MINISTERIO DEL AMBIENTE MONOGRAFIA

“UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA” FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ASIGNATURA : DERECHO AMBIENTAL

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“UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA” FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ASIGNATURA :

DERECHO AMBIENTAL

CATEDRA

:

EDGAR PAREDES ACHING

ALUMNOS

:

QUIROZ AMASIFUEN SANDALY MENDOZA YOUNG GREX LEE

TEMA

NIVEL/ CICLO

:

MINISTERIO DEL AMBIENTE

:

IV/VIII

IQUITOS PERÚ 2019

DEDICATORIA Dedico el presente trabajo a todos los alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas en especial a los que tengan gran interés en la investigación de los distintos temas jurídicos, a nuestra alma mater UNAP por permitirnos ser parte de esta prestigiosa Institución. ATTE.

Los Integrantes

2

AGRADECIMIENTO

Agradecemos a nuestros padres por los consejos y el tiempo que nos brindaron para poder desarrollar el presente trabajo con más profundidad, al Dr. Edgar Paredes Aching, por sus enseñanzas de su catedra que fortalece nuestros conocimientos.

El presente trabajo va dirigido con una expresión de gratitud para nuestros distinguidos maestros y estudiantes de derecho, que, con nobleza y entusiasmo, vertieron todos sus conocimientos en nuestras almas; Y a nuestra querida Alma Mater UNAP, porque en sus aulas recibimos las más gratas enseñanzas que nunca olvidaremos.

ATTE. Los Integrantes

3

INDICE

INTRODUCCIÓN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE 1. MARCO NORMATIVO. 2. LOS MINISTERIOS.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .6

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7

3. FUNCION DE LOS MINISTERIOS.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7

4. ESTRUCTURA ORGANICA DE LOS MINISTERIOS. 5. EL AMBIENTE Y EL DERECHO AMBIENTAL. 6. MINISTERIO DEL AMBIENTE.

................................8

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9

7. OBJETO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9

8. OBJETIVO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .9

9. COMPETENCIA Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE.

. . . . . . . . . . . . . . . . . .10

9. 1 FUNCIONES GENERALES.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ... ....10

9.1.1 Funciones Rectoras.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .10

9.1.2 Funciones Técnico Normativas. 9.2 FUNCIONES ESPECÍFICAS.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10

10. ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE. 10.1 ORGANOS DE ALTA DIRECCION. 10.2 ORGANOS CONSULTIVOS. 10.3 ORGANO RESOLUTIVO.

. . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12

10.4 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL. 10.5 ORGANO DE DEFENZA JURIDICA. 10.6 ORGANOS DE ASESORANIENTO. 10.7 ORGANOS DE APOYO. 10.8 ORGANOS DE LINEA.

ANEXOS.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . 13

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. 14

11. ORGANOS PUBLICOS ADSCRITOS. CONCLUSIONES.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . 16

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . 17

BIBLIOGRAFÍA.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .18

ENLACES WEB DE CONSULTA.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 4

INTRODUCCIÓN Por medio del presente trabajo, se pretende explicar la conformación del Ministerio del Ambiente, de la Ley de creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente – MINAM, estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica básica y sus funciones, desde el marco normativo; de los ministerios y sus funciones, su estructura orgánica; y los órganos adscritos. Para lograr dicho fin es necesario que desarrollaremos términos que son necesarios, para poder tener un espectro más amplio de lo que encontraremos en el presente trabajo, confiamos en que el presente trabajo servirá de ayuda para todos los estudiantes y personas que necesiten conocer acerca del Ministerio del Ambiente y sus funciones.

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EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

1. MARCO NORMATIVO La presente ley presenta el siguiente Marco Normativo1: a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. c) Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales. d) Ley Nº 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica. e) Ley Nº 27104, Ley de Prevención de Riesgos Derivados del uso de la Biotecnología. f) Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos. g) Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. h) Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. i) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. j) Ley Nº 27811, Ley que establece el Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas vinculados a los Recursos Biológicos. k) Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. l) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. m) Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental y su modificatoria. n) Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. o) Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente. p) Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. q) Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. r) Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. s) Ley Nº 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un periodo de 10 años. t) Ley Nº 30215, Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos. u) Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.

1

Artículo 6 del Decreto Supremo 002-2017-MINAM

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v) Decreto Supremo Nº 030-2005-AG, aprueba el Reglamento para la Implementación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) en el Perú, modificado por Decreto Supremo Nº001-2008-MINAM. w) Decreto Supremo Nº 003-2009-MINAM, Eleva a rango de Decreto Supremo la Resolución Ministerial Nº 087-2008-MINAM y ratifica la aprobación del Reglamento de Acceso a los Recursos Genéticos. x) Decreto Supremo Nº 001-2012-MINAM, aprueba el Reglamento Nacional para la Gestión y manejos de los residuos y aparatos eléctricos y electrónicos. y) Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. z) Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. aa) Decreto Legislativo Nº 1039, Decreto Legislativo que Modifica Disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1013. ab) Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.

