La Educacion en Derechos Humanos.

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UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN MAESTRÍA EN EDUCACIÓN

MODULO OPTATIVA I EDUCACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

Profesora: MARIBEL BETANCUR

Presentado por: RAMÓN ELÍAS ORTEGA

EL TARRA NORTE DE SANTANDER 2017

LA EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS La Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece que la enseñanza y la educación son el medio por el cual debe promoverse, tanto entre los individuos como en las instituciones, el respeto de los derechos y libertades en ella consignados, esto quiere decir que hay que aprender a tomar conciencia acerca de los valores y principios que enaltecen la dignidad del ser humano y comprender de qué manera los derechos humanos se han transformado en una fuente de inspiración para construir respuestas adecuadas a la creciente complejidad sociopolítica, a los continuos cambios sociales, y las nuevas demandas que se exigen al sistema educativo. Se debe promover la formación en derechos humanos ya que esta ha adquirido un carácter trascendental en la protección y promoción de la dignidad humana en las sociedades actuales; También se pretende que en el proceso de aprendizaje se creen formas de comportamiento basadas en reconocer, no sólo los propios derechos, sino a la vez, los de los demás, dando dimensión y significado a la dignidad humana. Es esencial que el tejido entre educación y derechos humanos integre otros factores que den un sentido más amplio a la misión principal de hacer crecer a las personas en la perspectiva de derechos humanos, en dignidad, en libertad, en derechos y deberes, pero principalmente, en estimular una conciencia vivificadora de construcción de la paz como valor supremo de convivencia de la humanidad. La comunidad educativa en los ámbitos de la educación formal, desde el preescolar hasta la educación superior, debe busca incidir en los escenarios comunicativos, institucionales, culturales y pluriétnicos, así como en todos los espacios en los que se realizan, protegen y promueven los derechos humanos, tanto en lo local como en lo nacional. El campo de acción requiere una coordinación del conjunto de instituciones públicas estatales y no estatales responsables de la seguridad y garantía de los derechos humanos considerados de manera integral, indivisible e interdependiente. El Ministerio de Educación Nacional cuenta con una política definida para impulsar la formación de una ciudadanía activa en el ámbito de la educación formal. En este sentido, ha construido y divulgado los estándares de competencias ciudadanas, con el fin de promover la formación de ciudadanos y ciudadanas capaces de convivir en paz, participar en la construcción de lo público, exigir y proteger sus derechos y respetar los de los demás. Página 2 de 6

Cuando se habla de desarrollar competencias en los estudiantes se habla de desarrollar en ellos la capacidad de ser, saber y saber hacer en contexto, de usar el conocimiento en la realización de acciones y desempeños de manera flexible para que puedan realmente usar esos conocimientos en situaciones distintas de aquellas en las que se aprendieron, conforme con ello, la estrategia de plantear la educación en y para la paz, la convivencia y la ciudadanía, como uno de los mayores desafíos basándose en un enfoque de derechos y deberes, y en los principios de equidad, inclusión, diversidad social, económica, cultural, étnica, política, religiosa, sexual y de

género. Dando un tratamiento integral a los

conflictos y el respeto por la biodiversidad como ejercicio de los derechos humanos. En estos aspectos los establecimientos educativos avanzan en la definición de sus currículos y sus propósitos pedagógicos, coinciden en la necesidad de formar personas comprometidas en la transformación pacífica de la sociedad, guiados por los principios y los enunciados de los derechos humanos, que establecen directrices útiles para fomentar proyectos de vida individuales que promuevan el libre desarrollo de la personalidad, la educación para la Sexualidad y la construcción de ciudadanía en el ejercicio de los derechos, que pretenden impregnar la organización escolar en su conjunto. Así como todos los ambientes de la escuela, en la que se debe asumir una labor transversal que involucre los diversos procesos y escenarios de la escuela, que acompañan la integración de diversos saberes para el desarrollo de competencias para la vida, así como la revisión y reorientación de las prácticas pedagógicas a partir de la construcción de conocimiento significativo y con sentido, es decir, que posibiliten transformar las dinámicas escolares hacia la construcción de relaciones más justas, democráticas y responsables en los procesos formativos de estrategias pedagógicas y didácticas, que promuevan el conocimiento, el respeto, el manejo ético y responsable del reconocimiento de las interrelaciones e interacciones existentes entre los sistemas socioculturales en los diferentes contextos basándose en la convicción de que la educación en derechos humanos no puede limitarse a una materia particular dentro del currículo, ni ser la responsabilidad exclusiva de un área en particular. La escuela es el primer lugar donde se construye la democracia. Por lo tanto, una cultura de los derechos humanos exige convertir todos los espacios escolares en espacios de respeto de la dignidad humana y el ejercicio de derechos que integran la organización escolar, los maestros, los

