Ministerio de Vivienda

I. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO  RESEÑA HISTORICA A partir de julio del año 2002, se crea el Mi

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I.

MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO 

RESEÑA HISTORICA A partir de julio del año 2002, se crea el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento encargándosele formular, aprobar, ejecutar y supervisar la aplicación de las políticas de alcance nacional en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento. A.

MISION

Somos el ente rector en materia de urbanismo, vivienda, construcción y saneamiento, responsable de diseñar, normar, promover, supervisar, evaluar

y

ejecutar

política

la

sectorial,

contribuyendo

a

la

competitividad

y

al

desarrollo

territorial

sostenible del país, en beneficio preferentemente población

de

de

la

menores

recursos. B.

VISION

El país cuenta con un territorio ordenado y un sistema de centros de población competitivos y sostenibles, que brindan condiciones para el mejoramiento continuo de la calidad de vida de la población C.

VALORES

- PROACTIVIDAD - HONESTIDAD - PERSEVERANCIA - COLABORACION D. OBJETIVOS 

Impulsar la producción habitacional, reducir sus costos y facilitar



su adquisición Mejorar el entorno habitacional de la población de extrema pobreza radicada en los asentamientos humanos

29



Propiciar el ordenamiento territorial de la población y sus



actividades, asi como el desarrollo integral de las ciudades impulsar la formalización e industrialización de la actividad



constructiva tecnificada y sostenible Promover la sostenibilidad de los sistemas, la ampliación de la cobertura y el mejoramiento de la calidad de los servicios de



saneamiento propiciar la reducción sostenida de la contaminación ambiental



urbana fortalecer las capacidades del ministerio de vivienda construcción y saneamiento y su articulación con las entidades del sector



MARCO LEGAL El 11 de julio del

2002

en el gobierno promulgo la ley n° 27779, mediante el cual crea el ministerio de vivienda construcción y saneamiento, con el objetivo de formular, aprobar , ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento. A tal efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento. Su competencia se extiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades vinculadas

a

los

subsectores, vivienda, construcción y

saneamiento

ministerio

del de

vivienda, construcción

29

y saneamiento. La ley N° 27792 del 25 de julio del 2002, ley de la organización y funciones del ministerio de vivienda, construcción y saneamiento determina y regula el ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones del ministerio de vivienda, construcción y saneamiento. Mediante el decreto supremo N°002-2002-vivienda se aprueba el reglamento de organización y funciones del ministerio de vivienda, construcción y saneamiento. Reglamento de organización y funciones del ministerio de vivienda, construcción y saneamiento. Reglamento de organización y funciones de ministerio de vivienda, construcción y saneamiento: Publicado en el Peruano el 9 de setiembre del 2002- pagina 229671

29



ORGANIGRAMA

29

II. 

MARCO TEORICO MINISTRO DE VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

Ing. Rene Cornejo Diaz

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento A. Hoja de vida

29

FORMACIÓN ACADÉMICA - Doctorado en Management Sciences: Administración y Dirección de Empresas. - Maestría en Matemáticas Aplicadas: Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP. 2010. - Postgrado en Derecho de la Empresa: Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP. 2008. - Postgrado en Matemáticas Aplicadas: Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP. 2008. MBA Exchange Student: Teoría de Finanzas, Fusiones y Adquisiciones y - Mercados de Opciones. Universidad de California en Los Angeles – UCLA.

-

(1995). Magíster en Administración: Escuela de Administración de Negocios para Graduados – ESAN (1989 – 1990). Especialidad en Gestión de la Producción: Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP (1988 – 1989). Ingeniero Mecánico Electricista: Universidad Nacional de Ingeniería (1979 –

