La Justificacion Del Estado

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LA JUSTIFICACION DEL ESTADO Por el Lic. H éctor GON ZALEZ URI BE, Profesor de la Escuela N aciana[ de Jurisprud encia. SU M A R I O : I. Planteamiento del problema. En qué consiste y necesidad de su estudio por la Teoría General del Estado. II. Posiciones típicas en torno del problema de la justificación del Estado. 1) La teoría teológico-religiosa ; 2) la teoría de la fuerza ; 3) las teorías jurídicas ; 4) las teorías morales ; 5) la teoría psicológica ; 6) la teoría solidarista. III. Ensayo de solución del problema.

I

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En qué consiste y necesidad d e su estudio por la Teoría General d el Estado El problema de la justificación del Estado es uno de los más importantes que se plantean en la investigación política, como lo revelan los estudios que de él se han hecho desde la más remota antigüedad, y la preocupación de los tratadistas contemporáneos -tanto en el campo de la Teoría del Estado como de la Filosofía Jurídica y Política- por examinarlo más a fondo y resolverlo. Puede decirse que junto con el tema de la soberanía y el de los fines del Estado, con los que está íntimamente ligado, constituye el núcleo o centro vital de todo estudio científico del propio Estado. Nótase sin embargo, en muchas ocasiones, una gran deficiencia en el p_Ianteamiento y elucidación de este problema, ya sea por

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no considerarlo en toda su amplitud, por no concederle sustantividad propia y confundirlo con otros problemas afines, o por dejar viva la interrogante que en él se contiene, por lo que las exposiciones de muchos autores no son satisfactorias. Urge, pues, aunque sea brevemente, proponer con la mayor claridad y precisión posibles los términos en que surge el problema, examinar las diversas posiciones desde las cuales se ha tratado de resolverlo, y esbozar, después, la posible solución del mismo. Se conseguirá así, dentro de las limitaciones inevitables, su mejor conocimiento. Para poder darse cuenta de por qué se impone al investigador la cuestión de la justificación del Estado, ha de partirse de dos supuestos fundamentales : la naturaleza del Estado y la del hombre mismo. El Estado, agrupación política por excelencia, es, ante todo y sobre todo, un hecho social, un fenómeno que se da en la convivencia humana y que se realiza en el dominio de la cultura, esto es en el de los actos humanos que se ordenan a un fin. El· error naturalista que concibe al Estado como una formación puramente natural, como un organismo físico o biológico, sujeto a las leyes que rigen el mundo de la naturaleza, está totalmente descartado en la actualidad. Siendo, pues, un producto cultural, algo que queda comprendido en la esfera del actuar del hombre en busca de un fin, que es el de su perfección, el Estado no tiene tan sólo una realidad, configurada por una serie de factores de diversa índole -materiales, como el territorio y la población, inmateriales como el poder-, sino también un sentido, un significado, y además, un valor. De aquí se desprende, como consecuencia, que para conocer cabalmente al Estado no basta examinar su realidad -hecho sociológic0- sino que es preciso, además, comprender su sentido y precisar su contenido valorativo. Considerar al Estado como un simple poder que se impone, como una mera dominación de hecho, es ignorar y mutilar su verdadera naturaleza. Ahora bien, ¿ en qué consisten ese sentido y ese valor del Estado? El sentido hace referencia, fundamentalmente, a la función social de la agrupación política suprema, a "su acción social objetiva" , función que consiste, como lo expresa con su habitual concisión y maestría Hermann Heller, "en la organización y activación autónomas de la cooperación social-territorial, fundada en la necesidad histórica de un 'status vivendi' común que armonice_ todas las oposiciones de intereses dentro de una zona geográfica, la cual, en tanto no exista un Estado mundial, aparece delimitada por otros grupos territoriales de dominación de naturaleza semejante". El valor del Estado, a su vez, se refiere a la orientación específica del poder político, h los criterios que señalan la posibilidad de enjuiciamiento de ese poder en una instancia crítica superior a la de su mera realidad sociológica. Una

