Módulo 10 Relaciones individuales de trabajo Unidad 3 Derecho internacional del trabajo Sesión 6 Antecedentes de la OI
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Módulo 10 Relaciones individuales de trabajo
Unidad 3 Derecho internacional del trabajo
Sesión 6 Antecedentes de la OIT y los tratados internacionales
Docente Lic. Liliana López Astorga
Alumna Karla Beatriz Dominguez Uc. ES172004480
Introducción
las autoridades laborales en México son las Juntas de Conciliación y Arbitraje locales y federales, así como la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. A éstas debe sumarse la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue creada para propiciar las oportunidades de trabajo digno, para los hombres y mujeres de los Estados miembros, vigilando además las normas internacionales de trabajo desde 1919 como parte del Tratado de Versalles con el cual se da término a la Primera Guerra Mundial. Las principales motivaciones para su creación fueron consideraciones políticas, económicas, a la vez que sentimientos de justicia social y salvaguarda de la paz, ante la conciencia creciente de la interdependencia económica del mundo y las consecuentes necesidades de cooperación.
Actividad 1. El derecho del trabajo como derecho humano. 1. Distingue las diferencias entre garantías individuales y derechos humanos. Garantías individuales
Derechos humanos
Las Garantías Individuales son todas Los derechos humanos son la forma más aquellas cuestiones de derecho, que un evolucionada que el hombre conoce para individuo
ya
desde
su
nacimiento dejar en claro la igualdad y la hermandad
disfrutará y podrá exigir que se cumplan entre todos los individuos. Universalidad y que tienen como objetivo final la Estos
principios
generales
se
proponen
consecución de la paz, la armonía y el garantizar y proteger la dignidad de las orden en la sociedad en la cual se personas de todo el planeta, es decir, tiene un encuentran vigentes. También tienen alcance universal estando dirigida a toda la alcances a la hora de asegurar la humanidad, sin excepciones de ningún tipo, convivencia pacífica entre los hombres raza, cultura, religión, pertenencia política, que comparten y viven en el mismo social, entre otras. territorio, en la obtención de justicia y de Los denominados “Derechos Humano” son, bienestar social y de alcanzar el bien nada menos, que los derechos fundamentales común.
Todos
los
individuos
sin del Hombre, reconocidos en la Declaración
distinción por su raza, nacionalidad, Universal de Derechos Humanos, proclamada sexo,
edad,
creencias
religiosas
o en la Asamblea anual de las Naciones
políticas son dueños de estas garantías Unidas, en el año 1948. Por su carácter desde el momento en que nacen. Nada universal,
se entiende entonces que la
ni nadie podrá violarlas y en tanto, es el denominación
“Hombre”
incluye
a
“toda
estado quien deberá salvaguardar que persona”, sean estas de género femenino o se
respeten.
Entre
las
garantías masculino, de cualquiera de las razas del
individuales podemos citar la de trabajar, mundo, y tenga cualquier edad: adolescente, circular
libremente
por
el
territorio niño o niña, adulto, anciano.
nacional, de expresar las opiniones, de Los
antecedentes
más
certeros
de
los
profesar un culto dado y de velar por la actuales Derechos Humanos toman lugar en privacidad de la correspondencia. A
la
constitución
nacional
los eventos conocidos como la Revolución se
la Francesa (fines del siglo XVIII). A partir de
considera como la ley suprema de un ella, varias declaraciones comenzaron a estado y es ella la que establecerá la establecer los derechos más básicos e organización,
el
funcionamiento,
la inalienables de todos los seres humanos,
estructura
política
y
también
los entre los que encontramos el derecho a la
derechos y garantías individuales de vida, a la igualdad de condiciones, a la quienes habiten ese estado. También es nacionalidad, a la propiedad y al respeto de el documento máximo que permite los valores de cada cultura. Sin embargo, no distinguir a una nación de otra.
