Modulo 8 Unidad 1

INTRODUCCION Una de las obligaciones de todo ser humano que habite un domicilio, tiene la obligación inherente de contr

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INTRODUCCION

Una de las obligaciones de todo ser humano que habite un domicilio, tiene la obligación inherente de contribuir al gasto de su hogar, así como con la responsabilidad de mantener ese obligación a través de todo el tiempo, que por necesidad tenga que hacerlo.

Así mismo en una nación en donde radicamos y necesitamos de infraestructura para poder desarrollarnos, y cubrir nuestras actividades diarias, también es de vital importancia, el contribuir para la manutención en conjunto de esas necesidades. Toda contribución derivada de nuestros ingresos de forma proporcional y equitativa sirve para que el Estado se comprometa a cumplir de forma retributiva con esas obligaciones.

Las contribuciones fiscales a la que estamos comprometidos todos Constitucionalmente con el Estado, es para todos, esto quiere decir que la contribución proporcional y equitativa que por ley aportamos al Estado, tiene un fin fundamentado en nuestra Constitución: Educación, Seguridad, Salud, Vivienda entre otras, son básicas para el desarrollo de una Nación y sus gobernados.

En nuestro país en la actualidad, existen diversas regiones en donde el desarrollo todavía no se ha dado en la medida de la necesidades de las mismas, razón por la cual es importante y necesario, el atender esas desigualdades derivadas de la mala distribución de los recursos obtenidos por el Estado a través de las contribuciones que se han hecho a lo largo de la historia.

Uno de los frenos del porque no se ha distribuido adecuadamente los recursos obtenidos de las contribuciones, además de la obtención de recursos por deuda externa, es por la corrupción que permea en todos los niveles de los funcionarios que manejan las dependencia en donde son dirigidos esos recursos. aplicar las nuevas leyes anticorrupción traerá para la Nación un mejor panorama. Actividad uno Actividad financiera del estado “Conceptos fundamentales en Derecho Fiscal”

Definición

Explicación

Actividad financiera

Conceptos

Es uno de los sectores principales de la actividad administrativa, se encuentran así mismo permeadas por el derecho positivo como medio de tenerlas reguladas y normadas.

La obtención de recursos económicos en cualquier actividad requiere de una estructura y formalidad para hacerlo, otorgándosele a estas actos, actividad financiera que, mediante un conjunto de elecciones y decisiones, se materializa la obtención de ingresos y egresos de un agente económico diverso.

Actividad financiera del estado

El estado mediante actos y acciones debe recabar recursos para cumplir con sus objetivos, derivados

La población de una nación requiere servicios e infraestructura para desarrollarse individual

estos, de necesidades de población.

las la

Derecho financiero “la rama del Derecho Público que se ocupa de la Hacienda Pública, es decir, se refiere a los ingresos y egresos del Estado; en general a la administración de los recursos económicos para satisfacer necesidades sociales” (Serra, 2013:3).

Derecho fiscal

Es el conjunto de normas jurídicas que se encargan de regular las contribuciones públicas en sus diferentes manifestaciones.

Derecho administrativo

Conjunto de normas que regulan la actividad administrativa del Estado.

y colectivamente, así como el estado utilizara esas contribuciones para cubrir esas necesidades. Para el manejo de asuntos financieros es necesario que este regulado, derivado de esto se tendrá un manejo ordenado de la captación y administración de los recursos económicos estatales.

El estado se encarga de legislar en materia de contribuciones como son, lo relativo a su determinación, liquidación, recaudación, ejecución y administración. En la relación que debe tener el fisco con el contribuyente deberá ser en completa armonía, concertación o inclusive contenciosa cuando el contribuyente no este de acuerdo. Y todo los relaciones con los particulares cuando se refiere a situaciones por causas de contribuciones: la traslación de impuestos. De acuerdo con Fraga: Tiene por objeto regular la actividad del estado que se realiza en forma de función administrativa para satisfacer las necesidades esenciales de las colectividad.

Derecho presupuestario

Conjunto de normas jurídicas que regulan los egresos del Estado. De acuerdo con Chapoy, “el conjunto de normas que regulan la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto. Es la regulación jurídica del llamado ciclo presupuestario”

En México el presupuesto solo esta dirigido a lo que se va a gastar en el siguiente periodo en base a las previsiones de los posibles ingresos que se hacen en base a decretos para poderlos cubrir. Teniendo como base de referencia el ejercicio anterior.

