LICENCIAS ADMINISTRATIVAS

LICENCIA DE CONSTRUCCION Para el trámite de esta licencia se tiene que acudir a la OFICINA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION

Views 113 Downloads 3 File size 178KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

LICENCIA DE CONSTRUCCION Para el trámite de esta licencia se tiene que acudir a la OFICINA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION ubicada en el mercado municipal en el segundo nivel. Requisitos 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Los requisitos dependen del tipo de construcción que se quiera realizar: Cambio de techo. Construcción menores de 40 metros cuadrados. Construcción mayores a 40 metros cuadrados. Para demoliciones. Para el movimiento de tierra y/o excavación.

Pasos Acudir a la oficina de licencias de construcción para así solicitar la licencia de construcción que nos concierne. Realizar el pago de boleto de ornato Se debe realizar una medición de tierras. Presentar todo el expediente con todos los requisitos Si se admitiera el expediente, se realiza una inspección ocular de la obra. Realizar el pago de la licencia para el tramite, en un tiempo de 15 días. Regulación Legal Plan de regulación de desarrollo urbano rural. Reglamento de área metropolitano de la ciudad de Quetzaltenango.

AUTORIZACION DE PARCELAMIENTO URBANO

Las personas deberán solicitar autorización a la municipalidad jurisdiccional, donde se encuentre el o los inmuebles destinados a ser parcelados. Requisitos A toda solicitud de autorización deberán acompañar lo siguiente: a) Certificación de fecha reciente expedida por el Registro General de la Propiedad Inmueble correspondiente, haciendo constar la primera y última inscripción de dominio, desmembraciones, gravámenes, anotaciones y limitaciones del inmueble o inmuebles que se pretenda parcelar; b) Testimonio de la escritura pública que establezca la personería con que actúa el solicitante, en su caso; c) Promesa formal de garantizar la construcción o el pago de las obras de urbanización y demás que establezcan los reglamentos o disposiciones de la municipalidad respectiva; y d) Planos del parcelamiento urbano que contenga la distribución de los lotes, vías públicas y áreas de uso común y de servicios públicos, debidamente acotadas y en curvas a nivel, así como localización del parcelamiento en relación con la cabecera municipal de que se trate, marcando las vías de acceso y su ajuste a los planos reguladores. Los planos que se presenten deberán ceñirse a las condiciones y requisitos que establezcan los reglamentos o disposiciones de la municipalidad autorizante. Los planos deberán ser certificados por ingeniero colegiado. Pasos Una vez cumplidos los requisitos anteriores, la municipalidad correspondiente acordará la autorización para llevar a cabo el parcelamiento, pero la venta de las fracciones de terreno se sujetará a nueva autorización. Regulación Legal Ley de parcelamientos urbanos

LICENCIA DE CONSTRUCCION EN EL SECTOR DEL CENTRO HISTORICO

Requisitos 1. Certificación del registro de la propiedad del inmueble de la primera y última inscripción no electrónico. 2. Solvencia municipal original. 3. Fotocopia de escritura. 4. Certificación original de colegiado activo del planificador y ejecutor. 5. Fotocopia del boleto de ornato del propietario, planificador y ejecutor de la obra. 6. Plano de registro legalizado por el registro de la propiedad inmueble (solamente en los casos de desmembraciones). 7. Fotocopia DPI del propietario, del planificado y ejecutor de la obra. 8. Planos de ubicación y localización. 9. Tres juegos de planos completos, según normas ICAITI que correspondan al anteproyecto autorizado, firmados por el propietario, arquitecto o ingeniero civil colegiado y también debe de estar timbrados (uno por millar del valor de la obra). 10. CD con planificación completa del proyecto. 11. Cronograma de trabajo de ejecución de la obra.

Los requisitos para planos según tipo de intervención que se indican seguidamente. Planos según tipo de obra:                 

Obra Nueva. Plano de conjunto. Plano de arquitectura. Plano de cotas. Plano de acabados. Plano de secciones o cortes. Plano de elevaciones. Plano de cimiento y columnas. Plano de estructuras de entrepiso o techo. Plano de instalación de agua y gas. Plano de drenajes de aguas negras y pluviales. Planos de instalaciones eléctricas (iluminación y fuerza). Plano de detalles. Restauración de obras: Documento del proyecto de restauración. Plano de conjunto. Plano de arquitectura del uso actual.

            

Plano de alteraciones, daños y deterioros. Planos de criterios de intervención. Planos de arquitectura. Plano de cotas. Plano de acabados. Planos de secciones o cortes. Plano de elevaciones. Plano de cimientos y columnas. Planos de estructura de entrepiso o techo. Plano de instalación de agua y gas. Plano de drenajes de aguas negras y pluviales. Plano de Instalación eléctrica. Planos de detalles.

Pasos Llenar el formulario OCH-01 APERTURA DE EXPEDIENTE, el cual se le proporcionara gratuitamente en esta oficina. Se le asigna fecha de inspección, las que se realizan únicamente los días jueves en los horarios de 8:00 a 12:00. Los expedientes se trasladaran a la delegación del IDAEH quien requerirá la documentación para la obtención de la Resolución de la Dirección General del Patrimonio Cultural de Ministerio de Cultura y Deporte. Con el proyecto aprobado se le extenderá la orden de pago de Licencia Municipal, en la cual se realiza en la Agencia Bancaria del Palacio Municipal de Quetzaltenango. Presentar en esta oficina recibo original de pago de licencia de construcción y de sanción de infracción al reglamento si existiera para obtener su licencia. Oficina del centro histórico de la municipalidad de Quetzaltenango. 7 calle 12-12 zona 1 (CASA NO’J) Regulación Legal Reglamento del Centro Histórico de Municipio de Quetzaltenango.

LICENCIA DE ANTENA Para que una persona individual o Jurídica pueda instalar una estación terrena de uso domiciliario o comercial, deberá solicitar la autorización del Ministerio de Comunicaciones, Transportes y Obras Públicas Requisitos a)Datos de identificación del solicitante. b)Al tratarse de persona jurídica, deberá presentarse copia autenticada de la escritura constitutiva de la sociedad. c)Lugar para recibir notificaciones. d)Dirección del inmueble en el estará instalada la estación terrena. e)El lugar en donde se origina la red de distribución por cable con indicación clara de las áreas o zonas que cubrirá dicha red. f)Horario de operación y número de suscriptores a quienes se proyecta prestar el servicio. g)Características técnicas de instalación y funcionamiento de la estación terrena y de la red de distribución de señal por cable. h)Documentos que acrediten la legítima propiedad de todos los equipos de recepción, transmisión y distribución. i)El número de canales o estaciones que operan u operarán y que proporcionarán a sus suscriptores. j)Es libre la instalación y operación de instalaciones domiciliarias. Para fines estadísticos únicamente deberá darse la información a que se refieren los incisos a), b) , c) y d).

Regulación Legal Ley Reguladora Del Uso Y Captación De Señales Vía Satélite Y Su Distribución Por Cable Decreto Numero 41-92 El Congreso De La Republica De Guatemala.

LICENCIA DE POZO DE AGUA Esta licencia se tramita en la empresa municipal de aguas de Xelajù (EMAX) Pasos Solicitud dirigida a Ing. Gabriela Villatoro, adjuntando los documentos legales y técnicos que la Empresa Municipal de Aguas de Xelajú, requiere para los proyectos a ejecutarse. Regulación Legal Código Municipal Requisitos 1. Fotocopia del Acta Notarial del nombramiento del representante legal del proyecto. AVALADO POR PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO 2. Estudio del impacto ambiental , debe incluir:  Copia del estudio de impacto ambiental con sello de recibido en el MARN, de acuerdo al tipo de proyecto, debe cumplir con todos los datos establecidos en los términos de referencia del MARN. ESTUDIOS AVALADOS POR PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO  Licencia ambiental aprobada por el MARN 3. Estudio hidrogeológico para perforación de ozo mecánico con sello de recibido en el MARN debe incluir todos los incisos del término de referencia establecidos por el MARN ESTUDIOS AVALADOS POR PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO 4. Plano de localización, en formato oficio. APROBADO POR ING. CIVIL O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRTADO, SELLADO Y FIRMADO 5. Plano de ubicación en formato oficio. APROBADO POR ING. CIVIL O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRTADO, SELLADO Y FIRMADO 6. Compromiso legal de abastecimiento de agua potable de la empresa que se encargará de prestación del servicio de agua del proyecto. ACTA NOTARIAL, PROFESIONAL AUTORIZADO COLEGIADO ACTIVO 7. Instalación de macromedidor de agua potable en brocal hidráulico de salida del pozo hacia el depósito, incluir especificaciones técnicas y su descripción. APROBADO POR ING. CIVIL O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRTADO, SELLADO Y FIRMADO 8. Autorización legal para que le personal de la Municipalidad de Quetzaltenango, por medio de EMAX, pueda monitorear en el futuro las lecturas del macromedidodr y el sistema de distribución de agua potable. ACTA NOTARIAL, PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO. 9. Hidrante contra incendios contemplado en la red de agua, abastecido por el sistema municipal de distribución, cuando la red del sector cumpla las especificaciones técnicas del plan maestro de agua potable, caso contrario alimentación inicial con el sistema del proyecto y cambio posterior al sistema municipal cuando se construya la red de distribución

