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MERCANCIAS PROHIBIDAS Y RESTRINGIDAS PROHIBITED AND RESTRICTED GOODS

Fernando Ccalla Olivera1 Eloy Ccoa Hancco2 Walter Arocutipa Contreras3 RESUMEN Las Empresas de Transportes son un medio facilitador que nos permite el traslado de mercancías a todo en interior del país y aún más allá de las fronteras, siendo importante en la sociedad que las mercancías sean transportadas para el uso y comercialización en su destino. Estos envíos de mercancías en parte no son del todo bueno, porque a raíz de este medio de transporte los usuarios al hacer el depósito y ser encomendadas, se hacen en mercancías prohibidas al ser evaluados en los sitios de control de las carreteras, muchas veces las personas debido a los problemas económicos, falta de trabajo, falta de información, se influyen en grupos donde les hace rentable poder enviar mercancías prohibidas que muchas veces se origina y que trae como consecuencias penalidades, así también como a los counter de las empresas (recepcionistas de encomiendas), que por ello pasan a ser investigados por parte de la DINANDRO, INDECOPI, PNP, entre otras instituciones de carácter jurídico.

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Estudiante Pregrado de la Universidad Alas peruanas – Filial Juliaca Estudiante Pregrado de la Universidad Alas peruanas – Filial Juliaca Estudiante Pregrado de la Universidad Alas peruanas – Filial Juliaca

SUMMARY The Companies of Transports are a half facilitador that allows us the transfer of commodities to everything in interior of the country and even more there of the borders, being important in the society that the commodities are transported for the use and commercialisation in his destination. These sendings of commodities partly are not of the all well, Because as a result of this half of transport the users when doing the tank and be entrusted, do in commodities forbidden when being evaluated in the places of control of the roads, many times the people because of the economic problems, fault of work, fault of information, influence

in groups where does them profitable can and Commodities

forbidden that many times it originates and that brings like consequences penalidades, like this also as to the counter of the companies (receptionists of entrust), that thus they become investigated by part of the DINANDRO, INDECOPI, PNP, between other institutions of juridical character.

INTRODUCCIÓN En los últimos años, el desarrollo de la tecnología, la ampliación de mercados e integración comercial con otros países van a un ritmo de crecimiento acelerado y la necesidad de contar con equipos médicos, telefónicos, armas, explosivos y algunas sustancias químicas que no se producen en nuestro país ha conllevado a traerlos de países extranjeros, pero todos sabemos que hay elementos que perjudican tanto la salud como la seguridad de los habitantes,

y

también

el

patrimonio

público

y

privado.

Por tal motivo hay entidades involucradas en llevar un registro, y por tanto, control de las diferentes mercancías que se compran a los países con los que es posible comerciar, y del mismo modo también el registro y control de las mercancías que se exportan.

INTRODUCTION In recent years, the development of the technology, the expansion of markets and trade integration with other countries are going to an accelerated rate of growth and the need for medical equipment, telephone, weapons, explosives and some chemicals that are not produced in our country has led to obtain them from foreign countries, but we all know that there are elements which adversely affect both the health and safety of the inhabitants, and also the public and prívate property. For this reason there are entities involved in bringing a record, and therefore, different goods that are bought from countries with which it is possible to trade, and in the same way also the registration and control of goods that are exported.

I.- NOCIONES GENERALES (SUNAT, 2010) Las mercancías prohibidas Pueden denominarse mercancías prohibidas siempre que sea determinado por norma expresa, sea por excepción, mandato o autorización expresa del sector competente.  Prohíben el registro, importación, distribución y comercialización de plaguicidas agrícola.  Productos pirotécnicos.  Vestidos y calzados usados.  Textos cartográficos, cuadernos, diskettes. Y cualquier material en el cual aparezca mutilado el territorio nacional o diferente a los límites del Perú.  El ingreso o salida de la flora y fauna silvestre (que incluyen todo animal o planta viva o muerta de especies amenazadas o en vías de extinción).

 Aparatos de telecomunicación no registrados en el MTC.  Las armas de fuego, municiones y explosivos de uso civil o de guerra.  Los productos, sustancias e insumos químico (acido, cloro, bromato de potasio) que directa o indirectamente pueden ser destinados a la elaboración de pasta básica de cocaína, pasta lavada, clorhidrato de cocaína, morfina.  Los productos farmacéuticos y galénicos, productos de cosméticos y similares, insumos, instrumental y equipo de uso médico – quirúrgico y odontológico.  Líquidos y gaseosos explosivos (gasolina, petróleo, envases con contenido de gas)

MERCANCIAS RESTRINGIDAS

- Se considera restringida la exportación o importación de bienes que se encuentran controlados o fiscalizados por los sectores correspondientes, los cuales requieren de una autorización previa emitida por la autoridad competente antes de ser despachados.

