Las Victimas y Sus Derechos9Abril

SIETE AÑOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY 1448 LAS VÍCTIMAS SEGUÍMOS EXIGÍENDO VERDAD JUSTICIA, REPARACIÓN Y GARANTIAS D

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SIETE AÑOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY 1448 LAS VÍCTIMAS SEGUÍMOS EXIGÍENDO VERDAD JUSTICIA, REPARACIÓN Y GARANTIAS DE NO REPETICIÓN I.

LA SITUACIÓN DE LAS VÍCTIMAS Y LA REPARACIÓN INTEGRAL a. Introducción

Según el Registro Único de Victimas (RUV) de Colombia se indica que para marzo de 2018, se registran cerca de 9.000.000 víctimas en el país, de las cuales la mayoría lo son a causa del desplazamiento forzado; además, se destacan las víctimas de homicidio, mutilaciones por minas y artefactos explosivos; confinamiento, secuestro, tortura, desaparición forzada, reclutamiento de menores, despojo de tierras, agresión sexual, amenazas y atentados, robo de bienes, entre otros. Somos conscientes que nada ni nadie nos va enmendar la pérdida de nuestros seres queridos, y que la reparación aunque “integral”, no nos va a devolver a las condiciones que teníamos antes de que nuestro proyecto de vida fuera vulnerado o alterado a la fuerza por quienes nos ven como sus enemigos o consideran que nuestras propiedades, muchas o pocas, les pertenecen. Nunca quisimos ser victimizados o tener que desplazarnos para proteger nuestra vida, nunca estuvo en nuestros planes vivir fuera de nuestro territorio y mucho menos incomodar la vida de otras personas. Somos víctimas y esa realidad lamentable nos afecta a nosotros y a toda la sociedad. Somos ciudadanos y ciudadanas colombianas con igualdad de derechos y deberes, pero afectados profundamente, tanto emocional, como física, cultural, política y económicamente, por el conflicto armado. Por esta razón, el Estado está en la obligación de trabajar en repararnos integralmente y, de dar cumplimiento a las garantías de dignificación para toda la población, pues hasta ahora el Estado ha sido incapaz en su labor de proteger nuestra vida, nuestros bienes y nuestra honra.

Han sido varias las leyes y normas que se han promulgado en Colombia con el ánimo de resarcir nuestros derechos vulnerados o perdidos; sin embargo, esta normatividad ha sido ineficiente e ineficaz, y lo que es peor, en su implementación y/o aplicación, en muchas ocasiones nos ha revictimizado. Con la aplicación de la Ley 1448 de 2011, las víctimas creímos haber encontrado una ruta real y efectiva hacia nuestra dignificación, creímos estar cerca de acceder a la verdad de los hechos victimizantes para que estos nunca más volvieran a repetirse; soñamos con la aplicación efectiva de la justicia para superar los altos índices de impunidad y de falsas verdades, para avanzar con certeza por el camino de la reconciliación nacional; imaginamos que era posible la efectividad de la reparación integral en lo físico, psicosocial, cultural, político y económico, que nos brindase garantías de no repetición y así, superar los miedos y recuperar la capacidad de soñar; imaginamos que realmente era posible tener un presente y un futuro mejor para nosotros y nuestros hijos e hijas, un ahora en donde pudiéramos gozar de nuestro derecho a una vida digna, en paz, con justicia social y equidad, y poder participar como sujetos políticos de los destinos de nuestra nación. b. La Ley 1448 y la institucionalidad Con la Ley 1448 apareció la Unidad para la Atención Integral a la Víctimas – UARIV y la Unidad para la Restitución de Tierras; apareció el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las VíctimasSNARIV, y los Comités de Justicia Transicional, constituidos por entidades públicas tanto gubernamentales como estatales a nivel nacional y territorial, todos cargados de promesas, y encargados de formular y/o ejecutar los planes, programas, proyectos y acciones para nuestra atención y reparación integral, que ciertamente no ha sido más que un anuncio y una demostración de la incapacidad del Estado para coordinarse o complementarse. Es evidente que el SNARIV no ha cumplido con sus funciones. Las entidades convocadas, (Ministerios, Institutos, Direcciones, etc.) en la mayoría de los casos, no hacen presencia en las respectivas sesiones de trabajo o la persona delegada no ha sido apta en la

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capacidad de decisión y de compromiso real con los planes y programas construidos por la UARIV y las mesas de participación efectiva de las víctimas. Así se hace expreso que la UARIV no tiene capacidad y/o voluntad de convocatoria o de control en este ente, el SNARIV no logra la coordinación necesaria, sus instituciones miembros no apropian los recursos obligatorios y suficientes, el compromiso efectivo de la institucionalidad Estatal y de Gobierno más allá de la UARIV es casi nulo y por consiguiente no se logra la integralidad de la reparación. Algo parecido ocurre a nivel departamental y municipal con los llamados Comités de Justicia Transicional. A pesar de las entidades creadas para atender a las víctimas, del compromiso de las víctimas y sus organizaciones, del compromiso de las organizaciones víctimas y acompañantes de víctimas y de sectores de la sociedad colombiana, nuestra realidad hoy es lamentable. c. La Reparación Integral Individual y Colectiva En siete años de vigencia de la Ley 1448 y a solo 3 años de terminar su periodo, según la Comisión de Seguimiento y Monitoreo de la Ley, en su cuarto informe al Congreso de la República sobre la implementación de la Ley de Victimas y Restitución de Tierras, presentado en agosto de 2017, indica que se han indemnizado, solo el 7% de las víctimas, es decir, aproximadamente 630.000 personas han accedido a este derecho, teniendo en cuenta que la mayoría de las víctimas son desplazadas por la violencia; señalamos entonces, que además de que el 93% de las víctimas no han sido indemnizadas, tampoco se está aportando a la reparación integral. Si contrastamos esta cifra con las cifras de desplazamiento de los últimos años, la situación empeora por cuanto la cifra de indemnizados por año, casi alcanza la cifra de nuevos desplazamientos por año. Por ejemplo, si miramos los reportes de desplazamiento, es posible asegurar que varias fuentes1 indican que hasta el 2017 se registran cerca o un poco más de 7.7 millones de personas en total, sufriendo desplazamiento, teniendo en cuenta que para 2015 había “una representatividad de 6.453.023 de víctimas evaluadas” según el Informe ACNUR2, haciendo evidente dicho aumento frente a las indemnizaciones.