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vez aclarados estos conceptos, podemos decir, buscando una mayor precisión metódica, que el Estado se "explica" por su sentido propio, es decir, a través de la función social que realiza, y se "justifica" en la medida en que realiza el valor al que está orientado. La naturaleza misma del Estado -no parcial y fragmentariamente considerada , sino en su integridad-, impone pues, el estudio de su justificación. Por otra parte, la naturaleza del hombre, su peculiar modo de ser, exige también ese estudio. El hombre, por sus constitutivos ontológicos y psicológicos, es un ser lleno de imperfecciones que busca constantemente superarse, perfeccionarse -euando no lo hace quebranta la ley de su naturaleza racional- y siente, por ello, un deseo muy vivo de saber, de conocer, que a menudo se transforma en inquietud y angustia. Pero su ansia de verdad no se agota en el conocimiento de lo que las cosas "son", sino que está insatisfecha hasta que sabe "cómo" y "por qué" son esas mismas cosas. Traspasando la corteza exterior de los seres, busca siempre las esencias, y no conforme con averiguar las causas inmediatas inquiere por las primeras y últimas. Por eso cabe decir que la vocación filosófica es innata en el espíritu humano. Con ésta se aúna también, esa actitud caracterí stica del hombre de inconformidad con lo que le rodea y deseo de transformar, de acuerdo con sus fines, la realidad circundante. Con cuánta razón se ha hablado de esa oposición irreductible en la conciencia humana entre la realidad y el ideal, entre el ser y el deber ser, y se ha dicho del hombre, utilizando bella expresión, que es "el asceta de la vida", el eterno protestante, que sabe decir "no" a la realidad , mientras el animal la teme y la rehuye. Bien ha dicho Heller, al considerar la proyección de esta fundamental postura humana en la historia, que "si existe una específica historia humana o historia de la cultura, se debe a que el hombre, por naturaleza, es un ser utópico, esto es, capaz de oponer al ser un deber ser y de medir el poder con el rasero del derecho". No es de extrañar, por tanto, siendo ésta la naturaleza propia del hombre, que al encontrarse frente al Estado, como sujeto de conocimiento, trate de investigar no sólo lo que el Estado es, sino además cómo es y por qué existe, y que yendo más a fondo, trate de averiguar -frente a la realidad incontrastable de un poder de dominación que se impone por encima de las voluntades individuales-, por qué debe existir el propio Estado, con ese poder coactivo. Surge así, de inmediato, por una imperiosa exigencia del espíritu, la cuestión de justificación a que nos venimos refiriendo . Mas conviene ahora concretar los términos en que se plantea esa cuestión. El Estado, decíamos, es un hecho social, una institución humana, y, por consiguiente, como todo aquello en que interviene la activi-

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dad finalista del hombre, no tiene los caracteres de regularidad de los hechos naturales, que obedecen a leyes ineluctables, sino que en su formación y desarrollo influye decisivamente la voluntad, que se mueve, de ordinario, iluminada por la razón, pero que, por la libertad de que es dotada, puede escoger otros caminos que no son los que la propia razón le señala, derivándose de aquí la posibilidad de cambios y variaciones en la orientación de la actividad estatal. Si las acciones humana5, pues, pueden ser enjuiciadas por la conciencia, según que se conformen o no a la recta razón, esa actividad del Estado --que no es, en el fondo, sino específica actividad humana- naturalmente puede y debe ser enjuiciada ante criterios superiores de valor, y justificada en la medida de su conformidad con esos criterios. Es más, hasta tal punto es importante esta cuestión para la existencia de la agrupación política, que puede decirse, con toda verdad, que "el Estado vive de su justificación" , cosa que no es de extrañar dada la vinculación íntima que existe entre la realidad del Estado y su sentido y valor, como antes se ha visto. El problema de la justificación puede concretarse, entonces, en las siguientes interrogaciones fundamentales : ¿ por qué debe existir el Estado? ¿cuáles son los principios, de orden superior, que imponen la existencia del Estado? O también, como dice Jellinek -aunque sin diferenciar claramente las cuestiones del sentido y del valor del Estado--: "Toda generación, por una necesidad psicológica, se formula ante el Estado esta' pregunta: ¿ Por qué existe el Estado con un poder coactivo? ¿ Por qué debe el individuo posponer su voluntad a la de otro? ¿ Por qué y en qué medida ha de sacrificarse él por la comunidad ?" Y precisando más, · todavía, podemos decir con Heller que "la cuestión que el problema de la justifieación del Estado plantea no es, como se cree por casi todos : ¿ por qué razón se debe soportar la coacción del Estado?" sino que "la cuestión que ocupa el primer plano es la siguiente : ¿ por qué tenemos que ofrecer al Estado los mayores sacrificios en bienes y en sangre? Pues mediante este sacrificio espontáneo y sólo en segundo término mediante la coacción conllevada, nace y perdura el Estado". Estos son los términos escuetos del problema de la justificación, pero -al llegar a este punto se impone hacer dos aclaraciones fundamentales que precisa conocer para entender en toda su amplitud la cuestión propuesta. Es la primera la de que, cuando se habla de la justificación del Estado, de lo que se trata es de justificar la autoridad o poder coactivo, puesto que es precisamente este lemento el que exterioriza la acción estatal y permite reconocer su existencia en el seno de la convivencia humana -adornado, claro está de ciertas cualidades que lo distinguen de los demás