en el sector. Indicar especificaciones técnicas del hidrante, el cual debe estar construido de un solo elemento, no se aceptan tomas siamesas de interiores para ser instaladas en exteriores. Instalación del hidrante con llave de operación tipo cuña resilente, estándar para operación del cuerpo de bomberos voluntarios. Punto de instalación determinado por la Jefatura de Planificación y Proyectos de EMAX, Especificaciones aprobadas POR ING. CIVIL, SANITARIO O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 10. Sistema de cloración, equipo y componentes, especificaciones técnicas del sistema utilizado, cálculos de dosificación, ELABORADO POR ING. CIVIL, QUIMICO SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO 11. Plano de instalación de válvulas de operación en la red, para control del flujo, por operación o mantenimiento del sistema. Formato A2, punto de instalación o modificación de plano, determinado por la Jefatura de Planificación y Proyectos. ELABORADOPOR ING. CIVIL, SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 12. Descripción del sistema de agua potable y sus componentes  Fuente de abastecimiento  Sistema de conducción  Sistema de almacenamiento  Conexión domiciliar  Sistema medición de consumo  Sistema de tratamiento  Sistema de cloración  Otros elementos ELABORADO POR ING. CIVIL, O SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO 13. Bases de diseño hidráulico, cálculo de volumen de almacenamiento, caudal contra incendio ELABORADO POR ING. CIVIL, SANITARIO O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 14. MEMORIA DEL CALCULO HIDRÁULICO, (descripción del método utilizado, fórmulas de cálculo) conforme siguiente resumen:

VELOCIDAD

PRESI ÓN INTERNO HF DINÀMICA ESTATICA

DIAM ETRO

TEÓRICO

FINAL

INICIAL

FINAL

INICIAL

DISEÑO

TERRENO PIEZOMÉTRICA TUBO ENTERO

NO TUBOS

% ERROR

TOPOGRÁFICA

LONGITUD

DISEÑO

CAUDAL

ACTUAL POBLACIÓN MEDIO HORA MAX. INSTANTÀNEO

ACTUALES VIVENTAS

FINAL

INICIO

ESTAC DAT IÓN OS

ELABORADO POR ING. CIVIL O SANITARIO COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 15. Plano de la red de agua potable, formato A2, (incluir red de distribución general, detalle de conexión domiciliar, ubicación de válvulas de control, otros componentes del sistema) ELABORADO POR ING. CIVIL O SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 16. Plano de curvas de presión de la red de agua, formato A2 ELABORADO POR ING. CIVIL O SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, OMITIR SI EL SISTEMA DISEÑADO ES HIDRONEUMATICO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 17. Reglamento de operación y mantenimiento del sistema de agua potable incluye: establecimiento de tarifas, su aplicación del sistema, sistema de cobro, programa de mantenimiento otros relacionados. ACTA NOTARIAL, PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, FIRMADO POR REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA. Para la aprobación de la construcción del sistema de agua potable a nivel de proyecto y que se autorice la distribución de agua potable, el representante legal debe presentar la siguiente documentación: Nivel del Proyecto: 1. Copia del acuerdo municipal en donde el Honorable Concejo Municipal aprueba el proyecto a NIVEL DE ANTEPROYECTO. 2. Información completa del pozo perforado:  Prueba de bombeo sostenida y la escalonada emitida por la empresa responsable de la perforación  Copia del registro eléctrico del pozo perforado  Presentar muestras de suelo de la perforación en envases rotulados a cada 10.00 pies de perforación  Presentar informe final de perforación conforme formato. ELABORADO POR ING. CIVIL O SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 3. Resultados certificados recientes por laboratorio reconocido para el análisis bacteriológico y fisicoquímico de las muestras de agua obtenidas en el pozo del proyecto, conforme norma COGUANOR, ELABORADO POR ING. CIVIL O SANITARIO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. PARÁMETROS MÍNIMOS A PRESENTAR a. Parámetros físico químicos

Color Verdadero Sulfato Nitrato Nitrito

Pt-Co mg/L SO4 mg/L NO3 mg/L Fe

Dureza total Calcio Cloro Residual Magnesio

Hierro Total Manganeso Total Dióxido de carbono Alcalinidad debida al Bicarbonato Alcalinidad debida al carbonato Alcalinidad debida al hidróxido Alcalinidad Total Clouros

mg/L Mn mg/L Mn mg/L CO2 mg/L CaCO3 mg/L CaCO3 mg/L CaCO3 mg/L CaCO3 mg/L Cl

Ph Conductividad Sólidos disueltos totales Sólidos en suspensión Turbiedad Olor en frío Olor a 60° Plomo

mg/L CaCO3 mg/L Ca mg/L Mg mg/ L CI Unidades de PH uS/cm mg/L mg/L UNT Organoléptico Organoléptico mg/L Pb

Unidades UFC/100mL UFC/100mL

Parámetro Conteo aer{obico total Estreptococos

Unidades UFC/100Ml UFC/100Ml

b. Parámetros bacteriológicos Parámetro Coliformes fecales Coliformes totales

4. Notificación por escrito EMAX, con cinco días de anticipación, solicitando supervisión: a) Tubería de conducción previo al relleno de zanja b) Tubería de distribución previo al relleno de zanja c) Conexiones domiciliares, previo al relleno de zanja d) Instalación del hidrante contra incendios e) Revisión del sistema de cloración existente f) Prueba de presión y desinfección delas tuberías g) Instalación del macromedidor del pozo h) Perforación del pozo mecánico i) Equipamiento del pozo mecánico 5. El representante legal del proyecto debe observar y cumplir con el contenido del Acuerdo gubernativo No. 113 – 2009. Referente al “Reglamento de normas sanitarias para construcción, administración, operación y mantenimiento de los servicios de abastecimiento de agua para consumo humano” presentando la autorización del MPSPAS. 6. Autorización legal para que el personal de la Municipalidad de Quetzaltenango, por medio de EMAX, pueda monitorear en el futuro las lecturas de los micromedidores y el sistema de distribución{on de agua potable, si el tipo de proyecto presenta garita de seguridad. ACTA NOTARIAL, PROFESIONAL, AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO. 7. Hidrante contra incendios contemplado en la red de agua, abastecido por el sistema municipal de distribución, indicar sus especificaciones técnicas, instalación con llave de operación tipo cuña resilente, estándar para operación del cuerpo de bomberos voluntarios. Punto de instalación determinado por la Jefatura de Planificacion y Proyectos de EMAX. Especificaciones técnicas del hidrante aprobadas POR ING. CIVIL, SANITARIO O

PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 8. Plano de instalación de válvulas de operación en la red, para control de flujo, por operación o mantenimiento del sistema. Formato A2. Punto de instalación o modificación de plano, determinado por la Jefatura de Planificación y Proyectos. ELABORADO POR ING. CIVIL, SANITARIO O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 9. Descripción del sistema de agua potable y sus componentes:  Sistema de distribución  Sistema de almacenamiento domiciliar  Conexión domiciliar  Otros elementos. ELABORADO POR ING. CIVIL, SANITARIO O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 10. Bases de diseño hidráulico de la red de distribución, ELABORADO POR ING. CIVIL, SANITARIO O PROFESIONAL AUTORIZADO, COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. 11. MEMORIA DEL CALCULO HIDRÁULICO, (descripción del método utilizado, fórmulas de cálculo) conforme siguiente resumen:

ELABORADO POR ING. CIVIL O SANITARIO COLEGIADO ACTIVO, TIMBRADO, SELLADO Y FIRMADO. Plano de la red de agua potable, formato A2, (incluir red de distribución general, detalle de conexión domiciliar, ubicación de válvulas de control, otros componentes del sistema