1985). Colegiatura No. 62660. EXPERIENCIA PROFESIONAL - CORPORACIÓN HELIOS S.A. Cargo: Consultor Abril 2008 - Julio 2011 - PROINVERSION – Agencia de Promoción de la Inversión Privada Cargo: Director Ejecutivo Marzo 2004 - Junio 2007 - MIVIVIENDA - Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda Cargo: Secretario Ejecutivo Enero 2002 - Marzo 2004 - FONAFE – Fondo de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado Cargo: Director Ejecutivo, Gerente de Operaciones y Gerente de Desarrollo 2000 - Enero 2002 PROMCEPRI y COPRI – Agencias de Promoción de Concesiones e Inversión Privada en General Cargo: Director Ejecutivo, Gerente de Operaciones y Gerente de Desarrollo 1997 - 2000 - COPRI/BID/ESAN Proyecto de Reconversión Laboral Cargo: Especialista en inversiones 1996 - 1997 - COMITÉ ESPECIAL DE PRIVATIZACION DEELECTROLIMA Cargo: Asesor Financiero 1993 - 1994 EXPERIENCIA DOCENTE - UNIVERSIDAD ESAN Cargo: Profesor Asociado del Área de Economía y Finanzas 1990 - Hasta la fecha Coordinador del Programa Avanzado de Finanzas (1993) Coordinador del Programa de Proyectos de Inversión - PPI (1994 y 1995) Director del Instituto de Economía Urbana - INEUR (2003) DIRECTORIOS Director en representación del Estado en las empresas: - Corporación Peruana de Aviación Comercial – CORPAC - Hidrandina 29 - Electro Norte - Electro Nor Oeste

B. Funciones  FUNCION BASICA 1. Le corresponde establecer los objetivos, formular, dirigir, aprobar y supervisar las políticas del Ministerio, en armonía con las disposiciones constitucionales, la Política 2. General del Estado y los Planes de Gobierno. 3. Asimismo, dirige y supervisa que las acciones de las Instituciones y Organismos 4. Públicos Descentralizados y Empresas bajo su competencia, se enmarquen dentro de la política establecida para el Sector. 5. Ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal y es el representante legal del Ministerio.  FUNCIONES ESPECÍFICAS 1. Dirigir y supervisar que las acciones de vivienda construcción y saneamiento del Sector se desarrollen dentro de las políticas establecidas. 2. Formular dirigir y aprobar la política de vivienda en armonía con la Política General de Gobierno. 3. Proponer los proyectos de Leyes, Decretos de Urgencia, Decretos Supremos y 4. Resoluciones Supremas, así como refrendar los dispositivos legales que la 5. Constitución Política del Perú y la legislación vigente establezcan. 6. Proponer y/o designar a los representantes de VIVIENDA en los Directorios de las empresas, a los jefes de las instituciones y organismos públicos descentralizados, así como los integrantes de los comités, 7. Establecer los Objetivos y Lineamientos Sectoriales para cada ejercicio 8. presupuestal,

distribuyendo

la

Asignación

Presupuestaria

aprobada por el Pliego. 9. Delegar en los Viceministros y en otros funcionarios las atribuciones y facultades que no sean privativas de su función de Ministro de Estado. 10. Aprobar la propuesta de creación de proyectos especiales y designar a sus jefes. 11. Coordinar con los demás sectores, autoridades y organismos públicos y privados, las actividades vinculadas al ámbito de su competencia.

29

12. Las demás funciones que sean inherentes a su cargo de Ministro de Estado. C. LINEA DE AUTORIDAD Depende de: -

Presidente de la República del Perú.

Ejerce mando – supervisión sobre: 

El Viceministro de Vivienda y Urbanismo, El Viceministro de Construcción y Saneamiento y el personal de su Oficina; así como también ejerce como

autoridad funcional en todos los cargos del Sector. VICEMINISTERIOS Los Viceministros son las autoridades inmediatas al Ministro, les corresponde orientar, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinación con el Ministro, la aplicación de las políticas sectoriales y la dirección de las actividades de los Órganos del Ministerio, los

Organismos

Públicos

Descentralizados

y

las

Comisiones

Sectoriales

y

Multisectoriales que estén dentro de su ámbito, así como los Proyectos.

A.

Vice Ministerio de Construcción y Saneamiento Ing. Carlos Enrique Juscamaita Aranguena Vice Ministro de Construcción y Saneamiento



FUNCIONES o

FUNCION BASICA Proponer, ejecutar, supervisar y evaluar la aplicación de las políticas sectoriales

de los órganos del

Viceministerio y las acciones sectoriales y multisectoriales que estén dentro de su ámbito de su competencia. o

FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Proponer las políticas sectoriales de su competencia.