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poderes sociales- y es, además, el que, al ser puesto en ejercicio, señala la posibilidad de que la voluntad del Estado se imponga sobre la de los particulares y surja así la cuestión de si es justificada o no esa imposición coactiva, frente a criterios y principios superiores. Por esto muchos teóricos del Estado, al tratar del problema de la justificación le llaman justificación del poder o de la autoridad, haciendo especial hincapié en el carácter filosófico-jurídico del mismo, por cuanto lo que trata de encontrarse es "la razón última de la obediencia a las leyes impuestas por la comunidad" ( Posada) , o bien "el título en que apoyar la necesidad de la obediencia" (Ruiz del Castillo). Y la segunda aclaración es la de que, cuando se trata de buscar la justificación del Estado -llamémosle así por mero convencionalismo, en la inteligencia de que lo que se justifica es el poder del Estado o "imperium'', que no es más que uno de los elementos del mismo-, se considera al propio Estado como institución, en sus caracteres más amplios y generales, desprendido de su concreción histórica, en un lugar y en un momento determinados, con objeto de poder encontrar los principios básicos que rigen la materia. La justificación de los Estados particulares, no tiene interés para la teoría general del Estado, como tal, ya que deriva de los principios generales y, en todo caso, depende en gran parte de datos históricos. Por esa razón no encuentra cabida en un estudio de la naturaleza del presente. Hechas estas aclaraciones indispensables, hemos de decir, para tener una visión más completa de los términos en que se plantea la cuestión de la justificación, que el poder del Estado se impone en la vida social como una necesidad natural, a fin de promover unidad en acciones diversas y heterogéneas, y conducir a los hombres al cumplimiento de su destino temporal, mediante la creación del clima moral colectivo propicio para el desarrollo de todas sus facultades. El poder estatal persigue, pues, una finalidad determinada, que es la de lograr un bien, que sobrepasa el bien particular de los súbditos, y aun el de los grupos sociales como la familia, el municipio, la provincia, la corporación profesional, las instituciones culturales y morales, y recibe el nombre de bien común temporal o bien público temporal. Mas para poder obtener ese fin, necesita establecer un orden, y ese orden, por regla general, debe imponerse coactivamente, venciendo las resistencias de los hombres, porque éstos, guiados por su interés personal y su egoísmo, buscan casi siempre la satisfacción de sus propias necesidades y no miran por la de los demás. El poder estatal se explica así, plenamente, por la función que desempeña, y no es difícil comprender su necesidad sociológica. Sin embargo, la simple referencia al orden no es título bastante para legitimar, ante la conciencia

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de los hombres, la existencia de ese poder coactivo, sino que es necesario que ese orden reuna determinadas condiciones indispensables ; que sea, fundamentalmente, un orden que se ajusta a los principios supremos de la moral y de la justicia. "No es razón de que el Estado asegura un orden social cualquiera -dice Hermann Heller- sino porque persigue un orden justo se justifican sus enormes exigencias. Solamente refiriendo la función del Estado a la función del derecho es posible la consagración del Estado." He aquí aclaradas perfectamente, la función social de la autoridad, que nos explica por qué existe el Estado como institución, y la justificación moral de la misma, que nos dice por qué debe existir el propio Estado y cuál es la razón de que sus exigencias sean legítimas. No debe confundirse nunca esa función con la justificación. "La justificación moral de su pretensión -sigue diciendo el profesor de Francfort refiriéndose al poder estatal- el derecho a los mayores sacrificios y a la coacción, no puede fundamentarse con la mera referencia a la necesidad de su función social : organización y activación de la colaboración social dentro de un territorio. Porque una función social podrá hacernos inteligible, explicarnos por qué e:riste el Estado como institución, pero no justificarnos por qué debe existir la institución Estado o, sencillamente, este determinado Estado. Toda explicación se refiere al pasado; toda justificación, al futuro. Muchos autores, para hacer ver que se trata de una necesidad humana universal, afirman que siempre ha habido Estado, y algunos llegan a sostener que el Estado es más viejo que el género humano. Afirmación falsa, sin duda alguna ; pero, aun siendo verdadera, no nos serviría para fundamentar que siempre ha de haber Estado y mucho menos todavía para convencer a un anarquista o a un marxista de que el Estado debe existir en el futuro. Engels reconoce expresamente que el Estado es una necesidad socio-histórica de la sociedad dividida en clases, pero ello no le impide negar la legitimidad de semejante instrumento de explotac ión." Ahora bien, precisados ya los términos del problema, debemos preguntamos: ¿ puede una cuestión como la de la justificación del Estado ser estudiada por una Teoría del Estado como la actual? Para contestar esta pregunta, debemos primero hacer somera referencia al lugar que ha ocupado esta cuestión en la evolución histórica de las especulaciones políticas y hacer después algunas consideraciones acerca de su importancia para el conocimiento pleno del Estado. El tema de la justificación, bajo diversos nombres y aspectos, ya como origen del poder público ya como legitimación del mismo --en general o bien en alguna forma determinada- ha sido preocupación cons-

