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SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE LIMA: Sírvase extender en su registro de Escrituras Públicas una de INDEPENDIZACIÓN, MODIFICACI

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SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE LIMA: Sírvase extender en su registro de Escrituras Públicas una de INDEPENDIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO INTERNO, COMPRA VENTA Y ACUMULACIÓN qué celebran de una parte, como;  LOS VENDEDORES I: El Señor CARLOS HUMBERTO VERA SOUSA, identificado con DNI N° 06761219, casado con la Señora BETTY VELEZ LOZANO DE VERA, identificada con D.N.I N° 08728447, con domicilio común en Calle Paris N° 229, Departamento 101, San Miguel;  LOS VENDEDORES II: El Señor CARLOS MOISES LAGRAVERE CONTRERAS, identificado con D.N.I. N° 08710158, casado con la Señora MARGARITA GARCÍA CHAVEZ DELAGRAVERE, identificada con D.N.I. N° 08710159, con domicilio común en Calle Paris 227, Departamento 201, San Miguel;  EL VENDEDOR III: El Señor ROBERTO SHIMABUKURO MORIKONE, identificado con D.N.I. N° 07465346, de estado civil soltero, con domicilio en Calle Paris N° 227, Departamento 301, San Miguel;  LOS COMPRADORES, el Señor JOSE ANTONIO SHIMABUKURO MORIKONE, identificado con D.N.I. N° 09436224, casado con la Señora GUILIANA MICHELLE HIGA MIYASHIRO, identificada con D.N.I. N° 25741263, con domicilio común para estos efectos en Calle Paris N° 227, Departamento 301, San Miguel; En los términos y condiciones siguientes: PRIMERO : ANTECEDENTES: 1.1.

1.2.

1.3.

1.4.

LOS VENDEDORES I son propietarios del inmueble constituido por el departamento N° 101 del primer piso que tiene ingreso por Calle Paris N° 227, distrito de San Miguel, cuyos linderos y medidas perimétricas constan inscritas en la PE N° 49042186 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. LOS VENDEDORES II son propietarios del inmueble constituido por el departamento N° 201 del segundo piso que tiene ingreso por Calle Paris N° 227, distrito de San Miguel, cuyos linderos y medidas perimétricas constan inscritas en la PE N° 49042187 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. EL VENDEDOR III es propietario del inmueble constituido por el departamento N° 301 del segundo piso que tiene ingreso por Calle Paris N° 227, distrito de San Miguel, cuyos linderos y medidas perimétricas constan inscritas en la PE N° 49042188 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. LOS COMPRADORES son propietarios del inmueble constituido por el departamento N° 301 del segundo piso que tiene ingreso por Calle Paris N° 227, distrito de San Miguel, cuyos linderos y medidas perimétricas constan inscritas en la PE N° 11263469 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima.

SEGUNDO: SOBRE EXCLUSIVO: 2.1.

LA

INDEPENDIZACIÓN

DE

UNIDADES

DE

DOMINIO

Es voluntad de LOS VENDEDORES I independizar el segundo nivel del inmueble de su propiedad, el mismo que tendrá los siguientes linderos y medidas perimétricas;

Azotea 1; Con ingreso por la Calle París N° 227, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente; Línea recta de 3.30 m., linda parte con la Azotea 1. Derecha; Línea recta de 3.15 m., linda con la Azotea 1. Izquierda; Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero del frente miden 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 1.575 m., lindando los t r e s tramos con la Azotea N° 1. Fondo; Línea recta de 3.80 m., linda con propiedad de terceros. Area Ocupada- 11.18 m2. Como consecuencia de la independización indicada en el presente numeral, el inmueble inscrito en la PE N° 49042186 queda reducido a los siguientes linderos y medidas perimétricas: Departamento 101: Frente: Línea quebrada de siete tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.80 m., a la derecha con 3.45 m., a la izquierda 1.50 m., a la derecha con 0.75 m., a la izquierda con 2.30 m., a la derecha con 0.45 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 1.40 m., lindando el primero y segundo tramo con la zona de áreas comunes y caja de escalera; el tercer, cuarto, quinto, sexto y sétimo tramo con la zona común de los aires delanteros. Derecha: Línea recta de 14.35 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m., a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta encontrar el lindero de! fondo con 4.00 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo, tercer y cuarto tramo con el pozo de luz y ducto de ventilación N** 2, el quinto tramo con propiedad de terceros. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 4.85 m., a la derecha con 1.90, a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo y tercer tramos con el pozo de luz y ducto de ventilación N* 1. Area techada: 99.06 m ^ Arca Ocupada; 99.06 m^

2.2.