ACTIVIDAD DOS Evolución de las contribuciones en los Estados Unidos Mexicanos “El fundamento constitucional de las contribuciones en México Bases clásicas de su fundamento Bases doctrinales de su fundamento Momento histórico

Denominación de la legislación fiscal

Fundamentos teorías y/o doctrinas

Características de las contribuciones

Como motivo principal para obtener recursos las organizaciones sociales, para el sostenimiento de una población, se utilizaba el temor o el miedo a cosas abstractas, “dioses” Vázquez y Calderón. Otro ejemplo lo tenemos con los egipcios que tributaban con su mano de obra para la construcción de las pirámides de los faraones, siguiendo esa linea, la manutención de los reyes, familias, servidumbre y ejercito dependía de los frutos y

El estado como titular de las finanzas publicas crea un cuerpo legislativo fiscal encargada de legislar en la materia motivada por las necesidades de toda organización social. Ante el reto de obtener recursos es necesario reglamentar la forma de obtenerlos y administrarlos adecuadamente mediante etapas tendentes a optimizar su obtención. Esta actividad financiera sirve como eje

Constatan y explican que tienen su origen e historia regido por principios tributarios basado en obligaciones, en razón de gozar tanto de mexicanos y extranjeros, de derechos elementales del hombre, ante esto es obligación de todos el pago de impuestos, ya se a la Federación, ciudad de México, estados y municipios, siempre que este escrito en leyes emanadas del poder legislativo. El fundamento de las contribuciones,

-Tienen fundamento constitucional 31 F IV -Es una fuente de financiamiento para que el gobierno cumpla con su función pública. -Son imposiciones derivadas de las facultadas del congreso de la unión. Articulo 73 fracciones VII y XXIX. -Son necesarias para cubrir el presupuesto. -Son obligaciones porque son fuente de riqueza del lugar

ganancias que generaban los subordinados como lo menciona, Vázquez y Calderón. Fue hasta la civilización romana que evoluciono el cobro de los impuestos, aplicando el derecho positivo, regido por controles y cuerpos jurídicos apoyados en un censo poblacional para mayor eficacia en la recaudación. Siguiendo la época feudal, rico terrateniente que prestaba sus tierra a cambio de injustas, arbitrarias y anárquicas cuotas de pago por el arrendamiento de sus tierras. En México no fue menos difícil para los subordinados, pues estos debían pagar tributo al Señor supremo y universal esas cargas, exceptuando de estas a los nobles, gente enferma, músicos y demas. Ya evolucionado el país, se aplico para el cobro de contribuciones el derecho fiscal apoyado en las leyes de Indias y el acta de ayuntamiento de México de 1808 citado en la ley XXI del título V libro VI. En la época de la independencia fue que Hidalgo y Morelos se manifestaron en contra de esas leyes que las consideraban

principal constituido en el derecho fiscal. La denominación finanza proviene de la raíz latina finis de donde nace la Etimología del vocablo finanzas y estos tiene por finalidad reglamentar los ingresos y los egresos de un estado. Las contribuciones al formar parte preponderante y vital para el sostenimiento de una nación es motivo por el que nace la necesidad de reglamentarlos mediante legislaciones encargadas de darle sentido formal a lo recaudado, ya que es el sustento jurídico de la actividad financiera del estado. El resultado de esta actividad legislativa le rumbo a la recaudaciones, mismas que se obtienen mediante obligaciones de los particulares para el desarrollo del mismo. El mandato legislativo justifica el pago de contribuciones por medio de la ley, lo que hace que esta ley no se discuta si es buena o es mala, ya que al ser esta un mandato material y formal, debe obedecerse ante la responsabilidad que tiene el estado de proteger los derechos fundamentales de la población; y una

están normadas en la Constitución actual por medio del derecho fiscal que tutela las obligaciones derivadas de las leyes que se refiere a la misma como son; el artículo 31 Fracción IV, 73 XII y XXIX, así como las facultades de los entes responsables de emitirlas Artículo 74 fracción IV y 115 fracción IV. Es importante recalcar el señalamiento del 31 IV CPEUM para considerar todas las leyes sobre contribuciones, que de ella emanan. Doctrinalmente se juzga y prescribe como su eje principal tomar en cuenta el hacer financiero de todo ser humano y su conocimiento de la contribución. Todo esto ante la improbable voluntad de por si mismo cumplir con las obligaciones fiscales, deben estar dictadas por su razón de ser y de justicia del deber de solidaridad al contribuir para el desarrollo de su entorno. Coinciden Cortina y Fraga en cuatro principios a las que deberá sujetarse el principio de egresos, unidad, universalidad, especialidad y anualidad esto con el fin de darle orden y certeza al presupuesto, aludiendo a principios razonables del o

en donde generan ingresos.

