Guia de Estudio - Auditoria

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AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

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AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio Capitulo I INTRODUCCION: Conceptos Generales

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

1.

Conceptos generales: Sistemas. Entes. Administración. Control. Concepto de Auditoria.

Contabilidad a. Definición: Es un elemento del sistema de informaciones de un ente que proporciona datos sobre su patrimonio y la evolución del mismo destinados a facilitar las decisiones de sus administradores y de los terceros que interactúan con él en cuanto a se refiere a su relación actual o potencial con el mismo. b. Toda la información recopilada por el sistema contable de la empresa es comunicada a los usuarios mediante los Informes Contables:  De Uso Interno ( Directores, Gerentes y funcionarios)  De uso Externos: Usuarios de Los Estados Contables (RT 16).

AuditoriaEn General: Examen de ……. para determinar si se aplicaron las normas establecidas. * Médica - Ambiental – Legal - etc RAE: Auditoria contable: revisión de la contabilidad de una empresa/sociedad, realizada por un auditor. Origen: Audire : escucha de los examinadores de las explicaciones de los responsables de la preparación de …….

2.

Clases de Auditoria: De Estados Contables – De Gestión – Interna y Externa. Operativa. Impositiva. De Sistemas Informáticos. De Organización y Métodos

Clasificación de Auditoria  Auditoria de Estados Contables  Auditoria Operativa ( o de gestión)  Auditoria de Estados Contables (RT 37) El objetivo es emitir un informe breve sobre los estados contables (para ser presentados a terceros). Un informe breve es el que emite un contador, basado en el trabajo de auditoría realizado, mediante el cual éste expresa su opinión o declara que se abstiene de emitirla sobre la información que contienen dichos estados. El trabajo debe ser efectuado de acuerdo con las normas de auditoría de la Resolución Técnica 37 .  Auditoria operativa ( o de Gestión): Es el examen de la gestión del ente con el propósito de evaluar la eficiencia de sus resultados, con referencia a las metas fijadas, los recursos humanos, financieros y materiales empleados, la organización, utilización y coordinación de dichos recursos y los controles establecidos sobre dicha gestión. Elementos de Auditoria Aud. De Estados Contabes Aud. Operativa Sujeto Profesional Independiente Personal dependiente O Consultor Objeto Estados Contables Gestión del ente Acción Examen de los EECC Examen de la Gestión Objetivos Informe de Auditoria Inf. de Recomendaciones Es decir que la distinción básica entre auditoria de estados contables y auditoria operativa se basa en el Objetivo perseguido por cada una de ellas.  Auditoría Interna es la realizada por el personal de la propia empresa, quienes realizan auditorias operativas. No podrán realizar auditoria de Estados contables ya que vulneran el requisito de independencia definido en la RT 37.Además la Auditoria interna

podrá desarrollar tareas eventuales como por ejemplo determinado examen de estados contables para uso interno o bien colaborar con el auditor externo en la revisión de los estados contables.  Auditoría Externa. Es llevada por un profesional ajeno a la empresa. Según sea su objetivo podrá realizar auditoria de Estados contables ( para lo cual deberá cumplir el requisito de ser contador publico independiente en los términos de la RT 37 ) o auditoria operativa ( con lo cual no es necesario el cumplimiento de los requisitos establecidos en la RT 37)  Auditoria Continua: Es cuando se desarrolla la tarea de manera continua. En general, la actividad del auditor interno tiene estas características dado que se encuentra en relación de dependencia de la empresa.  Auditoria Periódica: Es cuna do no se realiza de manera continua. La auditoria de estados contables tiene las características de una auditoria `periódica, salvo cundo la empresa emite estados contables trimestrales, prácticamente se convierte en una auditoria continua. Según el grado con que se examine la documentación relacionada con ciertas operaciones, podemos clasificar en:  Auditoria detallada: Consiste en el examen de todos los comprobantes relacionados con algún tipo de operaciones o de saldos que se este examinando.  Auditoria por muestreo: se basa en la inferencia de conclusiones acerca de ese conjunto de elementos a través del estudio de un cierto número de los mismos.  Auditoria Impositiva  Auditoria de Sistemas Informáticos  De Organización y métodos

3

Auditoría externa de estados contables: Necesidad de información confiable. Concepto de auditoría externa de estados contables. Objetivos de la auditoría de los estados contables. Auditoría como proceso de formación de un juicio. Enfoque de auditoría. Nociones sobre informe del auditor

Auditoria- Conceptos  Auditoria de Estados Contables:  En general: Examen de los Estados Contables por parte de un contador INDEPENDIENTE al emisor, quien tiene el propósito de emitir una opinión técnica (dictamen) si dichos estados fueron preparados de acuerdo con ciertas normas contables. * Objetivos de los estados contables ( RT 16) Proveer información patrimonial, económica y financiera para la toma de decisiones económicas.  Usuarios en general ( Accionistas e Inversores , Proveedores Clientes, entidades financieras, Personal, Estado, organismos públicos de control)  Usuarios tipo o Inversores y acreedores. o Entidades sin fines de lucro no gubernamentales (socios). o Entidades gubernamentales (cuerpos legislativos y de fiscalización).  Aspectos o Situación Patrimonial. o Evolución del Patrimonio y causas del Resultado del Periodo. o Evolución de la Situación Financiera: Actividades de Inversión y Financiación o Otros Hechos que permitan estimar Montos, momentos e incertidumbres de flujos de fondos. * Razones que justifican el interés de los usuarios de Estados Contables por los informes de auditoria:  Sus intereses son distintos a los emisores de la información  Las decisiones que estos tomen pueden afectarlos significativamente  Una opinión independiente de un experto reduce la incertidumbre sobre la calidad de los EECC , que los usuarios no pueden evaluar por si mismos o No poseen conocimientos contables

o No tienen acceso a los elementos necesarios para la evaluación * Valor agregado de una auditoria: 1. Expresar una opinión profesional independiente sobre la razonabilidad de la información incluida en los EECC. 2. Brinda al usuario información adicional. 3. Da Razonabilidad y no seguridad ni exactitud (concepto de seguridad razonable). “Alto no absoluto”. 4. Incrementa la confianza en los estados contables. * El dictamen ( u opinión ) es:  Juicio de valor profesional.  Se basa en un trabajo de auditoría realizado de acuerdo con normas de auditoría vigentes.  Se refiere a la información significativa contenida en los estados contables. *La utilización de la palabra “razonablemente” dentro de la opinión implica que:  La opinión se emite sobre estados contables surgidos de un sistema de medición contable, el cual, tiene sus limitaciones para reflejar la verdad del patrimonio del ente y sus variaciones.  El auditor no puede “escapar” a estas limitaciones propias de la información contable.  Por lo tanto, en su opinión expresará que los EECC reflejan RAZONABLEMENTE la situación patrimonial del ente y los resultados de sus operaciones.  “ESTIMACIONES”  Por razones de costo, las auditorias se basan en la realización de muestras y no de exámenes totales. La auditoria como un proceso de la Formación de Juicio: Como toda tarea profesional, el proceso de auditoría implica desarrollar, mínimamente tres etapas:  Planificación  Ejecución  Conclusión del examen.

NOTA: este punto se desarrolla en: La auditoria como

proceso Afirmaciones incluidas en los estados contables – Existencia – Propiedad – Integridad – Medición – Exposición – Otras dos afirmaciones adicionales, consideradas implícitas por algunos autores: Exactitud y Corte Objetivos del examen de auditoria.  Aplicación de las Normas Contables vigentes  Problemas de Inclusión ( Integridad, validez y veracidad)  Que existan  Que correspondan al ente  Que no se ha omitido partida alguna  Problemas de Medición : Las transacciones y los saldos se encuentran adecuadamente medidos según la NCP (Valuación)  Problemas de Exposición: La información ha sido adecuadamente agrupada y descripta según las NCP.  Aplicación uniforme de Principios y Normas  Aspectos requeridos por textos legales  Decreto Ley 16638/57: Registros Contables  Ley 17520: Deuda con la D.N.R.P Ejemplos de Objetivos y Procedimientos de Auditoría Afirmación Objetivo de Auditoría Procedimiento de Auditoría Existencia El inventario del Observe el conteo físico del balance existe inventario efectuado por la físicamente Compañía Integridad Los ingresos por ventas Revisar la secuencia incluyen todos los ítems numérica en la registración despachados a los de remitos y facturas clientes Propiedad El inmueble es Leer escrituras, contratos de propiedad de la compra, pólizas de seguro y compañía. actas.

Medicion

Exposición

Corte

Exactitud

Los créditos por ventas Revisar la antigüedad de los están registrados a su créditos para evaluar la valor neto de suficiencia de la previsión realización. para deudores incobrables. Las contingencias Preguntar a los abogados posibles están respecto de litigios y apropiadamente reclamos y evaluar la expuestas en nota a los suficiencia de la información estados contables. contenida en notas. Las transacciones de Compare fechas de venta se registran en el despacho con fechas de período correcto. registración contable para las ventas ocurridas en los últimos días del ejercicio corriente y primeros días del ej. siguiente. Los créditos por ven. Comparar los precios de las reflejan transacciones facturas con la lista de basadas en precios y precios vigente y las cantidades correctas cantidades con las notas de que están pedido y remitos. Recalcule adecuadamente los montos de la factura computadas

4.Otro conceptos: Tipos de encargos (de aseguramiento y de servicios relacionados) Significatividad. Detección de incorrecciones por errores y fraudes.

Las normas establecidas en la RT 37 incluyen dos tipos de encargos:  Encargos de aseguramiento:  Servicios relacionados: * Encargo de aseguramiento - Encargo en el que un contador expresa una conclusión con el fin de incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe, acerca del resultado de la evaluación o medida de la materia objeto de análisis, sobre la base de ciertos criterios. El resultado de la evaluación o medida de la materia objeto de análisis es la información que se obtiene al aplicar dichos criterios. Es indispensable el requisito de independencia del contador. En la presente norma existen dos tipos de encargos que un contador puede realizar: el encargo de aseguramiento razonable y el encargo de aseguramiento limitado. En función de cómo se suministre la información sobre la materia objeto de análisis, un encargo de aseguramiento puede ser: Encargo basado en una afirmación – En este tipo de encargos, la información sobre la materia objeto de análisis es puesta a disposición de los usuarios por la parte responsable, que puede ser o no la parte que contrata al profesional que emite el informe (tal es el caso, por ejemplo, cuando el contador concluye sobre la afirmación hecha por la dirección de una entidad sobre la efectividad de su control interno). Encargo de informe directo - En este tipo de encargos, no existe una afirmación o información sobre la materia objeto de análisis puesta a disposición de los usuarios por la parte responsable sino que tal información se brinda a los usuarios en el informe del contador (tal es el caso, por ejemplo, cuando el contador concluye sobre la efectividad del control interno de una entidad). En función del nivel de aseguramiento que el servicio pueda proveer a los usuarios, puede ser: Encargo de aseguramiento razonable - El objetivo de un encargo de aseguramiento razonable es una reducción del

riesgo de tal encargo, a un nivel aceptablemente bajo, en función de las circunstancias, como base para la expresión por el contador de una conclusión de forma positiva. ejemplo: “En mi opinión, la afirmación de la dirección sobre la efectividad del control interno de la entidad, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con los criterios establecidos por …, es razonable” - en el caso de un encargo basado en una afirmación - o “En mi opinión, el control interno de la entidad es efectivo, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con los criterios establecidos por …” - en el caso de un encargo directo - ). Una auditoría de estados contables es un encargo de aseguramiento razonable, auditoria de estados contables prospectivos, otras auditorias. Encargo de aseguramiento limitado - El objetivo de un encargo de aseguramiento limitado es una reducción del riesgo de tal encargo, a un nivel aceptable, en función de las circunstancias, siendo su riesgo superior al del encargo de aseguramiento razonable, como base para la expresión por el contador de una conclusión de forma negativa. (por ejemplo: “Con base en el trabajo descripto en este informe, nada me ha llamado la atención para llevarme a pensar que la afirmación de la dirección sobre la efectividad del control interno de la entidad, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con los criterios establecidos por …, no sea razonable” - en el caso de un encargo basado en una afirmación - o “Con base en el trabajo descrito en este informe, nada me ha llamado la atención para llevarme a pensar que el control interno de la entidad no sea efectivo, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con los criterios establecidos por …” - en el caso de un encargo directo - ). Una revisión de estados contables de períodos intermedios es un encargo de aseguramiento limitado. Servicios relacionados: estos servicios no tienen como propósito incrementar la confiabilidad de terceros acerca de un tema u objeto, no obstante los cual la RT 37 también exige el requisito de independencia (situación esta difícil de fundamentar dado que las NIA no exigen independencia en estos caso) . Se define que no todos los servicios brindados por CP son de seguridad – Pericias de procedimientos legales – Compromisos que expresen opiniones no técnicas

– Servicios complementarios RT 16. Desviaciones aceptables y significación  Concepto  Son admisibles las Desviaciones que no afecten significativamente la Información.  Es significativo cuando tiene aptitud para motivar algún cambio en la decisión que podría tomar alguno de sus usuarios.  Problemas  Omisión Injustificada de elementos  Aplicación de criterios de medición distinto a lo requerido  Comisión de errores en la aplicación de criterios Detección de incorrecciones por errores y fraudes Incorrección –  Diferencia entre la cantidad, clasificación, presentación o información revelada respecto de una partida incluida en los estados contables y la cantidad, clasificación, presentación o revelación de información requeridas respecto de dicha partida de conformidad con el marco de información contable aplicable.  Las incorrecciones pueden deberse a errores o fraudes. Significación (Materialidad) - Importancia relativa de una cuestión según el contexto. El contador determina la significatividad de una cuestión en el contexto en el que está siendo objeto de consideración. Ello puede incluir, por ejemplo, evaluar la posibilidad razonable de que el informe emitido por el contador cambie o influya en las decisiones de los usuarios a quienes se destina el informe; o, como otro ejemplo determinar si la cuestión analizada será considerada importante por los responsables de la dirección de acuerdo con sus responsabilidades, a los efectos de determinar si debe o no informarse a éstos acerca de dicha cuestión. La significatividad puede ser resultante tanto de factores cuantitativos como de factores cualitativos, tales como la magnitud relativa, la

naturaleza y el efecto sobre la cuestión analizada y los intereses de los usuarios a quienes se destina el informe o destinatarios.

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AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio Capitulo II NORMAS CONTABLES Y DE AUDITORIA

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

1. 2. 3. 4. 5. 6.

La emisión de normas y Organismos Profesionales emisores. Normas Contables vigentes. Normas de Auditora vigentes. Normas Legales de Organismos de Contralor. Obligatoriedad. Criticas. Resolución técnica 37 : Normas de Auditoria, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados . Resolución técnica 32/33/34/35: Adopción de Normas Internacionales de auditoria

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AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio Capitulo II ASPECTOS GENERALES DE LA AUDITORIA

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

1.

Normas comunes a los servicios de Auditoria, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados: Condición básica para el ejercicio de los encargos. Normas para el desarrollo de las tareas. Normas sobre Informes.

Normas de Auditoria.  Real Academia Española: Norma en su primera acepción significa “ Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades, etc.”  Concepto: Marco o reglas que se deben seguir en el desarrollo da la tarea.  Necesidad: Explicar que tipo de tarea se realiza.  Clases de Normas En función del contenido  Normas relativas a la realización del trabajo  Normas relativas al Informe  Normas relativas al Auditor En función del Objeto  Normas de Auditoria, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados (RT·37).  Norma de Auditoria Operativa Las normas incluidas en la Resolución Técnica 37 abarcan: 1) las normas de auditoria externa de estados contables y otra información contable; 2) las normas sobre encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios; 3) las normas sobre otros encargos de aseguramiento (diferentes de los encargos de auditoria y revisión de estados contables); 4) las normas sobre certificaciones; y 5) las normas sobre servicios relacionados Normas comunes a los servicios de Auditoria, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados (RT·37). Ellas regulan  a) la condición básica para el ejercicio de la auditoría, la revisión de estados contables de períodos intermedios, otros encargos de aseguramiento, certificaciones y los servicios relacionados previstos en esta Resolución Técnica, o sea la independencia, y

 b)las pautas comunes y particulares referidas al desarrollo de los distintos trabajos y  c) la preparación de los correspondientes informes. Ademas:  Por un lado, existe la necesidad manifiesta de que las normas de auditoría y de revisión de estados contables sean uniformes y adecuadas a la importancia que tienen para la comunidad, debido a la diversidad de intereses que existe entre todos los usuarios de los estados contables y los entes que los emiten. La satisfacción de esa necesidad asegurará que se logre el ineludible grado de confiabilidad de la información contable, para que la comunidad la utilice como base para orientar adecuadamente sus decisiones.  Existen otros tipos de trabajos profesionales que tienen por objeto brindar un grado de seguridad sobre determinada información que no está referida a estados contables, y a los que estas normas refieren como otros encargos de aseguramiento distintos de una auditoria o revisión de información contable histórica.  Finalmente, existen otros tipos de servicios profesionales, donde el contador público puede o no aplicar procedimientos que son de naturaleza de auditoria pero cuyo resultado no tiene por objeto incrementar el grado de confianza sobre la materia a la que se refiere, y a los que estas normas refieren como certificaciones y servicios relacionados. a) Condición básica para su ejercicio profesional en los servicios previstos en esta Resolución Técnica Independencia :. El contador público (en adelante, indistintamente el "contador") debe tener independencia con relación al ente al que se refiere la información objeto del encargo ( se remplaza la palabra “auditoria” por encargo, ya que las independencia se requiere para todos los trabajos comprendidos en la RT 37). Es decir que en esta definición la RT 37 exige dos condiciones para poder brindar los servicios prevista en ella: a) Ser Contador Publico b) Tener independencia Las normas establecidas en la RT 37 incluyen dos tipos de encargos:

Encargos de aseguramiento: ( entre los que se encuentra la auditoria): Tienen como objetivo incrementar el grado de confianza de los usuaros a los que se destina el informe, para lo cual es indispensable que le contador sea independiente del ente al que se refiere los estados contables.. Servicios relacionados: estos servicios no tienen como propósito incrementar la confiabilidad de terceros acerca de un tema u objeto, no obstante los cual la RT 37 también exige el requisito de independencia (situación esta difícil de fundamentar dado que las NIA no exigen independencia en estos caso) . De acuerdo con el código de ética de la IFAC, la independencia comprende: Actitud mental independiente: Actitud mental que permite expresar una conclusión sin influencias que comprometen al juicio profesional, permitiendo que una persona actué con integridad, objetividad y escepticismo profesional. Independencia aparente: supone evitar hechos y circunstancias que son tan relevantes que un tercero con juicio y bien informado, sopesando todos los hechos y circunstancias específicos, probablemente concluiría que la integridad, la objetividad o el esceptisimo profesional de la firma o del miembro del equipo de auditoria se han visto comprometidos.  Capacidad Técnica  Contador Público.  Técnica ( formación inicial y actualizaciones)  Perfil optimo:  Conocimiento contable y administrativo  Informado sobre la marcha de la economía Mundial, nacional y sectorial ( del ente auditado)  Condiciones personales (Receptividad mental, capacidad de análisis lógico, creatividad, etc.).  Capacidad de planificar, ejecutar y elaborar el informe.  El auditor debe planificar y realizar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional reconociendo que pueden existir circunstancias que causen que los estados financieros estén sustancialmente representados en forma errónea.

Escepticismo profesional - Actitud que incluye una mentalidad inquisitiva, una especial atención a las circunstancias que puedan ser indicativas de posibles incorrecciones debidas a errores o fraudes, y una valoración crítica de los elementos de juicio. ( RT 37)

 Experiencia  Cuidado Profesional. Competencia profesional y debido cuidado  Independencia de Criterio El contador público (en adelante, indistintamente el "contador") debe tener independencia con relación al ente al que se refiere la información objeto del encargo. (independencia mental ) La independencia es condición necesaria y fundamental para la credibilidad de las conclusiones a las que arriba el contador y/o a lo manifestado en su informe. Falta de independencia ( RT 37) El contador no es independiente (Independencia aparente):

en

los

siguientes

casos

2.1. Cuando estuviera en relación de dependencia con respecto al ente cuya información es objeto del encargo o con respecto a los entes que estuvieran vinculados económicamente a aquél, o lo hubiera estado en el ejercicio al que se refiere la información que es objeto del encargo. No se considera que existe relación de dependencia cuando el contador tiene a su cargo el registro de documentación contable, la preparación de los estados contables y la realización de otras tareas similares remuneradas mediante honorarios, en tanto no coincidan con funciones de dirección, gerencia o administración del ente cuyos estados contables o informaciones son objeto del encargo. 2.2. Cuando fuera cónyuge o equivalente (incluido por RT·37- es decir personas que vivan en aparente matrimonio con el contador), o pariente por consanguinidad, en línea recta o colateral hasta el cuarto grado inclusive, o por afinidad hasta el segundo grado, de alguno de los propietarios, directores, gerentes generales o administradores del ente cuya información es objeto del encargo o de los entes vinculados económicamente a aquél. 2.3. Cuando fuera socio, asociado, director o administrador del ente cuya información es objeto del encargo, o de los entes que

estuvieran vinculados económicamente a aquél, o lo hubiese sido en el ejercicio al que se refiere la información que es objeto del encargo. No existe falta de independencia cuando el contador fuera socio o asociado de entidades civiles sin fines de lucro (clubes, fundaciones mutuales u otras organizaciones de bien público) o de sociedades cooperativas, cuya información es objeto del encargo o de los entes económicamente vinculados a aquéllas. 2.4. Cuando tuviera intereses significativos en el ente cuya información es objeto del encargo o en los entes que estuvieran vinculados económicamente a aquél, o los hubiera tenido en el ejercicio al que se refiere la información que es objeto del encargo. 2.5. Cuando la remuneración fuera contingente o dependiente de las conclusiones o resultados de su tarea. 2.6. Cuando la remuneración fuera pactada sobre la base del resultado del período u otra variable a que se refieren los estados contables u otra materia objeto del encargo. No vulneran esta norma las disposiciones sobre aranceles profesionales que fijan su monto mínimo sobre la base del activo, pasivo, o ingresos por ventas o servicios del ente. Vinculación económica Se entiende por entes (personas, entidades o grupos de entidades) económicamente vinculados a aquellos que, a pesar de ser jurídicamente independientes, reúnen algunas de las siguientes condiciones:  Cuando tuvieran vinculación significativa de capitales. ( se puede considerar los establecido en la ley 19550 –sociedades vinculadas- y en la RT 21 –influencia significativa-)  Cuando tuvieran, en general, los mismos directores, socios o accionistas.  Cuando se trate de entes que por sus especiales vínculos debieran ser considerados como una organización económica única. (es cuando las empresas mantienen un relación jurídica, económica comercial, etc. que hace presumir la existencia de vínculos estrechos. Alcance de las incompatibilidades

Los requisitos de independencia son de aplicación tanto para :  el contador que emite su informe,  para todos los integrantes del equipo de trabajo que intervienen en ese encargo, ya fueran éstos profesionales en ciencias económicas, profesionales en otras disciplinas o no profesionales.  En los casos de sociedades de profesionales, las incompatibilidades se extienden a todos los socios o asociados del contador público. Otras disposiciones aplicables (agregado por la RT 37 no incluida en la rt 7) El análisis de la condición de independiente debe ser considerado conjuntamente con las disposiciones que en esta materia prescriben las normas legales y reglamentarias aplicables al tipo de encargo y el código de ética correspondiente, aplicándose en cada caso la disposición más restrictiva. Ejemplos: CNV (Res gral 622/2013cap III secc 6) y BCRA ( Comunicación “a” 5042”)

B). Normas para el desarrollo del encargo 1 .El contador, a través del desarrollo de su tarea, debe reunir elementos de juicios válidos y suficientes que permitan respaldar las aseveraciones formuladas en su informe. Esto lo lograra mediante la aplicación de procedimientos de auditoria, lo cual quedara demostrado a través de la preparación de papeles de trabajo (ver documentación del encargo)  Selección de procedimientos  Naturaleza del rubro  Importancia relativa  Riesgo involucrado  Procedimientos  Revisión de registros  Inspecciones oculares  Obtención de confirmaciones de terceros

 Pruebas matemáticas  Revisiones conceptuales  Comprobación con información relacionada  Examen de documentación importante  Indagaciones orales  Obtenciones de confirmaciones de la gerencia  Observación de actividades y condiciones Su tarea debe ser planificada en función de los objetivos del encargo.  El auditor tiene que planificar en forma adecuada su trabajo, teniendo en cuenta:  La finalidad del examen  El informe a emitir  Las características del ente cuyo EECC son objeto de la auditoria ( Naturaleza, envergadura y otros elementos)  Circunstancias particulares del caso.  La planificación debe incluir:  La selección de los procedimientos a aplicar  Su distribución en el tiempo  La determinación si serán realizados por el auditor o por sus colaboradores.  Preferentemente debe ser por escritos e incluir programas de trabajo detallados.

2. Documentación del encargo (RT 37) 2.1. El contador debe documentar apropiadamente su trabajo profesional en papeles de trabajo.( frase no incluida en RT 7) 2.2. Los programas de trabajo escritos con la indicación de su cumplimiento y los elementos de juicio válidos y suficientes reunidos por el contador en el desarrollo de su tarea constituyen el conjunto de sus papeles de trabajo. 2.3. Los papeles de trabajo deben contener: 2.3.1. La descripción de la tarea realizada.

2.3.2. Los datos y antecedentes recogidos durante el desarrollo de la tarea (en adelante, los elementos de juicio), ya se tratare de aquellos que el contador hubiere preparado o de los que hubiere recibido de terceros. 2.3.3. Las conclusiones particulares y generales. Necesidad: No cuenta con los comprobantes respaldatorios. Objetivo : Brindar evidencia  del trabajo realizado  de las conclusiones obtenidas Debe dejar constancia del alcance y extensión de las pruebas y de la suficiencia de los elementos de juicio en que sustenta su trabajo. La obligación de documentar apropiadamente el trabajo se extiende a la totalidad de los encargos profesionales incluidos en la RT 37. Los papeles de trabajo son de propiedad del contador, ya que son el resultado de su trabajo profesional. 2.4. El contador debe conservar, en un soporte adecuado a las circunstancias y por el plazo que fijen las normas legales o por diez años (anteriormente según RT 7 era por seis años), el que fuera mayor, los papeles de trabajo, una copia de los informes emitidos y, en su caso, una copia de los estados contables u otra información objeto del encargo, firmada por el representante legal del ente al que tales estados contables o información correspondan. En soporte adecuado significa que los PT se pueden conservar en soportes electrónicos (planillas de cálculos, doc, base de datos, etc) microfilmaciones, correos electrónicos, etc. Es una adecuada política de seguridad conservar copias de seguridad (backup) en distintos lugares físicos.

La extensión del plazo algunos autores lo interpretan en a que el contrato de auditoria y de otros encargos es un contrato de locación de obra y la prescripción de la responsabilidad por la obra se rige por el art 1646 del código civil.

Al establecer la RT 7 un soporte adecuado, se esta admitiendo los soportes electrónicos ( por ej: planilla de cálculos, microfilmaciones, correos electrónicos, etc) 3. El contador debe realizar su tarea dentro del principio de economía aplicable a todo control. O sea, para que su labor sea económicamente útil, debe culminarla en un lapso y a un costo razonable. Esas limitaciones de tiempo y de costo deben ser evaluadas por el contador a fin de determinar si no representan un inconveniente para la realización adecuada del encargo. 4. Cuando planifica y ejecuta un encargo, dependiendo de su naturaleza, el contador debe considerar la significación y los riesgos. 5. En la aplicación de los procedimientos seleccionados para los encargos de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento y servicios relacionados, el contador debe tener en cuenta que puede actuar sobre bases selectivas, determinadas exclusivamente según su criterio (excepto en los encargos para realizar procedimientos acordados, donde la utilización de bases selectivas también debe ser de común acuerdo) o apoyándolo con el uso de métodos estadísticos. 6. Como parte de los procedimientos correspondientes a los encargos de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento y servicio de compilación, el contador debe obtener manifestaciones escritas, suscriptas por la dirección con el propósito de confirmar determinadas materias o sustentar otros elementos de juicio de auditoria. En las certificaciones no se puede trabajar sobre bases selectivas, ya que deben satisfacerse de todo lo que se pudiera manifestar mediante la constatación con registro y/o documentación respaldatoria. 7. Los procedimientos usuales que se enuncian en los capítulos específicos a cada encargo pueden ser modificados, remplazados por otros alternativos o suprimidos, atendiendo a las circunstancias de cada situación. En estos casos, el contador debe estar en condiciones de demostrar que el procedimiento usual no fue practicable o de razonable aplicación o que, a pesar de la modificación, reemplazo o supresión, pudo reunir elementos de juicio válidos y suficientes. 8. Los procedimientos usuales, en cuanto fueran de aplicación, deben ser utilizados además en la revisión de operaciones o hechos posteriores a la fecha del cierre de los estados contables u otra información objeto del encargo y hasta la fecha de emisión del informe

del contador, cuando correspondiera, para verificar en qué medida pudieron haberlos afectado. (Es un requerimiento específico incluido por la RT 37) La RT 7 disponía que para las auditorias de estados contables, la fecha de emisión del informe profesional limita la responsabilidad del auditor en cuanto al conocimiento de hechos posteriores a la fecha de los estados contables que pudieran tener influencia significativa en las informaciones que ellos contienen. 9. Cuando el contador utiliza el trabajo de un experto, evaluará si el experto tiene :  la competencia ( (naturaleza y grado de especialización),  la capacidad ( aptitud). Considerar factores como ubicación geográfica , tiempo, y recursos.  la objetividad ( se refiere a posibles efectos que puede tener el sesgo, los conflictos de intereses o la influencia de otros factores)  y la independencia necesarias para sus fines, dependiendo del riesgo involucrado.(requerimiento incorporado por la RT 37) * Asesoramiento de expertos a la dirección ( ingeniero, abogado, etc.) y experto asesor del contador. * El contador de obtener un conocimiento suficiente del campo de especialización del experto. * Es recomendable que el contador acuerde con su experto asesor, por escrito las principales cuestiones relacionadas con el encargo ( NIA 620) * También es recomendable que el contador evalúe la adecuación del trabajo del experto a los fines del encargo. C ) Normas sobre informes  Es el medio por el cual el Contador comunica al contratante y/o a terceros las conclusiones de su trabajo.  El Auditor debe emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de aplicación. 1. Los informes deben cumplir con los requisitos o características de la información. En especial, se deben evitar los vocablos o

expresiones ambiguas o que pudieran inducir a error a los interesados en el informe. 2. Los informes deben ser escritos. (La Rt 37 elimina la posibilidad excepcional de presentar informes “orales” , que preveía la rt7, opción que no resultaba empleada en la practica. 3. En todos los casos en que el nombre de un contador se encuentre vinculado con los estados contables u otra información destinada a ser presentada a terceros, debe quedar en evidencia en todas las páginas que componen dicha información, la relación que con ellos tiene el citado contador. En ningún caso, el contador debe incorporar únicamente su firma y sello a los estados contables ni a otra información.  Debe quedar en evidencia en todas las páginas de los EECC la relación que con ellos tiene el profesional.  En ningún caso el Contador Publico debe incorporar a los EECC, únicamente su sello y firma. 4. Además de lo requerido para cada tipo de encargo y lo necesario en las circunstancias en particular, los informes escritos deben contener: 4.1. Título. 4.2. Destinatario. 4.3. Apartado introductorio con la identificación de la información objeto del trabajo profesional y, cuando correspondiera aclararlo, el motivo del encargo. 4.4. Descripción breve de las responsabilidades que les caben al emisor de la información objeto del trabajo profesional y al contador. 4.5. Indicación de la tarea realizada. 4.6. Opinión que ha podido formarse, conclusión a la que ha llegado, manifestación o aseveración o hallazgos obtenidos por el contador a través de la tarea realizada, claramente separada de cualquier otro tipo de información. 4.7. Elementos adicionales necesarios para una mejor comprensión. 4.8. Lugar y fecha de emisión. 4.9. Identificación y firma del profesional.

5. El contenido de cada sección del informe debe ser encabezado con un título adecuado. ( la RT 7 dejaba a criterio del auditor incluir o n o los subtitulos) 6. Los informes podrán tener cláusulas de restricciones a su distribución, en el caso en que el contador juzgue que usuarios que no estén adecuadamente informados de las circunstancias específicas del encargo podrían llegar a malinterpretarlo.( posibilidad no prevista en la RT 7) Esto se incluye porque algunos de los encargos contemplados en la RT 37, dan como productos informes que son solo para uso de los destinatarios. Terceras partes, que desconocen la finalidad para la cual se desarrollo el encargo podrían malinterpretar las conclusiones o manifestaciones contenidas en el informe. Algunos de los encargos normalmente culminan en informes de distribución restringida como son los de auditoria de estados contables preparados de conformidad con marcos de información específicos y los que consisten en aplicar procedimientos convenidos entre el contador y su comitente. Un modelo de cláusula de restricciones en la distribución de un informe es el siguiente: Este informe ha sido preparado con el objeto anteriormente mencionado y par uso exclusivo de Ustedes y, por consiguiente, no debe utilizarse para ninguna otra finalidad, no asumiendo responsabilidad frente a terceros distintos de los destinatarios del Informe.  Disposiciones normativas que exigen Auditoria externa  Inspección General de Justicia y órganos equivalentes  Ley 19.550 (Art. 283)  Entidades Financieras. Ley 21.526 (Art. 36)  Compañías de Seguros. Ley 20.091 (art38)  Sociedades Cooperativas. Ley 20.337 (Art. 81)  Sociedades que acceden a la oferta pública de sus acciones . CNV.  AFIP.

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Actividades previas al trabajo. Riesgo de Auditoria. Riesgo Inherente. Riesgo de Control. Riesgo de detección.

Actividades Previas al Trabajo (Punto1.3) Evaluar el riesgo de la Auditoria.  Convenir con el cliente los términos del trabajo, a través de un contrato o carta de contratación (para minimizar el riesgo del auditor).  Evaluar el riesgo de la Auditoria Concepto de riesgo de la Auditoria.  Es la probabilidad que:  El Auditor dictamine en forma equivocada  Los estados contables, tomados en su conjunto, puedan tener errores significativos como resultados de factores de riesgo. Identificación de los factores de riesgo.  Momento  Fase de Pedido de cotización.  Fase preliminar de planificación.  Objetivo: Identificar aquellos factores de riesgo que, por separado o en combinación con otros, son suficientemente importantes como para requerir una respuesta especial. Conocimiento de los factores de riesgo.  Experiencias anteriores con la entidad.  Informaciones obtenidas con auditores anteriores.  Indagaciones al directorio, gerencia o funcionarios de la empresa.  Observaciones obtenidas en el proceso de recopilación de datos.  Lectura de EECC, notas periodísticas, publicaciones especializadas. Etc. Factores:  Integridad de la gerencia o dirección.(Actividades ilegales, predisposición a manipular cifras, Dificultades en la vida privada, Decisiones audaces, inexperiencia, etc.).

 Naturaleza de la Organización.(Estructura compleja, Gran numero de subsidiarias, entidad sujeta a control, estilo gerencial, etc.)  Resultados de los Estados Contables.(rem. basada en resultados, entidad a ser vendida, reducir carga fiscal, acuerdos financieros, etc.)  Ramo del Negocio.(Ciclo operativo largo, uso de técnicas financieras complejas, estimaciones contables significativas, tipo de actividad)  Ambiente del negocio.( Cambios tecnológicos, sociales, reglamentaciones, etc.)  Partes relacionadas.(transacciones significativas o frecuentes.)  Evaluación del riesgo de auditoria  Normal  Mayor que Normal, aceptando el trabajo  Mayor que normal, a punto tal que tenga dudas de aceptar el trabajo.(Importantes: Integridad de la gerenciaempresa en marcha)  Respuesta de auditoria al riesgo mayor que el normal en caso de aceptación:  Compartir la conducción con los Socios  Equipo de trabajo experimentado  Restringir la confianza en el control interno  Rehusar la aceptación de fechas limites  Considerar la incidencia sobre los errores potenciales.

3.Contrato de Auditoria. Su alcance y sus limitaciones. Condiciones para su aceptación. Objetivos del examen contable.

Convenio de Auditoria Características:  Contrato bilateral, consensual y conmutativo.  El auditor se obliga a emitir un informe sobre la información contenida en los estados contables.  No hay legislación de fondo que trate esta relación. ( hay consenso que se trata de un contrato de “locación de obra”).  La empresa contratante se compromete a abonar un precio por el servicio  Convenio con el cliente de los términos de aceptación del trabajo Esta carta (o convenio) documenta y confirma la aceptación del nombramiento por parte del auditor y:  Establece los Objetivos y alcance de la auditoria.  Determinar el grado de responsabilidad del auditor y del cliente.  la forma de emitir los informes.  Servicios adicionales.  Honorarios. Debe enviarse (firmarse) antes de iniciar el trabajo para evitar malos entendidos respecto del trabajo.  Discusión de los términos con el cliente  Explorar las expectativas del cliente  Que se pueden cumplir  Cumplir con trabajo adicional compatible con la auditoria.  Expectativas irrazonables.  Obligaciones del cliente  Preparar los EECC  Mantener efectivo el Control Interno  Prevención y detección de fraudes y errores Elementos imprescindibles: La forma y contenido de las cartas compromiso pueden variar para cada cliente de acuerdo a las circunstancias del cada caso, pero deben hacer siempre referencia como mínimo a:

1. La identificación de la información objeto de la auditoria ( Ente, EECC, fechas, información adicional, etc) 2. El objetivo ( o propósito ) de la auditoría de estados financieros. ( emitir un informe) 3. Responsabilidad de la administración por los estados financieros. 4. Responsabilidad del contador público, que incluye el alcance de la auditoría, incluyendo referencia a legislación aplicable, reglamentos o pronunciamientos de organismos profesionales a los cuales se adhiere el auditor. 5. La forma de los informes. ( distintas clase de opinión) 6. La información que proveerá el cliente (balance de saldos, análisis de cuentas, conciliaciones bancarias, etc.), así como las fechas previstas para su entrega al auditor. 7. El riesgo inevitable de que aún algunas representaciones erróneas sustanciales puedan permanecer sin ser descubiertas. 8. Acceso sin restricción a cualquier registro, documentación y otra información solicitada en conexión con la auditoría. 9. La naturaleza (descripción y contenido )y los destinatarios de los informes ( informe principal, carta de recomendaciones). 10. Los Honorarios (importe, ajustes, forma de facturación, plazo de pagos, categoría de colaboradores, horas estimadas, etc.) 11. Gastos de estadías y viajes ( en caso de corresponder) 12. Fecha de iniciación y finalización de la auditoria. 1. Expectativa de recibir de la administración una confirmación escrita referente a las representaciones hechas en conexión con la auditoría Elementos adicionales: Cuando se considere importante, se pueden señalar los siguientes puntos: 1. Arreglos concernientes a la contratación de otros auditores y expertos en algunos aspectos de la auditoría. 2. Arreglos por hacer con el auditor predecesor, si lo hay, en el caso de una auditoría inicial. 3. Cualquier restricción de la responsabilidad del auditor cuando exista tal posibilidad. 4. Una referencia a los acuerdos adicionales entre las partes.  Trabajos repetitivos

En estas auditorías, el auditor deberá considerar si las circunstancias requieren que los términos del trabajo sean revisados y si hay necesidad de recordarle al cliente los términos existentes del trabajo. El auditor decide si envía una nueva carta compromiso cada periodo, los siguientes factores indican lo apropiado que es el hacerlo: 1. Para evitar malentendidos de los objetivos y alcance de la auditoría por parte del cliente. 2. Los términos del trabajo revisados o especiales. 3. Cualquier cambio en la alta gerencia, consejo de directores o propiedad. 4. Un cambio importante en la naturaleza o tamaño del negocio del cliente. 5. Requisitos legales.  Utilización del Trabajo de Terceros Auditoría interna  Entender su función e identificar las actividades relevantes para la auditoría  Analizar la eficiencia de considerar el trabajo de auditoría interna  Evaluar la capacidad y objetividad de los auditores internos  Determinar el efecto del trabajo de auditoría interna en la estrategia de auditoría  Considerar en qué medida se ven afectados los procedimientos de auditoría  Evaluar y probar la efectividad del trabajo de auditoría interna Especialistas  Requeridos en situaciones complejas o asuntos subjetivos que son materiales en relación con los estados contables  La necesidad de contar con su soporte debe establecerse al comienzo de la auditoría  Procedimientos que debe efectuar el auditor:  Analizar su competencia y reputación  Considerar la relación del especialista con la empresa (objetividad)  Realizar procedimientos adicionales Otros auditores  Ejemplo, auditoría de subsidiarias o unidades de negocios  Comunicación y coordinación continua requerida (fechas, tipo de reporte, áreas de riesgo, procedimientos a efectuar, etc.)  Procedimientos a efectuar por el auditor principal:

 Analizar su competencia y reputación  Asegurarse de la independencia del otro auditor  Realizar otros procedimientos en caso de no mencionar al otro auditor en el informe  Cuestiones éticas :  Antes de presupuestar comunicar al actual auditor.  Poner en conocimiento cualquier circunstancia que puede afectar la relación Cliente profesional.  Documentación ( Memorándum de planeamiento)  Los factores de riesgo identificados.  Las cuentas y errores potenciales que podrían afectar tales riesgos)  Conclusiones (y en su caso respuestas a los mayores riesgos).