29

2. Supervisar y evaluar la gestión de las Entidades del sector bajo el ámbito de su competencia, de acuerdo a las políticas impartidas por el Ministro. 3. Asesorar y representar al Ministro, por delegación, ante los organismos

públicos

y

privados,

nacionales

e

internacionales, en los asuntos relacionados al ámbito de su competencia. 4. Aprobar y celebrar contratos y convenios relativos a los asuntos propios de su ámbito de competencia. 5. Proponer al Ministro las normas técnicas y de gestión administrativa en el ámbito de su competencia, así como supervisar su cumplimiento. 6. Establecer los mecanismos de coordinación internos y externos necesarios para el logro de sus objetivos. 7. Emitir opinión técnica sobre los asuntos de

su

competencia. 8. Emitir resoluciones y actos administrativos en los asuntos de su competencia, conforme a ley. 9. Las demás funciones que el Ministro le asigne o encargue por delegación. o

LINEA DE AUTORIDAD  Depende de : Del Ministro  Ejerce mando - supervisión sobre : Asesores, Directores, Profesionales, Técnicos y Auxiliares.

B.

Viceministerio de Vivienda y Urbanizmo

Arq. Miguel Eugenio Romero Sotelo Vice Ministro de Vivienda y Urbanismo

 FUNCIONES

o

FUNCION BASICA

29

Proponer, ejecutar, supervisar y evaluar la aplicación de las políticas sectoriales

de los órganos del Viceministro y las

acciones sectoriales y multisectoriales que estén dentro de su ámbito. o

FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Proponer las políticas sectorial aplicadas a su ámbito. 2. Supervisar y evaluar la gestión de las Entidades del sector bajo el ámbito

de su competencia, de acuerdo a las

políticas impartidas por el Ministro. 3. Asesorar y representar al Ministro, por delegación, ante los organismos

públicos

y

privados,

nacionales

e

internacionales, en los asuntos relacionados al ámbito de su competencia. 4. Aprobar y celebrar contratos y convenios relativos a los asuntos propios de su ámbito. 5. Proponer al Ministro las normas técnicas y de gestión administrativa en el ámbito de su competencia, así como supervisar su cumplimiento. 6. Establecer los mecanismos de coordinación internos y externos necesarios para el logro de sus objetivos. 7. Emitir opinión técnica sobre los asuntos de su competencia 8. Emitir resoluciones y actos administrativos en los asuntos de su competencia, conforme a ley. 9. Las demás funciones que el Ministro le asigne o encargue por delegación. o

LINEA DE AUTORIDAD  Depende de : Del Ministro  Ejerce mando - supervisión

sobre

:

Asesores,

Directores, Profesionales, Técnicos y Auxiliares. 

FUCIONES DE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Son funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento: a) Diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento. Asimismo,

29

ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; b) Formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política de promoción de los sectores involucrados; c) Formular los planes nacionales sectoriales de desarrollo; d) Fiscalizar y supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de competencia; e) Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones; f) Orientar en el ámbito de su competencia el funcionamiento de los Organismos

Públicos

Descentralizados,

Comisiones

Sectoriales,

Multisectoriales y Proyectos Especiales; g) El Ministerio podrá cumplir funciones ejecutivas en cualquier lugar del país directamente mediante oficinas descentralizadas, respecto a las actividades que se reserve expresamente por el Reglamento de Organización y Funciones (ROF). 

Instituciones dependientes A. Banco de materiales - Mision Somos una Empresa sólida del Estado que forma parte de Holding de FONAFE, al servicio del pais desde hace 30 años conformada por profesionales proactivos que brindan soluciones integrales para el financiamiento de tu vivienda, mejorar tu casa y hacer crecer a tu -

familia Giro del negocio

Somos una empresa de servicios, cuya finalidad es la de colaborar en el desarrollo de la comunidad urbana y rural, para la -

edificación

de

viviendas

remodelación de los sectores D y E Marco Legal

29

básicas,

ampliación

y/o

El Banco de Materiales fue creado el 28 de Septiembre de 1980 con el propósito de reducir el déficit habitacional existente, y es una empresa del Estado de derecho privado, creada por la Ley Nº 23220, complementada y modificada por las Leyes Nº 26903 y 26963, cuyo objeto social es colaborar con el desarrollo integral de la comunidad urbana y rural en la edificación y mejoramiento de la vivienda

y

habilitaciones

urbanas.

