Universidad Abierta y a Distancia de México. Módulo 10. Relaciones Individuales de Trabajo. Unidad 3. Derecho internacio
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Universidad Abierta y a Distancia de México. Módulo 10. Relaciones Individuales de Trabajo. Unidad 3. Derecho internacional del trabajo. Sesión 6. Antecendentes de la OIT y los tratados internacionales. Actividad 1. El derecho del trabajo como derecho humano.
Actividad 2. México y los tratados internacionales en materia laboral.
Actividad integradora. Importancia de la OIT en el Derecho Laboral. Docente: Lic. Ángel Alberto Flores Carranza. Alumno: Javier Martínez Félix. Matrícula: ES1821009463 GRUPO: DE-DERIT-2002-M10-005.
[Escuela] [Título del curso]
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Introducción…………………………………………………..……………..……………………………………………………………….
Actividad 1. El derecho del trabajo como derecho humano…..……….……………………………………...…..…………………….
Actividad 2. México y los tratados internacionales en materia laboral……….………………..………………………………………
Actividad integradora. Importancia de la OIT en el Derecho Laboral……...……………..…………………….….…………………
Conclusión.…...………………………………………………………….……………………………………………………………..
Fuentes.……..………………..…………………………………………………………………………………………………………
Introducción
Tal como lo estudiaste en la sesión 2, las autoridades laborales en México son las Juntas de Conciliación y Arbitraje locales y federales, así como la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. A éstas debe sumarse la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyos antecedentes y principios como autoridad máxima laboral conocerás en esta última sesión.
Actividad 1. El derecho al trabajo como derecho humano.
Esta actividad no se califica, sin embargo, es necesario realizarla para poder desarrollar de manera clara y oportuna la actividad integradora, cabe señalar, que durante este proceso de aprendizaje denominado autogestivo debe primar el sentido de responsabilidad, ya que somos los principales reguladores. Bajo ese contexto, resulta importante destacar que desde los inicios de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante OIT), ha existido el reconocimiento de la justicia social para el logro de la paz, encaminando sus objetivos hacia dicho fin. Sin embargo, no fue hasta el año 2011 que al sustituirse en su Constitución el término garantías individuales por derech os humanos, se incorporan estos derechos. Con el propósito de identificar el impacto que constituyó dicha modificación , realizaremos la siguiente actividad: 1. Leer el texto de apoyo. 2. Distinguir las diferencias entre garantías individuales y derechos humanos. Diferencias de: Garantías Individuales.
Derechos Humanos.
Son mecanismos para la protección de los derechos de Son aquellos que comprenden los derechos y obligaciones que tienen todas las personas, sin ningún los individuos, establecidos en la constitución de cada país.
tipo de distinción racial, de género, nacionalidad, de edad u otras.
Son universales.
Son irrenunciables.
Son universales Son inalienables.
Son imprescriptibles.
Son inalienables.1
Son limitativas del poder del Estado.
Están protegidas por el amparo constitucional.
Son interdependientes e indivisibles. Son no discriminatorios.
3. Señalar cómo ha impactado este cambio en las acciones de la OIT. Se sugiere la organización de la información a partir de la elaboración de un cuadro. Impacto en las acciones de la OIT.
Organización de la información.
Apoyar la consecución de estos objetivos, la OIT cuenta con un bagaje único de experiencias y conocimientos sobre el mundo del trabajo, que ha adquirido a lo largo Está consagrada a la promoción de la justicia social, de los derechos humanos y laborales reconocidos de casi 100 años de dar respuestas a las necesidades de trabajo decente, de medios de vida y de dignidad de
internacionalmente, persiguiendo su misión fundadora:
personas alrededor del mundo. La OIT está al servicio
la justicia social es esencial para la paz universal y
de sus mandantes tripartitos – y de la sociedad en
permanente.
general – de diversas maneras, entre ellas:
Única agencia 'tripartita' de la ONU, la OIT reúne a
Formulando políticas y programas internacionales para
gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados
fundamentales,
miembros a fin de establecer las normas del trabajo,
mejorar las condiciones de trabajo y de vida, y aumentar
formular políticas y elaborar programas promoviendo el
las oportunidades de empleo.
trabajo decente de todos, mujeres y hombres.
promover
los
derechos
humanos
trabajo
Actualmente, el Programa de trabajo decente de la OIT
respaldadas por un sistema singular de control de su
contribuye a mejorar la situación económica y las
aplicación.
condiciones de trabajo que permiten que todos los
Elaborando
normas
internacionales
del
trabajadores, empleadores y gobiernos participen en el Formulando e implementando, en asociación activa con sus mandantes, un amplio programa de cooperación técnica internacional, para ayudar a los países a llevar a la práctica dichas políticas.
establecimiento de un paz duradera, de la prosperidad y el progreso.