Auditoria como proceso de la Formación de Juicio. (Punto 1.2)

La auditoria como proceso Para obtener los elementos de juicio válidos y suficientes que le permitan emitir su opinión o abstenerse de ella sobre los estados contables de un ente, el auditor debe desarrollar su tarea siguiendo los pasos que se detallan a continuación: 1. Obtener el conocimiento apropiado del ente. 2. Identificación del Objeto del Examen 3. Evaluación de la Importancia relativa ( Significación) 4. Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría ( se desarrolla en cap. III) 5. Reunión de elementos de juicios suficientes. 6. Hipótesis de empresa en funcionamiento 7. Controlar la ejecución de lo planificado. ( se desarrolla en cap. III) 8. Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados 9. Formulación del juicio u opinión final 10. . Emitir el Informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de aplicación. ( se desarrolla en cap. VI) 1. Obtener el conocimiento apropiado del ente. Obtener un conocimiento apropiado de la estructura del ente, sus operaciones y sistemas, las normas legales que le son aplicables, las condiciones económicas propias y las del ramo de sus actividades. ( RT7) Obtener un conocimiento apropiado de la estructura del ente, sus operaciones, sistemas, su control interno, las normas legales que le son aplicables y las condiciones económicas propias y las del ramo de sus actividades. Este conocimiento tiene que permitir identificar, de ser aplicable, el uso de organizaciones de servicios para llevar a cabo total o parcialmente los procesos que tienen un impacto en la información fuente de los estados contables(RT 37) Organización de servicios - Organización externa (o segmento de una organización externa) que presta a las entidades usuarias servicios que forman parte de los sistemas de información relevantes para la información financiera de dichas entidades usuarias. Ejemplo de estas organizaciones son las que prestan el servicio de teneduría de libros o la función de cumplir con los impuestos. (RT 37)

 Estructura del ente.  Datos Generales de la Empresa (Denominación legal, domicilio real, plantas, sucursales y depósitos).  Datos sobre el Negocio (principales productos, proveedores, clientes, problemas especiales de Administración, producción o comercialización)  Datos de tipo legal.  Datos sobre contratos o convenios. (prestamos a largo plazo, servicios técnicos, regalías, abastecimiento de MP, etc.).  Datos sobre propiedades inmuebles.  Datos sobre sociedades del mismo grupo económico.  Ciclos de negocios ( transacciones u operaciones)  Erogaciones  Bienes de uso  Bienes de cambio  Remuneraciones y cargas sociales  Ingresos por ventas  Tesorería.( Obtención y aplicación de fondos)  Normas legales.  Condiciones económicas propias  Condiciones económicas del ramo de actividad  Otras consideraciones:  Condiciones económicas del ramo de actividad El auditor necesita conocer la empresa y su negocio para poder determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría. Proceso de obtención de información  Nuevo cliente - proceso pesado – puede simplificarse mediante la revisión de papeles de trabajo del anterior auditor  Cliente recurrente – información general disponible en papeles de trabajo de años anteriores - sólo actualización  La mayor parte del proceso es llevada a cabo en la primera etapa de la auditoría.  Obtener conocimiento del negocio y la industria

 Revisar el trabajo de auditoría de años anteriores  Obtener y analizar información financiera reciente  Actualizar el conocimiento de las normas contables, de auditoría y de organismos reguladores que sean aplicables  Considerar las políticas de administración de riesgo  Identificar transacciones con partes relacionadas  Identificar riesgos inherentes  Efectuar la evaluación preliminar de materialidad  Buscar normas de auditoría aplicables 2. Identificación del Objeto del Examen Identificar el objeto del examen (los estados contables, las afirmaciones que los constituyen -existencia, pertenencia al ente, integridad, valuación y exposición- o lo que debieran contener). Identificar el objeto del examen (los estados contables, las afirmaciones que los constituyen –existencia, pertenencia al ente, integridad, medición contable y exposición – o lo que debieran contener).  Explícitas o implícitas  De Existencia  Cosas Físicas ( en la empresa o fuera de ella)  Cosas No Físicas ( Cuentas a pagar, intangibles) o de Hechos pasados ( de ocurrencia o acaecimiento)  Cuantitativas o cualitativas  Sin problemas de Valuación ( Caja)  Subjetivas (Previsión para incobrables).  Afirmaciones de derechos y obligaciones (propiedad o pertenencia).  Identificación de las afirmaciones a ser examinadas NIA 500.13  Existencia.  Derechos y obligaciones. (pertenece )  Ocurrencia o acaecimiento (tuvo lugar en el periodo).  Integridad (no hay A,P , transacciones o sucesos sin registrar)  Valuación ( valor apropiado)  Medición ( monto apropiado)  Exposición.( se exponen, clasifican y describen de acuerdo las NCP.) 3. Evaluación de la Importancia relativa

Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza, la importancia de los posibles errores o irregularidades y el riesgo involucrado.(RT7) Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza, la importancia de las posibles incorrecciones y el riesgo involucrado.(RT 37) Incorrección –  Diferencia entre la cantidad, clasificación, presentación o información revelada respecto de una partida incluida en los estados contables y la cantidad, clasificación, presentación o revelación de información requeridas respecto de dicha partida de conformidad con el marco de información contable aplicable.  Las incorrecciones pueden deberse a errores o fraudes.  Cuando el contador manifiesta una opinión sobre si los estados contables se presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, las incorrecciones incluyen también aquellos ajustes que, a juicio del contador, es necesario realizar en las cantidades, las clasificaciones, la presentación o la revelación de información para que los estados contables se presenten razonablemente, en todos los aspectos significativos. Significación (Materialidad) - Importancia relativa de una cuestión según el contexto. El contador determina la significatividad de una cuestión en el contexto en el que está siendo objeto de consideración. Ello puede incluir, por ejemplo, evaluar la posibilidad razonable de que el informe emitido por el contador cambie o influya en las decisiones de los usuarios a quienes se destina el informe; o, como otro ejemplo determinar si la cuestión analizada será considerada importante por los responsables de la dirección de acuerdo con sus responsabilidades, a los efectos de determinar si debe o no informarse a éstos acerca de dicha cuestión. La significatividad puede ser resultante tanto de factores cuantitativos como de factores cualitativos, tales como la magnitud relativa, la naturaleza y el efecto sobre la cuestión analizada y los intereses de los usuarios a quienes se destina el informe o destinatarios. 4.Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría ( se desarrolla en cap. III) Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría, teniendo en cuenta la finalidad del examen, el informe a emitir, las características del ente cuyos estados contables serán objeto de la auditoría

(naturaleza, envergadura y otros elementos), las circunstancias particulares del caso . La planificación debe incluir la selección de los procedimientos a aplicar, su alcance, su distribución en el tiempo y la determinación de si han de ser realizados por el contador o por sus colaboradores. Preferentemente, la planificación se debe formalizar por escrito y, dependiendo de la importancia del ente, debe comprender programas de trabajo detallados. Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría, teniendo en cuenta:  la finalidad del examen,  el informe a emitir,  las características del ente cuyos estados contables serán objeto de la auditoría (naturaleza, envergadura y otros elementos),  las circunstancias particulares del caso y  la valoración del riesgo efectuada con el objetivo de reducir este último a un nivel aceptablemente bajo en las circunstancias. La planificación debe incluir:  la selección de los procedimientos a aplicar,  su alcance,  su distribución en el tiempo y  la determinación de si han de ser realizados por el contador o por sus colaboradores. Preferentemente, la planificación se debe formalizar por escrito y, dependiendo de la importancia del ente, debe comprender programas de trabajo detallados. 5. Reunión de elementos de juicios Reunir los elementos de juicio válidos y suficientes que permitan respaldar su informe a través de la aplicación de los procedimientos de auditoría: Reunir los elementos de juicio válidos y suficientes que permitan emitir su informe a través de la aplicación de los procedimientos de auditoría.  Evidencias: Son los elementos de juicio de los que se vale el auditor para sustentar su informe.  Evidencia (“certeza clara y manifiesta de una cosa”) y elementos de juicio se utilizan como sinónimos en auditoria.

 NIA 500.5: Evidencia de auditoria significa información obtenida por el auditor para llegar a las conclusiones sobre la que se basa la opinión de auditoria.  La evidencia de auditoria (o elementos de juicio) son recopilados por el auditor por medio de sus procedimientos de auditoria.  Se Clasifican en :  Prueba de controles.o de cumplimiento (destinadas a obtener elementos de juicio sobre la adecuación del diseño y operación efectiva de los sistemas de contabilidad y control interno de la entidad). Entre los procedimientos que pueden utilizarse para obtener evidencia de control se encuentran: 1. Inspección de la documentación del sistema. incluye el exámen de manuales de operación, cursogramas y descripciones de tareas. 2. Pruebas de reconstrucción. Este procedimiento ayuda a comprender el flujo de datos dentro de los sitemas, los métodos que se utiliza para procesar dichos datos y los controles vigentes. Una prueba de reconstrucción implica la observación y seguimiento de unas pocas transacciones, confirmando con los empleados del ente las funciones de procesamiento realizadas y los controles aplicados 3. Observación de determinados controles. Este procedimiento proporciona evidencia de que los controles existen, están en vigencia y operan de la forma esperada. Cuando se obtiene evidencia de control por observación, se requiere obtener la satisfacción adicional de que los controles han operado en forma contínua durante el período 4. Técnicas de datos de prueba :Esta técnica implica el ingreso de transacciones ficticias en los sistemas computarizados del ente y la

comparación de los resultados con los resultados predeterminados.  Pruebas sustantivas.(destinadas a obtener elementos de juicio sobre la existencia de errores significativos de saldos y transacciones que contienen los EECC).  Prueba de detalles 1. Preguntas a funcionarios y empleados del ente: Consiste en obtener información importante por parte del personal del ente, oral o escrita. La confiabilidad depende de varios factores * si se obtuvo en forma oral u escrita * posición jerárquica, experiencia, independencia e integridad del informante. * alcance de la corroboración de la evidencia obtenida 2. Inspecciones oculares :Consiste en la inspección o recuento de activos tangibles y la comparación de los resultados con los registros contables del ente.. Por lo general proporciona la evidencia más directa sobre la existencia, calidad, y condición de dichos activos, no así la titularidad del activo que debe ser evaluarse con otros procedimientos de auditoría. 3. Examen de correlación entre registros y de estos con documentación de respaldo: Consiste en obtener y examinar la concordancia entre los registros contables y la documentación respaldatoria. La inspección de los documentos es una fuente de evidencia de auditoría altamente confiable si: * son producidos en ámbitos externos. * son recibidos directamente de una fuente externa. * son originales. 4. Confirmaciones directas de terceros: Consiste en obtener una manifestación de

un hecho o una opinión de parte de un tercero independiente al ente, pero involucrado en las operaciones del mismo. 5. Comprobaciones matemáticas 6. Examen de documentos importantes 7. Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente  Revisiones analíticas 1. Consiste en la evaluación de información financiera mediante el estudio de las relaciones entre datos (financieros y no financieros) 2. Permite:  Formar un juicio de valor sobre la consistencia lógica de la información contable  Indagar sobre las relaciones inusuales 3. Se utiliza en distintas etapas de la Auditoria – Planificación: Identificar áreas de riesgo – Ejecución : Prueba sustantiva – Finalización : Consistencia y razonabilidad de los datos presentados  Tipos de evidencia – Preguntas / interrogatorios – Observación – Solicitud de confirmación – Examen de registros y documentos – Reproceso – Procedimientos analíticos  Naturaleza de los elementos de juicio  Registros contables  Diarios y subdiarios.  Mayores generales y auxiliares  Elementos de apoyo (Manuales de contabilidad y registro informales, tales como hojas de trabajo, conciliaciones de cuentas, análisis de cuentas, etc.).  Documentos fuentes. (valida para respaldar asientos). Facturas, remitos, recibos, actas de asamblea, etc.  Información corroborativa de otras fuentes

 Evidencia físicas de bienes  Confirmaciones de terceros  Manifestaciones orales y escritas de la dirección  Evidencia matemática (recálculos, observación de actividades, etc.).

 Estimaciones contables  El auditor es responsable de evaluar la razonabilidad de las estimaciones contenidas en los estados contables  Estimaciones contables típicas ( incobrables, obsolescencia inventario, provisiones, depreciaciones y amortizaciones, evaluación valor recuperable)  Combinación de pruebas sustantivas de detalle y revisión analítica El riesgo de error en las estimaciones contables varía teniendo en cuenta:  Complejidad y subjetividad  La disponibilidad y confiabilidad de la información importante  El número e importancia de las suposiciones establecidas  El grado de seguridad de estas mismas Auditando Estimaciones Contables  Ejecución de las estimaciones por personal responsable  Adecuada revisión y aprobación por los niveles apropiados de autoridad  Comparación de estimaciones anteriores con resultados posteriores  Consideración de la gerencia de si los resultados en las estimaciones concuerdan con los planes operacionales El objetivo del auditor al evaluar las estimaciones contables es obtener evidencia comprobatoria suficiente para proporcionar una seguridad razonable de que:  Se desarrollaron todas las estimaciones contables  Las estimaciones contables concuerdan con las circunstancias  Las estimaciones contables se presentan de conformidad con normas contables profesionales

 Procedimientos

 Concepto: Son las tareas tendientes a dar cumplimiento a las normas de auditoria relativas al trabajo.  Procedimiento (método de ejecutar las cosas).  Técnica de auditoria : Es el conjunto de procedimientos.  Conocimiento de todos  Selección de procedimientos Para seleccionar los procedimientos de auditoría de manera eficaz y eficiente se deben tener en cuenta las siguientes pautas:  Deben de estar de acuerdo con las definiciones obtenidas en la planificación:  significatividad de los estados financieros en su conjunto  naturaleza y grado del riesgo determinado y su impacto en las afirmaciones  controles claves potencialmente identificados.  enfoque de auditoría esperado.  La evidencia de auditoría a obtener.  Servicios adicionales al ente o ser a pedido de informes especiales.  Procedimientos Según RT 7: 1. Evaluación de las actividades de control de los sistemas. 2. Cotejo de los estados contables con los registros de contabilidad. 3. Revisión de la correlación entre registros y entre estos y la correspondiente documentación comprobatoria. 4. Inspecciones oculares (por ej.: arqueos de caja, documentos e inversiones; observación de inventarios físicos; observación de la existencia de bienes de uso). 5. Obtención de confirmaciones directas de terceros (por ej.: bancos, clientes, proveedores, asesores legales). 6. Comprobaciones matemáticas. 7. Revisiones conceptuales. 8. Comprobación de la información relacionada. 9. Comprobaciones globales de razonabilidad (por ej.: análisis de razones y tendencias, análisis comparativo e investigación de fluctuaciones de significación). 10. Examen de documentos importantes (por ej.: estatutos, contratos, actas, escrituras y similares). 11. Preguntas a funcionarios y empleados del ente.

12. Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente de las explicaciones e informaciones suministradas. Según rt 37: 3.5.1. Evaluación del control interno pertinente a la valoración del riesgo, siempre que, con relación a su tarea, el contador decida depositar confianza en el control interno del ente. Esta evaluación es conveniente que se desarrolle en la primera etapa porque sirve de base para perfeccionar la planificación en cuanto a la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría a aplicar. Si el ente utilizase una organización de servicios, es necesaria la obtención de conocimiento sobre ella, incluido el control interno relevante para la auditoría, que sea suficiente para identificar y valorar los riesgos de incorrección material, así como para diseñar y aplicar procedimientos de auditoría que respondan a dichos riesgos. El desarrollo de este procedimiento implica cumplir los siguientes pasos: 3.5.1.1. Relevar las actividades formales de control interno que son pertinentes a su revisión. 3.5.1.2. Comprobar que esas actividades formales de control interno se aplican en la práctica. 3.5.1.3. Evaluar las actividades reales de control interno, comparándolas con las que se consideren razonables en las circunstancias. 3.5.1.4. Determinar el efecto de la evaluación mencionada sobre la planificación, de modo de replantear, en su caso, la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos de auditoría seleccionados previamente. 3.5.2. Cotejo de los estados contables con los registros contables. 3.5.3. Revisión de la correlación entre registros contables, y entre éstos y la correspondiente documentación comprobatoria. 3.5.4. Inspecciones oculares (por ejemplo, arqueos de caja, documentos e inversiones; observación de inventarios físicos; observación de la existencia de bienes de uso).

3.5.5. Obtención de confirmaciones directas de terceros (por ejemplo, bancos, clientes, proveedores, asesores legales). 3.5.6. Comprobaciones matemáticas. 3.5.7. Revisiones conceptuales. 3.5.8. Comprobación de la información relacionada. 3.5.9. Comprobaciones globales de razonabilidad (por ejemplo, análisis de razones y tendencias, análisis comparativo e investigación de fluctuaciones de significación). 3.5.10. Examen de documentos importantes (por ejemplo, estatutos, contratos, actas, escrituras y similares). 3.5.11. Preguntas a funcionarios y empleados del ente; en particular, preguntas a la dirección para identificar si existen dudas sustanciales sobre la capacidad del ente para continuar como una empresa en funcionamiento durante un período que debe ser al menos de doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables. 3.5.12. Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente de las explicaciones e informaciones suministradas (Manifestaciones de la dirección).

Procedimientos (detalles) 1. Evaluación de las actividades de control de los sistemas. (se desarrolla en el CAp III. Punto 3.1) 2. Cotejo de los estados contables con los registros contables. 1. Proceso Inverso a la Contabilidad 2. Mayor -------Balance de Saldos-------- Estados Contables 3. Revisión de la correlación entre registros contables y entre estos y la correspondiente documentación comprobatoria. 1. Sistemáticos-----Cronológicos--------Comprobantes 2. Comprobantes 1. Aspectos (Propiedad- Autorización-Contabilización) 2. Tipos : 1. Fuera de la empresa ( Facturas de proveedores) 2. Dentro de la empresa 1. Con Constancia de Terceros ( Remito) 2. Revisados por otro sector (vale de MP) 3. Sin control de ninguna persona. (baja incobrables)

4. Inspecciones oculares: es un medio directo para determinar que un activo existe-validez-. 1. Existencias de Cosas ( Pesos, Bienes) 2. Existencias de elementos representativos de cosas tangibles (Doc. A cobrar, acciones) 3. Aplicación:  Completo  Comparar con los Registros  Cortes contables.  Puede practicar recuentos(arqueo) o evaluar la bondad (Inventario) 5. Obtención de confirmaciones de terceros a) Utilizar para cosas no físicas o cosas físicas en poder de terceros. b) Utilizar para :Bancos, cuentas a pagar-cobrar, Mercadería en poder de 3ros, juicios, seguros, etc.) c) Pasos a seguir: 1. Selección de partidas 2. Preparación de Listados 3. Preparar las cartas 4. Firma 5. Control 6. Despacho 7. Recepción 8. Evaluación d) Clasificación: a) Negativas b) Positivas Directas( generalmente para activos) c) Positivas a Ciego (generalmente para Pasivos) 6. Comprobaciones matemáticas ( afirmaciones de tipo cuantitativas) 1. Recómputos (revisión de cálculos ya hecho por el cliente) 2. Comprobaciones Independientes (Ej: Prueba global de cargas sociales) 7. Revisiones conceptuales ( experiencia y sentido critico) a) Información expuesta en los Estados Contables (Normas de exposición.) b) Registros Contables (asientos inusuales) c) Comprobantes. d)

8. Comprobación de la Información relacionada (Bs de uso, Tx, regalías) 9. Comprobaciones globales de razonabilidad (Revisiones analíticas) a) Comparación de cifras y % de EECC sucesivos b) Cocientes y tendencias. c) Comparación con presupuestos. d) Se utiliza en la fase de Planeamiento( riesgos específicos), durante el trabajo( prueba sustantiva de saldos) y en los trabajos finales( lograr el entendimiento final de los EECC): e) 10. Examen de documentación importante 1. Estatuto Social 2. Modificaciones 3. Actas de Asamblea-Directorio 4. Contratos Importantes 5. Escrituras. 6. Disposiciones Legales 11. Indagaciones orales (Información sobre aspectos específicos de las operaciones restringidas a aquello que no puede ser comprobado por otros medios). Empresa en funcionamiento. 12. Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente de las explicaciones e informaciones suministradas. ( Carta de la gerencia / Manifestaciones de la direccion.-RT 37-) 1. La suficiencia de las Previsiones Constituidas 2. Realización de los bienes de Cambio 3. La Inexistencias de pasivos ciertos o contingentes no Contabilizados 4. La inexistencias de Gravámenes sobre activos 5. La inexistencia de hechos anteriores o posteriores que por su naturaleza deben ser expuestos en los Estados Contables Hipótesis de empresa en funcionamiento Obtener elementos de juicio válidos y suficientes sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación y presentación de los estados

contables, y concluir si a su juicio existe una incertidumbre significativa con respecto a la capacidad del ente para continuar como una empresa en funcionamiento durante un período al menos de 12 doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables, lo que, en caso de ocurrir, hará necesaria una adecuada revelación en los estados contables de información sobre la naturaleza y las implicaciones de la incertidumbre y un párrafo de énfasis en el informe del contador llamando la atención sobre tal situación, como se indica en el párrafo 26 de la sección III.A.ii. Sin embargo, el contador no puede predecir hechos o condiciones futuras y, por consiguiente, el hecho de que el informe del auditor no haga referencia a incertidumbre alguna con respecto a la continuidad del ente como una empresa en funcionamiento no puede considerarse garantía de la capacidad de la entidad para continuar en funcionamiento durante un período de al menos doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables Dirección - Persona o personas con responsabilidad ejecutiva para dirigir las operaciones de la entidad. En algunas entidades, la dirección incluye a algunos o a todos los responsables de la dirección, por ejemplo, los miembros ejecutivos del consejo de administración o un propietario-gerente. También puede referirse a la función de la persona o personas u organizaciones responsables de la supervisión de la dirección estratégica de la entidad y de las obligaciones relacionadas con la rendición de cuentas de la entidad. 7.Controlar la ejecución de los planificado. ( se desarrolla en cap. III) Controlar la ejecución de lo planificado con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos fijados y, en su caso, realizar en forma oportuna las modificaciones necesarias a la programación. Con tal propósito, el auditor debe efectuar una revisión cuidadosa del trabajo de sus colaboradores a medida que se va desarrollando y una vez que ha sido completado. Controlar la ejecución de lo planificado con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos fijados y, en su caso, realizar en forma oportuna las modificaciones necesarias a la programación. Con tal propósito, el contador debe efectuar una revisión cuidadosa del trabajo de sus colaboradores a medida que se va desarrollando y una vez que ha sido completado

8. Evaluación de la validez de las evidencias obtenidas Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados para respaldar el juicio del auditor sobre las afirmaciones particulares contenidas en los estados contables. Para ello, el auditor, utilizando su criterio profesional, debe hacer lo siguiente: 1. Considerar su naturaleza y la forma en que se obtuvieron. 2. Considerar la importancia relativa de lo examinado en su relación con el conjunto. 3. Estimar el grado de riesgo inherente que depende, en buena parte, del grado de seguridad que ofrezcan las actividades de control de los sistemas involucrados. Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados para respaldar el juicio del contador sobre las afirmaciones particulares contenidas en los estados contables. Para ello, el contador, utilizando su juicio profesional, debe hacer lo siguiente: 1. Considerar su naturaleza y la forma en que se obtuvieron. 2. Considerar la importancia relativa de lo examinado en su relación con el conjunto. 3. .Valorar si los riesgos de incorrección material han sido reducidos a un nivel aceptablemente bajo en las circunstancias.  La validez de los elementos de juicio es la medida de la calidad de la evidencia de auditoria, es decir su grado de pertinencia y su grado de confiabilidad o competencia para sustentar una determinada afirmación.  NIA 500.15 “ la confiabilidad es influenciada por:  Su fuente ( Interna o externa)  Por su naturaleza( Visual, documental u oral)  Evaluación de la validez de las evidencias obtenidas  Origen de los elementos de juicio  Forma en que se obtuvieron  Confianza que merecen:  Independencia de la Fuente.  Control Interno  Directa  Suficiencia: es la cantidad de elementos de juicio que resulte persuasiva para sustentar las conclusiones del auditor

 Factores que influyen en la determinación de la suficiencia:  La estimación que hace el auditor del riesgo inherente.  La naturaleza de los sistemas de contabilidad y del control interno y la evaluación de los riesgos de control.  La importancia relativa de la partida que se examina.  La experiencia de auditorias anteriores.  Resultados de los procedimientos de auditoria.  Fuente y confiabilidad de la información disponible. Para que la evidencia de auditoría sea aceptable, debe ser creíble y confiable. La calidad de la evidencia varía considerablemente según sea la fuente que la origina. MAYOR CONFIABILIDAD Obtenida a partir de personas o hechos independientes de la organización. Producidas por un sistema de control efectivo. Por conocimiento directo: observación inspección o reconstrucción. Documentada. Proviene de documentos originales. De la gerencia superior.

MENOR CONFIABILIDAD Obtenida dentro de la empresa.

Producida por un sistema de control débil. Por conocimiento indirecto: confianza en el trabajo de terceras personas (auditores internos). Oral.

Del personal de menor nivel.

  Costo de la Evidencia: El contador debe realizar su tarea dentro del principio de economía aplicable a todo control. O sea, para que su labor sea económicamente útil, debe culminarla en un lapso y a un costo razonable. Esas limitaciones de tiempo y de costo deben

ser evaluadas por el contador a fin de determinar si no representan un inconveniente para la realización adecuada del encargo.(rt37Igual RT7) ) 9. Formulación del juicio u opinión Final Sobre la base de los elementos de juicio obtenidos, el auditor debe formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información que contienen los estados contables básicos en conjunto, de acuerdo con normas contables profesionales, o concluir que no le ha sido posible la formación de tal juicio. Sobre la base de los elementos de juicio obtenidos, el contador debe formarse una opinión acerca de la razonabilidad, en todos los aspectos significativos, de la información que contienen los estados contables en su conjunto, o acerca de si los estados contables fueron preparados, en todos sus aspectos significativos , de acuerdo con el marco de información aplicable, o concluir que no le ha sido posible la formación de tal juicio. Marcos (i) Marco Aceptable: Un marco de información destinados a la preparación de estados contables con fines generales se presume aceptable para concluir sobre presentación razonable cuando sus normas provienen de: a.

de un emisor autorizado o reconocido por la emisión de normas contables profesionales, que siga un debido proceso establecido y transparente que implique deliberación y consideración de las opiniones de una amplia gama de partes interesadas.( NCA , NIIF PCGA de USA)

b. de disposiciones legales o reglamentaria , en la medida que no estén presentes indicadores que puedan rebatir tal conclusión (ii)

Marco de información con fines específicos - Un marco información contable diseñado para satisfacer las necesidades información contable de usuarios específicos. El marco información contable puede ser un marco de razonabilidad o marco de cumplimiento.

de de de un

La RT 37 introduce dos conceptos: Marco de presentación razonable y marco de cumplimiento:

(iii) Marco de cumplimiento - Se utiliza para referirse a un marco de información contable que requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin contemplar las posibilidades descritas en los apartados (a) o (b) de la definición de “Marco de presentación razonable”. (iv) Marco de presentación razonable - Se utiliza para referirse a un marco de información contable que requiere el cumplimiento de sus requerimientos y además: a. reconoce de forma explícita o implícita que, para lograr la presentación razonable de los estados contables, puede ser necesario que la dirección revele información adicional a la específicamente requerida por el marco; o b. reconoce explícitamente que puede ser necesario que la dirección no cumpla alguno de los requerimientos del marco para lograr la presentación razonable de los estados contables. Se espera que esto sea necesario sólo en circunstancias extremadamente poco frecuentes.  Forma de expresión: 2. La forma de expresión de la opinión del contador dependerá del marco de información bajo el cual se preparan los estados contables y de las disposiciones legales o reglamentarias aplicables. 2.1. Marco de información prescripto por normas contables profesionales 2.1.1. Normalmente, los estados contables con fines generales se preparan bajo un marco de información que permite opinar sobre la presentación razonable de dichos estados contables, en todos sus aspectos significativos, tal como es el caso del marco contable que establecen las normas contables profesionales argentinas o las normas internacionales de información financiera (cada uno de los marcos indicados son ejemplos de marcos de presentación razonable). 2.2. Marco de información prescripto por disposiciones legales o reglamentarias 2.2.1. Podrían existir situaciones en que, por disposiciones legales o reglamentarias, se le requiera a un ente preparar estados contables con fines generales bajo un marco de información distinto al que

establecen las normas contables profesionales. En estas situaciones, el contador debe concluir si el marco de información en cuestión es, de todos modos, un marco que permite opinar sobre la presentación razonable de los estados contables, en todos sus aspectos significativos. 2.2.2. Si el contador concluyera que el marco de información requerido por las disposiciones legales o reglamentarias sería inaceptable si no estuviera previsto por dichas disposiciones, podrá igualmente aceptar el encargo, si se cumplen las siguientes condiciones: 2.2.2.1. que la dirección del ente exponga en los estados contables la información adicional necesaria para identificar las diferencias con el marco de información prescripto por las normas contables profesionales, a fin de no conducir a equivocación al lector; 2.2.2.2. que el informe de auditoría incluya un párrafo de énfasis para alertar a los usuarios sobre la información adicional mencionada precedentemente; y 2.2.2.3. que, salvo que las disposiciones legales o reglamentarias lo requirieran, la opinión del contador no emplee la frase “presentación razonable en todos los aspectos significativos” sino que se refiera a la preparación de la información contable de acuerdo con las disposiciones legales o reglamentarias aplicables (marco de cumplimiento). 2.2.3. Si en las condiciones identificadas en el párrafo anterior, las disposiciones legales o reglamentarias requirieran que, en la opinión del contador sobre los estados contables, se emplee la frase “presentación razonable en todos los aspectos significativos” de conformidad con el marco de información que esas disposiciones establezcan, o de otro modo establecieran un formato o redacción del informe de auditoría en términos que difieran de manera significativa de los requerimientos de esta Resolución Técnica, el contador evaluará: 2.2.3.1. si los usuarios podrían interpretar erróneamente la seguridad obtenida de la auditoría de los estados contables y, si este fuera el caso, 2.2.3.2. si una explicación adicional en su informe de auditoría podría mitigar la posible interpretación errónea.

Si el contador concluyera que con su explicación adicional no puede mitigar la posible interpretación errónea, no aceptará el encargo de auditoría. Incorrección – Diferencia entre la cantidad, clasificación, presentación o información revelada respecto de una partida incluida en los estados contables y la cantidad, clasificación, presentación o revelación de información requeridas respecto de dicha partida de conformidad con el marco de información contable aplicable. Las incorrecciones pueden deberse a errores o fraudes. Cuando el contador manifiesta una opinión sobre si los estados contables se presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, las incorrecciones incluyen también aquellos ajustes que, a juicio del contador, es necesario realizar en las cantidades, las clasificaciones, la presentación o la revelación de información para que los estados contables se presenten razonablemente, en todos los aspectos significativos. Error - Una incorrección no intencionada contenida en los estados contables, incluyendo la omisión de una cantidad o de una información a revelar. Fraude – Un acto intencionado realizado por una o más personas de la dirección, los responsables del gobierno de la entidad, los empleados o terceros, que conlleve la utilización del engaño con el fin de conseguir una ventaja injusta o ilegal. 10.Emitir su informe ( se desarrolla en cap. VI) Emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de aplicación.(RT 7) Emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de aplicación (RT 37) El contador podrá emitir, en su caso, un informe con las observaciones recogidas durante el desarrollo de la tarea y las sugerencias para el mejoramiento del control interno examinado. Se mantiene la redacción de la RT 7 pero se modifica el lugar ).

Facultad de Ciencias Económicas Universidad Nacional de Misiones

AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio CAPITULO II NORMAS CONTABLES Y DE AUDITORIA

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

Introducción La adopción de las Normas internacionales de Auditoria, aseguramiento y servicios relacionados mediante la RT 32 a RT 35 es parte integrante de un plan de la FACPCE de armonización de normas locales con las normas internacionales. Este plan también preveía la modificaron de la RT/ para adecuarla a las normas internacionales. De acuerdo a ello se elaboro el proyecto 28 de RT el cual luego de finalizado el proceso de consulta fue convertido en la RT 37 denominada “Normas de auditoria, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados”, cuyo titulo describe mas acertadamente los distintos tipos de encargos que puede llevar a cabo el contador publico corrigiendo los defectos formales de la RT 7 , que bajo el titulo de auditoria también regulaba otros servicios que no correspondían a dicho titulo. Los pronunciamientos aprobados por la RT 32 a 35 son normas internacionales que cuentan con la ventaja de ser conocidas y aceptadas en gran parte del mundo. Para la mayoría de los entes que emiten Estados Contables en la Argentina, resulta desproporcionado contratar un encargo, sea de auditoria o de otra naturaleza bajo normas internacionales, por lo que consideramos apropiado y justificado la emisión de la RT 37 con una redacción mas sintética y con normas de independencia y control de calidad menos existentes . Es decir que en la Argentina rigen diferentes normas para un mismo servicio profesional en función del ente emisor: 1. Se aplica la RT 32 a 35 en los siguientes casos: a. Se trata de la adopción obligatoria de las normas internacionales sociedades que presentan estados financieros en la C.N.V. de acuerdo con NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) y b. optativa para el resto de los entes. 2. En el resto de los casos se aplica RT37 Servicio Auditoria Revision Encargos de aseguramiento Servicios Relacionados

RT 32 a 35 32 33 35

RT 37 Capitulo III Capitulo IV Capitulo V

35

Capitulo VII

La aprobación de la RT37 implica la derogación de la RT7 y de la interpretación No 5 El informe del auditor sobre cifras e información presentada a los efectos comparativos:

La modificaciones introducidas por la RT 37 tienen como objetivo: a) Incorporar diversos tipos de encargos de aseguramiento y servicios relacionados previstos en las normas internacionales que no estaban específicamente contemplados en la RT 7 b) Lograr congruencia entre un informe de auditoria emitido de acuerdo con las NIA y las normas locales. c) Modificar la estructura de la RT7 para regular en capítulos separados cada uno de los distintos tipos de encargos de aseguramiento y servicios relacionados, agregando un glosario y cambios de redacción.

Estructura de la resolución técnica 37 La estructura de la resolución técnica 37 responde al siguiente esquema: Primera parte * Vistos * considerandos * parte resolutiva Segunda parte Capítulo I - Introducción Sección A) Propósito de esta RT. Sección B) Antecedentes. Capítulo II - Normas comunes a los servicios de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados Sección A) Condición básica para su ejercicio profesional en los servicios previstos en esta RT. Sección B) Normas para el desarrollo del encargo. Sección C) Normas sobre informes. Capítulo III a VII Encargos específicos

Capítulo III - Normas de auditoría

Sección A) Auditoría externa de estados contables con fines generales. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección B) Auditoría de estados contables preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección C) Auditoría de un solo estado contable o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado contable. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección D) Auditoría de estados contables resumidos. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Capítulo IV - Normas de revisión de estados contables de períodos intermedios i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Segunda parte Capítulo V - Normas sobre otros encargos de aseguramiento Sección A) Otros encargos de aseguramiento en general. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección B) El examen de información contable prospectiva. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección C) Informes sobre los controles de una organización de servicios. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Capítulo VI - Normas sobre certificaciones i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Capítulo VII - Normas sobre servicios relacionados Sección A) Encargos para Aplicar procedimientos acordados.

i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección B) Encargos de compilación. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes Sección C) Otros servicios relacionados. Informes especiales no incluidos en el capítulo V. i. Normas para su desarrollo ii. Normas sobre informes

Resolución Técnica N° 37 NORMAS DE AUDITORÍA, REVISIÓN, OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO, CERTIFICACIÓN Y SERVICIOS RELACIONADOS III. NORMAS DE AUDITORÍA A. Auditoría externa de estados contables con fines generales A través del desarrollo de este encargo de aseguramiento, el contador debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes que respalden su opinión relativa a la información presentada en los estados contables objeto de su examen. B. Auditoría de estados contables preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos Este encargo está destinado a satisfacer necesidades de ciertos usuarios de estados contables emitidos de conformidad con un marco de información con fines específicos, que puede ser un marco de presentación razonable o un marco de cumplimiento. C. Auditoría de un solo estado contable o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado contable La auditoría de un solo estado contable o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado contable, puede ser llevada a cabo aplicando las normas de auditoría de estados contables de la sección III.A. precedente. Un solo estado contable puede ser cualquiera de los estados contables básicos, sus anexos o la información complementaria. Elemento significa un elemento, cuenta o partida de un estado contable. Un solo estado contable o un elemento, cuenta o partida específico de un estado contable (en adelante, “elemento”), puede ser preparado de conformidad con un marco de información con fines generales o con fines específicos, pudiendo ser cualquiera de los dos marcos, uno que permite presentación razonable o uno que requiere cumplimiento. Esta distinción afectará el contenido del informe y el tipo de opinión que emitirá el contador. D. Auditoría de estados contables resumidos Este encargo se refiere a información contable histórica derivada de los estados contables pero que contiene menos detalle que los estados contables, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los estados contables.

IV.NORMAS DE REVISIÓN DE ESTADOS CONTABLES DE PERÍODOS INTERMEDIOS A través del desarrollo de este encargo de aseguramiento, el contador debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes que respalden su informe relativo a la revisión de estados contables de períodos intermedios, de alcance inferior al necesario para emitir una opinión de auditoría sobre la razonabilidad de la información presentada por dichos estados contables. La forma en que el contador expresará su conclusión sobre los estados contables de períodos intermedios dependerá del marco de información bajo el cual éstos se preparen, de forma similar y bajo las mismas condiciones establecidas en la sección III.A.i de esta Resolución Técnica. V. NORMAS SOBRE OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO A. OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO EN GENERAL El objetivo de un encargo de aseguramiento es expresar una conclusión con el fin de incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe, acerca del resultado de la evaluación o medición de la materia objeto de la tarea, sobre la base de ciertos criterios. En función de cómo se suministre la información sobre la materia objeto de análisis, puede ser un encargo basado en una afirmación o un encargo de informe directo. En función del nivel de aseguramiento que provea a los usuarios, puede ser un encargo de aseguramiento razonable o un encargo de aseguramiento limitado. El nivel de riesgo en este último tipo de encargo es más alto que en un encargo de aseguramiento razonable debido a la diferente naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos aplicados por el contador para reunir elementos de juicio que le permitan emitir su conclusión. En esta sección, se tratarán los encargos de aseguramiento distintos de una auditoría o revisión de información contable histórica. B. EL EXAMEN DE INFORMACIÓN CONTABLE PROSPECTIVA El objetivo de este tipo de encargo es que el contador emita un informe sobre información contable prospectiva preparada sobre la base de supuestos acerca de hechos futuros y posibles acciones de la dirección de la entidad. La información contable prospectiva puede presentarse bajo la forma de un pronóstico o de una proyección. C. INFORMES SOBRE LOS CONTROLES DE UNA ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS

El objetivo de este tipo de encargo es que el contador emita un informe sobre controles vigentes en una organización de servicios que se presumen relevantes para el control interno de las organizaciones usuarias de esos servicios, en cuanto se relacionan con la preparación de su información contable. El informe que emita el contador será utilizado por las organizaciones usuarias de tales servicios y por sus auditores. . VI. NORMAS SOBRE CERTIFICACIONES La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con los registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador al respecto representen la emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica. Esto incluye la constatación de que los estados contables de una entidad se encuentran transcriptos en libros rubricados, sin que ello signifique, en modo alguno, la emisión de un juicio técnico del contador sobre dichos estados contables (certificación literal). VII. NORMAS SOBRE SERVICIOS RELACIONADOS A. ENCARGOS PARA APLICAR PROCEDIMIENTOS ACORDADOS El objetivo de un encargo para realizar procedimientos acordados (puede tratarse por ejemplo de información histórica o prospectiva, contable como no contable, etc.) es que el contador lleve a cabo procedimientos que en su naturaleza son de auditoría, que el contador, el ente y terceros hayan convenido, así como también presentar un informe que contenga los hallazgos derivados de su trabajo. 2. Dado que el contador sólo realiza un informe con los hallazgos de los procedimientos aplicados, no emite ninguna seguridad al respecto. Son los usuarios que han solicitado el informe los que evalúan por sí mismos los procedimientos y los resultados informados por el contador y los que sacarán sus propias conclusiones. B. ENCARGOS DE COMPILACIÓN El objetivo de un encargo de compilación es que el contador utilice su conocimiento experto en materia de contabilidad en contraposición al conocimiento experto en materia de auditoría, con el fin de reunir, clasificar y resumir información contable. Esta tarea consiste comúnmente en sintetizar información detallada y transformarla en información concisa, manejable y comprensible, sin la necesidad de verificar las afirmaciones subyacentes en dicha información.

Los procedimientos utilizados no permiten al contador expresar ninguna seguridad sobre la información contable ni están concebidos para tal efecto. Un encargo de compilación normalmente requiere la elaboración de estados contables (los que pueden constituir o no un conjunto completo de estados contables) pero también pueden incluir la recopilación, la clasificación y el resumen de otra clase de información contable y no contable siempre que tenga conocimiento suficiente sobre la materia en cuestión. C. OTROS SERVICIOS RELACIONADOS. INFORMES ESPECIALES NO INCLUIDOS EN EL CAPÍTULO V En los informes especiales que no brindan seguridad (es decir, los no incluidos en el Capítulo V), el contador realiza una manifestación que no tiene como propósito incrementar el grado de aseguramiento de los presuntos usuarios sobre un determinado asunto. Están comprendidos en este tipo de encargo, aunque no está limitado a esto, aquellos destinados a cumplir con requerimientos de organismos de control formulados directamente al contador o a su comitente.

Adopción de normas internacionales  Se trata de la adopción obligatoria de las normas internacionales sociedades que presentan estados financieros en la C.N.V. de acuerdo con NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) y  De aplicacion optativa para el resto de los entes. RESOLUCION TECNICA Nº 32 Adopción de Normas Internacionales de Auditoria del IAASB de la IFAC Se trata de la adopción obligatoria de las normas internacionales de auditoría de estados financieros de sociedades que presentan estados financieros en la C.N.V. de acuerdo con NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera)(rt26) y optativa para el resto de los entes. Las empresas controladas por la Comisión Nacional de Valores son unas 140 en el país La vigencia obligatoria es para ejercicio iniciados a partir del 01-072013.- Se prevé su aplicación anticipada. El auditor externo, que obligatoria o voluntariamente aplique esta resolución técnica, debe también cumplir con la aplicación de la resolución técnica 34 en relación con los requisitos de control de calidad y de independencia. - Las NIA se aplicarán en forma integral, es decir que el auditor no debe manifestar que ha dado cumplimiento con las NIA en su informe a menos que haya satisfecho los requerimientos de todas las NIA que sean relevantes a esa auditoría. - Existe un período de “Transición hacia NIA” en el primer ejercicio de aplicación de NIA por el auditor. En Segunda Parte de la Resolución Técnica Nº 32 se ADOPTAN los siguientes pronunciamientos emitidos por el IAASB de la IFAC: 1.- Prefacio. 2.- Glosario. 3.- Normas Internacionales de Auditoria. 4.- Notas Internacionales de Práctica de Auditoria (NIPA).- A la fecha solo esta publicada la NIPA 1000 y se encuentra

pendiente de traducción. Para mayor detalle encontrara el contenido de cada NIA en la sección Anexos de Resoluciones Técnicas dentro de Normas contables Argentinas del sitio Web de FACPCE: www.facpce.org.ar Observaciones - No se adopta el Marco Conceptual Internacional para los Servicios de Seguridad. - No se adopta el Código de Ética Internacional de IFAC. RESOLUCION TECNICA Nº 33 – Adopción de las Normas Internacionales de Encargos de Revisión del IAASB de la IFAC Trata la adopción obligatoria de revisiones limitadas de acuerdo con normas internacionales para la revisión de los estados financieros intermedios de sociedades que presenten a la C.N.V. de acuerdo con NIIF (Normas Internacionalesde Información Financiera) y optativa para el resto de los entes.La vigencia obligatoria es para ejercicio iniciados a partir del 01-07-2013.Se prevé su aplicación anticipada. Se ADOPTAN los siguientes pronunciamientos emitidos por el IAASB de la IFAC. NIER 2400 – Encargos de Revisión de Estados Financieros.- Aplica cuando el Profesional NO ES el auditor externo. Para mayor detalle encontrara el contenido de la NIER en la sección Anexos de Resoluciones Técnicas dentro de Normas contables Argentinas del sitio Web de FACPCE: www.facpce.org.ar Resumen - Adopta la Norma Internacional de Compromisos de Revisión (NICR) del IAASB de la IFAC solamente para los trabajos de revisión de estados financieros de períodos intermedios. - No se adopta la NICR 2400 para los trabajos de revisión de estados financieros de ejercicios económicos completos. - El auditor que, obligatoria o voluntariamente, aplique esta resolución técnica debe también cumplir con los requisitos de control de calidad y de independencia (RT 34).

- Se adoptan las Notas Internacionales de Prácticas de Compromisos de Revisión (no existe ninguna a la fecha). Editorial Errepar La adopción nuevos pronunciamientos o modificaciones se realizará con las “Circulares de Adopción de Normas emitidas por el IAASB y el IESBA de la IFAC”. - Vigencia: obligatoria para las revisiones de los estados financieros de los períodos intermedios de los ejercicios iniciados desde el 1/7/2013, cuyos estados financieros de ejercicio completo se auditen con las NIA (RT 32). Aplicación anticipada opcional para estos compromisos si se realizan de manera coherente con la aplicación de la resolución técnica 32 para la auditoría del ejercicio completo. Observaciones - No existe adopción plena. Se adopta solamente la normativa internacional para las revisiones de estados financieros de períodos intermedios. En la resolución técnica se la identifica como NICR 2400. - No se adopta la Norma internacional de compromisos de revisión (NICR) a los trabajos de revisiones de estados financieros de los ejercicios económicos completos. - Se provoca confusión normativa al listarse en el anexo de la resolución técnica la NICR 2410 (“Revisión de información financiera intermedia desarrollada por el auditor independiente de la entidad”) y la NICR 2400 que aplica a los “Compromisos para revisar estados financieros”, es decir sin aditamento alguno. - Se adoptan las Notas Internacionales de Prácticas de Compromisos de Revisión (no existen a la fecha) - No se adopta el Marco Conceptual Internacional para los Servicios de Seguridad. - No se adopta el Código de Ética Internacional. - Resulta incomprensible que se argumente “(…) l. Que el informe que resulta de un encargo de revisión de estados financieros de período completo no está aun suficientemente difundido en todas las jurisdicciones del país” (Considerando, RT 33), cuando la resolución técnica 7/1985 (así como su antecesora RT 3/1978), contempla (contemplaba) exclusivamente la revisión limitada (SIC) de los estados financieros de períodos intermedios. En rigor, desde siempre hay que reconocer que fue desalentada por la profesión organizada la posibilidad de que el contador público independiente pueda desarrollar una revisión de estados financieros anuales como una alternativa a una auditoría de estados financieros. No se comprende entonces por qué siguen permitidas las certificaciones de estados financieros (RT 7 y Proyecto 28 RT)”. RESOLUCION TECNICA Nº 35 – Adopción de las Normas Internacionales de Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados del IAASB de la IFAC.

