fines del auditor. Selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas para obtener evidencia de auditoría. Al realizar el diseño de las pruebas de controles y de las pruebas de detalle, el auditor determinará medios de selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento de auditoría. La información se puede obtener a través de: Trabajo de un experto de la dirección, persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros.

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Experto del auditor, persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese campo se utiliza por el auditor para facilitarle la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Un experto del auditor puede ser interno (es decir, un socio o empleado, inclusive temporal, de la firma de auditoría o de una firma de la red) o externo. Interna, la preparada por la propia entidad (facturas de venta, nóminas, listados de Mayor, cálculos de amortizaciones, estimaciones, etc.) Externa,

la

obtenida

directamente

de

terceros

(extractos

bancarios,

confirmaciones escritas, escritos de la Administración Pública, informes de expertos independientes, reclamaciones de terceros, contratos) Propias de auditoria: las preparadas por el propio auditor en sus papeles de trabajo (recálcalos, pruebas analíticas, verificación de estimaciones y provisiones) La NIA hace una serie de consideraciones relativas a la información preparada por el propio cliente en cuanto que para determinar si es adecuada o no, deberá verificar si es: 

exacta e integra



suficientemente precisa y detallada para los fines del auditor

SELECCIÓN DE LOS ELEMENTOS SOBRE LOS QUE SE REALIZARÁN PRUEBAS PARA OBTENER EVIDENCIA DE AUDITORÍA En este apartado la norma trata los distintos medios a utilizar por el auditor para seleccionar los elementos sobre los que realizar las pruebas, entre los que caben destacar: a) la selección de todos los elementos (examen del 100%); b) la selección de elementos específicos; y c) el muestreo de auditoría

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En cuanto a la verificación de la totalidad de los elementos, puede ser factible y hasta conveniente cuando el número de estos es limitado, debido al elevado riesgo de incorrección material, a la imposibilidad de obtener evidencia por otros medios o cuando por el carácter repetitivo de los cálculos, es factible verificar con un mismo procedimiento la totalidad del saldo. La selección de elementos específicos supone un sistema válido de selección de elementos que pueden incluir: Elementos clave o de valor elevado: Por representar valores significativos o por poseer una determinada característica, por ejemplo operaciones inusuales, repetitivas o que contengan algún aspecto que llame la atención del auditor. Todos los elementos por encima de un determinado importe: El auditor puede decidir examinar elementos cuyos valores registrados superen un determinado importe para verificar una parte importante del importe total de un tipo de transacciones de un saldo contable. Elementos para obtener información: El auditor puede examinar elementos para obtener información sobre cuestiones tales como la naturaleza de la entidad o la naturaleza de las transacciones. La selección de elementos específicos puede ser un método válido pero no es un muestreo de auditoría, lo que impide por tanto extrapolar o proyectar las conclusiones al resto de la población, por lo que el examen selectivo de elementos específicos no proporciona evidencia de auditoría con respecto al resto de la población, tema éste que se abordará al tratar la NIA 530 de Muestreo. El muestreo tiene como finalidad permitir alcanzar conclusiones respecto del total de una población sobre la base de la realización de pruebas sobre una muestra extraída de dicha población.

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INCONGRUENCIA EN LA EVIDENCIA DE AUDITORÍA O RESERVAS SOBRE SU FIABILIDAD Trata de la respuesta a dar por el auditor cuando al utilizar diferentes procedimientos

sobre

fuentes

diversas,

identifica

incongruencias

en

las

conclusiones alcanzadas que le inducen a dudar sobre la fiabilidad de las evidencias obtenidas. Dicho de otro modo, que las conclusiones obtenidas mediante aplicación de unos procedimientos no concuerdan con las obtenidas con otros. Un ejemplo puede darse cuando las pruebas de controles y los de detalle sobre el área de ingresos no han identificado incorrecciones materiales, pero que por el contrario, el informe de los auditores internos revelan graves deficiencias y errores en las ventas registradas en el periodo. En tales casos el auditor deberá, de acuerdo al requerimiento 11 de la NIA, decidir si procede a modificar o ampliar los procedimientos de auditoría a fin de resolver la incongruencia de los resultados obtenidos.