Es voluntad de LOS VENDEDORES II independizar el segundo nivel del inmueble de su propiedad, el mismo que tendrá los siguientes linderos y medidas perimétricas; Azotea 1; Con ingreso por la Calle París N° 227, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente; Línea recta de 3.30 m., linda parte con la Azotea 1. Derecha; Línea recta de 3.15 m., linda con la Azotea 1. Izquierda; Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero del frente miden 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 1.575 m., lindando los t r e s tramos con la Azotea N° 1. Fondo; Línea recta de 3.80 m., linda con propiedad de terceros. Area Ocupada- 11.18 m2

Como consecuencia de la independización indicada en indicada en el presente numeral, el inmueble inscrito en la PE N° 49042187 queda reducido a los siguientes linderos y medidas perimétricas:

Departamento 201: Frente: Línea quebrada de siete tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.80 m., a la derecha con 3.45 m., a la izquierda 1.50 m., a la derecha con 0.75 m., a la izquierda con 2.30 m., a la derecha con 0.45 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 1.40 m., lindando el primero y segundo tramo con la zona de áreas comunes y caja de escalera; el tercer, cuarto, quinto, sexto y sétimo tramo con la zona común de los aires delanteros. Derecha: Línea recta de 14.35 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m., a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta encontrar el lindero de! fondo con 4.00 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo, tercer y cuarto tramo con el pozo de luz y ducto de ventilación N** 2, el quinto tramo con propiedad de terceros. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 4.85 m., a la derecha con 1.90, a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo y tercer tramos con el pozo de luz y ducto de ventilación N* 1. Area techada: 99.06 m ^ Arca Ocupada; 99.06 m^ 2.3.

Es voluntad de EL VENDEDOR III independizar el segundo nivel del inmueble de su propiedad, el mismo que tendrá los siguientes linderos y medidas perimétricas; Azotea 1; Con ingreso por la Calle París N° 227, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente; Línea recta de 3.30 m., linda parte con la Azotea 1. Derecha; Línea recta de 3.15 m., linda con la Azotea 1. Izquierda; Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero del frente miden 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 1.575 m., lindando los t r e s tramos con la Azotea N° 1. Fondo; Línea recta de 3.80 m., linda con propiedad de terceros. Area Ocupada- 11.18 m2

Como consecuencia de la independización indicada en indicada en el presente numeral, el inmueble inscrito en la PE N° 49042188 queda reducido a los siguientes linderos y medidas perimétricas: Departamento 201: Frente: Línea quebrada de siete tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.80 m., a la derecha con 3.45 m., a la izquierda 1.50 m., a la derecha con 0.75 m., a la izquierda con 2.30 m., a la derecha con 0.45 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 1.40 m., lindando el primero y segundo tramo con la zona de áreas comunes y caja de escalera; el tercer, cuarto, quinto, sexto y sétimo tramo con la zona común de los aires delanferos. Derecha: Línea recta de 14.35 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m., a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta encontrar el lindero de! fondo con 4.00 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo, tercer y cuarto tramo con el pozo de luz y ducto de ventilación N** 2, el quinto tramo con propiedad de terceros. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 4.85 m., a la derecha con 1.90, a la izquierda hasta encontrar el lindero de la

derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo y tercer tramos con el pozo de luz y ducto de ventilación N* 1. Area techada: 99.06 m ^ Arca Ocupada; 99.06 m^ 2.4.