se los

Sus destino se dirigen a satisfacer las necesidades colectivas o sociales o públicos en aras de garantizar el beneficio de la colectividad. -Sus principios son la proporcionalidad y la equidad.

gravosas. Motivo por el cual nacen las legislaciones fiscales para el pago de contribuciones desde el Acta de independencia de México de 1813, El decreto de 1814, y el acta de independencia de 1821 entre otras, hasta la que ahora conocemos instituido con fundamento del 31 IV de la Constitución de 1871, que tiene su origen en la de 1857.

de las formas de hacerlos es mediante la obtención de recursos provenientes de ellos mismos. Es por ello por lo que el legislativo es el encargado de regular el entorno de la obtención de las contribuciones.

gastar mas de lo que se tiene. El equilibrio en las finanzas nos conduce a finanzas sanas, el observar este principio nos proporciona una fuente de riqueza que garantiza el beneficio de la colectividad.

Actividad integradora: El artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De acuerdo con Carrasco, citando a Alfonso Cortina Gutiérrez, “si mexicanos o extranjeros gozan de los derechos básicos del hombre, también deben estar colocados en el mismo nivel en cuanto a sus obligaciones públicas, entre ellas, la del pago de impuesto” (2000:173).

Desarrollo: INFOGRAFIA:

Aspectos de forma: Señala la relación entre la actividad financiera del Estado y los campos de Derecho que la tratan. Indica los antecedentes directos del artículo 31, fracción IV, vigente. Señala autores y doctrina en la que se encuentra sustentado dicho artículo. https://create.piktochart.com/output/40479385-actividad-integradoram8u1s1

CONCLUSIONES: Es inevitable trasladarnos a los orígenes del cumplimiento de las contribuciones, si tomamos en cuenta que en la actualidad no son por iniciativa unilateral el que se deba tributar. Hay una relación estado y particulares implícita en las necesidades tanto de unos y otros, por lo tanto y derivado de esto, el hacer eficiente la actividad financiera del estado.

Para su completa comprensión y asimilación de las obligaciones fiscales, estas obligaciones deben estar fundamentadas en las leyes vigentes, pues sin ellas se hace nulo el cumplimiento de estas, nuestra Constitución, así lo determina, estas leyes emanadas de los poderes de la unión le dan eficacia, lo único que se demanda de los órganos fiscalizadores: que éstas sean reprochables, tanto para el que omite su pago, como para el que los recibe, les den el uso correcto para lo que fueron creados.

Diversos autores se han manifestado unos a favor y otros en contra de la imposición de estas contribuciones, al percibir que en determinadas ocasiones no son aplicadas adecuadamente. Sin embargo, también es de recalcar que varias de estas opiniones son de carácter positiva, con el fin de aportar

conocimiento de como se pueden emplear con claridad y trasparencia en beneficio de la sociedad en que nos desenvolvemos.

Referencia:

Referencias Carrasco Hiriarte, H. (2001). Derecho Fiscal I. México: IURE editores. Recuperado el 29 de agosto de 2019, de file:///C:/Users/52294/Documents/DERECHO%20FISCAL%201%20MODULO%20 8.pdf México, U. A. (s.f.). Derecho Fiscal. En P. UNADM. Recuperado el 29 de AGOSTO de 2019, de https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/ M8_DEOF/U1/S1/Descargables/DE_M8_U1_S1_TA.pdf Picktochart. (29 de Agosto de 2019). Presentaciones. Obtenido de https://create.piktochart.com/presentation Rodriguez Lobato, R. (s.f.). Derecho Fiscal Segunda edición. México: Oxford, University press. Recuperado el 29 de agosto de 2019, de file:///C:/Users/52294/Documents/derecho_fiscal_-_raul_rodriguez_lobato.pdf

LEGISLACION

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Jurisprudencia

Tesis: 2a. IX/2005. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena época, t. XXI, enero de 2005, p. 605.