VELOCIDAD

PRESI ÓN INTERNO HF DINÀMICA ESTATICA

DIAM ETRO

TEÓRICO

FINAL

INICIAL

FINAL

INICIAL

DISEÑO

TERRENO PIEZOMÉTRICA TUBO ENTERO

NO TUBOS

% ERROR

TOPOGRÁFICA

LONGITUD

DISEÑO

CAUDAL

ACTUAL POBLACIÓN MEDIO HORA MAX. INSTANTÀNEO

ACTUALES VIVENTAS

FINAL

INICIO

ESTAC DAT IÓN OS

LICENCIA PARA AUTORIZACION DE TUMULOS

La autoridad correspondiente puede permitir, tomando especialmente en cuenta la geometría de la vía o de la intersección y el patrono de uso de las edificaciones circulantes, uno o varias de los siguientes medios para la reducción de velocidad, especialmente en áreas residenciales. Angostamiento físico o psicológico de la vía. Vibradores con cizas grabadas en el pavimento. Cambio de textura. Elevación de pavimento al nivel de la acera, con rampas de pendientes de entre diez y veinte por ciento y anchos en dirección al tránsito no menores de tres metros. Angostamientos en los puntos de conflictos, paradas de bus, pasos peatonales, intersecciones y lugares similares. Pasos peatonales seguidos, a distancias no mayores se sesenta metros entre sí. Inclusión de glorietas e intersecciones con prioridad de paso para el transito circular. Plantación de árboles de copa ancha, especialmente en los puntos conflictos. Calzada sinuosa, con cambios de dirección por lo menos a cada cuarenta metros, por medios de macetones, bordillos, franjas de estacionamientos, arboles, pilones, barbas u otros elementos similares. Pasos de peatones en intersecciones semaforizadas con función todo rojo para permitir el cruce en diagonal de los peatones. Pintura de líneas logarítmicas perpendiculares al sentido de la circulación. Readecuación y relocalización del área de aparcamiento. Sin embargo, queda prohibida la inclusión de estos medios en autopista, vías rápidas arterías principales y secundarías y carreteras principales. Requisitos 1. Solicitud dirigida al departamento se transitó de la Municipalidad o a Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda CIV. Argumentando afluencia peatonal (centro educativo, urbanización, intersección calle). 2. Realizar pago y adjuntar constancia de pago. 3. Fotocopia de boleto de ornato. 4. Croquis o planos del área Identificando calle (dirección exacta) donde se desea implementar el medio de reducción de velocidad. 5. Clases y número (cantidad) de medios de reducción de velocidad a implementar.

Pasos Toda persona o entidad que desea incluir en un tramo de la vía pública uno o varios medios para la reducción de velocidad, deberá hacer la solicitud respectiva ante el departamento o en su caso, ente la Municipalidad que administre el tránsito, adjuntando la constancia de pago correspondiente. Regulación Legal: Acuerdo Gubernativo Número 273-98.

LICENCIA DE PORTACION, TRANSPORTE Y TENENCIA DE ARMA LICENCIA DE PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO Pasos Solicitud en formulario que proporcionará la DIGECAM, la cual deberá contener: 1. Nombres y apellidos completos del solicitante, edad, estado civil, nacionalidad, profesión o actividad a que se dedica, residencia, número del documento de identificación personal y lugar para recibir notificaciones. 2. Marca, modelo, calibre, largo del cañón o cañones, número de serie del arma e identificación de las conversiones de calibres que tuviere. 3. Declaración jurada que no padece ni ha padecido de enfermedades mentales, ni es desertor del Ejército de Guatemala y/o abandono de empleo de la Policía Nacional Civil. 4. Requisitos: 5. Presentar la licencia de traslado esporádico de arma de fuego, emitida por la DIGECAM. 6. Tarjeta de tendencia de arma de fuego emitida por el DIGECAM. 7. Formulario de solicitud de evaluación para trámite de primera licencia. 8. Documento original de Identificación Personal. 9. Cancelar el derecho de evaluación, en las instalaciones de la DIGECAM. 10. Llevar arma de fuego con cinco (5) municiones para la evaluación práctica.

LICENCIA DE TRASLADAR O TRANSPORTAR ARMA DE FUEGO Licencia de traslado esporádico Requisitos: 1. 2. 3. 4.

Formulario de solicitud emitido por DIGECAM. Fotocopia del documento de identificación personal, reconocida por la ley. Fotocopia de la tarjeta de tenencia emitida por DIGECAM. Fotocopia del testimonio de la escritura pública que contiene el mandato, en caso de ser mandatario.

AUTORIZACIÓN PARA TRASLADO DE ARMA FUERA DEL PAÍS Requisitos: 1. Presentar formulario de solicitud emitida por DIGECAM. 2. Presentar fotocopia legalizada por notario, del documento de identificación personal, reconocido por la ley. 3. Presentar fotocopia legalizada por Notario de la tarjeta de tenencia emitida por DIGECAM. 4. Presentar fotocopia legalizada por notario del testimonio de la escritura pública que contiene el mandato, en caso de ser mandatario del solicitante. 5. Presentar autorización de ingreso al país de destino, emitido por la autorización competente.

6. En caso de tratarse de un arma para eventos deportivos en el extranjero, presentar la carta emitida por la Federación de Tiro, autorizada por la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y el Comité Olímpico Guatemalteco, dirigida la DIGECAM. Pasos Toda persona individual o jurídica interesado a obtener licencia de tenencia, portación y transporte de arma de fuego debe cumplir con todos los requisitos establecidos anteriormente, solicitando ante la DIGECAM.

LICENCIA DE TENENCIA DE ARMA DE FUEGO Pasos: La solicitud lo hará personalmente el interesado en la DIGECAM, presentando el o las armas que pretenda registrar con la factura que comparece su propiedad o testimonio de la escritura de compraventa. El interesado deberá proporcionar dos (2) municiones, con el objeto de tomar las huellas balísticas del arma. Los proyectiles y las vainas o casquillos pasaran a formar parte del archivo de los datos balísticos de la DIGECAM. Requisitos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Formulario de solicitud de Registro de Tenencia de Arma de fuego. Fotocopia legalizada del documento de identificación personal. Fotocopia tamaño cedula, de frente, reciente (blanco y negro). Testimonio de la Escritura Pública de compraventa con el cual acredita la propiedad del arma de fuego relacionada con el (artículo 63 de la LAM). Cuando no exista otro medio a partir, se hará por declaración jurada presentada por un notario. Ingresar el arma de fuego con dos municiones. Fotocopia de recibo de pago de la tenencia. Fotocopia de recibo de agua, luz o teléfono. Fotocopia del boleto de ornato.

Regulación Legal: Decreto 15-2009 Ley de Armas y Municiones.

LICENCIA DE TALA DE ARBOLES Para el trámite de esta licencia se tiene que acudir al INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES (INAB) UBICADA EN LA 4TA CALLE, 21-53 Z. 3 de Quetzaltenango, edificio MAGA, nivel 1 local/oficina 2. Cuando la tala sea para consumo familiar, se puede acudir a la OFICINA DEL DEPARTAMENTO DE AREAS PROTEGIDAS, ubicada en la municipalidad de Quetzaltenango, porque existe el convenio de descentralización de consumos familiares con el INAB en donde dicha oficina puede autorizar hasta 15 metros cúbicos de tala de árboles en el área privada. Requisitos en el área privada 1. 2. 3. 4. 5.

Se debe hacer una solicitud ante el alcalde. Fotocopia de documento personal de identificación Boleto de ornato Fotocopia de escritura del terreno donde se quiere talar los aboles En área privada se debe aceptar el compromiso de reforestación que consiste en plantar 10 árboles por cada árbol que se tale. 6. En el área municipal se debe aceptar el compromiso de reforestación que consiste en plantar 20 árboles por cada metro cubico que se autorice. Pasos Se debe hacer una solicitud ante el alcalde Si se acepta el tramite se tiene que hacer una inspección y medida de los arboles Luego de la inspección se establece cuanto es lo que se tiene que pagar por la licencia. Cuando la tala de árboles es en área protegida, el expediente se tiene que trasladar al INAB. Requisitos ante el INAB (Artículo 46 del Reglamento, 1 del acuerdo de gerencia 25-99). 1. 2. 3. 4.

Llenar el formulario de solicitud. Documento que acredite la propiedad en original o fotocopia autenticada. Fotocopia del documento personal de identificación (DPI). Certificación municipal que haga constar que el solicitante es legitimo propietario y poseedor de inmueble, que el interesado ha poseído en forma pacífica, constante y publica el terreno o inmueble sobre el cual se encuentra el bosque y el tiempo de dicha posesión, y que a su leal saber y entender no existe reclamación sobre dicho inmueble por otra persona con igual o mejor derecho. 5. Que en todo caso exime al INAB de responsabilidad por cualquier reclamación por otra con igual o mejor derecho sobre el inmueble por el otorgamiento del permiso. (En caso de que la propiedad no esté registrada). Casos

• Si su representante legal, deberá acreditar tal calidad con su nombramiento o fotocopia autentica del mismo, debidamente registrado. • Si es viuda o viudo, deberá acreditar tal circunstancia con la partida de defunción o fotocopia autenticada de la misma. •

Si es mandatario, hijo, sobrino, u otro, acreditar con una carta poder.