Es voluntad de LOS COMPRADORES independizar el segundo nivel del inmueble de su propiedad, el mismo que tendrá los siguientes linderos y medidas perimétricas; Azotea 1; Con ingreso por la Calle París N° 227, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente; Línea recta de 3.30 m., linda parte con la Azotea 1. Derecha; Línea recta de 3.15 m., linda con la Azotea 1. Izquierda; Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero del frente miden 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 1.575 m., lindando los t r e s tramos con la Azotea N° 1. Fondo; Línea recta de 3.80 m., linda con propiedad de terceros. Area Ocupada- 11.18 m2

Como consecuencia de la independización indicada en indicada en el presente numeral, el inmueble inscrito en la PE N° 11263469 queda reducido a los siguientes linderos y medidas perimétricas: Departamento 201: Frente: Línea quebrada de siete tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.80 m., a la derecha con 3.45 m., a la izquierda 1.50 m., a la derecha con 0.75 m., a la izquierda con 2.30 m., a la derecha con 0.45 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 1.40 m., lindando el primero y segundo tramo con la zona de áreas comunes y caja de escalera; el tercer, cuarto, quinto, sexto y sétimo tramo con la zona común de los aires delanferos. Derecha: Línea recta de 14.35 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m., a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta encontrar el lindero de! fondo con 4.00 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo, tercer y cuarto tramo con el pozo de luz y ducto de ventilación N** 2, el quinto tramo con propiedad de terceros. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 4.85 m., a la derecha con 1.90, a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo y tercer tramos con el pozo de luz y ducto de ventilación N* 1. Area techada: 99.06 m ^ Arca Ocupada; 99.06 m^

TERCERO: SOBRE LA INDEPENDIZACIÓN DE UNIDADES DE DOMINIO COMÚN: 3.1.

LOS OTORGANTES acuerdan independizar un área de las zonas de propiedad común (áreas comunes) ubicada en la Azotea del edificio, cuyos linderos y medidas perimétricas son los siguientes: Azotea 1; Con ingreso por la Calle París N° 227, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente; Línea recta de 3.30 m., linda parte con la Azotea 1. Derecha; Línea recta de 3.15 m., linda con la Azotea 1.

Izquierda; Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero del frente miden 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 1.575 m., lindando los t r e s tramos con la Azotea N° 1. Fondo; Línea recta de 3.80 m., linda con propiedad de terceros. Area Ocupada- 11.18 m2 Como consecuencia de la Independización efectuada, el área y las zonas comunes remanentes quedan en la proporción y pareas que se indican a continuación: Área común: …………. Frente: ……………………….. Derecha: ……………… Izquierda:……………………. Fondo: …………………………….. Área Ocupada: …………………………. CUARTO: SOBRE LA COMPRA VENTA 4.1.

4.2.

4.3.

Por el presente contrato, LOS VENDEDORES I dan en venta real y enajenación perpetua en favor de la LOS COMPRADORES la Azotea 1, descrita en la cláusula segunda que antecede, comprendiéndose en la venta, los usos, costumbres, servidumbres, entradas, salidas y en general todo cuanto de hecho y por derecho corresponde a tal inmueble, sin reserva ni limitación alguna. Por el presente contrato, LOS VENDEDORES II dan en venta real y enajenación perpetua en favor de la LOS COMPRADORES la Azotea 2, descrita en la cláusula segunda que antecede, comprendiéndose en la venta, los usos, costumbres, servidumbres, entradas, salidas y en general todo cuanto de hecho y por derecho corresponde a tal inmueble, sin reserva ni limitación alguna. Por el presente contrato, EL VENDEDOR III da en venta real y enajenación perpetua en favor de la LOS COMPRADORES la Azotea 3, descrita en la cláusula segunda que antecede, comprendiéndose en la venta, los usos, costumbres, servidumbres, entradas, salidas y en general todo cuanto de hecho y por derecho corresponde a tal inmueble, sin reserva ni limitación alguna.

QUINTO: El precio de venta pactado de común acuerdo entre las partes contratantes es 5.1.

5.2.

5.3.

US $ 3,000.00 (TRES M I L Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que pagarán LOS COMPRADORES a LOS VENDEDORES I a la firma de la Escritura Pública que la presente minuta origine sin más constancia de su entrega, recepción y cancelación que la firma de dicho instrumento. US $ 3,000.00 (TRES M I L Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que pagarán LOS COMPRADORES a LOS VENDEDORES II a la firma de la Escritura Pública que la presente minuta origine sin más constancia de su entrega, recepción y cancelación que la firma de dicho instrumento. US $ 3,000.00 (TRES M I L Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que pagarán LOS COMPRADORES a EL VENDEDOR III a la firma de la Escritura Pública que la presente minuta origine sin más constancia de su entrega, recepción y cancelación que la firma de dicho instrumento.