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tante de los diversos escritores políticos. Desde la antigüedad más remota hasta nuestros días -particularmente hasta el segundo tercio del siglo diecinueve- puede decirse que no ha habido escritor de importansia que no lo haya tratado, y los nombres ilustres de Platón, Aristóteles, San Pablo, San Agustín, Santo Tomás, Suárez, Vitoria, Hobbes, Locke, Rousseau, Bossuet, Kant y tantos más, marcan las piedras miliarias de la ruta que en la sucesión de los tiempos va recorriendo el problema. Más adelante hemos de ver con mayor amplitud la evolución histórica de las teorías de la justificación y nos daremos mejor cuenta de cómo se han preocupado los hombres por las cuestiones que se plantean en torno de la legitimidad del poder político. Llegó, empero, una época, que puede situarse más o menos en la segunda mitad del siglo pasado, en que la teoría política, dominada por el historicismo y positivismo reinantes, llena de horror por las cuestiones que llamaba "metafísicas" --cuyo conocimiento trascendía el ámbito de la experiencia sensible-, rehuyó tratar temas que, como el de la justificación del Estado, hundían profundamente sus raíces en el subsuelo filosófico, y se contentó tan sólo con aquellos que podían ser conocidos con ayuda de la historia y de los métodos propios de las ciencias experimentales. Surgió entonces el grave error de confundir los problemas del sentido y del valor del Estado y de creer que la simple existencia histórica del Estado -el hecho de haber perdurado a través de los siglos a pesar de las vicisitudes y cambios de personas y sistemas- era motivo suficiente de justificación de éste, y que la función social que realizaba bastaba para legitimarlo. "Toda la época que sucede a la bancarrota del derecho natural -expresa Heller confirmando lo anterior-, se caracteriza por su incapacidad fundamental para entender, tan siquiera, la cuestión de la justificación del Estado, y no digamos nada de resolverla satisfactoriamente. El problema de la validez moral del Estado se confunde casi siempre con la cuestión referente a la razón sociológica de vigencia del poder estatal, ya que, al buscar la justificación del Estado, se nos remite a su reconocimiento por la democracia o por el espíritu del pueblo nacional, y a las ideologías legitimadoras dominantes." Esta actitud de los escritores políticos, que no es sino la consecuencia natural de la influencia del positivismo e historicismo en todos los dominios de la cultura, y que dió muy malos resultados para la Teoría del Estado, puesto que cercenó de su esfera propia el estudio de muchos problemas que siempre le habían pertenecido, coincidió con otra que produjo también resultados funestos para el progreso de dicha Teoría, y fué la de absolutización de las formas y conceptos propios del Estado de dereDR © 1949. Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Jurisprudencia

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cho liberal-burgués, lo que trajo consigo un estancamiento en los estudios debido a la creencia de que se había logrado tanto una forma política ideal como un conocimiento científico que sólo cabía perfeccionar en los detalles, pero no en el fondo, en el que se había llegado a una casi unanimidad de opiniones. Esta era la situación en que se encontraba el pensamiento político. Muy pronto, sin embargo, esa recia estructura, que se creía construida Sub specie aeternitatis, empezó a sufrir fuertes ataques de los enemigos, a bambolearse, y a verse en grave peligro de un desplome total. El optimismo reinante -producto de una ilimitada confianza en la ciencia- se cambió en angustia e inquietud y las creencias más sólidas se debilitaron, sobreviniendo una aguda crisis en las ideas e instituciones. En una palabra, en un terreno abonado por el dogmatismo científico, apareció la duda, y las cuestiones todas de la Teoría del Estado -antes indiscutidas- comenzaron a hacerse problemáticas. ¿ Cuál fué la causa de este fenómeno? Es evidente que no fué una sola sino que fueron muchas las causas que influyeron en su aparición y desenvolvimiento. Debe señalarse, empero, como factor predominante, sin olvidarse de todos los demás que han configurado la llamada crisis del Estado moderno, el advenimiento de las teorías socialista y anarquista, que no conformes con criticar el orden de cosas creado por el liberalismo capitalista, llevaron su ataque hasta los fundamentos mismos de la sociedad y el Estado, declarando que este último debía desaparecer por no ser más que un instrumento de explotación en poder de las clases dominantes, o por no ser, en todo caso, sino un medio inútil de coacción y de fuerza. Negóse, pues, no ya la función social del Estado, sino su justificación misma, y, por tanto, la necesidad de su existencia en el futuro. El Estado había desempeñado un determinado papel en las relaciones sociales en el pasado, pero no debía seguir existiendo cuando esas relaciones fuesen distintas y permitiesen un mejor y más libre desarrollo de la actividad humana. Ante esta crítica tremenda -una de las peores que ha sufrido la institución del Estado a lo largg de su evolución histórica- la teoría política reaccionó y trató de buscar con ahinco los fundamentos últimos del Estado y los principios de su justificación moral, con objeto de demostrar, ante los impugnadores, que no se trataba de una mera construcción convencional y ficticia sino de una realidad que debía perdurar por estar basada en un factor que tiene el valor de una "constante", en medio de los cambios histórico-sociológicos, y es la naturaleza del hombre como persona. Volvióse así, con la ayuda de la filosofía -que ya para fines del siglo pasado y principios del presente había recobrado su categoría de DR © 1949. Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Jurisprudencia