APROVECHAMIENTO CON FINES CIENTÍFICOS Articulo 47 del Reglamento del INAB Requisitos 1. Solicitud que contenga como mínimo las generales del propietario del terreno, lugar para recibir notificaciones, la solicitud en términos concretos y firma debidamente autenticada. La solicitud debe contener: 2. Designación de la entidad a la que se requiere. 3. Nombres y apellidos, completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones. (Si es representante legal, debe acreditar tal calidad con su nombramiento o fotocopia autenticada del mismo, debidamente registrado). 4. Relación de los hechos a los que se refiere la petición. 5. Fundamento de derecho en que apoya la solicitud, citando las leyes respectivas, (no es necesario). 6. La petición en términos precisos. 7. Lugar y fecha. 8. Firmas del solicitante, si el solicitante no sabe o no puede firmar dejara su impresión digital y lo hará por el otra persona. 9. Certificación del registro de la propiedad, que acredite la propiedad del bien indicado las anotaciones y gravámenes que contienen, en caso de que la propiedad no esté inscrita en el registro se podrá aceptar otro demento legal que acredite la propiedad y además los siguientes: 10. Copia simple legalizada de la escritura pública o copia autenticada de la misma 11. Constancia de la municipalidad en donde se ubique el inmueble, en la se indique que el interesado ha poseído en forma pacífica, constante y públicamente el terreno o el inmueble sobre el cual se encuentra el bosque. 12. Declaración jurada del usuario ante notario en el cual exprese que:  Que el interesado ha poseído en forma pacífica, constante y publica el terreno o inmueble sobre el cual se encuentra el bosque y el tiempo de dicha posesión.  Que a su leal saber y entender no existe reclamación sobre dicho inmueble por otra persona con igual o mejor derecho.  Que en todo caso exime al INAB de responsabilidad por cualquier reclamación por otra persona con igual o mejor derecho sobre el inmueble por el otorgamiento de la licencia.

 Que se compromete formalmente a presentar dentro del año siguiente del otorgamiento de la licencia respectiva, el documento que acredite haber iniciado el trámite de titulación supletoria del inmueble para el cual solicita la licencia del aprovechamiento forestal.

13.Plan de manejo forestal Regulación legal Ley de aéreas protegidas, decreto 4-89 Ley forestal Articulo 46 del reglamento, 1 Articulo 36 del reglamento, 50 de la ley forestal. Articulo 61 del código procesal civil y mercantil, 1 del acuerdo de gerencia 25-99

LICENCIA DE AUTORIZACION DE RESTAURANTE:

Pasos: Todos los trámites se llevaran a cabo en la Dirección General de Salud a la Sección de saneamiento, en la Superintendencia de Administración Tributaria, la cual se debe cumplir con todos los requisitos para obtener la autorización.

Requisitos: Llenar formularios de solicitud para la obtención de Licencia Sanitario otorgado por la sección de saneamiento ambiental que deberá conectar datos generales del propietario, dirección exacta del establecimiento (negocio), dirección para recibir notificaciones, teléfono, fax, correo electrónico, horario de atención al público y servicios que prestara. Si es sociedad mercantil y/o empresa presentar fotocopias, de la escritura de conformidad de la misma y acta notarial de toma de posesión del representante legal, de DPI del representante legal, registro respectivo del Ministerio de Gobernación y/o registro correspondiente. Personal individual: 1. Fotocopias de documento de identificación personal DPI. 2. Tarjeta de salud del propietario y/o representante legal y todo el personal que labora en el centro de atención. 3. Carné de identificación de manipulación de alimentos. 4. Croquis local con distribución por áreas en metros cuadrados. 5. Descripción de ambientes (sala al público, cocina, estanterías, bodegas, baño, etc. 6. Fotocopia de patente de comercio, facturas a ser utilizadas, o constancia de estar registrado en la Superintendencia Tributaria SAT. 7. Plan de contingencia. 8. Programa de control de salud de los empleados. 9. Programa control de plagas. 10. Completar la guía de habitabilidad y declaración jurada firmada. 11. Dictamen saneamiento ambiental formulario DRCA2.

Regulación Legal: Código de Salud.

LICENCIA DE AUTORIZACIÓN DE RADIO

Procedimiento: El trámite es personal o por medio de representantes en casos de las personas jurídicas, que se llevara a cabo en la Dirección Radiodifusora de Guatemala cumplimiento con todos los requisitos que establece la ley. Requisitos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14.

15.

Nombre y apellidos completos del interesado. Establecer la necesidad del servicio. Clase de estación que desea instalar. Lugar, dirección exacta y posición geográfica en grados y minutos en donde se instalarán planta o plantas de difusión. Dirección exacta en donde se ubicarán los estudios. Localidad o áreas con las que se proyecte donde establecerán la comunicación. Longitud del circuito en kilótremos. Potencia que se necesita utilizar el canal. Clases de antenas o antenas que se instalarán. Horario máximo que necesitan utilizar el canal. Diagramas completos y especificaciones de los equipos que se utilizara. Descripción completa de los estudios para radiofusoras comerciales, y de los locales de transmisión para otros servicios. Monto máximo de la inversión. La declaración expresa del funcionamiento de la estación estará sometido en todo tiempo a las disposiciones legales que rigen sobre el particular y de cualquier otro. Así como a todas las estipulaciones contenidas con los Convenios Internacionales sobre radio fusión vigente. Si el solicitante fuere una persona jurídica acompañara copia simple de la escritura de la sociedad y de los estatutos si los tuviere.

Regulación Legal: Ley de radiodifusión.

LICENCIA DE AUTORIZACION DE FARMACIA SOLICITUD DIRIGIDA A: Registro de establecimientos farmacéuticos en formularios F-MC-g 019 consignada toda la información solicitada, colocando a la dirección completa (incluyendo aldea y municipio y departamento) teléfono y fax nombre completo del propietario y nombre del director técnico del establecimiento, firmado y sellado por los dos. Requisitos: 1. Cuando el propietario es persona jurídica se debe de adjuntar plica solo para especificar 2. Fotocopia autenticada de constitución de la sociedad y fotocopia autentica del nombramiento del representante legal. 3. Cuando se solicite para renovación o traslado debe de adjuntarse el original de la licencia sanitaria (5años de vigencia a partir de la extensión) en uso o en su defecto presentar nata con el número de dictamen. 4. Cuando la solicitud s para apertura o traslado adjuntar plano original y fotocopia del local indicando áreas y dimensiones, para venta de medicina el local debe tener un área mínima de 20 metros cuadrados que incluye bodega, despacho y servicio sanitario. 5. Fotocopia de certificado médico personal o tarjeta de salud vigente. - Del director técnico fotocopia simple del certificado de estar inscrito en la dirección de recurso humanos del MSPAS como personal de salud (aplica para apertura traslado, y para renovación de vetas de medicina). 6. Impresión de sello de hule del establecimiento en una hoja. el sello debe de indicar nombre del establecimiento categoría y dirección. - Guía de auto inspección debidamente llenada, sellada y firmada por propietario, empleador técnico, presentar original y fotocopia. - Carta original del alcalde indicando dirección donde se abrirá la venta de medicinas (aplica únicamente para las ventas de medicinas). Regulación legal: Reglamento Para El Control Sanitario De Los Medicamentos Y Productos Afines Acuerdo Gubernativo Número 712-99

LICENCIA DE PERROS PELIGROSOS: SOLICITUD DIRIGIDA A: GOBERNACIÓN DEPARTAMENTAL DE QUETZALTENANGO ubicado en 13 Ave. 5-19 zona 1, Quetzaltenango. Artículo 8. Licencia. Las Gobernaciones departamentales donde resida el solicitante y se encuentre el animal objeto de registro, extenderán las licencias de tenencia del animal considerado peligro o potencialmente peligroso determinados por la Ley y el presente Reglamento. También serán encardas las Gobernaciones Departamentales de emitir las validaciones de los certificados de capacitación de adiestradores. Requisitos: reglamento de la ley para el control de animales peligrosos: 1. Pruebas de socialización. Previo a solicitar la licencia de tenencia de animales altamente peligrosos o peligrosos, los animales deberán someterse a pruebas de socialización y no mostrar signos evidentes de agresividad manifiesta. Dichas pruebas serán realizadas por el personal capacitado, pudiendo acudir a los Centro de Salud, a la Facultad de Veterinaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala o a la Dependencia del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación más cercana; en caso de que se acuda a adiestradores certificados, el interesado deberá cubrir el costo de la evaluación. 2. Oportunidad. El trámite de licencia de tenencia de animal, deberá iniciarse al momento de la adquisición del animal sujeto a su obtención, cuando esté fuese considerado genéticamente como adulto; o en su caso a partir de los dieciocho meses de edad, en el caso de que se trate de una raza canina. Toda persona que solicite la licencia de tenencia de animales altamente peligrosos o peligrosos, deberá:      



