MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS

MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS Medida Objetivo Solicitud Tribunal Resolución Notificación Cumplimiento (Comp

Views 111 Downloads 3 File size 47KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

MEDIDAS PREJUDICIALES PREPARATORIAS

Medida

Objetivo

Solicitud

Tribunal

Resolución

Notificación

Cumplimiento (Comparece)

Declaración jurada de un hecho relativo a su capacidad de parecer en juicio, su personería o al nombre y domicilio de sus representantes

Exhibición de la cosa que haya de ser objeto de la acción

Permitir al ddte. establecer antecedentes sobre el futuro ddo.

Permitir a ddte. constatar que la cosa se encuentra en poder del ddo. y el estado de la misma

Exhibición de instrumentos públicos o privados que puedan interesar a diversas personas

Exhibición de los libros de Reconocimiento jurado contabilidad relativos a de firma, puesta en negocios en que tenga instrumento privado parte el solicitante

Permitir al ddte. constatar la existencia y contenido de ciertos actos jurídicos o asientos contables

Demandante debe presentar un escrito cumpliendo: Requisito común (287 CPC): acción que se pretende deducir y someramente sus fundamentos Requisito Específico (273 inc. Final CPC): demostrar necesidad que redecrete la medida para entrar al juicio

Permitir al ddte. o al ddo. obtener el reconocimiento de la firma en un docto. por la contraparte Ddte. o ddo. deben presentar un escrito cumpliendo SOLO el requisito común (287 CPC)

Ante juzgado de letras de turno o Corte de Apelaciones respectiva para distribución en juzgado de letras pertinente

Citando al futuro demandado a una audiencia para que preste la declaración jurada solicitada

Citando al futuro ddo. a una audiencia para que exhiba la cosa requerida

Citando al futuro demandado a una audiencia para que exhiba los documentos o libros contables

Citando al requerido a una audiencia a reconocer la firma, bajo apercibimiento de tenerla por reconocida

Solicitud y resolución recaída deben ser notificadas al futuro demandado personalmente

Comparece: presta declaración, levantándose acta suscrita por futuro ddo., juez y sec. del tribunal

Objeto en poder del ddo: cumple exhibiendo o facilitando el reconocimiento del objeto.

Exhibe los documentos, levantándose acta suscrita por futuro ddo., juez y secretario del tribunal No procede respecto de terceros (sólo se puede pedir exhibición en el juicio).

Reconoce la firma, levantándose acta suscrita por el citado, juez y secretario del tribunal

Incumplimiento (No comparece, no responde o da respuestas evasivas)

Especificaciones adicionales

Sanciones (art. 274 CPC): - multas de hasta 2 sueldos vitales - arrestos de hasta 2 meses. (puede repetir la orden y apercibimiento)

- Pierde el derecho a hacerlos valer después. Excep. si: la otra parte los hace valer en su defensa, o justifica que - Sanciones del art. 274 CPC no los pudo exhibir antes, o se refiere a hechos distintos. -Allanamiento del lugar donde - Entre comerciantes, el futuro demandado será juzgado se encuentre el objeto por los asiento de su colitigante y que estuvieren - Mismas sanciones al tercero llevados conforme a derecho, sin admitirse prueba en que se niegue a exhibir contrario. - Sanciones art. 274 - Allanamiento del lugar donde se encuentren los doctos.

Solicitante puede pedir que se tenga por reconocida la firma.

Regulación expresa en Tribunal debe ponderar la materia comercial, indicando necesidad de exhibir los que solo se exhibirá la parte documentos, cuando no del libro que tenga relación sean secretos necesaria con la cuestión (art. 43 CdC)

Esta medida prejudicial preparatoria procede SIEMPRE, solo mediando el requisito común.

Si objeto no está en poder del ddo., cumple indicando el nombre y residencia del tercero que lo tenga