MEDIO AMBIENTE Y EMPRESA MINERA NEXA RESOURCE

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN A LA EMPRESA MINERA “NEXA RESOURCES PERU SAA” INDICE INDICE..................................

Views 49 Downloads 2 File size 281KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN A LA EMPRESA MINERA “NEXA RESOURCES PERU SAA”

INDICE

INDICE.......................................................................................................................................2

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

DEDICATORIA.........................................................................................................................2 INTRODUCCION......................................................................................................................2 NEXA RESOURCES PERU S.A.A...........................................................................................2 PERFIL DE LA COMPAÑIA:...............................................................................................2 VISIÓN.......................................................................................................................................2 MISIÓN......................................................................................................................................2 CAPITULO I..............................................................................................................................2 CONTEXTO DE MERCADO................................................................................................2 Zinc.....................................................................................................................................2 Cobre...................................................................................................................................2 Plomo..................................................................................................................................2 COSTOS OPERATIVOS.......................................................................................................2 GASTOS OPERATIVOS...................................................................................................2 RENTABILIDAD...................................................................................................................2 Fortalezas y Recursos..............................................................................................................2 CAPITULO II.............................................................................................................................2 MINERÍA:..............................................................................................................................2 HIDROCARBUROS:.............................................................................................................2 ELECTRICIDAD:..............................................................................................................2 CAPITULO III............................................................................................................................2

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

Características del Derecho Ambiental Internacional:............................................................2 a. Dispersión normativa......................................................................................................2 b. Actividad jurisdiccional internacional prácticamente nula en la materia:......................2 c. Ausencia y desaparición de las responsabilidades:.........................................................2 d. Protección ambiental consistente en bienes comunes o intereses generales de la Humanidad:..............................................................................................................................2 e. La intergubernamentabilidad...........................................................................................2 f. Funcionalismo orgánico:.................................................................................................2 g. Ausencia de la Costumbre como fuente en las nuevas áreas de protección del derecho internacional ambiental:...........................................................................................................2 h. El consenso en la generación del «Derecho Blando» (sof law):.....................................2 i. Ineficacia en el cumplimiento de los tratados por ausencia de delegación de competencias ambientales:......................................................................................................2 j. Multi e interdisciplinario:................................................................................................2 k. Preventivo:......................................................................................................................2 l. Sistémico:.........................................................................................................................2 Principios del Derecho Ambiental Internacional:...................................................................2 a) Interdependencia ecológica:............................................................................................2 b) Solidaridad:.....................................................................................................................2 c) Cooperación ambiental:..................................................................................................2

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

d) Obligación de informar e informarse:.............................................................................2 e) Universalidad:.................................................................................................................2 f) Regulación jurídica integral:...........................................................................................2 g) Responsabilidad común pero diferenciada:....................................................................2 h) Principio precautorio:.....................................................................................................2 i) Principio de conjunción:..................................................................................................2 j) La variable ambiental:.....................................................................................................2 k) Transpersonalización de la norma jurídica ambiental:...................................................2 l) No contaminar:................................................................................................................2 m) Utilizador-pagador:........................................................................................................2 DECLARACIONES INTERNACIONALES DEL MEDIO AMBIENTE:...........................2 INICIOS ANTES DE ESTOCOLMO:...............................................................................2 LA DECLARACION DE ESTOCOLMO:.........................................................................2 ENTRE ESTOCOLMO Y RÍO:.........................................................................................2 LA CUMBRE DE LA TIERRA EN RÍO DE JANEIRO:..................................................2 LUEGO DE RÍO Y HACIA EL FUTURO:.......................................................................2 COMPROMISO DE LA EMPRESA MINERA “NEXA RESOURCES PERU SAA” CON EL MEDIO AMBIENTE.................................................................................................................2 CONCLUSIONES......................................................................................................................2 RECOMENDACIÓNES.............................................................................................................2

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

BIBLIOGRAFIA........................................................................................................................2

DEDICATORIA

Dedico este trabajo a Dios y a nuestros padres. A Dios porque ha estado con nosotros a cada paso que damos, cuidándonos y dándonos fortaleza para continuar, a CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

nuestros padres, quienes a lo largo de nuestras vidas han velado por nuestro bienestar y educación siendo nuestro apoyo en todo momento.

Depositando su entera confianza en cada reto que se nos presentaba sin dudar ni un solo momento en nuestra inteligencia y capacidad.

INTRODUCCION

Es fundamental, para entender la importancia de la materia, recordar que el hombre vive en un medio ambiente natural (el planeta tierra), que es su base de vida y desarrollo. El hombre está inserto y se desarrolla en un medio que lo condiciona y al cual a su vez modifica con su acción.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

El hombre que es parte de la naturaleza debe vivir en armonía con ella, esto significa que las actividades humanas deben desenvolverse de tal manera que sean compatibles con el mantenimiento y mejoramiento del entorno ecológico que lo sustenta y condiciona.

Los componentes esenciales del medio ambiente son: el agua, el aire, la tierra y los seres vivos, los cuales se hallan en estrecha relación, proporcionando a la Biósfera el equilibrio necesario para que las distintas formas de vida se mantengan y desarrollen. La alteración de tales componentes perjudica dicho equilibrio ecológico y puede ocasionar graves daños a cualquier forma de vida y, en todo caso, deteriorar la calidad de vida humana.