SEXTO: Las partes contratantes declaran que entre el inmueble que se vende y el precio estipulado existe la más justa y perfecta equivalencia, y que, si alguna diferencia hubiere de más o menos valor, se hacen mutua gracia y recíproca donación, renunciando en consecuencia a cualquier acción posterior que tienda a invalidar los efectos legales del presente contrato. SETIMO: LOS VENDEDORES I, LOS VENDEDORES II Y EL VENDEDOR III declaran que sobre los inmuebles que venden no pesa ninguna hipoteca, gravamen, cargo, embargo, ni medida judicial o extrajudicial, que en alguna forma limite o restrinja su derecho de propiedad y libre disposición, obligándose sin embargo a la evicción y saneamiento de ley. OCTAVO: LOS COMPRADORES asumen el pago del impuesto al patrimonio predial a partir de la fecha en que se suscribe la presente minuta, así como también el pago de pensiones de agua, luz, y tributos municipales que correspondan a los bienes materia de venta. NOVENO: LOS COMPRADORES se comprometen a acatar las disposiciones del reglamento Interno de Propiedad Horizontal del edificio donde se encuentran los inmuebles materia del presente contrato, el cual declaran conocer.

DÉCIMO: SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO SOBRE LA ACUMULACIÓN DE INMUEBLES. DECIMO: LOS COMPRADORES, en virtud de los actos celebrados en el presente contrato y descrito en la cláusula anteriores son propietarios de los siguientes inmuebles: Unidad Inmobiliaria Cuatro : Azotea 1 Con ingreso por la Calie París N° 227, Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.65 m., a la derecha con 5.10 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 5.35 m. en línea semi-curva, lindando el primer tramo con la coja de escalera, el segundo tramo con la caja de escalera y con parte de los aires delanteros y el tercer tramo con la zona común de ios aires delanteros. Derecha: Línea quebrada de siete tramos que contados a p a r t i r del lindero del f r e n te miden 7.25 m., a la izquierda con 3.15 m., a la derecha con 3.30 m., a la derecha con 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha con 1.575 m., a la izquierda hasta llegar al lindero del fondo con 3.30 m., linda el primer y último tramo con propiedad de terceros, y el segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto tramo con la Azotea N* 2, Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m . , , dobla a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta llegar al lindero del fondo con 4.00 m., lindando el primer y último tramo con propiedad de terceros y el segundo, tercero y cuarto tramo con el Pozo de Luz y Ducto de Ventilación N° 2. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 4.85 m., a la derecha con 1.90 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la

derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, y, el segundo y tercer tramo con el Pozo de Luz y ducto de Ventilación N** 1. Area Ocupada; 90.98 m^ Azotea 2: Frente; Línea recta de 3.30 m., linda parte con la Azotea N° 1. Derecha; Línea recta de 3.15 m., linda con la Azotea N° 1. Izquierda: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 1.575 m., a la izquierda con 0.50 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 1.575 m., lindando los t r e s tramos con la Azotea 1 Fondo: Línea recta de 3.80 m., linda con propiedad de terceros. Area Ocupada; 11.18 m^ DECIMO PRIMERO: Es voluntad de los compradores acumular las unidades independientes de su propiedad, adquiridas en mérito al presente contrato y descritas en la cláusula décimo novena que antecede, formando una única unidad inmobiliaria que tendrá las siguientes características: UNIDAD INMOBILIARIA 4: Con ingreso por la Calle París N* 227, D i s t r i t o de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima. Frente: Línea quebrada de t r e s tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.65 m., a la derecha con 5.10 m., a la izquierda hasta encontrar el ¡inóero de la derecha con 5.35 m. en línea semi-curva, lindando el primer tramo con la caja de escalera; el segundo tramo con la caja de escalera y con parte de ios aires delanteros y el tercer tramo con la zona común de los aires delanteros. Derecha: Línea recta de 14.35 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m., , dobla a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta llegar al lindero del fondo con 4.00 m., lindando el primer y último tramo con propiedad de terceros y el segundo, tercero y cuarto tramo con el Pozo de Luz y Ducto de Ventilación N** 2. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de lo izquierda miden 4.85 m., a la derecha con 1.90 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, y, el segundo y tercer tramo con el Pozo de Luz y ducto de Ventilación N° 1. Arca Ocupada: 102.16 m^ V. SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL HORIZONTAL

