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DN_U2L2_Identificando Versión: Junio 2015 Revisor: Alma Cortés

 Identificando  los  títulos  de  crédito  más  utilizados   Por: Alma Ruth Cortés Cabrera

Como te has dado cuenta, en las operaciones comerciales es muy común que para sustituir las negociaciones en efectivo se utilicen documentos, los cuales se conocen como títulos de crédito o títulos valor. A continuación verás los más usuales en las operaciones mercantiles:

Concepto  de  letra  de  cambio   Es un documento extendido por una persona (acreedor-librador), que contiene una orden incondicional de pago aceptada por otra persona (deudor- librado), sobre una cantidad, en determinada fecha y lugar. Al transmitir una letra de cambio por endoso, el pago deberá realizarse al endosatario (acreedor actual). El endosante (acreedor original o posteriores) debe responder frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago (deudor).

Figura 1. Ejemplo de letra de cambio. 1 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Funciones   En el tráfico mercantil, la letra de cambio puede cumplir las siguientes funciones: 1. Medio de pago, sustituyendo el pago en moneda. 2. Instrumento de crédito, garantizando un pago aplazado. 3. Medio para obtener un crédito, a través del descuento bancario.

Elementos  personales   1. Librador: persona que emite la letra de cambio (acreedor), dando la orden de pago a otra persona (deudor). 2. Librado: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor). 3. Endosante: acreedor (original o posterior), que transmite su derecho de cobro. 4. Endosatario: persona (acreedor actual) a la que se ha transmitido el derecho de cobro. 5. Tenedor: persona poseedora del título en cada momento. 6. Avalista: persona que garantiza, en todo o en parte, el pago.

Elementos  formales   I.

La mención de ser letra de cambio insertada en el texto del documento;

II.

La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;

III.

La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;

IV.

El nombre del girado;

V.

El lugar y la época del pago;

VI.

El nombre de la persona a quien se debe pagar; y

VII.

La firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2012, p. 13).

2 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Vencimiento   El momento del pago o vencimiento, puede ser: • • •

A la vista: debiendo pagarse en el momento de su presentación. A un plazo contado desde la fecha del libramiento. A un plazo contado desde la vista.

Concepto  de  cheque   Es un documento que se emite por una persona (librador), como una orden de pago a cargo de otra (librado), a favor del tenedor legítimo del documento (librador o tercero). La emisión del cheque, es una orden girada a un banco o entidad de crédito que tiene fondos existentes a disposición del librador, de lo contrario se presume fraude. El concepto de cheque incluye también el concepto de talón.

Figura 2. Ejemplo de cheque.

Funciones   El cheque es un medio para disponer de nuestros fondos en un banco o entidad de crédito, o también puede utilizarse como medio de pago. 3 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Elementos  personales   1. 2. 3. 4. 5. 6.

Librador: persona que emite el cheque y ordena el pago. Librado: banco o entidad de crédito al que va dirigida la orden de pago. Tenedor: persona poseedora del título en cada momento y, por tanto, destinataria del pago. Endosante: tenedor que transmite el cheque. Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso. Avalista: persona que garantiza, en todo o en parte, el pago.

Elementos  formales     I.

La mención de ser cheque debe ser insertada en el texto del documento;

II.

El lugar y la fecha en que se expide;

III.

La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

IV.

El nombre del librado;

V.

El lugar del pago; y

VI.

La firma del librador (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2012, p. 26).

Forma de Cheques

a) Ordinario b) Cheque cruzado c) Certificado d) Para abono en cuenta e) Cheque de caja f) Cheque de viajero

Especial General

      4 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Concepto  de  pagaré   Este documento es una promesa de pago que realiza una persona (firmante) a favor de otra persona (tenedor), sobre una cantidad de dinero determinada. La persona que firma un pagaré queda obligada, al igual que el aceptante de una letra de cambio. Este título valor tiene muchas similitudes con la letra de cambio.

Figura 3. Ejemplo de pagaré.

Funciones   Sirve para aplazar el pago de deudas monetarias, ya que se emplea para evitar el transporte y manipulación de billetes y monedas, y como instrumento de garantía.

Elementos  personales   1. 2. 3. 4.

Firmante o emisor: persona que realiza la promesa de pago y emite el pagaré. Tenedor: persona a quien se debe realizar el pago. Endosante: tenedor que transmite el pagaré. Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.