Módulo 8 Obligaciones fiscales Unidad 1 Aspectos generales del derecho fiscal Sesión 2 Actividad financiera del estado Actividad 1, 2 e Integradora

Alumno: Enrique Ciro Gallardo Málaga ES 1821007997 Tercer semestre: LICENCIATURA EN DERECHO Docente: Lic. Shandybell Sedeño Estrada DE-DEPPJ-1902-M8-008 [email protected]

INTRODUCCION Las contribuciones que se reciben por diferentes rubros para el sostenimiento del estado tienen una regulación legislativa, con el fin de darle rumbo y certeza al destino de esos recursos que tienen, un fin especifico que cumplir. Ante ello todas las personas físicas y morales con las características legales de contribuyentes, deberán cumplir con esas obligaciones, debido a que esos recursos se les retribuyen en, servicios detallados objetivamente en el desarrollo del país.

El estado tiene la obligación legal de recibir las contribuciones y de emplearlos adecuadamente, siguiendo los pasos que le marca la normatividad como la Constitución y las leyes que de ella emanan, como la Ley federal de presupuestos y responsabilidad hacendaria, así como la ley de ingresos y la de la de presupuesto de egresos de la federación. Esto con el fin de darle certeza a los mismos, evitando así el mal manejo de estas contribuciones.

Actividad 1 Los ingresos del estado Para que el estado pueda cumplir con las necesidades de la población, es necesario ingresos, y estos solamente los puede obtener de la misma sociedad a la que representa. Para que se cumpla con esta actividad financiera es necesario y obligatorio que exista una norma que lo regule, y esta es la ley de ingresos.

Cuando se cumple con la responsabilidad de la recaudación de estos ingresos, se pasa a la etapa siguiente que es; el en que, y como gastarlo correctamente, pues el aspecto económico es muy importante para el desarrollo del país, para ello es necesario contar con un presupuesto anual que cubra todas las necesidades que se presentan para su desarrollo sostenible de cualquier país.

Esta actividad financiera esta compuesta de cuatro aspectos primordiales que se deberán seguir para su cabal función como son, el aspecto económico que visto desde el punto de vista objetivo es el que contempla la parte sustantiva del presupuesto; como obtener estos recursos, las inversiones que se tengan que emplear, así como en caso de déficit financiero, la via financiamiento con recursos de créditos privados, así como de recursos de créditos externos.

El aspecto político juega un papel importante en su obtención, la disposición para legislar y aprobar estos mecanismos que permitan el cumplimiento del presupuesto necesario para los requerimientos del ejecutivo para cumplir sus objetivos, son esenciales, tan importante es esta aprobación como la de la cámara de diputados, que basados en la norma aplicada, solo tienen que revisar así como adicionar sus puntos de vista, para que antes del cierre del año: se cuente con la certeza de un presupuesto, de no hacerlo se pondría en peligro el presupuesto del siguiente año y como consecuencia el

incumplimiento de las necesidades básicas de la población, así como el cumplimiento de las obligaciones del pago de la deuda externa.

El aspecto jurídico como columna formal en la estructura de la actividad financiera del estado, es el que le da certeza para poder navegar por la via legal para dar certidumbre y transparencia a la obtención de estos recursos, así mismo para todos los niveles de gobierno, federal, estatal, municipal y demas departamentos dependientes del presupuesto de egresos de la federación.

No podría dejarse fuera de contexto de este presupuesto a la parte mas sensible de la sociedad, el aspecto de los grupos sociales marginados y con mayor nivel de pobreza en el país, presupuestar solamente tomando en cuenta a los núcleos preponderantes del país por rendimiento económico y dejando de lado la parte sensible de la sociedad, seria atentar contra los derechos humanos de ese grupo marginado históricamente del país.

Ahora después de haber analizado los aspectos esenciales de la distribución del presupuesto de la federación, nos corresponde los rubros del cómo, el manejo y la aplicación de la actividad financiera del presupuesto. El imperio de la ley otorga diferentes facultades al estado para hacerse de recursos llámese contribuciones, prestamos o créditos que serán manejados por diversos órganos de la administración pública sujetos a disposiciones legales para ser regulados estos recursos en el gasto publico vital para que el estado pueda efectuar su gestión.

Los ejemplos que podemos señalar para la obtención de los ingresos son: LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2019 Via impuestos: artículo 1º •

Sobre los ingresos



Sobre el impuesto sobre la renta



Sobre el patrimonio



Sobre el impuesto al valor agregado

Sobre cuotas y aportaciones sociales ✓ Sobre aportaciones al INFONAVIT ✓ Fondos del sistema del retiro ✓ Otro tipos de cuotas de seguridad social Contribuciones ➢ Contribuciones de mejoras por obras publicas Derechos ➢ Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Público: Prestación de servicios. Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de

Servicios y Otros

Ingresos Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones. Y por los créditos adquiridos del extranjero.

