La Promesa Unilateral

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DERECHO NOMBRE DE LA ASIGNATURA: DERECHO DE CONTRATOS TEMA

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DERECHO NOMBRE DE LA ASIGNATURA: DERECHO DE CONTRATOS TEMA DEL TRABAJO: PROMESA UNILATERAL DOCENTE: Alberto Felix Carrión Calderón ALUMNA: FALCONI JAULIS, Thalía Janeth Ciclo: VIII Grupo: B

AYACUCHO-PERÚ 2019

DEDICATORIA A las personas que más han influenciado en mi vida a mis queridos padres, dándome los mejores consejos, guiándome y haciéndome una persona de bien. Por el apoyo incondicional, por enseñarme con entusiasmo para poder lograr mi objetivo y agradecerles por su dedicación.

INTRODUCCIÓN En este trabajo se realizará sobre el tema de promesa unilateral el promitente queda obligado, por su sola declaración de voluntad, a cumplir una determinada prestación en favor de otra persona. Para el destinatario sea acreedor de la prestación ves necesario su asentimiento expreso o tácito, el cual opera retroactivamente al momento de la promesa. También se realizará sobre los presupuestos de responsabilidad que son el: daño, Antijuridicidad Relación de causalidad entre el daño y el hecho, Factor de imputabilidad o de atribución de la responsabilidad. La Revocación, invalidez de revocación.

INDICE CAPITULO I .................................................................................................................... 5 1.

LA PROMESA UNILATERAL ............................................................................... 5 1.1.

Concepto ............................................................................................................ 5

1.2.

Presupuestos de la responsabilidad .................................................................... 6

1.3.

Revocación ......................................................................................................... 6

1.4.

Invalidez de la revocación ................................................................................. 7

CONCLUSIONES ............................................................................................................ 8

CAPITULO I 1. LA PROMESA UNILATERAL 1.1.Concepto La figura jurídica de la promesa unilateral ha pasado de la absoluta prohibición en el Derecho Romano a la plena producción de efectos jurídicos en el Derecho Actual: alteri stipulari nemo potes , que equivale a decir: “te doy algo y a cambio tú me darás algo”. Según Messineo:1 “el termino promesa se emplea con dos significados diversos. En su sentido amplio, comprende a toda figura que implique la asunción de la obligación de una prestación independientemente de la manifestación técnica del contenido, son figuras de la promesa unilateral: la promesa de pago, el reconocimiento de una deuda, la promesa al público, el acto de donación de una fundación, los actos patrimoniales en cuanto sean unilaterales, la donación matrimonial, la concesión de hipoteca, el acto por el cual el tercero adquiriente promueve el procedimiento de liberación de la hipoteca y la constitución de una renta vitalicia por acto unilateral entre vivos”. La promesa unilateral, es un acto jurídico unilateral en virtud del cual el declarante queda obligado a ejecutar una prestación a favor de otra persona, la prestación puede constituir en un dar, un hacer o un no hacer. La promesa unilateral acarrea por lo tanto, para el sujeto pasivo que formula la declaración consecuencias iguales a las que ocasiona el contrato, o sea la formación de una obligación a su cargo. Se entiende luego por promesa unilateral a la exteriorización de voluntad sancionada por ley que implica para el promitente la necesidad jurídica de conservarse en actitud de cumplir voluntariamente una prestación de carácter patrimonial, pecuniaria o moral, a favor de otra persona que eventualmente puede llegar a existir o con la cual hace nacer a favor de una persona determinada, un derecho, sin necesidad de que este acepte, o por último, con la cual extingue para si un derecho creado a su favor.

1

Messineo, Francesco. Ob. Cit., pág. 218

1.1.Elementos constitutivos: A. Sujetos: De las diferentes formas de conceptuar promesa unilateral, precedentemente glosadas se infiere la existencia de los elementos constitutivos personales siguientes: a) El promitente: Es la persona que emite una manifestación de voluntad unilateral en virtud del cual queda obligada a ejecutar una prestación a favor de otra. b) El destinatario de la promesa o el público: Para que el destinatario de la promesa o el público en general sea acreedor de la prestación es necesario su asentimiento expreso o tácito. 1.2.Presupuestos de la responsabilidad a. Daño b. Antijuridicidad c. Relación de causalidad entre el daño y el hecho d. Factor de imputabilidad o de atribución de la responsabilidad 1.3. Revocación “La promesa al público puede ser revocada por el promitente en cualquier momento. Empero, si fuese con plazo de validez determinado, solo por justo motivo podrá ser revocada por el promitente dentro del indicado plazo, con cargo de indemnizar los daños y perjuicios que la revocación ha causado a quienes justificadamente depositaron su confianza en la vigencia de la promesa”2 Es decir que la revocación es por el promitente, pero con un motivo justo podrá ser revocado dentro de un plazo establecido, pero se indemnizar por daños y perjuicios que puede causar la revocación por la confianza que depositaron en esta promesa.

2

Código civil, jurista editores, Lima 1984

1.4.Invalidez de la revocación La invalidez de la revocación de que trata el artículo 1963 de Código civil no tiene validez en los siguientes casos: 1.- Si no se ha hecho pública en la misma forma de la promesa o en forma equivalente. 2.- Si ya se hubiera verificado la situación prevista en la promesa o se hubiera ejecutado el acto contemplado en ella. La renuncia a la revocación puede realizarse anticipadamente al derecho de revocación.

CONCLUSIONES Se concluyó que la promesa unilateral, es un acto jurídico unilateral en virtud del cual el declarante queda obligado a ejecutar una prestación a favor de otra persona, la prestación puede constituir en un dar, un hacer o un no hacer. La promesa unilateral acarrea por lo tanto, para el sujeto pasivo que formula la declaración consecuencias iguales a las que ocasiona el contrato, o sea la formación de una obligación a su cargo. En el cual puede ser revocado por el promitente con motivo justo podrá ser revocado dentro de un plazo establecido, pero se indemnizar por daños y perjuicios que puede causar la revocación por la confianza que depositaron en esta promesa, la invalidez puede ser por, si no se ha hecho pública en la misma forma de la promesa o en forma equivalente, Si ya se hubiera verificado la situación prevista en la promesa o se hubiera ejecutado el acto contemplado en ella.

BIBLIOGRAFIA 1. Código civil, jurista editores, Lima 1984 2. Messineo, Francesco. Ob. Cit., pág. 218