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VIGILANCIA EN CENTROS COMERCIALES Apéndice 4 Formación específica para vigilantes de seguridad que presten servicio de

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VIGILANCIA EN CENTROS COMERCIALES

Apéndice 4

Formación específica para vigilantes de seguridad que presten servicio de vigilancia en centros comerciales

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índice TEMAl 1. BASE NORMATIVA. ESTUDIO Y TÉCNICAS DE ACTUACIÓN ANTE RIESGOS ESPECÍFICOS: ROBO, HURTOS, ACTOS DE VANDALISMO........................... 5 2. TIPOS DE SERVICIOS: CONTROL DE ACCESOS, RONDAS INTERIORES, CUSTODIA DE LLAVES. CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS .................................................................................................... 28

TEMA II 1. TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN ...................................................................... 62 2. COMUNICACIÓN PROFESIONAL CON CLIENTES: CONCEPTOS BÁSICOS DE COMUNICACIÓN, IDENTIFICACIÓN, PERCEPCIÓN, COMUNICACIÓN ASIMÉTRICA PROFESIONAL/CLIENTES, EMPATÍA, ASERTIVIDAD ............ 79 3. COMUNICACIÓN TELEFÓNICA. AYUDAS EXTERNAS. LLAMADAS MALICIOSAS. COMUNICACIÓN CON LAS FCS: SOLICITUD DE PRESENCIA POLICIAL.......................................................................................................... .89 4. LA DENUNCIA. DETENCIONES HOSTILES. COMUNICACIÓN TÁCTICA ...... 90 5. RECOMENDACIONES PARA EL CONTROL DE MASAS .............................. 111 6. NORMAS DE TRATO CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD………………113

TEMA III 1. TÉCNICAS DE PRIMEROS AUXILIOS ........................................................... 119 2. RESUCITACIÓN CARDIO-PULMONAR

....................................................... 120

3. MANIOBRA DE HEMLICH ............................................................................... 124 4. EPILEPSIA........................................................................................................ 125 5. CONTENCIÓN DE HEMORRAGIAS Y VENDAJES ........................................ 127 6. MANEJO BÁSICO DE DESFIBRILADORES ................................................ 131

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TEMA IV 1. ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO. USO DE EXTINTORES, BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS E HIDRANTES ......................................................... 134 2. ORIENTACIÓN EN SUPUESTOS DE BAJA VISIBILIDAD

.......................... 147

3. RESCATE DE PERSONAS Y ARRASTRES ................................................... 152 4. UTILIZACIÓN DE EQUIPOS AUTÓNOMOS DE RESPIRACIÓN __________ 159 5. TÉCNICAS DE EVACUACIÓN ......................................................................... 160

TEMA V 1. PATRULLAJE EN COCHES Y MOTOCICLETAS ........................................... 174 2. TÉCNICAS DE CONDUCCIÓN ........................................................................ 176 3. CONTROL DE VEHÍCULOS EN ACCESOS, VIALES Y APARCAMIENTOS ....................................................................................... 179

TEMA VI COLABORACIÓN CON LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD......................................................................................................... 181

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BASE NORMATIVA. ESTUDIO Y TÉCNICAS DE ACTUACIÓN ENTE RIESGOS ESPECÍFICOS: ROBO, HURTOS, ACTOS DE VANDALISMO. TIPOS DE SERVICIOS: CONTROL DE ACCESOS, RONDAS INTERIORES, CUSTODIA DE LLAVES. CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS

i. BASE NORMATIVA. ESTUDIO Y TÉCNICAS DE ACTUACIÓN ANTE RIESGOS ESPECÍFICOS: ROBO, HURTOS, ACTOS DE VANDALISMO El primer paso para acometer el estudio de las medidas de seguridad en centros comerciales, debe ser repasar la base normativa que regula esta actividad en España. De este modo en el artículo 5 de la Ley de Seguridad Privada se establecen las diferentes funciones que pueden ejercer las empresas de seguridad en España, y que son las siguientes: I.Con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley y en las normas reglamentarias que la desarrollen, las empresas de seguridad únicamente podrán prestar o desarrollar los siguientes servicios y actividades: a. Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones.

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b.Protección de personas determinadas, previa la autoriza ción correspondiente. c. Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligro sidad, puedan requerir protección especial, sin perjuicio de las actividades propias de las entidades financieras. d.Transporte y distribución de los objetos a que se refiere el apartado anterior a través de los distintos medios, re alizándolos, en su caso, mediante vehículos cuyas carac terísticas serán determinadas por el Ministerio del Inte rior, de forma que no puedan confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. e.Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. f. Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como presta ción de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas y Cuerpos. g. Planificación y asesoramiento de las actividades de segu ridad contempladas en esta Ley. Eventualmente, todas las funciones reseñadas anteriormente son susceptibles de ser realizadas en un centro comercial.

Objetivos a proteger Al igual que en el resto de edificios, en los centros comerciales conviven diferentes objetivos a proteger:

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Personas que se encuentren en el interior: empleados y clientes. Podemos encontrar 2 opciones: el auxilio a las víctimas de un delito o de una emergencia personal, y la detección de los delincuentes en su caso. * El personal de seguridad ha de contar con una formación completa en primeros auxilios. * El personal de seguridad ha de conocer los riesgos específicos del servicio, como delincuentes habituales del mismo y sus modus operandi. * Asimismo, se han de extremar las medidas de autopro-tección para evitar agresiones a los propios Vigilantes.

Instalaciones Dependerán de las especiales características de cada zona del edificio en cuanto a las restricciones de segundad: o Zonas de libre acceso. Por las que los empleados y clientes pueden transitar y que, generalmente, serán espacios abiertos, con mostradores y expositores de mercancías, evitando las zonas de difícil acceso o con puertas. Incluyen los aparcamientos y unas zonas de acceso público aunque cerradas con puertas, por cuestiones higiénicas; son las zonas de aseos, en las que se presenta el riesgo añadido del robo. o Zonas de acceso restringido. > Área de seguridad.- De acceso exclusivo para personal de seguridad y autorizado, en donde se encuentran los medios electrónicos de emergencias y central de recepción de alarmas.

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> Almacenes.- De acceso para personal empleado autorizado y servicio de seguridad. Se ha de controlar especialmente el acceso no autorizado a los mismos para evitar el hurto y robo internos. > Zona de proveedores.- Para la descarga del material a almacenar. Requiere un control permanente para evitar riesgos de sustracciones y de acceso de intrusos. En algunas ocasiones, los mismos proveedores hurtan. Hay que sospechar de los que acuden a deshoras. En todas las áreas será de aplicación el control anti-intrusión, sistemas anti-incendios y circuitos cerrados de televisión, tanto en el interior como en el exterior de las instalaciones. Bienes y mercancías: Las medidas a implementar serían el sistema de CCTV, etiquetado electrónico (EAS) y control de los propios empleados y miembros del servicio de seguridad, aumentando las medidas en las dependencias en donde existan mercancías de valor y fáciles de robar, como alcohol, videojuegos, etc.

Procedimientos de actuación Las medidas de seguridad serán diferentes según el centro se encuentre en horario de apertura al público o cerrado. Horario de atención al público o Es muy importante el poder disuasorío del Vigilante de Seguridad, por lo que éste debe hacerse visible, tanto en los accesos como en los espacios de tienda y de paso. En numerosas ocasiones, la presencia del Vigilante de Seguridad sirve para que el que pretende hacer un daño desista de sus intenciones, abandonando las instalaciones en busca de otras menos protegidas.

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o Es importante atender al pequeño vandalismo y al consumo de productos con la intención de no pagarlos. Es aconsejable contar con la cooperación de los empleados. o La detección de elementos problemáticos ha de hacerse desde el mismo momento en que entran al establecimiento, por ejemplo mediante un VS apostado en este acceso que comunique a los compañeros por radio la presencia y aspecto del posible delincuente. o La actuación del Vigilante de Seguridad variará en función del horario en el que se produzca el incidente. En el caso de detectar a un individuo que ha cometido un robo o un hurto dentro del establecimiento en horario de abierto al público, se le instará para que abone el importe de lo sustraído y, en el caso de negativa, se le retendrá hasta la llegada de la Policía. Por el contrario, si los hechos sucediesen en horario de cerrado al público, se avisará inmediatamente a la Policía, formalizándose la correspondiente denuncia (en este caso se trataría de un robo). Horario de cierre al público o Control del exterior y del interior del edificio, inspeccionando el estado de las dependencias, expositores, baños, ascensores y cualquier otro lugar donde pueda permanecer alguien con intención de cometer daño al cierre del establecimiento o donde se pudiere haber ocultado en caso de haberlo cometido. o Activación/desactivación de los sistemas de alarma nocturnos. o Control de los proveedores y de las operaciones de carga y descarga de mercancías. Observación ante posibles sustracciones o introducción de material susceptible de ser empleado en actos de sabotaje.

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o Control del personal empleado entrante en el primer turno de apertura del establecimiento, así como al personal de limpieza y mantenimiento. o A la llegada o salida del furgón blindado con dinero, prestar apoyo en la medida de lo posible para evitar atracos. o Antes de la salida de empleados, inspeccionar el área de basuras. o Rondas durante la noche, sin repetir cadencias de horarios ni itinerarios. o Dejar constancia escrita de las incidencias. Además de estas funciones básicas, existen varios riesgos específicos que es preciso desarrollar en cuanto a la actuación de los Vigilantes de Seguridad.

El hurto: El delito de hurto consiste en el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, ajena en todo o en parte, que, a diferencia del robo, es realizado sin aplicar fuerza en las cosas, violencia o intimidación en las personas. Esta conducta se puede considerar falta o delito según la cuantía de lo robado, que en España se establece en 400 euros. Es requisito del hurto, como de los demás delitos contra el patrimonio la existencia de una intención especial del autor, lo que técnicamente se conoce como elemento subjetivo del injusto que es el ánimo de lucro, la intención de obtener un enriquecimiento con la apropiación, de esto modo es posible diferenciar conductas totalmente lícitas (por ejemplo tomar una cosa para examinarla) de las que tienen una clara ilicitud.

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Concretamente, el Código Penal vigente lo contempla de la siguiente forma: oArt. 234: "El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a 18 meses si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros. o Con la misma pena se castigará al que en el plazo de un año realice cuatro veces la acción descrita en el artículo 623.1 de este Código (falta de hurto), siempre que el montante acumulado de las infracciones sea superior al mínimo de la referida figura del delito." El delito de hurto es la figura básica de los delitos de apoderamiento. El bien jurídico protegido es la propiedad -como parte del patrimoniode las cosas muebles. También se protege indirectamente la posesión. La consumación del delito se produce no sólo cuando se toma el bien mueble ajeno, sino también cuando el bien sale de la esfera de posesión del titular, lo que quiere decir que el que ha hurtado dispone del bien mueble como si fuera suyo. Quien hurta hace suya la cosa, que es lo que caracteriza la posesión. La conducta típica consiste en tomar, que equivale a coger algo con la mano, en sentido propio. Sin embargo, lo verdaderamente importante no es que un sujeto tome o deje de tomar la cosa mueble ajena, sino que la sustraiga de la esfera de dominio legítimo de su propietario.

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El sujeto activo puede serlo cualquier persona a excepción del propietario de la cosa mueble, que ha de ser ajena. Por su parte, sujeto pasivo sólo puede serlo el dueño de la cosa mueble, incluso en los supuestos en los que el objeto material hurtado se encuentre en poder o tenencia de otro (poseedor, tomador, ...) que lo detente en nombre de su propietario. En tales casos, el sujeto pasivo seguiría siendo el dueño del objeto, lo que permite distinguir entre sujeto pasivo del delito y sujeto pasivo de la acción. El resultado del delito se produce con la incorporación de la cosa al patrimonio del sujeto activo. Es decir, cuando el autor tiene la disponibilidad de la cosa, aunque esa disponibilidad sea mínima. Resulta interesante destacar, en la situación actual de crisis que empuja a muchos ciudadanos a realizar pequeños hurtos y robos, a conocer las causas de justificación que operan en este tipo. A efectos de justificación, en el delito de hurto existe una figura importante: el estado de necesidad que puede dar lugar al hurto famélico, también conocido como hurto necesario o hurto miserable, que, en realidad, es aplicable a todos los delitos contra el patrimonio. Requisitos: * Gravedad de la situación de penuria por la que atraviese el sujeto activo * Realidad de la misma ' Inminencia del mal (hambre, indigencia,... etc., sufridas) * Que se actúe a instancias del estado de precariedad o de penuria o indigencia en el que se encuentre el sujeto ac tivo o su familia " Que no se trate de una situación de mera estrechez económica

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* Que se demuestre que se han agotado todos los medios legales a utilizar para superar la situación * Que no haya otra solución que la de proceder antijurídicamente * Que las cosas o bienes hurtados sean de Ia necesidad, sin haberse tomado más de lo necesario para subsistir Ejemplo: el indigente que hurta una barra de pan para comer La tentativa de hurto se produce cuando no llega a alcanzarse el apoderamiento de la cosa mueble ajena. También existe tentativa cuando aun produciéndose el apoderamiento de la cosa mueble, el sujeto activo no llega a disponer de ella. Es decir, existirá tentativa siempre que el sujeto no tenga la disponibilidad, aunque sea mínima, de la cosa sustraída. A su vez, la tentativa puede ser: * Acabada Es la que se produce en los siguientes supuestos: * Cuando se sorprende al autor en el momento de cometer el delito (in fraganti) ■* Cuando, tras tomar la cosa mueble ajena, se oculta a la misma sin sacarla del ámbito en el que se encuentra ■* Cuando se sorprende al autor del hurto en el momento inmediatamente posterior al apoderamiento y se le detiene Por el contrario, en los supuestos en los que se produce una persecución del autor que no es inmediata a la realización

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del hecho, o cuando dicha persecución se interrumpe por cualquier causa, reanudándose después, el delito se entenderá consumado.

* Inacabada Es la tentativa consistente en simples intentos (de hurto) que no llegan a acabarse, a completarse, y abarca desde los actos preparatorios hasta los de tentativa acabada, Este tipo de acciones delictivas suelen cometerlas particulares que hurtan pequeños productos de modo ocasional, y destinados al consumo propio como perfumes. Otro tipo de hurtadores pertenecen a colectivos con mayor organización, cuyo objetivo es revender las mercancías para obtener un beneficio. Un ejemplo serían las bandas de rumanos o de etnia gitana o quinqui. Las denuncias constatan hurtos de pilas completas de pantalones, múltiples trajes y cazadoras, o amplias remesas de perfumes. El sistema empleado, es más que conocido por el sector y los propios investigadores, y también de difícil erradicación. Bolsos o abrigos forrados convenientemente con papel de aluminio son utilizados para inutilizar los sistemas de alarma. Incluso carritos de bebé sirven a tal delictivo fin. Respecto al tipo de artículos más robados, la ropa, las colonias, los cosméticos y los videojuegos son los objetos más codiciados. En el caso de las superficies de alimentación, las bebidas alcohólicas y las prendas de moda femenina ocupan los primeros puestos. Es necesario adoptar medidas específicas respecto a estos artículos, como protegerlos electrónicamente (aunque esto no siempre es efectivo, y sobre todo rentable, ya que se calcula que el producto debe costar de media más de 6 euros para justificar la instalación de la etiqueta electrónica). Una medida muy común es situarlos en lugares de gran visibilidad, o cerca de las cajas. En algunos casos, están incluso fuera del alcance del cliente y debe pedirlos al cajero.

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Hay que prestar especial atención a los momentos de mayor riesgo, como son los cambios de turno (incluidos los de los Vigilantes), o las horas de mayor afluencia, como fines de semana, festivos, etc. El robo: El robo, es un delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de bienes ajenos, con intención de lucrarse, empleando para ello fuerza en las cosas o bien violencia o intimidación en la persona. Son precisamente estas dos modalidades de ejecución de la conducta las que la diferencia del hurto, que exige únicamente el acto de apoderamiento. Dentro del robo encontramos dos modalidades distintas, una que se distingue por el empleo de la fuerza en las cosas y otra por la violencia o intimidación en las personas. El primero es aquel en el que se emplea una fuerza, una violencia para acceder al lugar donde se encuentra la cosa. En ocasiones, también se definen como robo aquellas acciones en las que, a pesar de no mediar fuerza o intimidación, existe algún otro elemento que lo distingue del mero hurto. Por ejemplo, es posible definir como robo a aquel que se produce mediante el uso de una llave falsa o ganzúa. Esta aplicación se hace por la similitud entre la utilización de una llave falsa con la fuerza que se puede emplear para romper esa barrera (la puerta) que protege del robo. El robo con violencia o intimidación en las personas es aquel caracterizado porque se ejerce una fuerza vis física o una intimidación vis compulsiva para vencer la resistencia del dueño o poseedor de las cosas a su entrega Art. 242: "Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas."

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El delito de robo comparte con el de hurto los elementos básicos: el objeto material, el ánimo de lucro, la ajeneidad de la cosa, la voluntad contraria del dueño, y el elemento nuclear que es tomar o apoderarse de la cosa mueble. EL ROBO con FUERZA en las COSAS Art. 238: "Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: Io. Escalamiento 2o. Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana. 3o. Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras, o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo. 4o. Uso de llaves falsas (el concepto de llaves falsas se define en el artículo 239) 5o. Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda." El uso de llaves falsas se considera como fuerza en las cosas a efectos del artículo 238, aunque el sujeto activo no haya ejercido ninguna actividad violenta. La fuerza que se utiliza directamente para tomar la cosa en sí, (ejemplo: arrancándola, separándola, cortándola, etc.), no integra el concepto de fuerza en las cosas porque no sirve para acceder al lugar donde se encuentra lo que se pretende sustraer.

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Sí lo sería, por ejemplo, la fuerza empleada para extraer la radio de un vehículo. Tampoco es constitutivo de robo con fuerza en las cosas, el apoderamiento de un cíclomotor cortando la cadena que bloquea su rueda. Asimismo es constitutiva de hurto, y no de robo, la utilización de fuerza posterior al apoderamiento de la propia cosa. Para que exista delito de robo, la fuerza que se emplee tiene que ser siempre previa al apoderamiento, y por dicho motivo, el empleo de la fuerza no tiene porqué coincidir con la consumación del delito, que se produce cuando el sujeto activo tiene la disponibilidad de la cosa. CIRCUNSTANCIAS que DEFINEN al ROBO con FUERZA. Escalamiento (238.1) El escalamiento no supone, en realidad, la utilización de una fuerza física. El robo con escalamiento tiene un mayor contenido delictivo porque se produce un acceso personal ¡lícito del sujeto al lugar donde se encuentra la cosa mueble ajena, y debe suponer el quebrantamiento de las defensas naturales o artificiales instaladas o colocadas por el propietario para proteger su objeto. Rompimiento de pared, suelo o techo o fractura de puerta o ventana (238.2) El apartado 2o del artículo 238 regula la fractura exterior a la que define como rompimiento de pared, suelo o techo o fractura de puerta o ventana. En este apartado, rompimiento equivale a la realización de agujeros o vías de acceso en los elementos estructurales que delimitan el espacio donde se encuentra la cosa mueble que se pretende sustraer.

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Fractura interior (fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo) La fractura interior se debe realizar para sustraer el contenido del mueble u objeto fracturado. Por dicho motivo, no integrará el robo la fractura que se realice una vez sustraída la cosa mueble, o cuando el objeto material del delito se encuentre dentro de un mueble u objeto cerrado o sellado que haya de romperse necesariamente para poder acceder al mismo. Ejemplo: Una hucha de barro. Uso de llaves falsas (238.4) A efectos típicos (del articulo 238) se considera llave falsa a cualquier utensilio capaz de abrir un cierre mecánico, eléctrico o electrónico, sin romperlo ni forzarlo, porque de ser así (de existir rompimiento o forzamiento) estaríamos ante un supuesto de fractura. Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda (238.5) .Esta circunstancia comprende aquellos casos en los que se ocasione la inoperancia de un sistema de alarma o guarda, tanto si es a través de su destrucción como sí lo es mediante su anulación, ya sea ésta circunstancial o definitiva. La consumación del robo con fuerza en las cosas se produce cuando se alcanza la disponibilidad de la cosa. La tentativa se produce cuando se sorprende al sujeto in fraganti, así como en los supuestos de persecución inmediata (a la comisión del delito) e ininterrumpida, e igualmente, cuando no llega a cogerse la cosa mueble ajena. El robo con violencia o intimidación es aquel apoderamiento, con ánimo de lucro, de las cosas muebles ajenas empleando violencia o intimidación en las personas. Si además de realizarse el

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robo se produjese algún resultado lesivo para otros bienes jurídicos personales (por ejemplo: vida, salud, libertad e indemnidad sexuales, etc.), se apreciará un concurso de delitos. La violencia tiene que ejercerse antes de que el autor alcance la disponibilidad de la cosa, que es el momento en el que el delito se consuma. Por violencia del artículo 242 en relación con el 237 debe entenderse la que se realiza para cometer el robo, y consiste en un acometimiento físico agresivo, aplicado directamente a las personas. No se incluye en este concepto ni la fuerza sobre las cosas para doblegar la voluntad de la víctima, (que sí encajaría en la intimidación), ni tampoco la utilización de medios eficaces para conseguir el apoderamiento pretendido, pero que no comportan el ejercicio de fuerza (por ejemplo, el uso de narcóticos). EL USO de ARMAS o INSTRUMENTOS PELIGROSOS (art. 242.2) Art. 242.2: "La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente hiciere uso de las armas u otros medios peligrosos que llevare, sea al cometer el delito o para proteger la huida y cuando el reo atacare a los que acudiesen en auxilio de la víctima o a los que le persiguieren." El uso de armas u otros medios igualmente peligrosos por parte del autor de robo constituye una agravación tanto si lo hace para cometer el delito, como si es para proteger la huida o para atacar a los que acudieren en auxilio de la víctima o a los que le persiguieren. Este artículo impone la pena en su mitad superior cuando el delincuente utilice las armas u otros medios igualmente peligrosos con cualquiera de las finalidades descritas (para cometer el delito, para proteger la huida o para atacar a quienes trataren de auxiliar a la víctima o a los que le persiguieren).

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En todo caso, el uso de las armas debe producirse antes de la consumación del delito. Por tanto, esta agravación por la utilización de las armas u otros medios igualmente peligrosos solamente se producirá en los casos de tentativa. ¿Qué se roba? La ropa, perfumes, videojuegos, pilas, embutidos loncheados y herramientas son los artículos más sustraídos, ya que son fáciles de ocultar, fáciles de vender en el mercado negro, y su valor es alto. ¿Cuándo se roba? Los fines de semana suelen concentrar la mayor parte de los robos, coincidiendo con la mayor afluencia de clientes a los centros comerciales. Las épocas de mayor consumo, como las rebajas de invierno y de verano, o las Navidades, también registran un aumento de la actividad delictiva, ya que los servicios de seguridad se saturan y la mayor cantidad de personas hace más difícil el control de individuos aislados, por ejemplo a través del sistema de CCTV. ¿Cómo se roba? Los probadores son lugares usados frecuentemente para cortar las alarmas. Los bolsos o abrigos antialarmas, convenientemente forrados, se emplean para sustraer varios productos de un mismo tipo. Este tipo de atuendos están forrados de papel de aluminio en el interior, lo que impide que sean detectados por los sistemas EAN. Un tipo extremo de robo en centros comerciales es el realizado mediante "alunizaje", es decir, empotrando un vehículo contra la puerta de acceso del edificio con el objetivo de entrar rápidamente y sustraer determinados artículos. La principal medida defensiva es la instalación de elementos de mobiliario urbano que impidan al vehículo acercarse a la fachada. El problema que plantean es que también impiden el acceso de los vehículos de emergencias. Respecto a las agresiones, debemos considerar que no son muy frecuentes en los grandes centros comerciales del centro

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de las ciudades, pero sí que pueden aparecer en establecimientos situados en extrarradios, o cerca de barrios conflicti-vos. En estos casos, la agresión suele tener como objeto al propio personal de seguridad que trata de impedir hurtos o robos, más que entre los propios clientes, y en ocasiones también a otro personal del establecimiento como cajeras o encargados. En consecuencia, el personal de seguridad ha de aplicar medidas de autoprotección, que el sitúen en una posición de menor vulnerabilidad en caso de ser agredido. La autoprotección consiste en la adopción de medidas que toma cada individuo para disminuir la posibilidad de sufrir un daño de cualquier tipo u origen. La autoprotección se basa en observar continuamente nuestro entorno para detectar las posibles amenazas, y en romper sistemáticamente nuestra rutina (costumbres) para que los agresores no puedan planificar una acción contra nosotros. El Vigilante de Seguridad en algún momento puede ser objetivo potencial de una acción violenta por alguna de las siguientes razones: o Laborales: riesgos relacionados directamente con el trabajo de segundad (una detención, por ejemplo). o Personales: venganzas de delincuentes que agreden al Vigilante fuera del servicio. A continuación se describen los procedimientos de autoprotección que debe adoptar un Vigilante de Seguridad en los distintos entornos donde realiza su vida cotidiana.

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Autoprotección en el trabajo: Salvo casos excepcionales va a ser en el trabajo donde tenga el Vigilante que darle una mayor importancia a la autoprotección, ya que el Vigilante es la persona que va a intervenir siempre que se produzca un delito. La mejor autoprotección en el trabajo es cumplir a rajatabla con todas las normas de seguridad y procedimientos operativos de actuación que se describen en este temario. Las medidas de seguridad concretas a adoptar al entrar o salir del servicio son las siguientes: * Cambiar de rutas y horarios en lo posible. No estacionar el vehículo cerca del lugar de trabajo. * Alternar las puertas de entrada y salida, la vestimenta, etc. "■ Observar si individuos sospechosos nos siguen o parecen observarnos. Los principios de seguridad de acción: En el trabajo diario del Vigilante de Seguridad se realizan muchas actuaciones, de las cuales unas son simplemente informativas, otras de control diario, pero otras pueden desembocar en una intervención de riesgo que obliga al Vigilante a realizar una actuación de fuerza. Antes de actuar, el Vigilante de Seguridad debe analizar el incidente y encuadrarlo en un tipo determinado de actuación, y precisar si existe un peligro real o no.

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A priori cualquier situación por simple que parezca debemos considerarla de posible riesgo y tomar las prevenciones debidas, y en el desarrollo de la misma, una vez valorada la acción, siempre habrá tiempo de considerarla de no riesgo. Estas prevenciones o adopción de medidas de seguridad por parte del Vigilante es lo que llamamos principios de seguridad de acción.

Situaciones de actuación: El Vigilante va a actuar siempre encuadrado en uno de los tipos de situaciones siguientes, y en la mayoría de los casos va a ser el propio Vigilante quien tenga que definir su propia situación actuando en consecuencia:

a. Situación normal. Es una situación de tranquilidad en la cual se desarrollan las misiones normales de protección y vigilancia, y la labor que realiza el Vigilante de Seguridad es esencialmente preventiva.

b. Situación de alerta. En esta situación por la información recibida o porque se han detectado actuaciones irregulares o bien existen indicios de ello, se debe reforzar la vigilancia, aumentando la atención y adoptar una serie de medidas de seguridad suplementarias.

c. Situación de alarma. En esta situación se ponen en marcha todas las medidas de seguridad dado que el peligro es inmediato y la actuación de los Vigilantes de Seguridad puede definirse de riesgo.

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Principios para garantizar la seguridad de acción: Hay una serie de Principios y prevenciones para garantizar la seguridad de acción del Vigilante de Seguridad, los cuales se deben adoptar siempre que se vaya a realizar una intervención pues de ello va a depender su propia integridad física, la de otras personas y bienes, así como finalizar con éxito la intervención.

Análisis de la situación. Antes de actuar el Vigilante de Seguridad y con la información que disponga, debe analizar rápidamente la situación y hacerse una idea aproximada del tipo de incidente al que se va a enfrentar, existencia de peligro real o no, tipo de personas o delincuentes, riesgos para las personas o bienes,.... para una vez analizados estos puntos actuar en consecuencia.

Distancia de seguridad. El Vigilante de Seguridad cuando vaya a realizar una intervención debe mantener una distancia de seguridad con la persona interpelada y nunca acercarse o dejar que la persona se acerque a menos de 2 metros, lo que va a permitir al Vigilante poder reaccionar en caso de agresión.

Binomio intervención-protección. Si la situación lo permite, se debe procurar ante una intervención no actuar nunca solo, solicitando ayuda a los compañeros o pidiendo refuerzos. Por tanto siempre que sea posible deben actuar al menos dos Vigilantes, uno interviene y el otro protege.

