Ley de Armas y Municiones 2

LEY DE ARMAS Y MUNICIONES DECRETO 15-2009 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA 1. Nombre de la Ley y Decreto. LEY

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LEY DE ARMAS Y MUNICIONES DECRETO 15-2009 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

1. Nombre de la Ley y Decreto. LEY DE ARMAS Y MUNICIONES DECRETO 15-2009 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA. 2. Fin y Objeto de la ley. 

Fin, ejercer el control de quienes tienen y portan armas para garantizar el debido respeto a la vida, la integridad física, la libertad, la seguridad, y la justicia de todos los habitantes de la república. Fundamento Legal: Considerando no.2 Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009



Objeto, la presente ley regula la tendencia, portación, importación, exportación, fabricación, comercialización, donación, traslado, compraventa, almacenaje, desalmacenaje, trasporte, tráfico y todos los servicios relativos a las armas y municiones. Fundamento Legal: Articulo 2 de la Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009 del Congreso de la República de Guatemala.

3. Nombre de las instituciones que contribuyen o apoyan para la correcta aplicación de cada de la Ley. 

El DIGECAM (Dirección General de Control de Armas y Municiones) se crea como una dependencia del ministerio de la defensa nacional, para el cumplimiento de sus funciones, la dirección general de control de armas y municiones creara oficinas en cada uno de los departamentos del país. Fundamento Legal: Artículo 22 de la Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009 del Congreso de la República.

4. Fecha en que fue emitida (decretada) y fecha de la vigencia. Emitida en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Ciudad de Guatemala, el 31 de marzo de 2009. Fue publicada en el Diario Oficial “Diario de Centro América” el 21 de abril de 2009. Entró en vigencia 29 de abril de 2009 (8 días después de su publicación en el Diario Oficial)

Fundamento Legal: Artículo 151. Vigencia. De la Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009 del Congreso de la República de Guatemala. 5. Que delitos regula: dichos delitos les tienen que identificar el Bien Jurídico Tutelado, el sujeto activo y pasivo, el elemento material y el elemento interno; y el verbo rector. Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito: Bien Tutelado

Jurídico

Artículo 99. Importación ilegal de armas La seguridad del estado Cualquier persona, funcionario o empleado público El Estado El hecho de quien, sin tener licencia o autorización, o sin declarar en la aduana respectiva, ingrese al territorio nacional cualquier tipo de arma. Voluntad de quien, sin tener licencia o autorización, o sin declarar en la aduana respectiva, ingrese al territorio nacional cualquier tipo de arma. ingresar Artículo 100. Importación ilegal de municiones La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de ingresar al territorio nacional, sin declarar en la aduana respectiva o sin la licencia de importación, municiones para armas de fuego La voluntad de ingresar al territorio nacional, sin declarar en la aduana respectiva o sin la licencia de importación, municiones para armas de fuego ingresar

Artículo 101. Exportación ilegal de armas de fuego La seguridad del estado

Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Cualquier persona El Estado El hecho de exportar armas del territorio nacional sin tener autorización previa de exportación del DIGECAM La voluntad de exportar armas del territorio nacional sin tener autorización previa de exportación del DIGECAM Exportar

Artículo 102. Exportación ilegal de municiones para armas de fuego Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material

Elemento Interno

Verbo Rector Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo

Cualquier persona El Estado El hecho de exportar municiones de este tipo del territorio nacional, para trasladarlas a cualquier otro lugar, sin autorización previa de exportación extendida por la DIGECAM La voluntad de exportar municiones de este tipo del territorio nacional, para trasladarlas a cualquier otro lugar, sin autorización previa de exportación extendida por la DIGECAM Exportar Artículo 103. Venta ilegal de armas de fuego La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de vender armas de fuego, sin tener la debida autorización de la DIGECAM La voluntad de vender armas de fuego, sin tener la debida autorización de la DIGECAM Vender

Artículo 104. Venta ilegal de municiones La seguridad del estado Cualquier persona

Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito:

El Estado El hecho de vender municiones para armas de fuego, sin tener la debida autorización de la DIGECAM La voluntad de vender municiones para armas de fuego, sin tener la debida autorización de la DIGECAM Vender Artículo 105. Venta ilegal de explosivos La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de vender sin la autorización del ministerio de la defensa nacional, cualquier clase de explosivos determinados en la presente ley La voluntad de vender sin la autorización del ministerio de la defensa nacional, cualquier clase de explosivos determinados en la presente ley Vender Artículo 106. Fabricación ilegal de armas de fuego La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de fabricar armas de fuego, sin contar con la licencia respectiva de la DIGECAM La voluntad de fabricar armas de fuego, sin contar con la licencia respectiva de la DIGECAM Fabricar