sería hasta mediados del siglo XX con el fin
Al ser la ley madre cualquier norma de la Segunda Guerra Mundial que la menor que se le contraponga podrá ser Declaración declarada
inconstitucional
ninguna
ley
tiene
la
ya
Universal
de
los
Derechos
que Humanos tomaría lugar. Desde 1948 en
importancia adelante, de manera progresiva, los diferentes
sustancial que ostenta la constitución países Miembros de ONU han comenzado a nacional.
planificar y ejecutar políticas de Estado
Entre los derechos constitucionales que relacionados a los Derechos Humanos (o otorgan
garantías
reconocen
a
individuales los
se DDHH, su equivalente en sigla)
derechos Sin embargo, las dictaduras en América
fundamentales o de primera generación, Latina
y
diversas
guerras
ocurridas
en
entre los que se incluye a aquellos que diferentes puntos del planeta, no dejaron atañen al ser humano, mientras que los incorporar plenamente la visión y el enfoque denominados
como
de
segunda que proponían las Naciones Unidas al hacer
generación son los económicos, sociales esta proclama. y culturales. En la tercera generación se Los derechos humanos establecidos en tal ubican los derechos vinculados a la vida obra suponen la igualdad de todos los en un ambiente óptimo y armónico.
individuos que forman la comunidad mundial
Las garantías de igualdad incluyen: que de seres humanos. Esto supone que los todo individuo es igual ante la ley y que subsiguientes derechos pertenecerán a todos por caso no deben haber distinciones en y cada uno de sus miembros. Las libertades y este sentido, además, deberá gozar de facultades que caracterizan al ser humano los derechos que otorga la constitución, desde ese momento son, entre otras, la de la prohibición de la esclavitud bajo todo poseer
una
nacionalidad,
una
familia,
punto de vista, todos los ciudadanos condiciones de vida aptas, derecho a elegir la tendrán
los
mismos
derechos
sin religión o los rasgos culturales, la libertad de
distinciones, prohibición de los títulos expresión y de pensamiento político, el nobiliarios y de fueros. Dentro de las derecho a un trabajo, educación, vivienda y garantías de libertad nos encontramos sistema sanitario dignos, etc. Derecho a la con estas tres divisiones: las libertades vida, a la libertad, al trabajo y a elegir la forma
inherentes a la persona humana, las de vivir, entre otros. Todos estos derechos libertades
que
corresponden
a
la son universales, ya que se aplican a todos los
persona física y las libertades de las seres humanos, indivisibles, porque todos personas en cuanto al plano social. Cabe
destacarse
lugares
del
que
mundo
en las
deben estar asegurados de manera conjunta,
algunos inalienables, porque no pueden ser separados garantías del individuo, e indisolubles, porque no
individuales pueden quedar suspendidas pueden ser anulados de ningún modo o en cuando existen escenarios de ataque, ninguna situación. invasión
externa
o
cualquier
otro Antes que nada, el derecho a la vida, y a que
proceso que altere la paz. La decisión ésta sea vivida de manera digna, lo cual de la suspensión corre a cargo del incluye ser libre. Este concepto pone fin (al Poder Ejecutivo en ejercicio. (Definición menos en el documento) a la esclavitud: ya ABC, s.f.)
nadie podrá ser siervo o esclavo de otro, motivo por el cual también el “tráfico” o comercio de personas es absolutamente ilegal.
Los
maltratos,
torturas,
tratos
degradantes, y en caso extremo el genocidio, también figuran entre las actitudes que aborrece la Declaración.
Además, todos
tenemos derecho a ser protegidos por la Ley, y es que se reconoce que, ante ésta somos todos iguales. No importa ni el color de piel, la raza, o qué creencia religiosa prediquemos. Cualquier humano, por su condición misma de serlo, tiene pleno derecho a expresar sus opiniones de manera libre. Éstas opiniones pueden ser expresadas por cualquier medio de comunicación, y no prevé limitación de fronteras, por lo que si yo me encuentro en un país, que no es el mío, pero deseo expresar una
opinión,
puedo
hacerlo
libremente.