Actividad 2

¿Cuál es la base de la programación del presupuesto? La inversión de fondos públicos La rendición de cuentas del Ejecutivo al legislativo La autorización al ejecutivo de poder disponer de esos fondos El parámetro para sujetar la disposición de los recursos al Ejecutivo ¿Qué documentos e instrumentos jurídicos son utilizados? El documento técnico de la cuenta pública que es elaborada por el Poder Ejecutivo Federal dirigido a la Cámara de Diputados, con información contenida del gasto de los tres poderes de la unión, así como de órganos constitucionalmente autónomos. El presupuesto de egresos de la federación, como norma jurídica formal y material La ley de ingresos de la federación en donde se incluyen los montos de deuda que se pueda contraer y aprobar para las necesidades de la Ciudad de México, así como de los estados de la federación. ¿Cuál es su función respectiva y cuál es su ciclo de su ejecución? Su función es el gasto publico con el fin de: - proporcionar servicios educativos y de salud; - construir carreteras y vivienda; - apoyar el desarrollo del campo; - generar y distribuir electricidad; - garantizar la soberanía y seguridad nacional; - procurar e impartir justicia entre otros.

Su ciclo de ejecución comprende del 1 de enero a 31 de diciembre de cada año. ¿Cuáles son los principios en que se rigen? Principio de anualidad: Artículo 74 fracción IV otorga la facultad a la cámara de diputados la aprobación del presupuesto de egresos de la federación. Principio de universalidad: Deberá conformarse con sentido incluyente en donde todas las dependencias del gobierno, de todos los niveles y aun las no incorporadas sean participes de la distribución del presupuesto. Principio de unidad: No existe motivo para que se elabore mas de un presupuesto, uno es suficiente para contemplar las partidas de gastos tanto del Poder ejecutivo, legislativo y judicial. Principio de especialidad: La designación de las partidas de gastos no deberán contener ambigüedades en su conformación, cada una deberán estar etiquetadas para su mejor aplicación y ejecución, de esta forma se conocerá a detalle los objetivos, tiempo y cantidades para cada necesidad. ¿Cuál es su orden de presentación en la elaboración del presupuesto público? -Claridad de los programas en sus objetivos y metas del proyecto -Estimación de ingresos -Ingresos y gastos reales del último ejercicio -Estimación de los ingresos y gastos del ejercicio fiscal en curso -Situación de la deuda publica -Situación de la tesorería, comparando el actual con el siguiente inmediato. -Conocimiento sobre las condiciones económicas hacendarias actuales y sus previsiones futuras.

tanto

financieras,

¿Cuáles son los tipos de gasto que lleva a cabo el Estado en sus diversos órganos, cuando se aplican los recursos? Mediante la aplicación del Plan Nacional de desarrollo se le da rumbo y racionalidad al presupuesto, as mismo sistematiza sus acciones, lo cual son las atribuciones del Ejecutivo Federal. La aplicación de estos recursos está enfocada primordialmente en la promoción de la actividad económica, social, política y cultural, velando siempre por la transformación de la realidad de la nación.

Define con tus propias palabras cada uno de sus tipos y señala sus respectivos ejemplos. Programas sectoriales: Deberá sujetarse al Plan Nacional de Desarrollo observando la estimación de los recursos y determinaciones referentes para su ejecución. Programas institucionales: Deberán prever las indicaciones contenidas en el plan, así como del programa sectorial correspondiente. Ajustándose en todo momento a la ley que la regula. Programas regionales: Enfocadas en regiones consideradas prioritarias y estratégicas, de acuerdo a los objetivos nacionales fijados en el Plan. Programas especiales: Aplicadas a las prioridades del desarrollo integral del país, así también en la actividad conjunta de mas de dos dependencias coordinadoras de sector. Programas prioritarios: Seguridad publica Educación Salud publica Fomento industrial Control de contaminación de agua Control de contaminación de agua Control de residuos solidos Promoción de desarrollo familiar y comunitario Apoyo a la vivienda Preservación y restauración del ecosistema entre otras.

