MERCADO MODELO DE CHICLAYO MERCADO MODELO DE CHICLAYO • Calle: Manuel Pardo • Calle Juan Cuglievan • Av. José Balta
Views 159 Downloads 6 File size 7MB
MERCADO MODELO DE CHICLAYO
MERCADO MODELO DE CHICLAYO • Calle: Manuel Pardo
• Calle Juan Cuglievan
• Av. José Balta • Calle: Arica
La capacidad de atención proyectada inicialmente fue de 3600 personas. Numero de puesto 950.
MERCADO MODELO DE CHICLAYO
REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
CAPITULO II: CONDICIONES DE HABITABILIDAD Y FUNCIONALIDAD
• Articulo 3: «Deberán contar con un estudio de impacto vial sin
afectar el funcionamiento de las vías desde que accede.»
La convergencia de flujos de transporte público y privado, los que al mezclarse con los flujos de abastecimiento, distribución y problemas de ocupación del espacio público generan congestión vehicular y caos en el sistema de transporte urbano.
• Articulo 6: «Deberán contar con
sistemas de detención y extinción de incendios .»
CAPITULO III: características de los componentes
• Articulo 9: «los accesos de las edificaciones , deberán contar con al
menos un ingreso accesible para personas con discapacidad, a partir de un 1 m2 techados , con ingresos diferenciados para el publico y la mercadería..»
• Articulo 12: «el ancho mínimo de los pasajes será de
2.40m los mismos que deben permanecer libres de objetos, mobiliario, mercadería o cualquier obstáculo;. Los pasajes principales deben tener un ancho mínimo de 3.00 m».
Sobreutilización del espacio interior y áreas complementarias.
Articulo 16: «los puestos se construirán de material no inflamable, las superficies que estén en contacto directo con el alimento serán fáciles de limpiar y desinfectar».
El diseño de las instalaciones será apropiado para la exhibición y comercialización de alimentos en forma inocua. Considerara una zona de deposito para almacenar energía ligera, requerirá de instalaciones eléctricas y sanitarias en caso que lo exija la actividad comercial a desarrollar
CAPITULO VI: DOTACION DE SERVICIOS
• Articulo 23: «los servicios higiénicos serán obligatorios para
personas con discapacidad.»
• Articulo 25: «patio de maniobras para vehículos de
carga.»
Reglamento sanitario de funcionamiento de mercado de abasto NORMAS ESPECIFICA: DICTAMINADA POR MINISTERIO DE SALUD. ANEXO-RESOLUCION MINISTERIAL Nº 282-2003-SA/DM
Articulo 9ª: EXCLUSIVIDAD Los mercados deberán contar con un lugar exclusivo para su funcionamiento. Y ser independientes de vivienda, talleres, fabricas, salas de juego o cualquier otro establecimiento en el que se desarrollen actividades diferentes
Articulo 9ª: ESTRUCTURA FISICA a.-las pisos serán de material impermeable, adsorbente, antideslizante y liso, no tendrán grietas y serán fáciles de limpiar y desinfectar. Se les dará una pendiente para que se escuran hacia los sumideros, evitando su acumulación
Articulo 11ª: ILUMINACION Todo mercado deberá tener un alumbrado natural, o artificial cuando sea necesario par el correcto desempeño de la operaciones. La iluminación artificial deberá tener una distribución para eliminar las sombras y brillos, no deberán alterar los colores
Articulo 12ª: VENTILACION sea suficiente de modo que se asegure la circulación del aire, así como la eliminación del aires confinado
VIENTOS
TITULO II: de los mercados de abastos Capitulo I I: DE LAS INSTALACIONES SANITARIAS :
• Articulo 13ª: INTALACIONES SANITARIAS: agua potable, abastecida de manera continua. El sistema de desagüe debe garantizar la evacuación de aguas residuales
• Articulo 14ª: SERVICIOS HIGENICOS, VESTUARIOS Y DUCHAS: separados hombrees y mujeres. No tendrá comunicación directa con el recinto de comercialización de alimentos, almacenes, u otros ambientes exclusivos para alimentos.
TITULO II: de los mercados de abastos Capitulo I I I: DEL MOVILIARIO, LOS EQUIPOS Y UTENSILIOS
• Articulo 15ª: DEL MOVILIARIO, LOS EQUIPOS Y UTENSILIOS : los mercados deberían disponer, de ser necesario, de equipos de refrigeración y congelación.
TITULO II: de los mercados de abastos Capitulo IV: DE LOS PUESTOS DE VENTA
• Articulo 16ª: DE LA DISTRIBUCION La distribución de las secciones sea por tipo de alimento, de tal manera que evite la contaminación cruzada.
• Articulo 17ª: De los puestos de comercialización: el diseño de las instalaciones será apropiado `para la exhibición y comercialización de los alimentos en forma inocua.