MC Distancias de Seguridad Rubi OBS

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Falta indicar bibliografía, normas de referencia (pag2).

Rpta. Se agregará normas de referencia en el numeral 2 de la memoria antes de las definiciones. -

Se deben separar los cálculos tanto para Rubí como Montalvo, ya que los datos referenciales varían en las 2 SSEE(Pag3).

Rpta. Los cálculos presentados en la memoria corresponden solo a la Subestación elevadora Rubí, se realizarán las verificaciones del diseño para la bahía de interconexión en la subestación Montalvo en la memoria correspondiente tomando los criterios de cálculo dispuestas en la normativa vigente. -

2.2 “Son las distancias mínimas que deben ser mantenidas ...”, entre equipos y muros, entre equipos y rejas (pag3).

Rpta. Se agregará el texto correspondiente, el valor correspondiente es definido en el numeral 6.5.3 ó numeral 6.5.4 del documento corregido. -

“Determinación de las distancias eléctricas mínimas” (pag6)

Rpta. Las definiciones de las distancias mínimas eléctricas están contempladas en el numeral 5, además el factor de corrección por altura que se hace referencia para las instalaciones a más de 1000 msnm están incluidas en la coordinación e aislamiento objeto de la norma IEC 600711 e IEC 60071-2, para lo cual se estable el nivel de aislamiento por impulso tipo rayo, en la tabla A.1 de las normas mencionadas se establecen las distancias mínimas eléctricas correspondientes a cada nivel de aislamiento (1050 kV, 1900 mm distancia conductor-estructura “fase-tierra”, notas al pie). Además las distancias mínimas que se hace referencia está establecido por el punto 2.1.3 del PR-20 procedimiento establecido por el organismo Regulador COES, que hace referencia a las normas mencionadas líneas arriba. -

“IEC 61936-1 para altura > 1000 los niveles de aislamiento tipo rayo se deben multiplicar por un factor de corrección asociado a la altura (Ka)” (pag6)

Rpta. Aplica solo a la corrección del BIL, lo cual ya está considerado en la coordinación de aislamiento, para el valor básico se considera un margen de seguridad adicional de entre 5 al 10% según la experiencia que se tiene en instalaciones similares en el SEIN. -

“Distancias mínimas de seguridad (Zonas de circulación de personal, zonas de trabajo, zonas de circulación de vehículos) …” (pag.7)

Rpta. Los criterios de diseño de las distancias mínimas para circulación de vehículos, personal y zonas de trabajo, se establecen en las normas nacionales, CNE Suministro 2011 y estándar internacional IEC 61936-1. -

“falta incluir distancias a cercos” (pag. 9)

Rpta. Está definido en el numeral 6.5.4 (Documento corregido)

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Termino “paño” (pag10 en adelante)

Rpta. El termino es de uso común en el ámbito nacional. -

…. Distancias por viento (pag.10)

Rpta. Los cálculos de la distancia mínima entre conductores por efecto del viento se obvian, puesto que siempre es menor que el cálculo de distancias debidas a efectos del cortocircuito, por lo que se obvio este paso por prevalecer la peor condición (cortocircuito).

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Nombrar con el código de proyecto entregable según dpp list “Código EGP” (pag.11)

Rpta. Se hará el cambio mencionado. -

“Cada SE tiene una distancia, hay que hacer el cálculo para cada SE”(pag.11)

Rpta. El cálculo presentado solo abarca la SE Rubí, por lo que se elaborará otra memoria para las distancias mínimas de seguridad en la SE Montalvo. -

“Según IEC 60865-1 dmin se puede reducir hasta el 50% del valor inicial, dmin=0.5 dffmin (pag.11)”

Rpta. Esta corrección no es aplicable, ya que no se puede reducir la distancia eléctrica “mínima” (la cual prevé la formación de arco eléctrico entre fases) ya establecida, además no existir dentro la norma una recomendación de esta reducción, para efecto de cálculo de distancias, la norma señalada establece la elongación máxima por efecto de cortocircuito como efecto mecánico con el fin de determinar la distancia mínima entre fases. -

“Se debe verificar separación mínima por viento” (pag.11)

Rpta. Esta verificación no es necesaria, ya que el caso critico es por cortocircuito. -

Flecha máxima del vano de la barra flexible => 3% de longitud del vano para niveles de tensiones inferiores a 300 kV (pag.15)

Rpta. En la práctica se hace uso de una flecha correspondiente entre 2 – 4 % de la longitud del vano para barrajes flexibles. En la formula se aplicó un criterio de 2%: YT=0,02xS, siendo S: vano e YT: Flecha.