De seguir así, por el camino de privilegiar la reparación individual, desconociendo el potencial y papel que las organizaciones de víctimas y los sujetos de reparación colectiva pueden cumplir, no será posible una reparación integral de las víctimas en los tiempos y condiciones estipulados por la Ley. Para marzo del 2018, se han reconocido por parte del Estado colombiano a través de la UARIV, 615 casos de reparación colectiva en casi todo el territorio nacional, de los cuales 372 son casos étnicos (pueblos, comunidades, resguardos, cabildos indígenas; población afrodescendiente; pueblo Rrom), 204 son casos no étnicos (campesinos fundamentalmente), y 41 casos son organizaciones sociales, sindicales o comunitarias, gremios o grupos poblacionales, seis de estos casos son organizaciones de mujeres. Según las diferentes fases planteadas en la ruta de reparación colectiva diseñado por la UARIV, de los 615 casos, 330 están en la fase de identificación (no han iniciado el proceso), 80 en alistamiento, 67 en caracterización del daño, 16 en diseño y formulación del Plan Integral de Reparación Colectiva- PIRC, y 122 en la de implementación de dicho Plan. Ningún caso ha culminado la ejecución de su plan de reparación. El acceso al derecho a la salud y especialmente, el apoyo psicosocial ha soportado demoras injustificadas en la implementación del Plan de Atención Psicosocial a las Víctimas – PAPSIVI, que a su vez ha sido fuertemente criticado por su enfoque y condiciones de aplicación. La intervención psicosocial ha estado más orientada a la atención de las consecuencias que se derivaron de los hechos violentos y no se ha enfocado en desentrañar los efectos del conflicto, ni en aportar a la superación de estos hechos violentos, a los alcances y motivaciones de este, como tampoco en la recuperación de los sueños que tenían las víctimas antes del daño, lo cual haría posible que el tejido social afectado se repare y las víctimas individuales podamos revivir en comunidad. El acceso al derecho a la educación de las víctimas o de sus hijos e hijas sigue presentando serias dificultades.

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Informe ACNUR, el Registro Único de Víctimas, el Centro de Monitoreo de Desplazamiento, entre otros como diario El País, CARACOL RADIO, CNN LATINOAMÉRICA.

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La Agencia de la ONU para los Refugiados

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El sistema educativo no ha generado un programa real, apropiadamente elaborado, financiado y promocionado que permita a las instituciones educativas y a las y los docentes, contar con herramientas pedagógicas y condiciones materiales que hagan posible cumplir con las necesidades educativas que la población víctima tiene, específicamente, los niños y las niñas. No hay un reconocimiento especial de la situación de ellas y ellos, de su estado emocional, mental y físico; de sus condiciones materiales; y tampoco, se profundiza en su cultura, tradiciones y costumbres. Los programas “especiales” de educación superior, promocionados como los ofrecidos por el Ministerio de Educación a través del ICETEX, no son una oferta viable para la capacidad de endeudamiento de las víctimas. La situación hoy, es que la mayoría de los niños, niñas y adolescentes afectados por la violencia, son re-victimizados, y no tienen posibilidades de hacer realidad sus anhelos de educación y superación; que más que un anhelo, es un derecho y una necesidad para su buen desarrollo. Respecto al derecho que tienen las víctimas de tener una vivienda en condiciones de dignidad, es claro que las soluciones han sido insuficientes y tardías. Según el último informe de la Contraloría haciendo alusión a un requerimiento enviado a FONVIVIENDA, en respuesta recibió un informe emitido por esta entidad con corte del 30 de junio de 2016, en el que se “identifica 57.372 desplazados con subsidio asignado en vivienda gratuita. De los cuales, 4.182 no se encuentran en este registro, de manera que al hacer los cruces respectivos se reduce al número a 53.190 familias desplazadas beneficiadas con vivienda gratuita. De estas beneficiarias, el 49.6% (23.387) corresponde a quienes habían quedado con subsidios pendientes de las convocatorias 2004 y 2007. El otro 50.4% (26.803) corresponde a la selección de familias que hacen el DPS y FONVIVIENDA pero que no consulta las necesidades de la población” (CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, 2015). Según declaraciones de la directora nacional de la UARIV, se han entregado aproximadamente 100.000 viviendas a las víctimas, con el apoyo de los entes territoriales. La mayoría de la población víctima, en especial la población en situación de desplazamiento forzado; estamos a la espera de materializar nuestro derecho de acceder de forma gratuita a una vivienda que aporte a la dignificación de nuestra vida, para lo cual, posiblemente se hace necesario la implementación de un programa nacional especial que solucione el déficit de vivienda en la población víctima.

d. La Restitución de tierras Durante la ejecución de la política pública de restitución de tierras se ha identificado que la Unidad de Restitución de Tierras-URT, ha concentrado su gestión en negar a muchos de las y los campesinos reclamantes, las solicitudes de ingreso a los registros de tierras, impidiendo que las víctimas puedan acudir a los estrados judiciales a presentar las demandas para recuperar sus tierras. También se ha verificado que la restitución de tierras se ha hecho lenta por la llamada micro focalización que le entrega a la fuerza pública la potestad de decidir, sin la participación de las víctimas, qué zonas son las que se interviene. A pesar de las solicitudes realizadas por diferentes organizaciones, no ha sido posible que la URT estudie la posibilidad de avanzar en la restitución colectiva de tierras. Según los últimos informes de la Unidad de Restitución de Tierras, analizados por la Fundación Forjando Futuros, en siete años de la aplicación de la Ley de Víctimas, sólo se ha restituido el 4.5% de las 6 millones 500 mil hectáreas despojadas en Colombia, es decir solo aproximadamente 292.500 hectáreas. El 96% del despojo se perpetró contra pequeños campesinos con predios que no sobrepasaban las 50 hectáreas. Además, este informe, también señala que terratenientes, despojadores, testaferros y algunos políticos buscan acabar con La Ley de Restitución, usando la excusa de que no existen garantías para los opositores. Según el informe, las cifras demuestran que los llamados propietarios de buena fe y los segundos ocupantes, han recibido toda la protección y favores que brinda el ordenamiento jurídico colombiano. En aproximadamente 565 casos de restitución, los jueces y magistrados ordenaron beneficios a los opositores. El panorama del despojo de tierras es más lamentable si adicionalmente se tiene en cuenta que en el 2017 se reportó la pérdida de 554 bienes inmuebles, es decir en un año se robaron más bienes inmuebles que los devueltos en siete años de aplicación de la Ley 1448.

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e. La reparación a los pueblos indígenas, afrodescendientes, negros, raizales y Rrom (Decretos Ley 4633, 4634, 4635 de 2011) Si bien es cierto que algunos procesos de reparación colectiva, son casos étnicos (372 pueblos, comunidades, resguardos, cabildos indígenas; población afrodescendiente; pueblo Rrom) y de restitución de territorios étnicos (6 territorios indígenas y 1 territorio colectivo de comunidad étnica), estos no obedecen a la aplicación efectiva de los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, sino fundamentalmente a la aplicación del programa de reparación colectiva que reconoce las afectaciones de organizaciones, comunidades e instituciones en general, y que no tiene en cuenta el enfoque diferencial étnico, comunitario y cultural de las víctimas, contemplados en los decretos antes mencionados. Han sido muchos los llamados de las organizaciones y comunidades a casi siete años de su entrada en vigor de los decretos, para que el Gobierno Nacional los implemente y, reconozca la importancia de reparación colectiva de los pueblos y comunidades indígenas, afrodescendientes, negras, raizales y del pueblo Rrom. El pronunciamiento de los delegados de las Mesas Departamentales de Víctimas de los Pueblos Indígenas realizado el 18 agosto de 2017, hace un llamado especial sobre el incumpliendo del Gobierno en la aplicación de la Ley 4633 de 2011. Según las y los delegados de los pueblos indígenas, “A seis (6) años de la entrada en vigor del Decreto Ley 4366 de 2011 que busca la reparación, atención y restitución de derechos territoriales de los pueblos indígenas víctimas del conflicto armado, se concluye que este no se ha implementado en los territorios y a favor de los pueblos y comunidades indígenas afectados. Lo anterior, debido algunas de estas razones: v El gobierno y las entidades territoriales no han asumido la responsabilidad en términos de coordinación interinstitucional y esfuerzo presupuestal; y mantienen la ausencia de voluntad política para garantizar la efectiva implementación del Decreto Ley, incurriendo en la profundización del riesgo de exterminio físico y cultural de los pueblos indígenas y la permanencia del Estado de Cosas Inconstitucional (T-025 de 2004 y autos de seguimiento).

