M9 U3 S7 Vidm

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTIL

Views 234 Downloads 2 File size 524KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO (DE-DEOCTO-1901-M9-006) Unidad 3. Títulos y operaciones de crédito Sesión 7. Operaciones de crédito Docente: Marco Antonio Martínez Ramírez ESTUDIANTE: Viviana Durán Martínez ES172004755 Junio 2019

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

ÍNDICE INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................1 Actividad Integradora. Identificación de las operaciones de crédito ...............................................2 Actividad 1. Diferencias entre títulos y operaciones crédito ............................................................5

Diferencias entre títulos y operaciones de Crédito ........................................ 6 Actividad 2. Tipos de operaciones de crédito ...................................................................................7

Conclusión ........................................................................................................ 1 Bibliografía.........................................................................................................................................2

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

INTRODUCCIÓN En el presente trabajo hablaremos sobre las diferencias entre títulos de crédito y operaciones de crédito, conoceremos y veremos cuales son sus diferencias también se hablara sobre los tipos de operaciones de crédito, se reconocerá los tipos de operaciones que se ejecutan en el país en este trabajo se analizaran en cuanto a sus características y de esta forma haremos diferencias entre el título y la operación.

1

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

Actividad Integradora. Identificación de las operaciones de crédito

1.- Lea detenidamente el caso siguiente: El señor Horacio es un próspero ganadero en Sonora. Él está preocupado por su salud porque si bien su edad no es precisamente muy avanzada, sí tiene diagnosticada una enfermedad terminal que lo tiene bastante preocupado, pues si falleciera, no quiere dejar desprotegidos a su hijo de actualmente 8 años de edad y su esposa, de profesión Administradora de Empresas, quien postergó su ejercicio para ocuparse del cuidado de la casa y la crianza del hijo de ambos. En este momento Horacio no tiene liquidez, pues compró su casa mediante un préstamo bancario que le otorgó el Banco del Abuso, garantizando su pago mediante hipoteca del a misma. A su vez, él le vende carne de res a una importante cadena restaurantera de cortes argentinos, en los que cada vez que visita la Ciudad, come en alguno de ellos, y su consumo no lo paga, sino que lo registran en una cuenta y luego compensan sus deudas ambos comerciantes (si es el caso, revise qué es la compensación en tanto forma de extinción de las obligaciones). Lo importante es que antes de entregar su producto a las distintas sucursales en la Ciudad de México, concentra la carne en un solo lugar para de ahí hacer la distribución. La cadena de restaurantes le paga 30 días después de la entrega de la mercancía mediante depósito bancario a su cuenta y de esa cuenta, en la que tiene ahorrada una cantidad de dinero, con la que se auto financia el Señor Horacio y de ahí mismo hace

2

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

los depósitos a sus distintos acreedores como son la Escuela de su hijo Ignacio, el pago de la hipoteca y demás gastos alimentarios. El próximo 4 de junio será sometido a una cirugía en la que el pronóstico de éxito es reducido, por lo que además de acudir a realizar su testamento, lo cual se rige por el Derecho Civil, a él le interesa que usted le diga cómo asegurar el cobro de sus créditos y el pago de la colegiatura, alimentos y salud de su esposa e hijo, pero no quiere que ellos administren los recursos, para que la mamá de su hijo, continúe dedicándose a la formación de éste, sin preocuparse de la administración de su propia empresa. De este caso, debe resolver lo siguiente: Identifique en este caso y explique por qué y cómo se dan o podrían dar los siguientes títulos y/u operaciones de crédito (si es necesario, partiendo de las bases proporcionadas, complete usted mismo la información que estime indispensable): • Apertura de crédito: En este caso el que tiene que hacer la apertura de crédito por tiempo indeterminado es el representante legal o dueño de la cadena restaurantera de cortes argentinos, para que una vez que el Sr. Horacio no pueda seguir encargándose de su negocio, la empresa de cortes hará el depósito un día antes de la fecha señalada a la cuenta que se le designe para que la esposa pueda cobrar ese dinero el día que se estipule. (art. 291 LGTOC) • Fideicomiso: Se debe hacer un Fideicomiso, para dejar en claro la educación de su hijo Ignacio y a si en este estipular la cantidad necesaria para los gastos de su educación , y se hará otro fideicomiso (art. 381, 383 LGTOC) • Cuenta corriente: El sr Horacio tiene una cuenta corriente ya que en esta recibe los pagos de la cadena restaurantera por la venta de las carnes de ahí mismo hace los depósitos a sus distintos acreedores como son la Escuela de su hijo Ignacio, el pago de la hipoteca y demás gastos alimentarios.