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Enlace. Es muy importante comunicar el hecho y las circunstancias de la intervención a la central, así como los acontecimientos que se desarrollen. Elección del lugar. Hay que procurar llevar a los delincuentes a nuestro terreno, y evitar situaciones en las que nos encontremos en desventaja (por ejemplo, en zonas oscuras, en inferioridad numérica). Inmediatez en la actuación. Si llegado el caso es necesario realizar una intervención, esta debe ser rápida y limpia, actuando con decisión y controlando lo antes posible la situación, evitando que se complique y volviendo a la normalidad lo antes posible. Una de las funciones que más usualmente va a realizar un Vigilante de Seguridad en su trabajo diario es la Vigilancia y Protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos. Vigilar es estar atento a las personas y cosas existentes en el área de responsabilidad, con la finalidad de detectar todo aquello que atente o pueda atentar a la seguridad. Para ello el Vigilante, además de su propia experiencia, va a guiarse por unos indicios o señales que van a indicarle que se ha cometido o se va a cometer una infracción o un posible delito. Formas de realizar el control de accesos de seguridad: El Control de seguridad consiste en comprobar fehacientemente si la persona en cuestión está cometiendo o en disposición

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de cometer una infracción o delito, o por el contrario su forma de actuar es la correcta. Dicha comprobación se puede realizar de diversas formas según las circunstancias y las situaciones de actuación en que se encuentre el Vigilante (normal, alerta o alarma), y puede ¡r desde una simple identificación hasta el cacheo o la detención. De dicho Control de seguridad pueden darse dos resultados, que efectivamente el individuo haya cometido o vaya a cometer una infracción o delito con lo cual se adoptarán las medidas pertinentes (denuncia, puesta a disposición de las FCS, detención, etc....), o bien que el Control de seguridad sea negativo. En el domicilio: No comentar a qué nos dedicamos, quitar nombre de buzón, no colgar uniforme a la vista al lavarlo, no aparcar el vehículo en la calle o cerca de la vivienda, no salir o entrar al edificio con el uniforme puesto. En los desplazamientos, en vehículo propio: Circular con ventanillas subidas y seguros puestos, observar frecuentemente si nos siguen, extremar las precauciones en situaciones en las que debamos reducir la marcha o detenernos, no estacionarlo cerca del lugar de trabajo para evitar daños por venganza de delincuentes que hayamos detenido. Con la correspondencia: Es muy extraño que un Vigilante de Seguridad vaya a recibir una carta bomba, pero una buena medida de seguridad es contratar un apartado de correos.

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Respecto a los actos de vandalismo, encontramos dos opciones: la realización de actos en el exterior del edificio (o en su interior en horario de cierre), y pequeños actos en el interior durante el horario de apertura. En el primer caso, podemos encontrar pintadas, rotura de vallas perimetrales u otros elementos arquitectónicos del edificio, etc. La actuación del personal de seguridad se centraría en la vigilancia y la realización de rondas, apoyándose fundamentalmente en el sistema de CCTV para identificar a los autores. Respecto al vandalismo en la tienda, puede basarse en actos como consumo de comestibles sin la intención de pagarlos, o rotura de artículos. Particularmente grave es la rotura de dispositivos de tinta en prendas de vestir, lo que se realiza únicamente para causar daños al establecimiento, en ocasiones como venganza por haber sido sorprendido robando anteriormente. Un tipo especial de vandalismo sería el sabotaje: Básicamente, es la realización de daños o deterioro en la maquinaria, productos, etc., como procedimiento de lucha contra el Estado y sus instituciones, contra entidades públicas o empresas, en conflictos sociales y políticos. Puede, ocasionalmente, tener su origen en empleados descontentos, adversarios políticos o sociales, etc., y ser ejecutado por medios manuales o mecánicos, si bien el acto de sabotaje se vincula, normalmente, a las organizaciones terroristas, mediante el empleo de medios explosivos de destrucción. Sus objetivos serían las infraestructuras críticas del edificio : sala calderas, instalaciones de aire acondicionado, sala de máquinas ascensores, salas de bombas, depósito de combustible, centro transformación, etc., y, en general, cualquier medio técnico servicio cuya destrucción acarree serias dificultades en el edificio.

de de de de

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Otra variante del vandalismo podríamos considerarla la amenaza de bomba: Se entiende esta amenaza como una forma peculiar del atentado o sabotaje, y consiste en una actuación informativa de colocación de un artefacto, cuya veracidad o falsedad va a crear la incertidumbre, frecuentemente pretendida como único objetivo. Puede tener su origen en empleados descontentos, adversarios de cualquier tipo, dementes, etc., constituyendo, con mucha frecuencia, falsas alarmas que producen importantes trastornos en la vida y trabajo de cualquier empresa. Sin embargo, en el caso concreto de amenazas de bomba por grupos terroristas es normal la existencia real del artefacto, así como la posibilidad de constatación, mediante indicios, de la veracidad de este origen.

2. TIPOS DE SERVICIOS: CONTROL DE ACCESOS, RONDAS INTERIORES, CUSTODIA DE LLAVES. CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS El control de accesos: El Control de Accesos es uno de los apartados de mayor relevancia en Seguridad Privada, tanto por la importancia que tiene, en sí, la detección de la intrusión —riesgo que da pie a otros posteriorescomo por la oferta y demanda comerciales de este apartado de seguridad. Como se ha visto en temas anteriores, la intrusión, por sí sola, no es un riesgo, dado que nadie comete intrusión por el mero hecho de penetrar en un recinto, sin ninguna intención de llevar a cabo amenazas posteriores: actos antisociales, delictivos, provocación de accidentes...

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En la actualidad, el mercado presenta sistemas de control de accesos de alto nivel de sofisticación y de gran fiabilidad, destinados a discriminar la entrada sin demasiadas complicaciones no demoras. Se puede definir el control de accesos como "la comprobación, inspección y fiscalización, por medios técnicos y humanos, del paso o circulación de personas, vehículos u objetos a una zona clasificada como área protegida". Es el primer eslabón de la seguridad, ya que atiende a la prevención y protección de personas y bienes relacionados como objeto de protección. En el control de accesos intervienen tanto las normas, medios y procedimientos del sistema de control como la actividad propia del sistema y los efectos derivados de esta actividad. El primer factor que incide en esta actividad de seguridad es el económico, ya que del montante del que se disponga permitirá optar por unos medios más o menos sofisticados. El segundo factor lo componen las medidas de organización del establecimiento en el que se implante el control de acceso, con la flexibilidad que se determine en el cumplimiento de la identificación. Por último, es muy relevante el tipo de instalación en el que se implante, la lógica marca que habrá de ser mucho más significativo en aquellos ligares en los que exista un mayor nivel de riesgo, como pueden ser centros oficiales e instituciones públicas. La "canalización arquitectónica", las barreras naturales, es el medio más elemental de asegurar y controlar el acceso de personas. Se trata, en definitiva, del empleo de medios constructivos que obliguen físicamente a seguir un itinerario determinado y pasar por una o más puertas concretas, donde se habrán ubicado otros medios de control. Finalidad y organización: La finalidad principal del control de accesos es conseguir, mediante la identificación, el control de paso a las zonas protegidas

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de personas, vehículos u objetos, impidiendo, en su caso, el acceso a lo que no esté autorizado. De esta finalidad surgen otros conceptos, como: o Flujo de personas, en horarios determinados. Dato válido para la elaboración de nuevos planes de seguridad, reforzando las zonas que sean precisas. o Conocimiento de los intentos de intrusión en un servicio determinado. Para la implantación de un control de accesos es necesario efectuar previamente una evaluación de riesgos, habiendo tenido en cuenta datos como: o Número y ubicación de cada control.Exteriores, interiores, restringidos. o Medios humanos y materiales.Con los que contará cada uno de ellos, con arreglo a sus necesidades, proporcionales a los riesgos que soportan. Lógicamente, en zonas de menor flujo y que cuenten con barreras naturales, habrá que destinar medios menores. o Niveles de acceso permitidos.Se pueden establecer los controles seleccionando a las personas, vehículos y objetos que podrán acceder por un control determinado. o Normas de actuación. Funcionamiento del sistema y normas de control. Elementos básicos para el funcionamiento correcto de un buen control de accesos.

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Definido el objetivo del control de accesos, habrá que estudiar las necesidades básicas del sistema, tras la identificación y evaluación de los riesgos existentes, determinando las diferentes áreas protegidas y los niveles de acceso a éstas por parte de personas, vehículos y objetos, delimitándose: o Zonas.- De acceso permitido, o libre, y de acceso restringido. o Fronteras.- Son los espacios que separan dos zonas contiguas. o Itinerarios.- De entrada, de salida o de interiores. Son los recorridos de las personas, vehículos y objetos en la entrada o salida de un área. o Puntos de tránsito.-Zonas de entrada o de salida entre fronteras. Las funciones específicas serán las de control de: o Entradas. Selección de todo lo que puede entrar. Impedir la entrada a lo que no esté autorizado. Detección de entradas no autorizadas. Neutralización de riesgos. o Salidas. Detectar y evitar la salida de todo lo que no esté autorizado. o Circulación. Evitar la circulación de todo lo que no esté autorizado. o Permanencias. Detectar y evitar la permanencia de todo lo que no esté autorizado en áreas para las que no presenta autorización.

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Medios humanos y materiales: Después de catalogar objetivos y de evaluar los riesgos, para implantar un eficaz sistema de control de accesos hay que dotarlo de los recursos humanos y materiales precisos y adecuados a cada nivel de exigencia.

Medios humanos Es el personal de gestión y/o de seguridad que interviene en el desarrollo de la organización de los controles de acceso, ya sea a áreas definidas como a áreas de seguridad, o protegidas. Los avances tecnológicos han ido implantando sistemas automáticos "autogestionados", en los que cada vez es menor la necesidad de la presencia humana en el acceso para efectuar el control. Sin embargo, por muy sofisticado que sea un sistema, siempre tendrá que tener detrás del apoyo humano. Los sistemas son impersonales y por muy avanzados que sean, nunca contarán con la insustituible capacidad de pensamiento del ser humano. A un sistema se le puede programar para que realice un filtro perfecto, pero siempre se producen situaciones en las que el ser humano ha de permitir excepciones: el sistema no 'habla', no 'explica' pero puede provocar situaciones de tensión que se pueden evitar con un contacto entre personas. Por otro lado, una vez que alguien ha traspasado la barrera del control, el sistema poco podrá hacer para neutralizar la acción de riesgo. Sin embargo, el ser humano podrá poner en marcha los procedimientos previstos para tales situaciones. No cabe duda que la estrategia para el buen funcionamiento es una adecuada relación entre medios técnicos y medios humanos. Los medios humanos están formados por los Vigilantes de Seguridad, con adecuada formación en materia de control de accesos y de los sistemas y medios técnicos con los que ha de

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trabajar. A ello ha de unirse especiales habilidades para las relaciones sociales y una gran dosis de diplomacia, con un trato prudente en el cumplimiento de la misión encomendada. El principal enemigo del Vigilante del centro de control es la rutina, en un servicio que puede resultar 'aburrido'. Jamás ha de relajarse y bajar la guardia en el cumplimiento de sus funciones, ya que cualquier circunstancia puede ser aprovechada para burlar el control y atentar contra el objeto de protección. Medios materiales Los recursos técnicos de un control de accesos están en constante evolución y perfeccionamiento, existiendo continuamente novedades en el mercado. Sin embargo, necesitan del personal humano, tanto técnico como de seguridad. Como cualquier instrumento, estos medios técnicos pueden fallar y siempre será mayor la eficacia del sistema si es capaz de conjugar, en su justa medida, medios humanos con medios técnicos. Una división de los medios materiales de control de accesos, podría estar formada por: • Sistemas activos. Son los que 'hacen algo'. Alertan cuando hay una agresión al control de acceso. Tienen un funcionamiento automático o semiautomatico, dependiendo de la actividad establecida, y pueden ser complementarios, utilizándose más de un elemento en combinación con otros sistemas. Son: ► Lectores de tarjetas. De banda magnética, resonancia electromagnética, óptica por infrarrojos, memoria, de aproximación...

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►Terminales de introducción de datos o claves. Son los 'tradicionales' teclados. ►Terminales de identificación antropométrica. Mediante lectura de la huella digital, la firma, la voz, el iris ocular... ►Terminales de identificación biométrica. Leen e interpretan la configuración de los datos digitales y de la mano, por ejemplo... ►Video-identificadores. Captan e identifican la imagen recibida. Son habituales en el control de acceso de vehículos. ►Detección o identificación de materiales y objetos. Rayos X, detección electromagnética, analizadores de gases, de masas... • Sistemas pasivos. Su función es la de presentar dificultades que entorpezcan o impidan una acción de intrusión. Son elementos y sistemas de tipo físico o mecánico; generalmente permanecen estáticos ante la acción. Son: * Materiales blindados. Vidrios, puertas... * Dispositivos y barreras de control de paso. Puertas, cierres, barreras de detención, tornos, puertas giratorias... ' Mecanismos de apertura y cierre. Cerraduras, candados, bloqueos... * Control de tráfico. Dispositivos que impiden la circula ción de vehículos.

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• Sistemas mixtos. Incorporan elementos de los sistemas activos y pasivos, como: * Esclusas con arco detector de metales... * Tornos con sistemas de lecturas de paso mediante tarjetas... De todos los anteriores, los sistemas más utilizados, son: ■* Para personas: esclusas y tornos. ■* Para vehículos: barreras. ■* Para objetos: arcos detectores de metales.

Tornos Es un tipo de medio pasivo que asegura físicamente el paso individualizado por un acceso concreto. Están formados por un cuerpo central, que integra el eje del sistema y mecanismos complementarios, y unas barras giratorias que discriminan el paso. Se implantan, normalmente, cerrando un pasillo o un acceso creado artificialmente y pueden ser empleados en número y formas muy dispares. Cada torno marca un sentido único de marcha y, por lo general, el acceso está vinculado a medio activos de control, con tarjetas. Su mayor limitación estriba en que anulan como vía de evacuación el itinerario que controlan, estando expresamente prohibidos por la Norma Básica de Evacuación NBE-CPI 91, en aquellos casos en que se hallen instalados cerrando la vía de evacuación única de un edificio; por lo general, la salida de un solo bloque central de escaleras.

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Esclusas Constituyen un medio pasivo muy eficaz y extendido en los actuales sistemas de control de accesos. Consisten, normalmente, en la creación de un espacio intermedio entre dos o más puertas, cuyo paso está condicionado al cierre del primer acceso para que se produzca la apertura de otro y otros. Existen muy diversos diseños y aplicaciones, dependiendo de los fines que se persigan, siendo usual la vinculación de la esclusa a determinados medios activos, tales como tarjetas codificadas, arcos detectores de metales y otros. Esclusas para vehículos Al igual que en los accesos de personas, las esclusas constituyen un eficaz medio pasivo de control en la entrada y salida de vehículos. Consiste, igualmente, en la creación de un espacio intermedio entre dos o más puertas, condicionadas entre sí. Por lo general, la esclusa de vehículos tiene su uso más frecuente en la inspección de cargas e interiores de camiones y automóviles, para el control de accesos de armas, explosivos y drogas, pero también es usual en la revisión cuantitativa de entrada y salida de cargas de una factoría o en el control de mercancías de aduanas portuarias.

Barreras Existen diferentes medios pasivos para el control de accesos de vehículos, creados para la detención provisional de éstos durante un corto espacio de tiempo, en el que se realizará el control del vehículo, carga y ocupantes, con medios activos o humanos.

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El medio abatible de uso más frecuente lo representa la barrera, de formas y materiales diversos, consistente en una barra de longitud correspondiente a la anchura del acceso, sujeta en un extremo a un mecanismo de giro que le permite adoptar las posiciones vertical y horizontal, para apertura y cierre del paso, respectivamente. Una modalidad de las más eficaces consiste en el empleo de planchas metálicas, situadas horizontalmente en el acceso cuando éste se encuentra abierto al paso y que se levantan en un ángulo de 45° hasta la posición del vehículo, para su detención. Procedimiento de actuación:

Identificación Es el procedimiento mediante el cual se comprueba de forma documental la identidad y/o la autenticidad de la persona, del vehículo o del objeto que pretende superar el control de accesos. En numerosas ocasiones en las que se ha atentado contra el objeto de protección se ha demostrado que la persona u objeto con el que se realizó la acción pasaron por el control de accesos, demostrando que el sistema falla. Falla tanto en lo técnico como en lo humano, dado que la relajación en las identificaciones, por parte del personal de seguridad, produce que el sistema no funcione. Esa relajación puede tener su origen en varios factores, entre los que se encuentra el conocimiento de las personas que pasan por el control; esa confianza produce una bajada de la atención debida, produciéndose errores en el trabajo del Vigilante de Seguridad. Los documentos más habituales para la identificación de personas, además del DNI, son el pasaporte y el permiso de conducción, además de los documentos acreditativos específicos

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de la organización que implanta un sistema de control de accesos mediante identificación. Dado que todos los documentos son manipulables y falsea-bles, habrá que tener especial cuidado con detalles como la concordancia entre la edad que señala el documento y el aspecto de la persona que lo exhibe, la nacionalidad, el acento, las posibles diferencias entre la fotografía y la fisonomía de la persona, roturas, plastificaciones, borrones... del documento, etc. Ante cualquier sospecha, se procederá a 'interrogar' a la persona que pretende acceder a un recinto protegido, aun cuando acredite estar autorizado: formular preguntas sobre a dónde se dirige, intentar saber el grado de verdad de sus palabras, incluso dándole falsa información, para comprobar cómo reacciona, etc. Es preferible pecar por exceso o por defecto y hay que tener siempre presente una cuestión: si alguien no-autorizado pretende salvar un control de accesos, siempre procurará sobrepasar al Vigilante de Seguridad con técnicas como la de levantar la voz, intentar dejarle en evidencia con frases como "usted no sabe con quién está hablando", etc. Ante estas posturas, la del Vigilante ha de ser inflexible, con educación pero con firmeza en su actuación.

Autorización Es el paso siguiente al de la identificación y consiste en permitir el acceso a los recintos protegidos, una vez comprobada la identificación de la persona que lo pretende. Puede ser de diversas formas: Documental Es la más habitual, ya que ahorra tiempo en la identificación y supone un elevado índice de fiabilidad. Presenta múltiples formas: tarjetas —con diferentes elementos: fotografía,

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datos personales, número de DNL—, pases -temporales, permanentes...-, acreditaciones -para uno o varios sectores...-, etc. Verbal Tiene escasa fiabilidad, ya que cualquier persona puede manifestar estar autorizado. Hay que comprobarla previamente. Telefónica Es el procedimiento más rápido para validar cualquier autorización que carezca de elementos necesarios o que sean poco convincentes. Ha de telefonearse a la persona que ha expedido o comunicado la autorización. Los procedimientos de autorización más habituales, son: o Personas y vehículos de la plantilla de la organización. Se les identificará y pedirá la autorización personal y de acceso y estacionamiento del vehículo. En caso de dudas con la autorización, se contrastará con el DNI, el listado oficial de autorizaciones, etc. Si en el vehículo viajan más personas, además de la autorizada, se procederá a la identificación y solicitud de autorización de todas ellas. Como medida de protección, se revisará el interior del vehículo en busca de elementos peligrosos para la seguridad. o Personas y vehículos que no pertenezcan a la plantilla de la organización. Y que no presenten autorización: identificación y petición de información sobre el motivo de la visita y persona o departamento que desea visitar. Posteriormente, se solicitará

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autorización verbal, telefónica o documental por parte del personal de la organización. Con el vehículo se realizarán idénticas medidas de seguridad que las señaladas en el párrafo anterior. Estas medidas son de aplicación para proveedores que no tengan autorización permanente, debiendo informarles de la posibilidad de obtenerlas y de la necesidad de realizar con antelación un aviso de llegada.

Tarjeta acreditativa y registro documental del acceso La tarjeta acreditativa es el documento en el que figuran los datos personales del titular y que le autoriza a acceder y transitar por determinadas zonas del establecimiento, una vez que los datos de referencia, y otros que se hayan considerado de interés, están inscritos en el Libro de Registro. Las tarjetas autorizan para estancias determinadas, en mayor o menos grado de accesibilidad, dependiendo de los criterios utilizados para su expedición. Han de ser comprobadas periódicamente, para certificar la vigencia o caducidad de las mismas. Una clasificación de las tarjetas se hace en función de su período de validez: Permanente. Para espacios prolongados de tiempo. Deben estar provistas de fotografía, datos de filiación, datos sobre las áreas de acceso autorizadas, sello y firma del responsable de la organización-Temporal. Para actividades de suministros, servicios, etc. Se asignan por área de acceso, con un número de orden y visto bueno del responsable del control en el momento de la expedición.

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En el Libro de Registro ha de constar la hora de entrada y salida de la autorización correspondiente y las incidencias que hayan podido producirse. En caso de autorizaciones temporales, se consignará, además, un número de orden, así como los datos del responsable del control en el momento de producirse la entrada o salida. El Libro de Registro ha de estar siempre completo, con todas sus páginas registradas, para evitar manipulaciones. Si el registro se efectúa en soporte informático, mediante control electrónico, deben de quedar anotados todos los datos de la autorización, para después archivarlos en soportes magnéticos o en papel impreso. Las tarjetas han de portarse de forma visible, tanto en las personas como en los vehículos, para permitir una rápida comprobación de posibles transgresiones de áreas u otras circunstancias. Como norma general, para todo tipo de tarjetas acreditativas, en su confección se tendrá en cuenta: * Incluir elementos de segundad que dificulten su falsificación -fotografías, impresiones digitales, etc.— * Incluir sistemas de tipo electrónico para identificación y autorización automatizada -bandas magnéticas, chips, etc.— * Utilizar soportes fáciles de manejar y de guardar, para preservarlos de robos. Rondas interiores: Estas son especialmente importantes tras el cierre del establecimiento, sobre todo en aquellos en los que no hay personal que trabaje en ese horario (por ejemplo, de limpieza). Hay que comprobar que no hay personas escondidas en baños o probadores, y que puedan sorprendernos durante la noche.

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A este respecto, el Vigilante de Seguridad debe conocer perfectamente a todo el personal y conocer las acreditaciones que se utilicen y dónde deben llevarse, comprobando la identidad de aquellas personas que le resulten extrañas, aunque vistan el uniforme o porten equipos reglamentarios. El Vigilante también ha de comprobar que todos los accesos están cerrados, sobre todo las salidas de emergencia, y activar las alarmas correspondientes.

Custodia de llaves: "Los servicios de verificación personal de las alarmas y de respuesta a las mismas se realizarán, en todo caso, por medio de Vigilantes de Seguridad, y consistirán, respectivamente, en la inspección de local o locales, y en el traslado de las llaves del inmueble del que procediere cada alarma, todo ello a fin de facilitar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad información sobre posible comisión de hechos delictivos y su acceso al referido inmueble (art. 49.2)"

Central de control de alarmas: La Central de Control y Alarmas constituye el cerebro del sistema de seguridad de una instalación, centralizando la recepción de todas las señales de alarma, comunicaciones e imágenes de los CCTV existente en la instalación, a fin de adoptar la decisión más acorde con la naturaleza del riesgo detectado. Es un centro dotado de un conjunto de medios, con aislamiento total del resto de las instalaciones, donde opera el responsable de la seguridad, y donde se toman las primeras medidas para resolver las posibles incidencias.

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Cuenta con un servicio de vigilancia las 24 horas del día, y dispone de los siguientes elementos: Circuito cerrado de te levisión, recepción de alarmas, megafonía, enlaces radio, enla ces telefónicos, etc ....... La señalización de las alarmas por medios ópticos o acústicos, en mayor o menor medida, pueden crear un efecto psicológico disuasorio en el delincuente, pero este no emprenderá la huida si no tiene motivos para pensar que esta alarma está siendo recibida y atendida por alguien capaz de generar la intervención bien de personal de segundad privada o bien de las FCS Respecto al ámbito material de su instalación, la Orden INT 3 16/201 I establece que: 1. Únicamente las empresas de seguridad autorizadas podrán realizar las operaciones de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad y alarma, cuando estos pretendan conectarse a una central de alarmas o a los denominados centros de control o de video vigilancia que recoge el apartado primero del artículo 39 del Reglamento de Seguridad Privada. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Seguridad Privada, para conectar aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad a centrales de alarmas o centros de control, será preciso que la instalación haya sido realizada por una empresa de segundad inscrita en el Registro correspondiente y se ajuste a lo dispuesto en los artículos 40, 42 y 43 del citado Reglamento y a lo establecido en la presente Orden. 3. En cumplimiento del artículo 47 del Reglamento de Seguridad Privada, las empresas de seguridad de instalación y mantenimiento y las empresas explotadoras de centrales de alarmas, estarán obligadas, antes de efectuar la conexión, a

CPD'

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instruir al usuario, por escrito, del funcionamiento del servicio, informándole de las características técnicas y funcionales del sistema y de las responsabilidades que lleva consigo su incorporación al mismo. 4. Conforme a lo establecido en el apartado segundo del artículo 39 del Reglamento de Seguridad Privada, queda prohibida la instalación de marcadores automáticos programados para transmitir alarmas directamente a las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, debiendo ser estas transmitidas, en todo caso, a través de centrales explotadoras de alarmas o de centrales de uso propio. 5. No obstante lo anterior, la prestación a terceros de servicios de recepción, verificación y transmisión de las señales de alarma, así como su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, deberá realizarse por empresas de seguridad explotadoras de centrales de alarmas. Asimismo, en cuanto a los grados de seguridad de los sistemas, encontramos que: I. La Norma UNE-EN 50131 -1 establece cuatro grados de seguridad en función del riesgo, quedando en esta Orden asignados, además, en virtud de la naturaleza y características del lugar en el que se va a efectuar la instalación y de la obligación, o no, de estar conectados a una central de alarmas o centro de control, del modo siguiente: a. Grado I, o de bajo riesgo, para sistemas de alarma dota dos de señalización acústica, que no se vayan a conectar a una central de alarmas o a un centro de control. b. Grado 2, de riesgo bajo a medio, dedicado a viviendas y pequeños establecimientos, comercios e industrias en ge neral, que pretendan conectarse a una central de alarmas o, en su caso, a un centro de control.

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c. Grado 3, de riesgo medio/alto, destinado a establecimien tos obligados a disponer de medidas de seguridad, así co mo otras instalaciones comerciales o industriales a las que por su actividad u otras circunstancias se les exija disponer de conexión a central de alarmas o, en su caso, a un centro de control. d. Grado 4, considerado de alto riesgo, reservado a las de nominadas infraestructuras críticas, instalaciones milita res, establecimientos que almacenen material explosivo reglamentado, y empresas de seguridad de depósito de efectivo, valores, metales preciosos, materias peligrosas o explosivos, requeridas, o no, de conexión con central de alarmas o, en su caso, a centros de control. Diferenciación entre alarma falsa y alarma real: Se considera falsa toda alarma que no esté determinada por hechos susceptibles de producir la intervención policial. No tendrá tal consideración la mera repetición de una señal de alarma causada por una misma avería dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que ésta se haya producido. Se considera alarma real, en cambio, aquella que esté determinada por hechos susceptibles de producir la intervención policial, y que se ha verificado como tal. Verificación de las alarmas: El procedimiento establecido reglamentariamente contempla las siguientes opciones: Procedimientos de verificación. De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo del

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artículo 48 del Reglamento de Seguridad Privada, cuando

se produzca una alarma, las centrales deberán proceder de inmediato a su verificación, utilizando, para que ésta sea considerada válida, todos o algunos de los procedimientos técnicos o humanos establecidos en el presente Capítulo, comunicando seguidamente, al servicio policial correspondiente, las alarmas reales producidas. Para el correcto funcionamiento de las centrales de alarmas, y conforme a lo establecido en el apartado primero del artículo 48 del Reglamento de Seguridad Privada, éstas deberán estar atendidas permanentemente por los operadores que resulten necesarios para la prestación de los servicios, en un número adecuado y proporcional al número de conexiones que tengan contratadas, y sin que en ningún caso puedan ser menos de dos operadores por turno ordinario de trabajo, que se encargarán del buen funcionamiento de los receptores y de la transmisión de las alarmas que reciban. Las empresas de explotación de centrales de alarmas, así como las centrales de uso propio, llevarán un libro-registro de alarmas, de forma que sea posible su tratamiento y archivo mecanizado e ínformatizado, conforme a lo dispuesto a este respecto en el artículo 51 del Reglamento de Seguridad Privada. Verificación secuencial. Para considerar válidamente verificada una alarma por este método técnico, han de activarse, de forma sucesiva, tres o más señales procedentes, cada una, de elementos de detección diferentes y en un espacio de tiempo que dependerá de la superficie o características arquitectónicas de los inmuebles,

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pero que nunca superará los treinta minutos. Para la determinación de la ubicación y distancia entre los elementos de detección, en la elaboración del proyecto de

instalación deberá tenerse en cuenta el espacio de tiempo al que hace referencia el párrafo anterior. La condición de alarma de un primer y segundo detectores proporcionará una alarma sin confirmar. Si a continuación se produce la activación de un tercer detector, el corte de la línea o una alarma de sabotaje, dentro del tiempo especificado, se considerará como una alarma confirmada. Si ésta tercera condición se hiciera fuera del tiempo previsto, será necesario utilizar otros medios para confirmar la alarma. Verificación mediante video. Para considerar válidamente verificada una alarma por este método técnico, el subsistema de video ha de ser activado por medio de un detector de intrusión o de un video sensor, siendo necesario que la cobertura de video sea igual o superior a la del detector o detectores asociados. El proceso de verificación mediante video sólo puede comenzar cuando la señal de alarma haya sido visualizada por el operador de la central de alarmas. Iniciada la verificación, el sistema debe registrar un mínimo de una imagen del momento exacto de la alarma y dos imágenes posteriores a ella, en una ventana de tiempo de cinco segundos, de forma que permitan identificar la causa que ha originado ésta. Los sistemas de grabación utilizados para este tipo de verificación no permitirán obtener imágenes del lugar supervisado, si previamente no se ha producido una alarma, salvo que se cuente con la autorización expresa del usuario o la norma exija una grabación permanente.