El 18 de Diciembre de 1997 mediante la Ley 26903 se redefinen los objetivos y el ámbito de acción del BANMAT asignándole la función de “ Colaborar en la solución del problema de vivienda de los centros poblados realizando actividades de promoción, ejecución y financiamiento de la edificación y mejoramiento de la vivienda básica mínima, de las habilitaciones urbanas, de la infraestructura

productiva

equipamiento

y

de

de

servicios,

asi

la

como

del

microempresa.

Posteriormente mediante la Ley Nº 26963 de fecha 08 de Junio de 1998, se redefine al Banco de Materiales como una empresa de servicios, cuya finalidad es la de colaborar en el desarrollo de la comunidad urbana y rural, realizando actividades de promoción, ejecución y/o aprovisionamiento de recursos, bienes y servicios para la edificación de la vivienda básica mínima, de las habilitaciones urbanas, de la infraestructura urbana y rural, de la infraestructura productiva y de servicios, así como el equipamiento de

la

microempresa

de

todos

los

sectores

productivos.

Finalmente, mediante el Decreto Supremo Nº 005-2001-PRES de fecha 23 de Febrero del 2001, se aprueba el Estatuto del Banco de -

Materiales Funciones Otorgamiento de Créditos para la Autoconstrucción de Viviendas. Otorgamiento Productivos.

B.

Fondo MI VIVIENDA

29

de

Créditos

para

Programas

El Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, se creó en 1998 mediante Ley 26912. El Fondo MIVIVIENDA inició sus operaciones como Sociedad Anónima (S.A.) el 01 de Enero del 2006, en virtud de la conversión del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA en Fondo MIVIVIENDA S.A., dispuesta por la Ley de Conversión, Ley 28579, y según lo señalado en el D.S. 024-2005VIVIENDA. De acuerdo a la referida Ley, el Fondo MIVIVIENDA S.A. es una empresa estatal de derecho privado comprendida bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. El Fondo MIVIVIENDA S.A. tiene por objeto dedicarse a la promoción y financiamiento de la adquisición, mejoramiento y construcción de viviendas, especialmente las de interés social, a la realización de actividades relacionadas con el fomento del flujo de capitales hacia el mercado de financiamiento para vivienda, a la participación en el mercado primario y secundario de créditos hipotecarios, así como a contribuir al desarrollo del mercado de capitales. Sus actividades y funciones están descritas en la Ley 28579. Asimismo, mediante Decreto Legislativo Nº 1037 publicado el 25 de junio del 2008, se estableció que en el ejercicio de su objeto social y a efectos de incrementar la oferta de viviendas de interés social, el Fondo MIVIVIENDA S.A. podrá promover la oferta de financiamiento para las inversiones en habilitación urbana, pudiendo a su vez financiar las mismas. Asimismo, el Fondo MIVIVIENDA S.A. se encuentra supervisado por la SBS en sus actividades financieras, para lo cual se emitió la Resolución SBS Nº 980-2006, y por la CONASEV, en sus actividades del mercado de valores, para lo cual se emitió la Resolución CONASEV Nº 059-2007-EF/94.01.1. En virtud de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley de Conversión antes referida, se estipuló que el Fondo MIVIVIENDA S.A. puede continuar recibiendo el encargo de administrar el Programa Techo Propio y los Fondos del Bono Familiar Habitacional, en base a la suscripción de Convenios. Sin embargo, mediante el Decreto Legislativo Nº 1037, se derogó dicha Disposición Transitoria y, asimismo, se modificó la Ley Nº 27829 facultándose al Fondo MIVIVIENDA S.A. para realizar con cargo a sus Recursos Propios, la administración del Bono Familiar Habitacional.

29

Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009VIVIENDA publicada el 10 de abril de 2009 se declara de interés prioritario el desarrollo de programas de vivienda en el área rural, por lo que se otorgarán Bonos Familiares Habitacionales en el área rural para Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Para ello se faculta al Fondo MIVIVIENDA S.A. a suscribir convenios de colaboración interinstitucional con el BANMAT que permitan implementar este otorgamiento

Mision Facilitar la adquisición de viviendas a la población en general,dando especial interés a los sectores de menores ingresos, otorgando productos y servicios financieros a las instituciones financieras calificadas (Bancos y otros),para que éstas efectúen los préstamos hipotecarios que solicite el publico Funciones Financiera.