Respecto del país, también tenemos todos, derecho a poseer una nacionalidad. Los derechos humanos se han ampliado y
avanzado muchísimo en el siglo vigente: matrimonio igualitario, identidad de género. Por último, todos tenemos derecho a elegir una vida o forma cultural determinada dentro de la sociedad de la que somos parte. Pensemos como ejemplo en quienes se identifican
como
integrantes
de
“tribus
urbanas” o en quienes desean continuar con actividades
y
costumbres
religiosas
de
antepasados aborígenes, o quienes deciden optar por una inclinación sexual diferente a la comúnmente aceptada por la sociedad y la religión
que
es
la
unión
heterosexual.
Justamente en este último aspecto de la libertad de elección sexual es que en el mundo ha habido tremendos avances Si bien siempre podrían ser más y no podemos hablar de una total aceptación en todo el mundo y en todas las culturas, en la mayoría de las sociedades modernas de hoy está totalmente
aceptada
y
legitimada
la
homosexualidad. Inclusive, en muchos países los derechos que se les han otorgado a esta minoría sexual equiparan a los que tienen de siempre las parejas heterosexuales, tal es el caso de casarse y de tener hijos, ya sea naturales o de adoptarlos a través de un trámite
legal.
(Definición
ABC,
www.definicionabc.com, s.f.)
2. Señala cómo ha impactado este cambio en las acciones de la OIT. El objetivo de la OIT es responder a las necesidades de los hombres y mujeres trabajadores al reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores para establecer normas
del trabajo, desarrollar políticas y concebir programas. La estructura de la OIT, en la cual trabajadores y empleadores tienen el mismo derecho a voto que los gobiernos en sus deliberaciones, es una muestra del diálogo social en acción. De esta manera se garantiza que las opiniones de los interlocutores sociales queden fielmente reflejadas en las normas laborales, políticas y programas de la OIT. De esta manera, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se encuentra consagrada a la promoción de la justicia social, los derechos humanos, a la par de los derechos laborales que vinculados son esenciales para la paz universal. La misión de la OIT se agrupa en cuatro objetivos estratégicos:
Promover y cumplir las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
Crear mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos.
Mejorar la cobertura y la eficacia de una seguridad social para todos.
Fortalecer el tripartismo y el diálogo social.
Para la consecución de estos objetivos, la organización formula políticas y programas internacionales, promoviendo los derechos humanos fundamentales, a la vez que elabora normas internacionales laborales, implementa un programa de cooperación técnica internacional para ayudar a los países miembros a aplicar sus políticas, realizando además actividades de investigación, formación y educación. La OIT proporciona cooperación técnica a los países miembros en todas las etapas del desarrollo
económico
y
afianzando
las
capacidades
técnicas,
organizativas
e
institucionales para poner en práctica políticas sociales coherentes, eficaces y garantizar el desarrollo sostenible. En la actualidad, cuatro de cada cinco personas en el mundo no disfrutan de un nivel de protección social que les permita ejercer plenamente en su favor los derechos humanos, y menos de la mitad de toda la población mundial cuenta con algún sistema de seguridad social. Garantizar un nivel de protección social básica y una vida decente para estas personas, muchas de las cuales luchan sólo para sobrevivir, es una prioridad inaplazable, es una necesidad y una obligación al amparo de los nuevos y renovados instrumentos jurídicos de derechos humanos. (UnADM, 2018)
Actividad 2. México y los tratados internacionales en materia laboral. 1. Investiga en por lo menos 5 tratados los siguientes puntos:
Estados firmantes.
Resumen sobre los principales puntos en materia de trabajo.
Acciones concretas en la política mexicana. Se sugiere la organización de la información a partir de la elaboración de un cuadro.
Tratados Estados firmantes:
Convenio Internacional Trabajo
del Albania, Armenia, Australia, Austria, Botswana, Bulgaria, Burkina
No.