2. LOS MINISTERIOS Para el diccionario jurídico de Laura Casado2 ministerio es: gobierno del Estado considerado en el conjunto de varias personas o departamentos en que se divide.// Empleo, cargo u ocupación.// Empleo de Ministro. A su vez la ley Orgánica del Poder judicial3 en su artículo 22, define a los ministerios como organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Asimismo estos, diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría de ellas. Los ministros de Estado, son los responsables de la dirección y gestión de los asuntos públicos de su competencia, asimismo el ámbito de competencia y estructura básica de cada uno de los ministerios se establece en la Ley de Organización y Funciones Los ministerios son creados, fusionados o disueltos mediante ley a propuesta del Poder Ejecutivo. El redimensionamiento y reorganización de los ministerios se podrá hacer mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

3. FUNCION DE LOS MINISTERIOS Las funciones de los ministerios se encuentran reguladas en el artículo 23 de la ley orgánica del Poder Ejecutivo, y son las siguientes:

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Casado, L. (2009). Diccionario Jurídico. Argentina: Valletta Ediciones S.R.L. Ley 29158 promulgada el 18 de diciembre del 2007

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a) Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; b) Aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; c) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente; d) Coordinar la defensa judicial de las entidades de su Sector; e) Realizar seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes;

4. ESTRUCTURA ORGANICA DE LOS MINISTERIOS Los ministerios tienen la siguiente estructura orgánica: 1. Alta Dirección.- Conformada por el Ministro, Viceministros y Secretario General. La Alta Dirección cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y uno para la coordinación con el Poder Legislativo. 2. Órganos de Control Institucional.- Son los encargados del control gubernamental conforme a la ley de la materia 3. Órganos de administración interna.- Son los encargados de la planificación, asesoría y apoyo a las funciones sustantivas de la entidad. 4. Órganos de línea.- Son órganos técnico-normativos responsables de proponer y ejecutar las políticas públicas y funciones sustantivas a cargo de la entidad. Están agrupados en Direcciones Generales.

5. EL AMBIENTE Y EL DERECHO AMBIENTAL Para poder entender que es y para que ah sido creado el Ministerio del Ambiente, debemos definir primeramente, que es el ambiente, siguiendo a Mónica Spinelli4 entendemos que el Ambiente es, el conjunto de factores externos (llámese, factores atmosféricos, climáticos, hidrológicos, geológicos y biológicos) que actúan sobre un organismo, una población o una comunidad. Estos factores influyen directamente sobre el crecimiento, desarrollo, reproducción y supervivencia de los seres vivos, por lo cual afectan la estructura y dinámica de las poblaciones y de las comunidades bióticas. Ahora, ¿Que entendemos por derecho ambiental? La definición más acertada que encontramos es la de Ana Calderón Sumarriva5, la cual dice:

4

Spinelli, M. (2015). Ambiente. 2019, noviembre 1, de Enciclopedia de Términos Ambientales Recuperado de https://www.mendoza.conicet.gov.ar/portal/enciclopedia/terminos/Amb.htm 5 CALDERON, A. (2010). Balotario desarrollado para el examen de CNM. LIMA: SAN MARCOS.

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“Es una disciplina jurídica que sintetiza otras ramas del Derecho (Derecho Administrativo, derecho Constitucional, Derecho Penal) así como ciencias no jurídicas (ecología, geología, química, etc.). Tiene como objetivo primordial la regulación de conductas humanas hacia una convivencia social con el ambiente que lo rodea. Es una disciplina autónoma que se basa en un Principio de Sostenibilidad, el cual propugna que toda búsqueda de un crecimiento económico debe ir a la par de una protección ambiental, lo cual significaría un verdadero bienestar social. La gestión del ambiente y de sus componentes así como el ejercicio y la protección de los derechos que establece las normas ambientales se sustentan en dicho principio”.

6. MINISTERIO DEL AMBIENTE El Ministerio del Ambiente es una rama del Poder Ejecutivo del Perú la cual fue creada el 13 de mayo de 2008 mediante Decreto Legislativo N° 1013. Sus objetivos, competencias, funciones y organización, está regulada por dicha ley.

7. OBJETO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.

8. OBJETIVO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE Los objetivos del Ministerio del Ambiente, señalados en ley son los siguientes: a) Asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía. b) Asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan. c) Promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible. d) Contribuir a la competitividad del país a través de un desempeño ambiental eficiente. e) Incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales. f) Los objetivos de sus organismos públicos adscritos, definidos por las respectivas normas de creación y otras complementarias.

