La Ley General de Sociedades Ley Monografia (1) (1)

“LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES LEY N°26887” TITULO: “IMPORTANCIA DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887” OBJETIVO GENER

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“LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES LEY N°26887”

TITULO: “IMPORTANCIA DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887”

OBJETIVO GENERAL: ¿Conocer el porque es importante la ley general de sociedades 26887?

OBJETIVOS ESPECIFICOS:  Definir la ley general de sociedades.  Conocer los tipos de sociedad.  Determinar los pasos para constituir la sociedad.

INTRODUCCION

El presente trabajo monográfico trata sobre el tema de la ley general de sociedades 26887, a través de esta monografía queremos conocer la ley general de sociedades, los tipos de sociedad, determinar los pasos para constituir la sociedad. El grupo de trabajo que ha realizado el trabajo, ha indagado en libros. Definir la ley general de sociedades 26887, posteriormente conocer los tipos de sociedades. El propósito de profundizar el tema, ya que como futuros contadores nos sirve de mucha importancia. Esperamos que este trabajo sea de su total agrado y sirva para su conocimiento.

LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES 26887

DEFINICION: La ley general de sociedades constituye una herramienta fundamental para el desarrollo del sector empresarial del país, considerado que la gran mayoría de proyectos empresariales se ejecutan bajo alguna forma societaria La ley general de sociedades no define el concepto de la sociedad. Algunas perspectivas doctrinales de dicho concepto: Joaquín Garrigues:”La sociedad es el instrumento jurídico de conjunción de medios económicos económicos que exceden la del hombre aislado”. Al definir el objeto de todas las sociedades como “el ejercicio común en actividades económicas “se refiere a que todas las sociedades tienen fin económico y es totalmente suficiente para la formación de cualquier sociedad. Esto incluye también a las sociedades civiles en las que también el fin común es solamente económico.

TIPOS DE SOCIEDAD: 1. LA SOCIEDAD ANÓNIMA: puede sujetarse al régimen de la sociedad anónima cerrada cuando tiene no más de veinte accionistas y no tiene acciones inscritas en el registro público. En esta sociedad se encuentran la sociedad anónima cerrada y la sociedad anónima abierta. 2. LA SOCIEDAD COLECTIVA: Es la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. todo pacto en contrario no produce efecto contra terceros. 3. SOCIEDAD EN COMANDITA: los socios colectivos responden solidaria e ilimitada e ilimitadamente por las obligaciones sociales, en tanto los socios comanditarios responden solo hasta la parte del capital que se hayan comprometido a aportar. La sociedad en comandita puede ser simple o por acciones.

4. SOCIEDAD COMERCIAL D RESPONSABILIDAD LIMITADA: En esta sociedad el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. Los socios no pueden exceder de veinte y no responden personalmente por las obligaciones sociales. 5. SOCIEDADES CIVILES: se constituyen para un fin común de carácter económico que se realiza mediante el ejercicio personal de una profesión, oficio, pericia, practica u otro tipo de actividades personales por alguno, algunos o todos los socios.

DETERMINAR LOS PASOS PARA CONSTITUIR LA SOCIEDAD: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Buscar el nombre de tu empresa. Reservar el nombre de tu empresa. Buscar un notario. Registrar tu empresa. Solicitar inscripción al RUC y clave sol. Legalizar libros contables.

CONCLUSION Luego de haber revisado el contenido de nuestra monografía el trabajo llega a las siguientes conclusiones.

grupo de

1. Manual práctico de la ley General de sociedades (1998) La ley general de sociedades constituye una herramienta fundamental para el desarrollo del sector empresarial del país, considerado que la gran mayoría de proyectos empresariales se ejecutan bajo alguna forma societaria (Escate. C. Apaza. M.) 2. La ley general de sociedades constituye por eso una herramienta fundamental para el desarrollo del sector empresarial del País, considerando que la gran mayoría de proyectos empresariales se ejecutan bajo alguna forma societaria ( Cristhian Northcote, Luis Garcia & Monica Tambini, 2012) 3. Da la Impresión que la ley vigente presenta una más compleja y densa estructura, al sumar un número mayor de artículos, cuarenta y tres, específicamente; sin embargo realmente todo ha sido cambiar secciones por libros, títulos por secciones y títulos por capítulos. En verdad, estamos frente a estructuras muy similares, en las cuales sólo se ha modificado la nomenclatura de los elementos estructurales. No obstante, obviamente la observación empírica precedente no es importante sino para apreciar que, mientras la sección primera de la ley derogada contuvo sólo veinticuatro artículos, el Libro primero de la vigente presenta más del doble, cuarentainueve (Dr. Alberto Stewart Balbuena) 4. La nueva ley general de sociedades es un instrumento legal que proporciona las pautas jurídicas o legales para el funcionamiento regular de aquellas empresas que se constituyen como sociedad, con la finalidad de evitar infracciones o sanciones con relación a su funcionamiento. Si no existiera una norma que regule el funcionamiento de las sociedades, éstas existirían en una situación de desorden y sería objeto de diversas dificultades en la parte administrativa y su propio desenvolvimiento generándose un caos societario empresarial (C.P.C.C. Luis Ortiz González) 5. Sin duda, es indiscutible la necesidad y la importancia de la LGS en nuestro sistema jurídico, pues su finalidad es establecer las reglas básicas aplicables a todas las formas o tipos societarios considerados en ella, y regular su constitución, funcionamiento, organización, reorganización, disolución, liquidación y extinción, regulando además a las sociedades

irregulares, a las sucursales y a los contratos asociativos en los que pueden participar las sociedades, y por ello es justificable que se aspire a contar con un marco legal actualizado y moderno que se proyecte al futuro, y que de ser posible se vaya modificando en aquellos aspectos que sean necesarios, pues la utilización de las formas o tipos societarios para las diferentes y diversas actividades económicas, ya se ha constituido en una práctica generalizada (Oswaldo Hundskopf Exebio)

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

http://es.slideshare.net/breiniack/la-ley-general-de-sociedades http://www.aempresarialstore.com/index.php/libros-fisicos/manualpractico-de-la-ley-general-de-sociedades.html http://books.google.com.pe/books/about/Manual_pr%C3%A1ctico_de_la_ Ley_general_de_so.html?id=dBxNMwEACAAJ&redir_esc=y http://books.google.com.pe/books?id=idTxMwEACAAJ&dq=Oswaldo+H undskopf++Exebio)&hl=es&sa=X&ei=hg_bU_zEAY3lsATqkICQAw&ve d=0CBsQ6AEwAA http://es.scribd.com/doc/139879827/12948801-SCRL