Resumen - Adopta las Normas Internacionales de Otros Compromisos de Aseguramiento. - Adopta las Normas Internacionales de Servicios Relacionados. - Adopta las Notas Internacionales de Prácticas de Compromisos de Aseguramiento (no existe ninguno a la fecha). - Adopta las Notas Internacionales de Prácticas de Servicios Relacionados (no existen a la fecha) - Vigencia: los trabajos incluidos en la resolución técnica pueden prestarse en forma inmediata a su aprobación por la Junta de Gobierno. El auditor externo que aplique estas resoluciones técnicas debe cumplir con la resolución técnica 34 y deberá contar con la misma independencia requerida que para una auditoría de estados financieros. Observaciones - No se adopta el Marco Conceptual Internacional para los Servicios de Seguridad. - No se adopta el Código de Ética Internacional. - Se exige independencia del contador público para los servicios relacionados cuando no representan compromisos de seguridad razonable o limitada (no se tiene en cuenta el párr. 7 de la NISR 4400 ni el párr. 5 de la NISR 4410). RESOLUCIÓN TÉCNICA 34 ADOPCIÓN DE LA NORMA INTERNACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD Y DE INDEPENDENCIA SOBRE LA BASE DEL CÓDIGO DE ÉTICA INTERNACIONAL Resumen - Adopta la Norma Internacional de Control de Calidad Nº 1, la cual describe las responsabilidades de las firmas de auditoría sobre su sistema de control de calidad para auditorías y revisiones de estados financieros, y otros trabajos de aseguramiento y servicios relacionados (RT 32, 33 y 35). - Adopta las Normas de Independencia sobre la base del Código de Ética Internacional de la IFAC (Federación Internacional de Contadores). - Las normas sobre independencia de la resolución técnica, complementan las disposiciones que sobre la materia contenga el Código de Ética vigente en cada jurisdicción del país. - La adopción de nuevas normas o modificaciones se efectuará con las “Circulares de Adopción de Normas emitidas por el IAASB y el IESB de la IFAC”.

- Vigencia: de aplicación obligatoria para todo contador público independiente que manifieste haber realizado trabajos profesionales de acuerdo con las resoluciones técnicas 32, 33 y 35. Dicho profesional que no manifieste lo antes indicado, podrá cumplir voluntariamente con la resolución técnica. La aplicación de cada una de estas normas debe ser integral. Observaciones - No se adopta el Código de Ética Internacional. Informe 12 y 13 CENCyA A LOS Fines de facilitar la aplicación de la nueva RT 37 la FACXPCE aprobó: Informe No 12 de CENCyA : presenta modelos de informes para encargos de auditoria incluidos en el capitulo III, sección A de la RT 37 ( auditoria de estados contables con fines generales). Informe No 13 de CENCyA : presenta modelos de informes para encargos profesionales distintos de la auditoria de estados contables con fines generales. 2.3.Negligencia. Errores. Fraudes y otros ilícitos. Responsabilidades Profesionales: Civil, Penal y Profesional. Responsabilidad Laboral del Auditor Interno. La repercusión de la Ley Penal Tributaria en el Auditor y en sus Informes.

Responsabilidad del Auditor Calidad de responsable • Deuda, obligación de reparar y satisfacer por sí o por otro a consecuencia de un delito, de una culpa o de otra causa legal • Cargo u obligación moral que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto determinado. Significado de una profesión • Profesión: Empleo, facultad u oficio que una persona tiene y ejerce con derecho a una retribución • Profesionales: Son los que ejercen una actividad  Formación universitaria previa  Estudios de nivel terciario  Capacidad técnica  Capacidad de entendimiento de la norma jurídica  Discernir el bien común y la conveniencia individual  Actuar con plena conciencia del correcto proceder hacia el prójimo

Relación contractual profesional - cliente Actividad en diversos mercados Gran empresa: Estructura administrativa - Tarea definida Pequeña y mediana empresa: Estructura administrativa reducida - Tarea en un marco amplio y variado • Naturaleza jurídica de los servicios que prestan quienes ejercen una profesión liberal: diversas posiciones  Inexistencia de contrato  Mandato  Locación de servicios  Contrato innominado  Contrato multiforme o proteiforme  Locación de obra • La relación contractual entre quienes ejercen las denominadas profesiones liberales con sus clientes es susceptible de encuadrarse dentro de las normas que regulan la locación de obra ya que lo que interesa es el resultado u opus. (C.M.C. Civil Sala F. 9-11-84. El Derecho 113-650) • Nueva corriente: contrato atípico Responsabilidad del Auditor • Definición de responsabilidades – Empresa: Control Interno- Estados Contables. – Auditor: Informe del Auditor. • Reevaluación del rol del auditor – Gerencia • Estados Contables • Informe (Normas contables vigentes –Contingencias Asesoría legal-Sistemas contables y de Control-Auditoria ext-int.) – Auditor • Opinión sobre los Estados Contables. • Informe de la Gerencia • Deficiencias de Control Responsabilidad y percepciones • Diferencias en las expectativas de la auditoría (audit expectations gap) • Cuestionamientos de la naturaleza y objetivos de la auditoría • Creciente demanda a los auditores en los Tribunales

Evolución de la Auditoría Etapa anterior a 1920 • Informe • Hemos auditado los libros y cuentas de ABC S.A. al 31 de diciembre de 1915 y certificamos que en nuestra opinión, el referido balance establece correctamente su posición al final de este año y que las correspondientes cuentas de ganancias y pérdidas son correctas. • No había leyes o normas de auditoría • La auditoría se desarrollaba para la gerencia • El examen era completo • El examen estaba centrado en el balance general • La evidencia obtenida era interna • Se afirmaba exactitud Etapa desde 1920 a 1960 • La profesión de auditoría fue asumiendo menores responsabilidades. • Cambio en el entorno económico. • No se asume como responsabilidad primaria la detección del fraude. Etapa desde 1960 a 2000 • Los auditores recibieron críticas. • Creciente insatisfacción pública en relación a la detección del fraude. • Restablecimiento de la responsabilidad en la detección del fraude. Etapa desde 2000 • Demandas de un papel más activo en la detección de fraudes. Responsabilidad.-Aspectos Colaterales  Independencia del Auditor • Prestación de otros servicios • Selección de auditores • Rotación de auditores y de su personal • Regalos de clientes • Regulación de la Profesión • Fijación de Normas Contables • Fijación de Normas de Auditoria • La auditoria de las auditorias • SEC • La publicidad • Capacitación del Auditor Consecuencias • Civiles

Código Civil

• • • El

Penales Código Penal y complementarias Profesionales Código de ética Otras Consecuencias auditor y el Fraude • (Art 277 –Encubrimiento- Prisión de 15 días a 2 Años)

Responsabilidad civil La responsabilidad civil está legislada por los artículos del Código Civil que conciernen a los delitos y a los cuasi delitos • Obligación de cumplir con lo dispuesto en cláusulas contractuales entre partes de una relación jurídica regulada por un acuerdo • Obligación de reparar los daños y perjuicios causados por actos ilícitos/negligentes atribuibles al profesional – Responsabilidad contractual • Incumplimiento de Contrato (locación de obra) • Normas de auditoria aplicable • Estados contables objeto de la auditoria • Personal y Acceso a la documentación • Monto de los Honorarios y modalidad de cobro • Fecha de inicio , finalización y presentación del informe • Otras cuestiones (Destinatarios, etc.) – Responsabilidad extracontractual • Negligencia (cuasidelito)• Dolo- se extiende a terceros Responsabilidad contractual • Art.1197: Las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la que deben someterse como a la ley misma. • Art. 1198: Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo a lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión…. • Art 1201: En los contratos bilaterales las partes no podrán demandar su cumplimiento, si no probase haberlo ella cumplido u ofreciese cumplirlo. Responsabilidad extracontractual • Negligencia: la falta de cumplimiento con lo que se estima que una persona razonablemente cuidadosa habría efectuado en determinada ocasión, sin que exista intención de engañara un tercero.

• Delito: es el acto ilícito ejecutado a sabiendas con la intención de dañar a las personas o los derechos de otros. • Art. 1109: Todo el que ejecuta un hecho que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, esta obligado a la reparación del perjuicio. Esta obligación esta regida por las mismas disposiciones relativas a los delitos del derecho civil…. Responsabilidad en los delitos Art. 1073.- “El delito puede ser un hecho negativo o de omisión, o un hecho positivo.” Art. 1074.- “Toda persona que por cualquier omisión hubiese ocasionado un perjuicio a otro, será responsable solamente cuando una disposición de la ley le impusiere la obligación de cumplir un hecho omitido.” Art. 1075.- “Todo derecho puede ser la materia de un delito, bien sea un derecho sobre un objeto exterior, o bien se confunda con la existencia de la persona.” Art. 1076.- “Para que el acto se repute delito, es necesario que sea el resultado de una libre determinación de parte del autor. El demente y el menor de diez años no son responsables de los perjuicios que causaren.” Art. 1077.- Todo delito hace nacer la obligación de reparar el perjuicio que por él resultare a otra persona.” Art. 1079.- “La obligación de reparar el daño causado por un delito existe, no sólo respecto de aquel a quien el delito ha damnificado directamente, sino respecto de toda persona, que por él hubiese sufrido, aunque sea de una manera indirecta. Diferencias entre la Responsabilidad contractual y la Responsabilidad extracontractual  Extensión del resarcimiento o Contractual: Comprende las consecuencias y necesarias para el cumplimiento o Extracontractual: Comprende las consecuencias mediatas e inmediatas del hecho dañoso  Prescripción de la acción o Contractual: 10 años o Extracontractual: 2 años  Constitución de mora de quien debe indemnizar  Prueba de la culpa

o o o Otros Casos: o o

Contractual: No es necesario. Extracontractual: hay que probar Violación del secreto profesional Hechos producidos por los asistentes

Responsabilidad Penal  El delito de dictamen falso.  La defraudación al cliente.  La defraudación a terceros.  Los delitos fiscales.  El lavado de dinero. Código penal  Aplicación de penas o privación de la libertad o penas pecuniarias o inhabilitación para ejercer la profesión o combinación  Sujetos activos del delito (perpetradores del delito)  Sujetos pasivos (víctimas)  Agente directo (autor del delito)  Partícipes (cómplices) o principal o secundario  Encubridor Algunas determinaciones importantes a) Los delitos se hallan configurados en un Código o en leyes complementarias. b) Se aplican en el derecho penal ciertas pautas axiológicas como ser: No hay delito, sin pena que lo imponga la ley; La interpretación de las leyes es restrictiva, no se aplican por analogía. c) Los delitos económicos y los del derecho penal especial se rigen por disposiciones específicas y supletoriamente por los principios del código penal. d) Las formas especiales del proceso se hallan regidas por pautas propias, como es el caso del principio de “in dubio pro reo”, y otros.

El delito de dictamen falso.  Dictamen Falso ( no tipificado)  Balance Falso ( Art. 300 del Código Penal)  Requisitos o Intención o Falsa e incompleta o Significación. o Causar perjuicios  Sujetos Directos: Fundador, Director, Administrador, Sindico  Cómplice (Art 45): Auditor  Sanción: Prisión de seis meses a dos años. El artículo 300 inciso 3º del Código Penal “ Seran reprimidos con prisión de seis meses a dos años: El fundador, director, administrador, liquidador o síndico de una sociedad anónima o cooperativa o de otra persona colectiva, que a sabiendas publicare, certificare o autorizare un inventario, balance, una cuenta de ganancias y pérdidas o los correspondientes informes, actas o memorias, falsos o incompletos o informare a la asamblea o reunión de socios, con falsedad o reticencia, sobre hechos importantes para apreciar la situación económica de la empresa, cualquiera que hubiere sido el propósito perseguido al verificarlo. Características de las disposiciones de este artículo Quiénes son agentes directos (autores del delito):  el fundador  el director  el administrador  el liquidador, o  el síndico de o sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones o sociedades cooperativas o ciertas sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades con participación estatal mayoritaria Documentos que pueden ser instrumentos de falsedad  El balance General (ESP)  El inventario.  La cuenta de ganancias y pérdidas (ER)

 Los correspondientes informes o memorias  falsos o incompletos Momento en que nace el delito  Autorización  Publicación  Certifica Elemento dolo o malicia  Actuar a sabiendas El auditor de los Estados Contables  El auditor Externo no puede ser imputado como autor del delito de dictamen falso.  Dictamen Falso ( no tipificado)  Cómplice primario  Cómplice secundario  Caso de las PYME (colabora en la preparación de EECC). La defraudación al cliente.  El delito de estafa (art. 172 C.P.) “Será reprimido con prisión de seis meses a ocho años ,al que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes , crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño  El auditor como agente directo del delito.  Elementos de la estafa  Medios usados  El error en que incurre la victima  El perjuicio que sufre la victima  El beneficio que obtiene el agente directo del delito  El auditor como cómplice secundario  Caso de manipular cifras de ventas . La defraudación a terceros.  El auditor como cómplice primario del delito.  Medios usados  El error en que incurre la victima  El perjuicio que sufre la victima

 El beneficio que obtiene el agente directo del delito  El auditor como cómplice secundario Los delitos fiscales.  Ley 23.771(1990) modificada por la ley 24.769 (96) y 25.292( 2000), establecen sanciones para quienes:  Faciliten la evasión de tributos  Dificulten la percepción yo fiscalización  No actúen como agente de percepción o retención  Etc.  Articulo 15:”El que a sabiendas dictaminare, informare, diere fe,autorizare o certificare actos jurídicos, balances, estados contables o documentación para facilitar la comisión de los delitos previstos en esta ley , será pasible, además de las penas correspondientes por su participación criminal en el hecho, de la pena de inhabilitación especial por el tiempo del doble de la condena. El lavado de dinero  Ley 25.246(2000), trata sobre  Encubrimientos y lavado de activos.  Unidad de información financiera (UIF)  Establece el deber de informar ciertos actos sospechosos independientemente del monto de la misma y abstenerse de informar al cliente o terceros de las actuaciones que este realizando.  Enuncia quienes están obligados a informar ( Prof. De Cs económicas)  Establece un régimen penal administrativo.  No puede invocarse el secreto bancario , fiscal o profesional , ni los compromisos de confidencialidad, cuando solicita el juez competente.  Penalidades por incumplimientos: o Multa de 1 a 10 veces el valor de la operación no informada o Si no se puede establecer el valor: multa de 10.000 a 100.000. Responsabilidad Profesional

 Corresponde a los Consejos Profesionales dentro de sus respectivas jurisdicciones cuidar que se cumplan los principios de ética que rigen el ejercicio profesional de Ciencias Económicas  Art. 21 Inc. c. Ley 20.488  Conceptos de Ética y Moral  a) La ética estudia el problema de los principios que guían la conducta humana, independientemente del conjunto de normas que rijan esa conducta en un momento y lugar dados;  b) La moral estudia estas normas y las distintas formas que adoptan en las comunidades humanas.  Ética: lo que el humano debería hacer  Moral: lo que el ser humano hace en un momento y lugar dados Contenido ideal de un Código de Ética En función de lo expuesto, se deduce que cualquier código de ética debería, como mínimo, enunciar los principios que han de guiar la conducta de las personas comprendidas en su ámbito normativo y facilitar el eventual juzgamiento de tales conductas. Adicionalmente, el código podría incluir normas de actuación coherentes con dichos principios. Principios éticos de cualquier profesión a) Lealtad o “buena fe” b) Desempeño profesional cuidadoso y responsable c) Respeto por sus semejantes d) Discreción El contenido de cualquier lista de principios éticos dependerá, entre otros factores, de la corriente filosófica a que pertenezca el autor que la formula. Responsabilidad Profesionales  Código de ética  Ejercicio profesional consiente y digno. Verdad  No se puede asociar con quienes no tengan titulo  Actuar con integridad, veracidad, objetividad y no intervenir si no se tiene independencia de criterio  Se debe mantener alto nivel de competencia.  No se debe amparar o facilitar actos incorrectos o punibles.

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No se debe interrumpir la prestación del servicio sin notificarlos. No se debe retener documentación. Todo informe debe responder a la realidad. No deben firmar documentación que no haya preparado o supervisado. Nuevos clientes: comunicar fehacientemente al colega. No debe divulgar asunto sin autorización expresa del cliente.

Secreto profesional  La necesidad de guardar secreto profesional está reconocida para todas las profesiones y es incluso requerida por el art. 156 del Código penal  Será reprimido con prisión de seis meses a dos años o multa de quinientos mil a veinte millones de pesos e inhabilitación especial, en su caso, por seis meses a tres años, él que teniendo justicia, por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación puede causar daño, lo revelare sin justa causa. Secreto profesional Código de Ética “... no debe divulgarse asunto alguno sin la autorización expresa del cliente...” “Los profesionales están relevados de la obligación de guardar secreto profesional cuando imprescindiblemente deben revelar sus conocimientos para su defensa personal en la medida en que la información que proporcionen sea insustituible...” Código penal - Art. 156 “Será reprimido... el que teniendo noticia por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación puede causar daño, lo revelare sin justa causa” Responsabilidad Profesionales  Sanciones  Advertencia.  Amonestación Privada.  Amonestación Pública.  Suspensión hasta 1 año  Cancelación de la Matricula. Otras Consecuencias (Organismos de Control)

Responsabilidad del Auditor Interno

Facultad de Ciencias Económicas Universidad Nacional de Misiones

AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio CAPITULO III PLANIFICACION. PROCESO Y EJECUCION DE LA AUDITORIA

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

Planificación. Objetivos. Estrategia de Auditoria. Desarrollo de Programas de sectores. Plan por Etapas. ( Capitulo III.Punto 3.1)

Normas comunes a los servicios de Auditoria, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados (RT·37). Ellas regulan a) la condición básica para el ejercicio profesional en los servicios previstos por la RT 37 b)Normas para el desarrollo del encargo. c) lNormas para Informes. b) Normas para el desarrollo del encargo. Para obtener los elementos de juicio válidos y suficientes que le permitan emitir su opinión o abstenerse de ella sobre los estados contables de un ente, el auditor debe desarrollar su tarea siguiendo los pasos que se detallan a continuación: 1. Obtener el conocimiento apropiado del ente. 2. Identificación del Objeto del Examen 3. Evaluación de la Importancia relativa ( Significación) 4. Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría ( se desarrolla en este capitulo) 5. Reunión de elementos de juicios suficientes. 6. Hipótesis de empresa en funcionamiento 7. Controlar la ejecución de lo planificado. ( se desarrolla en cap. III) 8. Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados 9. Formulación del juicio u opinión final 10. . Emitir el Informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de aplicación. ( se desarrolla en este capitulo)

Planificación ( RT 37) Su tarea debe ser planificada en función de los objetivos del encargo.  El auditor tiene que planificar en forma adecuada su trabajo, teniendo en cuenta:  La finalidad del examen

 El informe a emitir  Las características del ente cuyo EECC son objeto de la auditoria ( Naturaleza, envergadura y otros elementos)  Circunstancias particulares del caso.  La planificación debe incluir:  La selección de los procedimientos a aplicar  Su distribución en el tiempo  La determinación si serán realizados por el auditor o por sus colaboradores.  Preferentemente debe ser por escritos e incluir programas de trabajo detallados. La auditoría debe ser planificada adecuadamente para asegurar su realización en forma eficiente y efectiva y su finalización en forma oportuna. La planificación es dinámica - ocurre a lo largo del trabajo - e incluye varias actividades necesarias para asegurar que la auditoria es llevada a cabo en forma eficiente y efectiva. Planeamiento y administración de la Auditoria  Ventajas  Auditoria eficiente  Facilitar el Control  Alcance  Constancia del Trabajo  Peligros  Trabajos rutinarios  Limitar la creatividad  Crecimiento de los procedimientos  Administración del trabajo  Control de calidad técnica del trabajo  Control del tiempo  Descentralización de la auditoria  Por el auditor  Por una Oficina del mismo estudio  Por medio de otro estudio (Corresponsal)

Programa de Trabajo  Preparación -Elementos  Contenido  Tipos Preparación -Elementos  Antecedentes para planificar  Recopilación de datos necesarios  Oportunidad ( Cuando)  Responsabilidad (quien) Antecedentes para planificar  Tipo de Ente  Naturaleza del negocio  Objetivos del examen  Control Interno en Vigencia  Principios y normas contables  Factores del Contexto  Colaboración del Cliente  Fecha de presentación del Informe  Experiencias anteriores  Primera auditoria-Auditoria Recurrentes Recopilación de datos necesarios  Información contenida en registros del Auditor  Visitas a la empresa  Información General  Actualización de Información  Conocimiento de la actividad económica  Evaluación del Control Interno (vigente al momento del Examen) Oportunidad  Al Iniciar la Auditoria  Al finalizar la evaluación del Control Interno.  Al Finalizar las Auditorias anteriores.  Memo de sugerencias para futuras Auditorias.  Memo de planeamiento. Responsabilidad (quien)  Profesional solo  Estudio Mediano  Grandes Estudios

Etapas de la Planificación a) Planificación Estratégica  Reunir el conocimiento acumulado  Obtener in formación adicional  Definir los términos de referencia  Analizar el negocio del ente y sus riesgos inherentes  Analizar el ambiente del sistema de información  Analizar el ambiente de control  Analizar los cambios en las políticas contables  Tomar decisiones preliminares para los componentes. b) Planificación Detallada  Definición de las afirmaciones  Veracidad  Integridad  Valuación y exposición  Selección de los procedimientos de auditoria  Conocer todos los procedimientos  Seleccionar:  Procedimientos sustantivos  Procedimientos analíticos.  Pruebas detalladas de transacciones y saldos.  Pruebas de controles  Pruebas de cumplimiento.  Pruebas de observaciones.  Preparación de los programas de trabajo  Tipos  Programas estándares o detallados  Guías o recordatorios  Programas específicos  Problemas de una primera Auditoria  Contenido del Programa de trabajo  Área afectada  Objetivo especifico del área  Aspectos fundamentales de Control Interno  Planillas a ser preparadas por el cliente  Procedimientos a aplicar  Alcance de los procedimientos

 Distribución en el tiempo (Visita Preliminar ,Especificas y Final)  Tiempo presupuestado para el procedimiento  Asignación del trabajo  Datos de intervención de otras oficinas o auditoria  Intervención de auditoria interna  Evaluación del riesgo  Identificación de factores de riesgo para cada cuenta y tipo de error potencial  Transacciones procesadas en forma no sistemática  Transacciones que no se encuentran en el curso normal del negocio  Transacciones que registran ajustes  Transacciones inusuales y complejas  Cuentas que tienen una historia de errores  Asientos que registran estimaciones y ajustes de fin de periodo  Frecuentes asientos de ajuste  Falta de reconciliaciones y revisiones  Condiciones particulares del ramos de negociosa del cliente  Activos valiosos y líquidos.  Relación entre los riesgos específicos identificados y los errores potenciales.  Integridad: Transacciones no registradas  Validez : Las transacciones que se registran no existen o no pertenecen al ente  Registro: Las transacciones se registran incorrectamente  Corte: Las transacciones se registran en un periodo equivocado  Valuación: (activos y pasivos incorrectamente valuados)  Exposición: Presentación impropia de la información.  Planeamiento del enfoque o estrategia de auditoria.  Principios de efectividad y eficiencia.  El Plan debe responder adecuadamente a todos los riesgos identificados y proveer un nivel de seguridad razonable para detectar las irregularidades por fraudes y errores importantes.  Principios del planeamiento

 Énfasis en los riesgos de la auditoria en su conjunto y en los riesgos específicos identificados.  Efectuado por equipo de trabajo con experiencia y familiarizado con los negocios del cliente.  Identificar los ciclos del negocio en el que se divide el trabajo, según el riesgo y prever respuesta adecuada para cada uno de ellos.  Por escrito en un memorando de planeamiento y comunicarse a todo el equipo.  Documentarse suficientemente las conclusiones alcanzadas.  Debe revisarse durante el trabajo y a su finalización. Fuentes de seguridad.  Objetivo: Obtener un nivel razonable( no certeza) mediante la combinación de:  Seguridad inherente (estimación de riesgos específicos).  Seguridad sustantiva (Pruebas sustantivas).  Seguridad de control (Prueba de controles).  Seguridad o nivel de confianza: es el grado de probabilidad de que las conclusiones obtenidas por el auditor con su trabajo se correspondan con las que hubieran surgido si su trabajo se hubiera extendido a todo el universo de cuentas y transacciones. (95%)  Riesgo de muestreo: es el grado de probabilidad de que las conclusiones a las que arriba el auditor no se correspondan con las que habrían surgido si su trabajo se hubiera hecho sobre el total de los elementos. (5%) Seguridad Inherente  La seguridad inherente se obtiene a través de la evaluación del riesgo de errores potenciales en cada cuenta significativa de los estados contables.  Existe seguridad inherente para aquellos saldos de cuentas significativos y errores potenciales relacionados para los cuales no se identificaron riesgos específicos. El nivel máximo de seguridad inherente se obtiene en este caso.  Si se hubieran identificado riesgos específicos, la seguridad inherente seria nula.  No existe un nivel intermedio.

Seguridad de Control  La seguridad de control se obtiene mediante la identificación y prueba de controles.  Se clasifica en :  Máxima: se prueba una seguridad razonable que los controles cumplen los objetivos de control relacionados para los cuales se hayan identificado un riesgo especifico. (Las pruebas se hacen con una precisión más rigurosa).  Moderada: se prueba una seguridad razonable que los controles cumplen los objetivos de control relacionados para los cuales no se hayan identificado un riesgo especifico. (Las pruebas se hacen con una precisión menos rigurosa).  Básica : Cuando se identifica e incluyen en un plan de rotación plurianual, pero no se prueban en el año actual una seguridad razonable que los controles cumplen los objetivos de control relacionados para los cuales no se hayan identificado un riesgo especifico Seguridad sustantiva  Se obtiene a través de la realización de procedimientos analíticos, prueba de detalles o una combinación de ambos.  Según el Alcance o extensión de las pruebas , los niveles de seguridad que se obtienen se clasifican en:  Pruebas sustantivas enfocadas (Alto). Identifica un riesgo específico y no confía en las actividades de control. Sin estadísticas.  Pruebas sustantivas de nivel medio. No Identifica un riesgo especifico y no confía en las actividades de control. Con estadísticas.  Pruebas sustantivas de nivel básico. Confía en las actividades de control que mitigan un riesgo específico determinado.  Pruebas sustantivas de nivel básico. No identifica riesgos. Cooperación entre auditoria Externa e Interna  Evaluación de la Competencia y Objetividad de la Auditoria Interna.  Evaluación del trabajo del Auditor Interno.

 Asistencia directa por parte de la Auditoria Interna.  Coordinación de tareas.  Ventajas y limitaciones.

INFORMACION COMPLEMENTARIA NIA 300  PLANEACIÓN DE UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS  Introducción  ALCANCE DE ESTA NIA 1. Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) se refiere a la responsabilidad del auditor para planear una auditoría de estados financieros. Está escrita en el contexto de auditorías recurrentes. Por separado se identifican consideraciones adicionales en un trabajo de auditoría de primer año.  LA FUNCIÓN Y OPORTUNIDAD DE LA PLANEACIÓN 2. Planear una auditoría implica establecer la estrategia general de auditoría y desarrollar un plan de trabajo. La planeación adecuada de una auditoría de estados financieros tiene los siguientes beneficios: (Ref. A1-A3.)  • Ayudar al auditor a dedicar la atención apropiada en las áreas importantes de la auditoría.  • Ayudar al auditor a identificar y resolver problemas potenciales, de manera oportuna.  • Ayudar al auditor a organizar y administrar, de forma apropiada, el trabajo de auditoría, de modo que se desempeñe de manera efectiva y eficiente.  • Asistir en la selección de los miembros del equipo del trabajo con los niveles apropiados de capacidades, así como la competencia para responder a los riesgos previstos, y la asignación apropiada de trabajo a los mismos.  • Facilitar la dirección y supervisión de los miembros del equipo del trabajo, así comola revisión de su trabajo.  • Asistir, cuando sea aplicable, en la coordinación del trabajo hecho por auditores de componentes y/o por especialistas.  REQUISITOS  PARTICIPACIÓN DE MIEMBROS CLAVE DEL EQUIPO DE TRABAJO 5. El socio del trabajo y otros miembros clave del equipo de trabajo deberán involucrarseen la planeación de la auditoría, incluyendo la planeación y participación en la discusión entre miembros del equipo de trabajo. (Ref. A4.)  ACTIVIDADES PRELIMINARES DEL TRABAJO 6. El auditor deberá realizar las siguientes actividades al inicio del trabajo de auditoría recurrente: a) Desempeñar procedimientos que requiere la NIA 220, respecto a la continuidad de

la relación del cliente y del trabajo de auditoría específico.1 b) Evaluar el cumplimiento con los requisitos éticos relevantes, incluyendo la independencia, de acuerdo con la NIA 220;2 y c) Establecer un entendimiento de los términos del trabajo, según requiere la NIA210.3 (Ref. A5-A7.)  PLANEACIÓN DE LAS ACTIVIDADES 7. El auditor deberá establecer una estrategia general de auditoría que fije el alcance, oportunidad y dirección de la auditoría, y que guíe el desarrollo del plan de auditoría. 8. Al establecer la estrategia general de auditoría, el auditor deberá: a) Identificar las características del trabajo que definen su alcance; b) Confirmar los objetivos de los informes del trabajo para planear la programaci d) Considerar los resultados de las actividades preliminares del trabajo y, cuando sea aplicable, si el conocimiento obtenido en otros trabajos desempeñados por el socio del trabajo para la entidad es relevante; y e) Confirmar la naturaleza, oportunidad y extensión de los recursos necesarios para desempeñar el trabajo. (Ref. A8-A11.) 9. El auditor deberá desarrollar un plan de auditoría que deberá incluir una descripción de: a) La naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría planeados para la evaluación del riesgo, según determina la NIA 315.4 b) La naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría adicionales planeados a nivel aseveración, según determina la NIA 330.5 c) Otros procedimientos de auditoría planeados que se requieran realizar para que el trabajo cumpla con las NIA. (Ref. A12.) 10. El auditor deberá actualizar y cambiar la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría, según sea necesario, durante el curso de la auditoría. (Ref. Al3.) 11. El auditor deberá planear la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de los miembros del equipo de trabajo y de la revisión de su trabajo. (Ref.A14.)  DOCUMENTACIÓN

12. El auditor deberá incluir en la documentación de auditoría:6 a) La estrategia general de auditoría; b) El plan de auditoría; y c) Cualesquier cambios importantes hechos durante el trabajo de auditoría a la estrategia general de auditoría o al plan de la misma, y las razones para tales cambios. (Ref. A16-A19.)  CONSIDERACIONES ADICIONALES EN TRABAJOS DE AUDITORÍA DE PRIMER AÑO 13. El auditor deberá emprender las siguientes actividades antes de comenzar una auditoría de primer año: a) Realizar los procedimientos que requiere la NIA 220, respecto a la aceptación del cliente y del trabajo de auditoría específico;7 y b) Comunicarse con el auditor precursor, cuando haya habido un cambio de auditores, en cumplimiento con los requisitos éticos relevantes. (Ref. A20.) Material de aplicación y otro material explicativo La función y oportunidad de la planeación (Ref. Párr. 2) Al. La naturaleza y alcance de las actividades de planeación variarán, de acuerdo con el tamaño y complejidad de la entidad, la experiencia previa con la misma de los miembros clave del equipo de trabajo, y los cambios en circunstancias que ocurran durante el trabajo de auditoría. A2. La planeación no es una etapa independiente de una auditoría, sino más bien un proceso continuo e iterativo que, usualmente, inicia poco después (o en conexión con) de la terminación de la auditoría anterior y continúa hasta que se termina el trabajo de auditoría actual. La planeación; sin embargo, incluye consideración de la oportunidad de ciertas actividades y procedimientos de auditoría que necesitan completarse antes de la realización de más procedimientos de auditoría. Por ejemplo, la planeación incluye la necesidad de considerar, antes de la identificación y evaluación del auditor de los riesgos de errores materiales, asuntos como: • Los procedimientos analíticos que deben aplicarse como procedimientos de evaluación del riesgo. • Obtener un entendimiento general del marco de referencia legal y • El desempeño de otros procedimientos de evaluación del riesgo. A3. El auditor puede tomar la decisión de discutir elementos de la planeación con la administración de la entidad, para facilitar la conducción y administración del trabajo de auditoría (por ejemplo, coordinar algunos de los procedimientos de auditoría planeados con el trabajo del personal de la entidad). Aunque estas discusiones ocurren a menudo, la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría siguen siendo responsabilidad del auditor. Cuando se discuten los asuntos que se incluyen en la estrategia general de auditoría o plan de auditoría, se requiere cuidado para no

comprometer la efectividad dela auditoría. Por ejemplo, discutir la naturaleza y oportunidad de los procedimientos detallados de auditoría con la administración puede comprometer la efectividad de la auditoría al volver demasiado predecibles los procedimientos de auditoría. Participación de miembros clave del equipo de trabajo (Ref. Párr. 5) A4. El involucramiento del socio del trabajo y otros miembros clave del equipo de trabajo al planear la auditoría, aprovecha su experiencia e ideas, enriqueciendo, por lo tanto, la efectividad y eficiencia del proceso de planeación.8 Actividades preliminares del trabajo (Ref. Párr. 6) A5. Desempeñar las actividades preliminares del trabajo que se especifican en el párrafo 6, al principio del trabajo de auditoría, ayuda al auditor al identificar y evaluar hechos o circunstancias que puedan afectar de manera adversa la capacidad del auditor para planear y desempeñar el trabajo de auditoría. A6. Realizar estas actividades preliminares del trabajo facilita al auditor planear un trabajo de auditoría para el que, por ejemplo: • El auditor mantenga la independencia y capacidad necesarias para desempeñar el trabajo. • No haya problemas con la integridad de la administración que puedan afectar la disposición del auditor a continuar el trabajo. • No haya malentendidos con el cliente en cuanto a los términos del trabajo. 8 La NIA 315, párrafo 10, establece requisitos y da lineamientos sobre la discusión del equipo del trabaj Al. La consideración del auditor de la continuidad del cliente y de los requisitos éticos relevantes, incluyendo independencia, ocurre mediante todo el trabajo de auditoría al ocurrir condiciones y cambios en circunstancias. Desempeñar procedimientos iniciales, tanto en la continuidad del cliente como en la evaluación de los requisitos éticos relevantes (incluyendo independencia) al inicio del trabajo de auditoría significa que se hayan completado antes del desempeño de otras actividades importantes para el trabajo actual de auditoría. Para trabajos de auditoría recurrentes, estos procedimientos iniciales a menudo ocurren poco después (o en conexión con) de la terminación de la auditoría previa. LA ESTRATEGIA GENERAL DE AUDITORÍA (REF. PÁRR. 7-8) A8. El proceso de establecer la estrategia general de auditoría ayuda al auditor a determinar, sujeto a la terminación de los procedimientos de evaluación del riesgo del auditor, asuntos como: • Los recursos por desplegar para áreas de auditoría específicas, como el uso de miembros del equipo con experiencia apropiada para áreas de alto riesgo o el involucramiento de especialistas en asuntos complejos; • El monto de recursos qué asignar a áreas específicas de auditoría, como el número de miembros del equipo asignados a observar el

conteo de inventario en localidades importantes, el alcance de la revisión del trabajo de otros auditores en el caso de auditorías de grupo, o el presupuesto de auditoría en horas por asignar a áreas de alto riesgo; • Cuándo van a desplegarse estos recursos, si en una etapa intermedia de la auditoría o en fechas de cortes claves; y • Cómo se administran, dirigen y supervisan estos recursos, en que tiempo se espera tener las sesiones de instrucciones e informativas, cómo se espera que se celebren las revisiones del socio del trabajo y del gerente (por ejemplo, en el sitio o fuera PLANEACIÓN DE UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS El establecimiento de la estrategia general de auditoría y del plan detallado de la misma, no son necesariamente procesos independientes o secuenciales, pero están interrelacionados, ya que los cambios en una, pueden dar como resultados cambios correspondientes al otro.  CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS A PEQUEÑAS ENTIDADES A11. En auditorías de pequeñas entidades, un pequeño equipo de auditoría puede realizar todo el trabajo. Muchas auditorías de pequeñas entidades implican al socio del trabajo (que puede ser un profesionista independiente) que trabaje con un miembro del equipo de trabajo (o sin ningún miembro del equipo de trabajo). Con un equipo más pequeño, la coordinación de, y comunicación entre, los miembros del equipo son más fáciles. Establecer la estrategia general de auditoría para la auditoría de una pequeña entidad no necesita ser un ejercicio complejo o tardado; varía de acuerdo con el tamaño de la entidad, la complejidad de la auditoría y tamaño del equipo del trabajo. Por ejemplo, un breve memorándum preparado a la terminación de la auditoría anterior, con base en la revisión de los papeles de trabajo y subrayando los asuntos identificados en la auditoría recién terminada, actualizado en el periodo actual, con base en discusiones con el gerente-dueño, puede servir como la estrategia de auditoría documentada para el trabajo actual de auditoría si cubre los asuntos anotados en el párrafo 8.  EL PLAN DE AUDITORÍA (REF. PÁRR. 9) A12. El plan de auditoría es más detallado que la estrategia general de auditoría, en cuanto a que incluye la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría a realizar por los miembros del equipo de trabajo. Planear estos procedimientos de auditoría tiene lugar durante el curso de la auditoría al desarrollarse el plan de auditoría para el trabajo. Por ejemplo, la planeación de los procedimientos de evaluación del riesgo del auditor ocurre en los inicios del proceso de auditoría. Sin embargo, planear la naturaleza, oportunidad y alcance de procedimientos adicionales de auditoría específicos, depende del resultado de esos procedimientos de evaluación del riesgo. Además, el auditor puede comenzar la ejecución de procedimientos adicionales de auditoría para algunas clases de transacciones, saldos

de cuenta y revelaciones, antes de planear todos los procedimientos de auditoría adicionales restantes.  CAMBIOS A DECISIONES DE PLANEACIÓN DURANTE EL CURSO DE LA AUDITORÍA (REF. PÁRR. 10) A13. Como resultado de hechos inesperados, cambios en condiciones, o de la evidencia de auditoría obtenida de los resultados de los procedimientos de auditoría, auditor puede que necesite modificar la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría y, de ahí, la naturaleza, oportunidad y alcance planeados de los procedimientos adicionales de auditoría, con base en una consideración revisada de los riesgos evaluados. Este puede ser el caso cuando llega a atención del auditor, la información que difiere de manera importante de la información disponible cuando el auditor planeó los procedimientos de auditoría. Por ejemplo, la evidencia de auditoría obtenida mediante la aplicación de procedimientossustantivos puede contradecir la evidencia de auditoría obtenida mediantes pruebas de los controles.  DIRECCIÓN, SUPERVISIÓN Y REVISIÓN (REF. PÁRR. 11) A14. La naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de los miembros del equipo del trabajo y la revisión de su trabajo varían dependiendo de muchos factores, incluyendo: • El tamaño y complejidad de la entidad. • El área de auditoría. • Los riesgos evaluados de errores materiales (por ejemplo, un aumento en el riesgo de error material evaluado para cierta área de la auditoría, ordinariamente, requiere de un incremento correspondiente en el alcance y oportunidad de la dirección y supervisión de los miembros del equipo del trabajo, y una revisión más detallada de su trabajo). • Las capacidades y competencia de los miembros del equipo en lo personal para el desempeño del trabajo de auditoría. La NIA 220 contiene más lineamientos sobre la dirección, supervisión y revisión del trabajo de auditoría.9  CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS A PEQUEÑAS ENTIDADES A15. Si una auditoría la lleva a cabo, enteramente, el socio del trabajo, no surgen cuestionamientos sobre la dirección y supervisión de los miembros del equipo del trabajo y la revisión de su trabajo. En tales casos, el socio del trabajo, habiendo conducido, de manera personal, todos los aspectos del trabajo, estará enterado de los asuntos de importancia relativa. Formarse una opinión objetiva sobre los juicios he complejos o inusuales, y la auditoría la desempeña un solo profesionista, puede ser deseable consultar con otros auditores con experiencia adecuada o con el órgano profesional del auditor.  DOCUMENTACIÓN (REF. PÁRR. 12)

Al6. La documentación de la estrategia general de auditoría es un registro de las decisiones claves consideradas necesarias para planear de manera apropiada la auditoría y comunicar los asuntos importantes al equipo de trabajo. Por ejemplo, el auditor puede resumir la estrategia general de auditoría en forma de un memorándum, que contiene las decisiones claves respecto al alcance general, oportunidad y conducción de la auditoría. A17. La documentación del plan de auditoría es un registro de la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de evaluación del riesgo y los procedimientos de auditoría, adicionales a nivel de aseveración, en respuesta a los riesgos evaluados. También, sirve como registro de la planeación apropiada de los procedimientos de auditoría que pueden revisarse y aprobarse antes de su realización. El auditor puede usar programas estándar de auditoría o listas de verificación de terminación de auditorías, ajustadas, según sea necesario, para reflejar las circunstancias particulares del trabajo. A18. Un registro de los cambios importantes a la estrategia general de auditoría y al plan de auditoría, y los cambios correspondientes a la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría, explica por qué se hicieron los cambios importantes, así como la estrategia general y plan de auditoría, finalmente, adoptados para la auditoría. También, refleja la respuesta apropiada a los cambios importantes que ocurren durante la auditoría.  CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS A PEQUEÑAS ENTIDADES A19. Según se discutió en el párrafo 11, un memorándum breve, adecuado, puede servir como la estrategia documentada para la auditoría de una pequeña entidad. Para el plan de auditoría, pueden usarse programas estándar de auditoría o listas de verificación (ver párrafo A17) formados en el supuesto de algunas actividades de control relevantes, como es probable que sea el caso en una entidad pequeña, siempre y cuando estén ajustados a los circunstancias del trabajo, incluyendo las evaluaciones del riesgo del auditor.  CONSIDERACIONES ADICIONALES EN TRABAJOS DE AUDITORÍA DE PRIMER AÑO (REF. PÁRR. 13) A20. El propósito y objetivo de planear la auditoría son los mismos, ya sea una auditoría de primer año o un trabajo recurrente. Sin embargo, para la auditoría de primer año, el porque el auditor no tiene, ordinariamente, la experiencia previa con la entidad como en el caso de cuando se planean los trabajos recurrentes. Para un trabajo de auditoría de primer año, los asuntos adicionales que el auditor puede considerar al establecer la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría incluyen los siguientes: • A menos de que lo prohíba la ley o regulación, los arreglos que hay que hacer con el auditor precursor, por ejemplo, para revisar los papeles de trabajo del auditor precursor.