3

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

• Almacén de depósito: Si cuenta con un almacén de deposito ya que en el caso esta muy claro donde dice que concentra la carne en un solo lugar para de ahí hacer la distribución. Entonces el sr Horacio utiliza el almacén de depósito ya que el objetivo de estos es guardar y controlar su distribución o comercialización en este caso sería la carne. (art. 229 LGTOC) • Operación bancaria activa, pasiva y neutra: Las operaciones bancarias activas constituyen el actuar crediticio de los bancos en su función de acreditantes generando cuentas por cobrar. Las pasivas son las que los bancos desarrollan la función de obligados crediticios, es decir, deberán cumplir una obligación frente a un usuario de sus servicios, depósitos, depósitos en caja de ahorro y las neutras. No generan ni obligación ni derecho de crédito alguno para los bancos. Si bien pueden no otorgar ni recibir créditos, pueden percibir una ganancia por la función que realizan, entendida ésta incluso como de intermediarios. Analizando dichas operaciones entrarían las operaciones bancarias pasivas pues ya que estas son las que se encargaran del pago del fideicomiso • Pagaré y aval: El pagare aplica en el caso de la entrega de la carne ya que el sr. Horacio firmaría pagares, recordemos que un pagare es un documento que entrega una persona a otra y con esto acepta la obligación de pagar cierta cantidad de dinero en la fecha y lugar que se estipule en su caso este le paga 30 días después de la entrega de la mercancía mediante depósito bancario a su cuenta. El Pagare entra en acción a la hora que se entrega la carne o en su defecto que este por entregar para el consumo a la cadena de restaurantes y de esa cuenta, en la que tiene ahorrada una cantidad de dinero. (art. 170 LGTOC)

4

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO (DE-DEOCTO-1901-M9-006) Actividad 1. Diferencias entre títulos y operaciones crédito

1. Lee en tu texto de apoyo. En caso de requerir mayor infomración o tener dudas tras leer su texto de apoyo, consulte las fuentes que le indico en esta misma planeación. 2. Lea los preceptos legales (Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito o LGTOC) que se citan en su texto de apoyo. 3. Identifica cinco diferencias como mínimo, entre los títulos y las operaciones de crédito, tomando como base, el cuadro que se indica en la plataforma.

5

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

Diferencias entre títulos y operaciones de Crédito

Títulos de Crédito

Operaciones de Crédito

Son títulos de crédito, los documentos Las operaciones de crédito solo aplican necesarios para ejercitar el derecho en la apertura de crédito literal que en ellos se consigna (art. 5) Los títulos de crédito no están Sus actos de comercio se realizan sin destinados a circular (art.6) importar si son o no comerciantes Los que se dan en pago, se presumen Su tipo de operaciones pueden ser recibidos bajo la condición “salvo buen bancarias o de crédito cobro” (art.7) El tenedor de un título tiene el Sus operaciones pueden ser activas, derecho de presentarlo para ejercer el pasivas o neutras derecho en el que se consigna (art.17) Son documentos necesarios para Los deudores se obligan ejercitar el derecho que en él se solidariamente (art. 4) contenga

6

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO (DE-DEOCTO-1901-M9-006) Actividad 2. Tipos de operaciones de crédito

1. Lea tu texto de apoyo y en caso de requerir mayor información o tener dudas tras leer su texto de apoyo, consulte las fuentes que le indico en esta misma planeación. 2. Lea todos los artículos de la legislación que se citan en su texto de apoyo. 3. Completa el cuadro de texto que se solicita en la plataforma (el encabezado de las columnas corresponde a las distintas operaciones de crédito que estudió en su texto de apoyo).