v Hemos identificado que ante la ausencia de la implementación del DL4633 las víctimas indígenas se ven obligadas a aceptar las medidas establecidas en la Ley 1448 de 2011, las cuales son las únicas ofertas institucionales. Lo anterior se constituye en un paliativo ante nuestras necesidades urgentes que atentan contra nuestro derecho a una reparación integral con enfoque diferencial. v Como delegados de las mesas departamentales de víctimas indígenas desconocemos la asignación presupuestal ejecutada y la destinación específica para la implementación del Decreto Ley 4633 de 2011, a pesar de solicitar dicha información a las instancias competentes. f. Reparación género

con

enfoque

de

Para avanzar en este importante tema, hacemos en principio un énfasis en la mujer y, recordamos la normatividad para proteger, sancionar y erradicar la violencia contra ella, cualquier acción o conducta basada en género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer en el ámbito público o privado, incluyendo a las mujeres víctimas del conflicto armado cuyo cuerpo ha sido marcado antes, durante y posterior a los hechos victimizantes en medio del conflicto armado. Son múltiples las violencias, maltratos, abusos, torturas, violaciones, esclavitud, feminicidios, suicidios, desapariciones, e impactos en la salud mental, emocional y física de las mujeres y sus hijos e hijas que llevan en muchos casos stress postraumático, depresiones, incapacidades para protegerse, adicciones, desórdenes alimenticios, abortos, embarazos no deseados, mutilaciones, cicatrices,

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quemaduras, cáncer, enfermedades catastróficas3, en general haciendo que las mujeres víctimas adquieran alguna incapacidad. En el 2008 las mujeres celebramos dos importantes decisiones jurídicas con las que creímos cambiar muchas de nuestras realidades, una de ellas, el Auto 092 del 13 de abril 2008 proferido por la Honorable Corte Constitucional, sobre protección de los derechos fundamentales de las mujeres víctimas del desplazamiento forzado por causa del conflicto armado, en el marco de la superación del Estado de Cosas Inconstitucional declarado en la sentencia T025 de 2004, después de la sesión pública de información técnica realizada el 10 de mayo de 2007 ante la Sala Segunda de Revisión. Este Auto además reconoce el impacto desproporcionado del desplazamiento en la vida y cuerpo de las mujeres, 10 riesgos de género, 18 facetas de género y más de 180 casos de violencia sexual sin atender y sin ser investigados, por lo que ordena la creación de 13 programas que protejan y prevengan estas violencias contra las mujeres desplazadas por el conflicto armado. La otra medida es la ley 1257 del 04 de diciembre de 2008, por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres; se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Medidas de protección y de atención para las mujeres que viven violencia en el ámbito público y privado, sin embargo, 10 años después, nuestra realidad no ha cambiado y estas normas siguen en el papel sin ser cumplidas. Según informes de la UARIV4, EL 49.5% del total de las víctimas del conflicto armado son mujeres es decir 3.481.244 de ellas, de las cuales, aproximadamente la mitad, son víctimas de delitos contra la libertad y la integridad sexual. Esto es importante en la medida en que se reconoce el delito de violencia sexual en el marco del conflicto armado y las víctimas se atreven a hablar de su situación y de los alcances de esta estrategia de guerra, que se constituye en una grave violación a los Derechos Humanos y al Derechos Internacional Humanitario. Entre los años 2014 y 2017 la UARIV indemnizó a 6.903 mujeres víctimas de violencia sexual, no 3

Afectaciones que se podrán encontrar en diversos informes y estudios, como en el ¡BASTA YA!, en el que hacen referencia a los que se nombraron aquí.

obstante, se requiere hacer mayores esfuerzos para que la ruta de atención a mujeres víctimas de violencia sexual contemple con más profundidad la atención psicosocial especializada oportuna, que aporte efectivamente al proceso de reparación integral, tanto individual como colectivamente. En relación con los procesos de reparación colectiva, tal como lo demuestra la Corte Constitucional en su sentencia T-718 de diciembre de 2017, que ordena reparar colectivamente a las víctimas de violencia sexual del Salao en Montes de María, se está demostrando la ausencia de enfoque de género y ratifica las denuncias de las y los miembros de los procesos de reparación colectiva en relación con la escasa participación efectiva, informada y decisoria de las víctimas en la identificación del daño y la construcción del Plan de Reparación Integral, que aporte al fortalecimiento de los planes de vida o de desarrollo comunitarios. En relación con la justicia especial para la paz desarrollada con la Ley 975, las víctimas de violencia sexual, en la mayoría de los casos, no contaron ni cuentan con acompañamiento de funcionarios que contemplen en su práctica profesional la perspectiva de género, lo que agudiza la revictimización de las víctimas de violencia sexual en las audiencias. No existe un sistema de acompañamiento legal con enfoque psicosocial para las víctimas. g. La reparación integral a personas víctimas con discapacidad La Corte Constitucional en la sentencia T-025 de 2004 emitió el auto 006 de 2009, resaltando que la población víctima de desplazamiento en condición de discapacidad no contaba con la atención diferenciada y prioritaria como sujetos de especial protección constitucional. Posteriormente con el Auto 173 de 2014, aunque destaca los avances en la implementación de la política pública de asistencia, atención y reparación integral para las víctimas en el 4

También citado desde el informe de MUJERES Y CONFLICTO ARMADO, publicado por USAID, Organizador Internacional para las Migraciones, UARIV y, TODOS POR UN NUEVO PAÍS.