Artículo 107. Fabricación de armas de fuego hechizas o artesanales Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo

Cualquier persona

Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Artículo 108. Fabricación ilegal de municiones La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de fabricar munición para armas de fuego de cualquier tipo, sin contar con la licencia respectiva La voluntad de fabricar munición para armas de fuego de cualquier tipo, sin contar con la licencia respectiva Fabricar

Artículo 110. Tenencia ilegal de maquina acondicionadora de munición para armas de fuego Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito:

El Estado El hecho de fabricar armas de fuego hechizas o artesanales La voluntad fabricar armas de fuego hechizas o artesanales Fabricar

re

Cualquier persona El Estado El hecho de tener en su poder una o más maquinas re acondicionadoras de munición para armas de fuego, sin contar con la licencia de la DIGECAM La voluntad de tener en su poder una o más maquinas re acondicionadoras de munición para armas de fuego, sin contar con la licencia de la DIGECAM Tener

Artículo 111. Tenencia ilegal de materiales de fabricación y/o de acondicionamiento de municiones para armas de fuego Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo

Cualquier persona

Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

y la y la

Artículo 112. Tenencia ilegal de armas de fuego bélicas o de uso exclusivo del ejército de Guatemala o de las fuerzas de seguridad y orden público del Estado, explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas bélicas y armas experimentales Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

El Estado El hecho de tener en su poder pólvora especial fulminantes para tal fin, sin haber obtenido licencia de DIGECAM La voluntad de tener en su poder pólvora especial fulminantes para tal fin, sin haber obtenido licencia de DEIGECAM Tener

Cualquier persona El Estado El hecho de tener una o más armas de esta clase sin estar autorizado La voluntad de tener una o más armas de esta clase sin estar autorizado Tener

Artículo 113. Tenencia ilegal de armas de fuego artesanales o hechizas, armas con número de registro alterado, armas con numero borrado o no legalmente marcadas por el DIGECAM Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo

Cualquier persona El Estado El hecho de tener una o más armas en las condiciones mencionadas La voluntad de tener una o más armas en las condiciones mencionadas Tener Artículo 114. Tenencia ilegal de municiones La seguridad del estado Cualquier persona

Sujeto Pasivo Elemento Material

Elemento Interno

Verbo Rector Delito:

Artículo 115. Depósito ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

El Estado El hecho de tener en su poder munición exclusiva para armas de fuego de uso exclusivo del ejército de Guatemala, anti blindaje, explosiva, incendiaria o envenenada con productos químicos y naturales La voluntad de tener en su poder munición exclusiva para armas de fuego de uso exclusivo del ejército de Guatemala, anti blindaje, explosiva, incendiaria o envenenada con productos químicos o naturales Tener

Cualquier persona El Estado El hecho de tener en su poder 3 o más armas de esta clase, sin haberlas registrado en la DIGECAM La voluntad de tener en su Poder 3 o más armas de esta clase, sin haberlas registrado en la DIGECAM Tener

Artículo 116. Depósito ilegal de armas de fuego bélica o de uso exclusivo del ejército de Guatemala o de las fuerzas de seguridad y orden público del estado, explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas bélicas y armas experimentales Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo

Cualquier persona El Estado El hecho de tener en su poder sin estar autorizado por la DIGECAM La voluntad de tener en su Poder sin estar autorizado por la DIGECAM Tener Artículo 117. Tenencia de armería ilegal La seguridad del estado Cualquier persona

Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Artículo 118. Transporte y/o traslado ilegal de armas de fuego Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

El Estado El hecho de dar mantenimiento o reparación a armas de fuego que no sean de su propiedad, de manera permanente o habitual, sin contar con la licencia de la DIGECAM La voluntad de dar mantenimiento o reparación a armas de fuego que no sean de su propiedad, de manera permanente o habitual, sin contar con la licencia de la DIGECAM Dar