NEXA RESOURCES PERU S.A.A. ACTIVIDAD COMERCIAL: EXTRACCION DE MINERALES METALIFEROS NO FERROSOS

PERFIL DE LA COMPAÑIA: Compañía Minera Milpo S.A.A. es una empresa minera peruana de escala regional dedicada a la exploración, extracción, procesamiento y comercialización de concentrados de zinc, cobre y plomo con contenidos de plata y oro, siendo en la actualidad uno de los principales productores

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

polimetálicos de bajos costos y con significativa exposición en zinc en Perú. Nexa Perú desarrolla sus operaciones con un claro compromiso por la responsabilidad social y ambiental. La Compañía es parte de Nexa Resources S.A. (antes Votorantim Metais Holding), la empresa del segmento de metales y minería de Votorantim S.A., una sólida empresa privada diversificada y global que cuenta con cerca de 100 años de historia y presencia en sectores claves de la economía en más de 23 países. Nexa Perú mantiene en la actualidad 3 unidades mineras polimetálicas subterráneas en operación, Cerro Lindo (Ica), El Porvenir (Pasco) y Atacocha (Pasco). Asimismo, cuenta con un portafolio de proyectos greenfield cupríferos y polimetálicos con exploración avanzada. El mineral procesado alcanza las 10,6Mt. Su unidad minera Cerro Lindo produce 156.000t/a de concentrados de zinc. A través de sus subsidiarias, la compañía opera el Complejo Minero Pasco, compuesto por las unidades mineras El Porvenir y Atacocha, que produce 63.000t/a de concentrados de zinc. Su unidad Chapi, ubicada en la región de Moquegua, suspendió sus operaciones en 2015. En Cajamarquilla, la compañía produce 310.000t/a de zinc refinado. Nexa Resources Perú actualmente está desarrollando dos proyectos de cobre, Magistral y Pukaqaqa, y tres proyectos polimetálicos: Shalipayco, Florida Canyon e Hilarion. La compañía es una subsidiaria de Nexa Resources, propiedad del conglomerado brasileño Votorantim S.A. Fue fundada en 1949.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

VISIÓN  

Tenemos como misión ejecutar nuestras operaciones mineras con altos estándares de calidad, seguridad y eficiencia, mediante la optimización de nuestros recursos, la preservación de ecosistemas y desarrollo socioeconómico de nuestro país. De esta manera nuestra misión se

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

centra en generar valores en los yacimientos en los que operamos a través de alcanzar una armoniosa convivencia y equilibrio entre la actividad minera y el medio ambiente.

MISIÓN

Nuestra visión es ser el referente peruano por excelencia de exploración, desarrollo y explotación minera, a través de la creación de valor sostenible para nuestros accionistas, personales de trabajo las comunidades y el medio ambiente.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

CAPITULO I CONTEXTO DE MERCADO Durante el 2017, se confirmó la tendencia positiva de la cotización internacional de los metales base debido a la incertidumbre sobre la oferta, la menor fortaleza del dólar y a un crecimiento global por encima de lo esperado, principalmente de China, lo que da señales de una mayor demanda de estos metales en los próximos años acrecentando así las preocupaciones sobre los suministros. Zinc En el 4T17, el precio promedio en el London Metal Exchange (LME) alcanzó los U$. 3,236, 29% superior respecto al 4T16 debido a menores stocks en el mercado que evidenciaron un déficit en la producción de zinc por el cierre de algunas operaciones que originó una disminución de inventarios de concentrados, y expectativas de que la reactivación de ciertos proyectos y el reinicio de otras operaciones no sería suficiente para cubrir la demanda de este metal en los próximos años. El precio del zinc al cierre de diciembre fue de U$ 3,309.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

Cobre Durante el 4T17, el precio promedio se incrementó en 29% respecto al 4T16 alcanzando los U$. 6,808 debido a la menor fortaleza del dólar y a la anticipación de potenciales recortes en la oferta futura por la expectativa de negociaciones colectivas de operaciones de gran magnitud en el 2018. Otros fundamentos de mercado que influenciaron los altos precios en el 2017 fueron los recortes en la oferta a inicios de año debido a las huelgas en Chile e Indonesia y una demanda mayor a la esperada principalmente de China donde la economía alcanzó un desempeño de crecimiento cercano al 7% con una recuperación de su sector industrial. Señales de una mayor demanda de cobre también por el crecimiento de la producción de vehículos eléctricos impulsaron la cotización de dicho metal. El precio del cobre al cierre de diciembre fue de U$ 7,157. Plomo En el trimestre, el precio estuvo impulsado por preocupaciones en cuanto a restricciones de oferta por potenciales recortes de producción debido a paradas de operación en minas y refinadoras de plomo en China debido a futuras inspecciones ambientales durante la estación de invierno donde usualmente crece la demanda por reposición de baterías (donde el plomo es uno de los principales insumos). El precio promedio en el 4T17 se incrementó alcanzando los U$ 2,492, 16% superior respecto al 4T16. El precio del plomo al cierre de diciembre fue de U$ 2,495. En cuanto a los metales preciosos, el precio promedio del oro incrementó en el 4T17 respecto al 4T16 debido principalmente a mejores indicadores de la economía global y una menor fortaleza del dólar. En el mismo periodo, el precio promedio de la plata se redujo en menor proporción.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

COSTOS OPERATIVOS Durante el 2017, el costo de ventas se incrementó obteniendo un costo consolidado de US$/t 35.5, 8% superior al obtenido en el 2016. El mayor costo unitario estuvo asociado al menor mineral tratado y a un incremento en los costos totales de sostenimiento con shotcrete en las tres unidades mineras. Cabe mencionar que desde fines del 2016, se implementó una política orientada a reforzar todas las actividades de sostenimiento al interior de las tres minas subterráneas, mediante el mayor uso de shotcrete, pernos y mallas, a fin de incrementar la seguridad en las mismas. Estas actividades continúan y se vienen implementando otras acciones para compensar dichos incrementos en el costo. GASTOS OPERATIVOS En el año, los gastos operativos se incrementaron significativamente respecto al 2016 como consecuencia de mayores gastos destinados a las exploraciones en proyectos Brownfields en las Unidades Mineras que fueron parcialmente compensados con menores gastos de ventas y gastos de administración. Durante el 4T17, se observa el mismo efecto. Los gastos de ventas se redujeron en 8% y 5% respecto al 2016 y el 4T16, respectivamente, debido principalmente a los menores costos de transporte terrestre en Cerro Lindo y al menor volumen vendido. Mientras que en los gastos de administración se obtuvo una reducción de 29% y 55% respecto al 2016 y el 4T16, respectivamente, como resultado del plan de optimización de costos en la oficina corporativa. RENTABILIDAD Durante el 2017 y el 4T17, se obtuvo un EBITDA de US$ 405.4 millones y US$ 141.5 millones, 43% y 100% superiores a los obtenidos en el 2016 y 4T16 respectivamente, debido a