ACTIVIDAD INTEGRADORA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO

https://prezi.com/view/KQPGj4WfQwNXfbBUDbzm/

conclusión: los ingresos del estado están regidos por la Constitución y sus leyes secundarias, por lo que la forma en la que deban de hacerse de ellas es siguiendo los lineamientos marcados en dichas normas, previendo la forma de ingresarlos así del como se gastaran esos recursos de los contribuyentes observando en todo momento todos los aspectos tanto económico, político, jurídico y social, en la forma que deberán de aplicarse dichos ingresos. Así mismo observando los principios que regirán la forma de obtenerlos dándole la formalidad requerida para ello, observando en todo momento que el presupuesto deberá pasar por la cámara de diputados, tomando en cuenta que este ejercicio del calculo del presupuesto, base de los ingresos que deberán obtenerse. Al elaborarse el presupuesto de forma anual, se observara en todo momento, en que rubros serán aplicados, que solo sea un solo presupuesto, así como los puntos específicos en los que se deberán aplicar estos recursos obtenidos de las contribuciones tributarias y no tributarias del que se conforma el presupuesto de egresos del estado.

Referencias Facultad de Economía UNAM. (s.f.). Los ingresos y el gasto público. En B. López Ortíz. Recuperado el 02 de septiembre de 2019, de http://herzog.economia.unam.mx/profesores/blopez/fiscal%20-%20Pres.%201.pdf México, U. A. (s.f.). Obligaciones Fiscales. En P. Unadm. Recuperado el 02 de Septiembre de 2019, de https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/ M8_DEOF/U1/S2/Descargables/DE_M8_U1_S2_TA.pdf PUBLICO, S. D. (s.f.). Egresos. Recuperado el 02 de septiembre de 2019, de http://www.shcp.gob.mx/EGRESOS/PEF/Tutorial/rsp01.pdf Reyes Jiménez, N. (2006). Derecho Fiscal. Recuperado el 02 de septiembre de 2019, de file:///C:/Users/52294/Documents/DERECHO%20FISCAL%202%20M8.pdf PREZI , Recuperado el 03 de septiembre de 2019, de https://prezi.com/login/

LEGISLACION CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL. CÓDIGO FISCAL FEDERAL

Módulo 8 Obligaciones fiscales Unidad 1 Aspectos generales del derecho fiscal Sesión 3 Potestad tributaria y competencia tributaria Actividad 1,2 y actividad integradora

Alumno: Enrique Ciro Gallardo Málaga ES 1821007997 Tercer semestre: LICENCIATURA EN DERECHO Docente: Lic. Shandybell Sedeño Estrada DE-DEPPJ-1902-M8-008 [email protected]

INTRODUCCION

Dotar

de

certeza

jurídica

a

la

obtención

de

contribuciones

correspondientes a la sociedad, es primordial, quien se encarga de regular esta actividad es el derecho fiscal, como una rama del derecho positivo, que posee se forma de sus mismas fuentes formales de derecho, lo que dota de potestad al legislativo para dictar las leyes que sean adecuadas para crear, modificar o suprimir tributos.

Esta potestad tributaria, función del legislativo es necesaria para las necesidades que requiere el estado para cumplir con la misión que le corresponde de hacerse de recursos, con los cuales, cubre las demandas del desarrollo del país, así mismo para proteger a socialmente a las partes más desprotegidas del país.

La imposición de contribuir, la encontramos en la ley perfeccionada para tal efecto, por lo que tanto a la federación, los estados federalizados y los municipios, se les faculta para ser receptores de los recursos correspondientes en el ramo de contribuciones a las que están obligadas, tanto las personas físicas: como morales.

Básicamente observar y comprender las leyes que se crearon para darle certeza jurídica al cobro de contribuciones, nos corresponde el conocer a todos los involucrados, pero especialmente al personal técnico y jurídico para su total cumplimiento. La ignorancia de como se debe de llevar el proceso de recaudación, no se exime de culpa por desconocimiento, asesorarnos y asesorar a quienes carezcan de estos conocimientos, nos compromete a capacitarnos en el tema correspondiente.

