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2.1 Ley de impuestos generales de importación y exportación (LIGIE) (conocimientos básico) LEY DE LOS IMPUESTOS GENERAL

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2.1 Ley de impuestos generales de importación y exportación (LIGIE) (conocimientos básico)

LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION. Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. TEXTO VIGENTE Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Junio de 2007. (En vigor a partir del 1 de Julio de 2007) SECRETARIA DE ECONOMIA LEY de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO GENERAL MEXICANOS, DECRETA:

DE

LOS

ESTADOS

UNIDOS

SE EXPIDE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN. ARTÍCULO ÚNICO. Se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para quedar como sigue: LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN. http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/62.htm?s 2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA)

, compensaciones) ley aduanera titulo tercero contribuciones, cuotas compensatorias y demas regulaciones y restricciones no arancelarias al comercio exterior. capitulo iv determinacion y pago artículo 83 folio: 8563 articulo 83. las contribuciones se pagaran por los importadores y exportadores al presentar el pedimento para su tramite en las oficinas autorizadas antes de que se active el mecanismo de seleccion aleatoria. dichos pagos se deberan efectuar en cualquiera de los medios que mediante reglas establezca la secretaria. el pago en ningun caso exime del cumplimiento de las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias. cuando las mercancias se depositen ante la aduana en recintos fiscales o fiscalizados, el pago se debera efectuar al presentar el pedimento, a mas tardar dentro del mes siguiente a su deposito o dentro de los dos meses siguientes cuando se trate de aduanas de trafico maritimo, de lo contrario se causaran recargos en los terminos del codigo fiscal de la federacion, a partir del dia siguiente a aquel en el que venza el plazo señalado en este parrafo los impuestos al comercio exterior se actualizaran en los terminos del articulo 17-a del codigo fiscal de la federacion a partir de la fecha a que se refiere el articulo 56 de esta ley y hasta que los mismos se paguen. tratandose de importaciones o exportaciones, el pago podra efectuarse en una fecha anterior a la señalada por el articulo 56 de esta ley, en el entendido que si se destinan al regimen de deposito fiscal el monto de las contribuciones y cuotas compensatorias a pagar podra determinarse en los terminos anteriores. en este caso, las cuotas, bases gravables, tipos de cambio de moneda, cuotas compensatorias, demas regulaciones y restricciones no arancelarias, precios estimados y prohibiciones aplicables seran las que rijan en la fecha de pago o de la determinacion, solo cuando las mercancias se presenten ante la aduana y se active el mecanismo de seleccion aleatoria dentro de los tres dias siguientes a aquel en que el pago se realice. si las importaciones y exportaciones se efectuan por ferrocarril, el plazo sera de veinte dias.

2.4 Tipos , modalidades y funcionamiento de aranceles

ARANCEL DE ADUANAS: Es un instrumento regulador del comercio exterior y debe adaptarse a la dinamica que experimentan los cambios internacionales, asi como a las condiciones de produccion y comercio del pais que lo utiliza. Objetivos del arancel. • Proporcionar ingresos al fisco nacional desde el punto de vista economico. • Proteger los sectores de la industria nacional en forma suficiente para estimular su competitividad y desarrollo. Funciones · · · funcion selectiva.

del funcion funcion

arancel. recaudadora. protectora.

Funcion recaudadora: Los derechos arancelarios correspondientes, representan una arte adicional de ingreso para el pais, por tratarse de un impuesto a las importaciones. El derecho de aduana al proveer de ingresos fiscales, tiene un efecto indirecto positivo en los paises que enfrentan dificultades para equilibrar su presupuesto fiscal y para financiar mayores actividades requeridas para el desarrollo social y economico. Este mecanismo representa una de las formas mas efectivas de obtener financiamiento fiscal. El arancel es una fuente importante de ingresos. Funcion protectora: Los derechos aduaneros, ademas de ser una fuente de recaudacion, tambien elevan a un justo nivel los precios de los productos que ingresan al mercado interno, teniendo esto como consecuencia la proteccion de la industria nacional y niveles de competitividad razonables. El arancel es probablemente el instrumento mas empleado como medio de proteccion. Funcion selectiva: Para las naciones, lo mas importante es el alcance selectivo del arancel. Se preocupan por la modificación de su estructura industrial y evitan entorpecer el surgimiento de empresas nacionales competitivas en los mercados internacionales.

Efectos del · efectos sobre · efectos sobre · efecto · efecto sobre la relación de intercambio.

la el

arancel. producción. consumo. fiscal.

Efectos sobre la producción: El producto importado se encarece, lo que hace que la producción nacional del bien aumente, por lo que su elaboración se torna rentable. Efectos sobre el consumo: La imposición de una tarifa arancelaria, eleva el precio del producto importado y desestimula su consumo, aun cuando cabe destacar que la caída de la demanda depende de la necesidad que tengan del bien los agentes económicos. Efecto fiscal: La imposición de un arancel incrementa los ingresos fiscales. Haciendo abstracción de la devaluación monetaria el aumento es igual a la cantidad importada de mercancías multiplicada por el nivel del arancel. Efecto sobre la relación de intercambio: La relación real de intercambio, ofrece los instrumentos para medir la exportación de bienes que financia la importación de los productos foráneos. La relación de intercambio aumenta cuando los bienes que se exportan, tienden a incrementar su valor, al tiempo que los precios de los productos importados se mantienen estables. 2.5 Modalidades y funcionamiento de las barreras comerciales no arancelarias Las restricciones no arancelarias son medidas impuestas por los países para proteger la producción nacional, surgiendo como medida para limitar y restringir el comercio ya que por los tratados de libre comercio y las normas de la OMC los aranceles e impuestos al comercio bajaron mucho y ya no eran útiles para proteger la industria nacional. El número de barreras arancelarias existentes es muy amplio ya que cada país puede disponer las que crea necesarias para proteger su mercado. Según el articulo 15 de la Ley del comercio exterior (2003)(anexo 2). Las barreras no arancelarias se clasifican en dos grandes grupos: cuantitativas y cualitativas. Las regulaciones no arancelarias

cuantitativas son medidas que restringen la calidad de productos permitidos para entrar a su país. Permiso de importación, exportación o licencias previas. Cupos. Precios fijos Antiduping y subvenciones. Prohibiciones Control del tipo de cambio. Compras del sector publico. Requisitos de desempeño. Medidas de salvaguarda, entre otras: Por otra parte, las regulaciones no arancelarias cualitativas son todas las demás medidas que restringen de una u otra forma la entrada excesiva de productos extranjeros a un país. Regulaciones de etiquetado. Regulaciones sanitarias. Regulaciones de envase y embalaje. Normas técnica. Normas de calidad Regulaciones de toxicidad. Regulaciones Ecologicas. Marcado de país de origen. Normas Oficiales Mexicanas. Registros Importadores Requerimientos de Importadores Requerimientos de documentación.

Medidas en materia de propiedad intelectual, entre otras. Los requisitos específicos en el articulo 17 de la Ley de Comercio Exterior (2003)(anexo 2 ). Son necesarios para que una norma no arancelaria mexicana sea legal y deba cumplirse. Estos requisito son los siguientes: deberá ser expedida por la secretaria de economía conjunta con la autoridad competente, someterse previamente a la opinión de la comisión, publicarse en el diario oficial de la federación y tener una justificación valida.