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9. COMPETENCIA Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE El ámbito de competencia del Ministerio del Ambiente, radica en la política ambiental a nivel nacional, asimismo las funciones del ministerio del ambiente se dividen en funciones generales (la cual abarca las funciones rectoras y funciones técnico normativas) y funciones específicas.

9. 1 FUNCIONES GENERALES 9.1.1 Funciones Rectoras a) Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno. b) Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, realizando funciones de fiscalización, supervisión, evaluación y control, así como ejercer la potestad sancionadora en materia de su competencia y dirigir el régimen de fiscalización y control ambiental y el régimen de incentivos previsto por la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente. c) Coordinar la implementación de la política nacional ambiental con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. d) Prestar apoyo técnico a los gobiernos regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones transferidas en el marco de la descentralización.

9.1.2 Funciones Técnico Normativas a) Aprobar las disposiciones normativas de su competencia. b) Coordinar la defensa judicial de las entidades de su sector. c) Promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional, de acuerdo a ley. d) Resolver los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones y los actos administrativos relacionados con sus competencias, así como promover la solución de conflictos ambientales a través de los mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos, constituyéndose en la instancia previa obligatoria al órgano jurisdiccional en materia ambiental. e) Formular y aprobar planes, programas y proyectos en el ámbito de su sector.

9.2 FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental. b) Dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. c) Establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso. 10

d) Elaborar los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), de acuerdo con los planes respectivos. Deben contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobados mediante decreto supremo. e) Aprobar los lineamientos, las metodologías, los procesos y los planes para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) en los diversos niveles de gobierno. f) Dirigir el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y el Sistema Nacional de Información Ambiental. g) Establecer los criterios y procedimientos para la formulación, coordinación y ejecución de los planes de descontaminación y recuperación de ambientes degradados. h) Dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE – de carácter nacional. i) Evaluar las propuestas de establecimiento o modificación de áreas naturales protegidas y proponerlas al Consejo de Ministros para su aprobación. j) Implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales. k) Promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes y sancionar su incumplimiento. l) Supervisar el funcionamiento de los organismos públicos adscritos al sector y garantizar que su actuación se enmarque dentro de los objetivos de la política nacional ambiental. m) Formular y proponer la política y las estrategias nacionales de gestión de los recursos naturales y de la diversidad biológica. n) Promover la investigación científica, la innovación tecnológica y la información en materia ambiental, así como el desarrollo y uso de tecnologías, prácticas y procesos de producción, comercialización y consumo limpios. o) Promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible y fomentar una cultura ambiental nacional. p) Elaborar el informe sobre el estado del ambiente y la valoración del patrimonio natural de la Nación. q) Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión por las infracciones a la legislación ambiental y de acuerdo al procedimiento que se debe aprobar para tal efecto, ejerciendo la potestad de ejecución coactiva en los casos que corresponde. r) Las funciones de sus organismos públicos adscritos, definidos por las respectivas normas de creación y otras complementarias. 10. ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

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El Ministerio del Ambiente tiene la estructura orgánica siguiente6:

ANEXO 1

10.1 ORGANOS DE ALTA DIRECCION

A. B. C. D.

Despacho Ministerial Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales Viceministerio de Gestión Ambiental Secretaría General

10.2 ORGANOS CONSULTIVOS

A. B.

Comisión Multisectorial Ambiental Comisión Consultiva Ambiental

10.3 ORGANO RESOLUTIVO A. Tribunal de Solución de Controversias Ambientales Es el órgano de asesoramiento responsable de asesorar y emitir opinión sobre los asuntos de carácter jurídico a la Alta Dirección y a los demás órganos del Ministerio. Asimismo, dirige la

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Artículos 7 del Decretos Supremo 002-2017-MINAM

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recopilación sistemática de la normatividad relacionada a la legislación ambiental. Depende jerárquicamente de la Secretaría General.

10.4 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Es el órgano responsable de programar, ejecutar y evaluar las acciones y actividades de control gubernamental en el Ministerio, de conformidad con la normativa del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República -en adelante CGR-, con la finalidad de promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados. Se ubica en el mayor nivel jerárquico organizacional. Depende funcionalmente de la Contraloría General de la República.

10.5 ORGANO DE DEFENZA JURIDICA A. Procuraduría Pública Es el órgano especializado responsable de llevar a cabo la defensa jurídica de los derechos e intereses del Ministerio del Ambiente, sus proyectos especiales, programas y organismos públicos adscritos, conforme a las normas que regulan al Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias.

10.6 ORGANOS DE ASESORANIENTO A. Oficina General de Asesoría Jurídica Es el órgano de asesoramiento responsable de asesorar y emitir opinión sobre los asuntos de carácter jurídico a la Alta Dirección y a los demás órganos del Ministerio. Asimismo, dirige la recopilación sistemática de la normatividad relacionada a la legislación ambiental. Depende jerárquicamente de la Secretaría General.