7

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO Operaciones de Crédito

Artículos que la regulan Sujetos que intervienen

El reporto

Apertura de credito

La cueta corriente

El descuento de credito en libros

La prenda mercantil

Contrato de carta de credito

Artículo 259 de la LGTOC

Artículo 291 de la LGTOC

Artículo 302 de la LGTOC

Artículo 288 de la LGTOC

Artículo 334 de la LGTOC

Artículo 311 de la LGTOC

Reportador y reportado

Acreditante y acreditado

Objeto formal

Se perfecciona por la entrega de lso titulos y por su endoso cuando sean nominativos, el reportador estara obligado a ejercitarlos por cuenta del reportado

Con la apertra del credito el el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposision del acreditado

Objeto material

Esta se obliga a transferis al reportado la propiedad de otros tantos titulos de la misma especie, en el plazo convenido y en contra rembolso del mismo precio

Inscripcion y lugar de la misma ( en caso de que aplique)

Art. 263 deberá proporcionar al reportador los fondos necesarios, dos días antes, por lo menos, de la fecha en que la exhibición haya de ser

Cuando se trata de prestacion el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposision del acreditado De obligacion, el acreditante contrae por cuenta del acreditado una obligacion El acreditado puede disponer de la suma de dinero motivo del credito mediante abono encuenta (sistema SPEI) o bien los sistemas de pagos

Deudor o cuentacorrientista y acreedor Su aporte es util en la agricultura, ganaderia y a la industria y sobre todo son funcionales cuando dos comerciantes realian actividades suceptibles de ajustarce

El descontador y el descontatario

El acreedor y el deudor

El tomador y el dador

El descuento de los libros debe hacerse constar en poliza ya que es el docuemento autorizado por corredor publico y es donde se entrega el contrato mercantil

Dicha operación es realizada por comerciantes esto es para garantizar sus obligaciones mercantiles

En esta los creditos derivados de las remesas reciprocas de las partes se anotan como partidas de abono o de cargo en una cuenta y solo el saldo que resultecontituye un credito exigible y disponiblec

En su articulo 289 considera al descontratario como mandatario del descontador esto en cuanto se refiere al cobro y en su articulo 290 menciona que solo las instituciones de credito podran celebrar este contrato.

Su objeto de prenda puede recaer en sobre los bienes de titulos, documentos de cretido y muebles en general

Esta es una carta dirigida a un sujeto donde se le pide que entrege un derterminado valor a su portador. Contiene la solicitud del remitente al destinatario de entregar una cantidad de dinero en efectivo o un servicio Su redaccion es dirijida a un destinatario, se entrega a quien sera su portador y el beneficiario que se derive de ella

En el casocuando dos comerciantes realizan actividades que provocan deudas supseptibles de ajustarce a un dia fijo, establecido en donde se liquiden especificando bien

Solo las instituciones de credito podran celebrar las operaciones correspondientes a este contrato, ya que este tipo de operación se encuentra ya en desuso

Por el deposito de los bienes y a disposision del acreedor en locales cuayas llaves queden en poder de este aun cuando tales locales sean de la propiedad o se

1

No aplica

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

Elemento de existencia

Requisito de validez

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

pagada. En caso de que el reportado no cumpla con esta obligación, el reportador puede proceder desde luego a liquidar el reporto. Este se perfecciona por la entrega de los titulos y por endoso cuando sean nominativos, en caso de que los titulos atribuyan u derecho que deba ser ejercitado, el repotador estara obligado a ejercitarlo por cuenta del reportado

en linea o banco que le hayan proporcionado

quien es el deudor y quien el acreedor y especificando las cantidades

El acreditado puede proceder a otorgar la apertura de credito sin garantia o bien con garantias reales o personales

Este tipo de contrato concluye al vencimiento del plazo convenido, o bien, en la época de clausura debiendo obrar un aviso con al menos diez días antes de la fecha (artículo 310 de la LGTOC).

el reportador estará obligado a ejercitarlo por cuenta del reportado. Sin embargo, el reportado estará obligado a proveer de los fondos suficientes al reportador, por lo menos dos días antes del vencimiento del plazo señalado, para el ejercicio del derecho (artículo 263 de la LGTOC).