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

los mayores ingresos por ventas por los mayores precios de los metales base, y en el 4T17 también por una mayor producción de plomo y plata a nivel consolidado. Asimismo, los resultados del 4T17 muestran un mejor desempeño respecto del 3T17 debido a la mayor producción sobretodo de zinc, plomo y plata como también por los mayores precios registrados en el trimestre.

Fortalezas y Recursos Como parte de las fortalezas y recursos de la Compañía, se pueden mencionar, entre otros, los siguientes: Éxito en la estrategia de crecimiento y bajos costos aplicada. Inversión en la construcción y puesta en marcha de Cerro Lindo de manera modular. Ampliación de la capacidad de producción en las Unidades Mineras Cerro Lindo y El Porvenir. Integración Operativa de las Unidades El Porvenir y Atacocha, que consolida las operaciones de Pasco. Constante búsqueda de oportunidades de crecimiento en el mercado. Esfuerzos constantes para optimizar las inversiones, costos operativos y gastos administrativos. Prácticas corporativas que permiten una adecuada de gestión de seguridad, salud ocupacional, ambiente y relaciones comunitarias. Respaldo de Nexa Resources S.A. como principal accionista con más del 80% de participación de las acciones comunes, priorizando el ritmo de crecimiento proyectado por la Compañía para los próximos años. Acceso a financiamiento tanto en mercados financieros como en mercados de capitales a nivel local como internacional.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

Robustos niveles de rentabilidad y liquidez. Estrategia social corporativa, la cual apunta al logro del desarrollo sustentable con el compromiso de responsabilidad social empresarial.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

CAPITULO II MINERÍA: El Perú ha sido tradicionalmente un país minero, lo que se puede comprobar con tan solo ver el aporte de la minería al producto bruto interno (PBI) o a las exportaciones nacionales. Sin embargo, lograr un equilibrio adecuado entre la actividad minera y la conservación del ambiente no es un reto simple, en especial en países como el Perú, en donde el sector minero puede representar una gran posibilidad de crecimiento y, por otro lado, ser la fuente de numerosos conflictos socio ambientales. En este contexto, el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (CMA), actualmente derogado, y el reglamento para la protección ambiental en la actividad minero-metalúrgica, entre otras normas, establecieron en su momento instrumentos de gestión ambiental, como el estudio de impacto ambiental (EIA) o el programa de adecuación y manejo ambiental (PAMA), a efectos de armonizar el desarrollo de las actividades mineras con la protección ambiental. Posteriormente, se han venido aprobando una serie de normas encaminadas a mejorar y complementar el marco ambiental existente, haciendo del sector minero el de mayor regulación ambiental. No obstante, el reglamento ambiental minero, que data de 1993. HIDROCARBUROS: ELECTRICIDAD: El reglamento de protección ambiental en las actividades eléctricas establece como figuras centrales el estudio de impacto ambiental (EIA) y el PAMA. Asimismo, se ha determinado que la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones ambientales de los

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

titulares de actividades del sector electricidad, recae en el OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental).

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

CAPITULO III

Características del Derecho Ambiental Internacional: El Derecho Ambiental Internacional que es, no el que debe ser, está caracterizado por: a. Dispersión normativa: Significa la existencia de profusa cantidad de instrumentos jurídicos (convenios, tratados, acuerdos, recomendaciones, declaraciones, informes, resoluciones) que producen como efecto el de crear ilusión de una gran protección, seguridad y actividad jurídica ambiental, cuando en realidad lo que persiste es una gran desorientación en cuanto a efectiva aplicación se trata. b. Actividad jurisdiccional internacional prácticamente nula en la materia: Cuando se ha aplicado derecho internacional se lo ha hecho dentro del Derecho Internacional Privado, como en el caso de los derrames petroleros "Torrey Canyon"(1967), "Amoco Cádiz" (1978), "Exxon Valdez" (1989), etc.. El Derecho Ambiental Internacional se ve privado de jurisdicción y jurisprudencia, sólo se lo aborda desde el Arbitraje -uno de los medios establecidos en las Convenciones para dirimir las controversias-, que consisten en arreglos amistosos o simples regateos en torno a la cuantía de las indemnizaciones, transformando en ilusorios los derechos de la comunidad internacional a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza (Principio 1. Declaración de Río). c. Ausencia y desaparición de las responsabilidades: Cuando han sucedido hechos con claras negligencias, decisiones u opciones equivocadas que generarían responsabilidades, han sido tratadas como supuestas catástrofes naturales. La existencia de más 154 instrumentos internacionales para la protección del ambiente es un signo por demás elocuente de la cantidad de violaciones al Ambiente que se han producido en el ámbito internacional -si no el planeta no estaría como está-, sin embargo, la inexistencia de un órgano internacional específico para