• Cualesquier temas principales (incluyendo la aplicación de normas de información o de normas de auditoría) discutidos con la administración en conexión con la selección inicial como auditor, la comunicación de estos asuntos a los encargados del gobierno corporativo y cómo afectan estos asuntos a la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría. • Los procedimientos de auditoría necesarios para obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría, respecto a los saldos iniciales.10 • Otros procedimientos que requiera el sistema de control de calidad de la firma para los trabajos de auditoría de primer año (por ejemplo, el sistema de control de calidad de la firma puede requerir la participación de otro socio o persona de cierta categoría, para revisar la estrategia general de auditoría, an  Apéndice CONSIDERACIONES AL ESTABLECER LA ESTRATEGIA GENERAL DE AUDITORÍA Este apéndice proporciona ejemplos de asuntos que el auditor puede considerar al establecer la estrategia general de auditoría. Muchos de éstos también influirán en el plan de auditoría detallado del auditor. Los ejemplos cubren una amplia gama de asuntos aplicables a muchos trabajos. Si bien, algunos de los asuntos que se mencionan pueden ser requeridos por otras NIA, no todos los asuntos son relevantes a todos los trabajos de auditoría y la lista no, necesari • El uso esperado de evidencia de auditoría obtenida en auditorías previas, por ejemplo, evidencia de auditoría relacionada con los procedimientos de evaluación del riesgo y pruebas de controles. • El efecto de la tecnología de la información en los procedimientos de auditoría, incluyendo la disponibilidad de datos y el uso esperado de técnicas de auditoría con ayuda de computadora. • La coordinación del alcance y programación esperada del trabajo de auditoría con cualesquier revisiones de información financiera provisional y el efecto en la auditoría de la información obtenida durante estas revisiones. • La disponibilidad de personal y datos del cliente. Objetivos de los reportes, programación de la auditoría y naturaleza de las comunicaciones • El calendario de la entidad para reportar, como etapas intermedias y finales. • La organización de reuniones con la administración y los encargados del gobierno corporativo para discutir la naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo de auditoría. • La discusión con la administración y con los encargados del gobierno corporativo respecto al tipo y oportunidad esperada de los reportes por emitir y otras comunicaciones, tanto escritas como verbales, incluyendo el dictamen del auditor, las cartas de la administración y comunicaciones a los encargados del gobierno corporativo.

• La discusión con la administración respecto a las comunicaciones esperadas sobre el estatus del trabajo de auditoría a lo largo del trabajo. • Comunicación con los auditores de los componentes respecto a los tipos y oportunidad esperada de los reportes por emitir y otras comunicaciones en conexión con la auditoría de componentes. • La naturaleza y oportunidad, esperadas de las comunicaciones entre los miembr Factores importantes, actividades preliminares del trabajo y conocimiento logrado en otros trabajos • La determinación de la importancia relativa (materialidad) de acuerdo con la NIA 32011 y,cuando sea aplicable: 0 La determinación de importancia relativa para los componentes y la comunicación correspondiente a los auditores de los componentes de acuerdo con la NIA 600.12 0 La identificación preliminar de componentes importantes y clases de transacciones, saldos de cuenta y revelaciones. • Identificación de áreas preliminares donde pueda haber un riesgo mayor de errores materiales. • El impacto del riesgo evaluado de errores materiales a nivel general de estado financierosobre la dirección, supervisión y revisión. • La manera en que el auditor enfatiza a los miembros del equipo de trabajo la necesidad de mantener una mente inquisitiva y de ejercer el escepticismo profesional al compilar y evaluar la evidencia de auditoría. • Resultados de auditorías previas que implicaron evaluar la efectividad operativa del control interno, incluyendo la naturaleza de las deficiencias identificadas y la acción emprendida para corregirlas. • La discusión de asuntos, que puedan afectar a la auditoría, con personal de la firma responsable de desempeñar otros servicios a la entidad. • Evidencia del compromiso de la administración hacia el diseño, la implementación y el mantenimiento de un control interno sólido, incluyendo la evidencia de documentación apropiada de este control interno. • Volumen de transacciones, el cual puede determinar si es más eficiente que el auditor pu • Desarrollos importantes del negocio que afectan a la entidad, incluyendo cambios en tecnología de información y procesos de negocios, cambios en administración clave, adquisiciones, fusiones y disposiciones. • Desarrollos importantes de la industria como cambios en regulaciones a la industria y nuevos requisitos para información. • Cambios importantes en el marco de referencia de información financiera, como cambios en normas contables. • Otros desarrollos importantes relevantes, como cambios en el entorno legal que afecten a la entidad.

NATURALEZA, OPORTUNIDAD Y ALCANCE DE LOS RECURSOS • La selección del equipo de trabajo (incluyendo cuando sea necesario, al revisor de control de calidad del trabajo) y la asignación del trabajo de auditoría a los miembros del equipo, incluyendo la asignación de miembros del equipo con experiencia apropiada a áreas donde puede haber mayores riesgos de errores materiales. • Presupuesto del trabajo, incluyendo la consideración del monto adecuado de tiempo por reservar, para áreas donde puede haber mayores riesgos de errores materiales.  NIA 300 APÉNDICE 318

Control Interno: su evaluación. Prueba de cumplimiento: su oportunidad. Controles Claves. (Capítulo III. Punto 3.2)

El sistema de Control Interno El Contador debe: Obtener un conocimiento apropiado de la estructura del ente, sus operaciones, sistemas, su control interno, las normas legales que le son aplicables y las condiciones económicas propias y las del ramo de sus actividades. Este conocimiento tiene que permitir identificar, de ser aplicable, el uso de organizaciones de servicios para llevar a cabo total o parcialmente los procesos que tienen un impacto en la información fuente de los estados contables(RT 37) Control interno y auditoria  El sistema de control interno es una responsabilidad de la administración de los entes.  El auditor evalúa su funcionamiento para determinar la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos de auditoria. Según RT 7, una de la actividades del auditor es la “Evaluación de las actividades de control de los sistemas que son pertinentes a su revisión, siempre que, con relación a su tarea, el auditor decida depositar confianza en tales actividades. Esta evaluación es conveniente que se desarrolle en la primera etapa porque sirve de base para perfeccionar la planificación en cuanto a la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría a aplicar. El desarrollo de este procedimiento implica cumplir los siguientes pasos:  Relevar las actividades formales de control de los sistemas que son pertinentes a su revisión.  Comprobar que esas actividades formales de control de los sistemas se aplican en la práctica.  Evaluar las actividades reales de control de los sistemas, comparándolas con las que considere razonables en las circunstancias.  Determinar el efecto de la evaluación mencionada sobre la planificación de modo de replantear, en su caso, la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos de auditoría seleccionados previamente.

 Emitir, en su caso, un informe con las observaciones recogidas durante el desarrollo de la tarea y las sugerencias para el mejoramiento de las actividades de control de los sistemas examinados.

Según rt 37: 3.5.1. Evaluación del control interno pertinente a la valoración del riesgo, siempre que, con relación a su tarea, el contador decida depositar confianza en el control interno del ente. Esta evaluación es conveniente que se desarrolle en la primera etapa porque sirve de base para perfeccionar la planificación en cuanto a la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría a aplicar. Si el ente utilizase una organización de servicios, es necesaria la obtención de conocimiento sobre ella, incluido el control interno relevante para la auditoría, que sea suficiente para identificar y valorar los riesgos de incorrección material, así como para diseñar y aplicar procedimientos de auditoría que respondan a dichos riesgos. El desarrollo de este procedimiento implica cumplir los siguientes pasos: 3.5.1.1. Relevar las actividades formales de control interno que son pertinentes a su revisión. 3.5.1.2. Comprobar que esas actividades formales de control interno se aplican en la práctica. 3.5.1.3. Evaluar las actividades reales de control interno, comparándolas con las que se consideren razonables en las circunstancias. 3.5.1.4. Determinar el efecto de la evaluación mencionada sobre la planificación, de modo de replantear, en su caso, la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos de auditoría seleccionados previamente.

NIA 400.8: El sistema de control interno significa todas las políticas y procedimientos adoptados por la administración de asegurar tanto como se factible, la conducción eficiente y ordenada del negocio, incluyendo la

adhesión a las políticas de la administración, la salvaguarda de los activos, la prevención y detección de fraude y error, la precisión e integridad de los registros contables, y la oportuna preparación de información contable confiable.

Informe COSO: “el control interno es un proceso llevado a cabo por el directorio, la gerencia y otro personal de una entidad, diseñado para proveer una razonable seguridad de lograr efectividad y eficiencia en las operaciones, confiabilidad en la información contable y el cumplimiento con las leyes y reglamentos aplicables.

Objetivos:  Relativos a las operaciones  Relativos a confiabilidad de la información contable ( fundamental para el auditor externo)  De cumplimiento

Por qué evaluamos el control interno ? 1. El conocimiento de los sistemas y sus controles nos permite conocer el objeto a auditar. 2. El entendimiento de los controles nos permite determinar la naturaleza, alcance y oportunidad de las pruebas a realizar. 3. La confianza en los controles nos permite reducir las pruebas sustantivas. Nosotros como auditores necesitamos:  Entender cabalmente los riesgos del negocio de la Entidad  Poner foco en las actividades criticas del negocio  Entender como se encuentran alineados los objetivos de negocio del cliente y su sistema de controles  Entender y documentar el grado de satisfacción que el management logra de su sistema de controles  Evaluar la efectividad de los controles implantados por la Entidad  Evaluar el grado de confianza que pueden darnos los controles implantados por la Entidad

Beneficios para el negocio del cliente  Identificación de, y foco en, las áreas criticas del negocio  Recomendaciones relevantes que permiten mejorar las operaciones y el esquema de reporting financiero  Periódica comunicación de los principales hallazgos durante el año  Seguridad de que los mecanismos de control funcionan adecuadamente Objetivo de Control de los ciclos de negocios Los objetivos generales de Control interno pueden desagregarse en objetivos particulares relativos a los ciclos del negocio. El auditor tendrá que establecer si las actividades de control que la empresa ha diseñado para cumplir con los objetivos de control le proporcionan suficiente seguridad de control para depositar confianza en ellos y reducir el alcance de las pruebas sustantivas. Componentes del control interno El control interno abarca cinco componentes interrelacionados que deben ser enfocados por el auditor para comprender los procesos de control de la dirección:  El ambiente de control  El proceso contable del cliente  Los controles internos Entre los factores que constituyen el entorno de control se encuentran: o Integridad, valores éticos y estilo de operación de la gerencia. o compromiso de la dirección con la competencia y la razonabilidad de la información contable. o Actitud de la dirección respecto del diseño y mantenimiento de los controles internos contables confiables o Habilidad de la gerencia para controlar el negocio o Actividades del directorio y del comité de auditoria En particular la evaluación del ambiente de control permite  considerar la capacidad de la administración para establecer cálculos y juicios que son necesarios para preparar los estados financieros  evaluar los incentivos y oportunidades de representaciones falsas intencionales o de distorsión de los estados financieros por parte de la administración  evaluar si la administración entiende de manera adecuada los riesgos claves que enfrenta el negocio

 evaluar si la administración cuenta y utiliza información confiable  evaluar si el ambiente de control contribuye al mantenimiento de un sistema contable y procedimientos de control confiables Implicancias de la Evaluación del Ambiente de Control FAVORABLE • La Dirección reconoce que es fundamental para el negocio un sistema de control vigoroso. • La información gerencial a la administración parece ser confiable. • Aplicación de niveles reducidos de pruebas sustantivas. • Confianza en la información suministrada por administración. • El riesgo de fraude se reduce, aunque todavía esta presente. DESFAVORABLE • La administración conoce poco los controles. • La información gerencial puede ser incorrecta o incompleta. • Necesidad de aplicar altos niveles de pruebas sustantivas. • Buscar corroboración adicional a la información de la administración. • Expuesto a cualquier riesgo de fraude durante la auditoría. Como se Evalua?  Indagaciones  Observación  Trabajos Recurrentes Se documenta en el Formulario de Evaluación del Ambiente de Control Fuentes de la evidencia DIRECTA • Información gerencial • Actas de directorio y otros comités • Informes de Auditoría Interna y Externa • Informes de las Calificadoras de Riesgo • Manuales de Procedimiento, etc • Observación de circunstancia INDIRECTA • Discusiones con la gerencia • Comprobación a partir de conversaciones con el personal y observaciones • Conocimiento de factores externos que afecten el negocio o la industria.

Factores a considerar: – Organización, Roles y Responsabilidades • Rol del directorio • Efectividad de la Organización y la gerencia clave • Proceso de evaluación de la administración del riesgo • Políticas y procedimientos relativos a recursos humanos – Integridad • Integridad y valores éticos • Riesgo de exposición errónea intencional en los estados contables • Confiabilidad de las estimaciones de la gerencia – Control • Rol del Comité de Auditoría • Auditoría Interna • Razonabilidad de los planes y control presupuestario de la gerencia • Comisión Fiscalizadora • Auditoría Externa • Calificadoras de Riesgo • Evaluación del Riesgo • Cambios de mercado, normativos y regulatorios – Cumplimiento del Marco Regulatorio • Cumplimiento de normas de organismos de contralor Consideraciones para emitir las conclusiones: – si el ambiente parece ser conducente al mantenimiento de un sistema confiable de controles contables internos – la aparente calidad de los juicios y estimaciones de la gerencia – cantidad de información confiable disponible para la gerencia que permita la conducción y control del negocio en forma efectiva Conclusiones – Se evaluará y concluirá si la estructura organizativa y las responsabilidades de los gerentes clave contribuyen: • Favorablemente • Desfavorablemente • No Influyen – en la habilidad de la entidad para controlar sus actividades.  Evaluación del riesgo por la dirección superior La identificación y evaluación de riesgos en todos los niveles de la entidad y las acciones que toman para manejarlos es un proceso continuo

ejecutado por la gerencia y un componente crítico de la efectividad de los controles. Toda organización debe hacer frente a una serie de riesgos tanto de origen externo como interno que deben evaluarse. Debido a que las condiciones económicas, industriales, normativas y operacionales se modifican de forma continua, se necesitan mecanismos para identificar y hacer frente a los riesgos especilaes de cada organización. La gerencia necesita:  Administrar eficientemente el cambio 

Administrar los riesgos claves del negocio

 Considerar el manejo de los riesgos  Establecer un sistema de controles internos apropiado   Información y comunicación o La información adecuada y oportuna es el elemento central del proceso gerencial de control. o La base informativa está dada por el sistema de información contable.  Los sistemas de información generan informes, que recogen información operacional, financiera que posibilita a la Dirección el CONTROL del negocio.  Evaluar la Calidad de la Información: a. Contiene toda la información necesaria? b. Se obtiene en el tiempo adecuado? c. Es la más reciente? Actualizada? d. Los datos son los correctos? Exactitud? e. Puede ser obtenida fácilmente por las personas adecuadas?  Actividades de monitoreo El monitoreo de actividades es conducido dentro de una organización para determinar si los procedimientos de control se realizan en forma efectiva y uniforme. El éxito de una actividad de monitoreo está en función de:  Su diseño e implementación,  La competencia de quienes la realizan

 Y la extensión de su compresión de la entidad y su ambiente operativo.   Las actividades de control Son las normas y procedimientos que pretenden asegurar que se cumplen las directrices que la Dirección estableció con el fin de controlar los riesgos. Mecanismos para administrarel logro de los objetivos “Procedimientos y políticas establecidos por la gerencia para asegurarse la confiabilidad del sistema de información contable”  Controles sobre las aplicaciones o Transacciones o Mantenimiento de archivos o Protección de activos  Controles generales centro de cómputos Controles sobre transacciones deben asegurar que  Solo se inician, ejecutan y registran transacciones autorizadas (validez / autorización)  Todas las transacciones autorizadas se inician, ejecutan y registran (integridad)  Errores en la ejecución y registración se detectan y corrigen (exactitud) Mantenimiento de archivos:  Mantenimiento de información permanente  Integridad y exactitud en la actualización  Integridad y exactitud de la información acumulada Protección de activos:  Control físico  Separación de funciones / supervisión Controles generales centro de cómputos  Cambios en las aplicaciones (migraciones).  Desarrollos y su posterior implementación  Seguridad de acceso  Controles sobre operaciones 1. Resguardo de las operaciones 2. Recuperación de datos 3. Planes de contingencia Control de Aplicaciones  Controles diseñados para controlar el funcionamiento de las aplicaciones.  Permite asegurar la totalidad y exactitud en el proceso de las transacciones, su autorización y su validéz.  Permite asegurar que todos los datos se procesan y que todas las salidas de datos se distribuyen adecuadamente.

 Si los controles generales no son adecuados NO es posible apoyarse en los controles de aplicaciones. Procedimientos para la implementación de las gerenciales Aprobaciones, Autorizaciones y Verificaciones Revisiones y Reconciliaciones Protección de Activos Separación de Funciones

directivas

Procedimientos:  Separación de función incompatibles  Revisiones  Revisiones analíticas  Revisiones de transacciones  Revisiones de desempeño  Controles del gerente propietario  conciliaciones y comparaciones de activos contra registros  protección física de activos y registros  uso de formularios adecuados  planes y manuales de cuentas  controles sobre el acceso no autorizado a los activos  controles sobre accesos autorizados  controles generales en un sistema PED  Estrategia y planeación de los recursos de información  Operaciones de los sistemas de información  Relaciones con proveedores externos  Seguridad de la información  Planeación de la continuidad del procesamiento electrónico de datos  Implementación y mantenimiento de los sistemas de aplicación  Implementación y soporte de las bases de datos.  Soporte de la Red  Soporte al software de los sistemas  Soporte al hardware de los sistemas Modalidades de la actividad de control o Actividades de control manual (realizadas por individuos).  Se relacionan con los registros que se preparan manualmente y en otros casos se realizan para asegurar que las transacciones que se introducen en un sistema por

computadoras estén completas y se procesan correctamente.  La efectividad depende de la competencia y diligencia de las personas que los realizan. o Procedimientos de control programados ( realizadas por computadoras)  Son realizados directamente por una computadora sin intervención de las personas.  Se caracterizan por la ausencia de uno o más de los siguientes elementos:  Documentos fuentes  Una transacción visible o huella de auditoría.  Salidas visibles o  Evidencia de que se ha aplicado la actividad de control.  Para probar la efectividad hay que realizar “ investigación corroborativa) ***Limitaciones de la estructura de control interno El control interno no puede proporcionar una garantía absoluta, sino que solo permitirá alcanzar una razonable seguridad de que los objetivos se lograran en la medida que se cumplan los controles establecidos debido a las limitaciones inherentes que tiene. La NIA 400.14 menciona las siguientes limitaciones:  El requerimiento de la dirección de que el costo del control no exceda los servicios que proporciona.  La circunstancia de que muchos controles están dirigidos solo a transacciones rutinarias, no aquellas especiales o infrecuentes.  El potencial error humano debido a descuido, distracción, errores de juicio y a falta de comprensión de las instrucciones.  La posibilidad de burlar los controles internos a través de la colusión de un miembro de la administración o un empleado con partes externas o internas de la entidad.  La posibilidad de que los miembros de la dirección, por distintas razones, eludan o no ejerzan los controles establecidos.  La posibilidad de que los procedimientos se vuelvan inadecuados por cambios en las condiciones y que se deteriore su cumplimiento con el paso del tiempo. Otras consideraciones sobre el Control interno  Necesidad  Auditoria de Estados Contables  Auditoria Operativa

 Concepto de Control Interno  Objetivos  Elementos  Principios  Objetivos del Control Interno  Protección de los Activos  Obtención de Información adecuada  Promoción de la eficiencia Operativa  Estimulo de la adhesión a las políticas de la empresa  Elementos del control Interno  Organización  Normas y procedimientos operativos  Personal  Principios del control Interno  En relación a la Organización  En relación a la autorización y ejecución de las operaciones  En relación al personal  Principios relativos a la Organización  Responsabilidad y autoridad definidas  Independencia entre sectores  Alcance de control adecuado  División de trabajo racional  Auditoría Interna dependiente del más alto nivel.  Principios relativos a la Autorización, ejecución y control de las operaciones.  Normas y Proced. Escritos  Controles sobre cumplimiento  Sistemas de evaluación  División de fases de cada operación  Activos físicos segregados y acceso restringido  Medida de seguridad  Políticas de seguros o autoseguros  Formularios adecuados  Archivos adecuados y seguros  Normas y procedimientos contables definidos  Planes de Cuentas Útiles  Usos de cuentas de control y otros procedimientos..  Medios de registros adecuados

 Informes eficientes  Principios relativos al Personal  Calidad del Personal  Capacitación y entrenamiento  Evaluación de la actuación  Política de promociones y remuneraciones  Rotación de puestos  Seguros de fidelidad  Incompatibilidades  Alcance  Control Contable  Control Administrativo  Pasos a seguir  Obtiene el conocimiento y lo registraen sus papeles de trabajo  Como se supone que funciona  Como efectivamente funciona  Identifica los controles en los que confiará  Los pone a prueba para ver cómo funcionan Pruebas de Cumplimiento  Métodos  Descriptivos  Cuestionarios  Cursogramas  Panorámicos  De detalle  Combinado  Pruebas de cumplimiento  Qué controles probar ?  Controles claves  Tipos de pruebas  Reproceso  Examen de evidencia  Obsevación  Alcance de las pruebas (importancia para el auditor)  Frecuencia del control  Respuestas ante las deficiencias

1. Discutir con el cliente y acordar solución: 2. El cliente corrige retroactivamente 3. El cliente implanta procedimientos suplementarios 4. Cambiar naturaleza u oportunidad de los procedimientos 5. Aumentar el alcance 6. Insoluble EFECTO INFORME   Ocasión  Aud. Interna: Continua  Aud. Externa: Visitas Preliminares (Grandes) Visita Anual ( PYMES)  Extensión  Primera Auditoria: Completa  Otras auditorias: Rotativas.  Conclusiones:  Aud. Interna: Toda Debilidad significativa  Aud. Externa: Medio Para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance . Objetivo secundario: Carta de recomendaciones.  Control Interno y Fraude  Errores  Apreciación  Omisión  Comisión  Fraudes  No encubiertos  Encubiertos temporariamente  Encubiertos permanentemente.

Comprender la estructura de control interno y evaluar el riesgo de control Evaluación Preliminar de la Entidad y su negocio Comprensión y evaluación del Ambiente de Control Comprensión del sistema contable y del ambiente de computación Documentación de los controles de monitoreo

A- Máximo: principalmente, pruebas de sustentación

o gerenciales Definición de la Estrategia

B - Inferior al Máximo: combinación adecuada de pruebas de cumplimiento, sustentación y procedimientos analíticos

SI ¿Máximo?

A

NO Documentar controles de las aplicaciones y de Tecnología Informática

C - Bajo: pruebas de control y procedimientos analíticos adecuados

Considerar las consecuencias de los objetivos de control no alcanzados Inferior al Máximo

Bajo ?

Realizar las pruebas de los controles de monitoreo Considerar otros factores que afecten al nivel inferior al máximo B

Realizar pruebas de los controles de las aplicaciones y Tecnología Informática

C

Componentes del Control Interno a evaluar para determinar si el sistema de control es eficaz

Tipos de Prueba de Auditoria. Técnicas para la aplicación de pruebas: con medición estadística.( Punto 3.2) Muestras: selección, métodos, su técnica y aplicación. Otras clases de pruebas y muestreos en Auditoria. . (Punto 3.2)

Muestreo estadístico  Concepto  Universo  Muestra  Muestreo con o sin base estadística.  Razones par Utilizar Muestreo estadístico  Tamaño de la muestra determinada en forma subjetiva  Las conclusiones también son subjetivas.  El muestreo estadístico posibilita:  Disminuir los factores subjetivos  Medir la precisión de las conclusiones y el grado de seguridad  Comprender mejor el trabajo a realizar  Economizar tiempo cuando el universo es grande.  Defender mejor la extensión del trabajo  Posibilitar el mejor planeamiento de trabajo  Condiciones  Masividad  Homogeneidad  Probabilidad igual  Riesgos del muestreo  Precisión  Intervalo de Confianza  Seguridad  Grado de Seguridad o nivel de confianza  Coeficiente de riesgo  Relación entre Precisión y seguridad  Clases de muestreos  Muestreo de aceptación  Muestro de estimación  Estimación de frecuencia  Estimación de variables  Muestreo de descubrimiento  Pasos a seguir

 Estratificación  Mejorar la precisión total de los resultados  Emplear muestras totales mas pequeñas  Reducir las distorsiones  Brindar mayor atención a ciertos elementos.  Fijación de la muestra ( Formulas matem- Tablas)  Elección de los ítems de la muestra  Tabla de números aleatorios  Sistemático: Al azar el punto de partida y elegir el enésimo término.  Muestro por conglomerados. Por grupos de individuos.  Evaluación de los resultados del examen  Estimación de frecuencias  Utilidad  Planes  El desarrollado por Hill, Roth y Arkin.  El método parar-o- seguir.  Tamaño de la muestra:  La máxima tasa de error aceptable  El grado de seguridad deseado  El tamaño del universo  Un plan basado en el teorema de Bayes.  Estimación de variables  Utilidad  Base matemática  Procedimiento

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AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio CAPITULO IV Papeles de trabajo

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

CAPITULO IV PAPELES DE TRABAJO 4.1 Papeles de trabajo: objetivos y contenido. Organización, conservación, normas, requisitos. 4.2 Disposiciones profesionales sobre su alcance y uso. Conservación. Propiedad. 4.3 Objetivos perseguidos. Legajos. Revisión. Exhibición.

2. Documentación del encargo ( RT 37) 2.1. El contador debe documentar apropiadamente su trabajo profesional en papeles de trabajo.( frase no incluida en RT 7) Es decir, que los Papeles de trabajo son los elementos que permiten acumular las evidencias recogidas a través del proceso de auditoria, 2.2. Los programas de trabajo escritos con la indicación de su cumplimiento y los elementos de juicio válidos y suficientes reunidos por el contador en el desarrollo de su tarea constituyen el conjunto de sus papeles de trabajo. 2.3. Los papeles de trabajo deben contener: 2.3.1. La descripción de la tarea realizada. 2.3.2. Los datos y antecedentes recogidos durante el desarrollo de la tarea (en adelante, los elementos de juicio), ya se tratare de aquellos que el contador hubiere preparado o de los que hubiere recibido de terceros. 2.3.3. Las conclusiones particulares y generales. NIA200: DEFINICIONES Es conveniente empezar por conocer el significado de dos términos que serán constantemente utilizados en el contexto de este trabajo y éstos son: a. Documentación de auditoría: La documentación de auditoría es conocida también como:"papeles de trabajo”. Y se refiere al registro de los procedimientos llevados a cabo en la auditoría, es decir, la evidencia más relevante obtenida en el transcurso de la auditoría; incluye también las conclusiones a las que llegó el auditor. b. Auditor con experiencia: se refiere a una persona (interna o externa) que posee un entendimiento razonable de: 1. los procesos de auditoría; 2 .las NIAS y los requisitos legales y de regulación aplicables; 3. el entorno del negocio en el que opera la entidad; y 4. asuntos de auditoría e información financiera relevantes para la industria de la entidad.

 Necesidad: No Cuenta con los comprobantes respaldatorios Objetivos de los Papeles de trabajo Objetivos básicos  Sirve de base para la preparación del Informe  Elemento de prueba de la realización del trabajo de acuerdo a las Normas. Nia 200: El auditor deberá preparar, de manera oportuna, la documentación de auditoría que proporcione: a) Un registro suficiente y apropiado de la base para el dictamen del auditor. b) Evidencia de que la auditoría se desempeñó de acuerdo con las NIA y losrequisitos legales y de regulación aplicables. Preparar oportunamente documentación suficiente y apropiada de la auditoría, ayuda a enriquecer la calidad de la misma y facilita la revisión y evaluación efectivas de la evidencia de auditoría obtenida así como las conclusiones alcanzadas antes de que se finalice el dictamen del auditor. Es probable que la documentación que se prepara en el momento en que se desempeña el trabajo sea más precisa que la documentación que se prepara posteriormente. Objetivos Complementarios  Facilita la administración del Trabajo  Sirve como antecedentes de futuras auditorías o auditoria de empresas similares  Ayuda a la evaluación del desempeño del personal  Brinda elementos de ayuda en la prestación de otros servicios (Liquidación de Impuestos)  Permite la delegación de tareas.  Permite informar al cliente sobre deficiencias observadas. NIA 200. Además de estos objetivos ( principales) , la documentación de auditoría sirve para un número de fines, incluyendo: a) Ayudar al equipo de auditoría a planear y desempeñar la auditoría. b) Ayudar a los miembros del equipo de auditoría responsables de la supervisión a dirigir ysupervisar el trabajo de auditoría, así como a descargar sus responsabilidades de revisión de acuerdo con la NIA 220, Control de calidad para auditorías de información financiera histórica. c) Facilitar al equipo de auditoría la rendición de cuentas por su trabajo.

d) Retener un registro de asuntos de importancia continua para futuras auditorías. e) Habilitar a un auditor con experiencia para conducir revisiones e inspecciones de control de calidad1 de acuerdo con la NICC (ISQC) 1, Control de calidad para firmas que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera histórica, y otros trabajos para atestiguar y servicios relacionados. f) Habilitar a un auditor con experiencia a conducir inspecciones externas de acuerdo con los requisitos legales, de regulación y otros aplicables. NATURALEZA DE LA DOCUMENTACIÓN DE AUDITORÍA La documentación de la auditoria puede hacerse en papel, película, medios electrónicos, u otros medios. El medio queda a criterio del auditor. Además de los medios anteriormente mencionados, el auditor puede utilizar programas de auditoría, análisis, memorandos de asuntos, resúmenes de asuntos importantes, cartas de confirmación y representación, listas de verificación, y correspondencia (incluyendo correo electrónico). Cuando el auditor considere apropiado pueden incluirse sumarios o copias de los registros de la entidad ,por ejemplo, contratos y acuerdos importantes y específicos. Sin embargo es importante tomar en cuenta que esto no constituye un sustituto de los registros contables de la entidad. El Sumario es llamado también Memorando de Terminación, éste debe describir los asuntos importantes identificados durante la auditoria y la forma en la cual se van a tratar. Además facilita y hace más eficientes y efectivas las revisiones e inspecciones de la documentación de auditoría, especialmente para auditorías grandes y complejas. La documentación de auditoría para un trabajo específico, se reúne en un archivo de la auditoría. La documentación de auditoría debe ser preparada de tal manera que si en determinado momento otro auditor con experiencia necesite tener acceso a ella por cualquier motivo, pueda entender: la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría desempeñados; los resultados y la evidencia de auditoría obtenida, así como las conclusiones obtenidas durante la auditoría. Origen y confiabilidad  Confeccionados por el propio Auditor  Recibidos de terceros  Generados por el Cliente Formas de la evidencia

 Examen Físico  Confirmación  Documentación  Observación  Declaraciones hechas por el cliente  Verificación de Cálculos y asientos  Comparación de los saldos de las cuentas y otra Información Papeles de trabajo típicos  Evaluación del control interno  Registros de datos sobre el funcionamiento  Resumen de puntos importantes  Proceso de auditoria  Identificación de las afirmaciones  Estados Contables  Balance de comprobación  Hojas guías  Resúmenes de hojas guías  Análisis de cuentas  Notas sobre procedimientos, principios y normas contables.  Evaluación de la importancia relativa  Anotaciones sobre lo anterior  Obtención de evidencias suficientes  anotaciones sobre procedimientos aplicados  constancias de inspecciones oculares  confirmaciones recibidas de terceros  pedidos de confirmación  planillas resúmenes de confirmación  cálculos realizados  notas resultantes de revisiones conceptuales  comparaciones entre informaciones  resúmenes o copias de documentación importante  notas sobre indagaciones orales  cartas obtenidas de la gerencia  comentarios y explicaciones obre actividades y condiciones.  Evaluación de la validez de los elementos obtenidos  Explicación sobre la validez y suficiencia de los elementos de juicio obtenido.  Formulación del paso final  Conclusión de cada rubro y área  Conclusiones finales o general

Utilización del sistema de referencia Codificación (Índices)  Para relacionar cifras entre dos Hojas se utiliza los códigos.  Para relacionar cifras dentro de un a misma Hoja se puede utilizar números en circulo ( o Una línea si ay proximidad entre ellos)  Para relacionar Observaciones y Comentarios sobre una Cifra se puede utilizar números romanos. Marcas o Tildes Datos mínimos de cada Hoja.  Nombre de la empresa  Titulo  Tema o naturaleza del trabajo  Fecha del examen  Código de referencia  Numero de hoja  Iniciales de quien confecciono y fecha  Iniciales de quien reviso y fecha  Papeles de trabajo Propiedad Son de propiedad del auditor y en principio no deben ser exhibidos a terceros Exhibición Exhibiciones mas Frecuentes:  Ante Otros auditores  Inspecciones de Organismos de contralor (Bolsa de Com. de Bs As)  Poder Judicial Recaudos a Tomar en la exhibición  Autorización del Cliente  Presencia del Auditor en la lectura de terceros. Conservación Tiempo La RT 7 establece: por el Plazo que fijen las Normas legales o por seis años, el que fuera mayor. La RT 37 establece: por el Plazo que fijen las Normas legales o por diez años, el que fuera mayor. Pautas de Conservación  Medidas de protección durante su permanencia en las Oficinas de Clientes

 Estado de Conservación de los mas perfecto posible.  Oficinas Requisitos para su preparación  Deben cumplir con los objetivos  No deben contener datos superfluos  Diseño lógico (orden , legibilidad y lenguaje sobrio,)  Deben ser completos.  Elementos de juicio examinados perfectamente identificados  Explicaciones y observaciones claras y concisas  Se debe indicar el alcance del trabajo realizado  Fuente de donde surge la información  Evaluación de la razonabiliadad de las diferencias  Conclusión del trabajo realizado  Observaciones que afectan a los Estados Contables  Observaciones sobre el Control Interno  Oficinas Control del trabajo realizado  Autorrevisión  Revisión PAPELES DE TRABAJO TIPICOS- Parte general Preparados por terceros ajenos al ente  Carta de asesores legales  Carta de confirmación de compañías de seguros Preparados por el cliente  Carta de manifestaciones de la gerencia  Borrador de los estados contables  Balance de comprobación de saldos Preparados por el auditor.  Aspectos a tener en cuenta por el profesional.  Ajustes sugeridos por auditoria y aceptados por el cliente  Resumen de ajustes no contabilizados  Programa de trabajo resumido o recordatorios de procedimientos de auditoria  Sugerencia para futuros exámenes  Conclusiones a la que se arriba en las evaluación de las actividades de control  Conclusiones sobre la revisión del ajuste por inflación.  Planilla control del tiempo utilizado. PAPELES DE TRABAJO TIPICOS- Parte especifica Preparados por terceros ajenos al ente.  Confirmaciones de saldos de bancos deudores y acreedores.  Confirmaciones por bienes del ente en poder de terceros y viceversa.  Resúmenes de cuenta

Preparados por el cliente  Composición del saldo de cuentas  Declaraciones juradas de impuestos planillas de diferimiento de seguros  Conciliaciones bancarias Preparados por el auditor  Planillas resumen de cada rubro (planilla llave ,carátula)  Hojas de comentarios o notas  Hojas de trabajo realizado o programa de trabajo especifico  Detalles de arqueos/Detalles de recuentos selectivos  Copias, resúmenes o fotocopias de documentos de importancia.

Legajos y archivos  Legajo permanente  Legajo permanente  Legajo Acumulativo de planificación  Legajo de correspondencia e informes  Legajos corrientes  Legajo de planeamiento  Legajo General  Legajo de revisión de rubros  Legajo de Circularizaciones LEGAJOS PERMANENTES Legajo permanente Objetivos  Permitir el conocimiento del Negocio  Servir de base para la planificación  proporcionar datos válidos para mas de un ejercicio Contenido  Datos del Negocio  Descripción del negocio  Instrucciones recibidas del cliente y de los auditores corresponsales  Reuniones de directorios y asambleas  Contratos Importantes  Propiedad de bienes registrables  Sociedades vinculadas  Manuales de organización y procedimientos ./Planes y manuales de cuentas  Informes o cartas de recomendaciones  Normas Profesionales y principios contables  Estados Contables  Análisis e interpretación de estados Contables. Legajo acumulativo de planificación

Concepto  Contener toda aquella información que sirve para la planificación de la auditoria de años venideros.  Deberán contener los originales de aquellos papeles que puedan ser incorporados sin modificaciones o con muy pocas modificaciones años a año Contenido  Papeles de trabajo a ser preparados por el Cliente  Datos permanentes para planeamiento  Originales de elementos de planificación  Puntos de atención para futuras auditorias. Legajo de correspondencias e informes Contienen la correspondencia con el cliente e informes emitidos. Normalmente es llevado por la secretaria del socio a cargo del trabajo. LEGAJOS CORRIENTES Legajo de Planeamiento Contendrá la descripción detallada de los procedimientos a seguir en el desarrollo del trabajo. Contenido  Memorándum general de Programación  Control del tiempo (Individual y General)  Evaluación de la auditabiliadad y del riesgo profesional.  Guías de orientación sobre importancia relativa (significación)  Identificación de los tipos importantes de transacciones y sus fuentes  Descripción del sistema de control interno  Relación entre tipos importantes de transacciones y cuentas  Programa de las pruebas de observación, de cumplimiento y sustantivas  Memo del diseño del enfoque de auditoria  Sindicatura. Legajo general Contendrá elementos de juicio y procedimientos vinculados con la auditoria del ejercicio corriente, pero que no se encuentra relacionado directamente con algún rubro de los estados contable Contenido Estados contables para publicación. (versión definitiva)./Otros EECC (en M.E)/ Reclasificaciones y aperturas para exposición. /Aspectos a tener en cuenta para el armado de estados contables y en el informe. /Puntos de atención para el socio. /Carta de gerencia/ Carta de abogados / Ajustes propuestos al cliente / Incidencia de ajustes menores/ Actas de directorio asamblea y otras correspondientes al ejercicio./ Checklist sobre completamiento y cuestionarios de revisión./ Datos para el corte de Operaciones/ Observaciones generales./ Libros rubricados /Revisión de hechos

posteriores./ Sindicatura /Resumen y control de circularizaciones /Puntos para la atención del Depto de Impuestos, memos y cuestionario. Legajo de revisión de rubros Contendrá las evidencias recogidas en nuestra tarea, a través fundamentalmente de pruebas sustantivas, realizadas en los distintos rubros del los estados contables. Contenido  Balanceo de Planilla sumarias Patrimoniales  Balanceo de Planillas sumarias de resultados  Hojas de cada rubro.  Hoja Llave  Pruebas sustantivas. Legajo de circularizaciones Incluirá la información referida a las confirmaciones solicitadas a terceros. Contenido:  Clientes Locales  Clientes del exterior  Compañías Financieras  Inversiones  Fondos Fijos  Activos en poder de terceros  Acreedores Financieros  Otros Créditos  Proveedores locales  Proveedores del exterior  Otras deudas  Propiedad de bienes registrables  Compañías de seguros  Activos de propiedad de terceros INFORMACION COMPLEMENTARIA OTROS TEMAS ABORADADOS POR LAS NIA: FORMA, CONTENIDO Y EXTENSIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE AUDITORÍA Los papeles de trabajo deben ser preparados lo suficientemente completos y detallados con el fin de que haya una mejor comprensión de la auditoría. Para ello, es necesario considerar que, tanto la Forma, Contenido y Extensión de la documentación dependen de factores como:

a) La naturaleza de los procedimientos de auditoría que se van a desempeñar; b) Los riesgos identificados de representación errónea de importancia relativa; c)El grado de juicio que se requiere para desempeñar el trabajo y evaluar los resultados; d)La importancia de la evidencia de auditoría obtenida; e)La naturaleza y extensión de las excepciones identificadas; f)La necesidad de documentar una conclusión o la base para una conclusión no fácilmente determinable, con la documentación del trabajo desempeñado o la evidencia de auditoría obtenida; g)La metodología y herramientas de auditoría empleadas. No obstante, no es ni necesario ni posible documentar cualquier asunto que considere el auditor en el transcurso de la auditoría. Como anteriormente se mencionó, la forma de documentar la evidencia va a depender del auditor, pero, hay que tomar en cuenta que las explicaciones verbales del auditor no constituyen un soporte adecuado del trabajo desempeñado o de las conclusiones obtenidas. Aunque si, son muy útiles para explicar o aclarar la información que contiene la documentación de auditoría.

   

DOCUMENTACIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS QUE IDENTIFICAN APARTIDAS O ASUNTOS ESPECÍFICOS QUE SE SOMETEN APRUEBA Se debe documentar la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría que fueron desempeñados, para ello el auditor debe registrar las características que identifican a las partidas, o bien, a los asuntos específicos que fueron sometidos a prueba durante la auditoría. Esto servirá para varios propósitos, como por ejemplo: Para que el equipo de trabajo pueda rendir cuentas por su trabajo y la investigación de excepciones o inconsistencias sea más sencilla. Es imprescindible saber que las características de identificación van a variar según la naturaleza del procedimiento de auditoría, y de la partida o asunto sometido a prueba. Por ejemplo: En una prueba detallada de órdenes de compra generadas por la entidad,el auditor puede identificar los documentos seleccionados para prueba por sus fechas y números de orden; Para un procedimiento de observación, el auditor puede registrar el proceso o materia principal que se observa, las personas relevantes, sus respectivas responsabilidades, así como dónde y cuándo se realizó la observación. ASUNTOS DE IMPORTANCIA

Cuando se necesita saber si un asunto es o no de importancia, se requiere un análisis objetivo de los hechos y las circunstancias. Los asuntos de importancia incluyen: a) Entendimiento de la entidad y su entorno; b) Evaluación de los riesgos de representación errónea de importancia relativa; Resultados de procedimientos de auditoría que indican: *Que la información financiera pudiera ser una representación errónea de importancia relativa, o *Una necesidad de revisar la evaluación previa del auditor de los riesgos de representación errónea de importancia relativa y las respuestas del auditor a esos riesgos. d) Circunstancias que causan una dificultad importante al auditor para aplicar los procedimientos de auditoría necesarios. e) Recomendaciones que pudieran dar como resultado una modificación al dictamen del auditor. Es necesario que el auditor documente adecuadamente las discusiones sobre asuntos importantes con la administración, otros funcionarios, los encargados del gobierno corporativo, otro personal de la entidad, partes externas, o bien, con personas que presten asesoría profesional a la misma. Debe documentarse cuándo y con quién tuvieron lugar dichas discusiones. La documentación puede incluir no solo registros preparados por el auditor, sino pueden también otros registros como actas de reuniones. En el caso de que el auditor haya identificado información que contradiga o sea inconsistente con su conclusión final respecto de un asunto importante, debe documentar cómo manejó dicha contradicción o inconsistencia al elaborar la conclusión final. IDENTIFICACIÓN DELPREPARADOR Y DE REVISOR Al documentar la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría desempeñados, el auditor deberá registrar: a)Quién desempeñó el trabajo de auditoría y la fecha en que se terminó ese trabajo. b)Quién revisó el trabajo de auditoría desempeñado y la fecha y extensión de dicha revisión, es decir los puntos exactos de la revisión. El requisito de documentar quién revisó el trabajo de auditoría que se desempeñó no implica la necesidad de que cada papel específico del trabajo incluya evidencia de la revisión. La documentación de auditoría, sin embargo, da evidencia de quién la elabora y quien la revisa. COMPILACIÓN DEL ARCHIVO FINAL DE LA AUDITORIA El auditor deberá completar, la compilación del archivo final de la auditoría después de la fecha del dictamen del auditor. Completar la compilación del archivo final de la auditoría después de la fecha del

dictamen del auditor, es un proceso administrativo que no implica el desempeño de nuevos procedimientos de auditoría ni la elaboración de nuevas conclusiones. Sin embargo, es posible hacer cambios a la documentación de auditoría durante el proceso final de compilación, si son de naturaleza administrativa. Los ejemplos de estos cambios incluyen: Suprimir o desechar la documentación reemplazada. Seleccionar, cotejar y hacer referencias cruzadas de los papeles de trabajo. Dar por terminadas las listas de verificación relativas al proceso de compilación del archivo. Documentar la evidencia de auditoría que el auditor ha obtenido, discutido y acordado con los miembros relevantes del equipo de auditoría antes de la fecha del dictamen del auditor. Después de completarse el archivo final de la auditoría, el auditor no deberá suprimir o descartar documentación de auditoría antes del final de su periodo de retención. CAMBIOS A LA DOCUMENTACIÓN DE AUDITORÍA EN CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DESPUÉS DE LA FECHA DEL DICTAMEN DEL AUDITOR Cuando surgen circunstancias excepcionales después de la fecha del dictamen del auditor que requieran que este profesional desempeñe procedimientos de auditoría nuevos o adicionales, que lo lleven a alcanzar nuevas conclusiones, el auditor deberá documentar: a) Las circunstancias que se encuentran. b) Los procedimientos de auditoría nuevos o adicionales que se desempeñaron,la evidencia de auditoría obtenida y las conclusiones alcanzadas. c) Cuándo y quién hizo y (donde sea aplicable) quien revisó los cambios resultantes a la documentación de auditoría.