    5 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Elementos  formales     I.

La mención de ser pagaré debe estar insertada en el texto del documento;

II.

La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

III.

El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;

IV.

La época y el lugar del pago;

V.

La fecha y el lugar en que se subscribe el documento; y

VI.

La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2012, p. 25).

Concepto  de  bono   Son títulos-valor nominativos emitidos por una empresa o por el Estado, en los que se documenta el préstamo que una sociedad anónima (o sociedad nacional de crédito) obtiene de un conjunto de inversionistas, especificando el monto a reembolsar en un determinado plazo, las amortizaciones totales o parciales, los intereses periódicos y otras obligaciones del emisor. Asimismo, proporciona rendimientos periódicos.

Figura 4. Ejemplo de bono (obligación). 6 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Funciones   Documenta la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo. El cumplimiento consiste en la entrega de la cosa debida o en la prestación del hecho que se hubiere prometido.

Elementos  personales   1. Emisor: Persona que realiza la emisión del bono. 2. Inversor: Persona que adquiere el bono.

Elementos  formales  (Art.  210)     I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX.

Nombre, nacionalidad y domicilio del obligacionista. Importe del capital pagado, activo y pasivo, según el balance de emisión. Importe de la emisión. Tipo de interés pactado. Término de los plazos. Lugar del pago. Especificaciones de las garantías. Lugar y fecha de emisión, especificando fecha y número de inscripción en el Registro Público. Firma de los administradores autorizados de la sociedad.

Es importante que tomes en cuenta que dentro de los instrumentos mercantiles, puede existir confusión en el uso y aplicación de las acciones y las obligaciones o bonos, por lo cual es conveniente presentar sus similitudes y diferencias. Revisa la siguiente tabla para conocerlas:

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Tabla de acciones vs. obligaciones Acción

Obligación Similitudes

1. Son títulos de crédito. 2. Son bienes muebles, aun cuando su garantía la integren bienes inmuebles. 3. Otorgan a sus tenedores, iguales derechos (dentro de cada serie). Diferencia 1. Se emite por una sociedad 1. Se emite por sociedades anónimas. anónima o sociedad en 2. Su denominación es de 100 pesos o comandita por acciones. sus múltiplos. 2. Su emisión es por cualquier 3. Su circulación se puede hacer por valor. endoso o por entrega del título. 3. Debe inscribirse en el libro 4. Representa un crédito a cargo de la de accionistas. sociedad. 4. La aportación que 5. Constituyen un crédito que debe representan puede ser pagar la sociedad. dinero o bienes. 6. Es un pasivo. 5. Constituyen parte del capital 7. El obligacionista recibe un interés de una empresa. fijo determinado. 6. El poseedor de una acción 8. El obligacionista no es parte de la (accionista) es parte (socio) sociedad. de la sociedad. 9. Si la sociedad se disuelve o se 7. El accionista recibe liquida, primero se amortizan las dividendos o utilidades obligaciones. cuando hay. 10. El obligacionista es un acreedor 8. El accionista toma parte en concursal. las asambleas. 11. Las obligaciones son valores de 9. Si la sociedad se disuelve o inversión. se liquida, las acciones se liquidan en último lugar. 10. Si la empresa quiebra, el accionista pierde todo. 11. Las acciones son valores de especulación. Tabla 1. Aspectos que identifican la comparación entre acciones y obligaciones o bonos (creación propia, 2010).

8 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.

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Referencias     Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2012, 09 de marzo). Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Recuperada de http://www.siger.gob.mx/legismerc/LGTOC.pdf (Ley publicada originalmente el 27 de agosto de 1932 en el Diario Oficial de la Federación).

 Bibliografía   Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2012, 17 de abril). Código de comercio. Recuperado de http://www.metro.df.gob.mx/transparencia/imagenes/fr1/normaplicable/20 13/cc14012013.pdf (Código publicado originalmente el 13 de diciembre de 1889 en el Diario Oficial de la Federación). Quevedo, I. (2008). Derecho mercantil (3ª ed.) México: Pearson Prentice Hall.

9 ©UVEG. Derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida, modificada, distribuida, ni transmitida, parcial o totalmente, mediante cualquier medio, método o sistema impreso, electrónico, magnético, incluyendo el fotocopiado, la fotografía, la grabación o un sistema de recuperación de la información, sin la autorización por escrito de la Universidad Virtual del Estado de Guanajuato.