Señalar el lugar exacto de su residencia; Presentar su Documento Personal de Identificación (DPI); El lugar exacto donde estará el animal; Indicar el nombre común y científico del animal a registrar; Acompañar una fotografía reciente del animal El certificado de salud expedido por Médico Veterinario colegiado activo, que confirme que el animal no presenta ningún síntoma de enfermedad infecto-contagiosa, no muestre signos de agresividad, teniendo las vacunas y desparasitaciones al día; deberá estar expedido dentro de los quince días anteriores a la solicitud de licencia de tenencia del animal. Puede expedirlo el representante del Centro de Salud experto en la materia, el delegado del ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación o un delegado de la Facultad de Veterinaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y Constancia del pago del valor correspondiente a la emisión de la licencia de tenencia del animal, cuyo valor será determinado por resolución del Ministro de Gobernación mediante Acuerdo Ministerial.

También los requisitos encontrados en la LEY PARA EL CONTROL DE ANIMALES PELIGROSOS: Requisitos. Toda persona que solicite la licencia correspondiente, deberá dar cumplimiento a los requisitos siguientes: 1. Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal. 2. Presentar su Cédula de Vecindad. 3. No haber sido sancionado con infracciones en materia de tenencia de animales peligrosos o potencialmente peligrosos. 4. Constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causadas por el animal objeto de la licencia, por un monto mínimo de cien mil quetzales (100,000.00). 5. Presentar el certificado de salud y vacunación del animal cuya licencia solicita, expedido por Médico Veterinario colegiado activo. 6. Cancelar el valor correspondiente a la Licencia cuyo monto será determinado por el Ministerio de Gobernación mediante resolución. De la licencia. La licencia de tenencia de animal altamente peligroso, llevará los siguientes requisitos: 1. Número correlativo 2. Autoridad que la expide; 3. Número y fecha de la resolución que autoriza la licencia de tenencia de animal altamente peligroso o peligroso. 4. Nombre del propietario del animal y la dirección de su residencia; 5. Lugar habitual o de permanencia del animal; 6. Indicar el nombre común y científico del animal a registrar; 7. Raza o cruce correspondiente del animal objeto de registro; 8. Nombre del animal sí lo tiene; 9. Fotografía reciente del animal; 10. Especificar si está destinando a convivir con seres humanos, o si tiene otra finalidad (guarda, protección o seguridad); 11. Periodo por el que se otorga; 12. Número de la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por el animal objeto de licencia y nombre de la empresa afianzadora; 13. Nombre del adiestrador que emitió la certificación de no agresividad a que se refiere el Artículo 12 de la Ley para el Control de Animales Peligrosos: o en su caso del representante del Centro de Salud experto en la materia, el delegado del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación o el delegado de la facultad de Veterinaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y 14. El Número de codificación del dispositivo electrónico de identificación (microchip). El Gobernador Departamental deberá coordinar con el Centro de Salud más cercano, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación o la Facultad de Veterinario de la Universidad de San Carlos de Guatemala el implante de tal microchip en el animal. El

interesado podrá a su costa acudir a un Médico Veterinario particular para realizar el implante. Regulación legal: Reglamento de la ley para el control de animales peligrosos, ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 113-2013 Ley para el Control de Animales Peligrosos, DECRETO NÚMERO 22-2003

LICENCIA DE AUTORIZACIÓN DE CIRCO SOLICITUD DIRIGIDA A: Original y copia con 15 días de anticipación a la Dirección Espéculos Públicos De La Dirección De Área Del Ministerio De Cultura Y Deportes del manera siguiente: Requisitos 1. Datos de identificación personal del responsable del evento. 2. Lugar para recibir notificaciones o citaciones, incluyendo domicilio fiscal, numero telefónico y correo electrónico si lo hubiera 3. Cantidad de balotaje de acuerdo a la capacidad del aforo donde se hará la presentación y valor de la admisión por sector. - Firma del solicitante o su representante legal. - Adherir a la solicitud el tiempo de garantía artístico correspondiente. 4. Constancia de en la que indique la capacidad de la locación, incluyendo un área para personas con discapacidad, extendida `por la persona individual o jurídica propietaria, arrendataria o administradora del local donde se realiza el espectáculo. 5. Fotocopia de certificación de emitida por la Coordinadora Nacional para la reducción de desastre CONRED que indique la capacidad de locación incluyendo la locación de personas con discapacidad para terminar el número acto de personas que ingresan al evento. 6. Fotocopia del documento personal de identificación del responsable del evento. Documentos que acredite la representación del legal del solicitante. - Fotocopia de patente de comercio - Fotocopia de carne del número de identificación tributaria. 7. Carta de compromiso de persona responsable del control y orden del evento y constancia de evaluación del riesgo realizada de conformidad con la CONRED. 8. Carta de compromiso de la empresa o institución que prestara los servicios médicos de primeros auxilios en el evento. 9. Acreditación documental de la autorización delos titulares de los respectivos derechos del autor y derechos conexos a su caso de la sociedad de gestión colectiva correspondiente. 10. Copia de aviso de presentado a la entidad reguladora de transito vehicular de la localidad respectiva a fin de que esta realice el control correspondiente en los alrededores de donde se presenta el espectáculo. 11. Carta de compromiso del responsable del evento garantizando ya facilitando la entrada de los inspectores de la dirección de espectáculos públicos, 12. Fotocopia de contrato de artista, cuando sea una representación internacional. 13. Fotocopia de contrato cuando se presente un artista nacional y dentro de sus cláusulas establezca que tenga iguales condiciones técnicas como el artista internacional y que goce un espacio publicitario acorde al evento. 14. Todos los documentos serán legalizados ante un notario.

Regulacion legal: Ley de Espectáculos Públicos Decreto Número 574 Ley De Circo 38-70 Acuerdo Ministerial 1106-2015

LICENCIA DE AUTORIZACIÓN DE TAXIS Todo trámite para obtener la autorización de la licencia para la prestación de servicio de taxi estacionario o rotativo, autorización para nuevas áreas de parqueo, cambio de vehículo, cambio de características de vehículo usual, se efectuarán mediante solicitud dirigida al Alcalde Municipal presentada ante secretaria quien dará tramite. El trámite se realizará en la municipalidad de Quetzaltenango. Requisitos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11.

Solicitud escrita al Alcalde Municipal de Quetzaltenango ante secretaría que dará tramite. Fotocopia de Documento personal de Identificación DPI. Fotocopia simple del boleto del ornato del solicitante. Fotocopia simple de la tarjeta de circulación, Fotocopia simple del título del propietario del vehículo con el que se pretende prestar el servicio de taxi. Solvencia extendida por la Policía Municipal de Transito de Quetzaltenango, sobre la carencia de infracciones del vehículo. Indicar clara y concisa del tipo de servicio que requiere que sea autorizado (rotativo o estacionario). Y en su caso lugar que utilizara como área de parqueo. Identificación de las Unidades: Los vehículos deben portar en un lugar visible calcomanía numerada de operación y atención al usuario extendido por la Policía Municipal de Transito de Quetzaltenango. La calcomanía debe llevar el escudo del municipio de Quetzaltenango, la numeración respectiva. Contar con tres sistemas de seguridad que imposibiliten su falsificación.

Regulación Legal: Código Municipal. Reglamento Interior de la Municipalidad de Quetzaltenango.