Cualquier persona El Estado El hecho de transportar o trasladar armas de fuego en el territorio nacional sin contar con la licencia de la DIGECAM La voluntad de transportar o trasladar armas de fuego en el territorio nacional sin contar con la licencia de la DIGECAM Transportar o trasladar

Artículo 119. Transporte municiones Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material

y/o

traslado

ilegal

de

Cualquier persona El Estado El hecho de transportar y/o trasladar 50 o mas municiones para armas de fuego, sin contar con la licencia de portación o tenencia respectiva de la DIGECAM La voluntad de transporta y/o trasladar 50 o mas municiones para armas de fuego, sin contar con la licencia de portación o tenencia respectiva de la DIGECAM Transportar , trasladar

Artículo 120. Tráfico de armas de fuego o municiones La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de importar, exportar, adquirir, vender, entregar,

Elemento Interno

Verbo Rector

Delito:

Artículo 121. Tránsito ilícito de armas de fuego o municiones Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Cualquier persona El Estado El hecho de transitar por el territorio nacional armas de fuego, sus piezas, componentes o municiones sin contar con la autorización La voluntad de transitar por el territorio nacional armas de fuego, sus piezas, componente o municiones sin contar con la autorización Transitar

Artículo 122. Portación ilegal de armas blancas de uso exclusivo del ejército de Guatemala o de las fuerzas de seguridad y orden público del estado Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

trasladar o trasferir cualquier tipo de arma de fuego, sus piezas, componentes o municiones desde o a través del territorio nacional La voluntad de importar, exportar, adquirir, vender, entregar, trasladar o transferir cualquier a tipo de arma de fuego, sus piezas, componentes o municiones desde o a través del territorio nacional Importar, exportar, adquirir, vender, entregar, trasladar o transferir

Cualquier persona El Estado El hecho de portar armas de esta clase La voluntad de portar armas de esta clase Portar

Artículo 123. Portación ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material

Cualquier persona El Estado El hecho de portar armas de fuego de las clasificadas en

Elemento Interno

Verbo Rector Delito:

Artículo 124. Portación ilegal de armas hechizas o de fabricación artesanal Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Cualquier persona El Estado El hecho de portar de cualquier manera armas hechizas o de fabricación artesanal La voluntad de portar de cualquier manera armas hechizas o de fabricación artesanal Portar

Artículo 125. Portación ilegal de armas de fuego bélicas o de uso exclusivo del ejército de Guatemala o de las fuerzas de seguridad y de orden público del estado Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito:

esta ley como de uso civil, deportivas o de ambas clases, sin licencia de la DIGECAM o sin estar autorizado legalmente La voluntad de portar armas de fuego de las clasificadas en esta ley como de uso civil, deportivas o de ambas clases, sin licencia de la DIGECAM o sin estar autorizado legalmente Portar

Cualquier persona El Estado El hecho de portar sin autorización armas de esta clase La voluntad de portar sin autorización armas de esta clase Portar

Artículo 126. Portación ilegal de explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas bélicas y armas de experimentación Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo

Cualquier persona

Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

El Estado El hecho de portar armas bélicas de esta clase La voluntad de portar armas bélicas de esta clase Portar

Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material

Artículo 127. Disparos sin causa justificada La seguridad del estado e integridad de las personas

Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Artículo 129. Tenencia o portación de armas de fuego con número de registro alterado, borrado o no legalmente marcada por la DIGECAM Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito:

Cualquier persona El Estado El hecho de disparar un arma de fuego sin causa justificada La voluntad de disparar un arma de fuego sin causa justificada Disparar

Cualquier persona El Estado El hecho de tener o portar una o más armas en cualquiera de las condiciones mencionadas La voluntad de tener o portar una o más armas en cualquiera de las condiciones mencionadas Tener , portar

Artículo 133. Construcción clandestina de polígonos de tiro Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material

Cualquier persona El Estado El hecho de instalar o condicionar lugares para la práctica

Elemento Interno Verbo Rector Delito: Bien Jurídico Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector Delito:

Artículo 134. Modificación ilegal de armas de fuego La seguridad del estado Cualquier persona El Estado El hecho de modificar o transformar los mecanismos de tea armas de fuego, para que puedan accionar de una manera diferente en las que fueron disertadas La voluntad de modificar o transformar los mecanismos de tea armas de fuego, para que pueda accionar de una manera diferente en las que fueron disertadas Modificar, transformar

Artículo 135. Reparación de armas de fuego no registradas Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material Elemento Interno Verbo Rector