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

dirimir las controversias encuentra enormes obstáculos para establecer la responsabilidad internacional de los nuevos sujetos del DAI.9  d. Protección ambiental consistente en bienes comunes o intereses generales de la Humanidad: Esto merece dos consideraciones, una negativa y otra positiva. La primera consiste en que la creencia de que los bienes protegidos son patrimonio común de la Humanidad ha traído aparejado evanescencia en los deberes y derechos internacionales de los sujetos del Derecho Internacional. La segunda, la instauración por parte de Naciones Unidas de que el ambiente es patrimonio común de la humanidad otorgándole al individuo, a la persona humana, derechos para reclamar protección internacional como miembro de esa humanidad, pero en cuanto a quién es el titular de la legitimación, todos y ninguno, es decir todos son responsables y ninguno a la vez. El desafío es poner en marcha un sistema de protección internacional ambiental que permita administrar los bienes comunes, pero esto choca con el problema de la soberanía estatal, principio básico del Derecho Internacional Público Clásico que todavía perdura, con la consecuente negativa de los Estados a ceder parte de sus competencias ambientales aunque sólo fuera para resolver los problemas globales. e. La intergubernamentabilidad: La totalidad de los instrumentos internacionales para la protección del ambiente son de característica intergubernamental, no supranacionales, no estableciendo delegación de competencias en órganos jerárquicos superiores. f. Funcionalismo orgánico: Los instrumentos internacionales para la protección del Ambiente presuponen que las instituciones deben ser creadas en función de las necesidades que se pretende satisfacer en forma conjunta. En consecuencia, cualquier incumplimiento de esas disposiciones resulta imposible de resolver por inexistencia de un organismo que atienda las disputas. Salvo a través de negociación interestatal como el Arbitraje.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

g. Ausencia de la Costumbre como fuente en las nuevas áreas de protección del derecho internacional ambiental: Ante todo, el derecho internacional era producto de la costumbre, de la práctica consolidada por un período de tiempo y de la cortesía internacional. El derecho internacional, en sus orígenes, era lo que los Estados acostumbraban a hacer, es decir, era costumbre, uso inmemorial, o actos reiterados durante un largo período de tiempo. Pero luego el Derecho internacional cristalizó en normas jurídicas esas costumbres y usos internacionales en un conjunto de instrumentos jurídicos, esta acción constituye el proceso de positivación de normas jurídicas internacionales que, ahora, aplicado al Ambiente y dentro del Derecho Internacional ha generado que la costumbre sea producto de lo consensuado y plasmado en los instrumentos internacionales (Ej.: Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la Capa de Ozono de 1987). El Derecho Ambiental Internacional convencional ha demostrado ser demasiado rígido, pero como fuente es importante sobre todo de acuerdo a las posibilidades que ofrece la firma de acuerdos con alcance supranacional, es decir con delegación de competencias. El Derecho Ambiental Internacional Consuetudinario se encuentra estado naciente. h. El consenso en la generación del «Derecho Blando» (sof law): Este derecho consiste en la concertación de un compromiso más político que jurídico que emana de los instrumentos internacionales para la protección del Ambiente. Esta característica de los instrumentos internacionales ambientales, muchas veces criticada, posee la particularidad de permitir adoptar compromisos políticos sobre las conductas futuras que tiene una gran importancia en el proceso de formación de normas jurídicas tendientes a remover conductas que antes la comunidad internacional no aceptaba. La regla del consenso para adoptar textos de derecho ambiental internacional es un hallazgo válido de la diplomacia multilateral actual y consiste en un entendimiento que se alcanza sin que ninguno de los participantes considere que necesita

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

oponerse al Acuerdo para proteger su interés y sin que ello signifique una adhesión absoluta de todos y cada uno de los participantes. Esta forma de asentimiento es conocida con la frase «podría vivir con ese texto».10  Por otro lado, estas normas presentan una utilidad indiscutible no sólo por su multiplicidad y por el hecho de remitir permanentemente de unas a otras por el juego de referencias cruzadas sino, también, por el hecho de que son preparadas, discutidas, comentadas y negociadas a todos los niveles por organizaciones gubernamentales, no gubernamentales, Estados e individuos, que representan la conciencia colectiva. i. Ineficacia en el cumplimiento de los tratados por ausencia de delegación de competencias ambientales: Los mecanismos de solución de controversias que contienen los instrumentos internacionales no establecen delegación de competencias en órganos jurisdiccionales internacionales supranacionales. El Tribunal Internacional de Justicia de La Haya, no ha sido hasta la fecha un instrumento adecuado en esta tarea. Por el contrario, en su largo período de existencia desde 1922 hasta 1994 sólo había dictado 140 sentencias, a razón de dos por año. j. Multi e interdisciplinario: Necesita del aporte de todas las demás disciplinas científicas, tales como las biológicas, las físicas, las matemáticas, las médicas y las sociales, pues todos los sectores que la integran, interaccionan creando interdependencia entre sí.12  k. Preventivo: Los objetivos del Derecho Ambiental Internacional son fundamentalmente preventivos. En el Derecho Ambiental la coacción a posteriori resulta particularmente ineficaz porque la represión podrá obtener una trascendencia moral pero difícilmente compensará daños, en muchos casos ya irreparables. l. Sistémico: Las disposiciones y normas internacionales, en general, están al servicio de la regulación de los diferentes elementos y procesos naturales que componen el Ambiente natural y

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

humano. La regulación de conductas internacionales no se realiza aisladamente, sino teniendo en cuenta el comportamiento de los elementos naturales y las interacciones determinadas en ellos como consecuencia de la actividad antropogénica y natural.

Principios del Derecho Ambiental Internacional: El Derecho Ambiental Internacional posee principios que son propios de la protección internacional del Ambiente. Pero, muchos de ellos son compartidos por otras ramas del derecho, inclusive por el derecho internacional. No obstante, los que a continuación se reafirman constituyen los principios rectores del derecho ambiental, sin perjuicio, de otros que están actualmente en surgimiento. a) Interdependencia ecológica: En un mundo donde la deforestación en un Estado reduce la riqueza biológica de toda la Tierra, en que los productos químicos y las emanaciones de gases tóxicos liberados a la atmósfera en un continente provocan efectos que producen cáncer de piel en otro, en que las emisiones de dióxido de carbono aceleran el cambio climático mundial, en donde el consumo desenfrenado de las sociedades opulentas agrava la pobreza en los países menos industrializados, la reorientación de las decisiones a nivel planetario hacia la preservación ecológica y el desarrollo sostenible deben consensuarse y compartirse, requiriendo esfuerzos adicionales que deben ser soportados por todos, principalmente, por los países industrializados (Principios 2, 6 y 25. Declaración de Río). b) Solidaridad: Deviene del anterior. Los países deben ser solidarios en la pobreza y en la riqueza. La riqueza es menos riqueza si existe hambre y miseria en el mundo o se daña la belleza de los parques naturales y se contamina las aguas de los ríos y de los mares. (Principios 7, 5 y 27. Declaración de Río).