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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 501 EVIDENCIA DE AUDITORÍA ‒ CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA DETERMINADAS ÁREAS

Alcance de esta NIA Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las consideraciones específicas que el auditor ha de tener en cuenta en relación con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada, con respecto a determinados aspectos de las existencias, los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad, así como la información por segmentos en una auditoría de estados financieros. Objetivo El objetivo del auditor es obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre

la realidad y el estado de las existencias, la totalidad de los litigios y

reclamaciones en los que interviene la entidad y la presentación y relevancia de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable. Existencias Si las existencias son materiales para los estados financieros, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a su realidad y a su estado mediante: Su presencia en el recuento físico de las existencias, salvo que no sea factible, con el fin de: 

evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección relativos al registro y control de los resultados del recuento físico de las existencias de la entidad;

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A la hora de evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección con respecto al registro y control del recuento físico de existencias se determinará, entre otras cosas, si tales instrucciones y procedimientos tratan: La realización de actividades de control adecuadas, como, por ejemplo, recopilar las hojas de recuento físico de existencias utilizadas, dejar constancia de las hojas de recuento físico no utilizadas, y aplicar procedimientos de recuento y de repetición de éste. La identificación exacta de la fase en la que se encuentra el trabajo en curso, de las partidas de lenta rotación, obsoletas o dañadas, así como de existencias que son propiedad de un tercero; por ejemplo, existencias en consignación. En su caso, los procedimientos utilizados para estimar cantidades físicas, como los que pueden resultar necesarios para estimar la cantidad física de un montón de carbón. El control del movimiento de las existencias entre las distintas áreas, así como del envío y recepción de existencias antes y después de la fecha de corte. 

Observar la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección;

La observación de la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección, por ejemplo, de los que están relacionados con el control de los movimientos de las existencias antes, durante y después del recuento, facilita al auditor la obtención de evidencia de auditoría sobre si las instrucciones y los procedimientos de recuento de la dirección se han diseñado e implementado adecuadamente. Adicionalmente, el auditor puede obtener copias de la información de corte, como detalles del movimiento de existencias, que le faciliten la aplicación de procedimientos de auditoría en una fecha posterior sobre la contabilización de dichos movimientos.

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inspeccionar las existencias;

La inspección de las existencias, al presenciar un recuento físico, facilita al auditor la determinación de su realidad (aunque no necesariamente de su propiedad) y la identificación, por ejemplo, de existencias obsoletas, dañadas o antiguas. 

realizar pruebas de recuento;

La realización de pruebas de recuento, por ejemplo, localizando en las existencias físicas elementos seleccionados en los registros de recuento de la dirección, y localizando en los registros de recuento de la dirección elementos seleccionados de las existencias físicas, proporciona evidencia de auditoría sobre la integridad y exactitud de dichos registros. Además de registrar las pruebas de recuento realizadas por el auditor, la obtención de una copia de los registros de la dirección relativos a los recuentos físicos de existencias realizados facilita al auditor la aplicación de procedimientos de auditoría posteriores con el fi n de determinar si los registros de existencias finales de la entidad reflejan con exactitud los resultados reales de los recuentos de existencias. Dichos procedimientos anteriores pueden servir como pruebas de controles o como procedimientos sustantivos, en función de la valoración del riesgo realizada por el auditor, del enfoque previsto y de los procedimientos específicos llevados a cabo. Aplicar procedimientos de auditoría a los registros finales de existencias de la entidad con el fin de determinar si reflejan con exactitud los resultados reales del recuento de las existencias. Si el recuento físico de las existencias se realiza en una fecha distinta de la de los estados financieros el auditor aplicará procedimientos de auditoría con el fin de obtener evidencia de auditoría sobre si se han registrado correctamente las variaciones de las existencias, producidas entre la fecha del recuento y la fecha de los estados financieros. Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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Si el auditor no puede presenciar el recuento físico de las existencias por circunstancias imprevistas, realizará u observará recuentos físicos en una fecha alternativa y aplicará procedimientos de auditoría a las transacciones del periodo intermedio. Si no es factible presenciar el recuento físico de existencias, el auditor aplicará procedimientos de auditoría alternativos con el fi n de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a la realidad y al estado de las existencias. Si no es posible hacerlo, el auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría. Si las existencias custodiadas y controladas por un tercero son materiales para los estados financieros, el auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre su realidad y estado mediante una o ambas de las siguientes actuaciones: 