Actividad 2. México y los tratados internacionales en materia laboral. Al igual que la Actividad 1 de la presente sesión, esta actividad no se califica, sin embargo, es necesario realizarla para poder desarrollar de manera clara y oportuna la actividad integradora, cabe señalar, que durante este proceso de aprendizaje denominado autogestivo debe primar el sentido de responsabilidad, ya que somos los principales reguladores. Para realizar esta actividad denominada México y los tratados internacionales en materia laboral y la consecución de sus objetivos a través del tripartismo de sus gestiones, la organización ha logrado promover el diálogo social entre las organizaciones sindicales y de empleadores, encaminándose a la aplicación de políticas nacionales en materia laboral, concretando también tratados internacionales con los países parte, México entre ellos. Con el propósito de analizar la vinculación entre los tratados internacionales y las acciones concretas de la política mexicana, realizaremos la siguiente actividad: 1. Investigar en por lo menos 5 tratados los siguientes puntos: Estados firmantes. Resumen sobre los principales puntos en materia de trabajo. Acciones concretas en la política mexicana. Se sugiere la organización de la información a partir de la elaboración de un cuadro. Tratado.
Estados firmantes.
Principales puntos en
Acciones concretas de la
materia de trabajo.
política mexicana.
Decreto promulgatorio del protocolo por el que se Acuerdo
de
Cooperación Laboral de América del Norte.
Los
Estados
Mexicanos, Unidos Canadá.
de
Los
Unidos sustituye el tratado de libre Estados comercio de América del
América
y norte por el tratado entre los estados unidos mexicanos, los
estados
unidos
América y Canadá.
de
Este tratado entra en vigor de conformidad con el párrafo 2 del protocolo por el que se sustituye el tratado de libre comercio de América del norte por el tratado entre los estados unidos mexicanos, los
estados
unidos
América y Canadá.
de
por
el
que
aprueba
el
retiro
de
se la
reserva expresa respecto del
Convención
párrafo 4 del artículo 22 de la
Internacional sobre la Protección
Decreto
de
convención
los
Derechos de Todos los
internacional
sobre la protección de los
Ciudad de México.
derechos
Trabajadores
de
todos
los
trabajadores migratorios y de
Migratorios y de sus
sus familiares, formulada por
Familiares.
el gobierno de México al depositar su instrumento de ratificación.
Se aprueba el retiro de la reserva expresa respecto del párrafo 4 del artículo 22 de la Convención
Internacional
sobre la Protección de los Derechos
de
Todos
los
Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, formulada por el Gobierno de México al depositar su instrumento de ratificación.
Alemania, Angola, Antigua y Barbuda,
Argentina,
Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Convenio Internacional del Trabajo núm. 12. Relativo
a
Indemnización
la por
accidente de trabajo en la agricultura. Firmado en Ginebra, Suiza.
Bulgaria,
Burundi,
Colombia,
chile,
Comoras,
Croacia, Cuba, Dinamarca, Djibouti,
Dominica,
Salvador,
el
Eslovaquia,
Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Gabón, Granada,
Guinea
Guyana,
Haití,
Bissau, Hungría,
Irlanda, islas Salomón, Italia, Kenya, Luxemburgo,
Letonia, macedonia,
Madagascar, Malasia.
Proyecto
de
convenio
concerniente
a
la
Adopción, Aprobación,
indemnización
de
los
Ratificación, Deposito y
accidentes del trabajo en la agricultura.
Promulgación del proyecto
Afganistán,
Argelia,
Argentina,
Austria,
Azerbaiyán, Bélgica, Benín, Bosnia
y
Bulgaria, Convenio Internacional del Trabajo núm. 13. Relativo al empleo de la cerusa en la pintura. Firmado
en
Ginebra,
Suiza.