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

c) Cooperación ambiental: No supone la ayuda económica sino la ambiental sostenible, que consiste en la colaboración para prevenir la degradación ambiental y para evitar contaminación de las aguas, el suelo y la atmósfera, como así también la cooperación para promover un sistema económico internacional favorable y abierto que permita llegar al desarrollo sostenible y al crecimiento económico preservador (Principios 7, 9, 12 y 27. Declaración de Río). d) Obligación de informar e informarse: Mandato imperativo de la CNUMAD Río´92. Este principio tiene dos sentidos: la información para abajo y la información para arriba. La primera, la obligación por parte de los Estados de crear las condiciones para que todos los individuos tengan acceso adecuado a la información sobre el Ambiente igual que el que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que ofrecen peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Y la segunda, es que los Estados tienen la obligación de notificar inmediatamente a los otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos al Ambiente. e) Universalidad: La Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados de 1974, en los arts. 29 y 30, estableció la responsabilidad común para la comunidad internacional sobre los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo fuera de los límites de la jurisdicción nacional; los recursos de la Zona, considerándolos como patrimonio común de la humanidad; como, también, la protección, preservación y mejoramiento del Ambiente para las generaciones presentes y futuras -principio más tarde receptado en la Convención del Mar de Montego Bay (1982)-. Esta idea, de que los bienes naturales pertenecen a la Humanidad y no pertenecen a ningún Estado en el sentido de propiedad clásico -que presupone el ejercicio relativo de esos derechos dentro del ámbito territorial-, se está arraigando como principio universal estableciendo que la Humanidad

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

en su actuales generaciones -como nuevo sujeto de derecho internacional público contemporáneo- posea entre sus atributos el derecho de utilizar los recursos naturales sin poner en peligro la capacidad para servirse de ellos de las generaciones futuras y el deber de velar por su existencia y permanencia en el tiempo. El Ambiente es patrimonio común de todos los habitantes de la Tierra porque la Humanidad debe respetar y obedecer las inmutables leyes naturales para, de esa manera. f) Regulación jurídica integral: Este principio consiste en la armonización y unificación de las legislaciones a nivel internacional, por un lado. Es decir, la tendencia a uniformar los regímenes jurídicos de los diferentes Estados y regiones de la Tierra en relación a las normas jurídicas ambientales internacionales destinadas a la prevención, represión, defensa, conservación, mejoramiento y restauración. Por otro lado, en la capacidad tanto del legislador como del juez de tener una perspectiva macroscópica e integradora del ambiente debido a la fragmentariedad de las normas ambientales. g) Responsabilidad común pero diferenciada: El principio de responsabilidad común pero diferenciada significa que las responsabilidades deben ser compartidas por todos los Estados debido a las alteraciones causadas al ambiente como consecuencia del ejercicio de actividades dañinas realizadas tanto por persona físicas y/o jurídicas dentro de sus jurisdicciones. Pero en vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del ambiente, la responsabilidad debe ser diferente. Los países industrializados reconocen la responsabilidad que les cabe teniendo en cuenta las presiones que sus sociedades ejercen en el Ambiente y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen. Este tipo de responsabilidad referido a la protección del ambiente no se agota en lo meramente individual, por ello deviene en responsabilidad

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

colectiva, mancomunada o solidaria. La cuantía e importancia de los riesgos y la objetivación de la responsabilidad no es objeto de este. h) Principio precautorio: Significa que los Estados y demás sujetos del DIPC no pueden ampararse en la falta de certeza científica absoluta para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del ambiente. El desconocimiento científico no debe ser utilizado como razón para trasladar a las generaciones futuras las decisiones que se deben tomar ahora en precaución de eventuales e inexorables daños al ambiente. i) Principio de conjunción: Tradicionalmente el Derecho Internacional distingue en doctrinas denominadas Monismo y Dualismo según como se incorpora la norma internacional al orden jurídico interno. Para la primera, no hay existencia de dos órdenes jurídicos separados y autónomos, para la segunda sí. Estas doctrinas resultan ahora superadas por el desarrollo del Derecho Ambiental Internacional, sobre todo a raíz de las normas supranacionales establecidas en el plexo normativo de la Unión Europea en materia ambiental y de las derivadas de la Declaración de Río y la Agenda XXI -el Programa de Acción de la Conferencia de Río’92-, verdaderas constituciones ambientales mundiales, con derechos y obligaciones que resultan insoslayables para los Estados.17  En estos plexos normativos, surge que en el Derecho Ambiental Internacional convergen normas de derecho administrativo, de derecho penal, de derecho procesal, de derecho civil y comercial, pero también de prescripciones de las ciencias naturales, las biológicas, las físicas y las económicas, de allí que el ordenamiento ambiental se caracteriza por ser sistémico. El principio de conjunción significa la unión en un mismo orden jurídico, el Ambiental, de la norma internacional y la nacional debido a que la internacional es cada vez más nacional y viceversa, la nacional es cada vez más internacional. Además, la norma