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marco de la Ley 1448, enfatiza sobre la persistencia de las barreras actitudinales, de comunicación y arquitectónicas, el riesgo desproporcionado del desplazamiento forzado para los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, la desprotección de las personas mayores con discapacidad y las dificultades en el acceso a la justicia. Los efectos del conflicto agravan significativamente el vivir en situación de discapacidad al interior de una familia, ya que dificulta aún más las condiciones. Así mismo hay que diferenciar la adquisición de la discapacidad a causa del conflicto de manera directa, y la adquisición como impacto colateral, como puede ser la depresión profunda y otras discapacidades psicosociales y/o mentales. Son múltiples y variadas las dificultades que hoy atraviesan las personas víctimas del conflicto armado con discapacidad. Los planes, programas, proyectos y actividades desarrolladas por el Gobierno Nacional no contemplan con suficiente contundencia el enfoque diferencial para personas en situación de discapacidad víctimas de la violencia, sea la discapacidad producto del hecho violento, o sea la discapacidad exacerbada por el hecho. No existe un programa psicosocial efectivo de rehabilitación a partir de modelos resilientes, que contemple apoyo especial a las personas víctimas que se encuentran en situación de discapacidad; la entrega de ayudas humanitarias, por ejemplo, no contempla con especial atención la condición profunda de quienes a diario viven esa situación, igual ocurre con la medida de indemnización administrativa. El fortalecimiento a las organizaciones de víctimas en situación de discapacidad es un pilar fundamental que permite cualificar la participación e incidir efectivamente en la construcción de la Política Pública de las Víctimas. Para esto, es indispensable fortalecer las organizaciones de víctimas en situación de discapacidad a través de la garantía de recursos técnicos, logísticos y presupuestales; como también, la reglamentación de apoyos e incentivos, financiamiento de medios de comunicación alternativos (radio, imprenta y audiovisuales), para que las organizaciones cuenten con la capacidad y sean ejecutoras de recursos públicos y privados, encaminados a la restitución de sus derechos. En materia educativa, por ejemplo, no existe un programa especial de becas proporcionales a las necesidades de las personas víctimas en situación de discapacidad sin restricciones, en todos los niveles

educativos facilitando los respectivos ajustes razonables pedagógicos, técnicos, tecnológicos y humanos, para asegurar el acceso, permanencia y graduación. Con estas acciones afirmativas se garantizaría el derecho a la educación como parte de la reparación integral de las víctimas con discapacidad. En general no se ha logrado estructurar un programa especial integral para personas víctimas en situación de discapacidad que contemple, adicional a los identificados anteriormente, el acceso especial a la salud, la generación de ingresos, el retorno y reubicación. Las víctimas, somos marginadas y estigmatizadas por las mismas comunidades; y a partir de aquí, se restringe nuestra participación social y ocupacional. Si a esta situación se les suma el difícil acceso a los servicios de rehabilitación funcional e integral, la discapacidad se hará progresiva rápidamente, con las consecuencias nefastas para una adecuada inclusión en la vida social y productiva, así como en el restablecimiento exitoso del hilo de la cotidianidad. h. Las Mesas de participación efectiva y el SNARIV Según la ley 1448 en el artículo 194, y el artículo 285 del decreto 4800, se adoptó el protocolo de participación efectiva de las víctimas, cuyo objetivo es garantizar la participación de las víctimas en la planeación, ejecución y control de las políticas públicas, dentro del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas-SNARIV, así como garantizar a las víctimas su intervención real y efectiva en los espacios de participación ciudadana local, regional y nacional. En la medida en que la UARIV no ha logrado convocar y coordinar efectivamente al SNARIV y a los Comités de Justicia Transicional, la labor de las mesas de participación de las víctimas no ha logrado cumplir cabalmente con los objetivos para los cuales han sido creadas. En este marco legal, la participación de las organizaciones de víctimas, la democracia participativa en cada ente territorial en relación con las víctimas, han perdido espacio y las decisiones terminan siendo de carácter representativo.

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No se ha garantizado plenamente que las y los representantes de las víctimas en las mesas, se fortalezcan y mejoren sus capacidades para ejercer tan importante labor, que cuenten con el apoyo suficiente para realizar consultas, construir propuestas, planes, programas, proyectos y actividades de reparación en beneficio de todas las víctimas, o rendir cuentas adecuadamente, fortalecer las organizaciones, y ejercer las veedurías a las políticas públicas. Respecto de la participación de los pueblos indígenas, la situación es más lamentable. La UARIV, según la denuncia de los y las delegadas indígenas a las mesas departamentales de víctimas, entre otras consideraciones, “ha formulado rutas y/o protocolos sin la participación efectiva y consulta previa de los pueblos indígenas, lo cual ha conllevado a omitir lo establecido en el Decreto Ley 4633. Transcurrido seis años de promulgado el Decreto Ley 4633, persiste la ausencia de un protocolo de participación de los pueblos indígenas en las instancias municipales, departamentales y nacionales”. Se debilita la organización social de las víctimas, se desconoce su papel en las mesas de participación y se elaboran políticas públicas sin la debida participación de las víctimas y sus organizaciones. Lo que finalmente se demuestra es que el poder de decisión de las víctimas, de sus organizaciones y de sus representantes ante las mesas de participación es bastante débil e incide poco en las decisiones trascendentales que guían la política de reparación, tanto a nivel municipal, departamental, distrital y nacional. i.

Retorno y reubicación.

De una meta de 230.000 hogares desplazados que serían acompañados hasta el 2018, se reporta en los siete años de implementación de la Ley 1448, la suma de 80.000 hogares en proceso de retorno y reubicación con acta de voluntariedad firmada. Además, hasta ahora, según el DANE, solo el 19.5% de la población desplazada cuenta con una vivienda digna. Para nosotros y nosotras, el retorno al igual que toda la política pública de reparación, debe ser, ante todo, un ejercicio colectivo que no desconoce la decisión de retorno individual, sino que la potencia y la respalda, que asuma el enfoque de desarrollo territorial sustentable, que reconozca la forma de vida que teníamos antes de los hechos violentos, que recupere

los saberes culturales, las políticas, las tradiciones espirituales y materiales que nos hacían miembros de una comunidad en un territorio específico. Revitalizar el tejido social y comunitario para proyectar nuevos sueños que hagan posible la transformación de las realidades adversas presentes, reconociendo también los sueños y propuesta de quienes se quedaron en el territorio resistiendo y que son hoy comunidades de acogida. Reconocemos que el ámbito individual del retorno o la reubicación debe robustecer las capacidades del hogar para reconstruir su proyecto de vida y garantizar el acceso a unos derechos mínimos que permitan llevar una vida digna en relación con el proyecto de vida colectivo. La futura estabilidad del retorno o reubicación, no se basa exclusivamente en la sostenibilidad de los hogares, esta debe estar relacionada con el territorio, sus organizaciones, sus planes, sus capacidades y posibilidades. En ese sentido se necesita una verdadera articulación, complementariedad y subsidiaridad entre los entes territoriales tanto vertical como horizontalmente, que reconozcan la importancia del colectivo y de la integralidad de los procesos. j. Garantías de No Repetición La difícil situación de asesinatos, amenazas, desapariciones, desplazamientos que hoy padecemos las y los líderes sociales, líderes de organizaciones de víctimas, líderes de organizaciones de reclamantes de tierras, líderes de organizaciones víctimas como es el caso de miembros de organizaciones comunales, sindicalistas, campesinas, indígenas, afrodescendientes, de mujeres, entre otros, demuestra el fracaso de las políticas de garantías de No Repetición. En los dos últimos años y lo que va corrido del 2018 la cifra de muertes asciende a más de 2405 personas. Según el informe del programa no gubernamental “Somos Defensores”, con respecto a los defensores de DD.HH., “la implementación de los diálogos de paz con las FARC tiene un sabor agridulce. Si bien es de

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Esta suma se dio, a partir de una lectura de cinco informes presentados por la asociación MINGA, en el sitio web, en la sección de somos defensores; además de otros informes.