Promocion y Difusion. C. -

Organismo de la Formalizacion de la Propiedad Informal Mision Ejecutar las acciones de generación de derechos de propiedad predial que otorguen seguridad jurídica permanente y que sean sostenibles en el tiempo, transfiriendo capacidades a los Gobiernos Regionales y Locales, buscando el respeto al patrimonio cultural, la protección del medio ambiente y el mejoramiento de la calidad de

-

vida de la población Vision Alcanzar una sociedad donde predomine el ejercicio del derecho de la propiedad individual, asociativa y comunal plenamente

-

formalizada urbana y rural. Objetivos a. El objetivo general de COFOPRI es ejecutar el proceso de formalización de la propiedad predial a nivel nacional, con el objeto de generar derechos de propiedad seguros jurídicamente y sostenibles en el tiempo.

29

b. Facilitar a la población peruana, urbana y rural,

el acceso a una vivienda adecuada, mediante el desarrollo de acciones normativas y de gestión -

-

Valores a. Integridad b. Compromiso Social c. Calidad d. Innovación e. Cooperación f. imparcialidad g. tolerancia} Funciones a. Funciones generales Diseñar, normar, ejecutar y controlar el proceso de formalización de la propiedad predial y su mantenimiento en la formalidad, comprende el saneamiento físico y legal y la titulación, la formulación del catastro predial, en el ámbito urbano y rural y transferir conocimientos y capacidades a los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco del proceso de descentralización b. Funciones especificas i. Planificar, normar, dirigir y ejecutar el proceso de formalización posesiones

de

terrenos

informales,

ocupados centros

por

urbanos

informales, mercados públicos informales y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios que estén constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal, con fines de vivienda. ii. Planificar, normar, dirigir y ejecutar otros procesos especiales de formalización de la propiedad predial, tales como programas de vivienda del Estado, urbanizaciones populares, conciliaciones, privatización de mercados públicos, reversión, procesos de declaración de la propiedad por prescripción

adquisitiva

de

dominio

y

regularización del tracto sucesivo; los dos últimos, por

delegación

de

facultades

Municipalidades Provinciales

29

de

las

iii. Planificar, normar, dirigir, ejecutar y controlar las acciones de formalización, saneamiento físico y legal y titulación de los predios rurales y de las comunidades nativas iv. Dirigir, ejecutar y controlar las acciones de formalización, saneamiento físico legal y titulación de

las

tierras

eriazas

y

de

comunidadescampesinas, en coordinación con el Ministerio de Agricultura v. Efectuar el diagnóstico y/o saneamiento físico y legal de los bienes inmuebles que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación, de las Entidades Públicas,

inclusive

aquellas

involucradas

en

proyectos de inversión, en obras de infraestructura y servicios públicos del Estado, de conformidad con las normas legales vigentes vi. Efectuar el levantamiento,

modernización,

consolidación, conservación y actualización del catastro predial vii. Emitir las directivas técnicas y legales que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, las mismas que tienen alcance nacional viii. Establecer las normas y especificaciones técnicas del catastro predial para la formalización, según la normatividad vigente ix. Crear y poner en funcionamiento los mecanismos para

promover

las

transacciones

sobre

las

propiedades formalizadas dentro de la formalidad, cuidando que los costos de estas sean inferiores a los de la informalida x. Las demás que se le sean asignadas, por

dispositivos legales. D.