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AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio Capitulo V Rubros. Cuentas y operaciones especificas. Procedimientos

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

Rubros. Cuentas y operaciones especificas. Procedimientos (Capitulo V)

Aspectos Generales  Enfoque de la Auditoria  Objetivos del examen  Principios y Normas Contables  Control Interno  Procedimientos de Auditoria  Papeles de Trabajo  Planeamiento y administración  Comienzo de la Auditoria  Preparación del Legajo Permanente  Evaluación del Control Interno General  Identificación de las Afirmaciones contenidas en los estados Contables  Evaluación de la Importancia relativa  Otras Tareas  Problemas de una Primera Auditoria  Rubros  Caja y Bancos  Inversiones  Créditos Por ventas  Bienes de Cambio  Bienes de Uso  Activos Intangibles  Cuentas a Pagar  Pasivos Financieros  Remuneraciones y Cargas Sociales a Pagar  Impuestos Previsiones y otras Cuentas  Patrimonio Neto  Conclusión de la auditoria

Caja y Bancos. Egresos e ingresos de Fondos. (Punto 5.1)

Caja y Bancos  Concepto: Incluye el dinero en efectivo en caja y bancos del país y del exterior y otros valores de poder cancelatorio y liquidez similar.  Esto es que se incluyen aquellos activos que poseen las siguientes características:  Liquidez Inmediata  Poder Cancelatorio ilimitado  Es decir, que vamos a encontrar los siguientes Elementos  Dinero y valores en Caja  Dinero en Cuentas Bancarias  Las cuentas más comunes en este rubro son las que se describen a continuación:  Caja.  Caja chica.  Fondo fijo.  Valores a depositar (Ver tratamiento de cheques diferidos )  Bancos cuenta corriente.  Bancos cuenta corriente en Moneda Extranjera.  Moneda Extranjera.  Objetivo del examen.  Resumen de normas contables  Medición  Moneda local : Valor Nominal  Moneda extranjera: tipo de cambio comprador vigente al cierre  Exposición  Discriminar en nota los conceptos.  Las restricciones a la disponibilidad deben informarse por nota  Analizar la exposición de Cheques diferidos recibidos.  Los Cheques diferidos emitidos no deben disminuir el saldo de la cuenta del banco girado y se exponen como pasivos.

 Los saldos acreedores en Cta. Cte. bancarias se exponen como deudas. Caja y Bancos (Control Interno)  En relación a la estructura organizativa  En relación al manejo de fondos  En relación a los Fondos en caja  En relación a las cobranzas  En relación con los pagos de cheques  En relación con los desembolsos en efectivo  En relación a los canjes de cheques  En relación a los procedimientos y registros contables Riesgos:  

La posibilidad tanto de desaparición de fondos como del manejo temporáneo del los mismos (bicicleta financiera). Las decisiones inadecuadas tomadas con respecto al manejo de fondos, pudiendo generar inmovilizaciones de los mismos o falta de ellos en momentos de necesidad imperiosa.



La inclusión en los Estados Contables de fondos inexistentes o irregulares, o la omisión de la inclusión en dichos estados de fondos disponibles propiedad del ente.



La incorrecta medición de las disponibilidades del ente auditado con respecto al cierre del Estado Contable, ya sea por valores superiores o inferiores a los reales

Control de los sistemas Los procesos involucrados son, principalmente los relacionados con los ingresos y egresos de fondos. Cobranzas: el riesgo típico es la retención de cobranzas, no ingresándolas en caja. Estas irregularidades pueden encubrirse dificultando su detección mediante maniobras como:  



Omisión de registrar operaciones Manipuleo de registros: registrando créditos ficticios en las cuentas de los clientes como descuentos o bonificaciones. Traslapo: Interceptar cobranzas de un cliente con uno que paga después, de manera que el faltante queda siempre en la cuenta de un cliente que realizo pagos en fechas más recientes.



Manipuleo de documentos.

Pagos: las irregularidades más frecuentes son los pagos indebidos por montos superiores a los reales o no autorizados, pagos de deudas a beneficiarios inexistentes, emisión de cheque para fines ajenos a los de la empresa. Algunos métodos para encubrir estas irregularidades son:  

Manipuleo de registros Manipuleo de documentos: elaborando documentos ficticios para justificar la salida de dinero.

Riesgo de auditoria 



Riesgo inherente: un primer riesgo es de ser altamente vulnerable para la comisión de acciones dolosas, además pueden cometerse errores en las operaciones, esto esta en relación directa con el volumen de fondos que maneja la empresa. Riesgo Control: El alto riesgo inherente del rubro exige que se instrumentes numerosos controles, los más relevantes son la adecuada separación de funciones entre quienes tienen a su cargo las funciones de manejo de fondos. Ej.: doble firma en los ch/, etc.

Caja y Banco (Procedimientos) Corte de operaciones de ingresos y egresos:  Recibos  Facturas  Boletas de deposito  Órdenes de pago  Cheques Fondos Fijos  Arqueo del fondo fijo. Al Cierre: Es la prueba dirigida para verificar la existencia de fondos al cierre.  Condiciones de Validez:  Que esté presente el responsable de los fondos que recontamos.  Que el arqueo se haga en forma simultánea en los lugares donde vamos a recontar. Arqueos Sorpresivos: Tienen por objetivos evaluar y verificar el control interno vigente

 Verificar que no se incluyan en el saldo gastos efectuados y no rendidos.  De ser así proponer su reclasificación a gastos.  Si el concepto de la cuenta es mantener el saldo fijo, se debe hacer una reposición al cierre del ejercicio (alternativa preferible a provisionar los saldos).  Revisar las primeras rendiciones posteriores al cierre a fin de detectar gastos no devengados en el periodo auditado.  Se puede utilizar una confirmación a los custodios de los Fondos fijos ( cuando los montos y la distancia lo justifiquen) Cuentas Bancarias Reconciliaciones Bancarias Las partidas conciliatorias se dividen en dos tipos: Transitorias: Son aquellas que se solucionan con el mero paso del tiempo, por ej.: los depósitos pendientes de acreditación en banco. Definitivas: Son aquellas que no cambian por el paso del tiempo. Las primeras no se ajustan, en tanto que las segundas, siempre se ajustan.  Verificar el cruce de los saldos que figuran en la conciliación: el saldo contable (con el mayor/balance de saldos) y el saldo según extracto (con el extracto bancario) que figura.  Verificar la sumatoria y lógica de la conciliación.  Analizar las partidas pendientes, enfatizar en las partidas antiguas. o Depósitos Pendientes: verificar que la boleta de depósito sea anterior al cierre y la acreditación en extracto posterior al cierre. o Cheques pendientes de cobro: Verificar que el número de cheque sea anterior al primero en blanco según el corte de chequeras realizado, que exista un recibo con fecha anterior al cierre y que sea debitado en el resumen de cuentas posterior al cierre del ejercicio. Es decir que, La existencia de cheques propios en poder de la empresa, que aun no han sido entregados al proveedor deben considerarse disponibilidades, y el pasivo como no cancelado  Los cheques diferidos no deben figurar como pendientes en la conciliación ( excepto los ya vencidos y no cobrados), sino como

un pasivo financiero ( verificar que exista un recibo anterior a la fecha de cierre)  Analizar las otras partidas conciliatorias ( Gastos bancarios, transferencias, etc.)  Proponer los asientos de ajuste necesarios y plantear nuevamente la conciliación teniendo en cuenta dichos ajustes (deben quedar únicamente las partidas conciliatorias transitorias). Circularizaciones a Entidades Financieras  Enviar una carta a todos los bancos con el cual opera la empresa auditada.  La confirmación que se utiliza es del tipo ciega, es decir aquella en la que se le pide a la entidad que envíe información sobre el saldo que tiene la empresa.  Si bien la utilidad de esta carta es mayor en otros rubros, se puede solicitar el saldo de todas las cuentas bancarias que la empresa posee en la entidad.  Contenido: o Saldos de cuentas bancarias o Préstamos obtenidos o Garantías otorgadas o Plazos Fijos o Valores en custodia y/o garantía o Otros de interés para el auditor. Valores a Depositar  Efectuar un arqueo de valores (Considerar las mismas características de lo explicado en arqueo de fondo fijo)  Verificar los Ingresos con la sumatoria de Recibos.  Debemos cotejar que el saldo contable coincida con el arqueado oportunamente y verificar la acreditación de los mismos en los extractos bancarios (validación de la cobrabilidad).  En general, No se deben incluir los valores posdatados, pues éstos constituyen un crédito por tratarse de valores con menor grado de liquidez.  Por lo que sólo exponemos dentro de Caja y Bancos solo aquellos que tengan capacidad de ser utilizados para cancelar pagos (vía endoso) y que la intención de la empresa sea la descripta. No se

debería establecer plazos de vencimientos, sino analizar cada caso en particular. Moneda Extranjera  Efectuar un arqueo de valores  Se valúa al tipo de cambio comprador vigente al cierre.  El tipo de cambio se puede obtener de diarios especializados, publicaciones de la AFIP, correspondiente al cierre del ejercicio que estamos analizando.  Todos los saldos en Moneda Extranjera deben ser informados mediante Anexo.  No olvidar informar en Nota los saldos incluidos en cada cuenta en Moneda Extranjera, tipo de cambio utilizado y total en Pesos. Según el art. 63 y 64 de la Ley 19.550 es obligatorio presentar este anexo. Caja y Bancos (Papeles de Trabajo)  Copia de las Conciliaciones Bancarias  Confirmaciones obtenidas de los Bancos  Detalles de Arqueos  Análisis de Saldos de fondos fijos y cobranzas  Confirmaciones escritas de custodios de fondo fijos

Créditos por ventas y diversos. Previsiones. (Punto 5.2

Créditos  Son derechos que el ente posee contra terceros para percibir sumas de dinero u otros bienes o servicios (siempre que no respondan a las características de otros rubros del activo).  Deben discriminarse los créditos por ventas de los bienes y servicios correspondientes a las actividades habituales del ente, de aquellos que no tengan ese origen. La resolución técnica 19 modifica el segundo párrafo de la resolución técnica 9, indica que deben informarse por separado y como no corrientes, los saldos netos originados en el impuesto diferido. Los créditos o cuentas por cobrar se incluyen generalmente en dos rubros separados, discriminando a los originados por las ventas de bienes y servicios de los otros. Las cuentas más comunes se muestran seguidamente. Créditos por ventas • Deudores por ventas locales. • Deudores por ventas del exterior. • Documentos a cobrar. • Deudores morosos. • Deudores en gestión judicial. • Valores a depositar (cheques diferidos). • Sociedades artículo 33 ley 19.550. Como regularizadoras aparecen las siguientes. • Intereses a devengar. • Documentos descontados. • Previsión para incobrables. Otros créditos • Alquileres adelantados. • Seguros a vencer. • Anticipo de impuestos (en la medida que no corresponda incluirlos restando en el pasivo). • Préstamos al personal (no anticipos de sueldos). • Gastos pagados por adelantado. • Impuestos diferidos. Temas a considerar • Momento de la Venta • Descuentos y Bonificaciones

• Ventas en Consignación • Objetivos • Medición: 1. Si existe intención y factibilidad de negociarlos: se valúan a su valor descontado, utilizando una tasa del momento de la medición. Para ello debe haber un mercado al cual el ente pueda acceder y hechos anteriores o posteriores a la fecha de cierre, que revelen una conducta en tal sentido 2. En los restantes casos: su medición contable se efectuará considerando: a) la medición original del activo; b) la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas; c) las cobranzas efectuadas. Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el activo, utilizando la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial. En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto. Los Activos en Moneda extranjera se convertirán a moneda local al tipo de cambio vigente a la fecha de medición.  Exposición  El rubro créditos por ventas integra el activo y se expone a continuación del rubro inversiones temporarias.  Clasificación entre corrientes y no corrientes.  Reclasificar los créditos en gestión judicial y morosos.  Reclasificar aquellos en moneda extranjera  Exponer en una línea la previsión de Ds. Incobrables  Anticipos de clientes (pasivo)  Saldos Documentados o con garantía  Saldos con empresas vinculadas  Documentos descontados  El rubro otros créditos por ventas integra el activo y se expone a continuación del rubro créditos por ventas. Créditos por Ventas (Control Interno)  En relación con la estructura organizativa

 En relación con las políticas de la empresa  En relación con las condiciones de ventas  En relación con las operaciones de ventas  En relación con el otorgamiento de Créditos.  En relación con la expedición  En relación con las devoluciones  En relación con la facturación  En relación con la emisión de Notas de Créditos  En relación con las Vetas efectuadas al Contado o con tarjetas de cerditos.  En relación con las Comisiones  En relación con las cuentas a cobrar  En relación con los documentos cobrar  En relación con las cuentas y documentos Incobrables  En relación a los procedimientos y registros contables Áreas de Riesgo • Contabilización de ventas no perfeccionadas • No provisionar notas de crédito emitidas con posterioridad al cierre que afecten al ejercicio • Sobrevaluación debido a la imputación doble de facturas, facturación de operaciones ficticias, determinación incorrecta de precios o la no registración de los descuentos correspondientes. • Subvaluación por falta de registración de facturas. • Inadecuado devengamiento de intereses. • Inadecuada contabilización de los créditos incobrables. Créditos por Ventas (Procedimientos)  Ventas totales del ejercicio:  comparar con la información del Libro IVA Ventas.  Verificar que se registren a valores contados.  Devoluciones  Notas de Créditos diversas  Cobranzas.  Comisiones sobre ventas  Documentos a cobrar  Ingresos de Documentos  Endoso o Descuento de documentos  Cobranzas

 Arqueo de Documentos a Cobrar  Intereses a devengar al cierre del ejercicio  Créditos por ventas al cierre:  Confirmación directa de Saldos ( Circularizacion) 1. Obtener el Listado completo de los saldos de créditos por ventas  Selección de partidas ( muestra) 2. Preparación de Listados 3. Preparar las cartas 4. Firma 5. Control 6. Despacho 7. Recepción 8. Enviar segundo pedido 9. Evaluación de las respuestas 10. Efectuar procedimientos alternativos de las que no se recibieron respuesta:  Revisar Facturas y remitos  Verificar cobros posteriores, con Recibos.  Intereses:  devengados en el periodo  a devengar al cierre del ejercicio  Previsión para cuentas dudosas  Cotejar con documentación de respaldo (informes de abogado, cartas documento) los cargos del ejercicio de incobrables y los recuperos (recibos de cobro).  Solicitar listado de anticuación de deudas.  Verificar los saldos previsionados por el cliente y el correcto uso de la previsión.  Bajas por Incobrables  Revisión de cobros posteriores al cierre.  Cotejar si las nuevas incobrabilidades cumplen con índices impositivos: • Verificación del crédito en concurso • Declaración de la quiebra del deudor • Desaparición fehaciente del deudor • Inicio de acciones judiciales • Paralización manifiesta de las operaciones del deudor

Morosidad de más de 180 días para créditos menores a 1.200  Analizar facturas, notas de débito y crédito emitidas con posterioridad al cierre para detectar partidas que afecten el ejercicio bajo examen y cuya registración se haya omitido.  Revisión del corte de las operaciones: • Ventas: Facturas y remitos • Cobranzas: Recibos  En caso que existan saldos en moneda extranjera, verificar los tipos de cambio aplicados por la sociedad y los cálculos de conversión a moneda local  Efectuar apertura de plazo para cuadro de la RT12. Tener en cuenta que los deudores morosos y deudores en gestión judicial se exponen como deuda vencida.  Otros procedimientos de auditoria Externa  Otros procedimientos de Auditoria Interna. •

Créditos Por Ventas (Papeles de Trabajo)  Análisis del movimiento de la Previsión para cuentas dudosas  Planillas de control de circularizaciones.  Circulares contestadas  Análisis de las circulares con diferencias  Detalles de arqueos de documentos  Confirmaciones de custodio de documentos a cobrar  Análisis de saldos por antigüedad  Listados de doc. Endosados y descontados  Estadísticas de ventas y análisis de las mismas.

Inversiones a corto y largo plazo. Sus rentas.( punto 5.3)

Inversiones  Son las realizadas con el ánimo de obtener una renta u otro beneficio, explícito o implícito, y que no forman parte de los activos dedicados a la actividad principal del ente y las colocaciones efectuadas en otros entes.  Incluye, entre otras cuentas, las que se exponen seguidamente.  Títulos valores.  Depósitos a plazo fijo en entidades financieras.  Préstamos.  Inmuebles y propiedades.  Acciones con cotización o sin ella.  Fondos comunes de inversión.  La resolución técnica 19, modifica la resolución técnica 9 al incluir en este rubro la llave de negocio, positiva o negativa, originada en la adquisición de acciones. La llave negativa que se expondrá restando al importe de la inversión, es aquella que pueda determinarse de manera confiable y se origine en expectativas de gastos o pérdidas futuras de la sociedad emisora y que no deban ser consideradas como pasivos. Como puede observarse estamos frente a una situación contingente, de carácter desfavorable, probable y cuantificable, por lo que cabría abandonar el concepto de llave negativa y darle el tratamiento de una previsión. Las características más salientes deben ser las siguientes. • Colocaciones fuera de la operatoria habitual. • Con el fin de obtener un beneficio. En contextos inflacionarios el objetivo de obtener un beneficio puede ser reemplazado por el de mantener el valor de los excedentes de fondos a pesar de la pérdida del poder adquisitivo de la moneda. Clasificación Se clasifican en temporarias y permanentes, las primeras son de mayor liquidez y se realizan con superávit transitorio de fondos, las segundas de menor liquidez, responden a situaciones de exceso de fondos de carácter estructural o decisiones estratégicas de las sociedades tendientes a lograr incidencia o control sobre otros entes. Inversiones temporarias.  Son de Fácil Realización

 Valores Mobiliarios: Acciones –Títulos Públicos -Fondo común de Inversión.  Prestamos a Terceros: Plazo fijo en Pesos, en dólares.  Inversiones permanentes.  Bienes que se espera realizar en el plazo superior a un año.  Títulos Públicos ( que se van a mantener hasta el vencimiento)  Muebles o Inmuebles en Alquiler.  Acciones/participaciones en sociedades controladas o vinculadas  Préstamos efectuados a largo plazo. Inversiones (Control Interno)  En relación con toda Inversión  En relación con los Valores mobiliarios  En relación con los Documentos a cobrar.  En relación con los muebles e inmuebles alquilados  En relación a los procedimientos y registros contables Objetivo del examen Áreas de Riesgo  Cambios en el contexto que afecten significativamente los valores de las inversiones  Problemas de recuperabilidad de las inversiones  Gran cantidad de operaciones ( fundamentalmente en epocas de inflación)  Transacciones con empresas vinculadas. Inversiones (Normas Contables)  Medición  Plazo Fijo y Prestamos  Si se tiene la Intención y factibilidad de Negociar anticipadamente. : VNR  Otros Casos: Medición Original + Devengamiento de. Intereses-cobros (costo amortizado). Alternativa :Valor actual ( TIR al momento de la medición inicial)  Acciones Ordinarias (corrientes).  Valor de Cotización menos gastos directos de venta.  Otros Casos: Costo Mas dividendos.

 Inversiones en sociedades controladas  Control, Control Conjunto o influencia significativa: VPP Control: Es el poder de definir y dirigir las políticas operativas y financieras de una empresa. A los fines de esta norma existe control cuando: a) La empresa inversora posee una participación por cualquier título que otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas ordinarias (Artículo 33, inciso 1°, de la Ley de Sociedades Comerciales). Se considera que contar con los votos necesarios para formar la voluntad social implica poseer más del 50% de los votos posibles, en forma directa o indirecta a través de controladas, a la fecha de cierre del ejercicio o período intermedio de la empresa controlante; b) La empresa inversora posee la mitad o menos de los votos necesarios para formar la voluntad social pero, en virtud de acuerdos escritos con otros accionistas, tiene poder sobre la mayoría de los derechos de voto de las acciones para: 1) definir y dirigir las políticas operativas y financieras de la emisora, y 2) nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del Directorio. Influencia significativa: Es el poder de intervenir en las decisiones de políticas operativas y financieras de una empresa, sin llegar a controlarlas. Se presume que la empresa inversora ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente a través de sus controladas, el 20% ó más de los derechos de voto de la empresa emisora, salvo que la empresa inversora pueda demostrar claramente la inexistencia de tal influencia. A la inversa, se presume que la empresa inversora no ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente a través de sus controladas, menos del 20% de los derechos de voto de la empresa emisora, salvo que la empresa inversora pueda demostrar la existencia de dicha influencia. El control por parte de otro inversor, no impide necesariamente que un determinado inversor pueda ejercer influencia significativa. Porcentajes definidos por las normas contables: RT 21 Tenencia de la Inversora

Medición

 No hay Influencia significativa: Costo + dividendos  Hay Influencia significativa:  Hay Control Consolidacion

Menos del 20 % Entre 20 % y 50 % V.P.P Mas del 50 % V.P.P /

 Exposición  Separar lo corriente de lo no corriente.  Nota con cualquier restricción sobre los activos.  Anexo de Inversiones de valores mobiliarios.  Anexo de Inversiones en moneda extranjera. Inversiones (Procedimientos)  Altas: Controlar (por muestreo o todas, según cantidad) con la documentación de respaldo.  Para verificar las existencias: • Arqueo de los certificados de tenencia en poder del ente • Circular al agente encargado de la custodia.  Analizar los hechos posteriores para detectar dividendos o intereses devengados y no registrados al cierre.  Valores Mobiliarios de fácil realización: verificar el VNR, validando el valor de cotización de las acciones / títulos y los gastos directos de venta.  Inversiones en sociedades controladas: verificar la correcta aplicación del VPP.  Documentos a Cobrar.  Arqueo de documentos  Recálculo de intereses devengados  Deposito a Plazo Fijo.  Arqueo de certificados  Confirmación a entidades financieras  Recálculo de intereses devengados  Verificar la adecuada exposición: clasificación en corrientes y no corrientes, restricciones a la disponibilidad, y previsiones por desvalorización.  Otros de Auditoria Externa  Otros de Auditoria operativa

Inversiones (Papeles de Trabajo)  Confirmaciones obtenidas de custodios Independientes  Detalles de Arqueos y exámenes de certificados de custodia  Resúmenes de Saldo de documentos a Cobrar  Análisis de Saldos de fondos fijos y cobranzas  Circulares recibida de deudores Financieros  Análisis de Saldos Preparados por la empresa  Comparación de Valores de costo con los de Mercado.  Copias de EECC de sociedades controladas o vinculadas  Cálculos de Amortizaciones Revalúos y actualizaciones Contables  Datos de Títulos de propiedad de Inmuebles alquilados  Copias de contratos de alquiler

Bienes de cambio y costo de ventas. Casos usuales. Fiscalización de las existencias y su valuación. (Punto 5.4)

Bienes de Cambio Contenido Son los bienes destinados a la venta en el curso habitual de la actividad del ente o que se encuentran en proceso de producción para dicha venta o que resultan generalmente consumidos en la producción de los servicios que se destinan a la venta, así como los anticipos a proveedores por las compras de estos bienes. Las cuentas más utilizadas son las que se describen a continuación. • Mercadería de reventa. • Productos terminados. • Productos en proceso • Materias primas. • Mercadería en tránsito. • Materias primas en tránsito. • Hacienda. • Materiales. • Anticipo a proveedores. La resolución técnica 22 trata el tema de exposición de los rubros específicos de la actividad agropecuaria. Objetivo del examen Medición.  Bienes de cambio fungibles, con mercado transparente y que puedan ser comercializados sin esfuerzo significativo : Se los medirá al valor neto de realización.  Bienes de cambio sobre los que se hayan recibido anticipos que fijan precio y las condiciones contractuales de la operación aseguren la efectiva concreción de la venta y de la ganancia.:Se los medirá al valor neto de realización.  Bienes de cambio en producción o construcción mediante un proceso prolongado: La medición contable de estos activos se efectuará a su valor neto de realización proporcionado de acuerdo con el grado de avance de la producción o construcción y del correspondiente proceso de generación de resultados, cuando a) se hayan recibido anticipos que fijan precio;

b) las condiciones contractuales de la operación aseguren la efectiva concreción de la venta; c) el ente tenga la capacidad financiera para finalizar la obra; y d) exista certidumbre respecto de la concreción de la ganancia. En los restantes casos, se utilizará el costo de reposición de los bienes con similar grado de avance de la producción o construcción, tomado de un mercado activo o, si esto no fuera posible, su costo de reproducción, para cuya determinación se considerarán: a) las normas enunciadas en la sección 4.2.6 (Bienes producidos) y b) los métodos habitualmente seguidos por el ente para aplicarlas. Si la obtención del costo de reproducción fuera imposible o impracticable, se usará el costo original.  Bienes de cambio en general: Para los restantes bienes de cambio se tomará su costo de reposición a la fecha de los estados contables. Si la obtención de éste fuera imposible o impracticable, se usará el costo original. Exposición  Separar lo corriente de lo no corriente  Descripción de la naturaleza de los activos que integran el rubro referido. (Ej.: Materias primas, producción en proceso, productos terminados, anticipos a proveedores de bienes de cambio).  Criterios de Medición de los bienes de cambio  Bienes de disponibilidad restringida  Activos que no podrán ser enajenados hasta tanto se cancelen determinados pasivos, indicándose su valor contable y el de los pasivos relacionados.  Activos cuya disponibilidad está limitada por razones legales, contractuales o situaciones de hecho, con indicación de su valor y de las causas que motivan su indisponibilidad.  Anexo Costo de Ventas  Costo de las mercaderías o servicios vendidos  Composición de los costos de producción o adquisición en función de la naturaleza de sus componentes y determinación del costo de ventas. Bienes de Cambio (Control Interno)  En relación con la Organización del sector Producción  En relación con la Planificación de las operaciones

 En relación con las Actividades de control  En relación con la Existencia  En relación con los recuentos físicos Bienes de Cambio (Procedimientos)  Existencia Inicial  Movimientos:  Compras  Producción  Otros Movimientos  Costo de las Mercaderías Vendidas  Existencia al Cierre del Ejercicio (Existencia Final)  Recuento Físico/Seguimiento del Inventario Físico  Revisión del la Medicion  Otros procedimientos de Auditoría Externa  Otros Procedimientos de Auditoria Operativa Bienes de Cambio (Procedimientos) Existencia Inicial  Si es una auditoría recurrente: se valida con Papeles de Trabajo del año anterior.  Si es una primera auditoria: se valida en forma similar la existencias final al cierre, obviamente sin la toma del inventario físico Movimientos: 1. Compras: a. Verificar las compras con el libro IVA Compras b. Seleccionar una muestra y verificar con documentación de respaldo ( notas o actas de recepción, remitos del proveedor, facturas, etc.)lo siguiente: 1. Concepto de las compras 2. Cálculos matemáticos 3. Discriminación del IVA. 4. Registración contable al costo contado 5. Otros c. Verificar, además del gasto directo de la compra la activación de todos los otros gastos necesarios para la adquisición y control de calidad.

2. Producción: a. Verificar que se utilice el sistema de costeo completo i. Mp, Mat. : Ídem compras ii. M.O: se verifica con el circuito de sueldos. iii. Gastos generales: Se verifica con cuentas de resultados. b. Verificar que no se activen improductividades no ociosidades c. Analizar la posibilidad de activación de gastos de producción.

3. Otros i. Resultado por tenencia ii. Diferencias de inventarios 4. Costo de las Mercaderías Vendidas a. Si la empresa determina por diferencia de inventario. b. Si la empresa lleva inventario permanente. Existencia Final a) Inventario físico Con anterioridad a la fecha en la cual se realizará la toma del inventario físico: 1. Determinar las ubicaciones de inventarios y discutir con el cliente las instrucciones preparadas; en particular, la oportunidad y el método de verificación de inventario. 2. Seleccionar ítems de los registros de inventario para las pruebas de recuento (Muestra). 3. Tomar conocimiento de las políticas de inventario, índices de obsolescencia, tipo de bienes a recontar. En la fecha de realización del inventario físico: 1. Presenciar la toma de inventario físico, y observar: • el ordenamiento de los ítems a ser inventariados, • la existencia de artículos defectuosos u obsoletos, • el tratamiento de inventarios en o cerca de las áreas de recepción o de embarque, y • el cumplimiento de las instrucciones para la toma de inventarios impartidas por la empresa. 2. Realizar pruebas selectivas del recuento de inventarios. 3. Tomar nota de los últimos comprobantes emitidos relativos a movimientos de inventarios.

4. Solicitar listado de ajustes de inventario hechos a priori y a posteriori del inventario. Con posterioridad a la fecha de observación del inventario físico: 1. Probar la veracidad las cantidades físicas listadas en el resumen del inventario de la siguiente manera: • analizar las muestras seleccionadas durante la observación del inventario físico en cuanto a cantidad, descripción y conteo de tarjetas de inventario con lo registrado en la compilación de inventario físico; • sumar las páginas donde estas partidas se encuentran incluidas y los totales de las demás páginas a fin de verificar su coincidencia con el total general. 2. Utilizando la información obtenida durante la observación del inventario físico, controlar el corte de documentación. El énfasis en este procedimiento será mayor cuando haya ajustes significativos de inventarios. b) Revisión de saldos finales 1. Sobre el detalle final de existencias: a. Seleccionar ítems para probar su valuación, b. Solicitar documentación respaldatoria que dependerá de del tipo de bien a analizar (materias primas, productos en proceso, productos terminados) c. Determinar la base de valuación (costo ajustado real o estándar, precio de reposición, valor neto de realización). 2. Para las muestras seleccionadas en el paso B.1., controlar que el valor contable de las existencias finales no supere el valor de mercado de los respectivos bienes al cierre del ejercicio. 3. Determinar la suficiencia de las previsiones para obsolescencia, escasa rotación, desvalorización o la necesidad de constituirlas. c) Aspectos varios Asegurarse que: 1. No queden activadas en las existencias finales utilidades entre compañías relacionadas. 2. Se haya contabilizado razonablemente ajustes en los saldos de libros en función de los resultados de los inventarios físicos practicados. Considerar la naturaleza y el monto de los ajustes y las explicaciones de la gerencia por las diferencias significativas. 3. Revisión de Notas de Crédito y Débito posteriores al cierre.

d) Confirmación de terceros:  se utiliza principalmente para mercadería en poder de terceros.  Se puede utilizar, con menor grado de validez, para custodias internos de la empresa.  Se utiliza la circular positiva ciega.  Si no se recibe respuesta, se debe realizar procedimientos alternativos. e) La exposición de los saldos en el balance de publicación sea razonable. • Considerar, entre otros aspectos: • Segregación de clases significativas de inventarios (productos terminados, productos en proceso, materias primas, etc.); • Revelación en nota a los estados contables de los criterios de valuación aplicados; • Clasificación de existencias en corrientes y no corrientes; • Stocks otorgados en garantía; bienes de disponibilidad restringida. • Compromisos de compra significativos u otras contingencias; • Inventarios que no están a la venta; • Transacciones con partes relacionadas. Bs de Cambio (Papeles de Trabajo) • Plan de Inventarios Físicos • Copia de Instrucciones de Inventarios tomados • Datos de tarjetas de Inv. • Datos de corte de documentación • Detalle de recuentos practicados por el Auditor • Pedidos de Confirmación de Bienes en poder de terceros • Contestación de los pedidos • Análisis conceptuales • Análisis de saldos a la fecha de cierre • Comparaciones con Valor neto de realización/recuperable

Bienes de uso. Amortizaciones. Revalúos técnicos.( Punto 5.5)

Bienes de Uso Son aquellos bienes tangibles destinados a ser utilizados en la actividad principal del ente, y no a la venta habitual, incluyendo a los que están en construcción, tránsito o montaje y los anticipos a proveedores por compras de estos bienes. Los bienes afectados a locación o arrendamiento se incluyen en inversiones, excepto en el caso de entes cuya actividad principal sea la mencionada. Las principales características son las que se muestran seguidamente. • Tangibles (de manera de excluir de este rubro a los intangibles). • Afectados a la actividad principal (de manera de excluir de este rubro a los que se incluyen en inversiones). • No destinados a la venta habitual (de manera de excluir a los que deben ser considerados bienes de cambio). En este caso, cabe la misma consideración realizada en el rubro bienes de cambio respecto de la exposición de los anticipos a proveedores. Las cuentas más utilizadas se exponen a continuación:  Inmuebles.  Maquinaria de producción.  Instalaciones  Rodados  Amortizaciones Objetivo del examen Medición Su medición contable se efectuará al costo original menos la depreciación acumulada. Las erogaciones posteriores al reconocimiento inicial de un activo se incorporarán como un componente de éste cuando: a) el desembolso constituya una mejora y sea probable que el activo genere ingresos netos de fondos en exceso de los originalmente previstos, ya sea por: 1) un aumento en la vida útil estimada del activo (respecto de la original); o 2) un aumento en su capacidad de servicio; o 3) una mejora en la calidad de la producción; o

(Comparaciones con valores recuperables), los cargos por depreciación deben ser adecuados para distribuir la nueva medición contable del activo (menos su valor recuperable final), de una forma sistemática a lo largo de la vida útil restante del bien. Cuando un activo haya sido incorporado mediante un arrendamiento financiero de acuerdo con la sección 4 (Arrendamientos) de la segunda parte de la resolución técnica 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular) y la obtención de su propiedad por parte del arrendatario no sea razonablemente segura, se lo depreciará totalmente a lo largo del plazo del contrato o de su capacidad de servicio, el período que fuere menor. Si apareciesen nuevas estimaciones —debidamente fundadas— de la capacidad de servicio de los bienes, de su valor recuperable final o de cualquier otro elemento considerado para el cálculo de las depreciaciones, las posteriores a la fecha de exteriorización de tales elementos deberán ser adecuadas a la nueva evidencia. Bienes destinados a su venta (incluyendo aquellos retirados de servicio) Su medición contable se efectuará a su valor neto de realización, determinado de acuerdo con las normas de la sección 4.3.2 (Determinación de valores netos de realización). Si el valor neto de realización es mayor que la medición contable anterior, se reconocerá la ganancia resultante, siempre que: a) exista un mercado efectivo para la negociación de los bienes y su valor neto de realización pueda determinarse sobre la base de transacciones de mercado cercanas a la fecha de cierre para bienes similares; o b) el precio de venta esté asegurado por contrato. Si no se cumplen las condiciones señaladas en los incisos a) y b), la medición contable se efectuará al costo original (o al último valor corriente) que se hubiere contabilizado, menos su depreciación acumulada, siguiendo los criterios descriptos en la sección 5.11.1 (Bienes de uso y bienes destinados a alquiler). Las inversiones que sean utilizadas en la actividad principal del ente hasta tanto se decida su venta, se considerarán bienes de uso. En consecuencia, su medición contable se efectuará aplicando los criterios descriptos en la sección 5.11.1 (Bienes de uso y bienes destinados a alquiler). En el caso de inversiones en inmuebles que se encuentren en proceso de construcción se aplicarán las normas de la sección 5.5.3 (Bienes de cambio en producción o construcción mediante un proceso prolongado). Exposición  Anexo: Saldos iniciales, variaciones y saldos finales de los grupos de activos que integran este rubro, mostrando por separado los valores de origen y la depreciación acumulada y clasificando las

variaciones de acuerdo con su naturaleza (altas, bajas, revaluaciones, depreciación del período).  La valuación de los bienes de uso, indicando el método de amortización, su destino contable y -en su caso- la aplicación de revalúos con indicación de su efecto en los resultados del ejercicio, cuando ello representare un cambio respecto a la forma de valuación utilizada en el ejercicio anterior.  Bienes de disponibilidad restringida  Activos que no podrán ser enajenados hasta tanto se cancelen determinados pasivos, indicándose su valor contable y el de los pasivos relacionados.  Activos cuya disponibilidad está limitada por razones legales, contractuales o situaciones de hecho, con indicación de su valor y de las causas que motivan su indisponibilidad. Bienes de Uso (Control Interno)  En relación con las decisiones de Inversión  En relación con las Operaciones efectuadas  En relación con los Bienes en existencia  En relación con los títulos representativos de propiedad  En relación con los Registros y procedimientos contables Mantenidos Bienes de Uso (Procedimientos de Auditoria)  Saldos Iniciales  Altas  Mantenimientos y Reparaciones  Bajas  Transferencias  Revalúos Técnicos  Amortización del Ejercicio  Saldos Finales  Otros de Auditoria externa  Otros de Auditoria Operativa Bienes de Uso (Procedimientos) • A partir de los saldos al inicio del ejercicio, seleccionar bienes a ser inspeccionados físicamente en ocasión del inventario físico de bienes de cambio. Controlar su inclusión en los registros auxiliares

de la sociedad al cierre y que su vida útil resulte razonablemente en relación a sus condiciones y uso futuro estimado. • Obtener de la entidad auditada un resumen de la evolución de las cuentas del rubro desde el inicio hasta el cierre del ejercicio. A partir del mencionado resumen, realizar las siguientes tareas: a. Probar las sumas del resumen obtenido. b. Cotejar los saldos iniciales con los indicados en los papeles de trabajo del año anterior y los saldos finales con el balance de saldos. • Seleccionar altas significativas del ejercicio y analizar el respaldo documental. Determinar si han sido adecuadamente aprobadas y verificar que no incluyan montos que deban considerarse gastos. • Controlar el detalle de las bajas con el contenido de las actas de directorio y asamblea u otra documentación. • Analizar bajas significativas prestando atención al monto de valor original, revalúos y amortizaciones acumuladas dadas de baja. Asimismo, asegurarse de que se hayan contabilizado los eventuales ingresos relacionados con las bajas (venta de bienes de uso). En caso de bajas sin ingreso correlativo, inspeccionar los niveles de autorización.  Realizar procedimientos analíticos o pruebas de detalle para verificar el monto de amortizaciones del ejercicio. • Determinar que no hayan ocurrido hechos durante el ejercicio que conduzcan a una reducción de la vida útil estimada de los activos fijos o, en el caso extremo, a su baja total (por ejemplo, cambios en la producción que conviertan algunos bienes en obsoletos).  Realizar pruebas analíticas sobre el Valor Neto Residual calculado por el cliente.  Analizar los Anticipo a Proveedores con el objeto de verificar si existen algunos pagados para la compra de Bienes de Uso.  Revisar cargos a las cuentas de gastos de reparaciones y mantenimiento y determinar si existen ítems que deberían haber sido activados.  Seleccionar saldos de obras en curso para asegurarse de que no hay partidas que deban imputarse a gastos u obras ya finalizadas que deberían amortizarse.  En caso que la entidad auditada haya revaluado técnicamente sus bienes de uso, analizar la razonabilidad de su base de determinación (informe del perito valuador).

 Exponer claramente en los papeles de trabajo, como se ha llegado a la conclusión que el valor contable de los bienes de uso no supera el valor de mercado o de utilización económica de los respectivos bienes al cierre del ejercicio. • Considerar, entre otros aspectos: a) Segregación de clases significativas de activos (terrenos, edificios, rodados, instalaciones, maquinarias, etc.); b) Evolución de las principales cuentas del rubro; c) Relevación en nota de estados contables de los criterios de valuación y amortización aplicados; d) Activos otorgados en garantía (prendados, hipotecados, etc.); e) Compromisos de compra significativos u otras contingencias; f) Transacciones con partes relacionadas. Bienes de Uso (Papeles de trabajo)  Listados de Movimientos de cuentas  Detalle de cargos por Mantenimientos y Reparaciones  Detalle de cargos por alquileres  Detalle de Pruebas Globales  Copias de Informes de peritos  Copias de cálculos de amortizaciones  Detalle de Inspecciones oculares  Anotaciones sobre títulos de propiedad

Bienes intangibles e inmateriales. Amortizaciones. Casos.( Punto 5.6)

Activos intangibles Contenido Son aquellos representativos de franquicias, privilegios u otros similares, incluyendo los anticipos por su adquisición, que no son bienes tangibles, ni derechos contra terceros, y que expresan un valor cuya existencia depende de la posibilidad futura de producir ingresos. A continuación se detallan algunos de los activos que componen este rubro. • Derechos de propiedad intelectual. • Patentes, marcas, licencias, etc. • Gastos de organización y preoperatorios. • Gastos de desarrollo. Contenido Son aquellos representativos de franquicias, privilegios, u otros similares que:  No son bienes tangibles  Ni derechos de terceros  Expresan un valor cuya existencia depende de la posibilidad futura de producir ganancias Características:  Se emplean continuamente en la actividad principal, o son alquilados o licenciados a terceros.  Capacidad de servicio que no se agota en el primer uso.  No se transforman en otros bienes ni se venden Reconocimiento Los activos intangibles adquiridos y los producidos sólo se reconocerán como tales cuando: a) pueda demostrarse su capacidad para generar beneficios económicos futuros; b) su costo pueda determinarse sobre bases confiables; c) no se trate de: 1) costos de investigaciones efectuadas con el propósito de obtener nuevos conocimientos científicos y técnicos o inteligencia;

2) costos erogados en el desarrollo interno del valor llave, marcas, listas de clientes y otros que, en sustancia, no puedan ser distinguidos del costo de desarrollar un negocio tomado en su conjunto (o un segmento de dicho negocio); 3) costos de publicidad, promoción y reubicación o reorganización de una empresa. 4) costos de entrenamiento (excepto aquellos que por sus características deben activarse en gastos preoperativos). En tanto se cumplan las condiciones indicadas en a) y b), podrán considerarse activos intangibles a las erogaciones que respondan a: a) costos para lograr la constitución de un nuevo ente y darle existencia legal (costos de organización) b) costos que un nuevo ente o un ente existente deban incurrir en forma previa al inicio de una nueva actividad u operación (costos preoperativos), siempre que: 1) sean costos directos atribuibles a la nueva actividad u operación y claramente incrementales respecto de los costos del ente si la nueva actividad u operación no se hubiera desarrollado; y 2) no corresponda incluir las erogaciones efectuadas como un componente del costo de los bienes de uso, de acuerdo con lo indicado en el penúltimo párrafo de la sección 4.2.6 (Bienes producidos).En el caso de los costos erogados por la aplicación de conocimientos a un plan o diseño para la producción de materiales, dispositivos, productos, procesos, sistemas o servicios nuevos o sustancialmente mejorados, la demostración de la capacidad de generar beneficios económicos futuros incluye la probanza de la intención, factibilidad y capacidad de completar el desarrollo del intangible. Los costos cargados al resultado de un ejercicio o período intermedio por no darse las condiciones indicadas no podrán agregarse posteriormente al costo de un intangible. Los costos posteriores relacionados con un intangible ya reconocido sólo se activarán sí: 1) puede probarse que mejorarán el flujo de beneficios económicos futuros; y 2) pueden ser medidos sobre bases Medición Su medición contable se efectuará al costo original menos la depreciación acumulada.