REGLAMENTO INTERNO DE PROPIEDAD

DECIMO SEGUNDO: Como consecuencia de las modificaciones hechas en los inmuebles, producto de las independizaciones y acumulaciones hechas en la fecha, los propietarios de las diversas unidades inmobiliaria han considerado conveniente modificar el Reglamento Interno de Propiedad Horizontal. En consecuencia, los propietarios ROBERTO SHIMABUKURO MORIKONE, JOSE ANTONIO SHIMABUKURO MORIKONE, GIULIANA MICHELLE HIGA AAIYASHIRO, CARLOS HUMBERTO VERA SOUSA, BETTY VELEZ LOZANO DE VERA, CARLOS MOISES LAGRAVERE CONTRERAS, MARGARITA GAfKClA CHAVEZ DE LAGRAVERE, acuerdan modificar el Reglamento Interno de Propiedad Horizontal en los siguientes términos:

CAPITULO I : DE LAS UNIDADES INMOBILIARIAS, BIENES DE PROPIEDAD COMÚN, SERViaOS COMUNES. Artículo Primero: Los inmuebles a los que se refiere el presente Reglamento Interno de Propiedad Horizontal son los siguientes: Unidad Inmobiliaria Motriz: Inmueble construido sobre el lote 8 de la manzana H de la Urbanización Residencial Callao, del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, el cual en la actualidad se encuentra signado como Calle París 227 y 229, con un área superficial de 150 m^, encerrado, según consta en la Ficha N° 165784 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, de los siguientes linderos y medidas perimétricas: Frente: Calle París con 8.00 m. Derecha: Propiedad de Terceros con 18.75 m. Izquierda: Propiedad de Terceros con 18.75 m. Fondo: Propiedad de Terceros con 8.00 m. Sobre el área de dicho terreno se encuentra construido un edificio de t r e s pisos y azotea para futura ampliación, del cual forman parte los siguientes inmuebles: Departamento 101: Frente: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 1.50 m., a la derecha con 3.20 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 6.50 m., lindando el primero y segundo tramo con la zona de áreas comunes y caja de escalera; el tercer tramo con la calle Paris. Derecha: Línea recta de 18.75 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea recta de 15.55 m., linda con propiedad de terceros. Fondo: Línea recta de 8.00 m., linda con propiedad de terceros Area techada: 109.70 m^ Area Ocupada: 145.20 m^ Departamento 201: Frente: Línea quebrada de siete tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.80 m., a la derecha con 3.45 m., a la izquierda 1.50 m., a la derecha con 0.75 m., a la izquierda con 2.30 m., a la derecha con 0.45 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 1.40 m., lindando el primero y segundo tramo con la zona de áreas comunes y cAja de escalera; el tercer, cuarto, quinto, sexto y sétimo tramo con la zona común de los aires delanteros. Derecha: Línea recta de 14.35 m., linda con propiedad de terceros. Izquierda: Línea quebrada de cinco tramos que contados a partir del lindero del f r e n t e miden 4.40 m., a la derecha con 3.55 m., a la izquierda con 3.60 m., a la izquierda con 3.55 m., a la derecha hasta encontrar el lindero del fondo con 4.00 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo, tercer y cuarto tramo con el pozo de luz y ducto de ventilación N** 2, el quinto tramo con propiedad de terceros. Fondo: Línea quebrada de tres tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 4.85 m,, a la derecha con 1.90, a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 3.15 m., lindando el primer tramo con propiedad de terceros, el segundo y tercer tramos con el pozo de luz y ducto de ventilación N° 1. Area techada: 99.06 m^ Area Ocupada: 99.06 m^

Departamento 301; Frente: Línea quebrada de siete tramos que contados a partir del lindero de la izquierda miden 2.80 m., a la derecha con 3.45 m., a la izquierda 1.50 m., a la derecha con 0.75 m., a la izquierda con 2.30 m., a la derecha con 0.45 m., a la izquierda hasta encontrar el lindero de la derecha con 1.40 m., lindando el primero y segundo tramo Í; .WHl:o«'^^p.oa