Servicio de Agua potable y Alcantarillado de Lima Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima -, es una empresa estatal de derecho privado constituida como sociedad

29

anónima. Fue creada mediante Decreto Legislativo N°150, de fecha 12 de junio de 1981, encontrándose inscrita en la Partida Electrónica N° 02005409 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima. Se rige por lo establecido en su Estatuto y la Ley General de Sociedades, Ley N° 26887 las disposiciones que rigen las entidades prestadoras de saneamiento y demás normas aplicables. La Ley N° 28696, de marzo del 2006, modificó el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL, precisando que éste comprende la Provincia de Lima, la Provincia Constitucional del Callao y aquellas otras provincias, distritos o zonas del departamento de Lima que se adscriban mediante resolución ministerial del Sector Vivienda, cuando haya continuidad territorial y la cobertura del servicio pueda ser efectuada en forma directa. Actualmente, de los 49 distritos que existen en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, 48 están bajo la administración total de SEDAPAL, y 01 está administrado por su respectiva municipalidad. -

Mision "Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población, administrando eficientemente el recurso agua y la recolección y disposición final de aguas servidas, controlando la preservación del medio ambiente."

-

Objetivos a. El objetivo de Sedapal es la prestación de los servicios de saneamiento como agua potable y alcantarillado sanitario. b. Ejecuta la política del sector en la operación, mantenimiento, control y desarrollo de los servicios básicos, con funciones específicas en aspectos de c.

normatividad, planeamiento, programación, Elaboración de proyectos, financiación, ejecución de obras,

asesoría

y

asistencia

técnica.

Además puede dedicarse a otras actividades afines,

29

vinculadas, conexas y/o complementarias a su objeto -

social. Funcion encargada de brindar los servicios de producción y abastecimiento de agua potable, asi como de evacuaciòn y disposición final de las aguas servidas en las provincias de Lima y Callao

E.

Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la

Construccion El SENCICO, es un Organismo Público Descentralizado del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. A partir del año 2003 constituye una Entidad de Tratamiento Empresarial ETES. Tiene como finalidad la formación de los trabajadores del sector construcción, la educación superior no universitaria, el desarrollo de investigaciones vinculadas a la problemática de la vivienda y edificación así como a la propuesta de normas técnicas de aplicación nacional. El sector construcción tiene que resolver diaria y eficientemente las necesidades sociales dentro de un contexto de avances tecnológicos, globalización económica y permanente cambio de escenarios. En el año 2006 se ha evidenciado un crecimiento de la actividad de la construcción y en consecuencia los técnicos capacitados en el SENCICO han tenido oportunidad de trabajar en obras importantes

-

Mision SENCICO es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuya gestión está orientada a contribuir en el mejoramiento de la calidad de vida de la población, a través de la Capacitación Laboral para la Industria de la Construcción y la Investigación Tecnológica y Normalización Técnica que incidan en la mejora de la calidad, seguridad y los

-

costos de producción de la vivienda y la edificación. Vision

29

SENCICO, auténtica institución líder en la formación, capacitación e investigación y normalización para la industria de la construcción -

que contribuye al desarrollo del país. Funcion  Elaborar normas que regulen

el

diseño

de

las

edificaciones y el desarrollo tecnológico de la construcción con el fin de promover y difundir los procedimientos y el uso de técnicas que aseguren el abaratamiento, la calidad y los tipos de productos más adecuados a las exigencias de nuestra realidad nacional  Aprendizaje,

capacitación, especialización, reconversión, formación integral,

calificación,

categorización

y

certificación

profesional de los trabajadores de la actividad de la 

construcción en todos sus niveles Fomentar, orientar y ejecutar investigaciones y trabajos científicos, tecnológicos, socio-económicos y de toda otra naturaleza vinculados a la problemática de la vivienda y la

edificación F.Superintendencia Nacional de Bienes Estatales La SBN es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento , tiene personería jurídica de derecho

público

y

goza

de

autonomía

económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional necesaria para la ejecución

de

los

actos

de

adquisición,

disposición, administración, registro y control de los bienes de propiedad

29

estatal

cuya administración está a su cargo de acuerdo con la

normatividad vigente. -

Mision

Regular la administración y control de los bienes del Estado, desarrollando mecanismos que permitan la eficiente gestión de los mismos, con el fin de maximizar su rendimiento económico y social, dentro de las políticas que para estos fines establezca el gobierno nacional. Constituir el Sistema Nacional de Bienes Estatales, sobre la base de un sistema de información seguro y confiable. -

Vision

Ser el órgano rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, reconocido por la proceso de descentralización, modernización y al desarrollo económico del país -

Funciones 

Proponer

las

políticas

y

estrategias

respecto

de

la

administración de los bienes de propiedad estatal. 