Actividad uno: Facultad legislativa del estado en materia fiscal Responde a las siguientes preguntas: ¿En que consisten las tres funciones de la potestad tributaria del estado? NORMATIVA, ADMINISTRATIVA Y JURISDICCIONAL ¿Cómo se regula la facultad de generar normas en materia fiscal? Mediante leyes sustantivas ejercidas por el poder legislativo llamada potestad tributaria, su limite lo encontramos en el articulo 49 de la Constitución, se deposita esta facultad en el congreso dividido en las dos cámaras, la de diputados y la de senadores. La parte adjetiva la podemos encontrar en las normas regulatorias para ejercer o hacer efectivos los derechos y obligaciones. La regulación de esta facultad inicia desde el artículo 31 fracción IV sobre la obligación de contribuir a los gastos públicos de la federación y del articulo 73 fracciones VII y el XXIX de las atribuciones y limitantes de los legisladores para imponer las contribuciones, así como su establecimiento. Atendiendo en todo momento los principios de proporcionalidad y equidad y el principio de legalidad “las autoridades solo pueden hacer lo que la ley les permite. ¿Cómo se prevé legislativamente en la esfera administrativa, el cumplimiento de las leyes fiscales? Dictando normas que faciliten a los particulares el cumplimiento de las contribuciones, por disposiciones generales imperativos y abstractos denominados reglamentos administrativos. Sus limite naturales que le dan formalidad se encuentran en el artículo 4º del código fiscal de la federación y en el último párrafo del artículo 16 constitucional, donde se faculta a la autoridad administrativa para practicar visitas domiciliarias, donde se les presenten los libros y papeles indispensables que les comprueben que se han acatado las disposiciones fiscales, y así poder determinar las contribuciones omitidas como: Créditos fiscales y la comisión de delitos fiscales.

¿Cómo es señalada legislativamente la función jurisdiccional tributaria? La residencia tributaria permite y limita la jurisdicción tributaria de los estados y de los municipios del territorio nacional. Esto limita la jurisdicción impositiva de los estados y municipios únicamente a su marco legal de competencia, con esto se obliga al contribuyente a pagar sus impuestos a que haya lugar respetando únicamente al estado y municipio de residencia, sin que estos pretendan ser receptores o cobrar doble tributo federal, coaccionando a los causantes a hacerlo.

Actividad 2. Autoridades administrativas y organismos autónomos fiscales. Completa la siguiente tabla: Autoridades en materia tributaria por nivel de gobierno Secretaría de Hacienda y Crédito Público Articulo 31 de la ley orgánica de la administración publica federal

Funciones

- Proyectar y calcular los ingresos de la federación y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la Administración Pública Federal. - Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la federación. - Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables, así como vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

Servicio de Administración Tributaria.

I.- Recaudar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios de acuerdo a la legislación aplicable;

Artículo 7o. El Servicio de Administración Tributaria.

IV.- Determinar, liquidar y recaudar las contribuciones, aprovechamientos federales y sus accesorios cuando, conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte, estas atribuciones deban ser ejercidas por las autoridades fiscales y aduaneras del orden federal; V. Ejercer aquéllas que, en materia de coordinación fiscal, correspondan a la administración tributaria; XI. Localizar y listar a los contribuyentes con el objeto de ampliar y mantener actualizado el registro respectivo; XII. Allegarse la información necesaria para determinar el origen de los ingresos de los contribuyentes y, en su caso, el cumplimiento correcto de sus obligaciones fiscales. XIII. Proponer, para aprobación superior, la política de administración tributaria y aduanera, y ejecutar las acciones para su aplicación.

Secretaría de Finanzas

II. Elaborar el presupuesto de ingresos de la Entidad que servirá de base para la formulación de la iniciativa de Ley de Ingresos del Distrito Federal;

Articulo 30 de la ley orgánica de la administración pública del distrito federal.

IV. Recaudar, cobrar y administrar los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos, aprovechamientos y demás ingresos a que tenga derecho el Distrito Federal en los términos de las leyes aplicables; VI. Determinar, recaudar y cobrar los ingresos federales coordinados, con base en las leyes, convenios de coordinación y acuerdos que rijan la materia. IX. Vigilar y asegurar en general, el cumplimiento de las disposiciones fiscales

Tesorería Reglamento de la ley de la tesorería de la federación.

Artículo 4. Para efectos del artículo 6, segundo párrafo de la Ley, quienes ejerzan Funciones de tesorería rendirá cuentas por el manejo de los Recursos y Valores, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, mediante los reportes y la documentación comprobatoria y justificativa que muestre el detalle de las operaciones de ingreso y egreso realizadas durante el periodo que se trate.

Tesorería municipal

Artículo 10.- Al titular de la Dirección de Rezagos y Ejecución Fiscal, le corresponde el despacho de las siguientes atribuciones:

Reglamento interior de la tesorería municipal del ayuntamiento de Cuernavaca.