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

ambiental internacional es «ius cogens» una norma imperativa de carácter internacional que no puede ser dejada de lado sino por otra norma de la misma naturaleza. j) La variable ambiental: Significa la introducción de la variable ambiental como principio en el proceso de toma de decisiones, tanto internacional como nacional. La variable ambiental o el factor ambiental surgen inevitablemente puesto que la problemática ambiental se politiza cada vez más porque exige la intervención directa de los Estados a través de acciones prioritarias y preferenciales en el campo de la protección del Ambiente. El Estado como sujeto primario del derecho internacional público tiene una influencia decisiva. Es el órgano decisor en relación a la actuación u omisión en la materia. De allí la necesidad de incluir al factor Ambiente en la globalidad de los actos y conductas que incidan directa o indirectamente en ejercicio del poder. La variable ambiental o el factor ambiental incorporado en el proceso de toma de decisiones tanto a nivel horizontal como vertical están configurado y comprendido dentro de la interdependencia ecológica existente entre los Estados. Ambiente y política internacional se hallan esencialmente interconectados. Las decisiones económicas y de planificación global contribuyen al fortalecimiento de las responsabilidades en la protección del Ambiente y éste constituye un problema global que no puede ser resuelto por un sólo Estado, ni una sola región o continente, necesitando imperiosamente la participación de todos los Estados. Del grado de incorporación del factor ambiental al proceso de toma de decisiones depende en gran parte el futuro de la humanidad. k) Transpersonalización de la norma jurídica ambiental: La razón de este principio se encuentra en la naturaleza del Derecho Ambiental que al hacer referencia al derecho del hombre y del Ambiente significa que toda violación al derecho ambiental lesiona tanto a la persona humana como al Ambiente dando lugar al derecho-deber de su reparación. La Declaración de

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

Río expresa que los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible teniendo derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza (Principio 1). Y, paralelamente, el hombre tiene el deber de proteger y mejorar el entorno para las generaciones presentes y futuras. l) No contaminar: El principio no contaminar -dicho bíblicamente no contaminarás-, surge como reacción a la increíble y a la vez paradójica recepción en la Declaración de Río del principio «el que contamina paga» (Principio 16). Este error u horror jurídico, atribuido a la presión ejercida por el establishment en la Conferencia de Río’92, en realidad, ha servido para cristalizar en los instrumentos internacionales la cómoda y complaciente figura del "pagadorcontaminador" extendida por toda la Tierra. La regla, la norma, debe ser «no contaminar» y la excepción que confirma la regla es la posibilidad de contaminar pero en determinadas condiciones perfectamente reguladas y bajo el control de gestión de la autoridad de aplicación responsable y de los responsables de la toma de decisión de autorizar dicha emanación o desecho y no como erróneamente se establece en el principio 16 de la Declaración de Río «el que contamina debe pagar». Y para colmo, la Agenda XXI no sólo no se animó a erradicar el principio "el que contamina paga" sino que se lo incluyó en el capítulo 8 de la Sección I del Programa de Acción referido a la «Formulación de Políticas para el Desarrollo Sostenible», encontrándolo como una buena solución para resolver inmediatamente los problemas ambientales globales, cuando en la práctica industrial es uno de los coadyuvantes de la contaminación industrial, porque en definitiva las industrias terminan pagando sus tasas por contaminar, transformando el tan deseado desarrollo en el «mal desarrollo». m) Utilizador-pagador: Recientemente se ha comenzado a elaborar el principio "utilizadorpagador". Este principio consiste en que quien usa los recursos debe pagar y responde al criterio

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

de la internacionalización total de los costes asociados a las distintas fases de explotación, transformación y uso de los recursos naturales, así como de los efectos ambientales derivados. El principio es relevante porque subsume al mal llamado principio "contaminador-pagador".

DECLARACIONES INTERNACIONALES DEL MEDIO AMBIENTE: INICIOS ANTES DE ESTOCOLMO: Antes de los años 60, había poca conciencia ambiental y solo algunas iniciativas aisladas de regulación ambiental internacional. Una de ellas fue la frustrada Convención de Londres de 1900, con la cual se buscaba proteger la vida silvestre africana. Esa Convención nunca entró en vigor porque no fue firmada por el número mínimo de partes. Fue reemplazada 33 años después por el Convenio de Londres de 1933 que fue aplicado en gran parte de África colonizada con la creación de parques naturales y la protección de especies. Durante esos años, otras iniciativas se llevaron a cabo de forma aislada. Pero las cosas realmente empezaron a moverse con el despertar de la conciencia ambiental en los años 60, cuando la opinión pública se hizo consciente de los peligros que amenazaban al planeta. Algunos de los eventos que marcaron esta época fueron la publicación en 1962 del libro Primavera Silenciosa (Silent Spring) de Rachel Carson, el cual documentó los efectos negativos de los plaguicidas sobre las aves y el medio ambiente; y la divulgación de la imagen conocida como Amanecer de la Tierra (Earthrise), tomada por el astronauta William Anders en 1968 durante la misión Apolo 8. Esa fotografía es considerada de influencia icónica para el despertar del movimiento ambiental pues evidencia la unidad absoluta de la tierra vista desde

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

la luna. Escuche aquí la conversación de Anders con el también astronauta Frank Borman mientras capturaba la imagen.

LA DECLARACION DE ESTOCOLMO:

Producto de la primera Conferencia de las Naciones Unidas (ONU) sobre el Medio Ambiente Humano, la Declaración de Estocolmo (1972), fue el primer documento internacional en reconocer el derecho a un medio ambiente sano mediante 26 principios, muchos de los cuales han jugado un papel importante en el desarrollo posterior del DIA. El Principio 21, por ejemplo, confirmó una de las piedras angulares del DIA: la responsabilidad de los Estados de garantizar que las actividades bajo su jurisdicción no causen daños al medio ambiente de otros Estados. La Declaración estableció además el Principio de la

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

Cooperación, crucial en el desarrollo ulterior del DIA, al reconocer que para hacer frente a los desafíos globales de nuestro entorno común, los países debían unir esfuerzos. También en Estocolmo, la Asamblea General de la ONU creó el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), órgano central a cargo de los asuntos ambientales en la actualidad.