Herzegovina, Burkina
Camboya,
Faso,
Camerún,
República Centro Africana, Chile, Colombia, Comoras, Congo,
Costa
de
Marfil,
Croacia, Cuba, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia,
Proyecto
de
convenio Celebración
concerniente al empleo de la conferencia, cerusa
en
la
pintura. Ratificación,
(depositario: OIT).
de
la
Aprobación, Deposito,
Promulgación y Publicación.
Finlandia, Francia, Gabón, Grecia, Guatemala, Guinea, Hungría,
Iraq,
Luxemburgo, Mali,
Italia,
Madagascar,
Malta,
Marruecos,
Mauritania, México, Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Argelia,
Argentina,
Convenio Internacional Azerbaiyán, del Trabajo núm. 14. Bahréin, Relativo a la Aplicación Belarus, del descanso semanal Benín, en
las
Bahamas, Bangladesh, Proyecto
Bélgica, Bolivia,
empresas Herzegovina,
industriales. Firmado en
Brasil,
Ginebra, Suiza.
Faso,
Bulgaria, Burundi,
de
convenio
Belice, concerniente a la aplicación
Bosnia
y del descanso semanal en las
Botswana, empresas
industriales.
Burkina (Depositario: OIT). Camerún,
Canadá, Chad, Chile, China, Colombia, Comoras, Congo, Costa Rica, Costa de Marfil.
Celebración,
Aprobación,
Publicación,
Ratificación,
Deposito,
Promulgación
Publicación del Proyecto.
y
Actividad integradora. Importancia de la OIT en el Derecho Labora.
Esta actividad sí se califica. Sin embargo, el primer envío será retroalimentado y hasta la segunda entrega –cuando ya se hayan cubierto los comentarios realizados por el docente en línea– se asignará la calificación final de la presente sesión.
A lo largo del desarrollo de esta sesión conocimos las bases, objetivos y funciones de la Organización Internacional del Trabajo, por lo que te encuentras en posibilidad de explicar la relevancia que represente en el Derecho Laboral, para demostrarlo, realiza la siguiente actividad: Aspectos de contenido: 1. Señalar el origen y las características de la OIT. Origen: La Organización Internacional del Trabajo (OIT) fue creada para propiciar las oportunidades de trabajo digno, para los hombres y mujeres de los Estados miembros, vigilando además las normas internacionales de trabajo desde 1919 como parte del Tratado de Versalles con el cual se da término a la Primera Guerra Mundial. Cabe señalar, que las principales motivaciones para su creación fueron consideraciones políticas, económicas, a la vez que sentimientos de justicia social y salvaguarda de la paz, ante la conciencia creciente de la interdependencia económica del mundo y las consecuentes necesidades de cooperación. Asimismo, en el mismo año de su creación es elaborada su Constitución por la Comisión del Trabajo de la Conferencia de Paz con representantes de nueve países, entre ellos Cuba, Francia, Italia, Reino Unido y Estados Unidos formando una organización tripartita entre representantes de los gobiernos, empleadores y trabajadores. Características de la OIT: La Organización Internacional del Trabajo tiene como principal característica la integración tripartita, y se compone, de la Conferencia Internacional del Trabajo, misma que se reúne anualmente en Ginebra integrándose con la representación de cada Estado con dos representantes del gobierno de cada país, un representante de patrones, y otro de trabajadores, como segundo elemento de composición tiene un Consejo de administración como órgano ejecutivo, y por último la Oficina Internacional del Trabajo que funge como secretaría permanente.
2. Explicar la distinción entre las garantías individuales y los derechos humanos como uno de los puntos que han regido las acciones de la OIT. La diferencia entre los derechos humanos y las garantías individuales es que estas últimas son las expresiones concretas que van a permitir que efectivamente los derechos humanos puedan ser respetados, apelando al marco jurídico de cada país.