V.- Proponer al Director General de Ingresos y Recaudación, los programas y acciones necesarios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y fomentar su cumplimiento voluntario. XIX.- Determinar créditos fiscales, requerir su pago, imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones fiscales, fijar garantías y accesorios para asegurar el interés fiscal del Municipio. Con fundamento en la Constitución en su artículo 115 fracción IV incisos a) y c) solo podrán hacer cobros por contribuciones de carácter inmobiliario y por los servicios municipales que ofrece, así mismo no cuentan con potestad tributaria; le corresponde al estado legislar al respecto.

Organismos autónomos Instituto Mexicano del Seguro Social Ley del instituto mexicano del seguro social.

Funciones Artículo 39 C. En el caso en que el patrón o sujeto obligado no cubra oportunamente el importe de las cuotas obrero patronales o lo haga en forma incorrecta, el Instituto podrá determinarlas presuntivamente y fijarlas en cantidad líquida, con base en los datos con que cuente o con apoyo en los hechos que conozca con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación de que goza como autoridad fiscal o bien a través de los expedientes o documentos proporcionados por otras autoridades fiscales Articulo 40 E VI. Garantizar el interés fiscal en términos del Código. En el articulo 271 de la Ley del seguro social se menciona lo que se debe aportar al Instituto, el código fiscal de la federación en su artículo 2º fracción II reglamenta la forma de como las cuotas patronales del tipo patronal pasan a formar parte de la seguridad social. Sus funciones fiscales son recaudar, administrar, determinar, liquidar y cobrar las cuotas patronales. De ahí su denominación de organismo fiscal autónomo.

Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Sus funciones fiscales son determinar, liquidar, requerir pagos, recibirlos, cobrarlos y en su caso fundamentado en el artículo 2º del instituto, ejecutar las aportaciones patronales, así como los pagos omitidos; esto en el ambito de sus facultades fiscales.

Reflexiona entorno a lo siguiente:

¿Cuál consideras que es la razón de ser de los organismos autónomos fiscales? Al formar parte de la estructura de la administración tributaria, se encarga del cobro de diversas obligaciones tributarias, esto como forma de ayudar al estado en este ejercicio de recaudacion y administración de las aportaciones de seguridad social.

Actividad integradora. Funciones de la potestad tributaria del Estado De manera sintética y tal como se había señalado, la potestad tributaria está constituida por la función normativa, administrativa y jurisdiccional. Para explicar cada una, realiza la siguiente actividad: Aspectos de contenido: Explica las tres funciones de la potestad tributaria del Estado. Indica el fundamento legal de dichas funciones. Describe la competencia de sus autoridades conforme a la función que le corresponde de la potestad tributaria del Estado. Presentación: https://youtu.be/hpJKmc5AhbI

Conclusiones: Las contribuciones que se aportan juegan un papel preponderante en el país, pues de ello depende su desarrollo y cubrir las necesidades tanto de infraestructura, y de las carencia de los núcleos de población mas desprotegidos, dando como resultado el fortalecimiento de la sociedad, que al final se cumple con el propósito del pago de estas contribuciones. Es determinante la aprobación anual de la ley de ingresos y presupuesto, pues de ello depende las expectativas que se puedan realizar el siguiente año. Les corresponde a las autoridades administrativas y de los organismos autónomos en materia fiscal, el determinar, cobrar y sobre todo el administrar adecuadamente los recursos que le sean asignados para una buena actividad financiera.

Referencias Carrasco Iriarte, H. (2001). Derecho Fiscal I. México: IURE. Recuperado el 07 de SEPTIEMBRE de 2019, de file:///C:/Users/52294/Documents/DERECHO%20FISCAL%201%20MODULO%20 8.pdf México, U. A. (s.f.). Potestad tributaria. México. Recuperado el 07 de septiembre de 2019, de https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/ M8_DEOF/U1/S3/Descargables/DE_M8_U1_S3_TA.pdf PRODECON.gob. (s.f.). Contribuyente. México. Recuperado el 07 de septiembre de 2019, de https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/Cultura%20Contributiva/publicaciones/j unio6/files/downloads/todo_loq_contribuyente_junio%5B2%5D.pdf you tube. (s.f.). Recuperado el 07 de septiembre de 2019, de https://www.youtube.com/?gl=MX&hl=es-419

LEGISLACION:  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos  Ley orgánica de la administración pública federal  Ley de la secretaria de hacienda y crédito publico  Ley del servicio de administración tributaria  Ley del instituto mexicano del seguro social  Ley de instituto nacional del fondo de la vivienda de los trabajadores  Código fiscal de la federación.