LICIENCIA DE AUTORIZACION DE TRANSPORTE URBANO Se tiene que acudir a la oficina de la COMISION MUNICIPAL DE TRANSPORTE, oficina ubicada a la par de la policía municipal de transito (PMT), enfrente del RENAP, en el edificio del mercado municipal de Quetzaltenango. Requisitos de observación obligatoria 1. Comprobar las conveniencias del servicio 2. Comprobar que el establecimiento de nueva o nuevas rutas no signifique competencia ruinosa, duplicación o multiplicación innecesaria de inversiones que atente contra otras empresas autorizadas o cualquier circunstancia perjudicial para la economía nacional. 3. Señalar el itinerario de la nueva o nuevas rutas. 4. Indicar el número necesario de vehículos, calidad de los mismos y demás requisitos que exija el adecuado funcionamiento del servicio. 5. Descripción del recorrido de la o las otras rutas motivo del contrario. 6. Número correspondiente a dichas rutas. 7. Cantidad de vehículos que darán el servicio en cada ruta 8. Color de los vehículos. 9. Numero de los vehículos para sustituir a las unidades que estando a servicio, por cualquier motivo, no puedan circular. (este número en ningún momento podrá ser menor de 10% de la cantidad de vehículos estipulados de conformidad con el inciso c). 10. Horario de servicio. 11. Número máximo y mínimo de vehículos en circulación atendiendo a las necesidades del servicio según el mayor o menor movimiento de pasajeros en determinados días y en predeterminadas horas. 12. Precio autorizado para los pasajeros. 13. Duración del contrato, un mínimo de un año. 14. Las demás estipulaciones que sean necesarias de conformidad con las leyes y lo dispuesto en este reglamento o que estime conveniente la municipalidad. Pasos       

Presentar solicitud por escrito con los requisitos correspondientes. Se mandan dichos expedientes asesoría jurídica para su revisión. También se mandan a la policía municipal de transito. Regresara a la oficina de la comisión municipal de transporte. Luego se elevara al concejo municipal y ellos deciden si autoriza o no. Si se autoriza vuelve a asesoría jurídica para celebrar el contrato. Se archiva el expediente y si no se autoriza se va al archivo de una vez después de pasar por el concejo municipal.

Regulación Legal Reglamento de transporte urbano por autobuses de la ciudad de Quetzaltenango, municipio y departamento de Quetzaltenango.

LICENCIA DE AUTORIZACION DE TRANSPORTE EXTRAURBANO DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTES, ubicado en 15 calle Guatemala, PBX: 2414-0200

11-41, z. 1 ciudad de

Requisitos 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

Solicitud del parcelador dirigida al concejo municipal para su aprobación del proyecto. Formulario de licencia de transporte extraurbano de pasajeros por carretera. Croquis de ruta en formato A4 con la siguiente información: Distancia exacta en kilómetros del recorrido. Identificación del origen y destino de la ruta. Identificación de puntos intermedios (ciudades, pueblos, aldeas o caseríos). Estimación de población a ser beneficiada. Propuesta de tarifa a cobrar. Listado de empresas y horarios que cubren la ruta solicitada. Certificación original y reciente de partida de nacimiento. Certificación original y firmada por contador público autorizado, del estado patrimonial. Constancia original o aval de la necesidad del servicio por las municipalidades de ambas terminales. 13. Copia legible y legalizada de la licencia de transporte extraurbano (carta porteadora). 14. En caso de ser transportista autorizado: copia legible y legalizada de la licencia de transporte extraurbano (carta porteadora). Para los casos de personas jurídicas, a los requisitos anteriores deberá apegarse los siguientes:  

Cuando se actué en representación legal o mandatario, acompañar acta notarial de su nombramiento testimonio de la escritura del mandato. Copia de contrato o escritura social de construcción de la empresa en casos en que corresponda.

Para las personas jurídicas cuyo capital social incluya inversión extranjera.   

Constancia expedida por la dirección general de migración, donde conste que la permanencia de los inversionistas extranjeros en el país es licita. Constancia de la lícita precedencia de los recursos financieros a invertir. Constancia que la inversión extranjera es una o varias empresas de servicio de transporte extraurbano, NO exceda el cuarenta por ciento del capital respectivo de cada una de ellas.

Pasos: Estando la solicitud conforme a derecho, la dirección emitirá un edicto, debiendo el interesado presentar ante la misma un plazo no mayor de cinco días contando a partir de la última publicación. Los ejemplares donde conste que las publicaciones del edicto fueron ejecutadas en el diario de Centro América para dos veces el plazo de ocho días y constancias extendidas por el secretario de

las municipalices donde estarán ubicadas las terminales de ruta, que acrediten que el edicto se fijo en los estrados municipales durante el plazo señalados anteriormente. El incumplimiento de esta disposición tendrá como a efecto que la solicitud que tenga por abandonada de pleno derecho. Los porteadores que presten el servicio entre cualquier punto de ruta y en los mismos horarios establecidos dentro de la solicitud podrán presentar ante la dirección su contado a partir de la fecha de la última publicación del edicto. El porteador que se oponga deberá de indicar en su escrito los fundamentos en que se basa acompañado de los medios comprobantes que considere oportuno. De la oposición se dará audiencia al solicitante por el plazo de tres días y con su contestación o sin ella se cursara el expediente a los departamentos que corresponda, para que se emita los dictámenes técnicos y jurídicos al respecto, en un plazo no mayor de cinco días. En ausencia de opción o cumplidos los tramites anteriores la dirección resolverá en un solo acto la solicitud de la licencia y las oposiciones planteadas dentro de un plazo no mayor a cinco días. La dirección deberá observar el derecho de prioridad en la tramitación de los expedientes el solicitante deberá invocar la licencia anterior presentada ante la dirección por escrito indicando la fecha de presentación de la primera solicitud. La prioridad tendrá una vigencia de seis meses contando, a partir de los días siguientes de la presentación de la solicitud. Dictada la resolución deberá ser notificado a los interesados en los casos que la resolución haya sido aprobada la de autorización de la licencia solicitada, el titular de la misma. Dentro de los treinta días calendario siguiente a que se cause estado la resolución que otorgue la licencia solicitada, el interesado deberá presentar a la dirección de vehículos presupuestos para su revisión, al constatar la dirección que los vehículos llenan requisitos de seguridad, comodidad, características generales, asi como la adecuación del estado físico y fundamento, y la implementación del sistema electrónico de pago, se entregara la licencia, una vez revisados los vehículos los mismos no podrán ser alterados no modificados, sin autorización de la dirección en el caso que los vehículos presentados por el solicitante no superen la revisión técnica el interesado tendrá un único plazo de veinte días calendario para subsanar el estado de los mismos, en caso contrario, se procederá a revocar la resolución de otorgamiento de la licencia. Cumplidos todos los requisitos y agotados los tramites la dirección extenderá la documentación al solicitante quien deberá empezar a operar en un plazo no mayor de diez día hábiles contando a partir de la fecha de entrega de los documentos que no hacerlo se cancelara la licencia inmediatamente. El porteador tiene la obligación de prestar los servicios a los usuarios dentro de los parámetros de la calidad, comodidad y seguridad ofrecidos y considerados en su solicitud.

Al estar firme la resolución de otorgamiento de una licencia de transporte o renovación la dirección extenderá Un certificado de licencia en el que constara numero de registro, nombre y dirección del porteador, el periodo de vigencia, el numero de vehiculo autorizado, numero de identificaccion tributaria del porteador. Tarjeta de operación para cada uno de los vehículos que se refiere la licencia especificara al numero y nombre del porteador las características del vehiculo numro de asiento de pasajeros ruta autorizada numero de poliza o seguro de responsabilidad, y el periodo de vigencia de la licencia. El formato de horarios y tarifas, en el cual se expresaron los datos contenidos en la licencia. Regulación Legal Acuerdo gubernativo No. 289-2011 Reglamento del Servicio Público de Transporte Extraurbano de Pasajeros por carretera.

LICENCIA DE PUBLICIDAD Toda la documentación debe llevarse al Juzgado de Asuntos Municipales (Centro Comercial tercer nivel Parque Central). Requisitos: 1. Solicitud dirigida a Licda. Thuly RosmanyJacobs Rodríguez, Jueza de Asuntos Municipales (original y dos copias). 2. Datos del Solicitante y dirección para recibir notificaciones, dentro del perímetro de la ciudad. 3. Fotocopia del DPI y boleto de ornato vigente. 4. Dirección exacta donde se instalará la manta. 5. Leyenda que llevará la manta. 6. No se permite colocar mantas en el Centro Histórico. 7. Fechas en que se colocarán y retirarán las mantas. 8. Pago de Q.20.00 por día, de cada manta. Pasos:   

Se presenta la solicitud al juzgado y se remite. Se lleva al departamento de planificación y ordenamiento territorial solicitando el dictamen técnico si es favorable seda resolución final. Inscripción final.