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Verificación mediante audio. Para ser considerada válidamente verificada una alarma por este método técnico será necesario:

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a. Almacenar, al menos, 10 segundos de audio, inmediata mente anteriores a la activación de la alarma, listos pa ra ser enviados a la central de alarmas cuando ésta lo demande. b. Almacenar audio después de producirse la alarma, al menos hasta que la comunicación por audio se esta blezca entre la central de alarmas y la instalación. c. Poder transmitir audio en directo a la central de alar mas si ésta lo demanda. Cuando el sistema de seguridad se halla dividido en subsistemas, deberá ser posible transmitir información de audio relevante solo de la parte del sistema que esté activado en el momento de la alarma. Únicamente será posible que un sistema de seguridad transmita información de audio cuando se produzca la activación del mismo o se realice su mantenimiento, contando siempre con el conocimiento y la autorización del usuario final, o cuando la norma exija una grabación permanente. Verificación personal. Las empresas autorizadas para la actividad de centralización de alarmas, en virtud de lo establecido en el artículo 49 del Reglamento de Seguridad Privada, podrán realizar, complementariamente, servicios de verificación personal de las alarmas y respuesta a las mismas en las situaciones siguientes: a. Cuando la verificación técnica confirme la realidad de una alarma, la central podrá desplazar, como único servicio de respuesta a la alarma recibida, el servicio de custodia de llaves para facilitar, a las Fuerzas y Cuerpos de Segundad, el acceso al lugar o inmueble protegido.

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b. Cuando la verificación técnica no permita confirmar la realidad de una señal de alarma, la central podrá desplazar el servicio de verificación personal para realizar las comprobaciones oportunas y facilitar, en su caso, a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, información sobre la posible comisión de hechos delictivos, bien limitando la inspección al exterior del inmueble o lugar protegido, bien accediendo al interior del mismo. En base a la información que la central reciba del servicio de verificación personal de la alarma, la comunicará como real a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o concluirá el procedimiento de verificación al considerarla como falsa. Aquellos servicios de verificación personal de las alarmas que lleven implícita su inspección interior, deberán ser realizados, como mínimo, por dos vigilantes de seguridad uniformados y en vehículo rotulado con anagrama de la empresa. El resto se prestará, como mínimo, por un vigilante de seguridad en las mismas condiciones de uniformidad y medios. Cuando por el número de servicios de custodia de llaves o por la distancia entre los inmuebles resultare conveniente para la empresa de seguridad y para los servicios policiales, aquélla podrá disponer, previa autorización de éstos, que las llaves sean custodiadas por vigilantes de seguridad sin armas en un automóvil, conectados con la central de alarmas por un sistema de comunicación permanente. En este supuesto, las llaves habrán de estar codificadas, debiendo ser los códigos desconocidos por el vigilante que las porte y variados periódicamente, al menos una vez al semestre, y cada vez que sean utilizadas. En aquellos casos en los que el lugar protegido estuviera situado en una zona muy retirada, que dificultase o retrasase en gran medida la llegada del personal de seguridad encargado

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de la verificación personal de la alarma, de forma excepcional y con el conocimiento de la autoridad policial competente en esta materia, la custodia de llaves para facilitar el acceso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrá recaer en personal de la entidad o empresa protegida, que tenga su domicilio en un lugar cercano a la misma. En todo caso, los vigilantes designados para la realización de servicios de acuda de verificación personal deberán llevar un sistema de comunicación permanente con la empresa de seguridad, de forma que cualquier incidencia en los mismos sea conocida, de modo inmediato, por la central de alarmas, pudiendo solicitar, asimismo, de los cuerpos policiales competentes, o a las autoridades previstas en el artículo 81 del Reglamento de Seguridad Privada, autorización para el uso de sistemas y medios de protección y defensa distintos a los habituales, incluida el arma de fuego reglamentaria, y que permitan una mayor seguridad del vigilante en el ejercicio de sus funciones de verificación personal. Todos estos servicios estarán obligatoriamente reflejados en los contratos de seguridad y aquellos que lleven aparejada la custodia de llaves, bien sea para facilitar el acceso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o para la verificación exterior o interior del inmueble, deberán estar expresamente autorizados por los titulares de las instalaciones, consignándose por escrito en el correspondiente contrato de prestación de servicios. Para los servicios a los que se refieren los apartados anteriores, las empresas de segundad explotadoras de centrales de alarmas podrán contar con vigilantes de seguridad, sin necesidad de estar inscritas y autorizadas para la vigilancia y protección de bienes, o bien subcontratar tales servicios con una empresa de seguridad de esta especialidad. Las empresas y entidades industriales, comerciales o de servicios, tanto privadas como públicas, que estén autorizadas a disponer de central de alarmas, dedicada exclusivamente a su

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propia seguridad, podrán contratar los mismos servicios con una empresa de segundad autorizada para vigilancia y protección de bienes. Actuaciones complementarias a la verificación. Como complemento a los procedimientos de verificación técnica enumerados en los artículos anteriores, las centrales de alarmas, cuando lo consideren conveniente o necesario, podrán llamar a los teléfonos facilitados por el titular de la instalación con el fin de comprobar la veracidad de la señal de alarma recibida. Si la central de alarmas consigue comunicar con el usuario o personas autorizadas, solicitará de éstos la contraseña establecida y si es correcta, le requerirá información sobre la situación del lugar protegido. Si del resultado de esta gestión se deduce con claridad la falsedad de la alarma, se interrumpirán el resto de actuaciones de verificación, dando por concluido el proceso de comprobación. Si, por el contrario, no fuese posible determinar la causa que ha producido la alarma, se continuará con el proceso de verificación técnica o personal, actuando conforme a los procedimientos establecidos en esta Orden. Cuando la comunicación se realice al teléfono fijo del lugar protegido y el receptor de la llamada no facilite la contraseña establecida o ésta fuese errónea, se considerará una alarma confirmada, avisando al servicio policial correspondiente. Sin embargo, si el teléfono fuese móvil y su titular se encontrase fuera de la instalación protegida, se actuará en función de la información facilitada, bien continuando con la verificación técnica o personal o bien dando por finalizadas las comprobaciones. En ningún caso la llamada a los teléfonos fijos o móviles del usuario o titular del sistema de seguridad contratado, puede sustituir a los procedimientos de verificación técnica o humana enumerados anteriormente, a los que únicamente complementa, y menos aún servir, por sí solo, como medio de verificación

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para considerar válidamente confirmada una alarma comunicada a los servicios policiales, que finalmente resulte falsa. Alarma confirmada. Las alarmas verificadas por uno o varios de los procedimientos anteriormente establecidos, tendrán la consideración de alarmas confirmadas, entendiéndose cumplida, en estos casos, la obligación que el apartado segundo del artículo 48 del Reglamento de Seguridad Privada impone a las centrales de alarmas, en relación con el artículo I49.8.b del mismo Reglamento, salvo lo dispuesto reglamentariamente por la Orden INT 316/2011. Para aquellas instalaciones que dispongan de sistemas de seguridad de grado 3 ó 4, se considerará confirmada la alarma cuando se reciban, de forma sucesiva, tres o más señales procedentes, al menos, de dos detectores diferentes, del mínimo de tres instalados, y en un espacio de tiempo que no supere, en ningún caso, los treinta minutos. Independientemente de los procedimientos de verificación técnica establecidos, para los sistemas con doble vía de comunicación, se considerará alarma confirmada: a. La recepción de una alarma seguida de la comprobación de la pérdida de una o varias de las vías de comunica ción. b. La comprobación de la pérdida de una de las vías de co municación, seguida de la activación de un elemento de tector del sistema, comunicada por una segunda vía. c. La comprobación del fallo de las dos vías de comunica ción.

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Dichos sistemas de alarma deberán contar con dos vías de comunicación distintas, de forma que la inutilización de una de ellas produzca la transmisión de la alarma por la otra o bien, con una sola vía que permita la transmisión digital con supervisión permanente de la línea y una comunicación de respaldo (back-up). También deberá ser considerada alarma confirmada, la activación voluntaria de cualquier elemento destinado a este fin, tales como: pulsadores de atraco o antirehén, o código de coacción mediante teclado o contraseña pactado. Servicio de custodia de llaves: Las empresas explotadoras de centrales de alarmas podrán contratar, complementariamente, con los titulares de los recintos conectados, un servicio de custodia de llaves, de verificación de alarmas mediante desplazamiento a los propios recintos, y de respuesta a las mismas, en las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior, a cuyo efecto deberán disponer de un armero o caja fuerte Las empresas industriales, comerciales o de servicios que estén autorizadas a disponer de central de alarmas, dedicada exclusivamente a su propia seguridad, podrán contratar los mismos servicios con una empresa de seguridad autorizada para vigilancia y protección. Los servicios de verificación personal de las alarmas y de respuesta a las mismas se realizarán, en todo caso, por medio de vigilantes de seguridad, y consistirán, respectivamente, en la inspección del local o locales, y en el traslado de las llaves del inmueble del que procediere cada alarma, todo ello a fin de facilitar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad información sobre posible comisión de hechos delictivos y su acceso al referido inmueble.

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A los efectos antes indicados, la inspección del interior de los inmuebles por parte de los vigilantes de segundad deberá estar expresamente autorizada por los titulares de aquellos, consignándose por escrito en el correspondiente contrato de prestación de servicios. Cuando por el número de servicios de custodia de llaves o por la distancia entre los inmuebles resultare conveniente para la empresa y para los servicios policiales, aquélla podrá disponer, previa autorización de éstos, que las llaves sean custodiadas por vigilantes de seguridad sin armas en un automóvil, conectado por radioteléfono con la central de alarmas. En este supuesto, las llaves habrán de estar codificadas, debiendo ser los códigos desconocidos por el vigilante que las porte y variados periódicamente. Para los servicios a que se refieren los dos apartados anteriores, las empresas de seguridad explotadoras de centrales de alarmas podrán contar con vigilantes de seguridad, sin necesidad de estar inscritas y autorizadas para la actividad de vigilancia y protección de bienes, o bien subcontratar tal servicio con una empresa de esta especialidad. Conexión con el centro de control de la propia instalación: Habrá ciertas empresas industriales, comerciales o de servicios que estén autorizadas a disponer de central de alarmas, dedicada exclusivamente a su propia seguridad, instalaciones que dado su volumen o bien por operatividad, ellas mismas gestionen sus propios sistemas de alarmas desde un Centro de Control y Alarmas. En este caso serán válidos muchos de los puntos vistos en el apartado anterior, aunque adaptándose a cada caso concreto. Un Centro de Control es un lugar protegido con las adecuadas medidas de seguridad, desde donde se controla, supervisa y gestiona el Sistema de Seguridad.

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En el Centro de Control es donde opera normalmente el responsable de la seguridad de las instalaciones, auxiliado por otro personal de seguridad que es el encargado del manejo y control de los distintos sistemas que componen la central. Al ser el cerebro del sistema de seguridad, una vez analizado y evaluado el riesgo detectado, debe tomar la decisión más idónea como respuesta a ese riesgo. Esta decisión la adoptará el Jefe de Seguridad si está presente o bien el Vigilante que en ese momento sea el responsable del Centro de Control. Dispondrá siempre a la vista de un listín telefónico puesto al día de aquellos teléfonos de emergencia tales como protección civil, bomberos, FCS, ambulancias, etc.... haciendo uso de ellos en las situaciones adecuadas en función del riesgo. Dispondrá de un libro-registro sobre incidencias y otro sobre control de llaves. Funciones: Estas instalaciones además de atender y gestionar sus propias alarmas, realiza otras funciones de seguridad integral tales como: Central de incendios: Desde donde se controlan los sistemas de detección y extinción de incendios. Recepción de alarmas: Control de las alarmas antiintrusión y antirrobo, procedentes de las distintas zonas de la instalación. Están centralizadas en un panel, indicándonos su situación en cada momento con un avisador óptico-acústico. Circuito cerrado de televisión (CCTV ): En el Centro de control están situados los monitores que centralizan las imágenes de las distintas cámaras, y desde ella uno o más

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Vigilantes de Seguridad, observan y operan los monitores, para que en caso de alguna amenaza a la seguridad avisar al Jefe de Seguridad o bien adoptar las medidas previstas. Enlaces radio: Las transmisiones vía radio se emplean para comunicar información, dar instrucciones, impartir órdenes y coordinar los movimientos de Vigilantes separados entre sí, así como para comunicar las incidencias que se están produciendo, o las anomalías que se observen. Enlaces telefónicos: Los enlaces telefónicos con el interior y exterior son esenciales para comunicar inmediatamente con las FCS o servicios de emergencias (protección civil, bomberos, ambulancias, Cruz Roja, etc....), y a ser posible que las líneas sean directas y dobladas. Megafonía: Si hubiera megafonía en la instalación sería conveniente que estuviera centralizada en la Central de control para su utilización en caso de emergencias, desalojos de edificios y demás circunstancias relacionadas con la seguridad.

Deposito y control de llaves de áreas restringidas: Existirá un llavero en el que estarán todas las llaves de áreas restringidas, reflejándose en un libro las entradas y salidas de las mismas, y realizándose un recuento al final del servicio, informando de cualquier anomalía. Procedimiento de reacción ante alarmas: el enlace con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Procedimiento de comunicación. Conforme a lo establecido en el apartado segundo del artículo 48 del Reglamento de Segundad Privada, las centrales de alarma tendrán la obligación de transmitir inmediatamente al servicio policial correspondiente las alarmas reales producidas. A

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efectos de su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, toda alarma confirmada, con arreglo a lo dispuesto en esta Orden, tendrá la consideración de alarma real. De forma excepcional, motivada en razones de segundad, el servicio policial competente en el territorio podrá disponer que las centrales de alarma comuniquen las señales recibidas conforme a las necesidades que resulten más adecuadas para los fines de prevención o investigación que se pretendan alcanzar. En la comunicación de las alarmas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y con el fin de mejorar la eficacia de la respuesta a las mismas, la central deberá especificar, además de los datos exactos del lugar donde se ha producido el hecho, las zonas que se han activado y la ubicación concreta de las mismas, los datos correspondientes al titular y los que les sean requeridos para contactar con el mismo. Cuando el titular de la instalación dispusiera contractualmen-te de un servicio de acuda o de verificación personal, en cualquiera de sus modalidades, la central de alarmas deberá comunicar, igualmente, al cuerpo policial correspondiente las características del servicio y, en su caso, el tiempo estimado de llegada y los datos para contactar con el mismo. Durante la comprobación policial de la alarma comunicada, la central de alarmas se mantendrá en contacto permanente con el servicio policial correspondiente al objeto de facilitarle la información que resulte pertinente o le vaya siendo requerida. Finalizada la intervención policial, se participará a la central de alarmas el resultado de la misma en relación con la veracidad o falsedad de la alarma comunicada. Denuncia de alarmas. A los efectos del apartado segundo del artículo 50 del Reglamento de Seguridad Privada, se considera falsa toda alarma no confirmada en los términos establecidos reglamentariamente,

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que no esté determinada por hechos susceptibles de producir la intervención policial. No tendrá la consideración de alarma falsa, la mera repetición de una señal de alarma causada por una misma avería dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que ésta se haya producido. La transmisión de una alarma no confirmada, que resulte falsa, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrá ser objeto de denuncia para la imposición de la correspondiente sanción. La repetición de la comunicación de una alarma no confirmada, que resulte falsa, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en el plazo de sesenta días, procedente de una misma conexión, dará lugar a su denuncia para la imposición de la sanción correspondiente. La comunicación, a los servicios policiales competentes, en un plazo de sesenta días, de tres o más alarmas confirmadas, procedentes de una misma conexión, que resulten falsas, dará lugar al inicio del procedimiento establecido en el artículo 15 de la Orden INT 3 16/201 I y, en su caso, a la correspondiente denuncia para sanción. La no comunicación de una alarma real, o el retraso injustificado en su transmisión, una vez confirmada, al servicio policial correspondiente será siempre objeto de denuncia para su correspondiente sanción. En estos supuestos la central de alarmas deberá entregar, en un plazo de diez días, al servicio policial y al usuario titular del servicio, un informe explicativo de las causas motivadoras de la ausencia o retraso de la comunicación de la alarma real producida. De las alarmas falsas, confirmadas o no, comunicadas a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, y con objeto de determinar si tal circunstancia ha implicado una inadecuada utilización de éstos, el servicio policial correspondiente podrá requerir, de

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la central de alarmas, antes de proceder a su posible denuncia, la remisión, en el plazo de diez días, de un informe explicativo de las causas que la originaron y de las gestiones realizadas para la verificación de dichas señales de alarma antes de su transmisión a dichos Cuerpos y Fuerzas de Segundad. En caso de no remitir, en el plazo establecido, el informe explicativo citado en los apartados quinto y sexto de este artículo se considerará que la central de alarmas ha incurrido en alguno de los supuestos contemplados en el apartado octavo del artículo 149 del Reglamento de Segundad Privada, dando lugar, en consecuencia, a su denuncia para la imposición de la correspondiente sanción. Desconexión de alarmas. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 50 y 147 del Reglamento de Seguridad Privada, el Delegado o Subdelegado del Gobierno, que podrá delegar en el Jefe Superior o Comisario Provincial y, en su caso, la Autoridad autonómica que resulte competente, cuando el sistema, conectado, o no, a una central de alarmas origine dos o más falsas alarmas en el plazo de un mes, requerirá al titular de los bienes protegidos, para que proceda, a la mayor brevedad posible, en un plazo máximo que no podrá exceder de 72 horas, a la subsanación de las deficiencias que dan lugar a las falsas alarmas, pudiendo acordar la suspensión del servicio, ordenando su desconexión o la obligación de silenciar las sirenas, por el tiempo que se estime conveniente. En caso de incumplir el requerimiento de subsanación, si el sistema no está conectado a una central de alarmas, la orden de suspensión implicará que su titular tendrá la obligación de silenciar las sirenas interiores o exteriores que posea el mismo, y en caso de que éste se encuentre conectado con una central de alarmas, se ordenará, a la empresa explotadora de la central de alarmas, que efectúe la inmediata desconexión del sistema con la propia central.

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El plazo de suspensión o de desconexión, que podrá tener hasta un año de duración, oscilará entre uno, seis y doce meses, en función de que se trate de la primera, segunda o tercera propuesta de suspensión o desconexión, a partir de la cual tendrá carácter definitivo. Durante el tiempo de suspensión o desconexión, el usuario no podrá transmitir ningún aviso a las Fuerzas y Cuerpos de Segundad, procedente de ese sistema, y su titular no podrá concertar el servicio de centralización de alarmas con ninguna empresa de seguridad. Cuando el sistema pertenezca a un establecimiento obligado a disponer de esta medida, al no poder desconectarse el sistema, se exigirá que la verificación, por el periodo de tiempo previsto para la desconexión, se realice a través de un servicio de vigilantes de seguridad de los previstos reglamentariamente. Los requerimientos de subsanación y, en su caso, la nueva conexión llevarán aparejados que la central de alarmas exija al cliente la presentación del proyecto de seguridad y características del sistema, así como su actualización y adecuación. El acuerdo de suspensión del servicio y las órdenes de desconexión emitidas por los Jefes Superiores o Comisarios Provinciales no requerirán ser confirmadas por los Delegados o Subdelegados del Gobierno en los casos de delegación de funciones de conformidad con lo previsto en el apartado primero del artículo 50 del Reglamento de Seguridad Privada.

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TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN. COMUNICACIÓN PROFESIONAL CON CLIENTES. COMUNICACIÓN TÁCTICA CON EMISORA. COMUNICACIÓN TELEFÓNICA. COMUNICACIÓN CON LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD. DENUNCIAS. DETENCIONES HOSTILES. RECOMENDACIONES PARA EL CONTROL DE MASAS. NORMAS DE TRATO CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD

i. TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN La comunicación es el proceso mediante el cual se puede transmitir información de una entidad a otra. Los procesos de comunicación son interacciones mediadas por signos entre al menos dos agentes que comparten un mismo repertorio de signos y tienen unas reglas semióticas comunes. Tradicionalmente, la comunicación se ha definido como "el intercambio de sentimientos, opiniones, o cualquier otro tipo de información mediante habla, escritura u otro tipo de señales". Todas las formas de comunicación requieren un emisor, un mensaje y un receptor destinado, pero el receptor no necesita estar presente ni consciente del intento comunicativo por parte del emisor para que el acto de comunicación se realice. En el proceso comunicativo, la información es incluida por el emisor en un paquete y canalizada hacia el receptor a través del medio. Una vez recibido, el receptor decodifica el mensaje y proporciona una respuesta.

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El funcionamiento de las sociedades humanas es posible gracias a la comunicación. Esta consiste en el intercambio de mensajes entre los individuos. Desde un punto de vista técnico se entiende por comunicación el hecho que un determinado mensaje originado en el punto A llegue a otro punto determinado B, distante del anterior en el espacio o en el tiempo. La comunicación implica la transmisión de una determinada información. La información como la comunicación supone un proceso; los elementos que aparecen en el mismo son: • Código. El código es un sistema de signos y reglas para combinarlos, que por un lado es arbitrario y por otra parte debe de estar organizado de antemano. • Canal. El proceso de comunicación que emplea ese código precisa de un canal para la transmisión de las señales. El Canal sería el medio físico a través del cual se transmite la comunicación. Ej: El aire en el caso de la voz y las ondas Hertzianas* en el caso de la televisión. o La radiocomunicación es un sistema de telecomunicación que se realiza a través de ondas de radio u ondas hertzianas*, o En tercer lugar debemos considerar el Emisor. Es la persona que se encarga de transmitir el mensaje. Esta persona elige y selecciona los signos que le convienen, es decir, realiza un proceso de codificación; codifica el mensaje. o El Receptor será aquella persona a quien va dirigida la comunicación; realiza un proceso inverso al del emisor, ya que descifra e interpreta los signos elegidos por el emisor; es decir, descodifica el mensaje.

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o Naturalmente tiene que haber algo que comunicar, un contenido y un proceso que con sus aspectos previos y sus consecuencias motive el Mensaje. o Las circunstancias que rodean un hecho de comunicación se denominan Contexto situacional (situación), es el contexto en que se transmite el mensaje y que contribuye a su significado.

Teoría de la información En muchos casos la teoría de la comunicación suele confundirse con la teoría de la información, la cual corresponde a la teoría matemática de Claude E. Shannon que estudia la información (canales, comprensión de datos, criptografía y todo lo que se le relaciona) como magnitud física. Ésta emplea una unidad de medida de la información a la que denomina el "BIT", es decir, la menor unidad que puede aprenderse. Esta unidad de medida de la información se sustenta en la alternativa sí o no en cada determinación que pueda dar elementos para el conocimiento de los objetos. Así, por ejemplo, la sexualidad de un sujeto puede darse por un BIT, simplemente, macho o hembra. Para fijar la posición de una pieza de ajedrez sobre un tablero de 64 casillas se necesitarán al menos 6 BITS o 6 preguntas binarias. Si bien la teoría de la información es útil a la teoría de la comunicación como aportante matemático y a la comprensión lógica de los procesos, dicha teoría no corresponde en concreto a la preocupación de la teoría de la comunicación, la cual analiza la vinculación de los procesos comunicativos individuales a la problemática social, así como la relación universal existente en torno a la comunicación mediática y el poder político y se apoya en el uso de la semiología, que es el estudio de los signos, en la realidad social y se nutre de la lingüística y otras ciencias.

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Elementos de la comunicación humana El objetivo principal de todo sistema es adaptarse a la comunicación, es intercambiar información entre dos entidades. Un ejemplo particular de comunicación entre una estación de trabajo y un servidor a través de una red telefónica pública. Otro posible ejemplo consiste en el intercambio de señales de voz entre dos teléfonos a través de la misma red anterior. Los elementos claves de este modelo son: • Fuente o Emisor (Remitente). Este dispositivo genera los datos a transmitir: por ejemplo telé fonos o computadores personales. Fuente Transmisor Sist. de Transmisión o canal Receptor Destino Diagrama general a bloques Sistema fuente Sistema destino Teoría de las telecomunicaciones • Transmisor. Transforma y codifica la información, generando señales electromagnéticas susceptibles de ser transmitidas a través de algún sistema de transmisión. Por ejemplo, un módem convierte las cadenas de bits generadas por un computador personal y las transforma en señales analógicas que pueden ser transmitidas a través de la red telefónica. • Sistema de transmisión. Puede ser desde una sencilla línea de transmisión hasta una compleja red que conecte a la fuente con el destino. • Receptor. Acepta la señal proveniente del sistema de transmisión y la transforma de tal manera que pueda ser manejada por el dispositivo destino. Por ejemplo, un módem captara la señal analógica de la red o línea de transmisión y la convertirá en una cadena de bits. • Destino (Destinatario). Toma los datos del receptor.

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Aunque el modelo presentado puede parecer sencillo, en realidad implica una gran complejidad. Para hacerse una idea de la magnitud de ella a continuación una breve explicación de algunas de las tareas claves que se deben realizar en un sistema de comunicaciones. • Utilización del sistema de transmisión. Se refiere a la necesidad de hacer un uso eficaz de los recursos utilizados en la transmisión, los cuales típicamente se suelen compartir entre una serie de dispositivos de comunicación. • Implemento de la interfaz. Para que un dispositivo pueda transmitir tendrá que hacerlo a través de la interfaz con el medio de transmisión. • Generación de la señal. Ésta se necesitará una vez que la interfaz está establecida, Las características de la señal, tales como, la forma y la intensidad, deben ser tales que permitan: I) ser propagadas a través del medio de transmisión y 2) ser interpretada en el receptor como datos. • Sincronización. Las señales se deben generar no sólo considerando que deben cumplir los requisitos del sistema de transmisión y del receptor, sino que deben permitir alguna forma de sincronizar el receptor y el emisor. El receptor debe ser capaz de determinar cuándo comienza y cuándo acaba la señal recibida. Igualmente, deberá conocer la duración de cada elemento de señal. • Gestión del intercambio. Esto es que si se necesita intercambiar datos durante un período, las dos partes (emisor y receptor) deben cooperar. En los dispositivos para el procesamiento de datos, se necesitaran ciertas convenciones además del simple hecho de establecer la conexión. Se deberá establecer si ambos dispositivos pueden Enlace de comunicación Estación de trabajo Módem Medio de Mó-dem transmisión Servidor transmitir simultáneamente o si

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deben hacerlos por turnos, se deberá decidir la cantidad y el formato de los datos que se transmiten cada vez, y se debe especificar que hacer en caso de que se den ciertas contingencias. • Detección y corrección de errores. Se necesita en circunstancias donde no se pueden tolerar errores es decir, cuando la señal transmitida se distorsiona de alguna manera antes de alcanzar su destino. • Control de flujo. Se utiliza para evitar que la fuente no sature al destino transmitiendo datos más rápidamente de lo que el receptor pueda procesar o absorber. • Direccionamiento y encaminamiento. Se utiliza cuando cierto recurso se comparte por más de dos dispositivos, el sistema fuente deberá de alguna manera indicar a dicho recurso compartido la identidad del destino. El sistema de transmisión deberá garantizar que ese destino, y sólo ése, reciba los datos. • Recuperación. Se utiliza cuando en una transacción de una base de datos o la transferencia de un fichero, se ve interrumpida por algún fallo, el objetivo será pues, o bien ser capaz de continuar transmitiendo desde donde se produjo la interrupción. La identificación de personas en relación a hechos antisociales o delictivos es una de las tareas del personal de seguridad privada, tal y como se recoge el art. I 1.1 de la Ley de Seguridad Privada: Artículo I I. I.Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:

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a. Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos. b. Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la do cumentación personal. c. Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección. d.Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Segundad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los ins trumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos. e. Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasi ficación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos. f. Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de cen trales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no co rresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Por tanto, el personal acreditado como tal, ha de estar familiarizado con las técnicas y sistemas de identificación personal existentes, así como con las formas de acreditar la identidad legal mente.