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suma importancia reconocer que el silencio de los fusiles trajo consigo que tuviéramos la tasa de homicidios más baja en los últimos 30 años (24 x cada 100 mil habitantes), esta tasa de homicidio se disparó de manera focalizada en los defensores y defensoras de DD.HH. Según las cifras del SIADDHH (Sistema de Información sobre Agresiones contra Defensores y Defensoras de Derechos Humanos – SIADDHH), los homicidios contra estos activistas están en incremento anual sostenido desde que empezó el proceso de paz (2013 – 78 casos, 2014 – 55 casos, 2015 – 63 casos, 2016 – 80 casos), en 2017 la cifra rompió la barrera de los 100 casos y en 2018 la situación no mejora y se pone aún peor con un registro de 18 líderes asesinados solo en los primeros 31 días del año. Otras voces internacionales y que hacen observación del acuerdo de paz, han llamado la atención con respecto al tema de seguridad de los líderes sociales y a la importancia de protegerlos de manera perentoria y efectiva, para que puedan hacer lo que mejor saben hacer: construir un mejor país para todos. Espacios como el Instituto Kroc (que hace seguimiento a la implementación por disposición del punto 6.3.2 del acuerdo), la Oficina del Derechos Humanos de la ONU, la Misión especial de Paz de la ONU, la Organización de Estados Americanos, La Unión Europea y el Congreso de los EEUU, hicieron sentir su voz de preocupación por la continuidad de los crímenes contra defensores y como la persistencia de este fenómeno comprometería la realización efectiva de la paz en el país”. El mismo documento de “somos defensores” 2017, reconoce más adelante la labor de la Fiscalía. Al respecto nos dice, “en 2017 la Fiscalía avanzó como nunca en las investigaciones por crímenes contra defensores/as. Por primera vez en la historia reciente del país esta institución tuvo la voluntad política de priorizar los casos de homicidio ocurridos desde 2016. Si bien no hay avances en el resto de las agresiones de las que son víctima (amenazas, atentados, detenciones arbitrarias, judicializaciones sin fundamento, robos de información sensible entre otros) al menos los homicidios ya cuentan con capturados, juicios y algunas condenas. Este avance se logró gracias a la presión de las organizaciones de derechos humanos en espacios como la Mesa Nacional de Garantías y también a la detallada observación de este fenómeno por parte de la comunidad internacional (Embajadas, Sistema de Naciones Unidas – especialmente OACNUDH – Misión Especial ONU de paz, MAPP – OEA) que generó en efecto un cambio en la actitud política del

Fiscal y la entidad. Con este contexto, el SIADDHH consultó a la Fiscalía General de la Nación para verificar estos avances, ya que la información pública no denotaba el caso a caso, sino que, se limitaba a evidenciar porcentajes de avance. Dentro de la respuesta de la Fiscalía vale la pena resaltar los siguientes avances a partir de la implementación de su “Estrategia de Investigación y Judicialización de homicidios contra defensores de DD. HH: La implementación de la Estrategia ha permitido que la Entidad alcance niveles históricos en el esclarecimiento de los homicidios contra defensores de derechos humanos y miembros de organizaciones de derechos humanos, entre 2016 y el 09 de febrero de 2018 se ha obtenido los siguientes resultados: • De un total de 253 casos reportados por 4 fuentes de información se ha logrado el esclarecimiento de 99 que corresponden al 39.13%. 
 • De los 99 casos que cuentan con esclarecimiento 10 tienen sentencias condenatorias en la jurisdicción ordinaria, 4 en la jurisdicción especial indígena, 44 se encuentran en juicio, 25 en etapa de investigación, 15 en indagación con orden de captura vigente y un caso fue archivado por conducta atípica. Pese lo que parecieran buenas noticias, al comparar estos avances con los datos históricos, la impunidad sigue reinando. El avance de los casos es mínimo hasta 2016 y los niveles de impunidad bordean el 90%. La mayoría de los casos se encuentran en indagación preliminar incluso 8 años después de que han ocurrido las muertes lo que imposibilita materialmente avanzar el proceso ya que en esta etapa es cuando se recaban pruebas en el lugar de los hechos y se entrevistan a testigos, tarea difícil de lograr años después del asesinato”. II.

LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL ACUERDO DE PAZ GOBIERNO-FARC-EP (PUNTO QUINTO)

Ante las dificultades políticas presentadas en la implementación de los acuerdos Gobierno-FARC,

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entendemos que estos obedecen a un plan que se contempló ejecutar en 15 años, y que muchos de los puntos acordados se van implementando gradualmente, hemos querido llamar la atención sobre los temas concernientes a los desarrollados en el punto quinto de la agenda (víctimas), debido fundamentalmente a que siempre se ha sostenido que las víctimas del conflicto estuvieron al centro de la negociación y la realidad, lo que refleja hoy, es que se hace necesario que las víctimas estemos también al centro de la implementación. Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR): creación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) y la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad. Los avances al respecto son notorios, eso hace que este sistema esté creando expectativas entre la población víctima especialmente en los sujetos de reparación colectiva. Ya se crearon las tres instancias respectivas y aunque con algunos retrasos en especial de la UBPD, podemos decir que las condiciones están dadas para avanzar en tan importante tarea de aplicación de la justicia transicional. Sin embargo, llama la atención que no hay claridad respecto de los mecanismos, apoyos y garantías efectivas de participación de las víctimas en la elaboración de informes que aporten y respalden la labor del sistema, y la creación del mecanismo de consulta con víctimas para proyectos productivos propuestos por los comparecientes a la JEP. Será necesario que el Estado colombiano brinde las condiciones y los apoyos suficientes para que las víctimas participemos en la elaboración de los informes de casos y seguimiento a los mismos. El SIVJRNR, tiene la responsabilidad de fortalecer y revitalizar el tejido social, pero a su vez las víctimas estamos en disposición de respaldar el sistema, de tal forma que este realmente aporte a la reconciliación nacional, siempre y cuando se logre superar los niveles de impunidad y se obtenga la identificación y participación de las y los victimarios determinadores comprometidos con los hechos, sean estos personas jurídicas o naturales, para esclarecer la verdad especialmente en lo que se refiere a las motivaciones políticas y económicas que originaron las estrategias nacionales y territoriales que nos victimizan; aportar al hallazgo de las personas desaparecidas, su paradero, los planes elaborados que motivan este atroz delito y las verdaderas razones que tuvieron los victimarios para la desaparición de miles de personas.

