Mandato Especial

MANDATO ESPECIAL MARGARITA MARCELA PINO HIDALGO A PEDRO ALEJANDRO VALLEJO CRUZ En………………… Chile, a………………………, ante m

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MANDATO ESPECIAL

MARGARITA MARCELA PINO HIDALGO A PEDRO ALEJANDRO VALLEJO CRUZ

En…………………

Chile,

a………………………,

ante

mi………………………………………comparecen en calidad de mandante doña MARGARITA MARCELA PINO HIDALGO, Chilena, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos veintinueve mil ochocientos dieciséis guión siete, casada, empleada, con domicilio en calle I número mil ciento ochenta y ocho, casa número treinta y uno, Condominio Alto Los Cedros, comuna de Talcahuano, mayor de edad, quien acredita su identidad con su cédula respectiva y expone: PRIMERO: Mandato. Por este acto viene en conferir mandato especial su cónyuge con quien se encuentra casada bajo el régimen de sociedad conyugal, don PEDRO ALEJANDRO VALLEJO CRUZ, Chileno, cédula nacional de identidad número once millones setecientos veintinueve mil ciento setenta y dos guión tres, con domicilio en calle I número mil ciento ochenta y ocho, casa número treinta y uno, Condominio Alto Los Cedros, comuna de Talcahuano, mayor de edad,

a quien autoriza para efectuar la venta y transferencia del inmueble

perteneciente a la sociedad conyugal y singularizado en la clausula siguiente.

SEGUNDO: Antecedentes del inmueble. Don PEDRO ALEJANDRO VALLEJO CRUZ es dueño del inmueble ubicado en la comuna de Talcahuano, calle I, número mil ciento ochenta y ocho, casa número treinta y uno, Condominio Alto Los Cedros, cuyos deslindes son: NORTE, en noventa coma cuarenta y nueve metros con calle I; SUR, en setenta y cinco coma cincuenta y tres metros con Macrolote F cuatro; ORIENTE, en ochenta y cinco coma ochenta y tres metros con Macrolote F cinco; y PONIENTE, en noventa y siete coma cero cuatro metros con Macrolote F uno. La adquirió por compra a Inmobiliaria Gestora Valmar Limitada, según escritura de fecha diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, otorgada ante Notario Público, don Ramón García Carrasco de la comuna de Concepción. El título de dominio se encuentra vigente a nombre de su titular, don PEDRO ALEJANDRO VALLEJO CRUZ, según consta en inscripción a fojas trescientos cuarenta y siete bajo el número trescientos treinta y uno del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano del año dos mil dieciocho. TERCERO: Facultades. Se le confiere al mandatario las facultades para llevar a cabo la venta del inmueble previamente singularizado, quedando expresamente facultado para: 1- convenir o pactar el precio de venta de la propiedad singularizada, y su forma de pago. 2- Celebrar el contrato de compraventa del bien inmueble. 3- Percibir el precio de venta, ya sea al contado, o mediante un título de crédito nominativo a nombre de la parte mandante o de la parte mandataria. 4Otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones. 5- Renunciar a las acciones resolutorias. 6- Requerir judicial o extrajudicialmente, el cumplimiento de todas las obligaciones del comprador, especialmente el pago del precio. 7- Delegar en todo

o en parte el encargo que se le ha conferido por medio de este mandato y revocar tales delegaciones, pudiendo conferir mandatos especiales y generales, judiciales y extrajudiciales, y revocarlos; reasumir y aceptar en todo o en parte y en cualquier momento sus poderes, cuantas veces lo estime necesario. 8- Formular declaraciones respecto a la calidad del bien inmueble, en especial la relativa a la calidad de bienes familiares. CUARTO. Duración. El presente mandato entrará en vigencia desde la suscripción de esta escritura pública y se mantendrá en vigencia por los siguientes 90 días corridos. QUINTO. Domicilio y jurisdicción. Para todos los efectos legales de este contrato, las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales competentes conforme a derecho.