Delito:

de tiro, sea de uso público o privado sin autorización de la DIGECAM La voluntad de instalar o condicionar lugares para la práctica de tiro, sea de uso público o privado sin autorización de la DIGECAM Instalar o condicionar

Cualquier persona El Estado El hecho de dar la orden o repare dentro de una armería, armas de fuego no registradas por la DIGECAM La voluntad de dar la orden o repare dentro de una armería, armas de fuego no registradas por la DIGECAM Dar, reparar

Artículo 136. Delito de sustracción de las armas incautadas o sujetas a comiso Jurídico La seguridad del estado

Bien Tutelado Sujeto Activo Sujeto Pasivo Elemento Material

Cualquier persona El Estado El hecho de omitir remitir a la DIGECAM, dentro del plazo señalado en esta ley, las armas secuestradas, incautadas o sujetas a comiso, o sustraiga el o las armas secuestradas,

Elemento Interno

Verbo Rector

incautadas o sujetas a comiso, por ejercicio de su cargo La voluntad de omitir remitir a la DIGECAM, dentro del plazo señalado en esta ley, las armas secuestradas, incautadas o sujetas a comiso, o sustraiga el o las armas secuestradas, incautadas o sujetas a comiso, por ejercicio de su cargo Omitir, sustraer

Fundamento Legal: Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009 del Congreso de la República de Guatemala.

6. Faltas que regula la ley:

FALTA Artículo 128. Portación de arma de fuego en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas o estupefacientes o barbitúricos

PENA Multa de (Q1,000) a (Q3,000) y suspensión de la licencia de portación de arma de fuego por un plazo de un año(según la ley de armas y municiones) Artículo 130. De la portación de un arma Multa de (Q1,000) a (Q1,500) (según la de fuego sin licencia correspondiente ley de armas y municiones) Artículo 131. Portación ostentosa de Suspensión de la licencia de portación arma de fuego de armas de fuego por (6meses)a(8meses) y multa de (Q1,000) a (Q1,500) (según la ley de armas y municiones) Artículo 132. Falta en la portación de Multa de (Q1,500) a (Q3,000) (según la arma de fuego con licencia vencida ley de armas y municiones) Fundamento Legal: Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009 del Congreso de la República de Guatemala. 7. Según los delitos que encuentre relacionarlo con algún artículo o artículos de la Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo 2.- Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. Fundamento Legal: Artículo 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo 38.- Tenencia y portación de armas. Se reconoce el derecho de tenencia de armas de uso personal, no prohibidas por la ley, en el lugar de

habitación. No habrá obligación de entregarlas, salvo en los casos que fuera ordenado por el juez competente. Se reconoce el derecho de portación de armas, regulado por la ley. Fundamento Legal: Artículo 38 de la Constitución Política de la República de Guatemala. 8. Identificar qué tipo de derechos y objetos protege. Respeto a la vida, la integridad física, la libertad, la seguridad y justicia de todos los habitantes. Fundamento legal: Considerando no. 2 de la Ley de Armas y Municiones Decreto 15-2009 del Congreso de la República. 9. Un comentario del grupo por cada ley analizada. La ley de Armas y Municiones es de gran importancia para la sociedad en virtud que con ella se regula la tenencia y portación de armas que aunque puede ser utilizada con diferentes fines lícitos, el mal uso de éstas pueden vulnerar el derecho a la vida y seguridad de las personas. Es por ello que se crea la Dirección General de Control de Armas y Municiones (DIGECAM) como una dependencia del Ministerio de Defensa Nacional, con el fin que exista una institución dedicada a velar por el cumplimiento de la ley y el control de armas y municiones en el país. El Departamento de Control de Armas y Municiones -DECAM, como era llamado anteriormente- se crea por medio del Decreto no. 39-89 del Congreso de la República de Guatemala, el 29 de junio de 1989, y ratificando por el entonces presidente constitucional de Guatemala, Vinicio Cerezo Arévalo, el 29 de julio del mismo año. En el año 2012 es llamado Dirección General de Control de Armas y Municiones. Como estudiantes y futuros profesionales del Derecho, es de gran importancia conocer esta ley, ya que en un hecho delictivo se deben tipificar muy bien los delitos y tomar en cuenta todos los elementos utilizados para su realización (con esto se incluye el uso de armas o municiones, legales o ilegales).