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Scientia rectrix, mientras el positivismo caía en descrédito- al estudio de los temas clásicos en la ciencia política y entre ellos, esencialmente, al del poder del Estado en todos sus aspectos, incluyendo, de modo saliente, el de la justificación moral del mismo. Por ello se encuentra en las obras de los más destacados teóricos del Estado de nuestros días, con mayor o menor extensión y profundidad, un análisis del tema que nos ha venido ocupando, lo que demuestra el interés indudable por el mismo y la importancia que se le concede en la actualidad. Por otra parte, el tema mismo de la justificación, independientemente de la evolución que ha sufrido en el curso de la historia del pensamiento político y del lugar que ahora ocupa en las preocupaciones de los tratadistas y maestros de la Teoría del Estado, se impone al examen del investigador de las cuestiones estatales, que trata de obtener un conocimiento lo más completo posible acerca de la agrupación política suprema, por una necesidad lógica, surgida de la naturaleza del propio Estado y de la de los hombres, como lo hemos visto en párrafos anteriores. En efecto, el simple análisis de la realidad del Estado no nos entrega más que un aspecto a faceta del mismo -soslayamos aquí, por no ser el lugar adecuado, el problema de si la comunidad estatal no tiene más que un solo aspecto, el sociológico o el jurídico, o bien varios- sin revelarnos su sentido inteligible ni su valor. Nos proporciona una visión trunca. Además, aparte de la cuestión del conocimiento teórico, hay un dato existencial que no puede hacerse a un lado cuando se trata de un fenómeno tan importante como el Estado, y es el de que éste, como ya lo apuntábamos en otro lugar, ''vive de su justificación" , lo que quiere decir que mantiene sus procesos vitales no sólo por la adhesión espontánea y en cierto modo irreflexiva de las grandes masas, por el consenso cotidiano de la mayoría de los súbditos, sino también, y sobre todo, por la fe que en su legitimidad moral conservan las minorías activas, que se encargan, generalmente, de los puestos directivos ya sea del gobierno o de los órganos de la opinión pública. Son esa adhesión y esa fe, constantemente renovadas, las que hacen vivir al Estado. Cuando cesan, el Estado mismo, en un lugar determinado o como institución en general, están en peligro de desaparecer. Es por eso que cada generaciÓP, "con psicológica necesidad", como dice Heller, tiene que plantearse y resolverse el problema de la justificación del Estado, para darle aliento y vigor y ponerlo en condiciones de que realice sus fines, y por eso también que una Teoría del Estado, que no quiera ignorar la naturaleza misma de lo que es su objeto propio de conocimiento, debe tratar ese problema. DR © 1949. Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Jurisprudencia

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Verdad es -y esto vaya de paso- que la cuestión de justificación del Estado es de índole esencialmente filosófica, ya que mira a los valores supremos que debe realizar la comunidad política, y rebasa las posibilidades de los métodos empírico-causal, histórico-sociológico y jurídico, propios de una ciencia como la Teoría del Estado, pero ello no quiere decir que esa cuestión no deba ser estudiada por dicha teoría, pues aunque el propósito fundamental de ésta como ciencia política sea "exponer todo lo que la experiencia política pueda descubrir por medios empíricos y sin apelar a la especulación lógica y metafísica" (Heller), no puede desconocerse que hay temas, indispensables para un conocimiento pleno del Estado, para los cuales debe acudir a la filosofía, pues de otra manera no podría solucionarlos. Debe hacer apelación así la Teoría del Estado a la epistemología política, preguntándole cuáles son los modos de conocimiento del Estado ; a la ontología política, cuáles son los fundamentos últimos del ser de la agrupación política suprema ; a la axiología política, cuál es el valor al que el Estado debe servir ; y a la ética política, cuáles son los fines que el propio Estado debe realizar. Se justifica entonces el pensamiento del maestro alemán, que nosotros acogemos: "Tan necesaria como la Teoría del Estado para la Ciencia Política, lo es la Filosofía del Estado para ambas. Es filosofía, toda actitud del pensar respecto al mundo considerado como unidad. Sin una inserción ideal de lo estatal en la universal conexión de una concepción del mundo, aunque sólo sea como algo sobreentendido, no es posible una ciencia política" (Heller.) Esto significa, en suma, que el tema de la justificación no implica ninguna intromisión indebida de la filosofía en el campo de la Teoría del Estado, sino que goza de ciudadanía, por derecho propio, en el país de lo estatal, ya que el Estado, a menos que se conforme con quedar reducido a un mero poder de hecho, a un simple fenómeno de fuerza bruta, necesita presentar ante el tribunal de la conciencia humana, individual o colectiva, títulos de legitimidad muy claros, que demuestren que su existencia se basa en algo valioso y, por tanto, merece seguir desarrollándose, y son precisamente los criterios a la luz de los cuales va a ser enjuiciado el Estado los que son suministrados por el estudio del tema de que se trata, con lo que se pone de manifiesto su capital importancia y lo ineludible de su examen si se quiere adquirir un conocimiento plenario de la máxima comunidad política. En los anteriores términos, creemos haber expuesto, someramente, en qué consiste el problema cuya elucidación es materia de este trabajo y la necesidad de su estudio por parte de una Teoría del Estado que quiera DR © 1949. Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Jurisprudencia