Concepto de identificación: La identificación es la acción y efecto de identificar o identificarse (reconocer si una persona o una cosa es la misma que

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se busca). La identificación está vinculada a la identidad, que es el conjunto de rasgos propios de un sujeto o de una comunidad. El documento oficial o la credencial que permiten identificar a una persona también se denominan identificación. Dicho documento puede ser un DNI, una cédula o un registro, dependiendo del caso. Concepto de identidad civil: Es la que se obtiene mediante documentos oficiales que muestran determinados datos indubitados que permiten identificar al sujeto. El medio de identidad civil más común es el Documento Nacional de Identidad. Medios de identificación personal: El D.N.I.: La denominación oficial es documento nacional de identidad (DNI), aunque también se le denomina carné de identidad. Se trata de una tarjeta plastificada o de policar-bonato donde se detalla el nombre y apellidos del titular, fecha de nacimiento, dirección, progenitores, sexo, dirección de residencia, localidad y provincia de nacimiento, y contiene una fotografía (tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona) y un número de identificación formado por 8 cifras más una letra de control. La foto aparece en color en los DNI expedidos hasta 2006. Desde 1976 es obligatorio a partir de los 14 años, aunque puede solicitarse desde la inscripción del menor en el Registro Civil. Generalmente se denomina número de identificación fiscal (NIF) a esta combinación de números y letra, y DNI incorrectamente sólo a los números (pues el NIF y el Número de DNI son el mismo número, y ambos incluyen la letra). El DNI es suficiente para viajar e inscribirse como residente en los países miembros de la Unión Europea. También sirve para viajar a Islandia, Noruega y Suiza (firmantes del Acuerdo

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de Schengen) y otros países europeos como Andorra, Licchtenstein, Monaco o San Marino. El DNI se expide en las oficinas del Cuerpo Nacional de Policía. Cada oficina de expedición recibe un lote de números que va asignando de forma correlativa a su petición. Cuando este lote se termina recibe un lote nuevo. Otra leyenda urbana, es la cifra que aparece al final de la segunda línea, en la parte posterior del documento, se le vinculaba con el número de personas que tenían mismo nombre y apellidos que su portador, algo totalmente falso, ya que dicha cifra es un dígito de control resultante de un algoritmo utilizado por el sistema informático que crea el documento. Hasta los 30 años, el DNI tiene validez por 5 años. De los 30 a los 70 años, tiene validez por 10 años, siendo permanente a partir de los 70 años. Para obtener un DNI es necesario tener la nacionalidad española. Los extranjeros residentes legalmente en España poseen una tarjeta de características similares pero en tonos azules, denominada Tarjeta de Identidad de Extranjero, donde consta un Número de Identificación de Extranjeros o NIE. No es obligatorio llevar siempre el DNI, pero el ciudadano tiene la obligación de identificarse ante cualquier Agente de la autoridad que así lo requiera, pudiendo hacerse esta identificación con cualquier otro documento que satisfaga al Agente (pasaporte, libro de familia, etc.).8 Si bien, si no se puede realizar esta identificación de forma satisfactoria, los Agentes pueden requerir al ciudadano que les acompañen a dependencias donde sea posible practicar las diligencias necesarias para su identificación. Negarse a identificarse ante un Agente de la autoridad o se negarse a hacer voluntariamente dichas diligencias podría ser constitutiva de infracción administrativa o, en su caso, infracción penal de los artículos 634 y 556 del Código Penal.

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A lo largo de 2006-2007 se implantó la evolución lógica del DNI tradicional español al DNI electrónico, que se diferencia del tradicional por un chip que permite garantizar la identidad de la persona que lleva a cabo las gestiones y transacciones electrónicas que se realicen con él. También permite al ciudadano firmar digitalmente documentos de forma reconocida. El pasaporte: es un documento con validez internacional, que identifica a su titular (en ciertos países también a sus descendientes directos e incluso a sus cónyuges) expedido por las autoridades de su respectivo país, que acredita un permiso o autorización legal para que salga o ingrese del mismo, por los puertos o aeropuertos internacionales Los primeros pasaportes carecían de fotografía, concretándose a indicar el nombre, nacionalidad, descripción física y autorización para salir y regresar al país. Pronto se otorgó el pasaporte en una especie de cuaderno o cuadernillo, donde se anotaban los ingresos y salidas del país y donde se insertaban las autorizaciones de otros países para ingresar y salir de ellos, que se denominaron visados o visas; al mismo tiempo, se le dio al documento validez internacional, la cual siempre se sujeta a la condición de que los países se reconozcan entre sí. De manera progresiva, y para evitar la falsificación del documento, se foliaron los pasaportes y se agregó a ellos la fotografía del titular en principio engomada al cuadernillo. Después se utilizó papel seguridad, que no ha dejado de evolucionar (actualmente es fabricado con medidas similares a los papeles con que se fabrica el papel moneda); se agregaron perforaciones y, a la fecha, la fotografía del titular se imprime en el cuadernillo de manera directa mediante un procedimiento fotomecánico y las tintas también contribuyen en el propósito de hacer compleja o imposible la duplicación ilegal de los pasaportes.

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Desde el 28 de agosto de 2006, España expide el denominado pasaporte electrónico (pasaporte-e) el cual incorpora un chip embebido en su portada posterior. Este chip contiene el dato biométríco relativo a la imagen facial del titular del documento además de los datos personales que se contienen en las líneas OCR de lectura mecánica. El Ministerio del Interior español tiene previsto incorporar en breve las impresiones dactilares de los dedos índices de ambas manos sin cambiar el modelo de pasaporte. Mientras que en Venezuela el pasaporte electrónico se expide desde el I de enero de 2007, otras naciones de habla española que también tienen previsto migrar al sistema biométrico aún no han definido un plazo para realizar dicho cambio. Entre las medidas de segundad más utilizadas se encuentran la microimpresión, letra de muy pequeño tamaño imposible de realizar con una impresora convencional; el intaglio o relieve que se le da a ciertos dibujos del pasaporte, y que se puede sentir al tacto rugoso; y la tinta OVI (Optical variable ink) o tinta cambiante de color según el ángulo de inclinación, utilizada también en los billetes de 50,100, 200 y 500 euros. Carné de conducir: Cualquier conductor deberá estar en posesión del documento y llevarlo consigo cuando conduzca, aunque también es válido llevar una fotocopia del original debidamente compulsada, y es obligatorio exhibirlo ante la autoridad o sus agentes cuando así lo soliciten. Circular sin esta autorización puede dar lugar a la inmovilización del vehículo utilizado y a una denuncia por parte del agente. Si el permiso o licencia de conducción ha sido expedido en España, éste tendrá validez para toda la Unión Europea. Si se ha obtenido el permiso en otro país ajeno a la Unión Europea, se deberá canjear según su caso en la debida Jefatura de Tráfico provincial correspondiente.

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Todo permiso o licencia de conducción tiene una fecha de validez máxima, llegada la cual el conductor deberá renovarla y realizar un examen psicotécnico (similar al que realizó cuando lo obtuvo por primera vez), del que dependerá la renovación del mismo, ya que evalúa si el conductor continúa estando capacitado físicamente para poder conducir. Algunos sistemas de identificación: La antropometría: Se considera a la antropometría como la ciencia que estudia las medidas del cuerpo humano con el fin de establecer diferencias entre individuos, grupos, razas, etc. Esta ciencia encuentra su origen en el siglo XVIII en el desarrollo de estudios de antropometría racial comparativa por parte de antropólogos físicos; aunque no fue hasta 1870 con la publicación de "Antropometrie", del matemático belga Quételet, cuando se considera su descubrimiento y estructuración científica. Pero fue a partir de 1940, con la necesidad de datos antropométricos en la industria, específicamente la bélica y la aeronáutica, cuando la antropometría se consolida y desarrolla, debido al contexto bélico mundial. Las dimensiones del cuerpo humano varían de acuerdo al sexo, edad, raza, nivel socioeconómico, etc.; por lo que esta ciencia dedicada a investigar, recopilar y analizar estos datos, resulta una directriz en el diseño de los objetos y espacios arquitectónicos, al ser estos contenedores o prolongaciones del cuerpo y que por lo tanto, deben estar determinados por sus dimensiones. Estas dimensiones son de dos tipos importantes: estructurales y funcionales. Las estructurales son las de la cabeza, troncos y extremidades en posiciones estándar. Mientras que las funcionales o dinámicas incluyen medidas tomadas durante el movimiento realizado por el cuerpo en actividades específicas. Al conocer estos datos se conocen los espacios mínimos que el hombre necesita para desenvolverse diariamente, los cuales deben de ser considerados en el diseño de su entorno. Aunque los estudios antropométricos resultan un importante

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apoyo para saber la relación de las dimensiones del hombre y el espacio que éste necesita para realizar sus actividades, en la práctica se deberán tomar en cuenta las características específicas de cada situación, debido a la diversidad antes mencionada; logrando así la optimización en el proyecto a desarrollar. La primera tabla antropométrica para una población industrial hispana se realizó en 1996 en Puerto Rico por Zulma R. Toro y Marco A. Henrich. La morfología: es la disciplina encargada del estudio de la reproducción y estructura de un organismo o sistema. La morfología es una ciencia biológica que trata de la forma y reproducciones de los seres orgánicos. La lofoscopia: es el estudio de los dibujos lineales que se presenta en las caras y en los bordes de las manos y los pies de todo ser humano. Estos dibujos o rugosidades también son conocidos como crestas papilares. No existen dos crestas papilares iguales, por lo tanto cada individuo tiene unos dibujos particulares diferentes a los del resto de cualquier ser humano.

Especial referencia a este respecto a la atención, percepción y memoria. La atención es la capacidad que tiene alguien para entender las cosas o un objetivo, tenerlo en cuenta o en consideración. Desde el punto de vista de la psicología, la atención no es un concepto único, sino el nombre atribuido a una variedad de fenómenos. Tradicionalmente, se ha considerado de dos maneras distintas, aunque relacionadas. Por una parte, la atención como una cualidad de la percepción hace referencia a la función de la atención como filtro de los estímulos ambientales, decidiendo cuáles son los estímulos más relevantes y dándoles prioridad por medio de la concentración de la actividad psíquica sobre el objetivo, para un procesamiento más profundo en la conciencia. Por otro lado, la atención es entendida

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como el mecanismo que controla y regula los procesos cogni-tivos; desde el aprendizaje por condicionamiento hasta el razonamiento complejo. En muchos casos actúa de manera inconsciente iniciado en el hemisferio cerebral izquierdo y es mantenida en el hemisferio derecho. El estar atento ("poner atención" o "prestar atención") tampoco es un comportamiento único del ser humano.

Determinantes externos Los determinantes externos son los que proceden del medio y posibilitan que el individuo mantenga la atención hacia los estímulos que se le proponen, es decir, depende del medio ambiente. • Potencia del estímulo. Es evidente que un sonido de gran intensidad es capaz de atraer nuestra atención. Lo mismo sucede con los colores intensos con respecto a los tonos más suaves. • Cambio. Siempre que se presenta un cambio que modifica nuestro campo de percepción, nuestra mente es atrapada por los estímulos que modifican la situación de estabilidad. • Tamaño. La publicidad emplea con gran eficacia este principio. Sin embargo, se ha logrado descubrir que el tamaño posee menos atractivo que el cambio o que la potencia del estímulo. • Repetición. Un estímulo débil, pero que se repite constantemente, puede llegar a tener un impacto de gran fuerza en la atención. Es muy utilizado en anuncios comerciales.

• Movimiento.

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• Contraste. Cuando un estímulo contrasta con los que le rodean, llama más la atención. Puede haber dos situaciones: El contraste por aparición, en la que el estímulo contrasta porque no estaba presente hasta ese momento, y el contraste por extinción, donde el contraste lo provoca el hecho de darse cuenta de que ya no está. • Organización estructural. Los estímulos que se presentan deben estar organizados y jerarquizados, de manera que posibiliten recibir correctamente la información. Determinantes internos Los determinantes internos o propios de la persona, son los que dependen del individuo, son propios de él y condicionan aún más, no sólo la capacidad y desarrollo de la atención, sino también su rendimiento. • Emoción. Los estímulos que provocan emociones de mayor intensidad tienden a atraer la atención del sujeto que los percibe. • Estado orgánico o Estadiorgánico. Este factor se relaciona con las pulsiones que experimenta el individuo al momento de recibir la estimulación. (Re. si una persona se encuentra sedienta, es seguro que le atraerán más intensamente los estímulos relacionados con la satisfacción de su necesidad) • Intereses. Esto se refiere a aquello que atrae la atención en función de los intereses que se tengan. (Por ejemplo, un aficionado al alpinismo se sentirá fuertemente atraído por una vista de montañas nevadas, mientras que un biólogo será atrapado por la imagen de una especie en peligro de extinción.)

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• Sugestión social. Puede llegar a atraer la atención de otras personas por invitación, que es más que por simple imitación. • Curso del pensamiento. Independientemente de las pulsiones o de los intereses del individuo, si el curso de su pensamiento se encuentra siguiendo ciertas ideas y un estímulo relacionado se le presenta en ese momento, este último captará su atención en forma inmediata. Percepción: obedece a los estímulos cerebrales logrados a través de los 5 sentidos, vista, olfato, tacto, auditivo, gusto, los cuales dan una realidad física del medio ambiente. La percepción es el primer proceso cognoscitivo, a través del cual los sujetos captan información del entorno, la razón de ésta información es que usa la que está implícita en las energías que llegan a los sistemas sensoriales y que permiten al individuo animal (incluyendo al hombre) formar una representación de la realidad de su entorno. La luz, por ejemplo codifica la información sobre la distribución de la materia-energía en el espacio-tiempo, permitiendo una representación de los objetos en el espacio, su movimiento y la emisión de energía luminosa. Memoria: La memoria es una función del cerebro y, a la vez, un fenómeno de la mente que permite al organismo codificar, almacenar y evocar la información del pasado. Surge como resultado de las conexiones sinápticas repetitivas entre las neuronas, lo que crea redes neuronales (la llamada potenciación a largo plazo). La memoria permite retener experiencias pasadas y, según el alcance temporal, se clasifica convencionalmente en: memoria a corto plazo (consecuencia de la simple excitación de la sinapsis para reforzarla o sensibilizarla transitoriamente), memoria a mediano plazo y memoria a largo plazo (consecuencia de un reforzamiento permanente de la sinapsis gracias a la activación de ciertos genes y a la síntesis de las proteínas correspondientes).

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El hipocampo es la parte del cerebro relacionada a la memoria y aprendizaje. Un ejemplo que sustenta lo antes mencionado es la enfermedad de alzheimer que ataca las neuronas del hipocampo lo que causa que la persona vaya perdiendo memoria y no recuerde en muchas ocasiones ni a sus familiares. En términos prácticos, la memoria (o, mejor, los recuerdos) son la expresión de que ha ocurrido un aprendizaje. De ahí que los procesos de memoria y de aprendizaje sean difíciles de estudiar por separado. El estudio de la memoria suele centrarse sobre todo en los homínidos, puesto que estos presentan la estructura cerebral más compleja de la escala evolutiva. No obstante, el estudio de la memoria en otras especies también es importante, no sólo para hallar diferencias neuroanatómicas y funcionales, sino también para descubrir semejanzas. Los estudios con animales suelen realizarse también para descubrir la evolución de las capacidades mnésicas y para experimentos donde no es posible, por ética, trabajar con seres humanos. De hecho, los animales con un sistema nervioso simple tienen la capacidad de adquirir conocimiento sobre el mundo, y crear recuerdos. Por supuesto, esta capacidad alcanza su máxima expresión en los seres humanos. El cerebro humano de un individuo adulto estándar contiene unos 100.000 millones de neuronas y unos 100 billones de interconexiones (sinapsis) entre éstas. Aunque a ciencia cierta nadie sabe la capacidad de memoria del cerebro, puesto que no se dispone de ningún medio fiable para poder calcularla, las estimaciones varían entre I y 10 terabytes. Según Cari Sa-gan, tenemos la capacidad de almacenar en nuestra mente información equivalente a la de 10 billones de páginas de enciclopedia. Los primeros estudios sobre la memoria comenzaron en el campo de la filosofía, e incluían las técnicas para mejorar la

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memoria. A finales del siglo XIX y principios del XX, la memoria pasó a ser el paradigma por excelencia de la psicología cognitiva. En las últimas décadas se ha convertido en uno de los principales pilares de una rama de la ciencia conocida como neurociencia cognitiva, un nexo ¡nterdisciplinario entre la psicología cognitiva y la neurociencia. Fases En el proceso de almacenamiento de los conocimientos en la memoria es posible diferenciar las siguientes fases: o codificación o registro (recepción, procesamiento y combinación de la información recibida) o almacenamiento (creación de un registro permanente de la información codificada) o recuperación o recordar o recolección (recordar la información almacenada en respuesta a una señal para usarla en un proceso o actividad).

2. COMUNICACIÓN PROFESIONAL CON CUENTES: CONCEPTOS BÁSICOS DE COMUNICACIÓN, IDENTIFICACIÓN, PERCEPCIÓN, COMUNICACIÓN ASIMÉTRICA PROFESIONAL/CUENTES, EMPATÍA, ASERTIVIDAD Comunicación asimétrica: Cuando nos comunicamos, adquirimos una postura frente a esta situación, pero al decir "postura" no nos referimos — en este caso — sólo al aspecto físico o kinésico, sino a una forma de enfrentar el diálogo.

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Esto se ve reflejado en dos tipos de relaciones entre los hablantes, que varían según el grado de conocimiento entre ellos y se halla determinado por el contexto de la comunicación.

Relación Simétrica Se produce entre dos o más personas que se encuentran en igualdad de condiciones y/o son pares, es decir, que son amigos, compañeros de trabajo, familiares y afines; utilizando códigos entendibles entre ellos y manejando un mismo registro de habla, dependiendo de la situación comunicativa. Pero independiente de ello, se entienden perfectamente y ninguno tiene una posición de superior o autoridad frente al otro.

Relaciones Asimétricas Son las que se producen entre hablantes que no ocupan la misma posición dentro de la interacción o diálogo. Se manifiesta entre personas que ejercen un rol de autoridad sobre la(s) otra(s), por ejemplo, un jefe comunicándose con su empleado o subalterno, un médico hablando con su paciente; un padre con su hijo, etc. Asimismo, este tipo de relación suele darse entre personas que utilizan diferente nivel o registro de habla y eso marca — aún más - las diferencias entre ellas. Entre el personal de seguridad y los ciudadanos debe existir una relación asimétrica basada por un lado en la autoridad del Vigilante dentro de sus competencias (esto es, la potestad de intervenir en incidencias que afecten a la seguridad, la identificación de personas, el control de movimientos, etc), y por otro en el respeto ya la consideración en el trato del Vigilante hacia el ciudadano, evitando tratos vejatorios o discriminatorios, aún cuando esté seguro de que ha cometido un delito.

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La resolución de conflictos es una técnica, ensayada por profesionales experimentados que representan a las partes en disputa a cualquier nivel (individual-interestatal) que ofrecen una vía alternativa para cada parte que desde su punto de vista puede favorecer la resolución del conflicto en todas sus facetas y dominios ya que esos nos sirven para la ética. El origen histórico de la resolución de conflictos se remonta al origen mismo de la humanidad, comienza con la existencia de, por lo menos, tres personas en el mundo. Por lo que su génesis es la de la vida en comunidad. Reglas del proceso de resolución de conflictos: Requisitos previos a toda resolución de conflictos son: a) Solo se intentará resolverlo de forma directa si su continuación producirá mayores pérdidas que posibles riesgos pueda suponer el intentar solucionarlo. b) Deben existir un mínimo de intereses comunes, de puntos de encuentro. c) Antes de negociar procesos, después neralidades, quejas o persona reafirmar en sus principios.

se debe debatir las condiciones, medios y de lo cual , se iniciara un turno de gey resentimientos, que permitirá a cada grupo de forma inapelable la imposibilidad de ceder

d) Mantener durante todo el proceso las siguientes creencias: En la disponibilidad de una solución, en la conveniencia de dicha solución, en la preeminencia de la cooperación frente a la confrontación, en el valor y legitimidad (inapelables) de todas las propuestas, opiniones o sentimientos, en que todos los presentes son dignos de confianza y estima, en que hay que ceder para pretender que el otro también ceda.

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PRIMERA REGLA. Aceptar el conflicto como útil, no mostrar angustia, desesperanza ante él, mostrarse convencido de que si todos colaboran puede resolverse. SEGUNDA REGLA. Dedicar toda la atención al problema, no a la confrontación entre personas u opiniones. Evitar el comportamiento orientado hacia ellos mismos, el consenso será más probable si las valoraciones personales sobre el otro o sobre su conducta son poco expresadas, lo importante es llegar a un acuerdo no demostrar la validez de los criterios personales. TERCERA REGLA. Centrarse en elementos modificables, en los próximos, en los concretos. Cuando la solución del conflicto se centra en el éxito se tiende a conseguir un máximo de colaboración, si se centra en la afiliación (opiniones y sentimientos personales) se produce un máximo de actitudes defensivas y si se centra en el poder (demostrar quién es el que más poder tiene) se tiende al aniquilamiento de la postura contraria. Buscar hechos concretos y específicos para resolver el problema. Rehuir las interpretaciones. Ser descriptivo de hechos, en vez de juzgar y valorar. Ser específico y no general. Huir de opiniones sobre el "por qué", o sobre el "quién" es el culpable. Valorar los motivos por los que dar y recibir información. ¿Lo que se va a decir sirve para resolver el conflicto o es una opinión personal?, ¿es una manifestación de resentimiento?, ¿una crítica poco constructiva?, etc. La información que se proporcione ha de ser comprobable por otras personas presentes, se referirá a hechos y no criticará a personas.

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Para mover voluntades, aproximar posturas, se ofrecerán alternativas concretas, pero formuladas de forma que parezca dejar intactos los valores o actitudes subyacentes. CUARTA REGLA. Buscar de forma conjunta la solución a partir de las propuestas presentadas, agotar la búsqueda de alternativas antes de evaluarlas. El rango de propuestas a considerar en un análisis pormenorizado debe ser reducido (aprovechar la posibilidad de síntesis entre algunas) y aceptable (rechazar rápidamente las irrealizables), evaluadas tanto en términos de calidad como de aceptabilidad (Una decisión efectiva es el producto de la calidad por el nivel de aceptación del que dispone). Evitar votar, o promediar. Pues ello impide una amplia aceptación de la propuesta elegida es preferible iniciar un proceso de cambio con menos exigencias iniciales a obligar a votar para optar por un cambio con graves implicaciones. QUINTA REGLA. Asegurarse que la propuesta aceptada es una síntesis de propuestas de diferente origen, que incluye aspectos propuestos por varios miembros del grupo y que queda claramente recogida por escrito, señalándose los compromisos adquiridos.

Comunicación táctica: La comunicación táctica se refiere a sistemas para comunicar información a otros miembros del equipo de seguridad con dos premisas: hacer pasar desapercibido el hecho de la comunicación (esto se hace utilizando señales manuales en lugar de la voz), y usar un sistema en clave que no sea comprendido por alguien que no forma parte del grupo de segundad.

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Este tipo de comunicación es empleada frecuentemente por los equipos de asalto policiales y militares, y serían de gran utilidad para los Vigilantes de Seguridad que trabajen en equipo. Las señales más usuales son las siguientes:

También será de utilidad conocer el alfabeto radiofónico internacional, para enviar información a través de la emisora sin que se produzcan errores de interpretación: o Es un sistema creado para poder dar mayor certeza a las radiocomunicaciones aeronáuticas. Su empleo es clave para deletrear códigos, como pueden ser el número de identificación de un contenedor de carga, de una aeronave, o similares.

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o Se utiliza para transmitir por vía oral cualquier tipo de información pero principalmente cuando se trata de números o términos en los que es vital su correcta escritura y entendimiento, a pesar de ambigüedades o dificultades idio-m áticas. La asignación de palabras se basó en palabras comunes en inglés (a la fecha en que fueron asignadas) que usaran dichas letras; con los años y el desuso de algunas de estas palabras, se ha vuelto relativamente común la utilización de otras, aun cuando no están reconocidas por OACI. Carácter Palabra

A

Alfa

B

Bravo

C

Charlie

D

Delta

E

Echo

F

Foxtrot

Pronunciación en inglés (unos de varios)

Alfah Bra voh Char lee, Shah lee Dell tah Eckoh Foks trot

Golf

Pronunciación aproximada en castellano Alfa Bravo Chali o Charli Delta Eco Focstrot Facstrat

G

Golf

Golf

H

Hotel

Hoh tell

Hotel

1

India

In dee ah

India

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J

Juliet

K

Kilo

Key loh

L

Lima

Lee mah

Lima

M

Mike

Mike

Maic

N

November

Jew lee ett

No vem ber

Yuliét Kilo

Nouven

O

Osear

Oss car

Óscar

P

Papa

Pah pah

Papa

Q

Quebec

Kee beck

Quebéc

R

Romeo

Row me oh

S

Sierra

See air rah

T

Tango

U

Uniform

V

Víctor

Vik tah

Víctor

W

Whiskey

Wiss key

Güisqui

X

X-ray

Ecks ray

Ees-rey

Y

Yankee

Yang key

Yanqui

Z

Zulú

Zoo loo

Sulu

Tang go You nee form

Romeo Sierra Tango lúnifom

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CRD

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Wun

One

4

0

Two Too

Tu

Three Tree

Tri

Four Fow-er

Fóa

Five Fife

Fáif

Six Six

Sics

Seven Seven

Seven

Eight Ait

Eit

Nine Nin-e

Náin

Zero Zero

100 Hundred 1000

Uan

Dsero o Dziro

Hun dred

Jándred

Thousand

Tow sand

Tausánd

Decimal

Day see mal

Deisimal

Stop

Stop

Stop (no estop, no pronunciar la e)

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3. COMUNICACIÓN TELEFÓNICA. AYUDAS EXTERNAS. LLAMADAS MALICIOSAS. COMUNICACIÓN CON LAS FCS: SOLICITUD DE PRESENCIA POLICIAL La solicitud de ayudas externas procederá cuando no sea posible atender a una emergencia o intervención en el recinto con los medios propios. Básicamente encontraremos 3 opciones: emergencias médicas, emergencias relacionadas con siniestros (incendios, inundaciones, etc.), y otras relacionadas directamente con el trabajo de seguridad corporativa, como robos, detenciones, delitos de cualquier tipo, etc. En todos los casos, tras una primera intervención de los miembros del equipo de seguridad, será preceptivo comunicar telefónicamente con el número de emergencias I 12, al que informaremos de la situación. Al comunicar con el 112, deberemos tener preparada una descripción lo más detallada posible de la emergencia, sobre todo la dirección exacta del edificio, y algún punto de referencia para llegar hasta él. A continuación las circunstancias de la emergencia, como el tipo de incendio, si hay heridos o muertos, la magnitud del incidente, etc. Si observamos que, tras un periodo prudencial, la asistencia no llega llamaremos de nuevo (unos 15 minutos). Las llamadas maliciosas suelen relacionarse con la amenaza de bomba, sobre todo con la falsa que tiene como objeto causar trastornos a la gestión del edificio. Para paliar sus efectos negativos, se necesita establecer un protocolo que permita filtrar las llamadas a personal entrenado. Es complicado que este sea siempre el de seguridad, pero el departamento de seguridad si debe ser el encargado de planificarlo. Ante una llamada que sea sospechosa de ser un fraude, el equipo de seguridad tratará de localizar signos de que sea real y de la presencia del artefacto. Si se cree que es real, se activará el protocolo de emergencia y se evacuará el centro comercial.

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La solicitud de presencia policial se realizará mediante el cauce anteriormente descrito: llamada al I 12 o, indistintamente, al 091. A este respecto, es recomendable tener una buena relación con las patrullas de policía que operen en la zona donde se encuentre el centro comercial, a fin de que conozcan los diferentes riesgos y vicisitudes del lugar y puedan actuar con mayor rapidez y eficacia.

4. LA DENUNCIA. DETENCIONES HOSTILES. COMUNICACIÓN TÁCTICA Se trata de una declaración , verbal o por escrito, por la que se comunica a la autoridad cualquier hecho del que se tenga conocimiento y que pueda ser constitutivo de una infracción penal, aunque no lo haya presenciado directamente o no le haya ocasionado perjuicio. Concepto: El que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez de instrucción, de Paz, Comarcal o Municipal, o Funcionario fiscal más próximo al sitio en que se hallare, bajo la multa de 0,15 a 1,50 euros. Esta obligación no comprende a los impúberes ni a los que no gozaren del pleno uso de su razón. Tampoco estarán obligados a denunciar: 1. El cónyuge del delincuente. 2. Los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines del delincuente y sus colaterales consanguíneos o uterinos y afines hasta el segundo grado inclusive.