10.7 ORGANOS DE APOYO A. B. C. D. E. F. G. H. I. J. K. L. M. N.

Dirección General de Estrategias sobre los Recursos Naturales Dirección General de Diversidad Biológica Dirección de Conservación Sostenible de Ecosistemas y Especies Dirección de Recursos Genéticos y Bioseguridad Dirección General de Cambio Climático y Desertificación Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación Dirección de Mitigación de Gases de Efecto Invernadero Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental Dirección de Metodologías para el Ordenamiento Territorial Ambiental Dirección de Monitoreo y Evaluación de los Recursos Naturales del Territorio Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental Dirección General de Calidad Ambiental Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia 13

O. P. Q. R. S.

Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental Dirección de Información e Investigación Ambiental

10.8 ORGANOS DE LINEA A. B. C. D. E. F. G. H. I. J. K. L. M. N. O. P. Q. R. S.

General de Estrategias sobre los Recursos Naturales Dirección General de Diversidad Biológica Dirección de Conservación Sostenible de Ecosistemas y Esp Dirección de Recursos Genéticos y Bioseguridad Dirección General de Cambio Climático y Desertificación Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación Dirección de Mitigación de Gases de Efecto Invernadero Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental Dirección de Metodologías para el Ordenamiento Territorial Ambiental Dirección de Monitoreo y Evaluación de los Recursos Naturales del Territorio Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental Dirección General de Calidad Ambiental Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental Dirección de Información e Investigación Ambiental.

11. ORGANOS PUBLICOS ADSCRITOS Los órganos Adscritos del Ministerio del Ambiente se dividen en organismos públicos ejecutores y organismos públicos especializados técnicos, estos son:

A. INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ El Instituto Geofísico del Perú es un organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, que genera, utiliza y transfiere conocimientos e información científica y tecnológica en el campo de la geofísica y ciencias afines, forma parte de la comunidad científica internacional y contribuye a la gestión del ambiente geofísico con énfasis en la prevención y mitigación de desastres naturales y de origen antrópico.

B. SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA DEL PERÚ Conducir las actividades meteorológicas, hidrológicas, agro meteorológicas y ambientales del país; participar en la vigilancia atmosférica mundial y prestar servicios especializados, para contribuir al desarrollo sostenible, la seguridad y el bienestar nacional. 14

C. INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONÍA PERUANA Generar e incorporar conocimientos, tecnologías innovadoras y el saber ancestral, al servicio de las sociedades y de los ecosistemas amazónicos.

D.

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN GLACIARES Y ECOSISTEMAS DE MONTAÑA Generar tecnología e información científica aplicada sobre glaciares y ecosistemas de montaña, tomando medidas de prevención en el marco del cambio climático con calidad, oportunidad y pertinencia, en beneficio de la población.

E. ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Impulsamos y promovemos el cumplimiento de las obligaciones ambientales en los agentes económicos y la mejora del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, de manera articulada, efectiva y transparente, con el fin de resguardar el equilibrio entre la inversión en actividades económicas y la protección ambiental y de esa manera contribuir al desarrollo sostenible del país.

F.

SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Asegurar la conservación de las Áreas Naturales Protegidas, su diversidad biológica y el mantenimiento de sus servicios ambientales, en el marco de su gestión participativa, unitaria y articulada a una política integral de desarrollo sostenible del país.

G.

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES El Senace es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente. Su tarea consiste en evaluar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de mayor envergadura de los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto.

CONCLUSIONES   

El Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo diseña, establece, ejecuta y supervisan políticas nacionales en materia ambiental El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, y para lograr dicho fin regula la política nacional en materia ambiental No trabaja solo, cuenta con organismos adscritos a este, como el IIAP, SENHAMI, OEFA entre otros

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ANEXOS

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Anexo 1

Anexo 2 Balotario desarrollado para el examen del CNM

Anexo 3 Diccionario Jurídico de Laura Casado

BIBLIOGRAFÍA 17

A. B. C.

Casado, L. (2009). Diccionario Jurídico. Argentina: Valletta Ediciones S.R.L. CALDERON, A. (2010). Balotario desarrollado para el examen de CNM. LIMA: SAN MARCOS. Spinelli, M. (2015). Ambiente. 2019, noviembre 1, de Enciclopedia de Términos Ambientales Recuperado de https://www.mendoza.conicet.gov.ar/portal/enciclopedia/terminos/Amb.htm

ENLACES WEB DE CONSULTA A. B. C. D. E.

https://www.gob.pe/estado/poder-ejecutivo#minam http://www.minam.gob.pe/atencion-a-la-ciudadania/wpcontent/uploads/sites/126/2018/06/grafica_adscritos.jpg https://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_(Per%C3%BA) https://www.gob.pe/732-ministerio-del-ambiente-que-hacemos https://www.peru.gob.pe/docs/estado.pdf

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