Solicitud de confirmación al tercero respecto de las cantidades y el estado de las existencias que mantiene en nombre de la entidad.



Inspección o aplicación de otros procedimientos de auditoría adecuados, teniendo en cuenta las circunstancias.

Litigios y Reclamaciones Los litigios y reclamaciones que afectan a la entidad pueden tener un efecto material sobre los estados financieros y, por consiguiente, puede ser necesario revelarlos o contabilizarlos en los estados financieros. Además el auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría con el fin de identificar los litigios y las reclamaciones que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material, incluidos los siguientes: -

Indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras personas de la entidad, incluidos los asesores jurídicos internos;

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-

Revisión de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurídicos externos;

-

Revisión de las cuentas de gastos jurídicos.

Dependiendo de las circunstancias, el auditor puede considerar adecuado examinar los documentos fuentes correspondientes, tales como facturas de gastos jurídicos, como parte de su revisión de las cuentas de gastos jurídicos. Comunicación con los asesores jurídicos externos de la entidad La comunicación directa con los asesores jurídicos externos de la entidad facilita al auditor la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a si se conocen los litigios y reclamaciones potencialmente materiales, así como sobre si las estimaciones de la dirección sobre las implicaciones financieras, incluidos los costes, son razonables. Si se considera poco probable que los asesores jurídicos externos de la entidad respondan adecuadamente a una carta de indagación general, por ejemplo, si la organización profesional a la que pertenecen los asesores jurídicos externos prohíbe responder a dicha carta, el auditor puede intentar establecer una comunicación directa mediante una carta de indagación específica. A estos efectos, en una carta de indagación específica se incluyen: 

una lista de litigios y reclamaciones;



cuando esté disponible, la valoración realizada por la dirección del resultado de cada uno de los litigios y reclamaciones identificados, así como la estimación de las implicaciones financieras, incluidos los costes;



una solicitud a los asesores jurídicos externos de la entidad para que confirmen la razonabilidad de las valoraciones de la dirección y proporcionen al auditor información adicional en el caso de que los asesores jurídicos externos de la entidad consideren que la lista es incompleta o es incorrecta.

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Si el auditor valora que existe un riesgo de incorrección material con respecto a litigios o reclamaciones identificados, o en los casos en los que los procedimientos de auditoría aplicados indican que pueden existir otros litigios o reclamaciones materiales, el auditor solicitará una comunicación directa con los asesores jurídicos externos de la entidad. El auditor llevará a cabo dicha actuación por medio de una carta de indagación preparada por la dirección y enviada por el auditor, en la que se solicite a los asesores jurídicos externos de la entidad que se comuniquen directamente con el auditor. El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría: 

Si la dirección rehúsa dar permiso al auditor para comunicarse o reunirse con

los asesores jurídicos externos de la entidad o si éstos rehúsan

responder adecuadamente a la carta de indagación o se les prohíbe que lo hagan; y 

el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada mediante la aplicación de procedimientos de auditoría alternativos.