El crédito puede agotarse en una sola disposición, o bien, mediante diversas disposiciones que generalmente se fijan desde el contrato y que entrañan partes de la misma obligación. De igual forma, según se haya pactado, se pueden realizar sucesivas aportaciones entendidas como

En virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos derivados de las remesas recíprocas de las partes se anotan como partidas de abono o de cargo en una cuenta, y sólo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta constituye un crédito exigible y disponible

2

encuentren dentro del establecimiento del deudor

se puede decir que el descuento de créditos en libros, es un contrato por el cual el descontador (que debe ser siempre una institución de crédito) entrega al descontatario una parte del importe de uno o varios créditos, que serán exigibles en cierto plazo, y que figuran en la contabilidad de éste, quedando obligado el descontatario a reintegrar al descontador las cantidades recibidas, a medida que los deudores vayan pagando los créditos I.- Que los créditos sean exigibles a término o con previo aviso fijos. II.- Que el deudor haya manifestado por escrito su conformidad con la existencia del crédito. III.- Que el contrato de descuento se haga constar en póliza a la cual se adicionarán las notas o relaciones que expresen los créditos descontados, con mención del nombre y domicilio de los deudores, del importe de los créditos, del tipo de interés pactado, y de

el cual indica que para el caso de que una de las partes interventoras tenga naturaleza comercial y para la otra de naturaleza civil, la controversia que del mismo se derive será regida conforme a las leyes mercantiles. La prenda en cuanto a su objeto puede recaer sobre tres tipos de bienes, títulos, documentos de crédito y muebles en general.

El principal objeto de la carta de crédito es otorgar a un sujeto certidumbre para que en una plaza distinta pueda llevar a cabo la disposición de una cantidad monetaria, siendo que funciona de manera similar a la denominada letra de cambio

I.- Por la entrega al acreedor, de los bienes o títulos de crédito, si éstos son al portador. II.- Por el endoso de los títulos de crédito en favor del acreedor, si se trata de títulos nominativos, y por este mismo endoso y la correspondiente anotación en el registro, si los títulos son de los mencionados en el artículo 24. III.- Por la entrega, al acreedor, del

Las cartas de crédito deberán expedirse en favor de persona determinada y no serán negociables; expresarán una cantidad fija o varias cantidades indeterminadas; pero comprendidas en un máximo cuyo límite se señalará precisamente.

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

pagos para terminar con el efecto jurídico “pago de la obligación contraída”

los términos y condiciones de pago. IV.Que el descontatario entregue al descontador letras giradas a la orden de éste y a cargo de los deudores, en los términos convenidos para cada crédito. El descontador no quedará obligado a la presentación de esas letras para su aceptación o pago, y sólo podrá usarlas en caso de que el descontatario lo faculte expresamente al efecto o no entregue al descontador, a su vencimiento, el importe de los créditos respectivos.

3

título o del documento en que el crédito conste, cuando el título o crédito materia de la prenda no sean negociables, con inscripción del gravamen en el registro de emisión del título o con notificación hecha al deudor, según se trate de títulos o créditos respecto de los cuales se exija o no tal registro. IV.- Por el depósito de los bienes o títulos, si éstos son al portador, en poder de un tercero que las partes hayan designado y a disposición del acreedor. V.- Por el depósito de los bienes, a disposición del acreedor, en locales cuyas llaves queden en poder de éste, aun cuando tales locales sean de la propiedad o se encuentren dentro del establecimiento del deudor. VI.- Por la entrega o endoso del título representativo de los bienes objeto del contrato, o por la emisión o el endoso del bono de prenda relativo. VII.- Por la inscripción del contrato de crédito refaccionario o de habilitación o avío, en

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

Efectos juridicos a los que da lugar

Formas de extinción de la obligación

tratarse de un contrato temporal no podrá extenderse a más de cuarenta y cinco días. No obstante, la operación puede ser prorrogada, sin que esto importe la celebración de un nuevo contrato y bastará al respecto la simple mención que se haga en el título con la leyenda: “prorrogada”. En caso de la expiración del plazo del reporto, éste debe liquidarse al primer día hábil siguiente. Si el reportado no lo liquida y la operación no está prorrogada, se tendrá por abandonado y el reportador podrá exigir al reportado el pago de las diferencias que resulten a su cargo. En caso de la expiración del plazo del reporto, éste debe liquidarse al

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

En virtud de la apertura de crédito, el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, o a contraer por cuenta de éste una obligación, para que el mismo haga uso del crédito concedido en la forma y en los términos y condiciones convenidos

“El crédito se extinguirá, cesando, en consecuencia, el

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

En el caso que un cuentacorrientista incluya en la cuenta un crédito garantizado mediante prenda o hipoteca, tiene derecho a hacer efectiva la garantía por el importe del crédito garantizado, siempre y cuando resulte acreedor del saldo. Si por el crédito hubiere fiadores u coobligados, éstos quedan obligados en los términos de sus contratos por el monto de ese crédito a favor del cuentacorrentista que hizo la remesa y en cuanto éste resulte acreedor del saldo, Así también la ley previene que la clausura de la cuenta para la liquidación del saldo debe operarse cada seis meses, salvo pacto o uso en contrario siendo que el crédito por el saldo es líquido y exigible a la vista Sobre su extinción este tipo de contrato concluye al vencimiento del plazo