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3. Los hijos naturales respecto de la madre en todo caso, y respecto del padre cuando estuvieren reconocidos, así como la madre y el padre en iguales casos. Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante. Los que no cumpliesen esta obligación incurrirán en la multa señalada en la Ley , que se impondrá disciplinariamente. Si la omisión en dar parte fuere de un profesor de Medicina, Cirugía o Farmacia y tuviese relación con el ejercicio de sus actividades profesionales, la multa no podrá ser inferior a 125 pesetas ni superior a 250. Si el que hubiese incurrido en la omisión fuere empleado público, se pondrá además, en conocimiento de su superior inmediato para los efectos a que hubiere lugar en el orden administrativo. Lo dispuesto en este artículo se entiende cuando la omisión no produjere responsabilidad con arreglo a las leyes. La obligación impuesta anteriormente no comprenderá a los Abogados ni a los Procuradores respecto de las instrucciones o explicaciones que recibieron de sus clientes. Tampoco comprenderá a los eclesiásticos y ministros de cultos disidentes respecto de las noticias que se les hubieren revelado en el ejercicio de las funciones de su ministerio. El que por cualquier medio diferente de los mencionados tuviere conocimiento de la perpetración de algún delito de los que deben perseguirse de oficio, deberá denunciarlo al Ministerio fiscal, al Tribunal competente o al Juez de instrucción o

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municipal, o funcionario de policía, sin que se entienda obligado por esto a probar los hechos denunciados ni a formalizar querella. El denunciador no contraerá en ningún caso otra responsabilidad que la correspondiente a los delitos que hubiese cometido por medio de la denuncia o con su ocasión. Las denuncias podrán hacerse por escrito o de palabra, personalmente o por medio de mandatario con poder especial. La denuncia que se hiciere por escrito, y que es la más común en el ámbito de la seguridad privada, deberá estar firmada por el denunciador; y si no pudiere hacerlo, por otra persona a su ruego. La autoridad o funcionario que la recibiere rubricará y sellará todas las hojas a presencia del que la presentare, quien podrá también rubricarla por sí o por medio de otra persona a su ruegoCuando la denuncia sea verbal, se extenderá un acta por la autoridad o funcionario que la recibiere, en la que, en forma de declaración, se expresarán cuantas noticias tenga el denunciante relativas al hecho denunciado y a sus circunstancias, firmándola ambos a continuación. Si el denunciante no pudiere firmar, lo hará otra persona a su ruego. Se podrá aportar, si se desea, los documentos, objetos, partes médicos, relaciones de testigos u otras pruebas que tengamos en nuestro poder. Cuando expongamos los hechos verbalmente, el funcionario que la reciba extenderá un acta recogiendo el hecho denunciado y sus circunstancias, firmándolas ambos a continuación. Podremos solicitar un resguardo justificativo de haber formalizado la denuncia. Si somos víctima, ofendido o perjudicado por el delito denunciado tenemos derecho a que en las dependencias judiciales nos informen sobre los siguientes extremos:

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o Acerca de la posibilidad de mostrarnos parte en el proceso, interviniendo en él, y ejercitando las acciones civiles y penales que procedan o solamente unas u otras, según nos convenga. Igualmente, nos deberán informar acerca de la posibilidad de acceder a la justicia gratuita si concurren las circunstancias que establece la ley. o Sobre nuestro derecho a obtener la restitución de la cosa objeto del delito denunciado o de lograr la reparación de los daños que como consecuencia de él hayamos sufrido, y de la indemnización del perjuicio causado. o Las víctimas de delitos dolosos de carácter violento y de los cometidos contra la libertad sexual, tienen derecho a que se les informe sobre la posibilidad de obtener las ayudas que para su situación previene especialmente la ley, así como sobre el curso de las investigaciones si ello fuere posible y sobre la fecha y el lugar de la celebración del juicio, teniendo también derecho a que se les notifique la resolución judicial que resulte aunque no seamos parte en el proceso. El Juez, Tribunal, Autoridad o funcionario que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal, o por otros medios que reputen suficientes, la identidad de la persona del denunciador. Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber formalizado la denuncia. Formalizada que sea la denuncia, se procederá o mandará proceder inmediatamente por el Juez o funcionario a quien se hiciese a la comprobación del hecho denunciado, salvo que éste no revistiere carácter de delito o que la denuncia fuere manifiestamente falsa. En cualquiera de estos dos casos el Tribunal o funcionario se abstendrán de todo procedimiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran si desestimasen aquélla indebidamente.

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Al presentar una denuncia, la autoridad o funcionario ante quien se presente deberá acreditar la identidad de quien la presenta. Si la denuncia es verbal, ese funcionario la elevará a forma escrita que firmará el denunciante y quien la recibe. Si la denuncia es formulada por escrito, la autoridad o funcionario la aceptará y unirá mediante diligencia al resto del expediente, o dará comienzo al mismo. El funcionario que recibe la denuncia escrita no deberá rechazar la admisión de la misma ni remitir al denunciante a otras oficinas policiales o judiciales que se puedan entender preferentemente competentes, o recomendar la conveniencia de formalizarse la denuncia en otro momento. La denuncia escrita debe redactarse con letra clara que no admita duda en su lectura e interpretación, e incluir los siguientes puntos: * Identidad del denunciante (nombre, apellidos, DNI, domicilio). * Lugar, fecha y hora de presentación. * Autoridad o funcionario ante quien se presenta. * Explicación detallada y clara de los hechos que se denuncian con expresión de todos los datos conocidos que puedan llevar al esclarecimiento de los hechos. * Firma del denunciante en conformidad con el contenido de la denuncia. * Firma de la autoridad o funcionario que la ha recibido y que certifica el acto.

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Breve referencia al juicio de faltas (muy común en su modalidad de falta de hurto y de robo en el ámbito de la seguridad privada): Es el tipo de procedimiento reservado para el enjuiciamiento de las infracciones penales leves. El plazo para interponer la denuncia es de seis meses. Para intervenir en este tipo de procedimiento no es obligatorio designar a un abogado y/o a un procurador, por lo que puede acudir al juzgado y defender sus derechos e intereses personalmente. En algunos casos es necesario acreditar y valorar algún daño causado o hacer entrega de alguna prueba concreta, por lo que puede recibir antes de ser convocado a juicio una citación para que aporte facturas o algún documento o para que acuda al médico forense, quien elaborará un informe sobre sus lesiones. Se le citará a un juicio al que deberá acudir provisto de todas las pruebas de que disponga. Si necesita que declare en el juicio un testigo y estima necesario que le cite el Juzgado, deberá pedirlo con antelación para que el juez ordene lo necesario para su citación. Al juicio señalado deberá acudir con suficiente antelación para evitar que se inicie sin su presencia, pues no se suspenden por inasistencia de las partes si han sido citadas correctamente. Tenga en cuenta que el juicio es el acto principal de este procedimiento. Sobre las pruebas que se aporten y lo que se exponga en ese acto el juez resolverá el caso en la sentencia que

dicte.

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Una vez iniciada la vista, deberá seguir las indicaciones del juez, pues a éste corresponde ordenar los debates e intervenciones, así como decidir sobre la práctica de las pruebas que se propongan. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días desde la notificación, periodo durante el cual podrá examinar el procedimiento en la secretaría del Juzgado. El recurso se debe presentar por escrito ante el Juzgado que dictó la sentencia. En él deberá expresar los motivos por los que se recurre la sentencia de forma ordenada y haciendo referencia a si a su juicio no se ha respetado alguna norma de procedimiento, no se han apreciado correctamente las pruebas o se ha vulnerado algún precepto constitucional o legal. La sentencia que se dicte en el recurso por la Audiencia Provincial no se puede apelar. Ésta devolverá el procedimiento al Juzgado con un testimonio de la sentencia para que se cumpla lo dispuesto en dicha resolución, es decir para que se ejecute. Sin previa petición por su parte, el juzgado procederá de oficio a la ejecución de la sentencia, incluso en lo relativo al pago de las indemnizaciones que se hayan acordado, más los intereses. No obstante, se puede colaborar con el Juzgado en la aportación de datos del condenado para, en su caso, proceder a la subasta de los bienes de éste que permitan obtener la cantidad fijada como indemnización y otros conceptos. Detención, retención, privación de libertad... son conceptos serios, ya que, no en vano se refieren al mayor de los derechos individuales de las personas. Por otro lado, en el ejercicio de su actividad laboral, el/la Vigilante de Seguridad se enfrenta a situaciones en las que los individuos pueden alterar los derechos de

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otras personas para la consecución de sus fines. Dado que los límites del concepto de la 'retención' son excesivamente ambiguos y, además, sin reflejo en la legislación, en este temario se va a intentar aclarar los extremos referidos a la "detención". Por otro lado, en este tema se enfoca el asunto desde la perspectiva que marca la ley, por un lado y, por otra parte, desde el más profundo de los respetos a los derechos de la persona. Concepto y casos de la detención: Se puede definir la detención, en sentido amplio, como el hecho de "privar a una persona de su libertad". En sentido estricto, es "la restricción momentánea de la libertad de una persona, a la que se le presume responsable de la comisión de un hecho delictivo, llevada a cabo por una autoridad, funcionario de la policía judicial o, incluso, por un particular, con el fin de asegurar su presentación ante la autoridad judicial competente". Casos en los que se puede detener: No existen reglas determinadas para efectuar una detención, pues en cada caso particular hay que tener en cuenta las circunstancias o peculiaridades del mismo, pero siempre ha de ser efectuada con arreglo a la ley. No obstante, hay una serie de normas, de carácter general, aplicables a la mayoría de los supuestos del servicio de un Vigilante de Seguridad.

Detención por parte de un Vigilante de Seguridad El Vigilante de Seguridad puede detener, encontrándose de servicio, por estos motivos:

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Io Por comisión de un delito en el sitio donde presta el servicio. (art. 76.2 del R.D. 2364/94, del Reglamento de Seguridad Privada, que desarrolla la Ley de Seguridad Privada). 2o Cuando concurran indicios racionales de tal comisión, en relación con los bienes o personas objeto de su protección. (art. 76.2 del R.D. 2364/94). Es necesario incidir sobre el contenido del art. 76.1 del R.D. 2364/94, que dice textualmente: "en el ejercicio de su función de protección de bienes inmuebles, así como de las personas que se encuentren en ellos, los Vigilantes de Seguridad deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para eí cumplimiento de su misión'. 3o Prestando apoyo o auxilio, en el servicio, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Es obvio que el Vigilante de Seguridad, y a requerimiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tiene la especial obligación de colaborar con éstas, siguiendo sus instrucciones y siempre en relación con las personas, bienes, establecimientos o vehículos que estuviese custodiando, (art. 1.4 de la Ley 23/92 y art. 66 del R.D. 2364/94), por lo que en su caso, y ante las indicaciones de los agentes de la autoridad, deberá detener o colaborar en la detención, de las personas que se le indique. 4o Por estado peligroso. Circunstancia un tanto especial, en la que un individuo, sin llegar a delinquir, puede poner en riesgo tanto a las personas como a los bienes objeto de protección, por lo que el Vigilante de Seguridad debe actuar para evitar el posible daño, logrando con su intervención el restablecimiento de la calma.

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Son algunos ejemplos: la persona en estado ebrio, la persona que exhibe o porta un arma en un lugar público, el suicida, la persona alborotadora o provocadora... Detención por particulares y por autoridades:

Detención por parte de un particular El art. 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal indica que un particular puede detener a una persona en los siguientes casos. Es importante resaltar que la ley no impone obligación al particular: 1. Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo. 2. AI delincuente sorprendido 'in flagranti'. 3. Al que se fugare del establecimiento penal en el que se halle extinguiendo condena. 4. Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en el que deba cumplir la condena que se le hubiere impuesto por sentencia firme. 5. Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el punto anterior. 6. Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente. 7. Al procesado o condenado que estuviese en rebeldía. El particular que "detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de motivos racionalmente suficientes para

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creer que el detenido se hallaba comprendido en alguno de los casos citados". Plazos y tratamiento en la detención: El art. 17.2 de la Constitución Española señala que "la detención preventiva no podrá durar más que del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial". Por su parte, el art. 496 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, apunta que "el particular, Autoridad o Agente de la Policía Judicial que detuviera a una persona en virtud de lo dispuesto en los precedentes artículos -ya vistos anteriormente— deberá ponerla en libertad o entregarla a Juez más próximo al lugar en que hubiere hecho la detención dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de la misma". En el art. 520.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal afirma que "la detención y prisión provisional deberá practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos..". En el art. 520 bis, se establece que: "toda persona detenida como presunto partícipe de alguno de los delitos a que se refiere el art. 384 bis —prisión para cargo público procesado por relación con bandas armadas- será puesta a disposición del Juez competente dentro de las setenta y dos horas siguientes a la detención. No obstante, podrá prolongarse la detención el tiempo necesario para los fines investigadores, hasta un límite máximo de otras cuarenta y ocho horas...".

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La aparente contradicción en cuanto a los plazos de detención no es tal, teniendo en cuenta que: O La detención efectuada por un particular debe tener como resultado la inmediata entrega del detenido en el Juzgado de Instrucción o en el centro policial más cercano; en este caso, no es de aplicación el plazo de 72 horas señalado en la Constitución, ya que el particular no tiene por qué realizar "las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos". Por tanto,

procede la entrega del detenido en el plazo más breve posible. o En el supuesto de la detención efectuada por una autoridad o agente de la Policía Judicial, el plazo de entrega se amplía hasta las 11 horas, teniendo en cuenta que si las investigaciones para esclarecer los hechos finalizan antes de que transcurra dicho plazo, el detenido ha de ser entregado a la autoridad judicial sin demora y que, en todo caso, se debe participar la detención a

la autoridad judicial en el plazo máximo de 24 horas. Tratamiento del detenido: El art. 17.3 de la Constitución Española señala que "toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza ¡a asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que ¡a ley establezca". Por otro lado, "la detención y la prisión provisional deben practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio...", (art. 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). En ese mismo artículo se señala que toda persona detenida o presa será informada, de modo que le sea comprensible y de forma inmediata:

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' De los hechos que se le imputan. * De las razones motivadoras de su privación de libertad. * De los derechos que le asisten; especialmente: -» Derecho a guardar silencio. ■* Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. ■* Derecho a designar abogado; en caso de no hacerlo, se le nombrará de oficio. ■» Derecho a que se informe a un familiar, o persona que desee, de la detención, así como del lugar en que está detenido. •* Derecho a ser asistido gratuitamente por un intérprete, cuando se trate de extranjero o que no comprenda o no hable castellano. ■» Derecho a ser reconocido por el médico forense o por su sustituto legal. Procedencia y técnica de cacheo: El cacheo es una técnica consistente en descubrir e incautar objetos no permitidos, efectos del delito o medios de prueba, ocultos entre la ropa y el cuerpo de la persona a la que se le realiza. Se puede definir como "la comprobación de las zonas más habituales de ocultación de armas o pruebas delictivas". Judicialmente, el cacheo es un acto de investigación policial, consistente en el registro de una persona para poder comprobar si oculta elementos de prueba en un delito.

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El Tribunal Supremo ha dictado numerosas sentencias en las que confirma la legitimidad de los registros personales superficiales; aquellos que no suponen inspecciones en zonas íntimas. Estas últimas inspecciones sólo son admisibles si se efectúan previa autorización judicial y si se realiza en lugares que no atenten contra la dignidad de la persona ni supongan riesgo para la salud. La cobertura legal del cacheo se produce en el artículo 282 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en el artículo 19.2 de la Ley Orgánica de Protección y Seguridad Ciudadana (LO 1/1992, de 21 de febrero). Requisitos y normas: El cacheo debe de ser total, rápido, metódico y minucioso, teniendo en cuenta, además de las circunstancias particulares de cada caso, los siguientes extremos: 1. Han de existir razones fundadas para sospechar de la persona que va a ser cacheada. Esas sospechas fundadas han de basarse en una sospecha inicial, cuando hechos concretos permitan suponer que se ha cometido o está próximo a ser cometido un hecho punible. 2. El cacheo debe ser realizado por una persona del mismo sexo que la persona cacheada. 3. En ningún caso se permitirá un trato degradante con la persona cacheada, como introducir manos o dedos en cavidades corporales. En la medida de lo posible, el cacheo se realizará en lugares apartados de la visión del público. Como norma general, procede realizar un cacheo: a. Al efectuar la detención. b. Al tener indicios racionales de la comisión de un delito.

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c.AI contemplar la normativa interna de la empresa los controles de salida en las personas de los empleados. Sin olvidar que el cacheo ha de ser total, rápido, metódico y minucioso, existen unas normas generales para su práctica, como: * No apartar la vista del sospechoso. * No darle nunca la espalda. ' Cachear colocándose detrás del detenido. * Desequilibrar al detenido. " Prestar atención a su posible reacción. De la misma forma, hay unas normas fundamentales en la práctica del cacheo y engrilletamiento: o Emplear una sola mano; la otra quedará libre ante la posible reacción del sospechoso. o Dar instrucciones al detenido de forma clara y concisa. Evitar posibles malinterpretaciones. o Procurar efectuarlo con alguien que nos proteja y no interferir en su campo de acción. o No pasar la mano deslizándola sobre la ropa; palpar ésta oprimiendo, con objeto de evitar pinchazos al descubrir algún objeto punzante o cortante de pequeño tamaño. o Solicitar al sospecho que vacíe sus bolsillos, dando la vuelta a los forros.

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o Palpar el pelo y cuellos de camisas o chaquetas. o Colocarse lo más lejos posible del detenido, por su espalda. o Situar el arma al lado contrario de la zona a cachear. o Mantener la mirada a la altura de la vista y cuello del sospechoso. o No conducirlo a ningún lugar sin haber realizado previamente un cacheo.

Procedimientos para el cacheo y el engrilleta-miento Una primera clasificación contempla dos modalidades: individual y colectivo. Cacheo y engrilletamiento individual Pueden ser de dos formas: de pared, o sobre vehículo, y en e[ suelo. DE PARED O SOBRE VEHÍCULO o La persona cacheada tendrá los brazos en posición vertical y separados, con las palmas de las manos sobre la pared o vehículo. o La persona cacheada tendrá las piernas separadas, alejadas lo máximo posible de la pared y con las puntas de los pies hacia fuera. o La persona cacheada habrá de estar en una posición incómoda, forzada y en desequilibrio.

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o Admite la variante de colocar los pies de la persona cacheada uno detrás del otro, situando uno de los pies de la persona que lleva a cabo el cacheo al lado de los pies de la persona cacheada, para desequilibrarle ante una reacción agresiva. Con la persona a esposar situada en posición incómoda e inestable, con las manos apoyadas en una superficie vertical (pared, vehículo...), se realizarán los siguientes pasos: I.La persona que realiza la acción sujetará las esposas con una mano. 2. La persona que realiza la acción procederá a esposar la muñeca del lado por donde finalizó el cacheo. 3. La persona que realiza la acción colocará la manilla con un golpe seco en la muñeca. 4. La persona que realiza la acción girará el brazo del esposado, por detrás, al centro del cuerpo, quedando el individuo apoyado sobre una sola mano. 5. La persona que realiza la acción ordenará al esposado que apoye la cabeza en la superficie vertical y que coloque la mano sobre su cabeza. 6. La persona que realiza la acción, manteniendo sujeta la otra manilla de las esposas a la altura de la cintura del esposado, le ordenará que lleve lentamente la muñeca libre hacia su cintura. Esta maniobra supone un riesgo elevado, ya que, en el caso de zafarse, la persona cacheada contará con un arma: las esposas. 7. Una vez colocada la muñeca en la manilla, con un movimiento rápido, la persona que realiza la acción la cerrará.

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Dependiendo de las circunstancias, antes de sujetar la segunda muñeca, se puede pasar la manilla libre por el cinturón del individuo, restringiendo aún más sus movimientos. SOBRE EL SUELO o Una modalidad es tener a la persona a esposar con las rodillas en tierra y con las manos en la nuca. o Otra fórmula es tener a la persona a esposar tendida en el suelo, con las piernas y los brazos completamente rectos y abiertos, sin apoyar el cuerpo en el suelo. Es preferible evitar estos dos métodos de cacheo y posterior esposamiento, dado el riesgo que podría producirse al revolverse la persona cacheada.

Cacheo y engrilletamiento colectivo. Pueden efectuarse sobre la pared o sobre el suelo, siguiendo los mismos pasos que en los individuales, pero, al tratarse de varios individuos, es necesario observar algunas normas fundamentales: * Procurarse el apoyo de algún compañero. * Alinear a los sospechosos, uno junto a otro, sobre el suelo o la pared. * Iniciar el cacheo por uno de los extremos y, una vez de haber finalizado con una persona, obligarla a salir o ponerla en el otro extremo. Continuar sucesivamente con el resto, en la misma forma, hasta finalizar. * Si se cuenta con el apoyo de un compañero, mientras uno cachea, el otro controla las reacciones de los sospechosos y del entorno.

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Tipos de esposas Existen en el mercado diferentes tipos de esposas: o Grilletes. Elementos metálicos de sujeción de muñecas o tobillos, unidos entre sí por medio de cadenas, bisagras... Cuentan con cerradura. o Manillas o bridas de sujeción. Elementos de plástico de sujeción de muñecas o tobillos, consistentes en tiras de plástico que se introducen por los extremos de ellas. o Lazos de seguridad. Elementos de nylon y plástico, para la sujeción de muñecas. Son desechables y aconsejables cuando se sospecha que la persona a detener puede ser portadora de gérmenes infecciosos y contagiosos. o Grilletes de pulgares.- Anillas de sujeción que se pueden utilizar para inmovilizar a la persona con las manos por delante; es un instrumento muy utilizado en la protección de personalidades. o Correa de la defensa.- Si no disponemos de otro medio, la correa de la defensa puede ser utilizada como elemento de sujeción. Conducción y custodia del detenido: La conducción y custodia de una persona detenida es un paso previo para su inmediata entrega a las Fuerzas y Cuerpos de Segundad. Hay unos principios básicos a observar: I. Hay que garantizar la seguridad e integridad física del detenido y de los Vigilantes que intervienen en la detención.

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2. Paralelamente, hay que asegurar los instrumentos y pruebas del hecho que pueda ser constitutivo de delito. 3. Hay que comunicar el hecho a la base o a la Policía de forma inmediata. 4. Para el traslado y conducción, se escogerá el recorrido más corto y más discreto. 5. Hay que registrar las características físicas de la persona detenida, por si ésta se diera a la fuga y fuera precisa una descripción de ella. 6. Nunca han de efectuarse disparos, ni siquiera intimidato-rios, en caso de huida, pero sí hay que tratar de impedir la fuga. Procedimiento de la conducción. Situación normal En el caso de no haber esposamiento: o Un solo Vigilante.- Se colocará en el lado opuesto a un obstáculo (pared, acera...) y, a ser posible, sin sujetar a la persona detenida. o Dos Vigilantes.- Uno de ellos, el que interviene, se colocará en el lado opuesto a un obstáculo (pared, acera...) y, a ser posible, sin sujetar a la persona detenida. El otro Vigilante, de protección y enlace, se colocará unos metros por detrás de la persona acompañada y al lado opuesto de su compañero. Tendrá especial atención a lo que suceda en el entorno.

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Situación de alerta Con la persona sospechosa esposada: o Un solo Vigilante.- Sujetará con firmeza al sospechoso, bien por el brazo o bien por uno de los grilletes; nunca lo hará por la cadena de sujeción de los grilletes. o Dos Vigilantes.- El Vigilante que interviene se colocará en el lado opuesto a un obstáculo natural, sujetando al sospechoso por el brazo o por uno de los grilletes. El Vigilante de protección y enlace se colocará unos metros por detrás de la persona acompañada y al lado opuesto de su compañero, asegurándose de que el arma está enfundada. Se preocupará de localizar puntos de seguridad en el caso de esperar refuerzos o la llegada de un vehículo para el traslado.

Situación de peligro. Se actuará como en el caso de la situación de alerta. En el caso de tener que proteger al sospechoso, el Vigilante encargado de la protección y enlace podrá extraer su arma reglamentaria de la funda; sólo lo hará con fines intimidatorios ante la posible agresión del público que presencia la conducción.

Procedimiento de la custodia. En el caso de la custodia de una persona detenida se procederá de la siguiente forma: 1. Procurar recluirla en un habitáculo aislado. 2. Colocar uno o dos Vigilantes a la vista, hasta su entrega a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

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3. Si existiera riesgo para el Vigilante, o para el propio detenido, no se le liberará de los grilletes.

5. RECOMENDACIONES PARA EL CONTROL DE MASAS El control de masas es la acción de prevenir desórdenes y actos violentos por parte de un grupo más o menos grande de personas. Ejemplos de masas serían los espectadores de un evento deportivo o de un concierto. En principio las masas no son necesariamente violentas, su comportamiento dependerá de diversos factores tanto internos (actitudes y situación de miembros aislados o subgrupos), como externos (medios de control o apariencia de los mismos). Hay que diferenciar el control de masas, que se enfoca con medios no violentos, del control de disturbios, en los que se pueden llegar a utilizar incluso ciertos tipos de armas. El control externo de una masa se puede ¡mplementar mediante señalización informativa, (que informe a los integrantes de su situación, de medidas de control como videovigilancia, de salidas de emergencia, puestos médicos, etc), barreras físicas (puertas, vallas permanentes o portátiles, vehículos o incluso barreras humanas de policías o seguridad privada). La definición de masa podemos entenderla como "grupo numeroso de personas que se enfrenta a una situación concreta juntos, y con una consciencia mayor o menor de su entidad como grupo. La razón de esto es que mantienen unos intereses o circunstancias comunes que hacen que sus pensamientos y accione vayan en la misma dirección entre todos los miembros". Estas actitudes y objetivos comunes no tienen por qué ser violentos, por ejemplo la reunión de un grupo de personas para celebrar una boda se consideraría una "masa".

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Las masas, generalmente poseen varias características: o Las masas no son entidades homogéneas, pero se componen de una minoría de individuos y de una mayoría de pequeños grupos que están relacionados los unos con los otros. o Los participantes no son unánimes en su motivación. o Las masas no impiden la cognición individual y no se distinguen necesariamente por la violencia o los actos violentos. Las masas se forman en 3 fases: o El proceso de reunión: los sujetos se reúnen por haber sido convocados, o de modo espontáneo, obligados por el contexto (por ejemplo, un atasco de tráfico). Remarcamos que no tiene por qué ser una actividad planificada o promovida por alguien. o La reunión temporal: en esta fase los individuos o pequeños grupos realizan acciones. No todos tienen que participar n¡ por qué ser violenta. o El proceso de dispersión: los miembros se mueven de una localización común a una o varias localizaciones alternativas. Por otra parte, un disturbio consiste en un acto violento colectivo, dirigido por una masa (en principio desorganizada), para atacar determinados objetivos: otras masas, propiedades o a la autoridad percibida como tal. Algunos tipos de disturbios son más o menos organizados, aunque raramente todos los individuos que forman la masa participan activamente o apoyan los actos violentos.

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El control de disturbios se refiere a medidas de seguridad específicas, normalmente aplicadas por la policía o el ejército, para controlar, dispersar o arrestar a civiles involucrados en una manifestación violenta. En los países democráticos, se ha realizado mediante el uso de armas no letales como porras, cañones de agua, etc. Actualmente se han introducido gases lacrimógenos, pelotas o balas de goma, sprays de pimienta o tasers. También se suelen utilizar animales como perros o caballos y vehículos protegidos o blindados.

6. NORMAS DE TRATO CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD Personas en silla de ruedas o con trastornos motores. Las personas en silla de ruedas tienen diferentes discapacidades y diversas capacidades. Algunas pueden utilizar los brazos y las manos. Algunas pueden levantarse de sus sillas de ruedas e incluso caminar distancias cortas. 1. Quienes utilizan sillas de ruedas son personas, no cosas. No se apoye en una persona en silla de ruedas para estrechar la mano de otra ni le pida que sostenga abrigos. Jamás apoye su bebida en el apoyabrazos de una silla de ruedas. 2. No empuje ni toque la silla de ruedas de una persona; es parte de su espacio personal. Si ayuda a alguien a subir o bajar el bordillo sin esperar que le indique cómo hacerlo, puede hacer caer a la persona de la silla. Si levanta una silla por los brazos o el apoya pies puede desprender alguna de sus piezas. 3. En su edificio, mantenga las rampas y las puertas con accesos para sillas de ruedas sin trabas ni obstáculos. Según la ley ADA, no se deben ubicar los exhibidores delante de las

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entradas, los cestos para basura no deben estar en medio de los pasillos y no se deben almacenar cajas en las rampas. 4. Tenga en cuenta hasta dónde pueden alcanzar las personas en silla de ruedas. Coloque tantos elementos como le sea posible al alcance de sus manos. Y asegúrese de que el trayecto de acceso a estantes y exhibidores esté libre de obstáculos. Cuando hable con una persona en silla de ruedas, busque una silla para usted y siéntese a su altura. Si eso no es posible, quédese de pie pero guarde una cierta distancia, de modo que la persona no tenga que forzar el cuello para mantener contacto visual con usted. Mantenga las sendas de desplazamiento despejadas. 5. Si el mostrador de su establecimiento es demasiado alto para que una persona en silla de ruedas vea por encima de su superficie, pase al lado de la persona para atenderla. Tenga a mano una tablilla con sujetapapeles si se espera que la persona complete un formulario o asiente su firma. 6. Si en su edificio hay diferentes vías de circulación, asegúrese de que haya señales para orientar a las personas en sillas de ruedas hacia las más accesibles. Las personas que caminan con ayuda de un bastón o de muletas también necesitan saber la forma más fácil de moverse dentro de un lugar, pero es posible que las escaleras les resulten más convenientes que una rampa. Asegúrese de que el personal de seguridad y de recepción sepa cuáles son las sendas más accesibles para circular dentro de un edificio y sus alrededores, y pueda brindar indicaciones precisas. 7. Si el baño público más cercano no tiene acceso o está ubicado en un piso sin acceso para una persona en silla de ruedas, permítale que utilice un baño privado o para los empleados si éste tiene un acceso apropiado.

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8. Las personas que usan bastones o muletas necesitan los brazos para mantener el equilibrio, por lo tanto, jamás las agarre de los brazos. Las personas con trastornos de movilidad a veces se apoyan en una puerta mientras la abren. Empujar la puerta por detrás de ellos para abrirla o abrirla inesperadamente puede hacerlos caer. Incluso empujar una silla de ruedas o tirar de ella puede constituir un problema. Siempre pregunte antes de ayudar. No le pida a una persona en silla de ruedas que le sostenga algo. Respete su espacio personal. 9. Si le ofrece un asiento a una persona con un trastorno de movilidad, recuerde que a algunas personas les resulta más fácil sentarse en sillas con brazos o con asientos más altos. 10. Las caídas representan un grave problema para las perso nas con trastornos de movilidad. Si se ha lavado el piso, asegúrese de exhibir señales de advertencia apropiadas. Además coloque felpudos los días de lluvia o nieve para mantener los suelos más secos posible. (Cuide que no se plieguen y obstaculicen el paso de una persona en silla de ruedas). I I.Las personas que tienen trastornos de movilidad que pasan inadvertidas pueden tienen necesidades en relación con su movilidad. Por ejemplo, una persona con un problema respiratorio o cardíaco puede tener dificultad para recorrer una gran distancia o para caminar con rapidez. Asegúrese de que su museo, hotel o tienda tenga muchos bancos para que las personas se sienten y descansen. 12. Algunas personas tienen limitaciones para utilizar las manos, las muñecas o los brazos. Esté dispuesto a ofrecerles su ayuda para alcanzar, tomar o levantar objetos, abrir puertas o exhibidores, operar máquinas expendedoras y otro tipo de equipos.