Reforma Rural Integral, el primer punto del acuerdo de paz que busca aportar a la solución de una de las causas estructurales del conflicto político armado en el país: el acceso a la tierra y las condiciones para una vida digna de los y las campesinas. Al respecto, según la OIAP se muestra que solo se ha avanzado en un 5% de la reforma agraria integral; es lamentable que a más de un año de firmado el acuerdo no se haya dado avances legislativos en cuanto al acceso y la formalización de la tenencia de las tierras, que incluye asuntos como la constitución del Fondo de Tierras con tres millones de hectáreas, la formalización de la propiedad de siete millones de hectáreas, la realización del catastro multipropósito, la Jurisdicción Agraria y el Registro de Sujetos de Ordenamiento Social. Al contrario, lo que se evidencia es que se sigue legislando a favor de la acumulación de baldiós (Ley ZIDRES), del robo de estos predios y en contra de una verdadera reforma rural que haga posible que cientos de miles de campesinos retornen al campo, para hacer que este renglón de la economía aporte a la solución de los altos índices de pobreza y desigualdad de nuestra sociedad. En estas condiciones, la solución a un conflicto y a un derecho de los y las campesinas, en correspondencia con el acceso legítimo a la tierra y los planes, programas y proyectos que les garanticen una vida digna en donde se goce plenamente de los derechos humanos, no vislumbra ninguna solución, y será seguramente elemento sustancial para que se desaten confrontaciones sociales hasta que realmente se logre el desarrollo de una reforma rural integral que beneficie especialmente a los y las campesinas víctimas. Planes Nacionales y los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), las evidencias en terreno nos dicen que la implementación avanza muy lentamente, afectando fundamentalmente las aspiraciones de las comunidades, organizaciones o procesos sujetos de reparación colectiva y las aspiraciones de retorno y/o reubicación de las víctimas. Participación política, luego de más de un año de la firma de los acuerdos, según la OIP podemos afirmar

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que su desarrollo e implementación llega escasamente a un 20%. Sin dejar de lado aspectos importantes de este acuerdo, señalaremos únicamente los que más directamente competen a la reparación integral a las víctimas. Al respecto es notorio que en lo correspondiente a los mecanismos democráticos de participación ciudadana es en donde se presenta un enorme atraso en la implementación. Se destaca como muy importante para avanzar en el desarrollo de este componente el Proyecto de Ley Estatutaria 099 de 2017 radicada en agosto de 2017 y que aún no está agendado para su discusión en el 2018, y lo que es más lamentable, los proyectos que más beneficiaban la reparación integral como son la Reforma Política y en especial las Circunscripciones Especiales de Paz que le daba la posibilidad a las víctimas de acceder a 16 curules en la cámara de representantes, fueron saboteadas y hundidas en el Congreso de la República, cuando el presidente y el secretario del Senado haciendo una interpretación a su acomodo y re victimizando a la población, sostuvieron que no se obtuvo la debida aprobación al conseguir 50 votos, a pesar de las tres sentencias judiciales que obligan al Congreso a dar cumplimiento a la Ley. Enfoque de género, el acuerdo de paz contempla 100 medidas con relación a las mujeres y la población LGTBI, la instancia de seguimiento para garantizar el enfoque de género en la implementación del acuerdo; pero se ha ratificado las preocupaciones sobre la falta de indicadores de impacto o resultados y de metas orientadoras en el plan, un marco que permita hacer seguimiento a lo acordado. III.

PROPUESTAS Y EXIGENCIAS

Las víctimas de la violencia sabemos en carne propia que la mejor reparación que nosotros, nuestros hijos e hijas y nuestros nietos y nietas pueden tener, es el fin del conflicto armado interno y la consolidación de la paz estable y duradera.

mecanismos de participación de la sociedad que dicha agenda prevé. Hasta tanto se alcance a ponerle fin al conflicto político armado interno con todos los grupos armados insurgentes, se logre el sometimiento a la justicia de las bandas criminales y se supere la práctica de los crímenes de Estado, exigimos mantener abierto, por término indefinido, el Registro Único de Víctimas- RUV, cuyo límite de tiempo para registrar a las nuevas víctimas se cerró en el año 2015. Creemos que un importante núcleo de víctimas considera en que nuestra reparación está ligada a un verdadero Programa Especial de Retorno y Reubicación de carácter colectivo e individual, que tenga en cuenta la integralidad de las condiciones requeridas: revitalización del tejido social y comunitario, reconstrucción de nuestros sueños, usos y costumbres, vivienda para la dignidad, generación de ingresos, restitución y acceso a tierras, acceso a la salud y a la educación. Las víctimas seguimos comprometidos como constructoras y constructores de paz en la aplicación efectiva y eficiente de la ley 1448 de 2011, la implementación de los acuerdos de paz logrados entre el Gobierno y las FARC-Ep, la solución negociada del conflicto armado entre el Gobierno y el ELN, y la desarticulación por vía del sometimiento de las Bandas Criminales-BACRIM o neo-paramilitares para lograr efectivamente la reconciliación nacional, esta y no otra es la razón por la cual nos atrevemos a expresar las siguientes propuestas y exigencias: •

Por esta razón, apoyamos con decisión todos los esfuerzos que el Gobierno Nacional y las FARC-Ep realizaron para ponerle fin a más de 50 años de confrontación, y es altamente satisfactorio que estos esfuerzos hayan tenido al centro la reparación integral a las víctimas. Las víctimas saludamos y respaldamos los esfuerzos de paz que el Gobierno Nacional y el Ejército de Liberación Nacional llevan a cabo en la ciudad de Quito, y abogamos para que prontamente se pacte un nuevo cese bilateral al fuego, esta vez de carácter indefinido, y se avance en la definición de los

Proponemos al Gobierno Nacional en cabeza de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a Víctimas -UARIV y a la Unidad de Restitución de Tierras-URT, a los Gobiernos Departamentales, a los Gobiernos Municipales, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Agricultura, al Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Justicia, a la Alta Consejería para los DDHH, a la OACP, al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición – SIVJRNR (JEP-CEV-UBPD), a las instancias

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del Estado encargadas de control y vigilancia (Contraloría General de la república, Defensoría del Pueblo y Procuraduría General de la Nación), a los gremios económicos en especial a los gremios ganadero, palmero, cerealista, industriales, a los partidos políticos con asiento en el Congreso de República, la instalación de una MESA TEMÁTICA DE CONCERTACION CON LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO en el que tengan presencia delegados y delegadas de las Mesas de participación efectiva de las víctimas (Nacional, Distrital, Departamentales y Municipales); sujetos de reparación colectiva (Nacionales y Territoriales); organizaciones nacionales y regionales de víctimas reclamantes de tierras; organizaciones, comunidades y pueblos indígenas víctimas; organizaciones y comunidades afrodescendientes, negras y raizales víctimas; organizaciones de mujeres víctimas; organizaciones de víctimas con discapacidad; organizaciones de víctimas de crímenes de Estado; organizaciones sociopolíticas víctimas; organizaciones nacionales de víctimas de desplazamiento forzado; organizaciones nacionales de víctimas de secuestro y/o extorsión; organizaciones nacionales acompañantes de víctimas y en general representación de todas las víctimas. Para concertar las políticas públicas encaminadas al logro de la reparación integral de las víctimas de la violencia, su aplicación y desarrollo, con garantías de no repetición y para avanzar en la elaboración de propuestas para presentar a la Mesa de Conversaciones Gobierno-ELN. •