Depreciaciones  Para el cómputo de depreciaciones se considerarán, respecto de cada bien:  a) su costo;  b) su naturaleza y forma de explotación;  c) la fecha de comienzo de su utilización o la que evidencie su pérdida de valor, que es el momento a partir del cual deben computarse depreciaciones;  d) si existen evidencias de pérdida de valor anteriores a su utilización, caso en el cual debe reconocérselas;  e) la capacidad de servicio estimada del bien, dada por:  1) las unidades de producción a ser obtenidas empleando el activo; o  2) el período durante el cual se espera utilizarlo  f) la existencia de algún plazo legal para la utilización del bien, que marcará el límite de su capacidad de servicio, excepto cuando el plazo fuera renovable y la renovación fuese virtualmente cierta;  g) el valor neto de realización final estimado del bien, que sólo se considerará cuando:  1) un tercero se haya comprometido a adquirir el bien a la finalización de su vida útil; o  2) pueda fijárselo por referencia a precios de un mercado activo y transparente para el tipo de bien y sea probable que ese mercado siga existiendo a la finalización de la vida útil del bien;  h) la capacidad de servicio ya utilizada. La depreciación se asignará a los períodos de la vida útil del bien sobre una base sistemática que considere la forma en que se consumen los beneficios producidos por el activo. Si esto no fuese posible, se aplicará el método de la línea directa.  Se presume, admitiendo prueba en contrario, que la vida útil de un intangible no supera los veinte años. La consideración de una vida útil estimada superior a la indicada conlleva la obligación (estipulada

en la sección 4.4.2 –frecuencia de las comparaciones-) de estimar el valor recuperable del intangible al cierre de cada ejercicio económico, aunque no exista ningún indicio de su desvalorización. A los fines del cálculo de las depreciaciones, se presume sin admitir prueba en contrario que la vida económica de los costos de organización y costos preoperativos no es superior a los cinco años. Si apareciesen nuevas estimaciones —debidamente fundadas— de la capacidad de servicio de los bienes, de su valor recuperable final o de cualquier otro elemento considerado para el cálculo de las depreciaciones, las posteriores a la fecha de exteriorización de tales elementos deberán ser adecuadas a la nueva evidencia

Exposición  Anexo: Naturaleza, saldos iniciales, variaciones y saldos finales de los activos que integran el rubro referido separando los valores originales de las amortizaciones acumuladas.  Criterios de Mecicion.  Criterios de Amortizaciones Principales Intangibles:  Invención en Productos o Procedimientos  Registro  Registrar: PATENTE (Derecho exclusivo para el Uso, venta o licencia.  No registrar: incrementa el uso exclusivo ( Ej. Coca Cola)  Tareas:  Investigación : Estudioso originales destinados a obtener un nuevo conocimiento científico y técnico. ( No se Activan .)  Desarrollo: Aplicar esos estudios para la Producción de materiales, dispositivos, productos, métodos o sistemas antes de dar comienzo a su Pn o uso comercial. (Sí se Activan.)  Requisitos: que se pueda completar, es factible, tienen forma de generar ingresos, costo.  Marcas

 Conjunto de palabras o imágenes que permite distinguir bienes y servicios de distintas empresas.  Protección legal:  Inscripción en el registro  Derecho exclusivo a su uso, licencia o venta.  Derechos de Autor o propiedad intelectual  Surgen del registro de Obras Intelectuales  Ejemplos: Libros, artículos, programa de Computación, Dibujos; modelos Industriales  Derechos de Edición  Tiene por objeto una obra intelectual  Derecho exclusivo a editar la obra  Uno o mas idiomas  Una o mas zona geográficas  Pago de derecho de autor  Suma Fija  Pesos por unidad editada o vendida  Licencia de Uso  Utilizan Intangibles de Terceros (software, marcas o patentes de terceros.  Regalías (sumas fijas o variables).  Contabilización:  Tradicional: No registrar nada al inicio  Moderno: enfoque de los activos y pasivos.  Derechos de pase de deportistas profesionales.  Concesiones.  Actos Gubernamentales.  Otorgan al concesionario los derechos de explotación dentro de un periodo limitado o ilimitado, mediante el pago de un canon (Recursos naturales, Servicios públicos, Utilizar espacios-diarios-, etc.)  Privados  Utilizar espacios ( sucursal bancaria en un centro de compras)  Venta de Productos “franhising”, bajo ciertas condiciones del local, precios, etc.)

 Mediante el pago de un precio ( Fijo, % de ingresos o resultados, o mixtos) Contabilización: ídem anterior.  Costos imputables contra ingresos futuros  Costo Preoperativos  Desarrollos de sistemas administrativos  Campañas publicitarias de nuevos productos  Características:  NO pueden venderse separadamente  Solo tiene valor vinculado a que el ente (o parte) funciones  Principales Intangibles:  Valor Llave  Empresa tiene una ventaja comparativa sobre otras.  Existe cuando:  Rentabilidad superior a la normal  Interesado a, pagar una suma superior al Pat. Neto.  Ventajas: Factores: Reputación del ente, ubicación geográfica, exclusividad, Clientela, eficacia de la organización, inteligencia y capacidad de sus gerentes, buena relación con el personal, ventajas impositivas, etc.  Exposición:  En Inversiones, las que resulten de la adquisición de acciones en otras sociedades  En un rubro “ Llave del Negocio”, las que resulten de la incorporación de activos y pasivos producto de una combinación de negocios.. Clasificación de los Activos Intangibles:  Según la forma de Incorporación.  Adquiridos (asignar un costo)  Desarrollados ( Asignar un costo/ no asignar un valor(-valor llave-)  Según la Posibilidad de venderlos separadamente.  Vendibles separadamente ( la mayoría)  No vendibles separadamente ( gs de organización)  Restricción de su utilización  Restricciones

 Invento patentado ( 10 años)  Derecho de explotación ( 3000 ejemplares)  Franquicia para restaurante ( 3 años)  Irrestricta  Invento o patentado  Una marca  Licencia de programa de computación Se debe tener en canta para la amortización. Recordar que la vida útil puede ser distinta a la vida legar Activos Intangibles (Control Interno)  En relación con las decisiones de Inversión  En relación con las Operaciones efectuadas  En relación con los derechos protegidos por la Ley  En relación con los Registros y procedimientos contables mantenidos Activos Intangibles (Procedimientos)  Saldos Iniciales  Altas  Revisar los Cargos a Cuentas de Resultados  Bajas  Transferencias  Examinar Certificados de Inscripción y renovación de marcas  Amortización del Ejercicio  Declaración de Gerencia  Otros de Auditoria externa  Otros de Auditoria Operativa Activos Intangibles (Procedimientos) • Obtener de la entidad auditada un resumen de la evolución de las cuentas del rubro desde el inicio hasta el cierre del ejercicio. A partir del mencionado resumen, realizar las siguientes tareas: 1. Probar las sumas del resumen obtenido. 2. Cotejar los saldos iniciales con los indicados en los papeles de trabajo del año anterior y los saldos finales con el balance de saldos.

3. Seleccionar altas significativas del ejercicio y analizar el respaldo documental. Determinar si han sido adecuadamente aprobadas y verificar que no incluyan montos que deban considerarse gastos. 4. Controlar el detalle de las bajas con el contenido de las actas de directorio y asamblea u otra documentación. 5. Analizar bajas significativas prestando atención al monto de valor original, revalúos y amortizaciones acumuladas dadas de baja. Asimismo, asegurarse de que se hayan contabilizado los eventuales ingresos relacionados con las bajas (venta de intangibles). En caso de bajas sin ingreso correlativo, inspeccionar los niveles de autorización.  Verificar las Amortizaciones del ejercicio y su imputación.  Verificar que se cumplan las condiciones para mantenerlos en el activo  Verificar que no hayan ocurridos hechos que conduzcan a una reducción del valor, o baja total.  Revisar cargos a cuentas de resultados.  Revisión analítica.  Analizar la razonabilidad de la exposición:  Segregación de Clases significativa de activos (marcas. Patentes, derechos de autor, etc.)  Evolución de las principales cuentas del rubro  Notas con los criterios de valuación y exposición.  Contingencias.  Transacciones con partes relacionadas. Activos Intangibles (Papeles de trabajo)  Listados de Movimientos de cuentas  Análisis de Saldos  Detalle de Certificados de Inscripción de Patentes y Marcas  Copias de cálculos de amortizaciones

Cuentas a pagar comerciales: financieras, fiscales, sociales. Deudas devengadas y no devengadas. Deudas documentadas o no. Su vinculación con cada compra y con cada gasto. Plazos y exigibilidades. Casos de omisión de pasivos y su incidencia. ( Punto 5.7) Otras deudas. Directores, socios, gerentes. Los casos de ganancias diferidas. (Punto 5.8)

Pasivos y Patrimonio neto Deudas Son aquellas obligaciones ciertas, determinadas o determinables. La resolución técnica 19 agrega un segundo párrafo a la resolución técnica 9, indicando que deben informarse por separado y como no corrientes, los saldos netos originados en impuesto diferido. Normalmente se clasifican del siguiente modo. • • • • • • • •

Cuentas por pagar. Préstamos. Remuneraciones y cargas sociales. Cargas fiscales. Dividendos. Anticipo de clientes. Otras deudas. Impuestos diferidos

Pueden realizarse mayores aperturas cuando se crea conveniente, como, por ejemplo separar las remuneraciones a pagar de las cargas sociales, etcétera. Las provisiones se incluyen junto con el resto de las deudas. Deben netearse las partidas relacionadas, por ejemplo, el anticipo de impuesto a las ganancias de la provisión de dicho impuesto.

Previsiones Son aquellas partidas que a la fecha a la que se refieren los estados contables, represen importes estimados para hacer frente a situaciones contingentes que probablemente originen obligaciones para el ente. En las previsiones las estimaciones incluyen tanto el monto probable de la obligación contingente como la posibilidad de su concreción. Son denominadas contingencias de “pérdida” aquellas que pueden producir: • la disminución del valor del activo, o • el incremento del

pasivo. Cuando éstas son probables y cuantificables deben exponerse con efecto en resultados, generalmente, a través de previsiones. Para el caso de las indicadas en a), las previsiones se muestran como regularizadoras de los activos que pueden perder valor (por ejemplo, previsión para deudores incobrables). Las citadas en b), se exponen en el rubro previsiones del pasivo y, entre otras, pueden ser: • previsión para despidos y, • previsión para juicios. Participación de terceros sobre el patrimonio de empresas controladas  Este rubro es exclusivo de los estados consolidados por aplicación de las normas contables profesionales. Debe ser expuesto entre el pasivo y el patrimonio neto. Representa la participación de terceros ajenos al grupo, dentro del patrimonio de empresas que lo componen.  Este rubro sólo aparece en estados contables consolidados (de acuerdo con lo dispuesto por la resolución técnica 21, sustitutiva de la resolución técnica 4) y representa la participación de terceros en los estados contables consolidados del grupo económico.

Patrimonio neto  Es igual al activo menos el pasivo y, en los estados consolidados, menos la participación minoritaria.  Representa: El derecho de los propietarios sobre el conjunto de los activos netos de la sociedad, y se compone de los fondos invertidos por los propietarios, las utilidades retenidas y reinvertidas  Se expone en una línea y se referencia el estado de evolución del patrimonio neto.

Cuentas a Pagar Comerciales Contenido • Evidencian la existencia de obligaciones del ente hacia terceros. • Su cancelación se efectúa generalmente mediante la entrega de valores monetarios. • Están directamente relacionadas con el proceso de Compras, Cuentas a pagar, Pagos. Objetivo del examen Medición Momento de la Compra: La deuda se genera cuando el bien o servicio es recibido por l que se debe verificar que la empresa efectúe controles sobre los informes de recepción y remitos. Para estos pasivos se considerará la posibilidad e intención de cancelación anticipada.

 Si el ente no estuviera en condiciones de cancelar el pasivo con anticipación o no tuviera la intención de hacerlo, su medición contable se efectuará considerando: a) la medición original del pasivo; b) la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a pagar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas; c) los pagos efectuados. Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el pasivo, utilizando la tasa determinada al momento de la medición inicial. En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto. En los casos de cuentas a ser pagadas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, los cálculos indicados deben ser efectuadas en ella y los importes así obtenidos deben ser convertidos a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.  Si el ente estuviera en condiciones financieras de cancelar anticipadamente la deuda y hechos anteriores o posteriores a la fecha de cierre de los estados contables revelaran su conducta o modalidad operativa en ese sentido, la medición contable del pasivo

se efectuará al valor descontado de la deuda, calculado con la tasa que el acreedor aceptaría para recibir su pago anticipado.

Exposición  Separar lo corriente de lo no corriente  Saldos Documentados o con garantía  Cuentas en moneda extranjera  Saldos con empresas vinculadas Se expondrán como deudas a corto o largo plazo en función de su plazo de exigibilidad. Los saldos deudores deben reclasificarse a “Anticipos a Proveedores” Pueden ser: - garantizadas o no garantizadas - en moneda nacional o en moneda extranjera - Comunes o documentadas Incluir la información requerida por la nota de RT 12 y en caso de ser necesario para la confección del anexo de moneda extranjera. Factores de riesgo  Excepciones: Determinadas compras se procesan fuera del sistema habitual  Anulación de comprobantes: Las facturas no son apropiadamente anuladas.  Comprobantes duplicados: El sistema de proveedores no restringe la carga de un comprobante duplicado y no existe un control periódico de un empleado sin acceso a la carga de facturas.  Pagos sin documentación respaldatoria suficiente: se emiten pagos con un fax o fotocopia de la factura.  Altas de proveedores: El sistema permite dar de alta nuevos proveedores a empleados sin autorización suficiente. Saldos antiguos: Existen comprobantes sin cancelar cuyo plazo excede el habitual de pago de la empresa.  Anticipos habituales: Con mucha frecuencia se emiten anticipos a los proveedores (sin el respaldo de una factura).  Remitos no facturados: La existencia de mercadería ingresada no facturada puede implicar un pasivo omitido, diferencias en el costo y en la existencia final de bienes de cambio.  Inadecuada separación de funciones:  Las funciones de compra y recepción no están separadas

 Las funciones de compras y recepción no están segregadas de las funciones de cuentas a pagar (procesamiento de facturas), pagos y contabilización  Las funciones de aprobación y contabilización de los pagos no están segregadas.

Cuentas a Pagar (Control Interno)  En relación con la Organización de la Función Compras  En relación con las Normas y Procedimientos seguidos  En relación con las decisiones de Comprar  En relación con las operaciones realizadas  En relación con las compras cuyo tramite ha sido completado  En relación con las Cuentas a Pagar  En relación con los Archivos Mantenidos  En relación a los procedimientos y registros contables  En relación con el Personal del Área de Compras  En relación con la Existencia de Bienes en Control de Calidad  En Relación con los Documentos a Pagar Cuentas por pagar (Procedimientos)  Compras ( ver bienes de cambio)  Devoluciones ( ver bienes de cambio)  Operaciones con Documentos a Pagar  Cuentas a Pagar a a la Fecha del Balance  Confirmación de Saldos  Búsqueda de Pasivos Omitidos  Anticipos a Proveedores  Intereses no devengados- Intereses Cargados a Resultados  Otros Procedimientos de Auditoria Externa  Otros Procedimientos de Auditoria Operativa Confirmación de Saldos 1. Obtener el Listado completo de los saldos.

2. Selección de partidas ( muestra) 3. Preparación de Listados 4. Preparar las cartas 5. Firma 6. Control 7. Despacho 8. Recepción 9. Enviar segundo pedido 10. Evaluación de las respuestas 11. Efectuar procedimientos alternativos de las que no se recibieron respuesta: a. Revisar Facturas y remitos b. Verificar pagos posteriores, con Recibos de proveedores.

Pasivos Omitidos  Se realizarán pruebas partiendo de diversos universos a fin de abarcar la totalidad de operaciones que puedan generar pasivos a la Sociedad.  La búsqueda de pasivos omitidos se realizará por un ciclo de pagos desde la fecha de cierre del ejercicio o la fecha del pedido de confirmación de saldos, la que sea anterior.  Con posterioridad, y hasta la fecha de finalización del trabajo de campo, se analizarán los egresos significativos con idéntico objetivo.  Prestar especial atención a las operaciones que tienen mayor posibilidad de ser omitidas (por ejemplo: facturas por servicios).  Analizar legajos de facturas pendientes de registro a fin de determinar si existen pasivos omitidos.  Visualizar mayores a fin de detectar movimientos anormales.  Examinar las actas de directorio y de asambleas generales a fin de detectar pasivos que no se encuentren registrados al cierre del ejercicio.  Analizar informes de los asesores legales de la sociedades a fin de controlar si los pasivos e ellos mencionados se hallan contabilizados. Anticipos a Proveedores  Verificar su reclasificación como créditos Intereses:

 devengados en el periodo  a devengar al cierre del ejercicio Otros Procedimientos de Auditoría Externa  Realizar la lectura de contratos firmados con proveedores a efectos de identificar compromisos asumidos y verificar que los mismos s encuentren adecuadamente medido y expuestos.  Verificar que los pasivos en moneda extranjera estén medidos al tipo de cambio vigente al cierre ( TC vendedor)  Solicitar informes a los asesores legales a efectos de verificar la existencia de reclamos por parte de los proveedores, que puedan implicar contingencias para el ente.

Cuentas a Pagar (Papeles de Trabajo)  Listados de Cta Cte , Doc. A cobrar, Doc. Endosados y anticipos a proveedores  Planillas de control de circularizaciones  Circulares contestadas  Análisis de las circulares con diferencias  Estados de Cuenta recibidos del Proveedor  Anotaciones sobre el Corte de las operaciones.  Anotaciones sobre el Control de las operaciones  Detalles de arqueos de documentos  Anotaciones sobre Pasivos omitidos

Pasivos Financieros Contenido Corresponden a obligaciones del ente a favor de un tercero, originadas en la necesidad de obtener fondos de aquel para la financiación de sus actividades. Estas obligaciones por lo general se encuentran instrumentadas a través de:  Adelantos en Cuenta Corriente.  Contratos de Mutuo.  Documentos.  Documentos Descontados.  Prendas.  Hipotecas Objetivo del examen Medición  Valor nominal  Intereses  Moneda Extranjera La valuación de estas deudas debe reflejar el importe que correspondería abonar para cancelar la misma a la fecha en que se efectúa la medición contable.  En general las deudas financieras están compuestas por el valor nominal de la obligación más los intereses y actualizaciones pactadas devengadas. También puede ocurrir que la deuda incluya todos los intereses hasta la fecha de su cancelación, es esos casos deberán descontarse los intereses no devengados.  De haberse pactado en moneda extranjera debe considerarse el tipo de cambio vendedor del Banco Nación a la fecha de cierre de los estados contables (obtener el diario del primer día hábil siguiente a la finalización del ejercicio). 

Exposición  Este rubro integra el pasivo continuación del rubro Deudas Comerciales.

y

se

expone

a

Dependiendo de la fecha de vencimiento, los préstamos se clasificarán en corrientes y no corrientes (con intención de pago posterior a los 12 meses subsiguientes al cierre de ejercicio).  En general se exponen los intereses a devengar en una cuenta contable distinta a la de la deuda (en el Armado puede hacerse mediante una “reclasificación” que no genera una ajuste contable), ya que en nota a los estados contables se realizará una segregación de los mismos.  Incluir la información requerida por la nota de RT 12 y en caso de ser necesario para la confección del anexo de moneda extranjera. 

Factores de riesgo: • Omisión de pasivos • Inexistencia de contratos firmados • Inadecuado devengamiento de intereses • Compromisos asumidos no revelados en los estados contables • Se han celebrado nuevos contratos sin la autorización correspondiente • El personal administrativo del ente no cuenta con cuadros de marcha de los préstamos • No se han preparado análisis confiables Pasivos Financieros (Control Interno)  En relación con las decisiones de Financiación tomadas  En relación con el Planeamiento financiero mediano y largo Plazo  En relación con las Operaciones efectuadas  En relación con las Obligaciones y Cupones no emitidos o Pagados  En relación con los Registros Mantenidos Pasivos Financieros (Procedimientos)  General  Asunción de Pasivos  Pagos de Intereses  Cancelación o disminución de Pasivos  Deuda a la fecha del Balance  Intereses adelantados ala Fecha del Balance  Provisión para actualizaciones monetarias

 Provisión para Intereses  Costos Financieros Cargados a resultados  Fondo de amortización  Obligaciones no emitidas  Otros aspectos de Auditoria Externa  Otros Procedimientos de Auditoria Operativa • Análisis de Saldos:Realizar el análisis de estas cuentas basándose en la documentación independiente obtenida (circulares, contratos de préstamo, actas de directorio, cartas de abogados, test de pasivos omitidos, etc.). Nuestro análisis no solo abarca el saldo sino que también los movimientos de todo el periodo y posteriores al cierre. • Controlar que se hayan efectuado las siguientes tareas, si corresponden:  Segregación de deudas.  Reclasificación de saldos bancarios acreedores.  Constitución de provisiones para intereses devengados.  Correcta exposición de los intereses a devengar.  Constitución de provisiones por deudas vencidas (intereses punitorios, gastos legales, etc.)  Correcta valuación de deudas en moneda extranjera. • Circularizar acreedores del rubro (bancos, entidades financieras, empresas, etc.) • Obtener copia de los contratos suscriptos por la sociedad; • Analizar las cláusulas de los contratos, intereses, plazos, cláusulas especiales si las hubiera (por ejemplo: mantenimiento de capital de trabajo, pago de dividendos, ventas y disposiciones de activos, etc.); • controlar que esté contabilizado el pasivo devengado en concepto de intereses al cierre del ejercicio; • Tener en cuenta las restricciones (garantías, hipotecas etc.) de los contratos que figurarán en nota a los estados contables; Es importante destacar que, salvo que el contrato estipule lo contrario, los intereses son sobre saldos, es decir, se utiliza INTERES COMPUESTO. En cambio, cuando se trate de una deuda fiscal (excepto moratorias) se utilizará INTERES SIMPLE. Solo se capitalizarán intereses en el caso de que se realice una cancelación de capital.

Pasivos Financieros (Papeles de Trabajo)  Análisis de cuentas  Comprobaciones preparadas por el Auditor  Pedidos de Confirmaciones de Saldos  Contestaciones  Extractos de Contratos de prestamos  Detalle de Inspecciones Oculares de Títulos y obligaciones

Remuneraciones y Cargas sociales Contenido Pasivos por costos laborales  Comprenden las compensaciones que un ente pagará a sus empleados en el corto o largo plazo por derechos que ellos han adquirido en virtud de servicios ya prestados al ente y, en su caso, las correspondientes contribuciones de seguridad social. Dichas compensaciones incluyen conceptos tales como: a) prestaciones recurrentes de servicios, cancelables bajo la forma de sueldos, jornales, comisiones, premios por asistencia, etc.; b) beneficios complementarios (aguinaldo, gratificaciones, participaciones en las ganancias, etc.), ausencias compensables o ausencias pagas (licencia anual por vacaciones, ausencias por servicio prolongado o sabática, enfermedad, etc.) y otros beneficios similares a corto o largo plazo; c) beneficios posteriores al retiro (pensiones, seguro de vida, servicio médico y otros); d) indemnizaciones por terminación de la relación laboral, ya sea por decisión del empleador o por adherir el empleado a los beneficios de un plan de retiro voluntario. Medición  Deben medirse a su valor nominal y reconocerse en el período que se devengan. Es el caso de sueldos, jornales, comisiones, premios, SAC, vacaciones, lic. por enfermedad y/o beneficios posteriores al retiro (métodos de cálculo actuarial).  El correspondiente pasivo debe medirse en el inicio de acuerdo con la sección 4.5.9 (Otros pasivos en moneda) y en la fecha de cierre de acuerdo con la sección 5.15 (Otros pasivos en moneda), sobre la base del importe que el ente espera pagar (con recursos monetarios o no monetarios, incluyendo la entrega de acciones propias, el otorgamiento de opciones para su suscripción u otros instrumentos financieros emitidos por el ente), ya sea como resultado de una obligación legal, de políticas formales del ente, de obligaciones asumidas voluntariamente o de prácticas anteriores.  En los pasivos por pensiones incluidos en el inciso c), el importe que el ente espera pagar (costo final estimado de suministrar los beneficios posteriores al retiro), se determinará utilizando métodos de cálculo actuarial y realizando suposiciones actuariales que constituyan las mejores estimaciones que el ente posea sobre las variables demográficas (mortalidad, tasa de rotación, tasas de

pedido de atención en planes de servicio médico, etc.) y financieras (tasa de descuento, niveles futuros de sueldo, etc.).  En el caso de los beneficios incluidos en los incisos a) a c) anteriores, que se devengan a medida que los empleados prestan su servicio, el pasivo debe reconocerse durante el período de dicha prestación.  Las indemnizaciones mencionada en el inciso d) se reconocerán como un pasivo y como un resultado del período cuando el ente se hubiera comprometido de forma demostrable a rescindir el vínculo con un empleado o grupo de empleados antes de la fecha normal de retiro o en el caso de reestructuraciones, aplicando las normas de la sección 5 (Reestructuraciones) de la segunda parte de la resolución técnica 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular).  En ausencia de evidencia en contrario, se presume que un ente que actualmente proporciona beneficios especiales a sus empleados continuará haciéndolo mientras ellos continúen prestando servicios al ente. Exposición  Separar lo corriente de lo no corriente (Moratorias)  Viajantes de Comercio

Objetivo del examen Cuentas  Patrimoniales • Sueldos y Jornales a Pagar • Cargas Sociales a Pagar • Provisión SAC • Provisión Gratificaciones • Provisión para Vacaciones • Retención Impuesto a las Ganancias 4º • Previsión Indemnización • Previsión para Despidos • Anticipos al personal • Préstamos al personal  Resultados  Sueldos y Jornales  Cargas Sociales  SAC

Categoría

 Vacaciones  Gratificaciones  Indemnizaciones  Seguros (Art.)  Remuneraciones y Cargas sociales Factores de riesgo  Contingencias laborales  Contingencias previsionales  Simulación de relación laboral Rem. y Cs sociales (Control Interno)  En relación con la Función Administración del Personal  En relación con el control de los servicios  En relación con las Liquidaciones de remuneraciones  En relación con el Pago  En relación con el cumplimiento de Leyes y reglamentos  En relación a los procedimientos y registros contables  En relación con los Archivos  Normas Legales  Ley de contrato de Trabajo  Convenios Colectivos  Ley de Previsión social  Impuestos a Las Ganancias Rem. y Cs sociales (Procedimientos) a) Verificar el pago posterior al cierre de ejercicio de remuneraciones adeudadas al personal. Pedir listado emitido al banco. Verificar transferencias. b) Verificar la presentación y el pago en término de las cargas sociales de todo el ejercicio. c) Analizar la suficiencia de provisiones para recargos por pagos fuera de término o falta de depósito de obligaciones sociales. d) Verificar el pago posterior al cierre de ejercicio de remuneraciones adeudadas al personal. Pedir listado emitido al banco.

e) En caso de haber sido solicitado un plan de pago en cuotas, calcular intereses, actualizaciones y su correcta contabilización. f) Analizar la razonabilidad de la constitución de provisiones para sueldo anual complementario, vacaciones y sus cargas sociales, etc. g) Informe del auditor: se debe informar la deuda devengada de Seguridad Social, inclusive la que esté consolidada en moratorias. En ese caso la deuda no es exigible. h) Rem. y Cargas soc.-Pruebas Globales  Relevar los sueldos declarados en el libro de sueldos  Cruzar una muestra de recibos de sueldos con la información vertida en el libro de sueldos y con los datos declarados en el formulario de Cargas Sociales  Desagregar los montos no imponibles del total de los sueldos (Decreto 491/04)  Aplicar los porcentajes de las retenciones según legislación vigente. Tener en cuenta retenciones especificas establecidas por convenios colectivos.  Considerar la existencia de aportes establecidos en convenios colectivos.  Antes de cotejar los montos obtenidos, analizar la forma de contabilización del asiento de sueldos y de las cargas sociales de la compañía.  Comparar la deuda mensual y cargos a resultados. Analizar cómo se contabilizan las asignaciones familiares.  Considerar las reversiones de las provisiones. Temas Varios legales.  Horas Extras Trabajadas en Exceso  El artículo 1º del Decreto 484/2000 enuncia: “ (...) el número máximo de horas suplementarias, (...) queda establecido en treinta (30) horas mensuales y doscientas (200) horas anuales, sin necesidad de autorización administrativa previa y sin perjuicio de la aplicación de las previsiones legales relativas a jornada y descanso.  Por su parte la Resolución 303 con fecha 24 de Julio de 2000, en su artículo 2 establece: “ el número máximo de horas suplementarias anuales previsto en el artículo 1º del decreto 484/00, se computará por año calendario. Para el año en curso, el número máximo anual de horas suplementarias establecido en el decreto citado en el párrafo precedente, se computará a partir de su entrada en vigencia y hasta el 31 de Diciembre de 2000.”

 Anticipos de sueldos  El artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo establece: “(...).El empleador podrá efectuar adelantos de remuneraciones al trabajador hasta un cincuenta (50) por ciento de las mismas correspondientes a no más de un período de pago”. Y más adelante agrega “ En caso de especial gravedad y urgencia el empleador podrá efectuar adelantos que superen el límite previsto en este artículo, pero si se acreditare dolo o un ejercicio abusivo de esta facultad el trabajador podrá exigir el pago total de las remuneraciones que correspondan al periodo de pago sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar”. La compañía ha descontado préstamos a su personal. La ley de Contrato de Trabajo no permite aplicar descuentos por este concepto en el recibo de sueldos.  En el inciso de f) del artículo 132 de esta ley se permite esta práctica sólo si el préstamo es otorgado por el Estado Nacional, provincial o municipal, o por los sindicatos o asociaciones profesionales.  Remuneraciones y Cargas sociales  Vales Alimenticios El artículo 103 bis de LCT dice: “ Los empleadores que ocupen personal en relación de dependencia comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo podrán, por intermedio de empresas expresamente habilitadas al efecto, suministrar a los trabajadores el beneficio social de asistencia a la canasta familiar alimentaria, a través de la provisión de cajas de alimentos o de vales alimentarios, destinados a atender parcial o totalmente el suministro o la compra de un conjunto de productos básicos de la alimentación, integrantes de dicha canasta. Los montos aplicados por el empleador en cajas o vales que se suministren a los trabajadores con encuadre en el presente régimen, no podrán exceder del veinte por ciento (20%) de la remuneración bruta de éstos. Este beneficio no tendrá carácter remuneratorio, a los efectos del derecho del trabajo y de la seguridad social, ni a ningún otro efecto”.  Liquidación de Licencias por Enfermedad Las liquidaciones de las licencias por enfermedad deben efectuarse en función de lo establecido en el artículo 208 de la LCT, donde se aclara que la liquidación debe ser proporcional al sueldo normal, esto implica que el sueldo base debería ser dividido por 30 días y no por 25 días tal como lo efectúa la compañía.

Pagos de sueldos en efectivo  La Resolución 644/97 emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el 30 de septiembre de 1997 establecee que el pago de remuneraciones debe efectuarse mediante acreditación en cuenta bancaria a nombre de cada trabajador.  Sin embargo, el empleado puede elegir la forma de cobro, instrumentándola en forma escrita.  Retenciones no depositadas por el empleador Al respecto la Ley Penal Tributaria en su artículo 9 establece “Será reprimido en prisión de 2 a 6 años, el agente de retención de aportes del sistema de seguridad social nacional que no depositare, total o parcialmente, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, los importes retenidos, siempre que el monto no ingresado superase la suma de $ 20.000 por cada periodo. 

Rem. y Cs Soc. (Papeles de Trabajo)  Análisis de Cuentas del Pasivo  Cálculos efectuados para determinar lo devengado y lo exigible  Anotaciones efectuadas para visualización de Pagos de Sueldos  Análisis de cuentas de Indemnizaciones  Copias o resúmenes de Convenios colectivos de trabajo

Deudas y cargas fiscales Contenido Las deudas fiscales representa la existencia de obligaciones ciertas, determinadas o determinables. Vinculadas a los impuestos, tasas y contribuciones. Las Cargas fiscales representan el cargo a resultados de las obligaciones asumidas como consecuencia de la aplicación de las normas vigentes.      

Impuestos a las ganancias Impuesto a los bienes personales Impuesto a la ganancia mínima presunta Impuesto sobre los ingresos brutos Impuesto al valor agregado Tasas municipales.

Medición  Impuesto a las ganancias  Diferenciación de jurisdicciones  Las normas que siguen se aplicarán separadamente por cada jurisdicción (argentina o extranjera) en la cual deban liquidarse y pagarse impuestos sobre las ganancias.  Impuestos determinados y saldos a favor  Reconocimiento  Los impuestos determinados en cada período darán lugar al reconocimiento de las correspondientes deudas, las que serán reducidas por los pagos a cuenta que se hubieren efectuado (por anticipos, retenciones, percepciones, etc.).  Cuando los pagos a cuenta superen a la obligación determinada se reconocerá un activo.  Medición  La medición contable de los impuestos determinados a pagar y de los saldos a favor se hará según las normas de la sección 5.15 (Otros pasivos en moneda) y de la sección 5.3 (Otros créditos en moneda), respectivamente, sobre la base del importe que se espera pagar a (o recuperar de) las autoridades impositivas.  Cuando la recuperación de un saldo a favor esté sujeta a alguna condición, se considerará que existe una contingencia negativa, que será tratada de acuerdo con las normas de la sección 4.8 (Consideración de hechos contingentes).  Impuestos diferidos  Reconocimiento: normas generales

 Cuando existan diferencias temporarias entre: a) las mediciones contables de los activos y pasivos; y b) sus bases impositivas, que son los importes con que esos mismos activos y pasivos aparecerían en los estados contables si para su medición se aplicasen las normas del impuesto sobre las ganancias,  se reconocerán activos o pasivos por impuestos diferidos, excepto en la medida en que tales diferencias tengan que ver con: a) un valor llave que no es deducible impositivamente; o b) el reconocimiento inicial de un activo o de un pasivo en una transacción que:

 En los casos de diferencias temporarias relacionadas con activos y pasivos en sucursales, en sociedades controladas o vinculadas o en negocios conjuntos, se procederá así: a) se reconocerá un pasivo por impuesto diferido cuando la reversión de la diferencia temporaria vaya a generar un aumento de los impuestos determinados, excepto en la medida en que: 1) el inversor pueda controlar los momentos en que tales diferencias temporarias se reversarán; y 2) sea improbable que las diferencias temporarias se reversen en el futuro previsible; b) se reconocerá un activo por impuesto diferido cuando la reversión de la diferencia temporaria vaya a generar una disminución de los impuestos determinados, pero sólo en la medida en que sea probable que: 1) la diferencia temporaria se reverse en el futuro previsible; y 2) se espere disponer de ganancias impositivas suficientes como para absorber la diferencia temporaria.  Medición  La medición contable de los impuestos diferidos se hará según las normas de la sección 5.15 (Otros pasivos en moneda) y de la sección 5.3 (Otros créditos en moneda), de modo que los importes de los activos y pasivos contabilizados reflejen los efectos (aumentos o disminuciones) que sobre los importes de los futuros impuestos determinados tendrán: a) la reversión de las diferencias temporarias; y b) el empleo de quebrantos impositivos y créditos fiscales no utilizados.  Para el cálculo de dicho efecto, a los importes correspondientes a las diferencias temporarias y a los quebrantos impositivos no utilizados se les aplicará la tasa impositiva que se espera esté en vigencia al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales sancionadas hasta la fecha de los estados contables.  Cuando los créditos por impuestos diferidos: a) excedan a las deudas por impuestos diferidos susceptibles de compensación; y b) sea improbable que las ganancias impositivas futuras alcancen para absorber las diferencias temporarias netas y los quebrantos impositivos y los créditos fiscales no utilizados, se computará una desvalorización sobre la parte de dichos créditos que se considere irrecuperable.  La desvalorización recién referida podrá ser reversada en períodos posteriores de acuerdo con lo establecido en la sección 4.4.7 (Reversiones de pérdidas por desvalorización).  Impuesto del período  Se imputarán al resultado del período:

a) los impuestos determinados para el mismo; b) las variaciones de los saldos de impuestos diferidos que no hayan sido causadas por combinaciones de negocios o por escisiones. Exposición  Criterios de valuación  Corriente y No corriente Objetivo del examen Deudas y cargas fiscales (Control Interno)  En relación con su determinación e Instrumentación  En relación con las Declaraciones Juradas  En relación con su pago  En relación con los Registros y procedimientos contables Mantenidos  Legislación Fiscal Deudas y cargas fiscales (Procedimientos)  Revisar el cálculo de los cómputos de impuestos mensuales de acuerdo a la legislación vigente  Revisar el cálculo de la provisión de impuesto a las ganancias del periodo:  Verificar la determinación con las normas impositivas aplicables.  Analizar las partidas transitorias y permanentes en la aplicación del método del impuesto diferido  Verificar la correcta registración contable.  Análisis de los Movimientos  Examen de Declaraciones Juradas  Examen de Pagos  Validar los saldos de activos por anticipos, pagos a cuenta, retenciones sufridas, etc. con la documentación de respaldo.( VEP, Constancia de pago, etc)  Planes de Pagos.  Solicitar a las asesores impositivos confirmación respecto de inspecciones fiscales  Relevar las inspecciones y requerimientos fiscales recibidos.

Deudas y cargas fiscales (Papeles de trabajo)  Listados de Movimientos de cuentas  Análisis de Saldos  Copias de Declaraciones juradas Impositivas  Copias de Actas de Inspecciones impositivas  Copias de cálculos de previsiones y provisiones

Patrimonio Neto Contenido Representa: El derecho de los propietarios sobre el conjunto de los activos netos de la sociedad, y se compone de los fondos invertidos por los propietarios, las utilidades retenidas y reinvertidas Cuentas: Que representan Capital  Capital social  Ajuste de capital  (Por inflación)  Primas de emisión  Aportes irrevocables Que representan Resultados:  Resultados acumulados  Reserva legal  Reservas facultativas  Reservas por revalúo técnico de Bs. de Uso  Ajuste de resultados de ejercicios anteriores (AREA) Características  Bajo número de transacciones pero de importes relevantes  Decisiones tomadas por los accionistas o los directores CUALITATIVAS Son reclasificaciones entre las distintas partidas del patrimonio neto • Emisión de acciones (el capital queda representado por un mayor Nro.de ellas) • Capitalización de aportes irrevocables • Constitución de reservas legales y facultativas • Distribución de Resultados en acciones • Absorción de pérdidas por absorción de capital CUANTITATIVAS Aumentan o disminuyen el patrimonio neto • Aportes Irrevocables de capital • Aumento / Disminución de capital nominal • Constitución de Reservas Revalúo Técnico de Bs de Uso • Desafectación de reservas de Revalúo técnico de Bs. de Uso • Generación de resultados • Distribución de Resultados en efectivo LIBROS SOCIETARIOS SOCIALES

• Actas de Asamblea • Actas de Directorio • Registro de Asistencia a Asambleas y Depósito de Acciones • Registro de Accionistas CONTABLES • Diario • Inventario y Balances • Subdiarios (optativos/Obligatorios) NORMAS VIGENTES PARA SOCIEDADES COMERCIALES 1. Código de Comercio 2. Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19.550/22.903) 3. Inspección General de Justicia. 4. Comisión Nacional de Valores 5. Superintendencia de Seguros de la Nación. NORMAS DEL CÓDIGO DE COMERCIO (Arts.: 44, 53, 54 y 55) Obligatorios: libros Diario e Inventario y Balances Deben encontrarse: 1. Encuadernados, 2. Foliados y 3.Rubricados Validez en juicio: Los libros no llevados conforme al art 53 C. C. no tienen valor alguno en juicio a favor del comerciante a quien pertenezcan. MODO DE LLEVAR LOS LIBROS (art. 54 Cod. Comercio) Está prohibido: · Alterar en los asientos el orden progresivo de las fechas y operaciones con que deben hacerse. · Dejar blancos ni huecos, pues todas sus partidas se han de suceder una a otras, sin que entre ellas quede lugar para la intercalaciones ni adiciones. · Hacer interlineaciones, raspaduras ni enmiendas, sino que todas las equivocaciones y omisiones que se cometan se han se salvar por medio de un nuevo asiento hecho en la fecha en que se advierta la omisión o el error. · Tachar asiento alguno · Mutilar alguna parte del libro, arrancar alguna hoja o alterar la encuadernación y foliación. LEY DE SOCIEDADES PRESCINDENCIA DE LLEVAR LIBROS EN MEDIOS MANUALES • La sociedades podrán prescindir de llevar los libros en medios manuales (art. 53 del CC), en la medida en que la autoridad de contralor (I.G.J. en Cap. Fed.) autorice la sustitución de ellos por

medios mecánicos, magnéticos u otros, excepto el de Inventario y Balance • Autorizados debidamente por la I.G.J. • La autorización debe transcribirse en el Libro Inventarios y Balances RESOLUCIÓN 6 / 80 IGJ Las solicitudes de autorización a que se refiere el art. 61 de la L.S.C. deberán contener una amplia exposición del sistema a emplear con dictamen de contador público que demuestre el grado de inalterabilidad de los registros en el sistema propuesto Objetivo del examen Medición  Capital Social  Acciones Propias en Cartera  Aportes irrevocables para futura Suscripción de acciones  Primas de emisión- Descuentos de emisión.  Ajustes parciales de Inflación.  Ganancias reservadas  Resultados acumulados no asignados CAPITAL CAPITAL EN LA S.A.  Suscripción e integración del capital. ( Art 166) El plazo para la integración de capital adeudado no puede exceder de dos (2) años.  Suscripción total. Capital mínimo. ( Art 186) El capital debe suscribirse totalmente al tiempo de la celebración del contrato constitutivo. No podrá ser inferior a $12.000,00. En las S.A.  Integración mínima en efectivo. ( Art 187) La integración en dinero efectivo no podrá ser menor al veinticinco por ciento (25 %) de la suscripción: su cumplimiento se justificará al tiempo de ordenarse la inscripción con el comprobante de su depósito en un banco oficial, cumplida la cual, quedará liberado.  Aportes no dinerarios. Los aportes no dinerarios deben integrarse totalmente. Solo pueden consistir en obligaciones de dar. CAPITAL DE LA SRL.  División en cuotas. Valor. ARTICULO 148.- Las cuotas sociales tendrán igual valor, el que será de pesos diez ($10) o sus múltiplos, es decir, que las SRL no tienen capital mínimo. PRIMAS DE EMISION

 En ocasiones puede tener lugar la suscripción de acciones con la constitución de primas de emisión que tienen por objetivo mantener la proporción de las tenencias. Representan entonces un exceso del capital nominal e integra el PN.  En una sociedad en funcionamiento algunos accionistas deciden realizar nuevos aportes de capital. El nuevo aporte de incorporarse directamente altera la proporción de tenencias de los accionistas, las primas de emisión compensan esa distorsión APORTES IRREVOCABLES Los anticipos para futuras suscripciones de acciones sólo constituyen aportes no capitalizados cuando tienen el carácter de irrevocables y han sido efectivamente integrados. La Resolución Técnica 17 enumera 3 requisitos que deben cumplir los aportes irrevocables para ser considerados partida integrante del Patrimonio Neto, son los siguientes: a) Que hayan sido efectivamente integrados; b) Que surjan de un acuerdo escrito entre el aportante y el órgano de administración del ente que estipule: 1- que el aportante mantendrá su aporte, salvo cuando su devolución sea decidida por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del ente mediante un procedimiento similar al de reducción del capital social; 2- que el destino del aporte es su futura conversión en acciones; 3- las condiciones para dicha conversión; c) Que hayan sido aprobados por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del ente. RESERVA LEGAL.  Según el Art 70., “ Las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades por acciones, deben efectuar una reserva no menor del cinco por ciento (5 %) de las ganancias realizadas y líquidas que arroje el estado de resultados del ejercicio, hasta alcanzar el veinte por ciento (20 %) del capital social.  Cuando esta reserva quede disminuida por cualquier razón, no pueden distribuirse ganancias hasta su reintegro. OTRAS RESERVAS  En cualquier tipo de sociedad podrán constituirse otras reservas que las legales, siempre que las mismas sean razonables y respondan a una prudente administración. DIVIDENDOS.  ARTICULO 68.- Los dividendos no pueden ser aprobados ni distribuidos a los socios, sino por ganancias realizadas y líquidas

resultantes de un balance confeccionado de acuerdo con la ley y el estatuto y aprobado por el órgano social competente, Las ganancias distribuidas en violación a esta regla son repetibles, con excepción del supuesto previsto en el artículo 225.  Repetición dividendos. : ARTICULO 225.- No son repetibles los dividendos percibidos de buena fe.  Ganancias: pérdidas anteriores. : ARTICULO 71.- Las ganancias no pueden distribuirse hasta tanto no se cubran las pérdidas de ejercicios anteriores.  Cuando los administradores, directores o síndicos sean remunerados con un porcentaje de ganancias, la asamblea podrá disponer en cada caso su pago aun cuando no se cubran pérdidas anteriores.  El artículo 261 de la Ley 19.550 en : o su segundo párrafo, limita el monto máximo de las retribuciones que por todo concepto puedan percibir los miembros del directorio y del consejo de vigilancia, incluido sueldos y otras remuneraciones por el desempeño de funciones técnico-administrativas de carácter permanente, al 25% de las ganancias. o El 3º párrafo limita dicho monto máximo al 5% cuando no se distribuyan dividendos a los accionistas, y se lo incrementa proporcionalmente a la distribución hasta alcanzar el límite del 25% cuando se reparte el total de la ganancia. o El 4º párrafo del art. 261 autoriza a exceder los límites antedichos en caso de desempeño de comisiones especiales o de funciones técnico administrativas por parte de uno o más directores, frente a lo reducido o inexistencia de ganancias. En este caso solo podrán hacerse efectivas tales remuneraciones en exceso si fuesen expresamente acordadas por la Asamblea de Accionistas, a cuyo efecto deberá incluirse el asunto como uno de los puntos del Orden del Día.  De la redacción de este artículo surgen 2 problemas: la consideración del “sueldo” como integrante del total de remuneraciones por todo concepto hasta el 25% de las ganancias, y el concepto de “ganancias reducidas o inexistentes”.  También la forma de computar las proporciones en caso de no distribuir dividendos es tema de controversia. La Comisión Nacional de Valores ha fijado su posición sobre la interpretación que corresponde hacer mediante la R.G. 50 del 10/12/76 Absorción de pérdidas por absorción de capital Reducción obligatoria del capital  Art. 205: La asamblea extraordinaria puede resolver la reducción del capital en razón de pérdidas sufridas por la sociedad para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio.

