Los Contratos en El Derecho Romano

Universidad de San Carlos de Guatemala. Derecho Romano / Estudio dirigido Docente: Dra. María Elisa Sandoval Argueta. LO

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Universidad de San Carlos de Guatemala. Derecho Romano / Estudio dirigido Docente: Dra. María Elisa Sandoval Argueta. LOS CONTRATOS EN EL DERECHO ROMANO Competencia: derivado de la realización del ejercicio planteado, las y los estudiantes identifican las modalidades contractuales en el derecho romano y establecen diferencias entre unas y otras. Instrucciones: Defina cada uno de los contratos enlistados en el cuadro, para el efecto tome como referencia bibliográfica las páginas 245 a 282 del libro El derecho Romano y su Sistema de Acciones.

Numero 1.

Nombre contrato Fiduca

del

2.

Deposito

3.

Mandato

4.

Gestión

5.

Sociedad

6.

Compraventa

7.

Arrendamient o

8.

Estimatorio

Definición Fiduciante o fiduciario. El propietario de un bien confía la propiedad a otro llamado fiduciario con la obligación de restituir la propiedad en determinado momento, al fiduciante o a otra persona designada por él. Es un contrato por el cual una persona que admite dos nombres: competente o depositante, entrega al depositario una cosa mueble a fin de que este la custodie gratuitamente y se la restituya, pasado el plazo fijado o a requerimiento del depositante. Es el contrato por cuya virtud uno de los contratantes, que es el mandatario, se obliga a cumplir gratuitamente el encargo que otra persona llamado mandante, le hace de llevar a cabo un servicio determinado o la total gestión del patrimonio de dicho mandante. Es cuando una persona actuaba como representante de otra sin mandato. Y no daba lugar a las acciones del mandato sino a una acción pretoria in Factum que exigía a este representante todo lo conseguido y el pago de daños y perjuicios que hubiera causado la gestión. Era un contrato consensual bilateral perfecto por cuya virtud dos o más personas (socios) se obligaban a poner en común viene o trabajo para dividir entre ellos según la porción pre establecida, las ganancias y las perdidas. Es un contrato consensual y bilateral con el cual uno de los contratantes que es el vendedor o venditor se obligaba a entregar a otro (comprador o emptor) la posesión pacífica y definitiva de un bien y este, a su vez, se obligaba a pagar al vendedor una cantidad de dinero (pretium). Era un contrato consensual y bilateral por el cual el arrendador o locator pone a disposición del arrendante o conductor un bien o prestación por un tiempo, con la obligación por parte del conductor de pagar una contraprestación en dinero. También se daba el arrendamiento cuando a cambio de un precio (merces) una de las partes se compromete a la prestación de servicios o contrato de trabajo. Contrato por cuya virtud el propietario de una cosa la entregaba a

otro con tasación de su valor para que el que lo recibiera, la vendiera y pagara al propietario la misma cuantía en que se tasó o bien, en el supuesto de no ser vendida, la devolvería. 9. Permuta Tenía lugar este contrato cuando una de las partes transferían para otra la propiedad de una cosa para obtener en cambio la propiedad de gozar de la misma naturaleza y especie. 10. Seguro En términos generales se puede decir que hay contrato de seguro cuando a cambio de una prestación única o periódica, fijada o por liquidarse y que no siempre es efectuada por el beneficiario, este recibe una cantidad de dinero, también de una vez o en forma periódica, o se evita un desembolso, al constatarse la realización o la no realización de un acontecimiento incierto y, en principio futuro. 11. Préstamo o Eran relaciones en las que una persona solvere, Se mutuo comprometieron a cumplir una obligación de llevar a favor de otra persona, credere; generalmente se refería a la entrega de dinero. 12. Hipoteca Se basaba en que los bienes del deudor pueden servir de garantía mediante un simple acuerdo o convención y sin necesidad de traspasar ni su dominio ni su posesión. 13. Prenda Era la cosa en la que recaía la garantía que consistía en un mueble o inmueble para garantizar el cumplimiento de una obligación. (pingus) 14. Estipulación o Constituye la forma más ordinaria de crear una obligación entre promesa un acreedor y un deudor. Concluida esta primera tarea, elabore una serie de relacionamiento, coloque numerados del 1 al 14 el nombre de los diferentes contratos, al centro coloque un paréntesis y a la derecha la definición de otro contrato que no sea la del contrato numerado, después relaciónelos por medio del número que corresponde a cada contrato en particular.