ENTRE ESTOCOLMO Y RÍO: Después de Estocolmo, comenzaron a verse cambios en los gobiernos nacionales: se formaron los primeros partidos políticos verdes, se crearon algunos Ministerios de Medio Ambiente, y comenzó a desarrollarse una importante cantidad de legislación ambiental local. En 1983, la ONU creó la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, conocida como la Comisión Brundtland. Su labor se centró en la difícil relación entre medio ambiente y desarrollo y resultó en el informe Nuestro Futuro Común (1987). En ese documento se acuñó el concepto de desarrollo sostenible —definido como “la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”—, base que guío la evolución del DIA de ahí en adelante. En esta época, ya empezaban a manifestarse algunos de los problemas ambientales globales que hasta hoy nos aquejan como el agotamiento de la capa de ozono, los riesgos para la diversidad biológica y la amenaza del cambio climático. La cooperación internacional era absolutamente necesaria y los países desarrollados tendrían que ayudar a los países más pobres para que la humanidad fuera capaz de afrontar tales desafíos.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

En 1987, se firmó el Protocolo de Montreal para combatir el agotamiento de la capa de ozono. Este acuerdo internacional ha sido un ejemplo de cooperación internacional exitosa, y se cree que gracias al mismo la capa de ozono podría recuperarse para el año 2050.   LA CUMBRE DE LA TIERRA EN RÍO DE JANEIRO: En 1992, durante esta Conferencia, dos convenciones fueron presentadas para firma de los países: el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). También se estableció la Declaración de Río, la cual reafirmó la Declaración de Estocolmo y el programa de acción Agenda 21, el cual aún guía a los gobiernos y los actores no estatales en las actividades de protección del medio ambiente. Ante la realidad cada vez más evidente de que eran las actividades humanas en pro del crecimiento económico las responsables de las principales amenazas ambientales, en Río el concepto central continuó siendo el desarrollo sostenible.  Dos de los principios de la Declaración de Río merecen especial consideración: el Principio de Precaución, la forma más avanzada de prevención e importante en la conformación del DIA moderno; y el Principio 10, que reconoce el derecho a la información, a la participación y a la justicia en asuntos ambientales. Hoy en día, un instrumento regional que reconocerá oficialmente los derechos de participación de los ciudadanos está en construcción en América del Sur y el Caribe. Ello ya es vinculante para muchos países de Europa y Asia Central por el Convenio de Aarhus (1998). El reconocimiento de esos derechos también se considera un hito importante en la construcción del DIA, ya que explica y muestra el surgimiento de la sociedad civil como actor cada vez más importante y activo en el campo de la protección ambiental global.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

LUEGO DE RÍO Y HACIA EL FUTURO: Después de Río, todos los tratados económicos importantes comenzaron a incluir la protección del medio ambiente. Un caso ejemplar es el Acuerdo de Marrakech, por el cual se creó la Organización Mundial del Comercio en 1994, y que fue el primer tratado económico en reconocer las metas de desarrollo sostenible y protección del medio ambiente. La Convención sobre el Cambio Climático merece mención especial ya que, desde 1995, sus firmantes se han reunido cada año en la llamada Conferencia de las Partes (COP). En ese marco, en 1997, se presentó el Protocolo de Kioto que, a pesar de no haber sido exitoso en mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, fue el primer acuerdo internacional en establecer obligaciones jurídicamente vinculantes para los países desarrollados En el 2000, 189 países reunidos en Nueva York adoptaron la Declaración del Milenio, misma que fortaleció la importancia del desarrollo sostenible al reconocer la necesidad de un crecimiento económico sostenible con un enfoque en los pobres y el respeto a los derechos humanos. Dos años más tarde, en 2002, representantes de 190 países acudieron a la Cumbre Mundial de la ONU sobre el Desarrollo Sostenible, en Johannesburgo, para dar seguimiento a los compromisos de la Cumbre de Río. En esa ocasión, adoptaron la Declaración sobre el Desarrollo Sostenible, centrada en el desarrollo y la erradicación de la pobreza con un enfoque jurídicoeconómico sobre las “asociaciones público-privadas”.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

COMPROMISO DE LA EMPRESA MINERA “NEXA RESOURCES PERU SAA” CON EL MEDIO AMBIENTE El ingeniero responsable del área del medio ambiente es el ingeniero Percy Rivera Tiza lo cual nos mencionaba que el manejo ambiental que se desempeña en esa unidad minera dentro de su área de influencia tiene a una de sus comunidades como responsabilidad social a la comunidad campesina san juan de Milpo ubicada a 5 km al Nor Este en base a su responsabilidad social asumen el cuidado del medio ambiente viendo el tema de cuidado del viento agua y suelo y como factor social son los pobladores el tema de flora y fauna donde está la conservación del medio ambiente donde se involucra el cambio climático. En el tema de responsabilidad social tienen diferentes comunidades campesinas que se encuentran en el área de influencia, donde en el acuerdo de comunidades existe el tema de abastecimiento de agua potable el tema de abastecimiento del energía eléctrica y el tema de producción de ganado y reses , la empresa aporta a las diferentes comunidades ya que son aliados directos que brindan como terreno superficial el uso de terrenos donde existen convenios y acuerdos entre la empresa y las diferentes comunidades, por ejemplo ayudan en la educación salud y ganadería lo cual es bastante la responsabilidad social de la empresa. Los estudios del impacto ambiental es un instrumento de gestión ambiental donde para todo proyecto que sea realizado debe de tener bases de instrumentos de gestión ambiental, ya sean estudios detallados semidetallados declaraciones de impacto ambiental instrumentos de gestión donde estos viene hacer como un informe sustentatorio donde es fundamental para que la población se mantenga informado de lo que va hacer la minera en el medio ambiente como manejar sus recursos y como va a culminar durante su capacidad de operación.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

