Iniciativa Contenedores Mercado de Abastos

C.C. INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE GUADALAJARA PRESENTE El que suscribe, JUAN CARLOS ANGUIANO OROZCO

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C.C. INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE GUADALAJARA PRESENTE El que suscribe, JUAN CARLOS ANGUIANO OROZCO, regidor integrante de la Fracción Edilicia de Movimiento Ciudadano, en uso de la facultad que me confiere el artículo 41 fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los artículos 76 fracción II, 81 fracción I y 82 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, someto a la elevada consideración de este órgano de gobierno municipal la siguiente iniciativa de acuerdo con carácter de dictamen, que tiene por objeto solicitar al Presidente Municipal instruya al Secretario de Medio Ambiente y Ecología a efecto que tome las medidas necesarias en beneficio de los ciudadanos que habitan en los alrededores del Mercado de Abastos, a fin de que la zona se conserve en estado de limpieza y saneamiento, a través de la instalación de contenedores para la disposición de los residuos propios del mercado, entre otras medidas. Lo anterior de conformidad con los siguientes ANTECEDENTES 1.- Los mercados municipales son un elemento fundamental de la economía local. La actividad comercial y los lazos socio-económicos que fomentan en su entorno son insustituibles. “De los mercados que destacan por su movimiento comercial está en primer lugar el Mercado de Abastos… …ya que éste funge como el principal proveedor de mercancía del 32% de los locatarios de los mercados públicos de la ZMG. Su función desde su construcción en 1968 ha sido la de albergar comerciantes mayoristas, actividad que desde el inicio se ha mantenido con un dinamismo tal que ha aumentado el número de bodegas, intensificado sus operaciones y ampliado su cobertura comercial de manera continua y acelerada. El mercado de Abastos es una unidad comercial de distribución de productos alimenticios, que proporciona a la población servicio de abastecimiento de productos básicos al mayoreo, a través de instalaciones que permiten concentrar los productos provenientes de diferentes centros de producción, del centro, sur y sureste del país hacia el Pacífico y el norte de la República, y en sentido contrario, para después surtir de éstos a los comerciantes detallistas. Sus principales actividades son: la recepción, exhibición y almacenamiento especializado, así como la venta de productos. Su principal importancia radica en la redistribución hacia fuera de la ZMG y la de abastecedora hacia el interior de la misma. El hecho de que el mercado de Abastos sea el principal abastecedor de los mercados públicos no sólo impacta en la economía de los locatarios de los otros mercados, sino que tiene un impacto social y económico en 1

toda una red de agricultores y fabricantes provenientes de distintas partes de la República que proveen a ésta central. Debido a que la central de Abasto atiende la demanda de productos alimenticios de las poblaciones y localidades del municipio, constituye un importante instrumento de regulación de la oferta y demanda de productos, que a su vez influye en la formación de los precios.” 1 2.- Sin embargo, por los volúmenes de productos alimenticios que se manejan en este Mercado, el manejo y la disposición de residuos, ha llegado a afectar el entono, al grado que vecinos de la zona manifiestan que la acumulación de residuos alimenticios conlleva inundaciones, malos olores y el surgimiento de plagas de ratas y cucarachas. Por ello vecinos del Fraccionamiento Las Torres requirieron al que suscribe la presente iniciativa, que por mi conducto se solicitara al Ayuntamiento la instalación de contenedores para que los comerciantes del Mercado puedan depositar los residuos que generen y propiciar un Mercado de Abastos digno y un entorno saludable para todos. 3.- A este respecto resulta importante que, por la trascendencia de este Mercado para la vida en el Municipio, se tomen medidas encaminadas a solucionar la problemática en materia de saneamiento, tales como la instalación de contenedores de dimensiones adecuadas a las necesidades, la recolección oportuna de los residuos que se acumulen en tales contenedores y el aseo constante de las calles aledañas al Mercado.

CONSIDERACIONES I. Que la Constitución Política del Estado de Jalisco, en su artículo 77, dispone que los ayuntamientos estarán facultados para expedir y aplicar, conforme a las bases normativas que establezcan las leyes, los reglamentos, las normas que regulen la prestación de los servicios públicos, disposiciones administrativas y circulares de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones. II. Que la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco en su artículo 37 fracción II reitera la obligación del Ayuntamiento de aprobar y aplicar su presupuesto de egresos, bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

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Documento: Mercados Municipales en Guadalajara - 2da parte, Antecedentes Inmediatos de los Mercados en Guadalajara, Liliana Hernández Luquín, disponible en: http://www.mktglobal.iteso.mx/index.php? option=com_content&view=article&id=313&Itemid=121

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III. De igual manera señala en su artículo 50 fracción II que es facultad de los regidores: “Proponer al Ayuntamiento las resoluciones y políticas que deban adoptarse para el mantenimiento de los servicios municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada, y dar su opinión al Presidente Municipal acerca de los asuntos que correspondan a sus comisiones”. IV. Que el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara establece en su artículo 55, fracciones II, III y V que: Artículo 55. A la Secretaría de Medio Ambiente y Ecología le corresponde ejercer las siguientes facultades y atribuciones: II. Supervisar y evaluar, en su caso, los diversos programas municipales para atender la prestación del servicio de aseo público; III. Disponer lo necesario para que todos los espacios públicos se conserven en estado de limpieza y saneamiento; V. Ordenar que los desechos y desperdicios que se generen en los tianguis y mercados que existen en nuestra ciudad, sean recolectados oportunamente;

V. Que el Estado y todas las instituciones públicas deben estar al servicio del pueblo y el Ayuntamiento, al ser la instancia gubernamental con relación más directa con la ciudadanía, debe velar en todo momento por el bienestar de ésta. VI. Que son tareas de alta prioridad fomentar medidas tendientes a mejorar la salud pública, así como mantener las vías y espacios públicos aptos para el disfrute de todos, tapatíos y extranjeros. Así de lo precedentemente considerado y con fundamento en el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 fracción II de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 41 fracción II de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; y 76 fracción II, 81 fracción I y 82 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, se pone a su consideración el siguiente: ACUERDO ECONÓMICO PRIMERO.- Se solicita al Presidente Municipal, tenga a bien instruir al Secretario de Medio Ambiente y Ecología a efecto que se tomen las medidas necesarias, en beneficio de los ciudadanos que habitan en los alrededores del Mercado de Abastos, a fin de que la zona se conserve en estado de limpieza y saneamiento, a través de la instalación de contenedores de dimensiones adecuadas para la disposición de los

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residuos propios del Mercado, la recolección oportuna de los residuos que se acumulen en tales contenedores y el aseo constante de las calles aledañas a dicho Mercado. SEGUNDO.- Se faculta al Presidente Municipal y al Secretario General del Ayuntamiento a suscribir la documentación inherente al cumplimiento del presente Acuerdo.

ATENTAMENTE SALÓN DE SESIONES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE GUADALAJARA Guadalajara, Jalisco a la fecha de su presentación

REGIDOR JUAN CARLOS ANGUIANO OROZCO

Esta hoja de firmas corresponde a la iniciativa de acuerdo con carácter de dictamen que tiene por objeto solicitar al Presidente Municipal tenga a bien instruir al Secretario de Medio Ambiente y Ecología a efecto que se tomen las medidas necesarias, en beneficio de los ciudadanos que habitan en los alrededores del Mercado de Abastos, a fin de que la zona se conserve en estado de limpieza y saneamiento, a través de la instalación de contenedores para la disposición de los residuos propios del mercado, entre otras medidas.

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