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El trato con personas inhabilitadas. 1. Antes de saltar a ofrecer ayuda a cualquier persona inhabilitada, pregunte primero si la persona lo desea. 2. Cuando sostenga una conversación con una persona que se encuentra sentada en una silla de ruedas, procure sentarse para estar a su mismo nivel. Resulta un poco incómodo y desagradable, para algunas personas, el tener que mirar hacia arriba por mucho tiempo cuando sostienen una conversación prolongada. 3. Tenga paciencia, ante todo, con la persona inhabilitada y permítale establecer el ritmo de la caminata, conversación u otra actividad, para que le resulte cómoda y agradable, en vez de provocarle temores y ansiedad. 4. Cuando vaya a comer con una persona inhabilitada, no debe ofrecerse para asistirla a cortar la carne o demás, pues si la persona lo necesita, ya se encargará de solicitar la asistencia si bien no de usted, de algún camarero. 5. No debe hacer preguntas indiscretas que puedan resultar embarazosas para la persona. Si ésta desea comunicarla la causa de su incapacidad, ya procurará hacerlo cuando crea conveniente. 6. Los niños muy pequeños tienden a ser algo indiscretos cuando se encuentran por primera vez con una persona inhabilitada. Esto se debe principalmente a su natural curiosidad y desconocimiento de lo que es el tacto. Es por eso, que los padres o mayores encargados de su cuidado y/o educación de un pequeño, deben siempre procurar inculcarle estos principios cuidadosamente, no solo en lo referente al tacto, sino a la consideración y respeto hacia los sentimientos ajenos.

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Personas con aspecto diferente. Las personas que quizás no tengan limitaciones para sus actividades cotidianas pero son tratadas como si tuvieran una discapacidad debido a su aspecto enfrentan situaciones de otra índole. Las personas con diferencias faciales, como labio leporino o paladar hendido, deformidad craneofacial, o un problema de piel; las personas con un peso o estatura muy por encima o por debajo del promedio; las personas que muestran efectos visibles de medicamentos, como temblores—en pocas palabras, las personas con aspecto diferente, suelen tener la experiencia de que los demás las miren, eviten mirarlas o miren a través de ellas como si fuesen invisibles. I.Todos necesitamos tener una imagen positiva de nosotros mismos para integrarnos plenamente a la sociedad como miembros activos. No contribuya a estigmatizar a las personas que tienen un aspecto diferente. 2. Si ve a alguien que tiene alguna de estas características, sólo sonríale. 3. Si la situación se presta, inicie una conversación e incluya a la persona en lo que esté sucediendo, al igual que lo haría con una persona de "aspecto promedio". Personas de baja estatura. Existen 200 tipos de diagnosticados de trastornos relacionados con el crecimiento que pueden causar enanismo y provocar que una persona mida 4 pies 10 pulgadas (I metro 40 centímetros) o menos. Las personas de estatura promedio a menudo subestiman las habilidades de los enanos. Para un adulto, que lo traten como si fuera gracioso e infantil puede ser un duro obstáculo.

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I.Tenga en cuenta que los elementos necesarios estén al alcance de la mano de la persona en la medida de lo posible. 2. Tenga en cuenta que las personas de baja estatura requieren equipos que estén a su altura. Si hay pocos teléfonos, mostradores de bancos y urinarios más bajos, evite utilizarlos. 3. Al igual que con las personas con otras discapacidades nunca acaricie o bese a una persona de baja estatura en la cabeza. 4. La comunicación puede ser más fácil cuando las personas están al mismo nivel. Las personas de baja estatura tienen preferencias diferentes. Puede arrodillarse para estar al nivel de la persona; alejarse un poco para poder mantener contacto visual sin que la persona fuerce el cuello (esto puede ser difícil en un lugar lleno de gente); o sentarse en una silla. Actúe con naturalidad y preste atención a las señales que le dé la persona. Personas con discapacidades ocultas. No todas las discapacidades son evidentes. Una persona puede pedirle algo o actuar de una forma que le resulte extraña. Ese pedido o esa conducta pueden deberse a una discapacidad. Por ejemplo, tal vez al darle indicaciones orales aparentemente simples a alguien, la persona se las pida por escrito. Quizás esa persona tenga una discapacidad de aprendizaje que hace que la comunicación escrita le resulte más fácil. O una persona aparentemente sana puede preguntar si se puede sentar en vez de aguardar de pie en una fila. Es posible que se sienta fatigada debido a una enfermedad como el cáncer o por efecto de algún medicamento. Aunque estas discapacidades estén ocultas, son reales. Respete las necesidades y pedidos de las personas siempre que le sea posible.

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TÉCNICAS DE PRIMEROS AUXILIOS. RESUCITACIÓN CARDIOPULMONAR. MANIOBRA DE HEMLICH. EPILEPSIA. CONTENCIÓN DE HEMORRAGIAS Y VENDAJES. MANEJO BÁSICO DE DESFIBRIUVDORES

1.TÉCNICAS DE PRIMEROS AUXILIOS La aplicación de primeros auxilios es una de las funciones más importantes que puede realizar un Vigilante de Seguridad. En la práctica, puede suponer salvar la vida a alguna de las personas que acuden a hacer sus compras al centro comercial. Las emergencias médicas más comunes pueden resultar de caídas, pequeños cortes o contusiones, o patologías propias del paciente, como desmayos, epilepsia,

La reanimación cardiopulmonar es el conjunto de maniobras que se realizan para asegurar el aporte de sangre oxigenada al cerebro. Es fundamental que se realice de una manera rápida, exacta y eficaz.

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A: Permeabilidad de la vía aérea B: Control de la respiración C: Control de la circulación En primer lugar hay que hacer un diagnóstico del nivel de conciencia de la persona, para eso se le estimula preguntándole si se encuentra bien y se le mueve por los hombros para ver si reacciona. Si la persona está inconsciente se deberá activar el Sistema de Emergencia, para ello se solicitará que una persona pida ayuda, mientras nosotros nos quedamos atendiendo a la víctima.

A. PERMEABILIDAD DE LA VÍA AÉREA Para observar si una persona respira:

MIRO

ESCUCHO

la expansión del tórax

ruidos respiratorios

SIENTO

aire en mis mejillas

Si respira se le colocará en posición lateral de seguridad.

Si no respira, entonces: o Colocación de la cabeza: Si la persona está inconsciente es probable que la lengua obstruya la vía aérea, impidiendo el paso de aire. Para ello realizaremos estas maniobras:

> Hiperextensión frente-nuca ó frente-mentón: se colocará una mano sobre la frente de la víctima y la otra en la nuca o en el mentón, después se empuja, con la mano de la frente, hacia atrás.

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> Triple maniobra: en el caso de que se sospeche lesión cervical: se agarran los ángulos de la mandíbula y se elevan con ambas manos hacia delante, teniendo cuidado de no mover la cabeza ni el cuello. o Limpieza de la vía aérea: La limpieza se llevará a cabo con un "barrido digital", para ello colocaremos el dedo índice en forma de gancho y desde de la garganta hacia la lengua realizaremos una limpieza de la vía. Se deben retirar la dentadura postiza si existiera, chicles, caramelos. Si existieran secreciones o vómitos se limpiaran con un pañuelo. o Se realizan dos respiraciones boca-boca. o Si tras realizar estas maniobras no existe permeabilidad de la vía aérea se ha de sospechar la existencia de algún cuerpo extraño en la garganta, para sacarlo realizaremos la maniobra de Heimlich.

B. CONTROL DE LA RESPIRACIÓN La ventilación tiene como objeto el hacer llegar oxígeno hasta los pulmones, para ello realizaremos la respiración boca-boca ó bocanariz: o Se deberá hiperextender el cuello, para ello se puede colocar debajo del cuello una chaqueta o una toalla. o El auxiliador se coloca a la derecha de la víctima, tapa la nariz con el pulgar y el índice de su mano izquierda y con la mano derecha se sujeta la mandíbula, abriendo la boca.

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o El auxiliador inspirará profundamente, sellará con su boca la boca del accidentado, observará que el tórax de la persona se eleva y después se retira para permitir el vaciamiento pasivo de los pulmones. o Se realizarán dos ventilaciones. Después de realizar dos ventilaciones, es el momento de controlar el pulso.

C. CONTROL DE LA CIRCULACIÓN Hay que comprobar si existe pulso central: o Para palpar la arteria carótida, la localizaremos entre la traquea (nuez) y el músculo esternocleidomastoideo. o Si no tiene pulso se debe empezar con las compresiones torácicas. o Compresiones torácicas: el paciente debe estar boca arriba y sobre una superficie dura. Se palpan las costillas hasta localizar la punta del esternón. Se colocan dos dedos de la mano derecha y a continuación el talón de la mano izquierda. Entonces situamos la mano derecha sobre la izquierda, agarrando los dedos. o Los brazos deben estar rectos, no hay que doblar los codos, de modo que la compresión del tórax sea perpendicular al esternón y la fuerza se haga con el cuerpo. Las manos no deben separarse del tronco y no ser cambiadas de posición.

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Cuando finalizar la R.C.P o Cuando tras 30 minutos de reanimación no haya resultados positivos. o Cuando tras haberse iniciado la R.C.P básica se confirma que era el final de una enfermedad incurable. o Si el paciente recupera la circulación y ventilación espontáneas efectivas.

Cuando no realizar la R.C.P o Cuando la muerte sea evidente: p.ej. salida de masa encefálica por fractura cerebral, rigidez, livideces etc.. o Evolución terminal de una enfermedad incurable del paciente. o Cuando se sepa que han pasado más de 10 minutos de parada cardiorrespiratoria, a excepción de ahogamiento, hipotermia e intoxicación barbitúrica. o Si no se tiene seguridad de que se cumplen estos requisitos, ante

la duda se iniciaran las maniobras de resucitación. ¿Cómo se realiza? En adulto: o Se realizan 30 compresiones torácicas (2com /sg) /2 ventilaciones boca a boca (6 sg/ 2 ventilaciones) o Se deben realizar 4 ciclos completos en 2 minutos.

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En niño de I a 8 años:

o Se realizan 5 compresiones torácicas /I ventilación boca a boca. o Las compresiones se hacen con una mano. Las ventilaciones se hacen sin dar soplidos grandes, completos y fuertes.

En lactantes hasta I año: o Se realizan 5 compresiones torácicas /I ventilación boca a boca y nariz. o Las compresiones se hacen con dos dedos. Las ventilaciones se hacen sin dar respiraciones, grandes completas y fuertes. Después de I minuto, revisar de nuevo si hay señales de circulación. Si no se recupera hay que seguir con la reanimación y comprobar si tiene pulso cada minuto.

3. MANIOBRA DE HEMLICH Se trata de una técnica de emergencia para prevenir la asfixia cuando se bloquean las vías respiratorias de una persona con un pedazo de alimento u otro objeto. Se puede utilizar de manera segura tanto en niños como en adultos, pero la mayoría de los expertos no la recomiendan para bebés menores de un año. Uno puede llevar a cabo esta maniobra en uno mismo.

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Primeros auxilios o Para una persona consciente que esté sentada o parada, ubiqúese detrás de ella y coloque los brazos alrededor de su cintura. o Coloque el puño, con el pulgar hacia adentro, justo por encima del ombligo de la persona, y agarre el puño firmemente con la otra mano. o Hale el puño con fuerza y abruptamente hacia arriba y hacia adentro para aumentar la presión en la vía respiratoria por detrás del objeto causante de la obstrucción y forzarlo a salir de la tráquea. o Si la persona está consciente y acostada boca arriba, ubiqúese por encima de ella con una pierna a cado lado. Empuje el puño agarrado hacia arriba y hacia adentro en una maniobra similar a la de arriba. Es posible que se deba repetir el procedimiento varias veces antes de lograr desalojar el objeto. Si los repetidos intentos no logran abrir la vía respiratoria, puede ser necesario practicar una incisión de emergencia en la tráquea (traqueotomía o crico-ti roto mía).

4. EPILEPSIA Un ataque o crisis convulsiva es un trastorno masivo de la comunicación eléctrica entre las neuronas. Sí participan suficientes neuronas, la descarga de impulsos eléctricos causará manifestaciones somáticas. El resultado puede ser cualquier número de

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sensaciones o comportamientos diferentes, tales como contracciones musculares repentinas o una caída súbita o trastornos de la visión.

Los síntomas más comunes son gemido repentino, caída al suelo, rigidez, respiración débil, espasmos musculares y pérdida del conocimiento. Las medidas inmediatas aconsejan no colocar nada en la boca de la víctima, no tratar de sujetarlo, no administrar anticonvulsivos orales y no mantenerla de espaldas. Los síntomas iniciales pueden ser confundidos con estados de ebriedad o consumo de sustancias, por lo que trataremos de buscar brazaletes (que algunos de los enfermos usan) o tratar de localizar a un familiar que nos confirme su estado. Las acciones inmediatas consistirán en: o Conservar la calma y tranquilizar a los presentes. Impedir la aglomeración de personas alrededor (esto puede hacerlo un segundo Vigilante de Seguridad). o En lo posible, la víctima debe permanecer en el lugar de la convulsión hasta que cese la fase activa. o Tratar de evitar lesiones por caída de la víctima, retirando objetos o colocando algún elemento para amortiguar la caída. o Retirar objetos o muebles cercanos con los que pueda hacerse daño. o Protegerle la cabeza colocándole algún objeto blando deba-¡oo Desabrochar el cuello de la camisa y aflojar las prendas que puedan causarle opresión. o Siempre que sea posible, se colocará al enfermo de lado,

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permitiendo que salga de la boca la saliva y mucosidad. En esta posición también evitamos que se trague los vómitos en su caso.

o Se ha de vigilar al enfermo hasta que concluya la crisis y lleguen los servicios sanitarios. o Siempre hemos de avisar a los servicios de emergencias, aunque hayamos de aplicar los primeros auxilios de forma inmediata.

5. CONTENCIÓN DE HEMORRAGIAS Y VENDAJES Una hemorragia es la fuga de sangre fuera de su camino normal dentro del sistema cardiovascular provocada por la ruptura de vasos sanguíneos como venas, arterias y capilares. Es una situación que provoca una pérdida peligrosa de sangre y puede ser interna o externa En caso de Hemorragias Externas seguir el siguiente protocolo: Y Presión directa sobre la herida. 1

* Elevación del miembro. * Presión sobre la Arteria principal del miembro. * Excepcionalmente usaremos un torniquete. En caso de Hemorragias Internas:

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* Asegurar la permeabilidad de la vía aérea, valorar la respiración y circulación. * Prevenir y tratar el shock hemorrágico: cubrir al paciente y elevarle las piernas.

* Traslado urgente a un centro sanitario, en posición lateral de seguridad, vigilando las constantes vitales. El torniquete: Es muy peligroso tanto para la vida del paciente como para la del miembro afectado, pero si la hemorragia no se corta después de la compresión, aplicar un torniquete con una goma elástica, un cinturón, corbata, etc., anudándolo por encima de la herida. Siempre es necesario que lo supervise un médico, y en caso de usarlo, anotaremos la hora en que se colocó. Un problema a tener en cuenta si aplicamos un torniquete, es el choque hipovolémico, a menudo llamado shock hemorrági-co, el cual es un síndrome complejo que se desarrolla cuando el volumen sanguíneo circulante baja a tal punto que el corazón se vuelve incapaz de bombear suficiente sangre al cuerpo. Es un estado clínico en el cual la cantidad de sangre que llega a las células es insuficiente para que estas puedan realizar sus funciones. Este tipo de shock puede hacer que muchos órganos dejen de funcionar, por lo tanto, el choque hipovolémico es una emergencia médica. Medidas de intervención: o Colocar al paciente en posición lateral de seguridad, salvo si existen: grandes heridas en la cabeza, heridas perforantes en el tórax, está inconsciente.

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o Desabrochar las prendas que le opriman. o Abrigarlo con una manta o similar. o Moverlo lo menos posible.

o Traslado urgente a un centro hospitalario. Importante: Si mientras está aplicando la presión directa, los apositos se empapan de sangre, no debemos quitarlo, ya que se destruiría él coagulo que se está formando y aumentaría la hemorragia. Al contrario, colocar otros encima y continuar apretando. Una hemorragia por la nariz o por el oído, después de recibir un golpe violento en la cabeza, puede ser un síntoma de fractura de algún hueso del cráneo, sobre todo, si el accidentado está inconsciente y presenta hematomas alrededor de los ojos o de los oídos. Vendajes: Un vendaje se realiza mediante una venda para envolver una parte del cuerpo de diferentes maneras para mantener la presión sobre una compresa o inmovilizar un miembro. Pueden ser de varios tipos: blando o contentivo (para sostener el material de una cura o aposito), compresivo (su objetivo es comprimir una extremidad de la parte distal a la proximal, para favorecer el retorno venoso. Otra función muy importante es limitar el movimiento), rígido (inmoviliza completamente la zona de la lesión), circular (se usa para fijar el extremos inicial y final de una inmovilización, fijar un aposito o iniciar y finalizar un vendaje), espiral (usado en extremidades), en 8 (articu-

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lar y que permite cierta movilidad) y en espiga (alternando la orientación de la venda 45° a un lado y otro, de forma similar a una espiga). Las recomendaciones principales son no apretarlo demasiado y utilizar vendas limpias.

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6. MANEJO BÁSICO DE DESF1BRILADORES El Desfibrilador Externo Semi Automático (DESA) es un aparato electrónico portátil (producto sanitario) que diagnostica y trata la parada cardiorrespiratoria cuando es debida a la fibrilacion ventricular (en que el corazón tiene actividad eléctrica pero sin efectividad mecánica) o a una taquicardia ventricular sin pulso (en que hay actividad eléctrica y en este caso el bombeo sanguíneo es ineficaz), restableciendo un ritmo cardíaco efectivo eléctrica y mecánicamente. La desfibrilacion consiste en emitir un impulso de corriente continua al corazón, despolarizando simultáneamente todas las células miocárdicas, pudiendo retomar su ritmo eléctrico normal u otro eficaz. La fibrilacion ventricular es la causa más frecuente de muerte súbita. El DESA es muy eficaz para la mayor parte de los llamados paros cardíacos, que en su mayor parte son debidos a que el corazón fibrila y su ritmo no es el adecuado, estos equipos básicamente devuelven el ritmo adecuado al corazón, pero es totalmente ineficaz en la parada cardíaca con asistolia pues el corazón, en este caso, además de no bombear la sangre, no tiene actividad eléctrica; y en la Actividad eléctrica sin pulso (AESP) antes denominada disociación electromecánica, donde hay actividad eléctrica, que puede ser incluso normal, pero sin eficacia mecánica. En estos dos últimos casos únicamente se debe realizar compresión torácica mientras se establecen otras medidas avanzadas. Si se encuentra disponible, se deberá utilizar en todo caso en que exista una pérdida de conocimiento mantenida (en el síncope se produce una recuperación espontánea), que no responda y que no respire o lo haga anormalmente. Si hay duda de si la respiración es normal, se actuará como si no lo fuera (hay bocanadas agónicas en más del 40% de las paradas cardíacas). No se aconseja perder tiempo en buscar el pulso, ya que la palpación del pulso carotídeo es inexacto para confirmar la presencia o ausencia de circulación.

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Se iniciará la secuencia de soporte vital básico, teniendo en cuenta que en adultos, inicialmente, la ventilación es menos importante que la compresión torácica, comenzándose con las compresiones torácicas en vez de la ventilación inicial, mientras que en los niños se mantiene la prioridad en la ventilación (basado en las nuevas recomendaciones de la European Resuscitation Council del año 2005). En todo caso, el DESA sólo aconsejará la descarga eléctrica con dos trastornos del ritmo cardíaco, en la fibrilación ventricu-lar y en alguna taquicardia ventricular. Los equipos de desfibrilación externa estándar pueden usarse en niños a partir de los 8 años. Para niños de I a 8 años deben usarse parches pediátricos, de menor tamaño o un modo pediátrico si es posible. Si no es posible se utilizará el aparato tal como es. El uso de estos equipos no está recomendado para niños lactantes, menores de I año. Cuando la parada cardiaca es debida a una fibrilación ventricular (FV) en el que el corazón late de manera anárquica, representa la causa más frecuente de muerte súbita del adulto. La única esperanza de salvar a tal víctima consiste en desfibrilar el corazón (es decir, resincronizar el corazón mediante un choque de eléctrico de corriente continua). Esto puede hacerse por personal no médico con un desfibrilador automático externo (que puede ser semiautomático por un sanitario), o manual por un médico. El proceso de desfibrilación viene después de la alerta a los Servicios de Emergencia. El que se inicie un período de RCP antes de la desfibrilación en pacientes con FV, especialmente durante tiempos prolongados de espera para la llegada de respuesta profesional, sigue siendo tema de intenso debate. El fundamento teórico para realizar RCP antes de la descarga del desfibrilador es para mejorar la perfusión coronaria, sin embargo, no hay pruebas consistentes para apoyar o refutar algún beneficio

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en el retraso de la desfibrilación con la finalidad de proporcionar un periodo (90 s a 3 min) de RCP para los pacientes en parada cardíaca por VF o por taquicardia ventricular (VT) sin pulso. Si más de un socorrista está presente, un reanimador debe dar compresiones torácicas, mientras que la otra activa el sistema de respuesta de emergencia, consigue el DEA y se prepara para usarlo. Durante la reanimación, si se dispone de un desfibrilador externo automático debe ser sistemáticamente colocado excepto cuando se trata de niños de menos de un año. Cuando hay sólo dos personas realizando primeros auxilios, una se encarga de la respiración boca a boca y las compresiones torácicas mientras la otra le instala el DEA. Cuando hay tres personas realizando primeros auxilios, el RCP es hecho por dos (una persona que realiza las insuflaciones para la respiración y la otra las compresiones torácicas) mientras el tercero coloca el DEA. La instalación del DEA puede requerir afeitar y secar el lugar donde se coloca el electrodo(si es estrictamente necesario). La reanimación se detiene durante el análisis del latido del corazón por el aparato y durante las posibles descargas, inicialmente tres seguidas; en la comprobación habrá que separarse y no tocar al paciente, para evitar ser víctima de una descarga. En caso de no ser eficaces o tras el análisis del ritmo no procediera la descarga, se continuaría con la RC

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ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO. USO DE EXTINTORES, BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS E HIDRANTES. ORIENTACIÓN EN SUPUESTOS DE ESCASA VISIBILIDAD. RESCATE DE PERSONAS Y ARRASTRES. UTILIZACIÓN DE EQUIPOS AUTÓNOMOS DE RESPIRACIÓN. TÉCNICAS DE EVACUACIÓN

i. ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO. USO DE EXTINTORES, BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS E HIDRANTES Componentes del fuego: Se llama fuego a la reacción química de oxidación violenta de una materia combustible, con desprendimiento de llamas, calor, vapor de agua y dióxido de carbono. Es un proceso exotérmico. Desde este punto de vista, el fuego es la manifestación visual de la combustión. Se define también como una reacción química de oxidación rápida que es producida por la evolución de la energía en forma de luz y calor. Química del fuego: La forma más común es la oxidación, en la que un átomo se combina con una molécula de oxígeno. Aunque existen otros tipos, este es el más común en un incendio.

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Antiguamente se representaba con el llamado triangulo del fuego, cuyos vértices serían el calor, el oxígeno y el combustible. Aún se puede utilizar para las combustiones más simples (sin llama). Actualmente se trabaja con otra figura conocida como tetraedro del fuego, que incluye el factor de la reacción química. El efecto más aparente de esta reacción es el calor. El investigador debe conocer cómo se produce y transfiere, ya que de este factor dependerá la propagación del incendio y los daños que cause. El calor es la energía que posee una sustancia o material por actividad molecular. No se debe confundir con la temperatura, que es la medida de la cantidad relativa de energía calorífica en una sustancia. Es una medida de intensidad, mientras que el calor es una medida de cantidad. Existen 5 formas de producción de calor: o Química: resultado de oxidación rápida (debe serlo). o Mecánica: por fricción. o Eléctrica: fruto de conexiones defectuosas, demasiada resistencia en el sistema, pérdida de tierra o demasiado flujo de corriente a través de un cable de tamaño inadecuado. o Gas comprimido: al hacerlo, la actividad molecular aumenta. o Nuclear: surge al unir o separar partículas atómicas ( fusión o fisión). El calor se suele utilizar para mover turbinas de vapor.

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Una vez que surge, el calor se transmite de 3 formas: conducción, convección y radiación. A.Conduccion: La conducción de calor es un mecanismo de transferencia de energía térmica entre dos sistemas basado en el contacto directo de sus partículas sin flujo neto de materia y que tiende a igualar la temperatura dentro de un cuerpo y entre diferentes cuerpos en contacto por medio de ondas. La conducción del calor es muy reducida en el espacio vacío y es nula en el espacio vacío ideal, espacio sin energía. El principal parámetro dependiente del material que regula la conducción de calor en los materiales es la conductividad térmica, una propiedad física que mide la capacidad de conducción de calor o capacidad de una substancia de transferir el movimiento cinético de sus moléculas a sus propias moléculas adyacentes o a otras substancias con las que está en contacto. La inversa de la conductividad térmica es la resistividad térmica, que es la capacidad de los materiales para oponerse al paso del calor. Ley de Fourier Los mecanismos de transferencia de energía térmica son de tres tipos: * Conducción * Convección térmica * Radiación térmica La transferencia de energía térmica o calor entre dos cuerpos diferentes por conducción o convección requiere el contacto

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directo de las moléculas de diferentes cuerpos, y se diferencian en que en la primera no hay movimiento macroscópico de materia mientras que en la segunda sí lo hay. Para la materia ordinaria la conducción y la convección son los mecanismos principales en la "materia fría", ya que la transferencia de energía térmica por radiación sólo representa una parte minúscula de la energía transferida. La transferencia de energía por radiación aumenta con la cuarta potencia de la temperatura (T4), siendo sólo una parte importante a partir de temperaturas superiores a varios miles de kelvin. B.Convección: es responsable de la extensión del fuego en estructuras. La convección es una de las tres formas de transferencia de calor y se caracteriza porque se produce por intermedio de un fluido (aire, agua) que transporta el calor entre zonas con diferentes temperaturas. La convección se produce únicamente por medio de materiales fluidos. Estos, al calentarse, aumentan de volumen y, por lo tanto, su densidad disminuye y ascienden desplazando el fluido que se encuentra en la parte superior y que está a menor temperatura. Lo que se llama convección en sí, es el transporte de calor por medio de las corrientes ascendente y descendente del fluido. La transferencia de calor implica el transporte de calor en un volumen y la mezcla de elementos macroscópicos de porciones calientes y frías de un gas o un líquido. Se incluye también el intercambio de energía entre una superficie sólida y un fluido o por medio de una bomba, un ventilador u otro dispositivo mecánico (convección mecánica, forzada o asistida). En la transferencia de calor libre o natural un fluido es más caliente o más frío y en contacto con una superficie sólida, causa una circulación debido a las diferencias de densidades que resultan del gradiente de temperaturas en el fluido.

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La convección en la atmósfera La convección en la atmósfera terrestre involucra la transferencia de enormes cantidades del calor absorbido por el agua. Forma nubes de gran desarrollo vertical (por ejemplo, cúmulos congestus y, sobre todo, cumulonimbos, que son los tipos de nubes que alcanzan mayor desarrollo vertical). Estas nubes son las típicas portadoras de tormentas eléctricas y de grandes chaparrones. Al alcanzar una altura muy grande (por ejemplo, unos 12 ó 14 km) y enfriarse violentamente, pueden producir tormentas de granizo, ya que las gotas de lluvia se van congelando al ascender violentamente y luego se precipitan al suelo ya en estado sólido. Pueden tener forma de un hongo asimétrico de gran tamaño; y a veces se forma en este tipo de nubes una estela que semeja una especie de yunque (anvil's head, como se conoce en inglés). El proceso que origina la convección en el seno de la atmósfera es sumamente importante y genera una serie de fenómenos fundamentales en la explicación de los vientos y en la formación de nubes, vaguadas, ciclones, anticiclones, precipitaciones, etc. Todos los procesos y mecanismos de convección del calor atmosférico obedecen a las leyes físicas de la Termodinámica. De estos procesos es fundamental el que explica el ciclo del agua en la Naturaleza o ciclo hidrológico. Casi todos los fenómenos antes nombrados, tienen que ver con este último mecanismo. C. Radiación: se transmite en ondas. Viaja a la misma velocidad que la luz. Radiación térmica Cuando un cuerpo está más caliente que su entorno pierde calor hasta que su temperatura se equilibra con la de su entorno, este proceso de pérdida de calor se puede producir por tres tipos de procesos: conducción, convección y radiación térmica. De hecho la emisión de radiación puede ser el proceso dominante para cuerpos relativamente aislados del

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entorno o para muy altas temperaturas. Asi un cuerpo muy caliente como norma general emitirá gran cantidad de ondas electromagnéticas. Se denomina radiación térmica o radiación calorífica a la emitida por un cuerpo debido a su temperatura. Todos los cuerpos con temperatura superior a 0 K emiten radiación electromagnética, siendo su intensidad dependiente de la temperatura y de la longitud de onda considerada. En lo que respecta a la transferencia de calor la radiación relevante es la comprendida en el rango de longitudes de onda de 0,lu m a lOOu m, abarcando por tanto parte de la región ultravioleta, la visible y la infrarroja del espectro electromagnético. Oxígeno y oxidación: Para que sea posible la combustión, es necesaria la presencia de combustible y oxígeno. El aire común contiene un 21% de oxígeno. Si reducimos la proporción a 15%, el fuego se extingue. Algunos combustibles de composición especial no siguen esta regla, como el nitrato de celulosa, que contiene oxígeno para continuar la combustión. Otros ejemplos son el nitrato de sodio, el clorato potásico, el nitrato potásico y el nitrato de amonio. Química del fuego: Los hidrocarburos son compuestos en los que únicamente están presentes el carbón y el hidrógeno. Entre ellos están incluidos gases como el metano, líquidos como el benceno, y sólidos como la nafta. Arden generando calores mayores que otros compuestos.