173 Faso, Chad, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Letonia,
Sobre la Protección Lituania, Madagascar, México, Suiza, Ucrania, Zambia. de
los
Créditos Puntos en materia de trabajo:
Laborales en caso de Se subraya la importancia de la protección de los créditos Insolvencia
del laborales en caso de insolvencia del empleador. Se ha atribuido
Empleador.
una mayor importancia a la rehabilitación de empresas
(Arámbula, 2007)
insolventes y que, en razón de los efectos sociales y económicos de la insolvencia, deberían realizarse esfuerzos, siempre que sea posible, para rehabilitar las empresas y salvaguardar el empleo. Observando que, desde la adopción de dichas normas, la
legislación
y
la práctica
de
muchos Miembros
han
experimentado una importante evolución en el sentido de una mejor protección de los créditos laborales en caso de insolvencia del empleador y sería oportuno adoptar nuevas normas relativas a los créditos laborales. Acciones concretas en la política mexicana: DECRETO de promulgación del Convenio 173 sobre la protección de los créditos laborales en caso de insolvencia del empleador, de la Organización Internacional del Trabajo. El citado documento fue aprobado por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, el día doce del mes de julio del año
de mil novecientos noventa y tres, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día cinco del mes de agosto del propio año, con la siguiente Declaración: "Al ratificar el Convenio 173 sobre la Protección de los Créditos Laborales en caso de Insolvencia del Empleador, el Gobierno de México declara que, de conformidad con su Artículo 3, párrafo 1, únicamente se considera obligado por las disposiciones a que se refiere la Parte II del Convenio, relativa a la protección de los créditos laborales por medio de un privilegio." El instrumento de ratificación, firmado por mí, el día trece del mes de agosto del año de mil novecientos noventa y tres, fue depositado ante el Director General de la Organización Internacional del Trabajo el día veinticuatro del mes de septiembre del propio año. Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la Fracción Primera del Artículo Ochenta y Nueve de la Constitución Política de México, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres.- Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Fernando Solana.- Rúbrica. (DOF, 1993) Estados firmantes:
Convenio Internacional Trabajo
No.
del Alemania, Austria, Barbados, Chipre, España, Guyana, Irak, 172 Irlanda, Líbano, Luxemburgo, México, República Dominicana,
Sobre
las Suiza, Uruguay
Condiciones
de Puntos en materia de trabajo:
Trabajo
los Recordando
en
Hoteles, Restaurantes Establecimientos
que
los
convenios
y
recomendaciones
internacionales del trabajo que establecen normas de aplicación y general sobre las condiciones de trabajo son aplicables a los trabajadores de los hoteles, restaurantes y establecimientos
Similares. (Arámbula, similares. Tomando nota de que, dadas las condiciones 2007)
particulares en que se desarrolla el trabajo en los hoteles, restaurantes y establecimientos similares, es conveniente mejorar la aplicación de estas categorías de establecimientos y
complementarlos
con
normas
específicas,
para
que
los
trabajadores interesados puedan gozar de una situación acorde con el papel que desempeñan en estas categorías de establecimientos en rápida expansión y para atraer a nuevos trabajadores a los mismos, mejorando así las condiciones de trabajo, la formación y las perspectivas de carrera, tomando nota de que la negociación colectiva constituye un medio eficaz para determinar las condiciones de trabajo en este sector. Acciones concretas en la política mexicana: Decreto por el que se aprueba el Convenio 172 sobre las condiciones
de
trabajo
en
los
hoteles,
restaurantes
y
establecimientos similares. Diario Oficial, 1993-01-13, t. CDLXXII, núm. 8, pág. 2 Estados firmantes:
Convenio Internacional Trabajo
del Brasil, Burkina Faso, China, Colombia, República de Corea,
No.
170 Italia, Líbano, México, Noruega, Polonia, República Dominicana,
Sobre la Seguridad República Árabe, Siria, Suecia, República Unida de Tanzania en la Utilización de Zimbabwe. los Químicos Trabajo. 2007)
Productos Puntos en materia de trabajo: en
el Tomando
en
cuenta
los
convenios
y
recomendaciones
(Arámbula, internacionales del trabajo pertinentes consideran los siguientes puntos; sobre el cáncer profesional, el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), sobre seguridad y salud de los trabajadores, los servicios de salud en el trabajo, recomendación sobre el asbesto, y la lista de enfermedades profesionales. Así como en las prestaciones en caso de accidentes
del
trabajo
y
enfermedades
profesionales.