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comprender la integral naturaleza ele éste. La exposición ha siclo, forzosamente, muy breve, porque dada la índole de nuestra investigación --que se concreta al dominio de la teoría estatal- no hemos querido adentrarnos más en el análisis de un tema que, en su plenitud, corresponde a la filosofía política, que es la encargada de desentrañar los supuestos fundamentales que condicionan y justifican la búsqueda de los criterios valorativos a que debe someterse el Estado. Por eso hemos pasado por alto muchos problemas que están íntimamente relacionados con el de la legitimidad del poder político, pero que exigen un especial tratamiento filosófico, tales como el del contenido de los juicios de valor acerca de dicho poder -cosa que requiere una investigación en torno del origen del conocimiento-, y el de la determinación de otras cuestiones previas que plantea toda teoría axiológica. En este punto, la Teoría del Estado se contenta con aquellas soluciones a las que se ha llegado a un mayor acuerdo en la filosofía y hace la aplicación que juzga más adecuada, de ellas, a la materia política ; tal es la razón por la que no ahondamos más nuestra investigación en cuestiones estrictamente filosóficas. Para completar esta parte del presente estudio --que no tiene más pretensión de originalidad que la de buscar un mayor orden en la exposición de las cuestiones que interesan a la justificación del Estado, y una mayor pulcritud en la diferenciación conceptual de los problemas que alrededor de la misma se suscitan-, no nos resta pues, sino distinguir entre dos cuestiones que habitualmente son confundidas por los autores y que, sin embargo, son distintas tanto por el aspecto del Estado a que se refieren como por el punto de vista en que se sitúa el investigador para examinarlas. Esas cuestiones son las del origen del Estado y de la justificación del mismo. La primera de ellas se plantea, sustancialmente, en los siguientes términos : siendo el Estado un fenómeno que se realiza en el seno de la convivencia humana, es evidente que su creación y desenvolvimiento obedecen a una serie de factores que pudieran llamarse sociológicos y que intervienen, de manera más o menos decisiva, en su existencia. ¿ Cuáles son ellos? ¿ Necesidades puramente naturales, procesos de voluntad humana ? He allí un problema genético que requiere, en esencia, de la investigación sociológica. O bien : la historia nos enseña que no siempre ha existido el Estado tal como lo conocemos en la actualidad, sino que hubo épocas en la evolución de la humanidad en que la indiferenciación social impedía la existencia de un poder único, centralizado, que se impusiera sobre los demás poderes sociales y guiase al grupo al cumplimiento de un fin superior al de cada uno de sus componentes. ¿ En qué momento surgió el Estado ? ¿ Cómo surgió? ¿ Cuáles fueron las necesidades especí-

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ficas que en las primitivas fases del desarrollo de los hombres, le dieron origen ? He allí un problema de carácter histórico que a la historia o a la pre-historia toca resolver. O bien todavía : el Estado, como toda realidad creada, obedece a causas, y se mantiene, precisamente, por el juego de las mismas, pero el hombre no se conforma con conocer las causas puramente externas, fenoménicas, inmediatas, que lo producen, sino que, llevado de su afán de saber, inquiere por las causas primeras que han originado la institución del Estado. ¿ Cuáles son esas causas? ¿ La voluntad de Dios? ¿ La de los hombres, que se ha manifestado mediante el artif icio de la convención ? ¿ La naturaleza de las cosas? He ahí, básicamente, un problema de índole filosófica que toca resolver no a la sociología ni a la historia, sino a la filosofía política y social. Estos tres problemas, naturalmente se encuentran relacionados entre sí y es de la resolución conjunta de ellos de donde puede derivarse un conocimiento cabal acercqdel origen del Estado. Debe aclararse, sin embargo, que cuando se trata del origen de la agrupación estatal, hay que distinguir el caso de la genésis del Estado en general -"cuestión relativa a las formaciones primarias de los Estados", como le llama Jellinek- y el de la formación de nuevos Estados, particulares, en el curso de la historia, en un mundo en que, generalmente, las características estatales se encuentran ya claramente definidas. Es sólo la primera cuestión, que la mayoría de los tratadistas encuentran muy difícil de resolver en su aspecto histórico, la que interesa a la Teoría del Estado. La otra pertenece, exclusivamente, al dominio de la historia política. La segunda de las cuestiones propuestas, en cambio, difiere radicalmente de la primera. En efecto, lo que interesa al investigador, tratándose de la justificación del Estado, no es el origen sociológico, histórico o aun filosófico de éste, sino los títulos de legitimidad que amparan al poder político para imponerse sobre los hombres y exigirles los mayores sacrificios en bienes de la vida, patrimoniales y no patrimoniales . Cierto es que, en ocasiones, la justificación del poder emana de su origen, particularmente cuando se considera al Estado "en abstracto", pero la mayoría de las veces depende también de otros factores, que se refieren al ejercicio del propio poder, como veremos más adelante, y entonces no hay relación alguna de causalidad. Por otra parte, el punto de vista del estudioso varía en ambas cuestiones. Tratándose del origen del Estado se buscan datos reales, positivos, con el solo límite de la capacidad de la historia y la sociología para proporcionarlos. El terreno en que se mueve el investigador es el de la ciencia empírica. En cambio, cuando se trata de la justificación, la cuestión se sitúa en un plano distinto. Se trata de