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Los compuestos orgánicos que incluyen carbón, hidrógeno y oxígeno se denominan carbohidratos. Los hidrocarburos pueden ser saturados o insaturados. En los saturados, los átomos de carbono contienen el máximo número de átomos de hidrógeno. No tienen tendencia a la combustión espontánea. En los insaturados, no todos los átomos poseen el número máximo de átomos de hidrógeno. Algunos están vinculados a otros átomos de carbón. Al romper estos enlaces, se pueden acomodar más átomos de hidrógeno. Debido a esto, tienen tendencia a arder espontáneamente. Los que tienen estructura de cadena abierta, como el metano, butano o el acetileno, se denominan alofáticos. Los que poseen al menos un anillo de benceno, como el benceno o la nafta, se llaman aromáticos. Reacción química en cadena: Durante mucho tiempo, se creyó que la combustión obedecía a la unión de 3 elementos: oxígeno, combustible y calor. En los años 90 se observó que los extintores de polvo y los sistemas basados en halón extinguían muy bien el fuego. Esto es debido a que interfieren en la transferencia de energía o combinándose con los radicales generados por la combustión. La reacción en cadena es muy compleja, y debe ser mantenida para sostener la llama. Sobre todo se refiere a dos factores: o La oxidación debe producir bastante calor para mantener una oxidación continua. o La masa combustible debe descomponerse en compuestos más simples y liberarse (en forma de vapor) de la masa principal. Después combinarse con oxígeno y añadirse a la llama.

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Clasificación del fuego: Según el tipo de combustible: Clase A: combustible ordinario o materiales que producen ceniza/ ascuas: papel, madera, tejidos textiles y gomas. Clase B: líquidos inflamables o combustibles. Clase C: eléctricos, se convierten en A/B cuando se corta la energía. Clase D: metales combustibles ( magnesio, por ejemplo). Mecanismos de extinción de incendios: La extinción del fuego está basada en la interrupción de uno o más factores de los elementos esenciales del proceso de combustión. La combustión con llama puede ser extinguida reduciendo la temperatura, eliminando el combustible, oxigeno, o deteniendo la reacción química en cadena. Si el fuego se encuentra en su etapa latente, solamente existen tres opciones para la extinción: reducción de la temperatura, eliminación del combustible, y dilución del oxigeno. Extinción por Reducción de Temperatura: El uso de agua para enfriar el fuego es uno de los más utilizados. El sistema de extinción por enfriamiento depende de la reducción de la temperatura del combustible hasta el punto donde no se produzcan vapores suficientes que se puedan encender. Si observamos los tipos de combustibles y la producción de vapor, encontraremos que los combustibles sólidos y líquidos, y gases inflamables con un bajo punto de ignición no pueden ser extinguidos por enfriamiento con agua debido a que la producción de vapor no puede ser reducida significativamente.

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La reducción de temperatura depende de la aplicación de un caudal adecuado, y en forma apropiada para así lograr establecer un balance negativo de calor.

Extinción por Eliminación del Combustible: En algunos casos, un incendio puede ser extinguido eficientemente con la remoción de la fuente de combustible. Esto se puede lograr deteniendo el flujo de un combustible líquido o gaseoso, o removiendo el combustible sólido del área del gaseoso del incendio. Otro método de remoción del combustible es el permitir que el incendio continúe hasta que el combustible sea consumido.

Extinción por Dilución de Oxigeno: El método de extinción por dilución del oxigeno es la reducción de la concentración de oxigeno dentro del área de incendio. Esto se puede lograr se introduciendo un gas inerte dentro del incendio o separando el oxigeno del combustible. Este método de extinción no será efectivo en materiales autooxidantes o en ciertos metales que sean oxidados por efectos del bióxido de carbono o nitrógeno, dos de los más comunes agentes extintores.

Extinción por Inhibición Química de la Llama: Algunos agentes extintores, tales como el polvo químico seco y el halón, interrumpen la producción de llama en la reacción química, resultando en una rápida extinción. Este método de extinción es efectivo sólo en combustibles líquidos y gases ya que ellos no pueden arder en la forma de fuego latente. Si se desea la extinción de materiales en la fase latente, se requiere contar con capacidad adicional para enfriamiento.

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Agentes extintores: Son variados los agentes extintores utilizados en los equipos portátiles, por lo cual, resulta también variado el grado de efectividad de cada uno de ellos y las limitaciones en cuanto a su aplicabilidad. Se pueden clasificar en:

• Agua: Por su abundancia resulta el más común en las operaciones de extinción de incendios. Su acción extinguidora está fundamentada en el enfriamiento de la materia en combustión. Se aplica bajo la forma de un chorro a presión, o también como un rocío muy fino sobre toda la superficie encendida. Es bien, en grandes cantidades arrojadas a través de mangueras o rociadores sobre cantidades de aceite relativamente pequeñas. Este agente extinguidor sólo puede ser aplicado en los fuegos CLASE "A", y en algunos casos en fuegos CLASES "B", como Jos incendios de petróleo, donde se debe aplicar en la forma descrita. Nunca deben usarse en los fuegos CLASE "C", y menos aun en los fuegos CLASE "D". • Espuma: La espuma se puede producir mezclando una solución de sulfato de aluminio con otra de bicarbonato de Sodio y agregándole un estabilizador. En los equipos portátiles la espuma es producida por la reacción de las dos soluciones señaladas, originándose una presión interna como consecuencia de la generación de gas carbónico, capaz de impeler la espuma a una distancia de siete (7) metros. La espuma eliminará el oxigeno al formar una capa que impide el paso del aire, y además, enfría un poco. Se aplica en forma de una capa que cubra la superficie del líquido en combustión.

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Sin embargo, en muchos casos, los vapores que se desprenden de las sustancias en combustión atraviesan la capa de espuma, y si su concentración es suficiente, arderán encima de ella. Es especialmente útil en la extinción de los fuegos CLASE B, y en los que el efecto de sofocación del agente extinguidor es de gran importancia. Ciertos solventes (alcoholes, acetona, etc.) deshacen la espuma, por lo que no es conveniente emplearla en incendios de estas sustancias. Por ser conductora de electricidad nunca debe emplearse en fuegos CLASE C. También está contraindicada para los fuegos CLASE D. • Dióxido de Carbono COz: Este gas puede almacenarse bajo presión en los extintores portátiles y descargarse a través de una boquilla especial en el sitio donde se necesita. La característica extinguidora del gas carbónico, es su efecto de sofocación acompañado de un ligero enfriamiento. No debe usarse en áreas cerradas o de escasa ventilación, ya que el usuario puede ser objeto de asfixia mecánica por insuficiencia de oxigeno, Es adecuado para fuegos CLASE B y CLASE C. No es adecuado para las otras clases de fuego. • Polvo Químico Seco: Lo constituyen mezclas incombustibles de productos finamente pulverizados, tales como Carbonatos de Sodio, Bicarbonato de Sodio , Sulfato de Sodio, Silicato de Sodio, Bentonita, etc. Actúa por ahogamiento ya que se aplica procurando formar una capa sobre la materia en combustión. En los equipos portátiles este agente extinguidor es expulsado por la presión liberada por una cápsula de nitrógeno, ubicada en el interior del extintor y la cual es rota en el momento de su uso.

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De acuerdo a la composición de la mezcla, el polvo químico es adecuado para los fuegos CLASE A, B, y C. No es adecuado para los fuegos CLASE D.

Equipos de extinción: extintores y mangueras: Sistemas de extinción: Básicamente son 4: extintores, bocas de incendio equipadas, hidrantes y abastecimiento de agua. Los extintores son aparatos que contienen un agente extintor proyectable y dirigible sobre el fuego por una presión interna. El material se encuentra a presión permanente dentro del equipo, o se presuriza en el momento de usarlo, gracias a un gas alojado en una botella exterior. Pueden utilizar agua a chorro, agua pulverizada, agua con aditivos, espuma, polvo químico, C02 y otros gases. Su eficacia la indicará la inscripción que figure en el exterior, abarcando todas las opciones: A (sólidos), B (líquidos), C (gases), D (especiales) o E (eléctricos). Las Bocas de Incendio Equipadas (B.I.E.s), son una instalación de lucha contra incendios que incluye varios componentes, básicamente una manguera con una boquilla y alimentada por una red de tuberías, y que mientras no está en uso, se aloja en un armario acristalado. Existen varios tipos, según el diámetro de la manguera, de 25,45 y 70mm. Se trata de equipos de uso colectivo, que precisan de formación y práctica (simulacros) del personal presente para poder utilizarlos con eficacia. Por último, los hidrantes son tomas de agua no equipadas, que permiten el abastecimiento de agua a los sistemas del edificio

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o a los camiones bomba de los bomberos. Un tipo especial es el llamado columna seca, por la que el agua a presión sube a las distintas plantas, donde a partir de unas salidas es proyectada mediante mangueras. Además de los sistemas portátiles, existen otros cuya instalación es fija y su funcionamiento automático: Pueden utilizar agua, espuma, C02, y gases como el Inergén y el S—III. Los sistemas rociadores de agua o sprinklers se componen de un sistema de distribución de agua y unos pulverizadores distribuidos por el edificio. Se utilizan principalmente para proteger grandes zonas como almacenes. Su activación se realiza por reacción al calor mediante una ampolla de vidrio. Los sistemas de espuma por su parte, se basan en el paso de agua por una red de tuberías, en la que se combina con un agente espumógeno, saliendo la mezcla resultante por un sistema de boquillas. Son adecuados para fuegos A controlados y para lugares inaccesibles como túneles. El C02 se distribuye de forma parecida, con la ventaja que se trata de un agente limpio, no agresivo con los bienes, aunque los sistemas de inundación total pueden ser peligrosos en presencia de personas, por su carácter asfixiante. Los sistemas de gas Inergen y S-III cuentan con la ventaja de no ser perjudiciales para los seres humanos, como el C02. Se pueden usar en prácticamente todos los ámbitos.

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2. ORIENTACIÓN EN SUPUESTOS DE BAJA VISIBILIDAD Técnicas con guía vidente: En una situación de emergencia, un elemento del equipo que ve algo, por muy poco que sea, servirá como guía para los demás.

1.

Hacer contacto

Primero ubicamos a la persona y para saber orientarnos con su cuerpo debemos establecer contacto ubicándonos con su tórax a la altura del abdomen.

2.

Mano en codo y empuñar

Desplazando suavemente la cara externa de nuestra mano debemos ubicar el brazo de nuestro guía, derecho o izquierdo indistintamente y tomarlo de su brazo inmediatamente después de la curvatura del codo.

3.

Caminar

Al caminar el guía debe ir dos pasos o un paso y medio delante de la persona que es guiada y con la empuñadura debidamente sostenida de modo tal, nunca perder contacto.

4.

Control de velocidades

La velocidad de nuestros pasos estará siempre determinada por los que da nuestro guía.

5.

Girar hacia adentro

Los giros deben hacerse de modo tal que conservemos la distancia con el guía manteniendo nuestro brazo estirado en una posición constante.

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6. Lugares estrechos Cuando nuestro guía se enfrente a un lugar estrecho nos entregará un mensaje para que nos ubiquemos inmediatamente detrás de él y sin perder contacto. Para esto el guía desplaza su brazo hacia su espalda y el guiado debe desplazar su mano hasta sujetarse de la muñeca y mantener una distancia un tanto superior para no tropezarse con sus pies. Este tipo de comunicación es eficiente, de rápida reacción y elimina comunicación oral innecesaria.

7. Giro Cuando debamos girar en 180° nuestro guía nos dirá verbal-mente la palabra giro y para esto ambos se detienen y giran sobre su eje. Soltamos su brazo y con la cara externa de nuestra mano buscamos el otro brazo y lo empuñamos.

8. Cambio de lado De acuerdo a las características del terreno que nos desplacemos eventualmente debemos cambiar de lado o más bien sujetarnos del otro brazo de nuestro guía. Para esto él nos dirá cambio de lado y nosotros inmediatamente soltaremos su brazo, con la cara externa de nuestra mano la desplazamos por su espalda hasta encontrar el otro brazo y lo tomaremos o empuñaremos con la otra mano y continuaremos nuestro avance de acuerdo a la velocidad determinada por el guía. Para ambos lados la técnica a seguir es la misma.

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9. Subir y bajar escaleras Cuando enfrentemos una escala para subirla y sin el uso de pasa manos, nuestro guía se detendrá por un instante, nos acercaremos a él poniéndonos en posición paralela a él manteniendo la empuñadura a su brazo. En la medida que nuestro guía avance, avanzamos junto a él subiendo peldaño a peldaño la escalera. Debemos tener siempre presente que nunca debemos pararnos con ambos pies sobre un mismo peldaño, ya que así corremos el grave riesgo de perder el equilibrio. Al llegar a un descanso de la escalera nuestro guía se detendrá por un instante para darnos aviso de ello y continuara caminado hasta enfrentar la siguiente parte de la escalera y se repetirá la acción antes realizada. Para bajar escaleras, nuestro guía se detendrá al inicio de ella, nos ponemos en posición paralela a él, con uno de nuestros pies buscamos el inicio de los peldaños y a continuación descendemos paso a paso a la velocidad dada por e[ guía, observe atentamente que nunca debe poner los dos pies sobre un mismo peldaño. Al concluir el descenso siga caminando con la aplicación de las técnicas ya aprendidas.

10. Abrir o cerrar puertas Cuando lleguemos hasta una puerta el guía se detendrá y estirara el brazo del cual estamos empuñados. Ante este aviso debemos desplazar nuestra mano siguiendo el brazo hasta encontrarnos con la manilla de puerta y la abrimos.

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Si el guía nos acompañara hasta este lugar, se detendrá y nos entregara un mensaje oral que nos encontramos frente a una puerta. Con la cara externa de una de nuestras manos rastrearemos la puerta hasta encontrar la manilla.

Desplazamiento El desplazamiento con instrucciones del guía o sin él nos ayudarán a mejorar nuestra sensibilidad respecto al espacio en el cual nos desplazamos y como nos desplazamos, la conservación de una línea recta etc.. Una práctica previa que ayuda a la orientación, desplazamiento y sensibilización de sentidos como la audición y el olfato es la de recibir instrucciones de un guía para ir desde un lugar a otro.

I I. Protecciones Si nos vamos a desplazar solos dentro de un espacio y sin bastón debemos protegernos de los obstáculos que nos encontremos. Para esto existen tres tipos de protecciones que son:

I I. I Protección alta Esta protección nos cubre la cabeza y la cara y para ello debemos levantar el brazo hasta la altura de nuestros ojos. La mano abierta debe quedar semi curva con su cara externa hacia fuera y a una distancia tal que permita su actuar como una barrera.

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I 1.2 Protección baja Esta protección nos cubre el tórax y estómago. Para ello debemos colocar nuestro brazo a la altura del bajo vientre con la mano abierta y su cara externa hacia fuera. La mano con la cara externa hacia fuera nos protege al encontrarnos con un obstáculo, dado que su flexibilidad nos permite detenernos suavemente. En ambos casos si estas protecciones las hiciésemos con la cara interna hacia fuera chocaríamos con el obstáculo siempre en forma violenta con riesgo de daño físico.

I 1.3 Protección combinada Es la aplicación de ambas protecciones, alta y baja, en nuestro desplazamiento. Obsérvese la postura de ambos brazos y manos, que brinda seguridad y protección en el desplazamiento. Hemos abordado las tres técnicas básicas de protección que son: Alta, Baja y Combinada Practique aplicando estas técnicas.

Trabajo en equipo Muchas serán las oportunidades que deberemos trabajar en equipo cuando las condiciones de visibilidad sean nulas. En estos casos un miembro del equipo debe hacer las veces de guía

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conduciendo al grupo al lugar de destino, los que mantendrán contacto poniendo una de sus manos en el hombro de quien los antecede. Mientras el guía avanza poniendo en práctica las técnicas abordadas de rastreo con bastón, el resto del equipo verifica las características del terreno apoyando el guía, con rastreo lateral. La transmisión de información verbal entre el grupo es de un gran apoyo para un desplazamiento seguro. La información que se transmita debe ser la necesaria y para asumir la protección o referencia a seguir. Recibida una información o bien detectada una, se debe transmitir y posteriormente actuar de modo que el avance sea fluido. Otra forma de hacer este trabajo es en forma individual, vale decir sin que se establezca una cadena al avanzar y solo se actúa mediante la transmisión de información. Este proceso es más lento que el anterior, sin embargo es uti-lizable en condiciones de terreno que no soporten mucho peso.

3. RESCATE DE PERSONAS Y ARRASTRES Movilización de heridos: La movilización de heridos se realiza mediante diferentes métodos, dependiendo de la situación del herido, de los medios disponibles y del número de socorristas/ Vigilantes.

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• Métodos de recogida: ► Técnica de la "cuchara": Es útil cuando sólo hay ac ceso a la víctima por un lado. m Los socorristas se arrodillan a un lado de la víctima, e introducen sus manos por debajo de la misma: * Un socorrista sujeta la cabeza y parte alta de la espalda. * El segundo socorrista sujeta la parte baja de la espalda y muslos. * El tercer socorrista sujeta las piernas por debajo de las rodillas. ■► El socorrista a la cabeza de la víctima, da la orden de levantar a ésta y la colocan sobre sus rodillas, todos al mismo tiempo. ■* Una cuarta persona coloca una camilla debajo de la víctima. ^ Los socorristas, cuando lo ordena el socorrista a la cabeza de la víctima, depositan a ésta sobre la camilla, todos al unísono. ► Técnica del "puente: Cuando hay acceso a la víctima por los dos costados. ■* Los socorristas se colocan agachados con las piernas abiertas, sobre la víctima: * espalda.

Un socorrista sujeta la cabeza y la parte alta de la

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^ El segundo socorrista sujeta a la víctima por las caderas. ' El tercer socorrista sujeta las piernas por debajo de las rodillas. ■► El socorrista a la cabeza de la víctima, da la orden de levantar a ésta. -► Una cuarta persona coloca la camilla debajo de la víctima. ■* Los socorristas depositan al unísono a la víctima en la camilla.

► Técnica de los socorristas alternados (7 personas): Es una variante de la anterior. Se empleará cuando sospechemos lesión en columna vertebral y no dispongamos de ayuda especializada. ■* Los socorristas se arrodillan a ambos lados de la víctima (3 a cada lado) y un 7o se arrodillará a la cabeza de ésta, mirando hacia el pecho: * 2 socorristas sujetan la parte alta de la espalda. * Otros dos sujetan la parte baja de la espalda y los muslos. ' Otros dos sujetan las piernas por debajo de las rodillas. -► El socorrista a la cabeza de la víctima, sujeta a ésta, a la altura de los lóbulos de la oreja, traccionando ligeramente hacia sí.

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■» El socorrista a la cabeza de la víctima, da la orden de levantarla hasta la altura de sus rodillas, y esto se hace en bloque, manteniendo el eje cabeza-cuello- tronco de la víctima, como si fuera un único bloque. -► Se coloca un plano rígido bajo la víctima. ^ A la orden, se deposita a la víctima sobre el plano duro y se la inmoviliza sobre éste. Para evitar los desplazamientos en sentido lateral de la cabeza de la víctima, durante el traslado, se inmovilizará ésta con una toalla enrollada o algo similar sujeta a la frente de la víctima y a la camilla. ► Maniobra de Rautek: Sirve para extraer a un accidentado del interior de un automóvil, protegiendo su columna vertebral. ■» Liberar los pies del accidentado, si están enganchados con los pedales del vehículo. m El socorrista se aproxima a la víctima desde un costado. ■* Desliza sus brazos bajo las axilas de ésta. ■* Sujeta un brazo de la víctima por la muñeca, con una mano, y con la otra sujeta el mentón. El lesionado queda "apoyado" contra el pecho del socorrista. -► Se mueve lentamente, extrayendo al accidentado del interior del vehículo y manteniendo el eje cabeza-cuello-tronco de la víctima en un solo bloque. * Una vez extraída, la deposita poco a poco sobre el suelo o una camilla.

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NOTA: esta maniobra únicamente la llevará a cabo un socorrista en casos extremos en los que sea imprescindible mover a la víctima para salvar su vida: parada cardiorrespi-ratoria, incendio del vehículo, etc. • Métodos de traslado ► Métodos de traslado con un rescatador: ■+ En brazos: Es un método muy práctico para mover personas no excesivamente pesadas (según la corpulencia del socorrista) que no presenten lesiones serias, p. ej. un esguince de tobillo que le impide la marcha. Consiste en coger a la víctima, colocando una mano debajo de sus rodillas de manera que sostenga las piernas y la otra alrededor de su espalda, sosteniendo el peso del tronco; la víctima puede afianzarse en nosotros pasando sus brazos alrededor de nuestro cuello. Hay que tener especial cuidado a la hora de "cargar" con el peso de la víctima (p. ej.: si estuviera sentada en el suelo), flexionando las rodillas al agacharnos, para evitar hacer todo el esfuerzo con la musculatura de la espalda, lo que podría propiciar la aparición de lesiones a nivel lumbar. -► Sobre la espalda o "a cuestas": Tiene las mismas indicaciones que el método anterior; no obstante, no es necesaria la potencia de brazos de aquél, ya que el peso de la víctima se transmite, en parte, al tronco del socorrista; entrelazando las manos, es más fácil cargar con el peso de la víctima. Este método no es válido para víctimas inconscientes, ya que se necesita la colaboración de la persona para aferrarse con sus brazos alrededor del cuello.

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=> "En muleta" sobre los hombros del rescata-dor: Un accidentado que no presente lesiones serias y que pueda caminar por sí mismo, puede ser ayudado si colocamos uno de sus brazos alrededor de nuestro cuello, pasando nuestro brazo libre alrededor de su cintura para lograr un soporte adicional. Este método puede ser llevado a cabo por uno o por dos socorristas, dependiendo de la corpulencia de la víctima, la amplitud del lugar, etc. Con ayuda de una tercera persona que sostenga las piernas de la víctima, se la puede bajar por una escalera de mano. ■» "Arrastre" de la víctima: Los métodos de arrastre son muy útiles, sobre todo, cuando sea necesario desplazar a una víctima pesada o corpulenta (el socorrista tendría dificultades para cargar por si solo con la víctima), o bien, en lugares angostos, de poca altura o de difícil acceso. Existen distintas maneras de arrastrar a una víctima: por las axilas, por los pies, con una manta o bien atando las muñecas de la víctima con un pañuelo y deslizándose "a gatas", colocándonos a horcajadas sobre la víctima, con las manos de ésta sobre nuestro cuello. m "Método del bombero": Es muy útil para desplazar a víctimas inconscientes siempre que el socorrista sea, por lo menos, tan corpulento como la víctima. * Tiene, además, la ventaja de que permite disponer de un brazo libre al socorrista para, por ejemplo, sujetarse a la barandilla de una escalera, apoyarse para guardar el equilibrio, etc.

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* Primero, el socorrista se sitúa frente a la víctima, cogiéndola por las axilas y levantándola hasta ponerle de rodillas. * Después, el brazo izquierdo del socorrista pasa alrededor del muslo izquierdo de la víctima cargando el peso de su tronco sobre la espalda del socorrista. * Finalmente, el socorrista se levanta, se mantiene de pie y desplaza a la víctima para que su peso quede bien equilibrado sobre los hombros del socorrista. Con su brazo izquierdo sujeta el antebrazo izquierdo de la víctima, quedándole un brazo libre. ► Métodos de traslado con dos rescatadores: ■♦"Asiento sobre manos": Se puede improvisar un asiento para trasladar a una accidentado, uniendo las manos de dos socorristas; existen varias posibilidades: * Asiento hecho con dos manos. ' Asiento hecho con tres manos. * Asiento hecho con cuatro manos. * La diferencia fundamental entre ellos estriba en que permiten disponer o no (asiento de cuatro manos), de un brazo libre a un socorrista (asiento de tres manos) o de un brazo libre a cada socorrista (asien to de dos manos), que se puede utilizar para soste ner una extremidad inferior que estuviera lesionada o como respaldo para la espalda de la víctima.

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* Dependiendo de las lesiones que presente la víctima, de su capacidad de colaboración y de la fuerza de los socorristas, optaremos por una posibilidad u otra. -►"Asiento sobre una silla": Si se dispone de una silla con respaldo se puede utilizar para trasladar a una persona sentada sobre ella; es un método muy útil para subir y bajar escaleras que no sean totalmente verticales, transportando a la persona siempre mirando "escaleras abajo".

4. UTILIZACIÓN DE EQUIPOS AUTÓNOMOS DE RESPIRACIÓN Un equipo de respiración autónoma o ERA es un aparato diseñado para equipos de rescate, bomberos y otros trabajadores que trabajen en atmósferas pobres en oxígeno. Normalmente, estos equipos se componen de 3 elementos: un depósito de alta presión, un regulador de presión, y un sistema de inhalación (boquilla, mascarilla o máscara facial)., conectados entre sí y montados en una armazón para su transporte a la espalda. Puede ser de 2 tipos principalmente: de circuito abierto y de circuito cerrado. Los de circuito cerrado se utilizan cuando es necesario un periodo de trabajo más prolongado, por ejemplo en rescate en minas o túneles, o cuando el espacio es confinado y no cabríamos con la bombona del equipo de circuito abierto. Los de circuito abierto están rellenos con aire comprimido, en lugar de oxígeno puro. Normalmente tienen 2 reguladores, uno de primera etapa que reduce la presión del aire que es enviado a la máscara, y el segundo para reducirlo aún más hasta una presión equivalente a la atmosférica.

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Los equipos usados por los grupos de emergencia se componen de una máscara completa que cubre todo el rostro, un regulador, el depósito de aire, el regulador del depósito, y un arnés que permite llevar el equipo a la espalda. El depósito podemos encontrarlo en 3 tamaños: 4, 6 y 6,8 litros. La duración del depósito se puede calcular con la fórmula tamaño del depósito x presión / 40 y restar 10 minutos por el margen de seguridad. La forma física del operador influye también en la duración, cuanto más aire necesite, menor duración. Las bombonas están fabricadas en aluminio, acero o materiales compuestos. Estos últimos son más ligeros, pero tienen una vida útil menor. En operaciones de larga duración, las bombonas se pueden rellenar en un compresor e ¡r reemplazándolas hasta que finalicen los trabajos. Los equipos usados en extinción de incendios cuentan con un sensor y una alarma que avisa cuando el operario ha dejado de respirar, y que sirve de alerta a sus compañeros para acudir en su ayuda.

5. TÉCNICAS DE EVACUACIÓN Toda planificación de la protección contra incendios comprende: * una actividad de prevención * una actividad de lucha contra incendios. El intentar aportar soluciones concretas puede entrañar graves dificultades por la complejidad de las circunstancias que se generan en torno al incendio, p.ej. velocidad en la propagación;

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gran producción de humos; riesgo de explosión, diferencias respecto a uso del inmueble afectado, Almacenes, hospitales, instituciones penitenciarías etc. Ahora bien, si limitamos el análisis a la protección de las personas, aparece como primer medio de protección la evacuación del entorno afectado por el incendio. La evacuación de las personas constituye por lo tanto, la actividad más eficaz en la lucha contra los daños que el incendio pueda provocar, pues implica el resguardo del bien más valioso, cual es, la vida humana. Conceptualmente, la evacuación es la acción de desalojar un local o un edificio en el que se ha declarado un incendio u otro tipo de emergencia. Vía de evacuación es aquella sin obstrucciones, continua, que conduce desde un punto del edificio hasta una zona exterior donde no lleguen las consecuencias del incendio. Entre los diversos factores condicionantes de la seguridad en el tránsito de personas a través de las vías de evacuación se torna sustantivo el mantener las condiciones de vida suficientes a lo largo de toda la vía de escape. Cualquiera de los restantes factores que pudieran influir en la seguridad de la vía, ( su trazado; su resistencia al fuego; su iluminación etc) puede al menos parcial o temporalmente encontrarse en déficit sin que sus consecuencias sean desastrosas. Por el contrario, las condiciones de supervivencia en la vía durante su utilización son de vital importancia. Asociados al incendio y acompañando el fenómeno de la combustión, aparecen en general cinco causas determinantes de una situación peligrosa para las personas, a saber:

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1. calor 2. llamas 3. humo 4. gases de la combustión 5. insuficiencia de oxigeno Todos estos factores además de afectar la seguridad de las personas, son determinantes en el desarrollo operativo de la extinción; sin embargo, desde el punto de vista de la seguridad de las personas, dos de ellos, los humos y los gases de combustión constituyen las causas capaces de producir los más graves daños. El análisis de los daños producidos a las personas por las diferentes causales citadas, arroja resultados estadísticos reiteradamente confirmados: ^ el 75% de las muertes consideradas por el incendio tuvieron como causa el humo y los gases de combustión * el 25% restante, lo fue a consecuencia de las llamas, la insuficiencia de oxígeno, incluso debido a circunstancias no asociadas al fenómeno de la combustión. De allí que el humo y los gases de combustión constituyan el más alto riesgo para la vida de las personas en caso de incendio y por tanto los factores más importantes a considerar en el tránsito de las vías de evacuación. El humo está constituido por productos sólidos (partículas de carbón) y líquidos (pequeñas gotas de alquitranes, etc.) que junto con el vapor de agua se encuentran en suspensión en el aire.