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estudiantes, el proyecto educativo, los programas, las áreas, las materias, las actividades informales y extracurriculares y las relaciones con los padres de familia y la comunidad. Se entiende que el desarrollo pedagógico es un proceso de articulación permanente de los fundamentos, los principios y los conocimientos de derechos humanos con los contextos donde opera la educación, a través de propuestas y modelos pedagógicos, opciones curriculares, sistemas de evaluación, planes de convivencia y democracia escolar, prácticas educativas, didácticas, procesos comunicativos y formas de organización institucional. Estos aspectos, en su interacción, potencian la formación de sujetos de derechos en ambientes educativos democráticos. En el caso del Catatumbo y en el municipio de El Tarra, hay que decir que a pesar de los avances mencionados, la escuela tiene pocas herramientas para asumir, en sus desarrollos pedagógicos, las situaciones de vulneración de derechos dentro de sus contextos. Cuando se habla de pocas herramientas se hace referencia al conjunto de situaciones que dan cuenta de los diferentes conflictos por los que han tenido que pasar las comunidades debido a los problemas de orden social y económico que se viven en esta región. Puede afirmarse, de la misma manera, que es notable la ausencia de programas y estrategias de formación en derechos humanos dirigidas a los profesionales de la educación para que se promueva la observancia de los derechos humanos en su práctica pedagógica en la escuela. Como se puede observar, los elementos que conforman un sistema de formación de agentes educativos en derechos humanos está aún lejos en la realidad que se vive en esta zona del Catatumbo. Cabe destacar que las dificultades en el aprendizaje de los derechos, señalan la necesidad de promover el conocimiento previo sobre estas temáticas en el hogar y desde la educación inicial ligado a situaciones cotidianas que le permitan al niño aplicar lo comprendido en otro contexto como lo es la escuela. Esto permitiría un desarrollo sistemático de los derechos, de ahí la necesidad de impulsar una cultura de respeto y compromiso a los derechos humanos en los niños, así como a la práctica de valores, por lo que se pone en consideración las vivencias del contexto escolar, familiar y social. Estos aspectos hacen referencia a la necesidad de construir una sociedad en donde sea posible convivir con los demás de manera pacífica y constructiva. No se busca la armonía Página 4 de 6

perfecta o la ausencia de conflictos, sino que los conflictos que se presenten sean manejados sin agresión y buscando favorecer los intereses de todas las partes involucradas. Ahora bien, la convivencia pacífica no se refiere únicamente a las relaciones entre seres humanos, también incluye nuestra relación con los animales y con el ambiente. Para concluir, es necesario puntualizar que la educación en derechos humanos es compromiso obligatorio de las instituciones educativas como entes encargadas de la formación de los seres humanos como individuos sociales, que deben ser prolíficos en acciones honestas para la preservación de la democracia y la paz, ofreciendo, para este fin, espacios de convivencia donde estos derechos puedan ser estudiados, debatidos y experimentados. Las aulas escolares no están exentas de esta responsabilidad, sino que son agentes coadyuvantes del ejercicio de los derechos y los deberes sociales, los cuales aportan desde sus procesos formativos. En este sentido educar en derechos humanos implica formar actitudes de respeto respecto a los mismos, lo cual significa promover en los educandos predisposiciones estables a actuar en el respeto de los derechos y en las relaciones sociales. Así, la formación de derechos humanos implica educar para la autonomía, un proceso gradual que esté presente en el salón de clases, como instancias de aprendizaje y oportunidades legítimas de cambio; cuando las ideas fluyan sin límites intelectuales; cuando la escuela promueva la organización de los educandos para que se independicen, cuando les dé la oportunidad de crecer en la aceptación y respeto de sí mismos. Así, educar en derechos humanos poner un importante interés en la convivencia escolar y la educación en valores, haciendo especial énfasis en la vivencia cotidiana de la solidaridad, la fraternidad, la igualdad y el respeto a la diferencia entre los seres humanos. La educación en valores, no debe ser vista como un conocimiento a aprender, sino que las personas se apropian de éstos a través de la construcción de vínculos de sentido a partir de experiencias pertinentes, para esto, el espacio formativo más importante es el de la convivencia, pues allí se ejercen de manera significativa los valores y, tiene sentido en la medida en que se expresen en una forma de vivir, abarcando por lo tanto dimensiones cognitivas, afectivas y comportamentales.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Constitución Política de Colombia, 1991. Artículo 67 Declaración Universal de los Derechos Humanos, en: http://www.un.org/es/documents/udhr/ (04-02-2010) Declaración y Programa de Acción de Viena, en: http://www.unhchr.ch/huridocda/huridoca.nsf/(Symbol)/A.CONF.157.23.Sp?Opendocume nt (30-04-2010). Plan Nacional de Educación para los Derechos Humanos. 2006 -2010, Francisco Santos Calderón, Vicepresidente de la República. Cecilia María Vélez White María. Ministra de educación nacional. 2010 - 2014 Argelino Garzón, Vicepresidente de la república. María Fernanda Campo Ministra de Educación Nacional

Pacheco, Francisco Antonio (La relación de la educación en derechos humanos con el derecho a a la educación) San José, C.R. : Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 2003. 28 p. ; 21.5 x 28 cm. (Serie Cuadernos Pedagógicos). Romero Caycedo María Helena, Acevedo Suárez Daniel, Tovar Turmeque Martha Isabel, Porras Mena Neiffi Luzmila, Durán Bernal Carlos Andrés y Tague Montaña Andrea. (Modelo de enfoque diferencial). Subdirección General, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF 22/02/2013 Magendzo, Abraham (Pedagogía Crítica y Educación en Derechos Humanos). Diciembre 2002

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