- Para el ingreso o salida de mercancías restringidas se debe contar con los documentos de control (autorizaciones, permisos, resoluciones, licencias, registros, etc.), los cuales pueden ser enviados electrónicamente o por cualquier otro medio. La SUNAT está facultada para verificar la autenticidad de los documentos.

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Roberto zagal Pastor- Derecho Aduanero Principales instituciones jurídicas Aduaneras pag. 229)

La relación de las sub partidas nacionales referenciales de las mercancías prohibidas y restringidas, pueden ser consultadas en el portal de la SUNAT en la dirección http: \\www.aduanet.gob.pe, la cual es actualizado por la autoridad aduanera en virtud a las nuevas entidades de control o a las modificaciones al arancel de aduanas. De acuerdo a las normas que regulan la importación y exportación definitiva de mercancías, la lista consignada en el portal de la SUNAT son referenciales este implica que el importador deberá consultar otras fuentes adicionales fin de determinar si la mercancía tiene o no la condición de restringida para el ingreso o salida de mercancías restringidas se debe contar con la documentación general propias del régimen aduanero, además se deben presentar los documentos de control ( autorizaciones , permisos , resoluciones, licencias, registros) los cuales pueden ser enviados a la autoridad aduanera vía electrónica o por cualquier otro medio, quien está facultada para verificar la autenticidad de los documentos. En la declaración pública de aduanas( DUA) o declaración simplificada se asigna una serie para cada producto restringido que requiere la presentación de un documento de control cuando una serie tenga más de un código de control y las casilla no alcance para detallarlos deben trasmitirse electrónicamente todos los códigos de control. En cada serie de la DUA o de la declaración simplificada, además de la descripción de la mercancía, se consigna el código de la entidad que emite el documento de control seguido del código del documento de control su número así como la fecha de emisión y vencimiento del mismo. La presentación de los documentos de control a la intendencia de aduanas de ingreso o salida se realiza en forma física o electrónica en el momento del reconocimiento físico de malas mercancías o de la revisión documentaria según corresponda el especialista en aduanas u oficial de aduanas verifica el cumplimiento de los requisitos dispuestos por las normas legales para las mercancías restringidas verificarla conformidad de los documentos, la autoridad aduanera

devuelve al interesado los originales de estas

debidamente firmado por el especialista en aduanas u oficial en aduanas siempre que dicho documento de control sea utilizado por única vez en un despacho conforme a lo dispuesto por la entidad de control. Para tal efecto, consigna en el documento de control: el número de DUA, la fecha de verificación de documento y el número de acta de verificación, inspección o de conocimiento, según sea el caso no se permite la trasferencia o endose del documento de control salvo que la entidad de control lo autorice para cuyo caso el endosatario debe presentar ante autoridad aduanera el documento de autorización expedido por el sector competente con las demás documentación que corresponda. El documento de control se utiliza en un solo despacho sin embargo, si la entidad de control lo permite en casos de bultos vigentes en el régimen de depósito o administración temporal, cuando la cantidad de mercancía declarada es menor a total autorizado por la autoridad de control se produce a la de rebaja en una cuenta corriente registrada en el reverso del original del documento de control pudiendo ser utilizado en diferentes despachos hasta por el total permitido y dentro de la fecha de vencimiento, luego del cual se cancela el documento de control y se entrega al interesado. MERCANCIAS PROHIBIDAS Son aquellas mercancías cuyo ingreso o salida de territorio nacional se encuentra prohibidas así tenemos: MERCANCIAS DE IMPORTACION PROHIBIDAS - Plaguicidas organoclorados sus derivados y compuestos - Plaguicidas agrícolas con base en los ingredientes activos di cloruro de etileno, óxido de etileno y monocrotofos. - Productos pirotécnicos - Vestidos y calzados usados