En una verdadera democracia no es concebible que las víctimas que luchan por su reparación; las y los constructores de paz; las organizaciones defensoras de derechos humanos; las que luchan por la tierra y el agua; las que trabajan por la libertad de expresión; las que abogan por un reconocimiento de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras; las que defienden los derechos de las mujeres; los líderes y lideresas sociales y políticos y; los pueblos indígenas; las comunidades afrodescendientes, negras y raizales no puedan llevar a cabo sus proyectos colectivos como consecuencia de la violencia física y simbólica de la que siguen siendo víctimas. Ante el fracaso de los planes anunciados por el Gobierno, exigimos al Estado Colombiano, se adopten las medidas

eficaces para garantizar la vida de los y las lideresas sociales y comunitarias, defensores y defensoras de DDHH y constructoras y constructores de paz. Estas medidas deben contemplar las siguientes consideraciones: ü Implementación de medidas preventivas individuales y colectivas para evitar un peligro, disminuir riesgos o evitar que las amenazas se concreten. Estas deben tener en cuenta los siguientes componentes: identificación de los riesgos presentes en el territorio por parte de los potenciales afectados e instituciones estatales competentes; medidas tempranas simbólicas y auto-protectoras de las comunidades con el apoyo de las entidades estatales competentes ante las posibilidades de que hechos lamentables ocurran o se concreten; eliminación de situaciones que faciliten o aumentan las probabilidades de concreción de riesgos; y, construcción de capacidades en las comunidades e individuos para evitar futuros riesgos. ü Diseñar y ejecutar participativamente (autoridades locales, autoridades nacionales, comunidad en riesgo) planes de autoprotección/autocuidado y protección, que tengan en cuenta nuevas relaciones de respeto y garantía de derechos entre la fuerza pública y la comunidad con enfoques en cultura de paz y convivencia que, generen nuevas formas de confianza mutua, que reconozca prácticas culturales propias de las comunidades, que aplique protocolos urgentes en defensa de la vida, que acompañe a la víctima y sus familiares con prácticas psicosociales para prevenir afectaciones y manejar el miedo, nuevas prácticas de seguridad que faciliten la seguridad humana y acompañamientos simbólicos no armados y facilitación de medidas auto-protectoras de acompañamiento con organizaciones sociales que disuadan riesgos latentes.

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Que se acompañe los planes de autoprotección/autocuidado y protección de campañas comunicativas y de sensibilización, locales y nacionales de respaldo y legitimación de la labor de los y las lideresas sociales, comunitarias. Con mensajes del alto gobierno, del Estado, de opinadores políticos, de artistas, etc. Mejoramiento de las capacidades de la Fiscalía General de la Nación y para investigar, perseguir, judicializar, a los victimarios y determinadores de los hechos. Rendición de cuentas o claridades sobre cifras, listados, tipificación de casos, fuentes, caracterización. Fortalecimiento de la Mesa Nacional de Garantías para Defensores de Derechos Humanos, Líderes Sociales y Comunales Pronto desmonte de las Bandas Criminales o Neo-paramilitares priorizando el sometimiento a la justicia. Mantenimiento de la mesa de conversaciones Gobierno-ELN hasta la superación del conflicto armado interno.

Solicitamos a la UARIV, abstenerse de avanzar en la sanción e implementación del Decreto con el cual se pretende cambiar algunas disposiciones del Decreto 1084 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social, respecto a las medidas de indemnización individual por vía administrativa y se regulan otras disposiciones complementarias. Exigimos al Ministerio de Educación la creación concertada de un programa educativo real, apropiadamente elaborado, financiado y promocionado que permita a las instituciones educativas y a los docentes, contar con herramientas pedagógicas y condiciones materiales que hagan posible cumplir con las necesidades educativas que la población víctima y especialmente los niños y las niñas tienen. Este programa debe reconocer las condiciones materiales de las víctimas, sus grados de afectación mental o física, su cultura o sus tradiciones. Exigimos educación superior universitaria o tecnológica gratuita. Exigimos un plan etno-educativo para los pueblos y

comunidades indígenas, negras y raizales víctimas.

afrodescendientes,



Exigimos a las instancias e instituciones miembros del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas – SNARIV, a la UARIV, a los Comités de Justicia Transicional, al Congreso de la República, a los gobiernos Nacional, Distrital, Departamental y Municipal cumplir con sus obligaciones legales y las recomendaciones realizadas en los cuatro informes al Congreso de la República sobre la política pública de Reparación Integral a las Víctimas, realizados por la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas.



A las instituciones del Ministerio Público, le solicitamos adelantar prontamente las medidas investigativas y sancionatorias que sean necesarias para garantizar el cumplimento de las obligaciones de las entidades que hacen parte del SNARIV y de los Comités de Justicia Transicional, y la construcción de una política pública realmente encaminada a logro de la Verdad, la Justicia, la Reparación, y las garantías de No Repetición.



Exigimos al Gobierno Nacional, al Ministerio de Hacienda, y al Congreso de la República disponer de los recursos económicos necesarios y oportunos que garanticen la reparación integral a las víctimas. Recursos provenientes del impuesto del 4 x 1000, podrían ser destinados única y exclusivamente al fondo nacional de reparación integral, recursos provenientes de los dineros recuperados a los corruptos o al narcotráfico podrían apalancar la política de atención a víctimas. En Colombia los corruptos se roban casi un billón de pesos semanales. Si se controla la corrupción, dispondríamos de aproximadamente 50 billones de pesos al año.

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Suficiente para reparar a todas las víctimas en solo 24 meses y sobrarían recursos. •



Solicitamos la suspensión inmediata de la práctica de los llamados contratos con operadores y pedimos que se privilegien los acuerdos, convenios o contratos con organizaciones de víctimas, organizaciones víctimas u organizaciones acompañantes de víctimas, organizaciones de los pueblos y comunidades indígenas víctimas, organizaciones afrodescendientes, negras, raizales víctimas, organizaciones del pueblo Rrom. No solo es una manera de garantizar la austeridad en el gasto, sino fundamentalmente la transparencia y honestidad en la ejecución y nuestro fortalecimiento administrativo y organizativo. A la UARIV, al Gobierno Nacional, a los Gobiernos Departamentales, Municipales y Distrital disponer de los recursos necesarios y suficientes para el buen funcionamiento de las Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas que garanticen un verdadero ejercicio participativo con poder de decisión, de las víctimas y sus organizaciones, en la elaboración y ejecución de las políticas públicas de reparación integral. El abordaje colectivo de la Reparación Individual e Integral de las víctimas, donde las organizaciones de víctimas y las organizaciones acompañantes sean eje fundamental de la ejecución de los programas de reparación integral con enfoque territorial, integral e incluyente es una necesidad inaplazable.



A la Corte Constitucional le solicitamos convocar a audiencias públicas de seguimiento a la implementación de la Ley 1448 y sus decretos, de los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, del Auto 092 de 2008 en Seguimiento Sentencia T-025 de 2004, y de los Autos relacionados con las garantías de derechos de las víctimas a una reparación integral.



Al Congreso de la República, exigimos avanzar con celeridad en la implementación normativa de los acuerdos de Paz Gobierno-FARC-Ep, en especial en lo concerniente a la Reforma Rural Integral, la Participación política de las

víctimas-circunscripción especial para la paz y retorno y reubicación. •

A la UARIV y a las instituciones convocadas al SNARIV, a los Gobiernos Municipales y Departamentales, construir y desarrollar participativamente los Planes Integrales de Reparación ColectivaPIRC guardando su integralidad, y cumpliendo con las disposiciones en materia de enfoque diferencial y de género, que aporten realmente a revitalizar el tejido social de los pueblos, comunidades, organizaciones e instituciones. Las obligaciones constitucionales de concurrencia, corresponsabilidad, cooperación no pueden ser desconocidas por los entes del Estado en ninguno de sus niveles.