 Art. 206. La reducción es obligatoria cuando las pérdidas alcance el cincuenta por ciento (50%) del capital social y la totalidad de las reservas. Comprobada dicha pérdida, el Directorio debe convocar a asamblea para que acuerde la reducción obligatoria o decida la disolución de la sociedad por dicho motivo, según lo dispuesto en los arts. 94 inc. 5º y 96, pero la reducción obligatoria puede quedar sin efecto si los socios deciden realizar nuevos aportes reintegrando el capital.  En cuanto a la forma y momento en que éste debe realizarse, la ley no lo establece. Sin embargo, parece que la forma adecuada es el balance de ejercicio, documento contable idóneo para evaluar el desequilibrio entre el capital y el patrimonio social. Exposición  Estado de Evolución del Patrimonio Neto  Otra Información ( Datos de la composición del Capital  Monto de capital autorizado (Suscripto e integrado)  Condiciones especiales de emisión El Estado de Evolución del Patrimonio Neto es uno de los cuatro Estados Básicos ,de tipo evolutivo: Saldos iniciales + Transacciones = Saldos al cierre Debe expresarse • En moneda homogénea o en un múltiplo de esa moneda. • Puede efectuarse el redondeo de cifras no significativas. • Indicará la moneda en la que está expresado. Información Comparativa  Ejercicios completos :La correspondiente al ejercicio precedente  Períodos intermedios La correspondientes al período equivalente del ejercicio precedente.  Entes no incluidos en el Art 299: La presentación de información comparativa será optativa para estos entes. La opción de no presentación deberá manifestarse en la información complementaria (Notas).  Datos del ejercicio anterior Se prepararán y expondrán según los criterios utilizados para el período corriente. Los datos comparativos podrán diferir de los expuestos en los estados contables originales Ajuste de Resultados de Ejercicios Anteriores  Son Ajustes provenientes de: o 1.La corrección de los errores producidos en los ejercicios anteriores, o

o 2 Del efecto de los cambios realizados en la aplicación de normas contables. Se debe además describir el método anterior, el nuevo y la justificación del cambio (Notas)  Información Comparativa: Deben adecuarse las cifras correspondientes al ESP del ejercicio precedente cuando existan modificaciones de ejercicios anteriores que lo afecten, al sólo efecto de su presentación comparativa con la información del ejercicio.  Exposición: Deben exponerse corrigiendo el saldo inicial de Resultados No Asignados. Puede hacerse en nota y referenciar a ella en el EEPN. Se debe describir la modificación y sus efectos en la información complementaria (Notas).Se presentan, a efectos comparativos, netas del efecto del impuesto a las ganancias.  Excepciones :No se computará a AREA, cuando: • Cambien las estimaciones contables como consecuencia de la obtención de nuevos elementos de juicio que no estaban disponibles al momento de emisión de los estados contables correspondientes a dichos ejercicios. • Cambien las condiciones preexistentes u ocurran situaciones que son claramente diferentes de lo acaecido anteriormente. Patrimonio Neto de entes que Consolidan Cuando se presenta información consolidada de una sociedad controlante y sus sociedades controladas, las participaciones minoritarias en el capital de la controlada:  no integran el pasivo del grupo económico en tanto éste no haya asumido la obligación de entregar recursos o prestar servicios a los accionistas no controlantes  no forman parte del patrimonio de la controlante porque no representan derechos de los accionistas de ésta. Por lo tanto en estos casos la ecuación sería la siguiente: Pat. neto = Activo - Pasivo - Participaciones minoritarias ( en la controlada) Acciones preferidas rescatables Integran el pasivo cuando sus cláusulas de emisión, directa o indirectamente: a) obligan al emisor a su rescate; o bien b) otorgan al tenedor el derecho a solicitar su rescate, por un importe determinado o determinable y en una fecha fija o determinable.

Las acciones preferidas rescatables a opción del emisor integran el patrimonio neto mientras la opción no haya sido decidida o no pueda ser efectivamente ejercida. Aéreas de riesgos  Omisión de registración de aportes irrevocables  Restricciones a la distribución de dividendos  Omisión de registración distribución de dividendos  Restricciones a la distribución de dividendos  Registración en defecto de la reserva legal u omisión de la constitución / desafectación de reservas.  Pérdidas acumuladas que requieren la reducción de capital.  Aportes irrevocables que no cumplen los requisitos contables.  Exposición incorrecta de la información comparativa Patrimonio Neto (Control Interno)  En relación con lo adecuado del Patrimonio  En relación con las necesidades futuras  En relación con las Operaciones efectuadas  En relación con la Acciones no emitidas o readquiridas  En relación con los registros mantenidos  Otras Consideraciones Legales Patrimonio Neto (Procedimientos)  Capital Social  Primas de emisión  Aportes irrevocables para Futuras suscripciones  Revaluaciones y Actualizaciones contables  Ganancias reservadas  Resultados Acumulados no asignados  Examen de registros  Acciones no emitidas  Otros Procedimientos de auditoría externa  Otros Procedimientos de auditoría operativa 1. Asegurarse que todas las transacciones que afecten al PN estén incluidas, a través de conversaciones con la Gerencia y la lectura de las actas de directorio y asamblea. 2. Comprobación matemática de los saldos.

3. Examinar las evidencias del ingreso correspondiente a la suscripción e integración del capital o aportes irrevocables 4. Examinar constancias de la distribución de utilidades 5. Verificar las decisiones de los órganos societarios. 6. Examinar documentación 7. Examinar documentación y efectuar revisiones analíticas 8. Verificar la adecuada reexpresión de las partidas 9. Verificar la existencia de restricciones legales, reglamentarias o contractuales para la distribución de utilidades. Patrimonio Neto (Papeles de Trabajo)  Análisis de Cuentas  Capital Social  Primas de emisión  Aportes irrevocables para Futuras suscriciones  Revaluaciones y Actualizaciones contables  Ganancias reservadas  Resultados Acumulados no asignados  Examen de registros  Acciones no emitidas  Planillas de recuentos Físicos

Cuentas de resultado: ventas, gastos, remuneraciones y sus cargas sociales. Impuestos: método diferido y devengado. Vinculación de las cuentas de resultado con los flujos operacionales. ( Punto 5.10) ESTADO DE RESULTADOS ESTADOS BASICOS Los estados contables a presentar son los siguientes:  Estado de situación patrimonial o balance general.  Estado de resultados (en los entes sin fines de lucro, estado de gastos y recursos).  Estado de evolución del patrimonio neto.  Estado de variaciones del capital corriente o de origen y aplicación de los fondos. En todos los casos debe respetarse la denominación de los estados básicos. Estos deben integrarse con la información complementaria, la que es parte de ellos. ESTADO DE RESULTADOS NORMAS GENERALES DE EXPOSICION CONTABLE A. CONTENIDO Concepto Suministra información de las causas que generaron el resultado atribuible al período. Estructura Las partidas de resultados se clasifican en resultados ordinarios y resultados extraordinarios. Resultados ordinarios: Son todos los resultados del ente acaecidos durante el ejercicio, excepto los resultados extraordinarios. Resultados extraordinarios: Comprende los resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperando para el futuro. Clasificación Las partidas de resultados se clasifican del modo que se indica a continuación: Resultados ordinarios Los resultados ordinarios deben discriminarse de modo que sea posible distinguir: • Los ingresos provenientes de las actividades principales del ente. • El costo incurrido para lograr tales ingresos

• Los gastos operativos, clasificados por función • Los resultados producidos por inversiones permanente en otros entes • Los resultados provenientes de actividades secundarias • Los resultados financieros y por tenencia, incluyendo el resultado por exposición a la inflación. De acuerdo con normas profesionales*, es recomendable que los resultados financieros y los resultados por tenencia se expongan netos del efecto de la inflación, esto es, en términos reales, y que el resultado por exposición a la inflación represente el efecto de la inflación sobre las partidas patrimoniales no incluido en aquellos. En tal caso, es recomendable que se clasifiquen en: • Generados por el activo y • Generados por el pasivo Es recomendable, asimismo, que tales resultados se clasifiquen según el rubro patrimonial que los genera. El impuesto a las ganancias atribuible a los resultados ordinarios, cuando se haya optado por aplicar el método del impuesto diferido. La participación sobre los resultados ordinarios. Resultados extraordinarios Pueden incluirse en un renglón del estado de resultados netos del efecto del impuesto a las ganancias, discriminando en la información complementaria a las principales partidas, o exponerse en detalle en dicho estado. En ambos casos, las partidas deben discriminarse de idéntica forma a la descripta para los resultados ordinarios.

NORMAS PARTICULARES DE EXPOSICION CONTABLE PARA ENTES COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS Si los componentes financieros implícitos incluidos en cuentas de resultados no fueren de significación o si fueren segregados adecuadamente, podrá efectuarse la presentación indicada en los apartados A o B siguientes, según que se prefiere o no un mayor detalle de los resultados financieros y por tenencia. En el caso que los componentes financieros implícitos contenidos en cuentas de resultados fueren de significación y no fueren segregados adecuadamente, se deberá utilizar la alternativa de presentación detallada en el apartado C siguiente y revelarse en la información complementaria las limitaciones a las que está sujeta la exposición de las causas del resultado del ejercicio.

A. ALTERNATIVA DE SEGREGAR LOS COMPONENTES FINANCIEROS IMPLICITOS CONTENIDOS EN LAS CUENTAS DE RESULTADOS E INFORMAR LOS RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA EN DETALLE Las causas que generaron el resultado del ejercicio se clasifican del modo que se indica a continuación. Resultados ordinarios Ventas netas de bienes y servicios • Ventas netas Se exponen en el cuerpo del estado netas de devoluciones y bonificaciones, así como de los impuestos que incidan directamente sobre ellas. • Reintegros y desgravaciones En el caso de existir reintegros o desgravaciones originadas directamente en las ventas efectuadas se incluyen en ellas. Cuando los reintegros o desgravaciones afecten tanto a ventas cuando al costo de ellos se imputan según su efecto sobre cada uno. Si tal discriminación no es posible, el beneficio neto se suma al subtotal resultante de ventas menos el costo de ellas, para formar el resultado bruto. Costo de los bienes vendidos y servicios prestados Es el conjunto de los costos atribuibles a la producción o adquisición de los bienes o a la generación de los servicios cuya venta da origen al concepto del punto anterior. Resultado bruto sobre ventas Es el neto entre los dos conceptos anteriores. Realización de diferentes actividades Cuando la sociedad se dedicare simultáneamente a diversas actividades, es recomendable que los ingresos y sus costos se expongan por separado para cada actividad en el cuerpo de los estados o en la información complementaria. Gastos de comercialización Son los realizados por el ente en relación directa con la venta y distribución de sus productos o de los servicios que presta. Gastos de administración Comprende los gastos realizados por el ente en razón de sus actividades, pero que no son atribuibles a las funciones de compra, producción, comercialización y financiación de bienes o servicios. Resultado de inversiones en entes relacionados Comprende los ingresos y gastos generados por inversiones en sociedades controlantes, controladas o vinculadas, netos del efecto de la inflación. Otros ingresos y egresos Comprende todos los resultados del ente generados por actividades secundarias y los no contemplados en los conceptos anteriores, con

excepción de los resultados financieros y por tenencia y del impuesto a las ganancias. Resultados financieros y por tenencia (incluyendo el resultado por exposición a la inflación) Se clasifican en generados por el activo y generados por el pasivo, distinguiéndose en cada grupo los diferentes componentes según su naturaleza (como, por ejemplo, intereses, diferencias de cambio y resultados por tenencia, discriminados o no según el rubro patrimonial que los originó). La segregación de estos resultados implica considerar el criterio de síntesis en la exposición que impera en los estados básicos. Impuesto a las ganancias Se expone la porción del impuesto a las ganancias correspondiente a los resultados ordinarios, cuando el ente ha optado por aplicar el método del impuesto diferido. Participación minoritaria sobre resultados Comprende la participación sobre los resultados del grupo económico atribuible a los accionistas minoritarios ajenos a éste, que es quien consolida su información en virtud de la aplicación de normas contables vigentes*. Constituye para el grupo económico el costo por los fondos provistos por esos accionistas para la financiación de los recursos del ente. Se expone neta del efecto del impuesto a las ganancias. Resultados extraordinarios Comprende los resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado para el futuro. En su caso, deben distinguirse la participación minoritaria y el impuesto a las ganancias que afectan a los resultados extraordinarios. Este último siempre que el ente haya optado por aplicar el método del impuesto diferido. B. ALTERNATIVA DE SEGREGAR LOS COMPONENTES FINANCIEROS IMPLICITOS CONTENIDOS EN LAS CUENTAS DE RESULTADOS E INFORMAR LOS RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA CON GRADO VARIABLE DE DETALLE Se puede optar por agrupar en una línea a los resultados financieros y por tenencia o informar separadamente los financieros de los de tenencia. A su vez, el total o cada grupo, pueden presentarse discriminando un resultado generados por el activo y generados por el pasivo. C. ALTERNATIVA DE NO SEGREGAR LOS COMPONENTES FINANCIEROS IMPLICITOS CONTENIDOS EN CUENTAS DE RESULTADOS Si el ente no segrega los componentes financieros implícitos contenidos en las cuentas de resultados y ellos son de significación, el estado de resultados debe tener un ordenamiento similar al indicado en el apartado

A anterior, excepto que no se debe calcular el subtotal relativo al resultado bruto y que los resultados financieros y por tenencia no se deben discriminar. Además, se deben revelar las limitaciones a las que está sujeta la exposición de las causas del resultado del ejercicio en la información complementaria. Procedimientos de auditoría. a) Revisión analítica a. Análisis comparativo con ejercicios anteriores y presupuestos. b. Determinación de índices c. Realizar pruebas globales de resultados d. Realizar pruebas globales de resultados por tenencias y financieros e. Realizar pruebas globales de resultados por exposición a la inflación. b) Revisión de partidas conjuntamente con los rubros patrimoniales c) Otras cuentas a. Revisión de documentación b. Verificar que no existan partidas que deban activarse. c. Verificar imputación contable por concepto d. Verificar el cumplimiento de las normas de exposición.

Estado de origen y aplicación de fondos o de variaciones del capital corriente. Su auditación y opinión. Otros cuadros y anexos. ( Punto 5.11) ESTADO DE VARIACIONES DEL CAPITAL CORRIENTE O DE ORIGEN Y APLICACION DE LOS FONDOS NORMAS GENERALES DE EXPOSICION CONTABLE A. ESTADOS ALTERNATIVOS La materia de este estado puede ser, a opción del ente, el capital corriente o el conjunto de las disponibilidades y las inversiones transitorias. En el primer caso, el estado se denomina de variaciones del capital corriente y, en el segundo, de origen y aplicación de los fondos. En adelante, estas normas se refieren al estado de variaciones del capital corriente, señalando las similitudes o diferencias con el de origen y aplicación de los fondos mediante aclaraciones entre paréntesis. B. CONTENIDO Concepto El capital corriente está compuesto por los activos y pasivos corrientes y, los fondos, por el conjunto de las disponibilidades y las inversiones transitorias. El estado de variaciones del capital corriente (o el de origen y aplicación de los fondos) presenta un resumen de las actividades de financiación e inversión del ente, mediante la exposición de las causas de la variación del capital corriente (o de los fondos) durante el período considerado. Estructura Variación del monto Debe exponerse la variación neta acaecida en el capital corriente (o en los fondos) y en los grupos (o rubros) que lo componen, teniendo en cuenta lo indicado en el apartado C de este capítulo. Causas de variación Las causas de variación del capital corriente (o de los fondos) se exponen distinguiendo los grupos siguientes y teniendo en cuenta lo indicado en el apartado C de este capítulo. • El capital corriente (o los fondos) originado por los resultados o aplicado a ellos, segregando los generados por causas ordinarias de los producidos por causas extraordinarias. • Otras causas de origen de capital corriente (o de fondos), tales como los aportes de propietarios (o asociados), los nuevos préstamos de terceros y la realización de bienes que proveen capital corriente (o fondos).

• Otras causas de aplicación de capital corriente (o de fondos), tales como los retiros de los propietarios (o asociados), la cancelación de obligaciones y las compras de bienes que representan aplicación de capital corriente (o de fondos). Los conceptos que integran los grupos de causas deben discriminar las partidas significativas en el cuerpo del estado básico o en la información complementaria, considerando el criterio de síntesis en la exposición que impera en el estado básico. Transacciones financieras que no afectan el capital corriente (o a los fondos). Las transacciones financieras que no afectan el capital corriente (o a los fondos) pero que, por su significación, merecen ser reveladas, se exponen al pie del estado o en la información complementaria, indicando el concepto e importe de la operación y los rubros involucrados. Formas optativas de exponer el capital corriente (o los fondos) relacionados con los resultados. Para exponer el efecto de los resultados del período sobre el capital corriente (o los fondos) podrá optarse entre la forma directa y la indirecta. Forma directa Exponer las partidas de los resultados que aumentaron o disminuyeron el capital corriente (las ventas del período cobradas o a cobrar corrientes, el costo de las mercaderías vendidas pagado o a pagar corriente, etc.) o los fondos (las ventas cobradas, las compras pagadas, etc.), discriminadas en el estado o en la información complementaria. Forma indirecta Mostrar el resultado ordinario y el extraordinario de acuerdo con el estado pertinentes y sumar o deducir a cada uno de ellos, debidamente identificadas, las partidas que intervinieron en su determinación pero que no afectaron el capital corriente (o los fondos), como, por ejemplo, las amortizaciones o los incrementos de previsiones no corrientes. MODIFICACION DE LA INFORMACION DE EJERCICIOS ANTERIORES Cuando las modificaciones de ejercicios anteriores afectan al saldo inicial del capital corriente (o a los fondos), en el estado de variaciones del capital corriente (o en el de origen y aplicación de los fondos) se expone el saldo inicial por su valor anterior, tal como fue publicado oportunamente y reexpresado, la descripción de la modificación correspondiente y el valor corregido. Tal discriminación puede hacerse en la información complementaria y referencias a ella en el estado de variaciones del capital corriente (o de origen y aplicación de los fondos). Además, se debe describir la modificación y sus efectos en la información complementaria.

Cuando se concrete un cambio en las normas contables aplicadas, se debe exponer adecuadamente en la información complementaria y efectuar las modificaciones correspondientes en las cifras relativas al ejercicio anterior. Si el ente ha optado por aplicar el método del impuesto diferido para la contabilización del impuesto a las ganancias, las modificaciones de ejercicios anteriores se presentan a efectos comparativos como se indicó en los párrafos anteriores, pero netas del efecto del impuesto mencionado. INFORMACION COMPARATIVA Cuando una partida constituye un origen en el período corriente y una aplicación en el período anterior (o viceversa), es conveniente dar preeminencia al ordenamiento del período corriente, exponiéndose los importes del período anterior con signo contrario al que corresponde en el período actual. Procedimientos de auditoría.  Revisar actas de directorio y asamblea para verificar si existen decisiones que pudieran afectar el flujo de efectivo y sus equivalentes del período bajo análisis o comprometa los flujos futuros.  Revisar la sumatoría de los distintos conceptos expuestos en el estado de flujo de efectivo.  Verificar coincidencia entre los importes expuestos como causas de variación en las distintas secciones del estado de flujo de efectivo con la información detallada en el resto de los estados básicos o información complementaria, según corresponda, tales como:  Comprobar determinadas igualdades:  Los saldos de efectivo y sus equivalentes iniciales y al cierre del período bajo análisis ex- puestos en el flujo de efectivo = Saldo de caja y bancos e inversiones transitorias informado en el estado de situación patrimonial yen información complementaria.  El monto de las cuentas a cobrar al inicio + ventas del período— cuentas a cobrar al derre del período bajo análisis = Ingresos por ventas expuesto en el estado de flujo de efectivo en el método directo.  El monto de proveedores al inicio + las compras del período — cuentas a pagar al cierre del período bajo análisis = Salidas de efectivo por compras expuestas en el estado de flujo de efectivo en el método directo.  El resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda expuesto en el estado de flujo de efectivo RECPAM originado por los saldos de caja y bancos expuesto en el éstado de resultados.  El monto del resultado de ejercicio según estado de resultados = Resultado de ejercicio expuesto en el estado de flujo de efectivo

en el método indirecto = Resultado de ejercicio expuesto en una línea en el estado de evolución del patrimonio neto.  El monto de depreciaciones según información complementaria (cuadro de gastos y Anexo de bienes de uso) = Depreciaciones expuestas en el estado de flujo de efectivo en el método indirecto.  El monto de alta de bienes de uso según información complementaria (Anexo de bienes de uso) = Pagos por compras de bienes de uso expuestos como actividades de inversión en el estado de flujo de efectivo.  El monto de aumentos de capital por aportes de los socios según el estado de evolución del patrimonio neto = Aportes de capital en efectivo o equivalentes, expuesto en el estado de flujo de efectivo.  El monto del impuesto a las ganancias según el estado de resultados = Monto del mismo concepto expuesto en el estado de flujo de efectivo.

Conclusión de la auditoria  Revisión del trabajo de los Asistentes  Durante el Desarrollo y a la finalización.  Control de tiempos.  Informe sobre el desempeño.  Control de Confirmaciones  Identificar los no contestados  Evaluar esfuerzos adicionales  Decidir en que caso aplicar procedimientos alternativos.  Estudio del Informe de los asesores Legales  Lista de Asesores ( y temas)  Emitir Cartas (Situación, acciones, fecha probable, efecto patrimonial, limitaciones, etc.)  Interés secundario: Honorarios  Revisión Final del ajuste por inflación.  Identificación y revisión de las Contingencias  Concepto (4.8- RT 17)  Procedimientos  Vinculados a rubros  Carta de gerencia  Carta a los abogados  Lectura de Actas.  Identificación y revisión de Operaciones con partes relacionadas

 Revisión de hechos posteriores  Concepto ( 4.9-RT 17)  Procedimientos  Vinculados a Rubros  Tareas adicionales (lectura de Informes, Actas, prestar atención a hechos de la empresa o del contexto, etc.)  Discusión de asientos de ajustes propuestos  Ajustes aceptados  Ajustes menores.  Ajustes no aceptados.  Comprobación de la contabilización de los ajustes aceptados  Corrección de las Cifras de los Estados contables  Revisión de la preparación de los Estados Contables  Examen de la Información Complementaria de los Estados Contables  Notas  Cuadros y Anexos  Portada o Encabezamiento.  Los EECC has sido preparados de acuerdo a normas de exposición vigentes.  Examen de Registros Rubricados  Manifestación escrita de la dirección (Obtención de carta de la Gerencia)  Constituye una manifestación escrita de los funcionarios del ente sobre aspectos de mayor significación relativos a la información auditada.  Tiene como finalidad servir de respaldo de la información obtenida verbalmente y constituye una evidencia de haber efectuado preguntas de importancia en la búsqueda de elementos de juicios validos y suficientes para el encargo profesional.  Borrador preparado por el Auditor.  Tener la misma fecha del informe.  Si bien no reemplaza a otros procedimientos es una evidencia de gran significación.  La negación de la dirección es una limitación al alcance

 Firmada por el representante legal de la entidad cuya informacion es objeto del encargo profesional. (Presidente del directorio en una SA, gerente en una SRL, presidente del consejo de An en una cooperativa, etc.).Dbe ser la misma persona que autorizaran la publicación de los EECC.  Contenido: debe contener entre otros los siguientes temas:  Los EECC presentan información razonable  Todos los gravámenes sobre activos están registrados y/o expuestos.  No hay omisión de activos  No existen otras situaciones contingentes además de las registradas.  No existen incobrables que no haya sido considerados.  Se ha puesto a disposición libros de actas y asamblea, registros contables y documentación relacionada.  Todas las actas han sido transcriptas a los libros  No han existido irregularidades que involucren a la empresa o al personal de la misma.  No existen reclamos judiciales, impositivos, laborales que no hayan sido considerados  Desde las fecha de cierre no se han producido hechos o transacciones que deban ser considerados en los EECC.  No se prevé realizar despidos masivos.  Propuesta que realizará el directorio a la asamblea sobre distribución de utilidades.  Declaración de no haber participado en hechos u operaciones consideradas inusuales y en su caso sospechosas, vinculadas al lavado de activos y financiación del terrorismo ( ley 25246-UIF)

RT37:

Dentro de las normas Comunes a todos los encargos, en el punto B normas para el desarrollo del trabajo, la RT 37 establece: “Como parte de los procedimientos correspondientes a los encargos de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento y servicio de compilación, el contador debe obtener manifestaciones escritas, suscriptas por la dirección con el propósito de confirmar determinadas materias o sustentar otros elementos de juicio de auditoría “ Es decir que la RT 37 amplia la Obligación de obtener las manifestaciones escritas , además de las auditorias de EECC ( que ya lo preveía la RT 7) , a los servicios de revisión, otros encargos de aseguramiento y servicios de compilación , pero no incluye a las certificaciones ( lógico ya que se revisa el 100 %) y a los servicios de procedimientos acordados( porque el cliente del encargo no puede realizar afirmaciones ya que la información objeto de la aplicación de los procedimientos generalmente es generada por un tercero ).

En cuanto a las normas específicas para una auditoria establece: 3.5.12. Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente de las explicaciones e informaciones suministradas (Manifestaciones de la dirección).  Hipótesis de empresa en funcionamiento: 3.6. Obtener elementos de juicio válidos y suficientes sobre la idoneidad de la utilización por parte de la dirección de la hipótesis de empresa en funcionamiento para la preparación y presentación de los estados contables, y concluir si a su juicio existe una incertidumbre significativa con respecto a la capacidad del ente para continuar como una empresa en funcionamiento durante un período al menos de doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables, lo que, en caso de

ocurrir, hará necesaria una adecuada revelación en los estados contables de información sobre la naturaleza y las implicaciones de la incertidumbre y un párrafo de énfasis en el informe del contador llamando la atención sobre tal situación, como se indica en el párrafo 26 de la sección III.A.ii. Sin embargo, el contador no puede predecir hechos o condiciones futuras y, por consiguiente, el hecho de que el informe del auditor no haga referencia a incertidumbre alguna con respecto a la continuidad del ente como una empresa en funcionamiento no puede considerarse garantía de la capacidad de la entidad para continuar en funcionamiento durante un período de al menos doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables.  Formación de la opinión Final  Limitaciones al alcance  Las desviaciones a las Normas Contables profesionales Significación o importancia relativa • Errores de escasa significación o importancia relativa • Errores importantes pero que no oscurecen o afectan a los estados contables en su conjunto • Errores importantes que afectan a los estados contables en su conjunto Errores de escasa significación o importancia relativa Ej. El caso de haber clasificado como gasto un importe menor de un alquiler pagado por anticipado que debió activarse Errores importantes pero que no oscurecen o afectan a los estados contables en su conjunto Ej. Una partida importante de cuentas por cobrar , en el supuesto de que el deudor hubiera entregado cheques diferidos , fue registrada como efectivo en caja. Errores importantes que afectan a los estados contables en su conjunto Un error importante en la valuación de los bienes de cambio

Afectaría a diferentes cuentas y montos subtotales y totales de los estados contables De todas maneras, cada una de las alternativas de significación expuestas deberían ser juzgadas por el auditor a la luz de las circunstancias y en cada caso específico , empleando su juicio profesional para decidir el tipo de opinión a emitir.  Administración del Trabajo  Revisión final de la Evidencia de auditoria  Archivar de programa de trabajo( original y modificaciones)  El trabajo y las conclusiones han sido adecuadamente documentados  Se dejo constancia de las actividades de supervisión  Todos los problemas significativos fueron resueltos o están reflejados en las conclusiones de la auditoria  Controlar que los papeles de trabajo:  Faciliten la supervisión  Ayuden a prestar otros servicios profesionales  Cumplen con la norma establecida  Es apta como medio de defensa.  Preparación de los Informes  Sobre los estados Contables  De recomendaciones del control interno.

Facultad de Ciencias Económicas Universidad Nacional de Misiones

AUDITORIA Resumen General de la materia Guía de Estudio Capitulo VI INFORMES, DICTAMENES Y CERTIFICACIONES DE AUDITORIA

Departamento de Contabilidad Cátedra de Auditoria Agosto 2016

CAPITULO VI: INFORMES, DICTAMENES Y CERTIFICACIONES DE AUDITORIA

Diferencias y características esenciales paran: informes, dictámenes y certificaciones. Alcance de cada uno. (Punto 6.1) II. NORMAS COMUNES A LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA, REVISIÓN, OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO, CERTIFICACIÓN Y SERVICIOS RELACIONADOS

A. Condición básica para su ejercicio profesional en los servicios previstos en esta Resolución Técnica Independencia B. Normas para el desarrollo del encargo C.

Normas sobre informes

Normas sobre Informes 1. Los informes deben cumplir con los requisitos o características de la información. En especial, se deben evitar los vocablos o expresiones ambiguas o que pudieran inducir a error a los interesados en el informe. 2. Los informes deben ser escritos. 3. En todos los casos en que el nombre de un contador se encuentre vinculado con los estados contables u otra información destinada a ser presentada a terceros, debe quedar en evidencia en todas las páginas que componen dicha información, la relación que con ellos tiene el citado contador. En ningún caso, el contador debe incorporar únicamente su firma y sello a los estados contables ni a otra información. 4. Además de lo requerido para cada tipo de encargo y lo necesario en las circunstancias en particular, los informes escritos deben contener: 4.1. Título. 4.2. Destinatario. 4.3. Apartado introductorio con la identificación de la información objeto del trabajo profesional y, cuando correspondiera aclararlo, el motivo del encargo. 4.4. Descripción breve de las responsabilidades que les caben al emisor de la información objeto del trabajo profesional y al contador. 4.5. Indicación de la tarea realizada. 4.6. Opinión que ha podido formarse, conclusión a la que ha llegado, manifestación o aseveración o hallazgos obtenidos por el contador a través de la tarea realizada, claramente separada de cualquier otro tipo de información.

4.7. Elementos comprensión.

adicionales

necesarios

para

una

mejor

4.8. Lugar y fecha de emisión. 4.9. Identificación y firma del profesional. 5. El contenido de cada sección del informe debe ser encabezado con un título adecuado. 9 6. Los informes podrán tener cláusulas de restricciones a su distribución, en el caso en que el contador juzgue que usuarios que no estén adecuadamente informados de las circunstancias específicas del encargo podrían llegar a malinterpretarlo. Diferencia ente informe y certificaciones. Informe: Es el documento que emite el auditor, luego de haber examinado los estados contables, para hacer conocer a los usuarios sus conclusiones acerca de si esos estados contables han sido preparados conforme a las normas contables profesionales Conclusiones El auditor debe exponer su opinión. ( Dictamen) abstenerse explícitamente de emitirla.  acerca de si los estados contables en conjunto presentan razonablemente la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales Es decir que el Dictamen es parte del Informe de auditoría. Certificación: La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con los registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador público al respecto representen la emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica. En este caso no se emite opinión.

Informes cortos, breves y extensos. Naturaleza, redacción, estructura formal. Destinatario. Alcance. Opinión principal.( Punto 6.2) Salvedades, excepciones, observaciones, comentarios.. .( Punto 6.3) Opinión adversa. Abstención de opinión. Opinión determinada sobre ciertos rubros Punto 6.4)

III. NORMAS DE AUDITORÍA La auditoria de estados contables es un encargo de aseguramiento razonable. Encargo de aseguramiento - Encargo en el que un contador expresa una conclusión con el fin de incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe, acerca del resultado de la evaluación o medida de la materia objeto de análisis, sobre la base de ciertos criterios. Tiene como objetivo las reducción del riesgo del encargo a un nivel aceptablemente bajo, en función de lasa circunstancias del encargo, que sirva de base para la expresión de una conclusión positiva. La emisión de una opinión sobre los estados contables hace necesario contar con un criterio o referencia ( marco de información contable)con respecto al cual el auditor realiza la evaluación que ellos contienen. Marcos (v) Marco Aceptable: Un marco de información destinados a la preparación de estados contables con fines generales se presume aceptable para concluir sobre presentación razonable cuando sus normas provienen de: a.

de un emisor autorizado o reconocido por la emisión de normas contables profesionales, que siga un debido proceso establecido y transparente que implique deliberación y consideración de las opiniones de una amplia gama de partes interesadas.( NCA , NIIF PCGA de USA)

b. de disposiciones legales o reglamentaria , en la medida que no estén presentes indicadores que puedan rebatir tal conclusión (vi) Marco de información con fines específicos - Un marco información contable diseñado para satisfacer las necesidades información contable de usuarios específicos. El marco información contable puede ser un marco de razonabilidad o marco de cumplimiento.

de de de un

La RT 37 introduce dos conceptos: Marco de presentación razonable y marco de cumplimiento: (vii) Marco de cumplimiento - Se utiliza para referirse a un marco de información contable que requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin contemplar las posibilidades descritas en los apartados (a) o (b) de la definición de “Marco de presentación razonable”. (viii) Marco de presentación razonable - Se utiliza para referirse a un marco de información contable que requiere el cumplimiento de sus requerimientos y además: a. reconoce de forma explícita o implícita que, para lograr la presentación razonable de los estados contables, puede ser necesario que la dirección revele información adicional a la específicamente requerida por el marco; o b. reconoce explícitamente que puede ser necesario que la dirección no cumpla alguno de los requerimientos del marco para lograr la presentación razonable de los estados contables. Se espera que esto sea necesario sólo en circunstancias extremadamente poco frecuentes. A. Auditoría externa de estados contables con fines generales i. Normas para su desarrollo : se explico en el punto 1.2 “auditoria como proceso en la formación de juicio” ii. Normas sobre informes En relación con un encargo de auditoría sobre estados contables, el contador podrá optar por emitir un informe breve o un informe extenso. Informe Breve Informe extenso * Informe Breve Definición

La RT 7 lo define expresando que “El Informe Breve sobre los estados contables (para ser presentados a terceros) es el que emite un contador público, basado en el trabajo de auditoría realizado, mediante el cual el profesional expresa su opinión o declara que se abstiene de emitirla sobre la información que contienen

dichos estados. El trabajo debe ser efectuado de acuerdo a estas normas de auditoría”. El informe breve sobre los estados contables (para ser presentados a terceros) es el que emite un contador, basado en el trabajo de auditoría realizado, mediante el cual éste expresa su opinión o declara que se abstiene de emitirla sobre la información que contienen dichos estados. El trabajo debe ser efectuado de acuerdo con las normas de auditoría de esta Resolución Técnica. ( RT 37) La RT 7 señala que se presentar con la siguiente sistematización: 1. Titulo 2. Destinatario 3. Identificación de los estados contables objeto de auditoría 4. Alcance del trabajo de auditoría 5. Aclaraciones especiales previas al dictamen 6. Dictamen u opinión sobre los estados contables en su conjunto o la indicación por la cual no se emite opinión 7. Información especial requerida por leyes o disposiciones nacionales, provinciales, municipales, o de los organismos públicos de control o de la profesión 8. Lugar y fecha de emisión 9. Firma del Auditor Contenido (RT37) 3. El informe breve sobre estados contables debe contener los siguientes apartados: 3.1. Título del informe. 3.2. Destinatario. 3.3. Apartado introductorio. 3.4. Responsabilidad de la dirección en relación con los estados contables. 3.5. Responsabilidad del auditor. 3.6. Fundamentos de la opinión modificada, en caso de que corresponda. 3.7. Dictamen u opinión sobre los estados contables en su conjunto o la manifestación expresa que se abstiene de hacerlo. 3.8. Párrafo de énfasis sobre ciertas cuestiones y/o párrafo sobre otras cuestiones, en caso de que correspondan. 3.9. Información especial requerida por leyes o disposiciones nacionales, provinciales, municipales o de los organismos públicos de control o de la profesión, en caso de que corresponda. Si el auditor debe incluir este

párrafo, incorporará en el informe como subtítulo "Informe sobre los estados contables" antes del contenido del apartado introductorio. 3.10. Lugar y fecha de emisión. 3.11. Identificación y firma del contador. Título RT 7  “Informe del Auditor” RT 37  “Informe del auditor independiente” Destinatario El Informe debe estar dirigido a quien hubiera contratado los servicios del auditor o a quien el contratante indicara En el caso de que el destinatario fuera un ente, el informe se debe dirigir a sus propietarios o a las máximas autoridades ( RT7) El informe debe estar dirigido a quien hubiera contratado los servicios del contador o a quien el contratante indicara. En el caso de que el destinatario fuera un ente, el informe se debe dirigir a sus propietarios o a las máximas autoridades. ( RT37) Identificación de los estados objeto de la auditoría (RT7)/ Apartado introductorio ( RT 37) * Identificación de los estados objeto de la auditoría (RT7) Se deben identificar con precisión y claridad:  Cada uno de los estados contables a los que se refiere el informe  La denominación completa del ente al que pertenecen  La fecha y período a que se refieren * Apartado introductorio ( RT 37) Se debe identificar con precisión y claridad  cada uno de los estados contables a los que se refiere el informe,  la denominación completa del ente a quien pertenecen y  la fecha o período a que se refieren  y se debe remitir al resumen de las políticas contables significativas y a otra información explicativa Párrafo Introductorio / Responsabilidad de la dirección en relación con los estados contables Responsabilidad del auditor * Párrafo Introductorio

La FACPCE sugeria incluir el siguiente párrafo ( no estaba iexprsamente en la rt 7): “En mi carácter de contador público independiente, informo sobre la auditoría que he realizado de los estados contables detallados en el apartado I siguiente”. La FACPCE recomienda incluir el siguiente párrafo: “Los estados citados constituyen una información preparada y emitida por la Administración/ Dirección/ Directorio/ Gerencia de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre dichos estados contables (o abstenerme de emitirla) basado en mi examen de auditoría con el alcance que menciono en el párrafo II”. En la RT 37 se incluye expresamente los siguientes dos párrafos donde se menciona claramente las responsabilidades: * Responsabilidad de la dirección en relación con los estados contables La dirección es responsable de la preparación y presentación de los estados contables de conformidad con el marco de información contable aplicable, y del control interno que la dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones materiales. * Responsabilidad del auditor  El informe debe contener una manifestación acerca de que la responsabilidad del contador es expresar una opinión sobre los estados contables basada en su auditoría, y que su examen se desarrolló de acuerdo con las normas de auditoría argentinas vigentes, entendiéndose como tales a las establecidas en esta Resolución Técnica.  El informe también debe explicar que las normas de auditoría exigen que el contador cumpla los requerimientos de ética y describir brevemente en qué consiste una auditoría y qué objetivos persigue, así como señalar si los elementos de juicios obtenidos por el contador proporcionan o no una base suficiente y adecuada para su opinión.  Cuando un procedimiento usual (de los detallados en la sección III.A.i.3.5.) se hubiese modificado, sustituido por otro alternativo o suprimido, y el contador hubiera obtenido los

elementos de juicio válidos y suficientes para sustentar adecuadamente su juicio, no es necesario dejar constancia del procedimiento modificado, sustituido o suprimido. Alcance del trabajo de auditoría (RT 7) Si existieran limitaciones al alcance de la tarea de auditoría que imposibilitaran la emisión de una opinión o implicaran salvedades a ésta, aquellas deben ser claramente expuestas en el apartado “Alcance de trabajo de auditoría”  Limitaciones al Alcance 1. Si la restricción ha sido impuesta por el contratante del servicio 2. Si la restricción es consecuencia de otras circunstancias 3. Si la parte del trabajo de auditoría se apoya en la tarea realizada por otro auditor independiente (caso de inversiones en entes auditados por otro auditor diferente del de la sociedad tenedora de la inversión).  Desde un punto de vista práctico, la descripción del procedimiento no aplicado debería estar precedido por la expresión “excepto por”.  Luego tendría que redactar el correspondiente párrafo de opinión dándole efecto a esta limitación al alcance del trabajo  Procedimientos Alternativos La RT 7 señala que cuando un procedimiento usual se hubiese modificado, sustituido por otro alternativo o suprimido, y el auditor hubiera obtenido la evidencia válida y suficiente para sustentar adecuadamente su juicio, no es necesario dejar constancia en el apartado “Alcance del trabajo de auditoría” del procedimiento omitido. Aclaraciones especiales previas al dictamen. Fundamentos de la opinión modificada, en caso de que corresponda. * RT 7: Aclaraciones especiales previas al dictamen 13. Cuando, según el juicio del auditor que emite el informe, fuera necesario formular aclaraciones especiales que permitan interpretar en forma más adecuada la información, dichas aclaraciones debe exponerlas en un apartado específico previo a aquel en que incluya el dictamen. 14. La exposición en notas a los estados contables de las aclaraciones mencionadas, cuando ello sea pertinente, excusa al auditor de incluirlas en su informe, pero debe indicar tal situación y remitirse a la nota respectiva.