Es bueno los estudios de impacto ambiental y la entidad que exige el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio del Ambiente, la Autoridad Nacional del agua, todas la entidades tienen que cumplir con este estudio de impacto ambiental donde se basa en la ley 27446 sistema de valuación ambiental nos indica que tienen que presentar los estudios de impacto ambiental lo cual tiene que ser aprobado por la resolución. El costo de la restauración y remediación ambiental abarca los 100 millones de dólares donde la empresa no quiere hacer esa restauración su finalidad no es remediar sino con el tiempo el recurso natural se mantenga en su estado natural no se pierda eso es el objetivo de la empresa. El estudio de línea base mayormente es participativo con la comunidad donde se realizan evaluaciones de monitoreos donde intervienen la población interviene la autoridad competente como OEFA y el Ministerio del Ambiente. En el ámbito de la explotación todos los trabajos que se realizan en la empresa son subterráneos donde el acarreo del mineral al interior de la mina son parte subterránea, sim embargo lo cual un impacto mayor se da cuando esta explotación se realiza es a cielo abierto como la empresa Brocal. La explotación minera es parte fundamental, donde todos los días utilizan los minerales para crear nuevos materiales y las herramientas. Donde la explotación minera debe ser socio ambiental lo cual es primordial para el desarrollo de la humanidad, como el uso de celulares, equipos, etc. La empresa cuenta con una política ambiental dentro de ellos asumen compromisos tanto la alta gerencia como el directorio de compromisos, en el tema del cuidado del medio ambiente y el tema de preservación del medio ambiente donde la empresa Nexa tiene una certificación

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

internacional que es la ISO 14001 en gestión ambiental en base a eso hace el cumplimiento a través de su política tema del manejo ambiental sostenible. Nexa y Milpo en su totalidad tiene responsabilidad en el uso de agua, recursos energético y usos utensilios de oficina son ecoeficientes ya que se llevan a una cultura ambiental donde su finalidad es reducir costos y minimizar recursos en las actividades que se van realizando. En el tema de las capacitaciones se da por medio de la inducción lo cual es constantemente todo el momento en que se realizan el cuidado del medio ambiente, lo cual la última actividad que se realizo fue una parada de sensibilización en el tema de manejo de residuos sólidos donde se brindó capacitación a todas las empresas especializadas, lo cual para este 5 de Junio tienen como propósito es concientizar a la población y al personal operativo y administrativo. A manera de incentivo a los 3 meses se realiza a todos los trabajadores un estudio y evaluación de desempeño de cómo tiene el cuidado del medio ambiente y el tema de seguridad, lo cual reciben certificaciones y capacitaciones donde su finalidad de la empresa es brindar una pasantía en el país de Brasil de cómo se realiza el cuidado de medio ambiente y tener más conocimiento.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

CONCLUSIONES La falta de conciencia colectiva acerca de este problema solo ira empeorando las cosas para el planeta en que vivimos y eso es lo paradójico, que no somos capaces de cuidar el lugar que nos permite la vida. La finalidad de este trabajo es para concientizar a las personas sobre el problema de nuestro medio ambiente empezando por no tirar basura en las calles, no quemar, tratar de cuidar el agua. Hoy en día la contaminación es un tema que a nadie le importa y por tal razón las personas no hacen nada por reducir la contaminación pero no debería ser así ya que el planeta está en un calentamiento global y si no lo cuidamos en el futuro será un caos. Por eso es necesario cuidar el planeta y esto se puede lograr concientizando a la población en cuanto se refiere al medio ambiente donde esto es la primera etapa de recuperación ambienta para mejorar el planeta. La población humana crece según una progresión geométrica, por lo tanto cada vez es mayor demanda de alimentos y también las necesidades básicas para la vida del hombre. Esto implica un aumento de materias primas y energías, de productos finales y desechos, ente los que hay a menudo muchas sustancias toxicas. Este desarrollo ha provocado grandes alternativas en la tierra: regiones enteras e las zonas de los trópicos se han convertido en desiertos, han desaparecido especies de animales y vegetales para siempre, y otras están en peligro de extinción. Un paso importante para mejorar el hábitat será lograr que el hombre cambio de actitud interna hacia su ambiente respetando sus valores y derechos. Todos podemos contribuir: 1. Controlar los derrames accidentales de petróleo 2. Controlar los relaves mineros 3. Reciclar objetos (darle un nuevo uso) 4. Tomar conciencia de lo que está sucediendo 5. Realizar campañas de apoyo 6. Evitar el uso de aerosoles 7. Tener sentido de responsabilidad

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

RECOMENDACIÓNES

Priorizar por parte de los gobiernos locales su acción ambiental en los diferentes ámbitos de gestión: político, social, económico y tecnológico.

Promover y fortalecer mecanismos de planificación participativa en los gobiernos locales, vigorizando la acción comunitaria en procesos de desarrollo sostenible.

Promover a nivel nacional y regional la revisión de la organización y funciones de los gobiernos locales, para la institucionalización de mecanismos estructurales que impulsen una efectiva gestión ambiental y del desarrollo local integral y sostenible.

Solicitar un apoyo para la creación de una red continental de la gestión ambiental y desarrollo, a la que accedan gobiernos nacionales y locales, organismos no gubernamentales, empresas u organizaciones diversas de la sociedad civil, que promueva el fortalecimiento de procesos de desarrollo local sostenible, en el marco de los esfuerzos de integración y complementación regional y subregional que vienen realizando nuestros países.

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4

BIBLIOGRAFIA

https://www.temasambientales.com/empresa,minera,nexa-ambiental.html/ http://www.iri.edu.ar/ambiental-emresa nexa/R14/R14-ESER.html/ https://es.slideshare.net/aniambiental/92-legislacin-ambiental-internacional-ga/ https://aida-americas.org/es/blog/el-derecho-internacional-ambiental-historia-ehitos/

CONTABILIDAD Y MEDIO AMBIENTE – 4