Regulación Legal: Decreto 34-2003

LICENCIA DE AUTORIZACION DE SONIDO Se debe acudir a la DIRECCION DE SERVICIOS AMBIENTALES, ubicada en la municipalidad de Quetzaltenango. Requisitos 1. Solicitud de licencia: los interesados deberán presentar solicitud por escrito para el otorgamiento de la licencia municipal al concejo municipal, presentando la misma en la dirección de servicios ambientales; la solicitud deberá contener los siguientes datos: 2. Solicitud dirigida al Concejo Municipal 3. Nombre completo del propietario o representante legal, edad, estado civil, nacionalidad, profesión u oficio, residencia y domicilio, numero de DPI. 4. Lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro urbano del municipio de Quetzaltenango. 5. Número de teléfono, dirección de correo electrónico y fax si los tuviera. 6. Horarios y días de funcionamiento 7. Identificación de los equipos de sonido, anotar el tipo, modelo, tamaño, serie, color, numero de watts de salida de los equipos a utilizar, con la factura que ampare su propiedad o documento en que conste el arrendamiento, si no tuviere factura declaración jurada de la misma. Nombre del comercio, establecimiento o negocio donde funcionaran los equipos y dirección exacta, debiendo acompañar plano de la ubicación física del mismo, firmado y sellado por el propietario o representante legal del comercio y profesional que lo elaboro. 8. Si se tratara de altoparlantes o megáfonos instalados en una unidad móvil, deberá indicar los datos del vehículo y los lugares donde hará publicidad, con el recorrido y horarios. 9. Toda licencia deberá adjuntar como requisito indispensable los documentos requeridos en el artículo 8, los cuales deberán estar debidamente legalizados por notario público. Pasos       

Solicitud al Concejo Municipal y al Alcalde Datos generales del dueño Adjuntar firmas de los vecinos con sus datos generales y número de DPI. Estudios de evaluación de impacto ambiental Plan de contingencia Dictámenes Acuerdo de autorización

Regulación Legal Reglamento para el uso de megáfonos o equipos de sonido a exposición al público del municipio y departamento de Quetzaltenango.

LICENCIA DE ZOOLÓGICO. Los zoológicos, las colecciones particulares de fauna, de circos, de museos y las de entidades de investigación están sujetas a las regulaciones del CONAP. Requisitos 1. La solicitud deberá estar acompañada del estudio de impacto ecológico que demuestre la factibilidad de lo solicitado (art. 72). 2. Demostrarse que la especie no impactará negativamente en las especies autóctonas (depredación, zoopatologías) o en sus hábitats (competencia en la cadena alimentaria, destrucción de ecosistemas) 3. Plan Maestro del Área Protegida donde se vayan a introducir. 4. El interesado debe tener permiso emitido por la autoridad administrativa competente del país de origen cumplimiento con los requisitos de sanidad exigibles por Guatemala para cada caso específico, según la Ley de Sanidad Animal (art. 73). 57 h) Requisitos de Solicitud. Quien deseare aprovechar flora y fauna silvestre en la forma establecida en el artículo 33 de la Ley, deberá presentar ante la Secretaría Ejecutiva del CONAP una solicitud que llene los requisitos siguientes: a) Acreditar con certificación expedida por el Registro de la Propiedad dentro de los tres meses precedentes, el derecho de propiedad, posesión o usufructo que le asiste sobre el inmueble el cual se pretende efectuar el aprovechamiento. Aquellas propiedades cuya inscripción no sea en el Registro de la Propiedad, deberá presentar constancia de propiedad a la autoridad competente a satisfacción del CONAP. b) Acreditar el consentimiento expreso de todas las personas individuales o jurídicas que por cualquier causa, tuvieren inscritos a su favor derechos sobre el inmueble. c) Adjuntar inventario de la o las especies motivo de la solicitud cuyo contenido podrá ser comprobado por la Secretaría Ejecutiva del CONAP. d) Presentar el plan de manejo a que serán sometidas las especies de flora y fauna que se pretenden aprovechar. Tanto el inventario como plan de manejo a que aluden los incisos anteriores deberán ser elaborados por un profesional afín o por un técnico especialista calificado y aceptado por la Secretaría Ejecutiva del CONAP. e) Propuesta del Profesional o especialista calificado registrado en el CONAP, que se hará cargo de la ejecución del plan de manejo. Regulacion legal: LEY DE ÁREAS PROTEGIDAS DECRETO NÚMERO 4-89

AUTORIZACIÓN PARA LOTERIAS O RIFAS Todo trámite debe hacerse a la Gobernación Departamental, (Ministerio de Gobernación). Requisitos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Presentar solicitud dirigida al Gobernador Departamental. Indicar el motivo de la rifa o promociones. Indicar la fecha, hora y el lugar de la rifa o promoción. Mencionar el listado de premios y el valor de cada premio. Indicar cuantos números se venderán y el valor de cada número. Adjuntar la factura de los premios. Adjuntar la personería jurídica de la institución o iglesia. Si el valor total de los premios pasan de Q. 5,000.00 se realizará el pago de una fianza. Si el solicitante es establecimiento educativo, es necesario presentar la autorización de la junta directiva de los padres de familia, y el sello de visto bueno del Supervisor de Educación.

Regulación Legal: Reglamento para loterías, rifas, bingos y juegos (Decreto 14-97 del Congreso de la República y Ley de Rifas, dieciocho de mayo de 1956).

LICENCIA DE AUTORIZACION DE GASOLINERA El trámite es personal reuniendo los requisitos. Se debe acompañar también la documentación técnica sobre las instalaciones, conforme al reglamento de esta ley, ante el Ministerio de Energía y Minas en la ciudad capital. Toda persona individual o jurídica puede instalar y operar una o varias estaciones de servicio o expendios de GPL, sin limitación de distancia entre estaciones de servicio o expendios de GLP, cumpliendo con lo prescrito en esta ley y su reglamento, y las leyes ambientales. Las estaciones de servicio (GASOLINERAS) y expendios de GLP, deben vender sus productos al detalle, al público en general. Requisitos: Para las estaciones de servicios, así como para los expendios de GLP, se debe solicitar licencia para instalar y operar depósito de productos petroleros para la venta al público, tramitándose ante la Dirección, conteniendo los datos de identificación del solicitante y dirección para recibir notificaciones, acompañando copias legalizadas de: 1. Resolución de aprobación de la autoridad del medio ambiente, del estudio de impacto ambiental del proyecto de estación de servicio o expendio de GLP, cuando su capacidad total de almacenamiento de producto petrolero exceda los ciento cincuenta y un mil cuatrocientos litros (151,400 Lts.). 2. Testimonio de la Escritura Constitutiva de la Sociedad. 3. Acta de Nombramiento del Representante Legal de la Sociedad. 4. Las patentes de Comercio de Empresa y de Sociedad.

En el caso de Persona Individual. 1. DPI y patente de Comercio. 2. Constancia de Inscripción como contribuyente en la Dirección General de Rentas Internas del Ministerio de Finanzas Públicas. 3. Título de propiedad o contrato de arrendamiento de la estación de servicio, o del expendio de GLP.

Regulación Legal: Ley de Minería. Ley de Comercialización de Hidrocarburos. Ley de hidrocarburos y su reglamento.

LICENCIA DE AUTORIZACION DE CEMENTERIO Presentar solicitud escrita al centro de salud de su jurisdicción, adjuntando los requisitos correspondientes. El centro de salud traslada el expediente al departamento de regulación de los programas de salud y ambiental DRPSA. La construcción y administración de los cementerios de la Republica estará a cargo de las municipalidades, función que podrá ser concesionada a entidades privadas. Requisitos para cementerios públicos 1. La construcción habitable más cercana al predio destinado para el cementerio debe estar como mínimo a cien metros. 2. Copia autentica de la Resolución de aprobación del Instrumento de Evaluación Ambiental, emitido por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (artículo 8 del Decreto 68-96). 3. Formulario de nuevos cementerios, modificación o ampliación de los mismos, debidamente lleno por personal del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Indicar en observaciones que tipo de inhumación se realizaran en el mismo (en tierra, mausoleo, nichos elevados, etc. E incluir todas las firmas y sellos respectivos solicitados). 4. Título de propiedad del terreno y en su defecto o, en todo caso, certificación del registro de la propiedad en la que conste la primera y última inscripción de dominio vigente y si se encuentra libre de gravamen, anotación, embargo o limitación (no se aceptaran consultas electrónicas). 5. Planos del predio destinado al cementerio indicando: curvas de nivel, colindancias, distancia en metros con la construcción más cercana y fuentes de abastecimiento de agua si existieran, y el área en metros cuadrados. 6. Planos detalle del tipo de inhumaciones. 7. Si en el lugar no existe abastecimiento de agua, se requerirá la instalación de dos letrinas adecuadas al terreno, para uso de hombres y mujeres respectivamente. De lo contrario se deberán construir como mínimo dos sanitarios. Lo anterior se debe de ubicar en planos. 8. Si dado el caso el lugar cuenta con sistema de abastecimiento de agua, deberá presentar los planos del sistema de agua y sistema de drenaje de aguas negras y su tratamiento respectivo. 9. Certificación del punto de acta del consejo municipal, donde la municipalidad se compromete a la operación y mantenimiento del cementerio, según al artículo 113 Decreto 90-97 (Código de Salud). 10. Si el solicitante fuere de una corporación Municipal, deberá acompañar además, copia certificada del punto de acta de la sesión del consejo en él se haya acordado la fundación, ampliación o modificación del cementerio municipal. 11. Los planos deben ser firmaos, sellados y timbrados por Ingeniero Civil o Arquitecto Colegiado Activo. 12. Presentar al Departamento original y dos copias de todo lo solicitado.

