Justicia Ordinaria

Justicia Ordinaria Maria Camila Acevedo Arcila 10-A ¿Qué es la justicia ordinaria? • La justicia ordinaria es aquella

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Justicia Ordinaria Maria Camila Acevedo Arcila

10-A

¿Qué es la justicia ordinaria? • La justicia ordinaria es aquella que no reconoce privilegios, ni se regula en tribunales de excepción. Tiene potestad sobre todas las causas y pleitos que suceden en un distrito.

• Suele residir en los jueces de primera instancia. Las personas aforadas, conocidos como aforados, no acuden a la justicia ordinaria y sus causas van directamente a los órganos jurisdiccionales que la Constitución o los Estatutos de Autonomía determinen.

Se divide por competencia y especialidad: • Nivel municipal: juzgados promiscuos, civiles y penales. • Nivel de circuito: juzgados promiscuos, penales, civiles, de familia, laborales, penales especializados, de menores, y de ejecución de penas y medidas de seguridad.

• Nivel de distrito judicial: tribunales superiores de distrito en sus salas penales, civiles, laborales de familia, agrarias o mixtas, de acuerdo con el tamaño de la demanda del servicio.

• Nivel nacional: la cortes suprema de justicia en sus salas especializadas, civilagraria, laboral y penal.

Composición • El tribunal supremo de justicia • Los tribunales departamentales de justicia • Los tribunales de sentencia y jueces.

Principios procesales • Hurtos: El que se apodere de una cosa mueble ajena, con el propósito de obtener

provecho para sí o para otro, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses. La pena será de prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. • Lesiones personales: El que cause a otro daño en el cuerpo o en la salud, incurrirá en las sanciones establecidas en los artículos siguientes: Incapacidad para trabajar, deformidad, perdida anatómica, etc. • Homicidio: El que matare a otro, incurrirá en prisión de trece (13) a veinticinco (25) años. Homicidio culposo, homicidio por piedad, etc.

Entre otros están: • Gratitud, publicidad, transparencia, Oralidad, Celeridad, Probidad, Honestidad, Legalidad, Eficacia, Eficiencia, Accesibilidad, Inmediatez, Verdad material, Debido Proceso, Igualdad de las partes ante el juez, Impugnación