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enjuiciar al poder estatal en una instancia crítica superior a la de su positividad, y se buscan entonces criterios ideales que sirvan para confrontar la realidad del poder con lo que debe ser, y esos criterios no puede suministrarlos la ciencia sino sólo la filosofía. Hay, desde luego, un aspecto de la cuestión del origen del Estado que, como hemos visto, requiere de la especulación filosófica y es la de la causa primera de la agrupación estatal, pero incluso en este aspecto el objeto de estudio es diverso, pues cuando se trata de la justificación no se busca un juicio en el orden del ser -lo que cae en el dominio de la ontología- sino un juicio de valor --cosa que interesa a la axiología-, y por tanto, aunque en ambos casos se echa mano de los métodos filosóficos, sin embargo la distinción es clara e indiscutible. En suma, los problemas acerca del origen del Estado y la justificación del mismo aunque fuertemente enlazados tienen características peculiares y deben ser tratados de distinta manera, no habiendo razón alguna para identificarlos, o por lo menos, para entremezclar muchos de sus elementos. A este respecto, y para poner punto final a esta cuestión, nos adherimos a la opinión de Hermano Heller, sintetizada por Recaséns Siches en los siguientes términos: "Pero la teoría del Estado así desarrollada y fundamentada , debe completarse, según Heller, con una doble consideración, el estudio del origen del Estado, de su por qué causal histórico, esto es, del tipo de necesidades humanas que lo engendran, y el estudio de su justifica ción ideal o estimativa. El primero de esos estudios busca una explicación de por qué y cómo surgen los Estados. El segundo se pregunta por el valor del Estado, se interroga acerca de si es algo legítimo, cuándo lo es y cómo debe ser para que se halle justificado . Estas dos cuestiones se enlazan una con la otra en cierto modo, pues la justificación se inicia en la explicación y ésta se prolonga en aquélla ; debido a que toda realidad social es una unión dialéctica entre ser y deber ser, entre acto y sentido, entre realidad y norma, es una peculiar textura entre ambos ingredientes". Con la exposición hecha en los párrafos anteriores, hemos procurado plantear en sus correctos términos el problema de la ju stificación del Estado, señalando la necesidad de su estudio por parte de una Teoría del Estado que quiera abarcar la totalidad del complejo fenómeno estatal y precisando las semejanzas y diferencias que guarda con otros problemas afines, singularmente con el del origen del propio Estado. Como una exigencia metódica, hemos buscado, en la medida de lo posible, no externar ningún criterio de valor, sino apuntar, escuetamente, la necesidad de una , indagación estimativa respecto del ·poder político. Hemos llegado,

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empero, a un punto, en que debemos esbozar una solución ; pero antes, a guisa de ilustración conveniente, es menester que nos refiramos a las diversas soluciones que se han intentado dar al problema en el curso de la historia. Para ello, y ante la imposibilidad de hacer una enumeración exhaustiva de las mismas -quizá no hay tema más explotado que el de la justificación por la literatura política- vamos a procurar reducirlas a unas cuantas, tomando, como criterio, la corriente del pensamiento que representan. Serán, pues, materia de exposición, las posiciones típicas en tomo del problema de la justificación del Estado, sin que se pretenda agotar el catálogo de las teorías. ¿ Cuáles son esas posiciones? Los autores no se han puesto de acuerdo para señalarlas. Se habla, con frecuencia, de doctrinas teocráticas y no teocráticas, con la finalidad, oculta u ostensible, de contraponer una justificación religiosa o divina del poder a una justificación humana, pretendiéndose que sólo la segunda es "democrática". Otras veces, con una más aguda percepción de las cosas, se clasifican las doctrinas referentes a las condiciones de legitimidad del poder político, en democráticas y autocráticas, según que funden la legitimidad en el consentimiento del pueblo o, por el contrario, sostengan que esa legitimidad emana de los gobernantes mismos. En oras ocasiones, se clasifican las teorías justificativas en trascendentes e inmanentes, según que "establezcan la suprema razón de ser del Estado en un conjunto de fuerzas y de leyes que están fuera de la sociedad, o bien, en un conjunto de fuerzas y de leyes que operan en la misma sociedad". (Groppali.) Así podríamos continuar la ejemplificación, que sería interminable. De entre estas clasificaciones, que contienen gran parte de verdad, hemos de entresacar, sin embargo, ciertos elementos que creemos bastantes para configurar las teorías que en el curso de los siglos se han disputado la primacía. Esos elementos son los siguientes : la voluntad de Dios, la fuerza, los principios jurídicos, las normas morales, los impulsos psicológicos, las exigencias de la vida en sociedad. Cada uno de ellos ha dado lugar a una determinada teoría, que pretende basarse precisamente en esos elementos para justificar al Estado. Resultan, de ese modo, seis las más importantes teorías o grupos de teorías que obedecen a un determinado principio rector, es decir que responden a una cierta corriente de pensamiento, y cobran realidad en derredor de un elemento directivo : 1) la teoría teológico-religiosa ; 2) la teoría de la fuerza ; 3) las teorías jurídicas ; 4) las teorías morales; 5) la teoría psicológica ; 6) la teoría de la solidaridad. No son, desde luego -lo reiteramos-, las únicas, pero sí las que señalan las más típicas actitudes del espíritu humano frente