- Textos cartográficos, geográficos, cuadernos, disquete, videocasetes y cualquier material en el cual aparezca mutilado el territorio nacional o diferente al límite del Perú. - Bebidas fabricadas en el extranjero con la denominación de pisco - Bovinos vivos, productos y sub productos de origen bobino, ovino y caprino. - Neumáticos usados - Vehículos automóviles usados - Sustancias química bromato de potasio en la elaboración del pan y otros productos al consumo humano - Bienes, maquinarias y equipos usados que utilicen fuentes radioactivas - Juguete conocido como “yo-yo loco” o “yo – yo chino” MERCANCIAS EXPORTACION PROHIBIDAS Especies amenazadas de flora y fauna silvestres (llamas y alpacas, vicuñas wanacos y su híbridos pijuayu, caoba, cedro, Camú Camú, uña de gato, semillas botánicas, vegetarías, especímenes, productos y sub productos de la maca al estado natural o con proceso de trasformación primaria, aliblanca-Penélope-albipemmis),y -restos humanos y bienes culturales de los complejos arqueológicos “SIPAN” “SICAN” y del cuerpo congelado de la “dama de ampato”

MERCANCIAS RESTRINGIDAS Es el control que ejerce la autoridad aduanera en aquellas mercancías que para su ingreso o salida del país requiera de permisos sectoriales, autorizaciones certificados declaraciones juradas.

Podemos clasificarlas por entidades encargadas del documento de control MINISTERIO DE TRASPORTES Y COMUNICACIONES La importación de equipos y aparados de telecomunicaciones y esquipo para estaciones transmisoras radio eléctricas serán tramitado ante el ministerio de trasportes y comunicaciones ya sea para su nacionalización o importación temporal, el ministerio de trasportes será el ente encargado en otorgar los permisos provisionales o la nacionalización de los equipos MINISERIO DE RELACIOENS EXTERIORES Para el ingreso o salida dela país de libros, revistas, mapas, cuadernos, distetes, cds, videocasetes, planos o cualquier otro material que se represente o se haga referencia a los límites del Perú se requiere la resolución directoral del ministerio de relaciones exteriores en la que se indique que las ediciones bibliográficas y representaciones cartográficas se ajusta n a la forma correcta de grafico o descripción de los limites internaciones del Perú. MINISTERIO DEL INTERIOR El ingreso o salida del país de las armas, municiones, explosivos y artículos conexos de uso civil es autorizado por la dirección general de control de servicio de seguridad y control de armas, municiones y explosivos de uso civil- díscame NOTA: el despacho de estas mercancías solo se realizará por la intendencia de aduanas área del callao y marítima del callao, así como atreves de otras intendencias consignadas expresamente en la dirección directoral de autorización o exportación. MINISTERIO DE LA POBLACION - VICEMINISTERIO DE INDUSTRIA Dirección de insumos químicos y productos fiscalizados El ingreso y salida del país de los productos e insumos químicos que directa o indirectamente pudieran ser destinados a la elaboración de pasta básica de cocaína, pasta

lavado, clorhidrato de cocaína, morfina, base bruta, morfina base heroína, se efectúa únicamente a través de la intendencias de aduanas autorizadas por la SUNAT (marítima del callao- área del callao, ILO, Tacna, Iquitos, Paita, Pisco, Mollendo, Puno y Tumbes) Las empresas que van a poder solicitar el ingreso o salida de estos productos será con la autorización expedida por la dirección de insumos químicos y fiscalizados del MINPRODUCE para lima y callao y por la direcciones generales de MINPRODUCE habilitadas para estos efectos en provincias. OFICINAS TECNICAS DE OZONO – OTO- PERU EL ingreso de la sustancias agotadoras de la capa de ozono- SAO y de los equipos de refrigeración, congelamiento y otros quipos de producción de frio y de las de aire acondicionado nuevos o usados se sujetan a reconocimiento físico u obligatorio e importador debe contar con el permiso de importación PENALIDAD Se impone para este delito la pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años. Y el pago de una multa podrá ascender de 365 a 730 días multa. Sirviéndose además de la redacción deficiente de la LDA anterior que solamente legislaba el tráfico internacional indebido de mercancías prohibidas y restringidas como una circunstancia agravante, mas no como delito en sí mismo. Cabe anotar que, en torno a este delito puede generarse una suerte de concurso ideal, por la concurrencia de otros delitos tipificados en el código penal, que sancionan de manera específica determinadas circunstancias, como la extracción del país o comercialización de bienes del patrimonio cultural prehispánico, sancionado con pena privativa de libertad de tres a ocho años, (art. 228), la extracción de bienes culturales distintos a las de época prehispánica, reprimido con una pena de libertad de dos a cinco años(art. 230) o la tenencia de bombas, armas, municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes, o tóxicos, sustancia o materiales destinados para su preparación, penado con seis y quince