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Los gases de combustión están formados por el conjunto de gases que se mezclan en la atmósfera que envuelve al incendio y resultan de la reducción de los combustibles incendiados (mo-nóxído de carbono; anhídrido carbónico; sulfuro de hidrógeno; anhídrido sulfuroso; amoníaco; cianuro de hidrógeno; ácido clorhídrico; dióxido de nitrógeno; acroleína; fosgeno etc.) La producción de humos y gases de la combustión durante un incendio puede variar muy notablemente, tanto cuantitativa como cualitativamente, y en relación a su composición; estas variaciones son debidas sobre todo a la cantidad y naturaleza de los combustibles y a las disponibilidades de aire. Cuando las circunstancias se conjugan desfavorablemente, puede producirse tal cantidad de humo, y de tal opacidad, que cree una completa reducción de la visibilidad, lo que implica un nuevo elemento de peligrosidad. Aunque el humo y los gases de combustión alcancen concentraciones muy altas en el aire, es importante señalar que nunca lo será tanto como para alterar el movimiento de la atmósfera por este cambio de composición. Es decir, el humo y los gases se desplazarán durante el incendio como lo haría en el aire en las mismas condiciones de presión y temperatura. El tiempo de evacuación es el tiempo total empleado. Debe contabilizarse desde que aparece la primera manifestación visible de incendio (humo o llamas) hasta que la última persona ha recorrido el camino de evacuación. Se obtiene mediante la suma de los tiempos invertidos en cada una de las etapas en que puede dividirse el proceso de evacuación, a saber: detección, alarma; retardo y tiempo propio de la evacuación. El fuego y sus efectos destructivos, crecen en forma exponencial tras la aparición de la primera llama. El desarrollo del fuego

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y especialmente la aparición de humo pueden cortar e inundar las vías de escape imposibilitando su utilización. Esto exige que las etapas por las que más a menudo se rompe la cadena de evacuación, detección y alarma, deban analizarse a prioridad con gran rigurosidad. En los locales con riesgo de incendio debe existir una vigilancia humana o automática y una alarma que transmita la noticia a todas las personas que puedan resultar afectadas. El tiempo de retardo depende fundamentalmente de la identificación y fiabilidad de la alarma, de la preparación de los individuos y de la señalización de los accesos a los caminos de evacuación que permitan a cada persona una rápida elección de la vía por donde evacuar. El tiempo propio de evacuación dependerá: * De la racionalidad en el diseño de los caminos de evacuación * De la preparación de los individuos que evacúan Por su parte, el Plan de Evacuación posee dos componentes diferenciados: 1. uno técnico que prueba la cadena: detección- alarma; señalización de acceso a vías de escape; caminos suficientes, racionales y estancos a humos y llamas. 2. uno humano que optimice la utilización del componente técnico. Esto exigirá una adecuada organización y /o preparación de los individuos que deban evacuar de forma que no se produzcan interferencias.

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Ambas componentes deben conjugarse proporcionando un sistema altamente fiable debido a que será utilizado en situaciones de extrema conflictividad. Ante una determinada instalación, tanto si está en fase de diseño como si ya fue instalada y tiene que completarse, cabe hacerse una serie de preguntas: ¿Debe preverse una evacuación?; si la respuesta es sí, entonces: 1. ¿debe ser total o parcial? 2. ¿es imprescindible depender de una detección? ¿Humana o automática; general, parcial, en clave? 3. ¿es imprescindible disponer de una alarma, humana o automática? 4. ¿las circunstancias son idénticas a lo largo del día? 5. ¿qué camino s pueden utilizarse para la evacuación; qué condiciones deben cumplir en cada una de sus partes, INSISTENCIA AL FUEGO, ESTANQUEIDAD AL HUMO, ILUMINACIÓN; SEÑALIZACIÓN o todas ellas? 6. ¿basta con un camino de evacuación o son necesarios más?; ¿cuántos; dónde están ubicados; como se miden esas dimensiones?

BASES FUNDAMENTALES A PREVER EN UN PLAN DE EVACUACIÓN I. zonas no evacuables

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2. detección y alarmas fiables 3. preparación y organización humana de la evacuación con simulacros periódicos. 4. señalización de las salidas 5. existencia de salidas suficientes para cada zona en número; ancho; tipo; ubicación etc. 6. señalización de acceso a los caminos de evacuación 7. existencia de caminos regionales suficientes para la evacuación en número, ancho, tipo , ubicación etc. 8. accesos correctos a estos caminos 9. inmunidad de estos caminos a fuego y humo durante el tiempo necesario. 10. descarga correcta de los caminos a vía pública o zona segura. I L señalización a lo largo del camino de la circulación correcta y de los accesos que no deben ser utilizados.

ESTIMACIÓN DEL TIEMPO DE EVACUACIÓN Todo plan de evacuación basado en las premisas fundamentales mencionadas debe conseguir una evacuación rápida, ordenada y eficaz en un tiempo mínimo. De esta forma se pueden prever la necesaria estanqueidad y resistencia al fuego de los caminos de evacuación. Por tanto ante una situación real determinada es de gran importancia el conocimiento del tiempo de evacuación.

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El tiempo total de evacuación analizado anteriormente puede ser subdividido en: El tiempo empleado en las tres primeras etapas ( detección, alarma, retardo); que puede ser evaluado aproximadamente según las instalaciones, la señalización de las vías y la preparación de los individuos a evacuar. Un tiempo propio de evacuación analizable teóricamente en base a las dimensiones de los caminos de evacuación (anchura y longitud) y el número de personas que por ella transiten. Un tiempo propio de evacuación no evaluable provocado por un irracional diseño de las vías, que además puede potenciar situaciones de pánico y que en ocasiones puede anular la evacuación, inundación o corte de la vía por humo o llamas. Un plan de evacuación correcto debe anular el tiempo no evacuable y minimizar el resto.

TIEMPO PROPIO DE EVACUACIÓN TEÓRICO Se contabiliza desde que cada persona, enterada sobre el incendio, ha escogido el camino por donde va a evacuar, hasta que la última persona abandona la vía de descarga. Se obtiene sumando el tiempo invertido en circular por cada vía del camino de evacuación. Cada vía puede absorber un número de personas en la unidad de tiempo. Cuando el último individuo haya accedido a la vía aún le llevará cierto tiempo en recorrerla.

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El tiempo total para la vía se obtendrá como suma de estos dos tiempos. El cálculo puede efectuarse basándose en parámetros teóricos y luego ajustando dichos parámetros, cronometrando los tiempos en simulacros. A título orientativo se incluyen dichos parámetros:

Velocidad de circulación 60 metros por minuto en vías horizontales. 30 metros por minuto en vías verticales. El tiempo teórico de evacuación calculado será más o menos aproximado al real si se cumplen los condicionantes hasta aquí mencionados y el racional diseño de las vías de escape.

RACIONALIDAD EN LOS CAMINOS DE EVACUACIÓN A lo largo del tratamiento del tema se ha hecho hincapié en la cadena que forma todo el proceso de evacuación. En el punto anterior se ha indicado que toda cadena puede fracasar por un diseño irracional de los caminos de evacuación. En este punto se analizarán como aspectos fundamentales de la racionalidad: * El número y anchura de los caminos de evacuación y; * los nudos de confluencia de las vías. Estos aspectos generales deberán adecuarse para cada caso particular acorde a las leyes en vigencia en cada lugar.

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RUTAS DE ESCAPE Las rutas de escape no deben pasar cerca de escaleras abiertas o pozos de aire y luz que puedan llenarse de humo en caso de incendio. La solución a un problema concreto, para un local en riesgo de incendio debe basarse en las siguientes premisas fundamentales: l.un número de salidas suficientes, ubicada en forma tal que las distancias a recorrer desde cualquier punto del local a una de ellas sea razonable (función de fenómeno esperado) punto de la pantalla a una escalera o salida a la vía pública, no tiene que exceder los 50 metros medidos a lo largo de la ruta de escape. Esto resulta a veces difícil de conseguir en los edificios antiguos que son largos y angostos y en los cuales las escaleras se hallan dispuestas de tal manera que el humo se difundirá rápidamente por todos los locales. 2. las rutas de escape serán lo más directas posibles. 3. serán de un ancho suficiente para el máximo de la gente que las pueda utilizar y dicho ancho se mantendrá durante el recorrido. 4. no se obstruirán con elemento alguno. 5. dentro de la escalera, cualquiera sea su naturaleza, no se ubicarán materiales combustibles, aún cuando estos no obstruyan el paso. 6. el recorrido de las rutas de escape no debe ser nunca ascendente, excepto en los casos de las escaleras de los sótanos o subsuelos o bien aquellos edificios donde su propia geometría permita variaciones al proyecto.

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7. las puestas de las rutas de escape se abrirán fácil y rápidamente en la dirección de escape. Las puertas giratorias no son satisfactorias para estos usos. 8. el ancho útil de las vías de evacuación a lo largo de un camino será constante o en todo caso creciente. 9. no existirán aberturas en las vías de evacuación que puedan comunicar esta vía con una de las posibles zonas de incendio.

PROTECCIÓN DE ESCALERAS En cualquier edificio que posea más de una planta, es sumamente importante proteger las escaleras que constituyen el único medio de escape para los ocupantes. La protección mínima que se debe dar a una escalera consiste en construirla dentro de una caja de material de por lo menos una hora de resistencia al fuego, lo que será suficiente para asegurar la evacuación. Sin embargo la mejor solución aportada por la moderna técnica de la protección, hace necesaria la construcción de una caja de escalera aislada que permita lograr fácilmente los siguientes objetivos: o dificultar la propagación vertical de los incendios y el humo cosa que resulta imposible de lograr con las escaleras convencionales. o Facilitar la evacuación de las personas que se hallan en los pisos superiores al afectado por el incendio, sin necesidad de recurrir a escaleras exteriores de emergencia. o Proporcionar a los Bomberos un lugar seguro en el mismo piso del incendio, para desde allí realizar las labores de rescate y extinción.

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Básicamente, cada caja de escalera aislada es una estructura resistente al fuego que encierra a la escalera, al ascensor y a un pasillo ventilado en cada piso. Para llegar hasta la escalera o el ascensor , hay que atravesar desde cualquier planta, el pasillo aludido, que está separado tanto de la escalera como del resto del piso por sendas puertas resistentes al fuego y de cierre automático.

ILUMINACIÓN DE EMERGENCIA Es necesario contar con circuitos independientes de iluminación eléctrica en las rutas de escape para asegurar que cualquier inconveniente que se produzca en la instalación general del edificio no afectará los planes de evacuación.

EVACUACIÓN EN GRANDES ESTRUCTURAS. En estos casos, en especial cuando se habla de edificios que posean una población significativa en cada una de sus plantas, es necesario contar con un plan organizado y ejercitado que permita lograr el objetivo, cual es, abandonar el edificio en caso de que se declare un siniestro. A este efecto se considera conveniente la creación de un comité de segundad, que se encargará de la confección del plan de evacuación; de su puesta en marcha y de los simulacros periódicos. Este plan deberá garantizar:

1. alarma 2. evacuación 3. ataque por medios propios

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Para la realización de un plan de emergencia, es necesario que se instalen los medios de alarma. En forma ideal, deberán ser más de uno para lograr formas alternativas y poner en conocimiento de la situación con rapidez necesaria a toda la población. Se deberá contar con alguno de los siguientes sistemas: 1. alarma general y sectorial con manejo desde un puesto de comando 2. audio de emergencia con selección sectorial de entrada a los niveles desde el centro de control. 3. sistema de telefonía de emergencia con puestos en todos los niveles. Los citados servicios deberán poseer un sistema de alimentación independiente, o convertidor a fuentes de emergencia que garanticen su funcionamiento y su instalación se ajustará a normas para su propia protección del fuego o los efectos de la alta temperatura. Una vez constatada la situación crítica se procederá de la siguiente forma: 1. se llamará a Bomberos Profesionales 2. se realizará un toque de alarma general para el piso del incendio y todos los superiores 3. se detendrá los ascensores en planta baja 4. se impedirá el ingreso de personas al edificio 5. se presurizará la escalera de emergencia

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6. se corroborara que el guardia encargado del incendio del piso del siniestro haya evacuado hacia áreas seguras el personal del nivel. 7. se dispondrá la evacuación de los pisos superiores al del siniestro, por la ruta de escape preestablecida, previa información de que esta no se encuentre invadida por el humo. 8. se manejará la cadena de evacuación atento a los tiempos resultantes de los ejercicios simulados que se hayan realizado. 9. una vez canalizada la evacuación de los pisos superiores al del incendio y de persistir la situación crítica se procederá a la de los pisos inferiores al del incendio, atentos a no saturar las salidas de emergencia.

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PATRULLAJE EN COCHES Y MOTOCICLETAS. TÉCNICAS DE CONDUCCIÓN. CONTROL DE VEHÍCULOS EN ACCESOS, VIALES Y APARCAMIENTOS

l. PATRULLAJE EN COCHES Y MOTOCICLETAS Se realizarán en zonas que, por su elevada extensión, sean difíciles de controlar a pie, o bien por tratarse de terrenos escarpados o con escasa señalización o iluminación. Además de las consideraciones realizadas para las rondas a pie, las rondas en vehículo presentan las siguientes características: o Capacidad para dar una respuesta inmediata ante una situación de riesgo y en una gran extensión de terreno. o Gran poder disuasorio, por las señales y distintivos de los vehículos, visibles desde mayor distancia que el personal humano a pie. o El equipo personal y de transmisiones instalados en un vehículo es superior a los que se portan a pie, que son más reducidos y con menores posibilidades. o Capacidad para utilizar el vehículo, ante una contingencia, de un modo defensivo, ofensivo o de auxilio, empleándolo como pantalla protectora ante una agresión, como medio de detención, para evacuaciones...

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o Posibilidad de realizar el servicio con garantías ante climatología adversa. Cuando se realizan este tipo de servicio de rondas con vehículos han de conocerse perfectamente todos los caminos, vías de entrada y salida del perímetro protegido y otras vías susceptibles de ser utilizadas para acceder al recinto de un modo no autorizado.

Recorridos Han de estar perfectamente estudiados y planificados, incluyéndose los puntos críticos y vulnerabilidades. Como medida de autoprotección, hay que evitar realizar las rondas excesivamente cerca de vallados y/o paredes. Deben de llevarse a cabo de un modo aleatorio, cambiándolos periódicamente, para evitar ser vulnerables. Cuando las necesidades del servicio así lo requieran, se establecerán recorridos fijos que, evidentemente, entrañan mayor peligro. Los dos modelos que suelen efectuarse, son: o Recorridos periódicos fijos.- Atienden a horas e itinerarios previamente establecidos, con sistemas de control consistentes en: relojes de fichado, sistema de lectura de tarjetas magnéticas, sistemas informáticos y otros soportes. El Vigilante de Seguridad ha de acudir al establecimiento o dependencia determinada dentro de un horario previsto, quedando constancia de su visita por medio de los elementos arriba señalados. o Recorridos aleatorios.- Se realizan alterando las horas de inicio y final o el orden del itinerario, por lo que resulta muy difícil conocer la situación del Vigilante, lo que le aporta a éste la v entaja del factor sorpresa. Se utiliza en las ocasiones en

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las que se pretenda sorprender a los intrusos que pretendan acceder al recinto protegido. Durante su realización es probable que el Vigilante de Seguridad deba actuar de diversas formas, haciéndose más o menos visible, dependiendo de su se pretende un afecto disuasorio o de sorpresa. Frecuencias Son muy variables, dependiendo de las necesidades a cubrir. Estarán establecidas en el Plan de Seguridad, pudiendo ser alteradas cuando se estime oportuno. Es importante tener en cuenta que el primer recorrido será la base para los recorridos posteriores, por lo que se debe prestar atención especial a este primer recorrido, comunicando a los relevos de Vigilantes cualquier dato anómalo detectado.

2. TÉCNICAS DE CONDUCCIÓN Independientemente del conocimiento de las técnicas de conducción básicas exigibles a cualquiera en posesión del carné de conducir, el trabajo de seguridad requiere el conocimiento de técnicas específicas conocidas como conducción de seguridad o evasiva/defensiva, y que consisten en maniobras que nos permitirán evitar una confrontación mientras nos desplazamos en el vehículo, huir del lugar, o como último recurso, atacar a nuestro agresor. Las técnicas defensivas más comunes frente a obstáculos fijos son:

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Maniobra en Y Para realizarla correctamente es preciso realizar los siguientes pasos: 1. Frenar el coche. 2. Girar el volante y poner marcha atrás hasta el límite de la calzada. 3. Enderezar el volante y poner la primera marcha para escapar.

Vuelta Corta o contrabandista Antes de iniciarla es necesario detenerse y realizar las siguientes acciones: 1. Poner marcha atrás hasta alcanzar una velocidad no superior a 40 Km/h. 2. Girar a la izquierda 180 grados. 3. Poner la primera velocidad para alejarse del peligro.

California o "trompo". 1. Para llevarla a cabo es necesario realizar un giro brusco del volante, de derecha a izquierda, accionando al mismo tiempo el freno de mano, así se realizará un giro de 180°. 2. Una vez realizada es necesario quitar el freno de mano y salir de la zona de peligro.

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La maniobra que se observa en la parte central superior de la ilustración es la llamada "california". Inmediatamente debajo de ella tenemos la maniobra en Y, y sobre el rótulo "técnicas de conducción evasiva", vemos el diagrama de la maniobra "vuelta corta" o contrabandista.

Ataque Se conoce como conducción ofensiva aquella conducción que tiene como finalidad dirigir el vehículo blindado hacia un obstáculo interpuesto en el camino con el fin de detenerlo. 3Las técnicas de protección ofensiva a utilizar variarán en función de las dos situaciones más probables que nos podemos encontrar: • Ante obstáculos fijos: el ejemplo más claro que puede ocurrir es el de encontrarnos un vehículo u otro obstáculo en la carretera que cierre el paso. Si por cualquier circunstancia nos viéramos impedidos a evitar dicha situación y tuviéramos la necesidad imperiosa de enfrentarnos, nuestra actuación sería como sigue a continuación. Io Disminuir la velocidad o incluso si es necesario parar tan sólo un momento para evaluar la situación y observar en la mínima fracción de tiempo el mejor lugar de embestida. 2o Llevar una velocidad corta de gran potencia. 3o Ir acelerando poco a poco hasta alcanzar una velocidad adecuada para el impacto, que nos permita salir indemnes. 4o Embestir por el lugar más débil del vehículo u obstáculo, en caso del primero la zona más alejada del motor, y si

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esto no es posible embestir por la zona de mayor probabilidad de salida. 5o En el momento del impacto continuaremos acelerando de forma que realicemos una acción de empuje contra el obstáculo. 6o Una vez superado el obstáculo, emprenderemos la huida.

3. CONTROL DE VEHÍCULOS EN ACCESOS, VIALES Y APARCAMIENTOS El control de vehículos se centra en varias problemáticas específicas. Por una parte, impedir el acceso de vehículos cuyos ocupantes sean delincuentes conocidos, que se han desplazado al centro comercial para cometer hurtos o robos. Estos pueden ser detectados simplemente gracias al conocimiento que el personal de seguridad, o el propio del centro comercial, tiene de estos sujetos. Una vez se detecta su presencia, se debe alertar al resto del equipo de seguridad para que los controle y actúe en caso de necesidad. Una acción que es de gran importancia es anotar rápidamente el modelo, color y matrícula del vehículo, cualquier dato distintivo que sea de utilidad para identificarlo, y el número y descripción de sus ocupantes. Una opción a tener en cuenta es la presencia de toxicómanos que utilicen el párking para consumir, sobre todo en horario de cierre. Ante la presencia de un vehículo sospechoso de estar realizando esta actividad, se procederá a anotar sus datos como en el caso anterior y a identificar a sus ocupantes, solicitándoles en su caso que abandonen el lugar.

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También constituyen un problema para la seguridad los robos cometidos en vehículos de los clientes, ya sea forzándolos, o aprovechando despistes para robarles parte de la compra. La mejor medida para evitar esto son las rondas periódicas del personal de seguridad por las zonas de aparcamiento, apoyándose en el sistema de CCTV.

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COLABORACIÓN CON LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD El personal de segundad privada es colaborador y auxiliar de la seguridad pública, según se regula principalmente en el Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre (Reglamento de Seguridad Privada), en la Orden INT 318/201 I de I de febrero y en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Comenzando por la Orden INT 318/2011, encontramos que: Artículo 32. Deber de colaboración. El deber de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y las comunicaciones que contempla el artículo 66 del Reglamento de Seguridad Privada, Artículo 66. Colaboración con ¡as Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. /.£/ personal de seguridad privada tendrá obligación especial de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, de prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones en relación con las personas, los bienes, establecimientos o vehículos de cuya protección, vigilancia o custodia estuvieren encargados (artículo 1.4 de la Ley de Seguridad Privada).

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2. En cumplimiento de dicha obligación y de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, deberán comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tan pronto como sea posible, cualesquiera circunstancias o informaciones relevantes para la prevención, el mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana, así como todo hecho delictivo de que tuviesen conocimiento en el ejercicio de sus funciones. 3. El personal de seguridad privada que sobresalga en el cumplimiento de sus funciones y especialmente en la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, podrá ser distinguido con menciones honoríficas cuyas características y procedimiento de concesión serán regulados por el Ministerio del Interior. Así como la puesta a disposición de presuntos delincuentes, instrumentos, efectos y pruebas de delitos, a que se refiere el apartado segundo del artículo 76 del citado Reglamento, Artículo 76. Prevenciones y actuaciones en casos de delito. I.En el ejercicio de su función de protección de bienes inmuebles así como de las personas que se encuentren en ellos, los vigilantes de seguridad deberán realizar ¡as comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión. 2. No obstante, cuando observaren la comisión de delitos en relación con la seguridad de las personas o bienes objeto de protección, o cuando concurran indicios racionales de tal comisión, deberán poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los presuntos delincuentes, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los supuestos delitos. Se cumplimentarán respecto a los miembros competentes del Cuerpo que corresponda, de acuerdo con el régimen de competencias previsto en el apartado segundo del artículo II de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de

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Seguridad, o, en su caso, respecto a la Policía autonómica correspondiente. Artículo I I. /. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen como misión proteger eí libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes funciones: a. Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones gene rales, ejecutando las órdenes que reciban de las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias. b. Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa. c. Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran. d.

Velar por la protección y seguridad de altas personalidades.

e. Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana. f.

Prevenir la comisión de actos delictivos.

g. Investigar los delitos para descubrir y detener a ¡os presuntos culpables, asegurar ¡os instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndoíos a disposición de¡ juez o tribunal competen te y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes. h. Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la Seguridad Pública, y estudiar, planificar y ejecutar ¡os métodos y técnicas de prevención de la delincuencia.

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í. Colaborar con los servicios de protección civil en los casos de grave riesgo, catástrofe, o calamidad pública, en los términos que se establezcan en la legislación de protección civil. 2. Las funciones señaladas en el párrafo anterior serán ejercidas con arreglo a la siguiente distribución territorial de competen cias: a. Corresponde al Cuerpo Nacional de Policía ejercitar dichas funciones en las capitales de provincia y en los términos mu nicipales y núcleos urbanos que el Gobierno determine. b. La Guardia Civil las ejercerá en el resto del territorio nacional y sumar territorial. 3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los miembros del Cuerpo Nacional de Policía podrán ejercer las funciones de investigación y las de coordinación de los datos a que se refieren los apartados G) y H) del número I de este artículo, en todo el territorio nacional. La Guardia Civil, para el desempeño de sus competencias propias, podrá asimismo realizar ¡as investigaciones procedentes en todo el territorio nacional, cuando ello fuere preciso. En todo caso de actuación fuera de su ámbito territorial, ¡os miembros de cada cuerpo deberán dar cuenta a¡ otro de ¡as mismas. 4. Sin perjuicio de ¡a distribución de competencias de¡ apartado 2 de este artículo, ambos cuerpos deberán actuar fuera de su ám bito competencial por mandato judicial o del Ministerio Fiscal o, en casos excepcionales, cuando ¡o requiera ¡a debida eficacia en su actuación; en ambos supuestos deberán comunicarlo de inme diato al Gobernador Civil y a los mandos con competencia territo rial o material, el Gobernador Civil podrá ordenar la continuación

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de las actuaciones o, por el contrario, el pase de las mismas al cuerpo competente, salvo cuando estuvieren actuando por Mandato Judicial o del Ministerio Fiscal. 5. En caso de conflicto de competencias, ya sea positivo o negativo, se hará cargo del servicio el cuerpo que haya realizado las primeras actuaciones, hasta que se resuelva lo procedente por el Gobernador Civil o las instancias superiores del Ministerio del Interior, sin perjuicio de lo dispuesto para la Policía Judicial. 6. Al objeto de conseguir la óptima utilización de los medios disponibles y la racional distribución de efectivos, el Ministerio del Interior podrá ordenar que cualesquiera de los cuerpos asuma, en zonas o núcleos determinados, todas o algunas de las funciones exclusivas asignadas al otro cuerpo. Artículo 33. Requerimiento de colaboración. En el cumplimiento de sus respectivas funciones, el personal de seguridad privada facilitará, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que se lo requieran, directamente y sin dilación, la información o colaboración que les resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones. Artículo 34. Consideración profesional. El personal de seguridad privada, en el ejercicio de su actividad profesional, recibirá un trato preferente y deferente por parte de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tanto dentro como fuera de las dependencias policiales, pudiendo comparecer en éstas, con el uniforme reglamentario, siempre que tal comparecencia esté motivada con el ejercicio de sus funciones.

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Articulo 35. Consideración legal. En el cumplimiento de su deber de colaboración, el personal de seguridad privada tendrá la consideración jurídica que otorgan las leyes a los que acuden en auxilio o colaboran con la autoridad o sus agentes. Artículo 36. Menciones honoríficas. 1. El personal de segundad privada que sobresalga en el cumplimiento de sus obligaciones, podrá ser distinguido con menciones honoríficas que, en el caso de vigilantes de seguridad y guardas particulares del campo y sus especialidades, se anotarán en su cartilla profesional. 2. Estas menciones podrán concederse de oficio o a iniciativa de particulares, de las empresas a las que pertenezca el personal, o de otras entidades relacionadas con la seguridad privada, otorgándose, a nivel territorial, por los Jefes Superiores o Comisarios Provinciales de Policía o, en su caso, por los Jefes de Zona o de Comandancia de la Guardia Civil del territorio donde se haya producido la actuación determinante de la mención, y a nivel central, por los Órganos o Unidades competentes, así como por las autoridades autonómicas competentes, quienes las anotarán en la cartilla profesional, previa comunicación oficial al interesado. 3. Además de al personal de seguridad privada, podrán también concederse menciones a personas, físicas o jurídicas, relacionadas o vinculadas con el sector o actividades de la seguridad privada. 4. Las menciones honoríficas se otorgarán teniendo en cuenta la especial peligrosidad, penosidad, iniciativa profesional o transcendencia social, concurrentes en los supuestos que a continuación se relacionan y que determinarán las consiguientes categorías:

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Categoría A: o Resultar lesionado el personal de seguridad privada, o haber corrido grave riesgo su integridad física, con motivo u ocasión de la prestación de un servicio, en cumplimiento de sus deberes u obligaciones. o Haber evitado la comisión de delitos en relación con el objeto de su protección, con detención de los implicados, cuando suponga especial riesgo para su persona o grave dificultad en la realización. o Haber facilitado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad información relevante que, por su contenido, haya contribuido al esclarecimiento de delitos o hechos cometidos por organizaciones de delincuentes. o Haber facilitado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad información que, por su contenido o circunstancias, resulte importante para la seguridad del Estado o para el mantenimiento de la seguridad ciudadana. Categoría B: o Haber evitado la comisión de delitos en relación con el objeto de su protección. o Actuaciones humanitarias con motivo de accidentes, siniestros o catástrofes, que superen el estricto cumplimiento de sus deberes. o Cualquier otra actuación que, a juicio de las unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sea acreedora de esta mención honorífica.

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5. Estas menciones honoríficas u otros reconocimientos que puedan concederse al personal o empresas de seguridad privada, se entregarán con ocasión de la celebración del Día de la Seguridad Privada o de actos de reconocimiento social al servicio que presta la seguridad privada. 6. Las anteriores menciones permitirán el uso de un pasador o distintivo específico sobre el uniforme, con el diseño que se determine, mediante Resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil, que no podrá confundirse con los de los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ni de las Fuerzas Armadas

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