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al problema del valor del Estado, y por tal razón nos concretaremos al estudio de ellas solas. Para mayor claridad y orden en la exposición, haremos primero una caracterización de las mismas ; expondremos después, brevemente, los rasgos más salientes de su evolución histórica ; y, por último, intentaremos hacer una apreciación crítica. Trataremos con algún detenimiento las teorías teológico-religiosas y el grupo de las jur ídicas, por estimar que son las más importantes. De las demás haremos tan sólo una indicación sustancial. !l. POSICIONES

TIPICAS EN TORNO DEL PROBLEMA

DE LA JUSTIFICACION DEL ESTADO

l. La teoría teológico-religiosa. Esta teoría, partiendo del principio de la existencia de un Dios creador

y providente, sostiene que todas las cosas han sido creadas por Dios y en El encuentran su primer principio y su último fin, y que, como el Estado, con su poder coactivo, es una realidad creada, tiene también su origen en la divinidad y se justifica en la medida en que acata sus mandamientos. Como se ve, esta teoría parte de un supuesto ontológico fundamental, como es el de la existencia de Dios y su acción providente en las cosas humanas, que es demostrable con las solas luces de la razón natural. Sin embargo, si con esto se contentara, sería una teoría filosófica como cualquiera otra, basada en datos propios de la Teodicea, y no es así. Por su nombre mismo -"teológico-religiosa"- nos está indicando que, aun cuando se cimenta en el subsuelo filosófico, parte, al hacer sus aseveraciones, del hecho histórico, positivo y concreto, de la revelación, y que toma muy en cuenta las relaciones del hombre con Dios en que consiste la religión (de "re-ligio'', "re-ligare": ligar y volver a ligar). Pero es justo aclarar que no todas las religiones positivas han intervenido de igual modo en la elaboración de esta teoría. Es el cristianismo, con sus dogmas y su moral, sus textos escritos y su tradición, el que de una manera decisiva ha contribuído a darle un perfil especial en los pueblos de occidente, que son los que han elaborado ese tipo característico de cultura al que estamos existencialmente adscriptos. Por tal razón será la referencia al cristianismo la que hagamos casi exclusivamente en el curso de nuestro estudio. La justificación teológico-religiosa del Estado parte, pues, de bases ontológicas, pero encuentra su culminación en. datos proporcionados por DR © 1949. Universidad Nacional Autónoma de Méx ico Escuela Nacional de Jurisprudencia

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una determinada religión positiva. Responde a los dos más íntimos anhelos del espíritu humano : el afán de conocimiento y la tendencia a la unión con Dios, el motus rationalis creaturae ad Deum, que diría el filósofo medieval. Queda incluida, además, en una concepción total del mundo y de la vida, que implica la existencia de un orden divino regido por leyes que tienen vigencia tanto en el dominio de la naturaleza como en el de los actos humanos, lo que da por resultado que el poder político, merced al principio de causalidad, tenga su origen primario en Dios, y en atención al ordenamiento divino que rige al universo, esté sometido a las leyes eternas promulgadas por el mismo Dios. Supone, en suma, tal tipo de justificación, una explicación trascendente del Estado y de la vida misma, independientemente de las contingencias históricas, aunque a veces haya aspirado a legitimar situaciones concretas que se han presentado en el curso de la evolución humana. Las formas que ha adoptado son muy diversas y van desde la que pretende justificar una organización teocrática del Estado, en que los sacerdotes ejercen el poder político, hasta la que simplemente considera que el Estado tiene su origen primero en Dios y no puede sustraerse al orden moral, que es reflejo de la voluntad divina, pero en la determinación de sus formas y en la organización de su gobierno interviene decisivamente el derecho humano. Veremos esto con más detenimiento al examinar, en los siguientes párrafos, el desarrollo de la teoría en el transcurso del tiempo. Puede decirse, sin temor a incurrir en exageraciones, que no ha habido pueblo alguno en el mundo que haya carecido de ideas y prácticas religiosas, por primitivas que éstas y aquéllas hayan sido. Este es un dato histórico y sociológico incontrovertible, que emana de la simple observación objetiva de los hechos, y es ajeno a todo juicio de valor que se haga acerca de esos fenómenos religiosos. No es de extrañar, por tanto, que desde la más remota antigüedad el espíritu humano, acuciado por la preocupación religiosa, haya tratado de encontrar un fundamento trascendente a esa gran realidad, que se imponía coactivamente sobre las voluntades individuales, forzándolas a adoptar una determinada conducta, que era el poder político. En Grecia y Roma encontramos así, al lado del hecho real de la coincidencia de la comunidad política y la religiosa, atisbos muy importantes de justificación divina del Estado -como la frase de Demóstenes, recogida en el Digesto, conforme a la cual "hay que prestar obediencia a la ley por ser obra y don de Dios"-y sobre todo de la idea de la existencia de un derecho natural superior al positivo, a la luz del cual podía enjuiciarse tanto la conducta de los gobernantes como de los súbditos que

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se rebelaban contra los mandatos que estimaban injustos. DR © 1949. Universidad Nacional Autónoma de Méx ico Escuela Nacional de Jurisprudencia

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Con el advenimiento del Cristianismo, la teoría teológico-religiosa recibió un fuerte y decidido impulso y tomó una orientación que muy poco había