años de privación de libertad. (art279), la tenencia de armas químicas en contravención de las prohibiciones de la convención sobre armas químicas suscrita en el foro de las naciones unidas, sancionado con cinco a veinte años de pena privativa de libertad(art. 279-A), la comercialización de especies de flora y fauna prohibida5 (art. 308), y el ingreso al país de productos peligrosos o tóxicos, en cuyo caso, deberá seguirse la formula prescrita en el artículo 48 del código sustantivo, que dispone la aplicación del dispositivo legal que reprima con mayor severidad el hecho punible. Asimismo, se genera un conflicto con el reglamento de la ley forestal y de fauna silvestre, aprobado con el decreto supremo nª 014-2001-ag, que su artículo 364 inciso F) sanciona administrativamente el tráfico ilegal de especies en peligro de extinción, consistente en la posesión y transporte de ejemplares de fauna sin autorización de la autoridad correspondiente (el instituto nacional de recursos naturales-INRENA). Consideramos que, si el hecho tiene connotación penal, las responsabilidades administrativas deben quedar subordinadas a que no se llegue a determinar responsabilidad penal, en respeto del principio non bis in ídem. EL BIEN JURIDICO PROTEGIDO La represión de este delito protege intereses relevantes de distinta naturaleza, político, económico, sanitario, de seguridad y de moral pública, los cuales son preservados a través del control aduanero que viene a ser, por ende, el bien jurídico protegido. DEFINICION LEGAL De acuerdo al artículo 8 de la ley de los delitos aduaneros, comete el delito de tráfico de mercancías prohibidas o restringidas “el que utilizando cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas introduzca o extraiga del país, mercancías por cuantía superior a dos unidades impositivas tributarias cuya importación o exportación está

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De acuerdo a la convención internacional para evitar la extinción de las especies de flora y fauna, del 3 de marzo de 1973

prohibida o restringida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho años ni mayor de doce años y con setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días multa”. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO La acción Conforme hemos definido anteriormente, la acción es la conducta del agente que verifica en el mundo real, y que reúne las características del tipo penal que a continuación definidos. Tipicidad Conforme se ha precisado, la tipicidad se configura mediante la adecuación de una acción en particular con el tipo penal descrito en la ley, que contiene una conducta criminalizada, para lo cual se debe determinar los elementos del tipo penal. El tipo penal objetivo La acción típica.- La acción típica consiste en introducir o extraer del país, mercancías cuya importación se encuentra prohibida o restringida, valiéndose de cualquier medio, artificio o infringiendo normas específicas. La acción delictiva requiere que el agente haya introducido o extraído del país tales mercancías, utilizando medios engañosos, fraudulentos, elusivos u otros, vulnerando las disposiciones normativas aduaneras pertinentes. En este sentido, este delito puede perpetrarse, a través de la presentación de documentos falsos, por proporcionar información falsa relativa a la particularidad de la mercancía, por la cual, se prohíbe o restringe su importación o exportación.vg. el autor puede incurrir en fraude, referente a la antigüedad, al origen de las mercancías, mediante la descripción falsa o la clasificación arancelaria de las mercancías, sentado en la declaración única de aduanas, como en otros documentos necesarios para el despacho aduanero.

La referencia a “cualquier medio” para introducir o extraer del territorio nacional, implica que el delito puede ejecutarse incluso sin presentar declaración alguna ante las autoridades aduaneras, perfeccionándose el tipo en comentario, cuando en el momento de perpetrarse el delito, está vigente una norma que expresamente prohíba o restrinja la importación o exportación de la mercadería que son objeto de la acción delictiva. El objeto de la acción.- El objeto sobre el cual recae la acción delictiva son las mercancías ingresadas o extraídas del territorio nacional, por cuantía superior a las dos unidades impositivas tributarias y cuya importación o exportación se encuentre prohibida o restringida. En nuestra opinión, no ha debido fijarse el límite cuantitativo de las mercancías, pues, los bienes, objeto del delito, en unos casos están fuera del comercio por ser inalienables, como los bienes de dominio público, no teniendo asignado un valor en unidades monetarias y en otros supuestos, por más mínimo que sea valor de estos, puede ponerse en peligro la vida y la salud de las personas. Elementos descriptivos y normativos del tipo.- El tipo contiene como elemento normativo esencial, el régimen de prohibiciones y restricciones en importaciones o exportaciones de determinadas mercancías. Estas restricciones o prohibiciones constituyen medidas para arancelarias que forman parte de las regulaciones del comercio exterior. En la parte primera señalamos que la potestad de prohibir o restringir el tráfico internacional de mercancías, está sustentada en la constitución, que paralelamente al reconocimiento de la libertad del comercio, admite la posibilidad que el estado adopte medidas proteccionistas o discriminatorias análogas a las dispuestas en terceros países en perjuicio de interés nacional cuando sea lesivo a la moral, la salud y la seguridad pública.