Desarrollar y ejecutar las políticas y estrategias sobre la administración de la propiedad estatal.



Planificar, coordinar y supervisar las acciones referentes a los bienes de propiedad estatal.



Registrar los bienes de propiedad estatal.



Dictar

las

directivas

aplicables

para

la

administración,

adquisición y disposición de los bienes de propiedad estatal a cargo de la SBN. 

Administrar y disponer de los bienes de propiedad estatal a su cargo.

29



Autorizar, controlar y fiscalizar los actos de disposición de la propiedad estatal, salvo ley en contrario.



Gestionar cuando corresponda, ante los Registros Públicos respectivos, la inscripción de los actos en los que intervenga el Estado, destinados a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas sobre derechos reales.



Ejecutar y supervisar, cuando sea el caso, las acciones de saneamiento registral de los bienes de propiedad estatal.



Autorizar

los

actos

de

administración

sobre

los

desafectación, bienes

de

disposición

propiedad

y

estatal

adquiridos como aportes reglamentarios. 

Aprobar las directivas para las ventas en subasta pública y las ventas directas, supervisando su realización.



Requerir a las entidades públicas la información relativa a los bienes de propiedad estatal.



Poner fin a las afectaciones en uso y/o adjudicación de los bienes de propiedad estatal mediante resoluciones de reversión.



Celebrar Convenios con entidades del sector público o del sector privado nacionales, extranjeras o de cooperación técnica internacional, con el propósito de desarrollar y ejecutar proyectos relacionados con el saneamiento, registro, control, administración y disposición de los bienes de propiedad estatal.



Compilar, sistematizar y difundir la legislación vinculada a la propiedad estatal



Aprobar la estructura orgánica de las Intendencias Provinciales

29



Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a modalidad que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la SBN o permitan una mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones.



Expedir

las

Resoluciones

de

Superintendencia

que

correspondan de acuerdo con las normas vigentes y el presente Estatuto. 

Las demás funciones que sean compatibles con la finalidad de la SBN prevista en su Estatuto.

29

III.

PRESUPUESTO Y FINANZAS

Ejecución Compromiso 70,063,483,174

Devengado 67,809,208,929

Girado 66,115,404,337

Avance % 62.6

PIA PIM 62,593,785,792 67,853,248,581 12,027,527,096 20,780,255,612

Ejecución Compromiso 46,621,530,339 10,768,763,210

Devengado 45,183,854,961 10,369,156,292

Girado 44,284,212,438 9,988,980,277

Avance % 66.6 49.9

R: GOBIERNOS REGIONALES 13,839,277,025 19,691,715,393

12,673,189,626

12,256,197,676

11,842,211,622

62.2

PRESUPUESTO NACIONAL TOTAL

Nivel de Gobierno E: GOBIERNO NACIONAL M: GOBIERNOS LOCALES

PIA 88,460,589,913

PIM 108,325,219,586

29

Fuente de Financiamiento PIA 1: RECURSOS ORDINARIOS 2,317,313,843 2: RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 5,321,532 3: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 121,754,850 4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 57,103,313 5: RECURSOS DETERMINADOS 0

Sector

PIA

PIM 872,862,577

Ejecución Compromiso 422,027,029

Devengado 407,572,772

Girado 403,354,107

5,321,532

2,767,913

2,716,309

2,699,245

51.0

138,000,690

75,006,834

68,050,765

68,026,956

49.3

96,063,409

26,617,695

25,164,822

25,071,570

26.2

15,179,158

14,417,360

6,817,254

4,927,263

44.9

PIM

Ejecución Compromiso

Devengado

Girado

29

Avance % 46.7

Avance %

37: VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO 2,689,733,639

1,303,089,414

643,686,178

610,450,194

602,815,730

Pliego

PIM

Ejecución Compromiso

Devengado

Girado

037: MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO 2,501,493,538

1,127,427,366

540,836,831

510,321,923

504,079,141

45.3

056: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES 11,415,671

13,881,568

8,471,323

8,349,652

8,177,510

60.1

205: SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION 69,218,100

72,787,086

33,824,077

33,349,156

32,846,014

45.8

211: COMISION FORMALIZACION DE PROPIEDAD INFORMAL

88,993,394

60,553,947

58,429,463

57,713,064

65.7

PIA

46.8

Avance %

DE LA 107,606,330

29

Programa 004: PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL 006: GESTION 011: TRANSFERENCIAS E INTERMEDIACION FINANCIERA 028: ENERGIA ELECTRICA 039: MEDIO AMBIENTE 040: SANEAMIENTO 041: DESARROLLO URBANO 042: VIVIENDA 052: PREVISION SOCIAL