4

La ley considera al descontatario, como mandatario del descontador, exclusivamente en cuanto se refiere al cobro de los créditos, materia del descuento (artículo 289 de la LGTOC).

el artículo 290 de la ley en cita como ya se mencionó, dispone que solo las

los términos del artículo 326. VIII.Por el cumplimiento de los requisitos que señala la Ley General de Instituciones de Crédito, si se trata de créditos en libros El acreedor podrá pedir al juez que autorice la venta de los bienes, o títulos dados en prenda cuando se venza la obligación garantizada (artículo 341 de la LGTOC). El deudor podrá oponerse a la venta, haciendo el pago de los fondos requeridos, para efectuar la exhibición o mejorando la garantía por el aumento de los bienes dados en prenda o por la reducción de su adeudo (artículo 342 de la LGTOC).

el acreedor prendario que ha inscrito la prenda en el Registro Público de

El tomador no tendrá derecho alguno contra el dador, si no cuando haya dejado en su poder el importe de la carta de crédito, o sea, su acreedor por ese importe, en cuyo caso el dador estará obligado a restituir el importe de la carta si ésta no fuere pagada (artículo 313 de la LGTOC). El que expida una carta de crédito quedará obligado hacia la persona a cuyo cargo la dio, por la cantidad que ésta pague, en virtud de la carta, dentro de los límites fijados en la misma (artículo 315 de la LGTOC).

El término de las cartas de crédito será de 6 meses, contado desde la fecha de

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO primer día hábil siguiente. Si el reportado no lo liquida y la operación no está prorrogada, se tendrá por abandonado y el reportador podrá exigir al reportado el pago de las diferencias que resulten a su cargo.

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO derecho del acreditado a hacer uso de él en lo futuro: I.- Por haber dispuesto el acreditado de la totalidad de su importe, a menos que el crédito se haya abierto en cuenta corriente. II.- Por la expiración del término convenido, o por la notificación de haberse dado por concluido el contrato, conforme al artículo 294, cuando no se hubiere fijado plazo. III.- Por la denuncia que del contrato se haga en los términos del citado artículo…”

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

convenido, o bien, en la época de clausura debiendo obrar un aviso con al menos diez días antes de la fecha (artículo 310 de la LGTOC).

(unadm, 2019)

5

instituciones de crédito podrán celebrar las operaciones correspondientes a este contrato, siendo que este tipo de operación se encuentra en desuso.

Comercio tendrá derecho a accionar primero respecto de los bienes pignorados hasta por el monto de la deuda y no podrá rematar dichos bienes acreedor alguno sin la notificación previa a éste para actuar en consecuencia.

su expedición, quedando en su momento canceladas (artículo 316 de la LGTOC).

MODULO 9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

Conclusión En este trabajo se presentaron los títulos de crédito y las operaciones de crédito. El párrafo segundo del artículo 1 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que a su letra dice: “Las operaciones de crédito que esta ley reglamenta son actos de comercio”. Debe considerarse, además, el artículo 75 del propio Código de Comercio, toda vez que se tratan también de actos de comercio, implicando las operaciones y los actos bilaterales, tal como lo son los contratos mercantiles. Hacemos mención que se identifican muy bien una de la otra ya que como bien se aprendió los títulos de operación son la letra de cambio, el cheque, el pagare. Y como operaciones de crédito tenemos. El reporto, la apertura de crédito, la cuenta corriente, descuentos de créditos en libros, entre otros.

1

M9 OBLIGACIONES CIVILES Y MERCANTILES, TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

U3. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

S7. OPERACIONES DE CRÉDITO

Bibliografía Ley General de Titulos y Operaciones de Credito. (22 de 06 de 2018). diputados.gob.mx. Obtenido de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/145_220618.pdf unadm. (01 de 06 de 2019). unadmexico.blackboard.com. Obtenido de https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/M9_DEO CTO_2018_01/U3/S7/Descargables/DE_M9_U3_S7_TA.pdf

2