13. Otra información complementaria que a criterio del DRPSA sea necesaria para poder emitir dictamen. 14. Administrativamente el expediente debe ingresar por el Centro u área de Salud de la Jurisdicción. Requisitos para cementerios privados 1. La construcción habitable más cercana al predio destinado para el cementerio debe estar como mínimo a cien metros. 2. Reglamento interior de administración, contratación y demás servicios del cementerio. 3. Copia autentica de la Resolución de aprobación del Instrumento de Evaluación Ambiental, emitido por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (artículo 8 del Decreto 68-96). 4. Formulario de nuevos cementerios, modificación o ampliación de los mismos, debidamente lleno por personal del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. (Incluir todas las firmas y sellos solicitados en el mismo). 5. Título de propiedad del terreno y en su defecto o, en todo caso, certificación del registro de la propiedad en la que conste la primera y última inscripción de dominio vigente y si se encuentra libre de gravamen, anotación, embargo o limitación. 6. Plano de curvas de nivel del predio destinado para el cementerio, indicando colindancias, distancia con la vivienda habitable más cercana y fuentes de abastecimiento de agua si existieren y el área en metros cuadrados. 7. Plano de planta general de la lotificación de vehículos, localización y distribución de los servicios sanitarios. 8. Plano de detalle de nichos (superficial o subterráneo). 9. Planos del sistema de agua potable. 10. Planos de detalle de los sistemas de drenaje pluvial, drenaje sanitario y del sistema de tratamiento de aguas residuales. 11. Memorias descriptivas y de cálculo de lo solicitado en los incisos 9 y 10. 12. Los planos y las memorias de diseño deben ser revisados, firmados, sellados y timbrados por Ingeniero Civil o Arquitecto, con constancia de colegiado activo. 13. Presentar al Departamento original y copia de todo lo solicitado. 14. Otros a solicitud del Departamento de regulación de los Programas de Salud y Ambiente. 15. Administrativamente el expediente debe ingresar por el Centro u Área de Salud de la Jurisdicción. Para cementerios ubicados en aldeas caseríos u otras comunidades Presentar copia legalizada de la resolución de aprobación de la evaluación ambiental inicial, emitido por la Dirección General de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Regulación Legal: Código de Salud. Código Municipal.

LICENCIA DE AUTORIZACION DE UN HOTEL Todos los requisitos deben ser presentados por el, o los interesados a la Dirección General de Salud, a la sección de saneamiento ambiental y en la Gobernación Departamental. Inscribir el establecimiento ante el INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO (INGUAT). Registrar el establecimiento en la Superintendencia de Administración tributaria (SAT). Requisitos: 1. Llenar formularios No. 1 de solicitud para la obtención de Licencia Sanitaria otorgado por la sección de saneamiento ambiental que deberá conectar datos generales del propietario, dirección exacta del establecimiento (negocio), dirección para recibir notificaciones, teléfono, fax, correo electrónico, horario de atención al público y servicio que prestara. 2. Si es sociedad mercantil y/o empresa presentar fotocopias; de la escritura de conformación de la misma y acta notarial de toma de posesión del representante legal, de DPI del representante legal registro respectivo del Ministerio de Gobernación y/o registro correspondiente. 3. Personal individual: fotocopias de DPI y lo correspondiente. 4. Tarjeta de salud del propietario y/o representante legal y todo el personal que labora en el centro de atención. 5. Croquis local con distribución por áreas en metros cuadrados. 6. Descripción de ambientes (sala al público, cocina, estanterías, bodega, baño, etc.) 7. Fotocopia de patente de comercio, facturas a ser utilizadas, o constancia de estar registrado en la Superintendencia Tributaria SAT. 8. Plan de contingencia. 9. Programa control de plagas. 10. Completar la guía de habitabilidad y declaración jurada firmada. 11. Dictamen saneamiento ambiental formulario DRCA 2.

Regulación Legal: Código de Salud.

LICENCIA DE ORGANIZACIÓN PROTECTORA DE ANIMALES Se realiza el trámite en Ministerio de agricultura, ganadería y alimentación, Unidad de Bienestar Animal. Aun la ley no ha sido publicada y no tiene reglamento que regule los requisitos Requisitos para que funcionen las organizaciones Ley de organizaciones no gubernamentales ley de organizaciones no gubernamentales para el para el desarrollo. DECRETO NÚMERO 02-2003 Para constituir una Organización No Gubernamental se requiere que cumpla con los siguientes requisitos: 1. Comparecencia de por lo menos siete personas individuales o jurídicas civilmente capaces. 2. Reunir los requisitos que establezcan los estatutos y las disposiciones aprobadas por la asamblea general. 3. Las Organizaciones No Gubernamentales podrán contar entre sus asociados hasta un veinticinco por ciento (25%) de extranjeros, siempre que estos sean residentes en el país, de conformidad con la ley de la materia. Elección de la Junta Directiva Requisitos: AToda venta de animales de compañía debe contar con un libro de registro en el que se consignen las entradas, salidas, fallecimientos de animales, datos de identificación, características y estado de salud de cada an1mal, así como los datos completos de identificación de los proveedores y compradores de mascotas y demás información que dicte el reglamento. Regulacion legal: Ley de protección y bienestar animal decreto 05-2017

LICENCIA DE EXPLOTACIÓN MINERA SOLICITUD DIRIGIDA A: Ministerio de Energía y Minas; Dirección General de Minería; Requisitos para la licencia de explotación minera: 1. SOLICITUD DE LICENCIA DE EXPLOTACIÓN: Artículo 20 de la Ley y 7º. Del Reglamento. El interesado deberá presentar el original del estudio de impacto ambiental, al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Deberá acreditar a su expediente una copia con los sellos de recepción respectivos y presentar la aprobación del EIA, por parte del MARN, previo a las publicaciones de los edictos respectivos. (Artículo 45 ley de minería), requisito sin el cual no podrá continuarse el trámite que consiste en requerir el dictamen legal con aprobación de la Procuraduría General de la Nación. 2. Formulario de solicitud. 3. Solvencia de Fiscalización 4. Justificar la personería si comparece por medio de mandatario o representante legal, con fotocopia legalizada del acta o testimonio en su caso, debidamente razonado por los registros respectivos. (inciso c) artículo 41 de la Ley. Si se trata de personas jurídicas deberá presentar testimonio o copia legalizada de la escritura de Constitución de la Sociedad inscrita en forma provisional o definitiva en el Registro Mercantil General de la República PARA QUE LA SOLICITUD SEA ACEPTADA DEBERÁ CONSTAR EN LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN, QUE LAS ACCIONES DE LA SOCIEDAD SON ÚNICAMENTE NOMINATIVAS. 5. Ubicación, descripción y extensión del área solicitada, acompañando original o fotocopia de la hoja cartográfica a escala conveniente, debidamente firmada por ingeniero civil, geólogo o minero. 6. Descripción general del programa de trabajo a realizar, debidamente firmado por ingeniero civil, geólogo o minero; quedando el titular obligado a darle cumplimiento o de notificar las modificaciones que sean técnicamente necesarias. Inciso j) artículo 41. Decreto 48-97. 7. Fotocopia de DPI 8. Adjuntar original de la constancia vigente de colegiado activo del ingeniero que firma el plano y la descripción del programa de trabajo. Plazos para licencias: Reconocimiento: máximo 6 meses. Exploración: hasta por 3 años. Explotación: hasta por 25 años Regulacion legal:

LEY DE MINERÍA DECRETO NÚMERO 48-97

UNIVERSIDAD SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE DIVISION DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES DERECHO ADMINISTRATIVO II LICDA. THULY JACOBS

LICENCIAS ADMINISTRATIVAS

ISMAR NOEL DIAZ PAZ No. Carné: 201430289 SEPTIMO SEMESTRE SECCION “C”

QUETZALTENANGO, 24 DE ABRIL DE 2017