El auditor solicitará a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, que proporcionen manifestaciones escritas de que se han revelado al auditor y se han contabilizado y revelado de conformidad con el marco de información financiera aplicable todos los litigios y reclamaciones existentes o posibles conocidos cuyos efectos deben considerarse para la preparación de los estados financieros. Información por segmentos El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable mediante: La obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para la determinación de la información por segmentos; Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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a evaluación de si dichos métodos pueden generar información acorde con lo requerido por el marco de información financiera aplicable;



y en su caso, la comprobación de la aplicación de dichos métodos;

La aplicación de procedimientos analíticos o de otros procedimientos de auditoría adecuados teniendo en cuenta las circunstancias. Dependiendo del marco de información financiera aplicable, la entidad puede estar obligada o autorizada a revelar información por segmentos en los estados financieros. La responsabilidad del auditor con respecto a la presentación y revelación de información por segmentos se refiere a los estados financieros tomados en su conjunto. Por consiguiente, no se requiere al auditor que aplique los procedimientos de auditoría que serían necesarios para expresar una opinión sobre la información por segmentos presentada por separado. Dependiendo de las circunstancias, los siguientes son ejemplos de cuestiones que pueden ser relevantes para la obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para determinar la información por segmentos y de si dichos métodos pueden generar información a revelar acorde con el marco de información financiera aplicable: 

Ventas, transferencias y cargos entre segmentos, así como la eliminación de cantidades entre segmentos.



Comparaciones con presupuestos y otros resultados previstos: por ejemplo, el porcentaje de beneficios de la explotación con respecto a las ventas.



La distribución de activos y costes entre segmentos.



La congruencia con periodos anteriores y la adecuación de la información revelada con respecto a las incongruencias.

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CASO PRÁCTICO NIA 501 Evidencia de Auditoria –consideraciones específicas para partidas seleccionadas Respecto de: a).- Existencia y Condición del INVENTARIO. b).- Integridad de los LITIGIOS

y

RECLAMACIONES.

c).-

Presentación

y

revelación

de

la

INFORMACION POR SEGMENTOS. ALCANCE Y OBJETIVO Consideraciones específicas del auditor para obtener: 1).- Evidencia de Auditoria Suficiente (cantidad) 2).- Evidencia de Auditoria Apropiada (calidad) Usted ha sido contratado por la empresa ANGELES AZULES, S.A. para llevar a cabo la auditoria de los estados financieros del período que finalizó el 31 de diciembre de 2010, para lo cual se le proporciona la siguiente información:   1.- El Saldo de INVENTARIOS se integra de la siguiente manera: Mercadería Q. 3, 899,995.00 Mercadería en tránsito Q.

20,000.00

Provisión Mercadería Obsoleta Q.

70,500.00  

2.- Según los registros contables auxiliares (Kardex) las existencias de mercaderías al 31 de diciembre de 2010, eran las siguientes: Artículos Existencias Costo Unitario Computadora tipo A 100

Q.

7,140.00

Computadora tipo B 173 Q.

5,750.00

Computadora tipo C 380 Q.

4,800.00

Impresoras tipo A 41 Q. Impresoras tipo B 187 Q.

1,500.00 1,635.00

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3.- El método de valuación de inventarios es el PEPS, el cual ha sido aplicado consistentemente con respecto al año anterior.   4.- La mercadería en tránsito, corresponde a una nueva línea de computadora que se va a introducir al mercado a partir de enero de 2011. La factura del proveedor del exterior ACER ONE, es la No. AA-15 por 10 fotocopiadoras de Q. 2,000.00 cada una.   5.- Se participó en la toma física del inventario final, habiéndose observado lo siguiente: Se verificaron las computadoras tipo A, habían 100 pero 10 de ellas están completamente inservibles. De las computadoras tipo B, se determinó que hay 5 más, pero el cliente no las consideró dentro de las existencias por ser de un modelo antiguo, cuyo costo unitario es de Q. 4,000.00 y porque ya fueron rebajadas en su oportunidad.   6.- La mercadería en tránsito ingresó el 20/01/2011 habiéndose registrado 2 faltantes.   7.- Se pudo comprobar que la bodega se encuentra en mal estado, húmeda y los productos mal colocados y desordenados.   8.- La empresa no cuenta con seguro para sus inventarios.   Se pide: Elabore el proceso de auditoría que considera necesario conforme a NIAs,

considerando

la

NIA

501

Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

en

el

caso

de

Inventarios.