Observando que la protección de los trabajadores contra los efectos nocivos de los productos químicos contribuye también a la protección del público en general y del medio ambiente. Acciones concretas en la política mexicana: Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, de 17 de septiembre, que establece el Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por
sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo. La citada norma establece el Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, con el objetivo de establecer los requisitos para prevenir daños a los trabajadores y al personal que actúa en caso de emergencia. Define su campo de aplicación, las obligaciones del patrón y de los trabajadores y los datos que deberá contener la hoja de datos de seguridad. Establece normas relativas a la señalización, capacitación y adiestramiento, las unidades de verificación y la vigilancia, y el procedimiento para la evaluación de la conformidad. (OIT, 1996-2017) Estados firmantes:
Convenio Internacional Trabajo Sobre
del No hay estados participantes 169 Puntos en materia de trabajo:
No.
Pueblos Los conceptos básicos del convenio son respeto y participación,
Indígenas y Tribales respeto a la cultura, la religión, la organización social y en
Países económica y la identidad propia: esto constituye la premisa de la
Independientes.
existencia perdurable de los pueblos indígenas y tribales.
(Arámbula, 2007)
Los términos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y de los numerosos instrumentos internacionales sobre la prevención de la discriminación. Acciones concretas en la política mexicana: Decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. Se agrega un primer párrafo al artículo 4o., que dice así: "La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos agrarios
en que aquellos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley." (OIT, 1996-2017) Estados firmantes:
Convenio Internacional Trabajo
No.
del Alemania, Argelia, Belarús, Brasil, China, Colombia,Dinamarca, 167 Eslovaquia, Finlandia, Guatemala, Hungría, Irak, Italia, Lesotho ,
Sobre la Seguridad y México, Noruega, República Checa, República Dominicana, Salud
en
la Suecia, Uruguay.
Construcción.
Puntos en materia de trabajo:
(Arámbula, 2007)
Proposiciones relativas a la seguridad y la salud en la construcción, para prevenir los accidentes y seguridad en la edificación, sobre la protección contra las radiaciones, la protección de la maquinaria, sobre el peso máximo, sobre el cáncer profesional, medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), seguridad y salud de los trabajadores, servicios de salud en el trabajo, enfermedades profesionales, prestaciones en caso de accidentes del trabajo. Acciones concretas en la política mexicana: Norma Oficial Mexicana NOM-031-STPS-2011, Condiciones de seguridad y salud en el trabajo en el sector de la Construcción. Tiene por objeto establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo en las obras de construcción, a efecto de prevenir los riesgos laborales a que están expuestos los trabajadores que se desempeñan en ellas. (OIT, 1996-2017)
Actividad integradora. Importancia de la OIT en el derecho laboral. 1. Señala el origen y características de la OIT. 2. Explica la distinción entre las garantías individuales y los derechos humanos como uno de los puntos que han regido las acciones de la OIT. 3. Presenta un ejemplo sobre la concertación de un tratado internacional hasta su concreción en la política mexicana.
https://create.piktochart.com/output/40269590-untitled-infographic
Bibliografía (s.f.)., D. (s.f.). www.definicionabc.com. Obtenido de Garantias individuales: https://www.definicionabc.com/derecho/garantias-individuales.php Arámbula, R. A. (s.f.). www.diputados.gob.mx. Obtenido de www.diputados.gob.mx: http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spe/SPE-ISS-21-07.pdf DefiniciónABC.(s.f.). (s.f.). www.definicionabc.com. Obtenido de Derechos humanos: https://www.definicionabc.com/social/derechos-humanos.php DOF. (s.f.). dof.gob.mx. Obtenido de http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4805281&fecha=24/11/1993 dominguez, k. (s.f.). Oit. Obtenido de piktochart: https://create.piktochart.com/output/40269590untitled-infographic OIT. (s.f.). www.ilo.org. Obtenido de http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUME NT_ID:312314 UnADM. (s.f.). Texto de apoyo. Obtenido de M10, U3,S6.