Impugnacion Concurso

Sumilla: Interpongo Impugnación a fin de reconsiderar su decisión final. SEÑOR PRESIDENTE 2016 DE LA DEL FACULTAD JU

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Sumilla: Interpongo Impugnación a fin de reconsiderar su decisión final. SEÑOR PRESIDENTE 2016

DE LA

DEL

FACULTAD

JURADO CALIFICADOR

DE

DERECHO

Y

DEL

CONCURSO

CIENCIAS POLÍTICAS

PARA

DE LA

DOCENTES INVITADOS

UNIVERSIDAD NACIONAL

DANIEL ALCIDES CARRIÓN – PASCO. ENRIQUE

ENCINA

QUISPE,

identificado

con

DNI



21537459, señalando domicilio en la Av. Los Incas Mz. “A”, LT. 03 – Yanacancha – Pasco, en el Concurso para Contrato Provisional de Docentes Invitados 2016, ante Usted con respeto digo: I.- PETITORIO Que, al amparo del derecho a la impugnación los dispuesto en el artículo 30° del reglamento que norma el Concurso para Contrato Provisional de Docentes Invitados 2016 con sus incisos correspondientes y en el plazo legal, interpongo Recurso de Reconsideración contra de los resultados finales que dispusieron declarar desierta la plaza del concurso precitado al que postule; en mérito de los siguientes fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer: II.- FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO PRIMERO.- Que, de conformidad a lo señalado por el reglamento que norma el Concurso para Contrato Provisional de Docentes Invitados 2016, mi persona postulo a la Plaza Auxiliar a Tiempo Parcial (20 Horas), cuyos cursos son: -

Derecho Penal (Parte General)

-

Derecho de Ejecución Penal.

-

Derecho Internacional Público. SEGUNDO.- Señores miembros del Jurado Calificador,

como se puede apreciar que en la citada convocatoria nos presentamos tres postulantes para acceder a dicha plaza, y luego de la respectiva evaluación curricular mi persona fue

declarado como UNICO postulantes expedito a participar en las siguientes etapas, luego de ello procedí a exponer mi clase magistral y pasar la entrevista personal correspondiente. En los cuales

en todas esas etapas no se contó con ninguna

observación por parte del Jurado Calificador ni de los Estudiantes, por lo que ahora me causa sorpresa la decisión final tomada al declarar Desierta la plaza al cual postule. TERCERO Asimismo, he de manifestar que mi persona reúne los requisitos que exige el reglamento precitado, es decir la experiencia profesional que abarca 12 años en el ejercicio de la profesión ocupando diferentes cargos como: Técnico Judicial, Secretario Judicial, Asesor Legal de Municipalidades, Juez Penal en este Distrito judicial y actualmente el ejercicio libre de la abogacía y Arbitro adscrito a la Cámara de Comercio de Pasco; y a su vez cuento con la experiencia en la Docencia Universitaria, al ser que he manifestado en reiteradas oportunidades que fui Docente Invitado en la Universidad Peruana los Andes, Universidad Tecnológica de los Andes - UTEA. Con lo cual señor Decano mi persona cumplía plenamente lo exigido. Ahora bien quizás se puede apreciar en la Hoja de Vida que no adjunte la Resolución que acredita mi experiencia en la Docencia respecto a la Universidad Peruana los Andes, la cual se debe a que a la fecha está en proceso de tramitación para que se me expida y que por ello me resulto imposible adjuntarla, pero declarado bajo juramento que mi persona si tiene experiencia requerida

en la Docencia Universitaria.

CUARTO.- De igual forma, quiero señalar que mi persona en los más de 06 años que viene radicando en esta ciudad, siempre he estado dispuesto a colaborar con los futuros profesionales en derecho de la región Pasco. Los cual puedo acreditar con los documentos que adjunte en la sección de reconocimientos, los cuales son: -

Resolución Vicerrectoral N° 08-2014-DVRAC, la cual se me expidió como reconocimiento y felicitación por ser ponente en los Miércoles Jurídicos en el año 2014, en la UNDAC.

-

Carta de Agradecimiento, de fecha 24 de octubre del 2012, suscrito por el Director de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNDAC, a razón de ser ponente en el Seminario Innovaciones Jurídicas II.

-

Resolución Rectoral N° 297-2012-UNDAC-R, de fecha 21 de diciembre del 2012, suscrito por el entonces Rector de la UNDAC. QUINTO.- Finalmente, quiero expresar que tengo toda la

predisposición de brindar catedra en las Aulas Universitarias de la UNDAC, ya que tengo la vocación y la entereza necesaria para hacer que los estudiantes aprendan los cursos a los cuales postulo, siendo que una de mis aspiraciones grandes es la enseñanza del Derecho en todas su viscisitudes y

volcar todos mis conocimientos en bien de la

formación de futuros colegas que siguieron la gran carrera de Derecho y Ciencias Políticas. III.- PROCEDENCIA DEL PRESENTE RECURSO: El presente recurso de impugnación debe ser declarado procedente y fundando en su oportunidad, toda vez que si bien es cierto en el Recurso de Reconsideración es necesario prueba nueva, también existe la excepción cuando el órgano resolutivo constituye la única instancia. Tal y como se desprende de lo dispuesto en el artículo 31° del precitado reglamento, que estable que: “Los fallos del Jurado Calificador sobre la impugnación, son inapelables e irrevisables” POR LO EXPUESTO: A usted señor Decano y miembros dignos del Jurado Calificador del presente concurso, sírvanse a resolver la causa con justicia y legalidad evitando arbitrariedades causando perjuicio al suscrito y a su vez a sus estudiantes. OTROSÍ DIGO: De conformidad a lo establecido en el inciso 3 del artículo 30° del reglamento que norma el Concurso, Señor Decano sírvase a correr traslado el presente recurso de impugnación al Jurado Calificador en la brevedad posibles, a fin de que puedan proceder conforme a sus atribuciones Cerro de Pasco 30 de marzo del 2016