3. Presentar un ejemplo sobre la concertación de un tratado internacional hasta su concreción en la política mexicana. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales (1986). Esta Convención se firmó el 21 de marzo de 1986; es una adaptación de la Convención de 1969. De acuerdo con su artículo 1 se aplica: “a) a los tratados entre uno o varios Estados y una o varias organizaciones internacionales y b) a los tratados entre dichas organizaciones”. Por su parte, el artículo 5 dispone que “la presente Convención se aplicará a todo tratado entre uno o varios Estados y una o varias organizaciones internacionales, que sea un instrumento constitutivo de una organización internacional y a todo tratado adoptado en el ámbito de una organización internacional sin perjuicio de cualquier regla pertinente de la organización.” La Convención está abierta a la firma y ratificación o adhesión de los Estados y de las organizaciones internacionales invitadas a la Conferencia de Viena en que se adoptó y requiere de la ratificación o adhesión de 35 Estados para entrar en vigor, lo cual todavía no sucede; México el 10 de marzo de 1988 ratificó dicha Convención y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 1988.
Enlace: https://create.piktochart.com/output/48213920-m10_u3_s6_jamf Aspectos de forma: Elaborar una infografía, ya sea en una presentación o en herramienta Piktochart. *El tutorial para la elaboración de la infografía en Piktochart se encuentra en la sección Material de apoyo **Se ofrece la página Pictoline como referencia para la elaboración de la infografía. Mantener un orden claro en el desarrollo de las ideas. Presenta las ideas de forma sintética y precisa.
Integra imágenes de acuerdo con las ideas que estés presentando. Señala las fuentes de consulta retomadas. ***En caso de usar otras referencias, en la sección Material de apoyo –en plataforma– se facilita un manual de citación APA. Su aplicación también será tomada en cuenta para la calificación final. Conclusión.
A lo largo de esta sesión, conocimos la misión y objetivos de la Organización Internacional del Trabajo, la cual fue creada para propiciar las oportunidades de trabajo digno, para los hombres y mujeres de los Estados miembros (de los cuales México forma parte).
Finalmente, resulta trascendental señalar que esta H. Organización no sólo tiene influencia en el derecho individual del trabajo, sino también en su ámbito colectivo, por lo que es de vital importancia que lo tratado en esta sesión sea retomado en el estudio del derecho colectivo del trabajo a tratar en el siguiente módulo. Fuentes de Consulta. https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/DE/M10_DERIT/U3/S6/Descargables/DE_M10_U3_S6_GA. pdf https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/DE/M10_DERIT/U3/S6/Descargables/DE_M10_U3_S6_TA. pdf http://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfOrdenamientoDetalle.aspx?q=39x2p4n8t00y5p+GGKuZgoABmOWbKD fXkEe/TX7SC8k= http://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfOrdenamientoDetalle.aspx?q=b/EcoMjefuFeB6DOaNOimE9d7bE+ZFd mzzRzBrbK5jKPg8wOM/5mDHUJNMrhLjam http://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfOrdenamientoDetalle.aspx?q=CB4dgiYBzZhhA5+ZhJducO+QA7pvGD Ychs2EaVyHjOIgNyjoZziCe8DD2OoimIPv
http://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfOrdenamientoDetalle.aspx?q=CB4dgiYBzZhhA5+ZhJducCuAkGLXyDL l+/our7BVugWKiYfbQ0PLxkjF+wSVDp2m http://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfOrdenamientoDetalle.aspx?q=CB4dgiYBzZhhA5+ZhJducH0tgXapMWB W+pKUY+ccYcRinfwhmScWBttMfsGC1MnM Camacho Solís, J. I. (2014). La protección del derecho humano a la salud como protección social en el ámbito de los derechos sociales. En Kurczyn Villalobos, P. (coord.) . (2014). Derechos humanos en el trabajo y la seguridad social. México: UNAM. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3684/5.pdf OIT.
(1996-2017a).
ILO
Constitution.
Recuperado
de:
http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:55:0:::55:P55_TYPE,P55_LANG,P55_DOC UMENT,P55_NODE:KEY,es,ILOC,/Documen OIT. (1996-2017b). Orígenes e Historia. Recuperado de: http://ilo.org/global/about-theilo/history/lang--es/index.htm OIT. (1996-2017c). Cómo funciona la OIT. Recuperado de: http://ilo.org/global/about-the-ilo/howthe-ilo-works/lang-es/index.htm OIT.
(1996-2017d).
La
OIT
y
la
igualdad
de
género.
Recuperado
de:
http://ilo.org/gender/Aboutus/ILOandgenderequality/lang--es/index.htm Organización Internacional del Trabajo [OIT]: . Recuperado de: Suprema Corte de Justicia de la Nación [SCJ]: http://www2.scjn.gob.mx/
Legislación Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Federal del Trabajo.