Estas medidas se establecen por ley o norma de rango inferior pudiéndose consultar en el portal en internet de la SUNAT, la relación de las mercaderías cuya importación y exportación está prohibida o restringida. Los sujetos de la acción. Sujeto activo: Es la persona natural que realiza la acción típica, no exigiendo el tipo penal una calidad especial del agente. Sujeto pasivo: El sujeto pasivo de la acción es el estado que representa a la sociedad nacional en su conjunto. EL TIPO PENAL SUBJETIVO.- El dolo consiste en el conocimiento y la voluntad del agente de violar las normas que prohíben o restringen ciertas importaciones o exportaciones. LA ANTIJURICIDAD Y LA CULPABILIDAD El tráfico de mercancías prohibidas o restringidas es antijurídico cuando es contrario a la normatividad del estado y no concurre una circunstancia que lo justifique, en tanto que, el elemento de culpabilidad concurrirá cuando el agente del delito sea un imputable penal, es decir, tenga capacidad penal, de acuerdo a lo prescrito en la ley. PENALIDAD Como tipo penal agravado o calificado, es reprimido con 8 a 12 años de privativa de libertad, además de la aplicación de una multa que puede ascender de 730 a 1470 díasmulta. EL DESARROLLO DEL DELITO La acción delictiva se consuma con el ingreso “ilícito” de mercancías al territorio nacional, derivada de que su importación se encuentre prohibido o restringido, valiéndose de cualquier medio o artificio, como señala el tipo penal, así como por la extracción de

mercancías prohibidas o restringidas del país, que se perfecciona con la salida efectiva de estas, del territorio peruano, siendo aplicables mutatis mutandi las precisiones que han hecho sobre el contrabando. Lo ilícito fluye del tipo descrito que alude a cualquier medio o artificio o infracción a las normas que prohíben o restringen las importaciones o exportaciones. Resaltamos el ingreso ilícito de las mercancías, objeto del delito, porque, en el supuesto de ser declaradas correctamente ante la aduana, no se configuraría delito, porque habría actuado de buena fe. En este caso, si por error en la interpretación de la norma o cuando situación de restricción o prohibición se disponga luego de la adquisición de las mercancías, se aplicara el artículo 82 del TUO de la LGA, que dispone su reembarque, al no concurrir el dolo de la conducta del agente, imprescindible para la configuración del delito. CONCLUSION Podemos colegiar que los delitos de mercancías prohibidas y restringidas van a afectar a bienes jurídicos colectivos, a la vez el legislador no da razón de una tipificación concreta. 1. Las autoridades gubernamentales harán una investigación en los mercados, sobre las ventas de mercancías prohibidas. 2. Las personas intervenidas, sancionadas, con personalidad delictuosa serán investigados por las instituciones jurídicas, como la PNP, DINANDRO, ente otros 3. Estas mercancías prohibidas lo podemos encontrar en las ciudades, donde mayormente se realiza su comercialización. 4. Son para fines muchas veces LUCRATIVOS, donde obtienen más rápidos bienes y buena situación económica. 5. Los envíos de mercancías prohibidas los realizan también las personas de escasa situación económica para cubrir sus necesidades básicas de subsistencia.

Bibliografía

 Roberto Zagal Pastor; DERECHO ADUANERO, principales instituciones jurídicas vol. 1 cap. 5 pg. 231.  Marx, Karl; Obra EL CAPITAL, crítica de la economía política vol. 1 cap. 1 pg. 97.  Portal INEI (Instituto Nacional de Estadísticas e Informáticas)  Legislación normativa de INDECOPI.  Fuente Internet: www.google.com.pe www.wikipedia.com