Exigimos al Gobierno Nacional la implementación inmediata de los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, las reglamentaciones respectivas, con la participación efectiva de las víctimas, asegurando las apropiación y destinación presupuestal específicas para los pueblos indígenas, el pueblo Rrom, y las comunidades afrodescendientes, negras y raizales. Exigimos un programa especial de salud física y mental que tenga en cuenta nuestra condición de víctimas de la violencia y se enfoque en desentrañar las causas del conflicto, a superar las afectaciones del hecho violento, los alcances y motivaciones de este, y, a recuperar y/o replantear los sueños, que hagan posible que el tejido social afectado se repare y las víctimas individuales podamos revivir en comunidad. La mayoría de las víctimas a pesar de que hemos desarrollado mecanismos de afrontación y resiliencia, necesitamos que estos mecanismos sean desarrollados y fortalecidos con programas psicosociales que reconozcan nuestra historia, nuestras capacidades antes del hecho traumático, y apoye en la construcción de la memoria y la verdad para transformar las realidades que hoy nos son adversas.



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Para las personas víctimas en situación de discapacidad se requiere de la construcción y adecuación de centros de rehabilitación integral (Rehabilitación física, psicológica, psicoterapéutica, neuropsicológica, psicosocial, consumo de sustancias psicoactivas, terapia ocupacional, puntos de encuentro y reconstrucción de tejido social desde el enfoque resiliente/holístico). De igual forma, mediante la mencionada rehabilitación se realizará una atención integral y brigadas permanentes a los territorios donde se encuentran las víctimas con discapacidad. Solo así, se garantiza el acceso, la atención y el seguimiento a sus procesos de rehabilitación integral. •

Exigimos al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la creación e implementación de un programa de vivienda digna, gratis y accesible para las víctimas, que incluya como prioridad a las víctimas con discapacidad, a las mujeres víctimas cabeza de familia, a los adultos mayores cabeza de familia como parte de la reparación integral, eliminando las barreras de acceso como: limitación de subsidio, ahorros programados, requisitos y prioridades de focalización. Para tal efecto se debe realizar una caracterización por parte de todos los entes territoriales de manera simultánea y articulada con el nivel nacional, que permita conocer las estadísticas, características, condiciones de vida, situación socioeconómica y psicoactiva de las víctimas, teniendo como prioridad a las víctimas con discapacidad, a las mujeres víctimas cabeza de familia; quienes requieren de la atención incluyente/inclusiva, para el goce efectivo de sus derechos en la reparación integral. Es prioritario crear la ruta articulada con la adjudicación de los recursos necesarios, en aras de garantizar la batería de derechos que la Corte Constitucional establece.



Solicitamos se asuma por parte del Estado una pensión escalonada para víctimas con discapacidad adquirida en el marco del conflicto armado interno.



Exigimos al Gobierno Nacional, Departamental, Distrital y Municipal que se cumpla con la normatividad existente: Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres –

CEDAW; protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar las violencias sexuales especialmente contra mujeres y niñas; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belén do Pará); la sentencia T073 de 2017, T025 de 2017, que se cumpla con la implementación de los 13 programas del auto 092 y una vida libre de violencia para las mujeres con la ley 1257, reclamamos la reparación integral para las mujeres víctimas del conflicto armado como sujetos de protección constitucional reforzada. Instamos a la Sra. Yolanda Pinto, directora nacional de la UARIV, a fortalecer el equipo de mujer y género de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas (UARIV) y nombrar personas idóneas para desempeñar tan importante labor de incluir un enfoque de género y diferencial en la atención y reparación a las mujeres víctimas del conflicto armado. ü Que se garantice la participación efectiva y decisiva de las mujeres y sus organizaciones en las decisiones que se tomen en temas como la política pública de víctimas, verdad, justicia, reparación y la construcción de la de paz, acuerdos o tratados para la terminación del conflicto armado como sector mayormente victimizado. ü Que se cumpla con el enfoque de género que deben tener la implementación de los acuerdos de paz entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC- Ep ü Que la participación política de las victimas incluya el 50% de las mujeres teniendo en cuenta que son la población victimizada ü Que se realice un plan de contingencia que permita indemnizar de manera inmediata los más de 324.000 personas mayores de 70 años priorizando los núcleos encabeza de mujeres o que la adulta mayor es una mujer. ü Que la fiscalía entregue los informes de las investigaciones realizadas de los delitos cometidos en la guerra contra de las mujeres durante los 20 años de normatividad ley 387, 419, 975, 1448 entre otras.

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Las víctimas del despojo de tierras exigimos una mayor transparencia y un eficaz control a las decisiones de la Unidad de Restitución de Tierras. Proponemos desarrollar un nuevo programa de restitución o reubicación que tenga en cuenta los siguientes elementos: ü Derogar el decreto de la micro focalización, por considerarlo un trámite innecesario ya que es el juez de tierras quien tiene la facultad legal de decidir la compensación, con otra tierra o con dinero cuando no hay condiciones de seguridad para restituir el predio despojado; ü Desarrollar una reforma legal que incluya la figura de la Restitución Administrativa cuando en los procesos judiciales no hay opositor; ü Desarrollar como Ruta Preferente la Restitución colectiva en las zonas en donde se ha determinado que ha habido un mayor número de despojos (Catatumbo, Cauca y Valle, Magdalena Medio, Montes de María, Nariño, Putumayo, Sur de Córdoba y Bajo Cauca antioqueño, Resto de Antioquia, Tolima y Urabá). ü Plena aplicación de la Inversión de la carga de la prueba en la parte administrativa y judicial, evitando el exceso probatorio. ü Prohibir el porte de armas en las zonas de restitución. Aplicándose los correctivos, estimamos que se podría lograr la restitución de 3 millones 120 mil hectáreas en 2 años, es decir la solución al 50% del despojo y abandono.



Es urgente el reconocimiento o registro por parte del Ministerio del Interior de los cabildos indígenas Distritales y de los 180 cabildos en contexto de ciudad. Colombia, 9 de abril de 2018. Nota: Este documento se elaboró con los aportes de la mesa distrital de participación efectiva de las víctimas de Bogotá, y las organizaciones que participaron en la mesa de organizaciones responsables de la conmemoración del día nacional de la memoria y la solidaridad con las víctimas del conflicto armado, con el acompañamiento de REDEPAZ.

El carácter inalienable, imprescriptible de los derechos sobre las tierras comunales de grupos étnicos y las tierras de resguardo deberá orientar el proceso de restitución, devolución y retorno de los sujetos colectivos e individuales afectados por el conflicto armado. Exigimos la restitución de derechos territoriales de las comunidades, pueblos indígenas y grupos étnicos. La restitución de derechos territoriales es una medida a la que tienen derecho los pueblos y comunidades indígenas que han sufrido abandono o despojo de sus territorios como causa del conflicto armado.

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