Página 19

C

Ref. P.T. ANGELES AZULES S.A. Elaborado por: Revisado por:

SUMARIA DE INVENTARIOS AL 31 de Diciembre de 2010 No.

AJUSTES Y RECLASIFICACIONES

Saldo S/Contabilidad

CUENTA

DEBE

HABER

MOMBRE

FECHA

ARL MA

19/02/2011 20/02/2011

SALDO S/AUDITORIA

REF.

INVENTARIOS

-

MERCADERIA

3.899.995,00 PROVISION MERCADERIA OBSOLETA 70.500,00 SUMA MERCADERIA EN TRANSITO

Aj 2) Aj 1)

5,00

Aj 1)

71.400,00

70.500,00

-

3.829.495,00

3.828.600,00 Aj 3)

20.000,00

TOTAL

7.678.990,00 ^

3.828.600,00

70.505,00

4.000,00

16.000,00

75.400,00

3.844.600,00 ^

BG 1

-

a) CONCLUSION Con base en el resultado satisfactorio de nuestras pruebas de auditoria efectuadas según normas de auditoria aplicables y en nuestra evaluación y prueba de control interno en operación, opinamos que las cifras mostradas en las cedulas sumaria son razonables al 31 de diciembre de 2010 en relación con los estados financieros tomados en conjunto y de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoria aplicados sobre bases consistentes con el periodo anterior. AUDITOR

Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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ANGELES AZULES S.A. PROGRAMA DE AUDITORIA INVENTARIOS AL 31 DE DICIEMBRE 2010

No. 1 1,1

a

DESCRIPCION

P.T.

C-Q

ELABORÓ

ARL

FECHA

19/02/2011

REVISO

MA

FECHA

20/02/2011

REALIZO FECHA

PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS OBSERVACION FISICA DE INVENTARIOS EFECTUAR LOS CONTEOS PARA DETERMINAR LA TOTALIDAD DE LOS INVENTARIOS SEAN PROPIEDAD DE LA EMPRESA Y SUS ARL CONDICIONES

19/01/2011

b

LAS PRUEVAS FISICAS ES ESNCIAL QUE LA REVISION SEAN EN CONJUNTO CON LOS EMPLEADOS DE LA EMPRESA

ARL

19/01/2011

c

LAS INSTRUCCIONES DADAS POR PARTE DEL CLIENTE PARA LA TOMA FISICA SEAN EMITIDAS POR ESCRITO

ARL

19/01/2011

1,2

REVISION DEL CORTE DE INVENTARIOS (CORTE DE FORMAS)

ARL

19/01/2011

1,3

VALUACION DE LOS INVENTARIOS

ARL

19/01/2011

1,4

COMPROBACION DE LA CORRECCION ARITMETICA

ARL

19/01/2011

1,5

DE LA CONFIRMACION

ARL

19/01/2011

1,6

DE LAS MERCADERIAS EN TRANSITO

ARL

19/01/2011

1,7

PROCEDIMIENTOS SUPLETORIOS

ARL

19/01/2011

Normas Internacionales de Auditoria 500 y 501

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C-1-1 ANGELES AZULES S.A. DIVULGACION Y REVELACION AL 31 de Diciembre de 2010 No.

MOMBRE ARL MA

FECHA 19/02/2011 20/02/2011

DIVULGACION

REF.

1-

EL METODO DE VALUCION DE INVENTARIOS ES EL PEPS

ARL

2-

LA EMPRESA NO CUENTA CON SEGURO PARA SUS INVENTARIOS

ARL

AUDITOR

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