PIA

PIM

Ejecución Compromiso

3,503,616 41,850,945

3,943,970 105,514,806

2,137,665 74,949,160

2,128,481 74,282,210

2,126,396 74,198,288

54.0 70.4

0 0 2,004,915 1,700,182,436 373,084,600 379,637,594 1,229,432

8,449,462 114,088 2,084,709 523,077,916 71,776,325 411,182,153 1,283,937

1,148,419 0 1,646,064 218,673,110 29,605,916 211,554,800 1,121,696

1,148,419 0 1,640,473 198,367,739 20,310,276 211,322,630 1,121,696

1,148,419 0 1,639,707 197,116,907 18,342,475 208,385,252 1,121,696

13.6 0.0 78.7 37.9 28.3 51.4 87.4

29

Devengado

Girado

Avance %

CONCLUSIONES



El 11 de julio del 2002 en el gobierno promulgo la ley n° 27779, mediante el cual crea el ministerio de vivienda construcción y saneamiento.



Es un

ente rector en materia de urbanismo, vivienda, construcción y saneamiento,

responsable de diseñar, normar, promover, supervisar, evaluar y ejecutar la política sectorial, contribuyendo a la competitividad y al desarrollo territorial sostenible del país.. 

Con la creación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se inicia la recuperación de la importancia estratégica que le correspondía al Sector Vivienda y Urbanismo.



El Ministerio de Vivienda Impulsa el saneamiento físico legal y titulación de predios ocupados informalmente por población pobre y extremadamente pobre a fin de incorporarlos al mercado inmobiliario formal.



Así mismo el ministerio de vivienda facilita mecanismos de financiamiento para que la población pobre y extremadamente pobre pueda acceder a una vivienda.



El Ministerio de Vivienda vela por la mejorar las condiciones de vida de la población pobre y extremadamente pobre residente en barrios con altos niveles de déficit barrial con intervenciones urbanas y rurales focalizadas. Canalizando los recursos de los gobiernos regionales y locales por conceptos de canon, sobre canon y regalías para la ejecución de programas de mejoramiento barrial urbano y rural.

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RECOMENDACIONES



Se debería mejorar la cobertura de servicios , e incrementar la calidad de la prestación de servicios que pone en riesgo la salud de la población. (Sedapal)



Se debería tomar las medidas necesarias para desarrollar edificaciones que contaminen lo menos posible, ahorren energía y se adapten de forma coherente al clima de la zona, brindando a toda la población un entorno adecuado donde vivir.



Se debería canalizar los beneficios de financiamiento que proporciona el Banco de Materiales (Banmat) a los que en verdad los necesitan . Con la seguridad de que estos prestamos retornen para próximos créditos.



El ministerio debería implementar un organismo de control para garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad que s e deben adoptar en las actividades de construcción y estas se desarrollen sin accidentes de trabajo ni causen enfermedades ocupacionales durante las ejecuciones de las obras de construcción civil .

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BIBLIOGRAFIA 

http://www.sbn.gob.pe/sbn1/wla_institucion/frame_quienes.htm



http://www.sbn.gob.pe/sbn1/wmain/home.html



http://www.peru.gob.pe/directorio/pep_directorio_detalle_institucio n.asp?cod_institucion=178



http://skyscraperperu.com/noticias-chiclayo/667-trabajadoresediles-tendrian-casa-propia.html



http://www.sencico.gob.pe/qessencico.html



http://www.sedapal.com.pe/



http://www.cofopri.gob.pe/



http://www.mivivienda.com.pe/portal/



http://www.banmat.org.pe/



http://www.banmat.pe/demo.asp?val=2



http://www.vivienda.gob.pe/ministerio/autoridades.aspx

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