15. El auditor no debe incluir en este apartado manifestaciones que en realidad representaren salvedades o excepciones que no reciban el tratamiento correspondiente en el párrafo del dictamen o de la opinión . * RT 37 Fundamentos de la opinión modificada, en caso de que corresponda. En este parrafo se deben incluir todo aquello que explique los fundamentos de una opinión modificada ( a) Dictamen u opinion *Rt 7 Dictamen u opinión sobre los estados contables en su conjunto o la indicación por la cual no se emite opinión 16. En este apartado el auditor debe exponer su opinión, o abstenerse explícitamente de emitirla, acerca de si los estados contables en conjunto presentan razonablemente la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales. Dictamen favorable sin salvedades 17. Cuando hubiere realizado su examen de acuerdo con estas normas el contador público debe opinar favorablemente, siempre que pueda manifestar que los estados contables objeto de la auditoría presentan razonablemente la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales. Dictamen favorable con salvedades 18. El dictamen favorable puede ser acotado con limitaciones que se denominan, indistintamente, "salvedades" o "excepciones". Las salvedades se emplean cuando se trata de montos o aspectos que, por su significación, no justifican que el auditor deba emitir un dictamen adverso o abstenerse de opinar sobre los estados objeto de la auditoría. 19. Al expresar su salvedad, ya fuera ésta determinada o indeterminada, el auditor debe dejar constancia de la razón de su existencia y de la información adicional correspondiente. 20. Las salvedades determinadas son aquellas originadas en discrepancias respecto de la aplicación de las normas contables profesionales (de valuación o exposición) utilizadas para preparar y presentar la información contenida en los estados contables sujetos a la auditoría. Cuando correspondiera, debe dejar constancia de las partidas y montos involucrados.

21. Las salvedades indeterminadas son aquellas originadas en la carencia de elementos de juicio válidos y suficientes para poder emitir una opinión sobre una parte de la información contenida en los estados contables examinados. En estos casos, el auditor debe expresar si su salvedad obedece a las limitaciones en el alcance de la tarea o a la sujeción de una parte o de toda la información contenida en los estados contables a hechos futuros cuya concreción no pudiera ser evaluada en forma razonable. 22. No es necesario que el auditor haga referencia a que la información se presenta en forma uniforme respecto del ejercicio anterior. la ausencia de la salvedad indica que se ha cumplido con esa característica de la información y sólo corresponde referirse a ella cuando hubiera sido violada, a través de la enunciación de la excepción. 23. La redacción de la salvedad por falta de uniformidad, con respecto a las pautas o a los criterios contables utilizados en el ejercicio anterior, debe contener una descripción clara del cambio, de las razones que lo motivan y de sus efectos cuantitativos. Asimismo, el auditor debe manifestar si está o no está de acuerdo con el cambio realizado. 24. Cuando la información a que se refiere la salvedad o excepción estuviera contenida en las notas a los estados contables, se debe aplicar la norma III.C.14. Dictamen adverso 25. El auditor debe emitir un dictamen adverso cuando, como consecuencia de haber realizado su examen de acuerdo con estas normas de auditoría, toma conocimiento de uno o más problemas que implican salvedades al dictamen de tal magnitud e importancia que no justifican la emisión de una opinión con salvedades. El conocimiento suficiente de los problemas por parte del auditor revela que es inapropiada una abstención de opinión. 26. En este caso, el auditor debe expresar que los estados contables no presentan la información pertinente de acuerdo con las normas contables profesionales, explicando las razones que avalan su opinión (generalmente en un párrafo previo ubicado en el apartado "Aclaraciones previas al dictamen"). Abstención de opinión 27. El auditor se debe abstener de emitir su opinión cuando no ha obtenido elementos de juicio válidos y suficientes para poder expresar una opinión sobre los estados contables en su conjunto.

La necesidad de emitir un informe con abstención de opinión puede originarse en lo siguiente: 27.1. Limitaciones importantes en el alcance de la auditoría. 27.2 Sujeción de una parte o de toda la información contenida en los estados contables a hechos futuros, cuya concreción no pudiera evaluarse en forma razonable y cuya significación potencial no admita la emisión de una opinión con salvedad indeterminada. 28. La abstención de emitir una opinión puede ser aplicada a toda la información examinada o a una parte de ella. 29. El auditor debe indicar en su informe, en los apartados pertinentes (alcance del trabajo de auditoría o aclaraciones previas al dictamen), las razones que justifican la abstención de opinión. Opinión parcial 30. El auditor que hubiera emitido un dictamen adverso sobre los estados contables en su conjunto o se hubieran abstenido de opinar sobre ellos, puede emitir una opinión parcial sobre algunos aspectos de la información que contienen dichos estados, siempre que ocurra lo siguiente: 30.1. Considere que esa opinión es de utilidad para los interesados. 30.2. El alcance de su trabajo, medido con respecto a la significación de los rubros parciales sobre los que dictamina, fuera suficiente, y cuando estos fueran suficientemente importantes en conjunto. 31. La opinión parcial debe ser redactada cuidadosamente para evitar que se cree una confusión en los interesados en el informe con respecto al juicio adverso sobre los estados contables en conjunto o la abstención de emitirlo. * RT 37 Dictamen u opinión sobre los estados contables en su conjunto o la manifestación expresa que se abstiene de hacerlo. En este apartado el contador debe exponer su opinión, o abstenerse explícitamente de emitirla, acerca de si los estados contables en su conjunto presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales u otro marco de información que permita opinar sobre presentación razonable.

Si los estados contables fueran preparados de conformidad con un marco de cumplimiento, no se requiere que el contador opine sobre si los estados contables logran una presentación razonable; en cambio, el contador deberá opinar o abstenerse de opinar sobre si los estados contables fueron preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco de información aplicable, debiendo, en su caso, considerar los aspectos indicados en la sección III.A.i.2. Opinión no modificada o favorable sin salvedades Cuando hubiere realizado su examen de acuerdo con estas normas, el contador opinará favorablemente, cuando pueda manifestar que los estados contables objeto de la auditoría, en su conjunto: • presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la información que ellos deben brindar de acuerdo con las normas contables profesionales u otro marco de información que permita opinar sobre presentación razonable; o • han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco de información aplicable, cuando hayan sido preparados de conformidad con un marco de cumplimiento. Opiniones modificadas Opinión favorable con salvedades La opinión favorable puede ser modificada por limitaciones en el alcance del trabajo o por desvíos en la aplicación del marco de información contable que corresponda. Estas acotaciones se denominan, indistintamente, “salvedades” o “excepciones”. Al expresar su salvedad, el contador incluirá un párrafo en el informe de auditoría que proporcione una descripción del hecho que da lugar a la modificación, con referencia, en su caso, a la nota a los estados contables que trate con mayor detalle el problema. Este párrafo se ubicará inmediatamente antes del párrafo de opinión con el título "Fundamentos de la opinión con salvedades". ( a) El auditor expresará una opinión con salvedades cuando:

• habiendo obtenido elementos de juicio válidos y suficientes, concluya que las incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son significativas para los estados contables, pero no generalizadas como para justificar una opinión adversa; o • no pueda obtener elementos de juicio válidos y suficientes en los que basar su opinión, pero concluya que los posibles efectos sobre los estados contables de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera, podrían ser significativos, aunque no generalizados como para justificar una abstención de opinión. Si existieran limitaciones al alcance de la tarea de auditoría que imposibilitaran la emisión de una opinión o implicaran salvedades a ésta, dichas limitaciones deben ser claramente expuestas en el apartado “Fundamentos de la opinión con salvedades”. ( a) Tales limitaciones en el alcance deben indicar los procedimientos no aplicados, señalando lo siguiente: 16.1. si la restricción ha sido impuesta por el contratante del encargo de auditoría; o 16.2. si la restricción es consecuencia de otras circunstancias. Si parte del trabajo de auditoría se apoya en la tarea realizada por otro contador independiente (como es el caso de participaciones del ente cuyos estados contables son objeto de auditoría, en otros entes cuyos estados contables han sido auditados por otro contador), la inclusión de una limitación en el alcance dependerá de si el auditor ha obtenido o no elementos de juicio válidos y suficientes sobre el resultado de la tarea que le sirve de soporte. Si no se incluye, significa que el contador principal asume la responsabilidad sobre la totalidad de la información contenida en los estados contables sobre los que emite su informe. No es necesario que el contador haga referencia en su informe a la uniformidad en la aplicación de las políticas y normas contables utilizadas en la preparación de los estados contables. En cambio, el contador deberá modificar su opinión, como resulte apropiado, si concluye que:

• las políticas contables del período actual no se aplicaron uniformemente relación con los saldos de apertura cuando hubiera correspondido hacerlo acuerdo con lo previsto por el marco de información aplicable; o • el cambio de una política contable no fue apropiadamente contabilizado o no fue adecuadamente presentado o revelado de acuerdo a lo previsto por el marco información aplicable. Opinión adversa El contador expresará una opinión adversa cuando, habiendo obtenido elementos de juicio válidos y suficientes, concluya que las incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son significativas y generalizadas en los estados contables. En este caso, el contador debe expresar que los estados contables no constituyen una presentación razonable o no han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con el marco de información aplicable, explicando las razones que justifiquen su opinión en un párrafo con un título denominado "Fundamentos de la opinión adversa", situado inmediatamente antes del párrafo de opinión adversa. ( a) Abstención de opinión El auditor se abstendrá de opinar cuando: • no pueda obtener elementos de juicio válidos y suficientes en los que basar su opinión y concluya que los posibles efectos sobre los estados contables de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera, podrían ser significativos y generalizados, y • en circunstancias extremadamente poco frecuentes que supongan la existencia de múltiples incertidumbres, el auditor concluya que, a pesar de haber obtenido elementos de juicio válidos y suficientes en relación con cada una de las incertidumbres, no es posible formarse una opinión sobre los estados contables debido a la posible interacción de las incertidumbres y su posible efecto acumulativo en los estados contables. La abstención de emitir una opinión puede ser aplicada a toda la información examinada o a una parte de ella.

El contador debe indicar en su informe las razones que justifican su abstención de opinión en un párrafo con un título denominado "Fundamentos de la abstención de opinión", situado inmediatamente antes del párrafo de abstención de opinión. ( a)

Otras cuestiones sobre opiniones modificadas Una opinión adversa o una abstención de opinión sobre un asunto específico cuya justificación se describe en el párrafo de “Fundamentos de la opinión adversa” o “Fundamentos de la abstención de opinión”, en su caso, no justifica omitir la descripción de otros asuntos identificados, que de otro modo, no se darían a conocer a los usuarios de la información. Tal información se presentará en un apartado específico que llevará un título apropiado a las circunstancias. ( a) Cuando el contador considere necesario expresar una opinión adversa o abstenerse de opinar sobre los estados contables en su conjunto, su informe no incluirá simultáneamente una opinión favorable sobre un solo estado contable o sobre uno o más elementos, cuentas o partidas específicas de un solo estado contable en relación con el mismo marco de información aplicado por el ente. Cuando el contador no exprese un dictamen favorable sin salvedades, el párrafo de opinión tendrá el título “Opinión con salvedades”, “Opinión adversa” o “Abstención de opinión”, según corresponda. Si no fuera practicable cuantificar los efectos de un desvío con respecto al marco de información aplicable, pero aún se estimara que esos efectos justifican una salvedad o una opinión adversa, el contador deberá expresar tal situación en el apartado que describe el hecho que da lugar a la modificación de la opinión. El contador deberá utilizar más de uno de estos títulos cuando ello resulte aplicable. Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones * la RT 7 No incluía estos párrafos * RT 37 “Párrafo de énfasis” El contador agregará en el informe un párrafo destacado con el título “Párrafo de énfasis” o similar, sobre una cuestión presentada o revelada de forma adecuada en los estados contables, en las siguientes situaciones:

• cuando esa cuestión explique: o una incertidumbre significativa sobre el supuesto de empresa en funcionamiento; o o que los estados contables fueron preparados sobre la base de un marco regulatorio de información contable que no es aceptable para las normas contables profesionales; o o cuando los estados contables son modificados por un hecho del que se toma conocimiento después de las fechas originales en que la dirección del ente aprobó los estados contables y el auditor emitió su informe (alternativamente, esta última cuestión puede cubrirse en el párrafo sobre otras cuestiones tratado en el párrafo 30 de esta sección); o • cuando el contador considere necesario llamar la atención de los usuarios sobre alguna otra cuestión que a su juicio es fundamental para una adecuada comprensión de los estados contables. Sin embargo, si se omitiera la presentación en forma adecuada de éstas u otras cuestiones en los estados contables, el contador deberá efectuar la correspondiente salvedad por exposición deficiente. El contador debe incluir en el párrafo de énfasis : • una clara descripción de la situación que enfatiza y • una referencia a la sección de los estados contables en las que el lector pueda encontrar una descripción más detallada de la situación. Un párrafo de énfasis no es sustituto de expresar una opinión con salvedades o excepciones, una opinión adversa, o una abstención de opinión, incluyendo exposiciones requeridas por el marco de información aplicable. En este sentido, debe indicarse expresamente que la opinión principal no es modificada respecto de las situaciones por las que el auditor expone un párrafo de énfasis. * RT 37 “Párrafo sobre otras cuestiones” Cuando exista una cuestión distinta de las presentadas o reveladas en los estados contables que resulte relevante para que los usuarios comprendan la auditoría, las responsabilidades del contador o el informe

de auditoría, el contador agregará en el informe un párrafo sobre otras cuestiones bajo el título “Párrafo sobre otras cuestiones” u otro título similar. Esto es, por ejemplo, aplicable a la existencia de restricciones a la distribución o utilización del informe de auditoría o la aplicación anticipada de una norma contable con efecto generalizado sobre los estados contables. La inclusión de un párrafo sobre otras cuestiones es necesaria cuando se presentan las situaciones indicadas en los párrafos 34.2, 35, 43 y 45 de esta sección).: Información comparativa Existen dos posibles maneras para que una entidad presente la información comparativa y, dependiendo de ello, dos enfoques generales diferentes de las responsabilidades del contador de considerar esa información comparativa: • estados contables con cifras correspondientes de períodos anteriores y • estados contables comparativos. Cuando se presenten estados contables con cifras correspondientes de períodos anteriores, la opinión del contador debe referirse únicamente al período actual y no hará mención a las cifras correspondientes por ser éstas parte de los estados contables del período actual. Como excepción a esta regla, el contador se referirá en su opinión a las cifras correspondientes cuando hubiera emitido una opinión modificada en el período anterior y el problema que dio lugar a tal modificación no se encuentre resuelto, o bien cuando el contador identifique una incorrección significativa en el período anterior que no haya sido apropiadamente ajustada o revelada. Cuando el contador deba expresar una opinión sobre estados contables comparativos, se referirá en su informe a cada período para el que se presentan estados contables y sobre el que expresa una opinión de auditoría. En estos casos podría resultar que el contador: • exprese una opinión con salvedad o una opinión adversa, o una abstención de opinión, o que incluya un párrafo de énfasis con respecto a los estados contables de un

período, y que exprese una opinión diferente sobre los estados contables de otro período; o • exprese una opinión sobre el período precedente que difiera de la que previamente expresó, en cuyo caso deberá revelar los motivos fundamentales de la diferente opinión en un párrafo sobre otras cuestiones. Cuando los estados contables del período anterior hayan sido auditados por otro contador (auditor predecesor), el contador actual incluirá en su informe, ya sea que la información comparativa corresponda a estados contables con cifras correspondientes o a estados contables comparativos, un párrafo sobre otras cuestiones que indique: (a) que los estados contables del período anterior fueron auditados por otro contador; (b) el tipo de opinión expresada por ese contador y, si era una opinión modificada, las razones que lo motivaron; y (c) la fecha del informe del otro contador. Información especial requerida por leyes o disposiciones nacionales, provinciales, municipales o de los organismos públicos de control o de la profesión Cuando por disposiciones legales o profesionales, el contador tenga responsabilidades adicionales de informar sobre otros asuntos que son complementarios a la responsabilidad del contador de expresar una opinión sobre los estados contables, el contador agregará un párrafo adicional al final del informe de auditoría, salvo que sea permitido que notifique sobre estos asuntos en un informe por separado. ( RT 37) La RT 7 solo mencionaba en la lista de contenidos pero no desarrollaba el item. Lugar y fecha de emisión * La RT7 prescribe que el lugar de emisión es aquél en que el contador publico firma su informe • Respecto de la fecha de emisión ( dia , mes ,año) es generalmente aquella en que se hubiera concluido el trabajo de la auditoría en dependencias de la organización a que corresponden los estados contables examinados • Esta fecha limita la responsabilidad del auditor en cuanto al conocimiento de los hechos posteriores a la fecha de los estados contables que pudieran tener influencia significativa en las informaciones que ellos contienen

• Aquellos que tuvieran una influencia directa en la situación patrimonial o en los resultados de las operaciones mostrados en los estados contables. • Aquellos que, si bien no tienen la influencia indicada en la norma inmediatamente precedente, deben incluirse en una nota a los estados contables porque afectan la apreciación del futuro de la situación patrimonial o de los resultados del ente. * La RT 37 establece: 37. El lugar de la emisión es la jurisdicción donde ejerce. 38. La fecha de emisión (día, mes y año) es, generalmente, aquella en que se hubiera concluido el trabajo de auditoría. Esta fecha limita la responsabilidad del contador en cuanto al conocimiento de hechos posteriores a la fecha de los estados contables que pudieran tener influencia significativa en las informaciones que ellos contienen, ya fueran los siguientes: 38.1. Aquellos que tuvieran una influencia directa en la situación patrimonial o en los resultados de las operaciones mostrados en los estados contables. 38.2. Aquellos que, si bien no tienen la influencia indicada en la norma inmediatamente precedente, deben incluirse en una nota a los estados contables porque afectan la apreciación del futuro de la situación patrimonial o de los resultados del ente. 39. La fecha del informe de auditoría no será anterior a la fecha en la que el contador haya obtenido elementos de juicio válidos y suficientes en los que basar su opinión sobre los estados contables, incluidos los elementos de juicio de que todos los estados que componen los estados contables, incluida la información complementaria, han sido preparados, y la dirección ha manifestado que asume la responsabilidad de dichos estados contables. Firma * la RT 7 establece que debe llevar • la firma del contador público, • la aclaración de su nombre y apellido completos, • título profesional y

• número de inscripción en la matrícula del Consejo Profesional correspondiente • Cuando se tratara de sociedades profesionales inscriptas en los Consejos Profesionales, se debe colocar su denominación antes de la firma del contador integrante que suscribe el informe respectivo, debiendo hacerse constar su carácter de socio. * La RT 37 establece que : El informe debe llevar  la firma del contador,  con la aclaración de su nombre y apellido completo,  título profesional y  número de inscripción en la matrícula del Consejo Profesional correspondiente.  Cuando se tratara de sociedades profesionales inscriptas en los Consejos Profesionales, se debe colocar su denominación antes de la firma del contador integrante que suscribe el informe respectivo, debiendo hacerse constar su carácter de socio. *****Forma de presentación El auditor debe presentar su informe por separado o adjunto a los estados contables objeto de la auditoría. En ambos casos, las fojas de éstos que contuvieran los estados contables básicos deben estar firmadas por el auditor y las restantes deben estar firmadas o inicialadas por éste con los requisitos previstos en el punto anterior. ( RT7) El contador debe presentar su informe por separado el cual se debe adjuntar a los estados contables objeto de la auditoría. Todas las fojas de los estados contables deben estar firmadas o inicialadas por el contador con las prescripciones de las secciones II.C.3., III.A.ii. 40 y 41 ( RT37) *****Información adicional no auditada presentada formando parte de los estados contables 43. El contador evaluará si cualquier información adicional no requerida por el marco de información contable aplicable, y excluida del objeto de la auditoría, que se presente formando parte de los estados contables se distingue claramente en dichos estados.

De lo contrario, solicitará a la dirección que identifique como no auditada la información adicional. Si la dirección se negara a hacerlo, el contador explicará, en el párrafo sobre otras cuestiones del informe de auditoría sobre los estados contables, que dicha información no está cubierta por su informe. *****Otra información en documentos que contienen estados contables 44. El contador leerá toda otra información incluida en un documento que contenga los estados contables y el correspondiente informe de auditoría, con el fin de identificar, si las hubiera: 44.1. incongruencias significativas con los estados contables, o 44.2. una aparente incorrección significativa en la descripción de un hecho. 45. Con relación al párrafo anterior, si se necesita una modificación de los estados contables auditados y la dirección se niega a realizarla, deberá modificar su informe. Si se necesita una modificación de la otra información y la dirección se niega a realizarla, el contador debe, según las circunstancias, incluir en su dictamen un párrafo sobre otras cuestiones que describa la inconsistencia, no emitir el dictamen del auditor o bien retirarse del encargo, si esto fuera posible o no dar el consentimiento para el uso de su informe, en caso de que el informe hubiera sido emitido con anterioridad.

Informes largos: naturaleza, contenido, opinión sobre aspectos específicos. ( Punto 6.7)

INFORME EXTENSO ( RT 7) El informe extenso debe contener, además de lo requerido para el informe breve, las indicaciones sobre lo siguiente:  Que el trabajo de auditoría ha sido orientado, primordialmente, a la posibilidad de formular una opinión sobre los estados básicos.  Que los datos que se adjuntan a los estados contables básicamente se presentan para posibilitar estudios complementarios, pero no son necesarios para una presentación razonable de la información que deben contener los citados estados básicos.  Que la información adicional detallada en III.C.37.2.: o Ha sido sometida a procedimientos de auditoría durante la revisión de los estados contables básicos y está razonablemente presentada en sus aspectos significativos, con

relación a los citados estados tomados en su conjunto, o bien, lo siguiente: o No ha sido sometida a procedimientos de auditoría aplicados para la revisión de los estados contables básicos. En este caso, el auditor debe citar la fuente de la información, el alcance de su examen y, eventualmente, la responsabilidad asumida. En el informe extenso deben quedar claramente identificadas las manifestaciones del ente cuyos estados contables e información complementaria han sido objeto de la auditoría y las manifestaciones del contador público que emite dicho informe extenso. * Informe extenso ( RT 37) 46. El informe extenso debe contener, además de lo requerido para el informe breve, las indicaciones sobre lo siguiente: 46.1. Que el trabajo de auditoría ha sido orientado, primordialmente, a la posibilidad de formular una opinión sobre los estados contables. 46.2. Que los datos que se adjuntan a los estados contables se presentan para posibilitar estudios complementarios, pero no son necesarios para una presentación razonable de la información que deben contener los citados estados. 46.3. Que la información adicional detallada en III.A.46.2.: 46.3.1. Ha sido sometida a procedimientos de auditoría durante el examen de los estados contables y está razonablemente presentada en sus aspectos significativos, con relación a los citados estados tomados en su conjunto, o bien, lo siguiente: 46.3.2. No ha sido sometida a procedimientos de auditoría aplicados para el examen de los estados contables. En este caso, el contador debe • citar la fuente de la información, • el alcance de su examen • y, eventualmente, la responsabilidad asumida. 47. En el informe extenso deben quedar claramente identificadas las manifestaciones del ente cuyos estados contables e información suplementaria han sido objeto de la auditoría y las manifestaciones del contador que emite dicho informe extenso.

Otros Informes. (Punto 6.7) Primera Parte

De acuerdo al glosario de la RT 37 se define: Estados contables con fines específicos - Estados contables preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. Marco de información con fines específicos - Un marco de información contable diseñado para satisfacer las necesidades de información contable de usuarios específicos. De acuerdo a las Nia los Estados contables con fines específicos , pueden ser los únicos estados financieros preparados por la entidad.

La RT 37, en su glosario establece: En el caso de estados contables con fines específicos de un determinado tipo de entidad, el marco de información aplicado : 1. se presume aceptable cuando ha sido establecido para un fin especificado por un organismo emisor de normas autorizado o reconocido que cumpla el debido proceso de emisión, o , 2. se presume aceptable, en ausencia de indicadores en contrario, cunado resulte de disposiciones legales o reglamentarias. 3. En otros casos el contador deberá ejercer su juicio profesional para concluir sobre la aceptabilidad a cuyo efecto tendrá en cuenta : a. la finalidad para la cual se preparo la información , b. los usuraos a los que se destina el informe c. y las medidas tomadas por la dirección para determinar que el marco es aceptable en las circunstancias. Ejemplos:  Contabilización con criterios fiscales.  Contabilización con criterios de caja ( por lo percibido).

 Información financiera para cumplir los requerimientos de un ente regulador.  Las disposiciones sobre información financiera de un contrato, tal como una emisión de Obligaciones, un contrato de préstamo o subvención.  Por ejemplo un contrato de franquicia.  Empresas que no satisfacen los requisitos de empresa en marcha. Los estados contables con fines específicos pueden:  Ser auditados por el mismo auditor de ls EECC de propósitos generales o por otro deferente.  Corresponder al mismo periodo que el general o no.  Ser preparados bajo un marco de presentación razonable o un marco de cumplimiento. B. Auditoría de estados contables preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos i. Normas para su desarrollo 1. Este encargo está destinado a satisfacer necesidades de ciertos usuarios de estados contables emitidos de conformidad con un marco de información con fines específicos, que puede ser un marco de presentación razonable o un marco de cumplimiento. 2. Esta sección trata de las consideraciones especiales para la aplicación a este encargo de los párrafos de la sección III.A. precedente. 3. El contador obtendrá conocimiento de: 3.1. la finalidad para la cual se han preparado los estados contables; 3.2. los usuarios a quienes se destina el informe; y 21 3.3. las medidas tomadas por la dirección para determinar que el marco de información contable aplicable es aceptable en las circunstancias.

4. El contador determinará si la aplicación de las normas de auditoría requiere consideraciones especiales teniendo en cuenta las circunstancias del encargo. 5. El contador evaluará si los estados contables describen o hacen referencia adecuadamente al marco de información contable aplicable. 6. En el caso de estados contables preparados en cumplimiento de las disposiciones de un contrato, el contador deberá tomar conocimiento de cualquier interpretación significativa del contrato que haya realizado la dirección del ente para la preparación de dichos estados. Una interpretación es significativa cuando la adopción de otra interpretación razonable hubiera producido una diferencia significativa en la información presentada en los estados contables. ii. Normas sobre informes 1. El informe de auditoría describirá: 1.1. la finalidad para la cual se han preparado los estados contables con fines específicos y, en caso necesario, los usuarios a quienes se destina el informe, o se referirá a la nota explicativa a los estados contables con fines específicos que contenga dicha información; 1.2. si la dirección puede elegir entre distintos marcos de información contable para la preparación de dichos estados, incluida la alternativa de desarrollo de un marco para dicha finalidad, la explicación de la responsabilidad de la dirección en relación con los estados también hará referencia a que es responsable de determinar que el marco aplicable es aceptable en las circunstancias. 1.3. La opinión del auditor sobre los estados contables auditados. 1.4. El informe de auditoría incluirá un párrafo de énfasis para advertir a los usuarios del informe que los estados contables se han preparado de conformidad con un marco de información con fines específicos y que, en consecuencia, pueden no ser adecuados para otros fines. El contador incluirá dicho párrafo con el título “Párrafo de énfasis” u otro apropiado. 1.5. El contador también puede considerar adecuado indicar que el informe de auditoría está destinado exclusivamente a unos usuarios específicos, y de este modo restringir la distribución o utilización de

su informe. En estas circunstancias se puede ampliar el párrafo de énfasis indicado en 1.4. 2. El contador, en los casos de emisión de informes de auditoría de estados contables preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación. C. Auditoría de un solo estado contable o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado contable i. Normas para su desarrollo 1. La auditoría de un solo estado contable o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado contable, puede ser llevada a cabo aplicando las normas de auditoría de estados contables de la sección III.A. precedente. Un solo estado contable puede ser cualquiera de los estados contables básicos, sus anexos o la información complementaria. Elemento significa un elemento, cuenta o partida de un estado contable. Ejemplos:  Un banco o un tercero solicitan el ente que prepare un balance (ESP) a fecha distinta del cierre.  Una empresa solicita al contador la auditoria de la cuenta a cobrar a u determinado cliente que se presento a concurso. Un solo estado contable o un elemento, cuenta o partida específico de un estado contable (en adelante, “elemento”), puede ser preparado de conformidad con un marco de información con fines generales o con fines específicos, pudiendo ser cualquiera de los dos marcos, uno que permite presentación razonable o uno que requiere cumplimiento. Esta distinción afectará el contenido del informe y el tipo de opinión que emitirá el contador. 2. El contador debe cumplir con todas las normas aplicables a una auditoría de estados contables, independientemente de si el contador también ha sido contratado para auditar el conjunto completo de los estados contables de la entidad.

3. Si el contador no ha sido contratado también para auditar el conjunto completo de los estados de la entidad, determinará si la auditoría de un solo estado contable o de un elemento es factible. 4. El contador debe determinar la aceptabilidad del marco de información contable que ha sido aplicado en la preparación de dichos estados, lo que incluirá determinar si la aplicación del marco de información contable tendrá como resultado una presentación que revele información adecuada que permita a los usuarios a quienes se destina el informe, entender la información que proporciona el estado contable o el elemento, así como determinar el efecto de las transacciones y de los hechos significativos sobre la información que proporcionan. ii. Normas sobre informes 1. Si el contador acepta un encargo para emitir un informe sobre un solo estado contable o sobre un elemento, al mismo tiempo que para auditar el conjunto completo de estados contables de la entidad, expresará una opinión por separado para cada encargo. 2. Un estado contable o un elemento de dichos estados puede publicarse junto con el juego completo de estados contables auditados.  Si el contador concluye que dicha presentación no los distingue suficientemente del conjunto completo, solicitará a la dirección que rectifique la presentación.  También diferenciará la opinión sobre un solo estado o sobre un elemento, de la opinión sobre el conjunto completo de estados contables  y no emitirá el informe que contenga la opinión sobre un solo estado contable o sobre un elemento hasta que no se haya satisfecho de la diferenciación. 3. Si la opinión del contador sobre el conjunto completo de estados contables de la entidad:  no es una opinión favorable sin salvedades, o  si dicho informe incluye un párrafo de énfasis o  un párrafo sobre otras cuestiones, el contador determinará el efecto que esto pueda tener sobre el informe de auditoría sobre un solo estado contable o sobre un elemento.

Cuando se considere adecuado, expresará:  una opinión diferente a un informe favorable sin salvedades sobre el estado contable o sobre el elemento, o  incluirá un párrafo de énfasis o  un párrafo sobre otras cuestiones en su informe de auditoría, según corresponda. 4. Si el contador concluye que es necesario expresar una opinión adversa o se abstiene de opinar sobre el conjunto completo de estados contables de la entidad. pero, en el contexto de una auditoría separada sobre un elemento, cuenta o partida específica incluido en dichos estados contables, considera apropiado expresar una opinión sin salvedades sobre dicho elemento, cuenta o partida específica solo lo hará si: a) las disposiciones legales o reglamentarias no lo prohíben; b) la opinión se expresa en un informe de auditoría que no se publica conjuntamente con el informe de auditoría adverso o con abstención de opinión, c) el elemento específico no constituye una parte significativa de los estados contables completos considerados en su conjunto. Observación: en los casos de la emisión de los informes de auditoría de un solo estado contable no se puede aplicar lo descripto en el punto por cuanto constituyen una parte importante de los EECC. 5. El contador, en los casos de la emisión de los informes de auditoría de un solo estado contable o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado contable, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación. D. Auditoría de estados contables resumidos La RT 37 en su Glosario los define como : Estados contables resumidos - Información contable histórica derivada de los estados contables completos pero que contiene menos detalle que dichos estados contables, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los estados contables completos sobre los recursos económicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado o de los cambios producidos en ellos en un período de tiempo.

Pueden ser de utilidad para un grupo de usuarios no interesados en la informacion de detalle que comprende un juego completo de Estados Contables. i. Normas para su desarrollo 1. Este encargo se refiere a información contable histórica derivada de los estados contables pero que contiene menos detalle que los estados contables, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los estados contables. El contador únicamente aceptará un encargo para realizar la auditoría de estados contables resumidos cuando haya sido contratado para realizar la auditoría de los estados contables completos de los que se deriven los estados contables resumidos. La aceptación del encargo requiere también: 1.1. determinar si los criterios aplicados son aceptables, cuando no estén establecidos por ley o un regulador; 1.2. obtener de la dirección una manifestación de que reconoce y entiende su responsabilidad sobre los estados contables resumidos, y 1.3. acordar con la dirección la forma de la opinión que se habrá de expresar sobre los estados contables resumidos. 2. En un encargo para realizar la auditoría de estados contables resumidos, el contador deberá: 2.1. Determinar si los criterios aplicados son aceptables, como condición básica para aceptar el encargo 2.2. Formarse una opinión sobre los estados contables resumidos basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de los elementos de juicio de auditoría obtenidos; y 2.3. Expresar claramente dicha opinión en un informe escrito que describa asimismo el fundamento de dicha opinión. 3. El contador realizará los siguientes procedimientos, y cualquier otro que considere necesario:

3.1. Evaluar si los estados contables resumidos revelan adecuadamente el hecho de ser resumidos e identifican los estados contables completos auditados. 3.2. Cuando los estados resumidos no vienen acompañados de los estados contables completos auditados, evaluar si describen claramente: 3.2.1. De quién se pueden obtener los estados contables completos auditados o el lugar en el que están disponibles; o 3.2.2. Las disposiciones legales o reglamentarias que especifican que no es necesario que los estados contables auditados sean puestos a disposición de los usuarios a quienes se destinan los estados resumidos y que establecen los criterios para la preparación de los estados contables resumidos. 3.3. Evaluar si los estados contables adecuadamente los criterios aplicados.

resumidos

revelan

3.4. Comparar los estados contables resumidos con la correspondiente información de los estados contables completos auditados para determinar si concuerdan o si pueden ser recalculados a partir de la correspondiente información de los estados contables completos auditados. 3.5. Evaluar si los estados contables resumidos han sido preparados de conformidad con los criterios aplicados. 3.6. Evaluar, teniendo en cuenta el propósito de los estados contables resumidos, si contienen la información necesaria y si su nivel de agregación es adecuado, de forma que no induzcan a error en las circunstancias. 3.7. Evaluar si los estados contables completos auditados están disponibles, sin excesiva dificultad, para los usuarios a quienes se destinan los estados contables resumidos ii. Normas sobre informes 1. El informe de auditoría sobre los estados contables resumidos incluirá entre sus elementos un apartado introductorio que: 1.1. Identifique los estados contables resumidos sobre los que el contador informa;

1.2. Identifique los estados contables completos auditados; 1.3. Mencione el informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados, su fecha y el hecho de que en dicho informe se expresó una opinión favorable sin salvedades sobre los estados contables completos auditados, excepto que se den los casos previstos en las secciones III.D.ii.4 y 5 siguientes; 1.4. Si la fecha del informe de auditoría sobre los estados contables resumidos es posterior a la fecha del informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados, indique que los estados contables resumidos y los estados contables completos auditados no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha del informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados; y 1.5. Ponga de manifiesto que los estados contables resumidos no contienen toda la información a revelar requerida por el marco de información contable aplicado para preparar los estados contables completos auditados y que la lectura de los estados contables resumidos no equivale a la lectura de los estados contables completos auditados. 2. Cuando el contador concluya que es adecuada una opinión no modificada sobre los estados contables resumidos, utilizará alguna de las frases que se indican a continuación, siempre que las disposiciones legales o reglamentarias no establezcan otra cosa: 2.1. Los estados contables resumidos son congruentes, en todos sus aspectos significativos, con los estados contables completos auditados, de conformidad con [los criterios aplicados];o 2.2. Los estados contables resumidos constituyen una presentación resumida razonable de los estados contables completos auditados, de conformidad con [los criterios aplicados]. 3. El contador no fechará el informe de auditoría sobre los estados contables resumidos con anterioridad a: 3.1. La fecha en la que haya obtenido elementos de juicio de auditoría suficiente y adecuados en la que basar la opinión; y 3.2. La fecha del informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados.

4. Cuando el informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados contenga una opinión con salvedades, un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones y el contador se haya satisfecho de que los estados contables resumidos son congruentes, en todos sus aspectos significativos, con los estados contables completos auditados o son un resumen razonable de éstos, de conformidad con los criterios aplicados, el informe de auditoría sobre los estados contables resumidos pondrá de manifiesto que el informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados contiene una opinión con salvedades, un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones, y describirá los fundamentos de las salvedades y su efecto sobre los estados contables resumidos, de corresponder. 5. Cuando el informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados contenga una opinión adversa o una abstención de opinión, se pondrá de manifiesto tal situación y sus fundamentos, y que, como consecuencia de ello, no es posible expresar una opinión sobre los estados contables resumidos. 6. Si los estados contables resumidos no son congruentes, en todos sus aspectos significativos, con los estados contables completos auditados o no constituyen un resumen razonable de éstos, de conformidad con los criterios aplicados, y si la dirección rehúsa realizar los cambios necesarios, el contador expresará una opinión adversa sobre los estados contables resumidos. 7. Cuando esté restringida la distribución o el uso del informe de auditoría sobre los estados contables completos auditados, o cuando el informe de auditoría sobre dichos estados contables completos advierta a los lectores que éstos han sido preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, el contador incluirá una restricción o una advertencia similar en el informe de auditoría sobre los estados contables resumidos. 8. El contador, en los casos de la emisión de los informes de auditoría sobre estados contables resumidos, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación.

Cartas de recomendación para ciertos casos. (Punto 6.7)

INFORME SOBRE LOS CONTROLES (Carta de Recomendaciones)

 Naturaleza  Ventajas  Discusión previa  Pyme  Seguimiento  Contenidos  Requisitos  Elementos  Lugar y fecha  Destinatario  Relación entre las observaciones y el trabajo realizado  Comentarios y recomendaciones  Firma Anexo El informe sobre el funcionamiento de los controles de los sistemas examinados, en los casos que se emitiera, es conveniente que incluya lo siguiente:  El alcance de la tarea realizada, indicando si ha sido efectuada solamente en su relación con la auditoría de los estados contables (y por lo tanto tiene las limitaciones inherentes a su objetivo principal), o bien si se originó en un estudio especial sobre los sistemas examinados).  Las faltas de cumplimiento de las funciones de control de los sistemas establecidos por el ente.  Las debilidades detectadas en las funciones de control de los sistemas y sus efectos.  Las sugerencias para la corrección de las debilidades detectadas.  Las opiniones e la gerencia sobre los temas tratados. Informes sobre estados contables de períodos intermedios, limitados.( Punto 6.8)

INFORME DE REVISIÓN LIMITADA DE LOS ESTADOS CONTABLES DE PERIODOS INTERMEDIOS ( RT 7) NORMAS DE REVISIÓN DE ESTADOS CONTABLES DE PERÍODOS INTERMEDIOS

B. Normas para su desarrollo * RT 7 REVISIÓN LIMITADA DE ESTADOS CONTABLES DE PERIODOS INTERMEDIOS 3. Para obtener los elementos de juicio válidos y suficientes que respalden el informe relativo a la revisión de los estados contables de los períodos intermedios, de alcance inferior al necesario para emitir una opinión sobre la razonabilidad de la información que contienen dichos estados del ente, el auditor debe desarrollar su tarea de acuerdo con los siguientes pasos: 3.1. Obtener un conocimiento apropiado de la estructura de la organización, sus operaciones y sistemas, las normas legales que le son aplicables, las condiciones económicas propias y las del ramo de sus actividades. 3.2. Identificar el objeto del examen (los estados contables, las afirmaciones que los constituyen -existencia, pertenencia al ente, integridad, valuación y exposición- o lo que debieran contener). 3.3. Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza y la importancia de los posibles errores o irregularidades y el riesgo involucrado. 3.4. Planificar en forma adecuada el trabajo de auditoría, teniendo en cuenta la finalidad del examen, el informe a emitir, las características del ente cuyos estados contables serán objeto de auditoría y las circunstancias particulares del caso. La planificación debe incluir la selección de los procedimientos a aplicar, su alcance, su distribución en el tiempo y la determinación de si han de ser realizados por el auditor o por sus colaboradores. Preferentemente, la planificación se debe formalizar por escrito y, dependiendo de la importancia del ente, comprender programas de trabajo detallados. 3.5. Aplicar los siguientes procedimientos de auditoría: 3.5.1. El cotejo de los estados contables con los registros de contabilidad. 3.5.2. Las comprobaciones matemáticas de la información contenida en los estados contables. 3.5.3. La revisión conceptual de los estados contables. 3.5.4. La lectura de las actas de asamblea y directorio.

3.5.5. La revisión comparativa de los estados contables en su relación con los del último cierre del ejercicio, con los de los períodos intermedios anteriores y con los de los períodos intermedios similares de ejercicios anteriores. 3.5.6. Las comprobaciones globales de razonabilidad, (por ej.: el análisis de las razones y tendencias e investigación de las fluctuaciones de significación). 3.5.7. Los comentarios con los funcionarios del ente al que corresponden los estados contables objeto de auditoría, acerca de los aspectos importantes que pudieran afectar a la información contenida en dichos estados. La extensión de los procedimientos a aplicar por el contador público depende, en parte, de lo siguiente: - Las características del ente al que correspondieren los estados contables objeto de auditoría. - La realización de la auditoría de los estados contables anuales anteriores por el mismo contador público que efectúa esta revisión. - El conocimiento, por parte del auditor, de las debilidades en las funciones de control de los sistemas aplicados por el ente. - El conocimiento, por parte del auditor, de las prácticas contables del ente. - El conocimiento, por parte del auditor, de los cambios importantes en la naturaleza o en el volumen de las operaciones del ente. 3.6. Controlar la ejecución de lo planificado con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos fijados y, en su caso, realizar en forma oportuna las modificaciones necesarias a la programación. Con tal propósito, el auditor debe efectuar una revisión cuidadosa del trabajo de sus colaboradores a medida que se va desarrollando y una vez que ha sido completado. 3.7. Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados para respaldar el informe del auditor. Para ello, el auditor, utilizando su criterio profesional, debe hacer lo siguiente: 3.7.1. Considerar su naturaleza y la forma en que se obtuvieron. 3.7.2. Considerar la importancia relativa de lo examinado en su relación con el conjunto.

3.7.3. Estimar el grado del riesgo inherente que en buena parte, depende del grado de seguridad que ofrezcan las actividades de control de los sistemas involucrados. 3.8. Emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueren de aplicación. * RT 37 En el Cap IV, la RT 37 regula el encargo de revision ( según rt 7 revision limitada). Según el Glosario de la RT 37: Encargo de revisión - El objetivo de un encargo de revisión es permitir al contador determinar, sobre la base del resultado obtenido de la aplicación de procedimientos que no proporcionan todos los elementos de juicio que serían necesarios en una auditoría, si ha llegado a conocimiento del contador algún hecho que le haga considerar que los estados contables no han sido preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con un marco de información contable aplicable. De acuerdo a las definiciones de la RT 37, este es un Encargo de aseguramiento limitado Encargo de aseguramiento limitado - El objetivo de un encargo de aseguramiento limitado es una reducción del riesgo de tal encargo, a un nivel aceptable, en función de las circunstancias, siendo su riesgo superior al del encargo de aseguramiento razonable, como base para la expresión por el contador de una conclusión de forma negativa. La Rt 37 no requiere que el contador que realiza un encargo de revisión de estados contables de periodos intermedios se a la vez el auditor de los EECC anuales ( caso poco frecuente en la practica). i. Normas para su desarrollo 1. A través del desarrollo de este encargo de aseguramiento, el contador debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes que respalden su informe relativo a la revisión de estados contables de períodos intermedios, de alcance inferior al necesario para emitir una opinión de auditoría sobre la razonabilidad de la información presentada por dichos estados contables.

La forma en que el contador expresará su conclusión sobre los estados contables de períodos intermedios dependerá del marco de información bajo el cual éstos se preparen, de forma similar y bajo las mismas condiciones establecidas en la sección III.A.i de esta Resolución Técnica. 2. Para reunir los elementos de juicio necesarios, el contador debe desarrollar su tarea de acuerdo con los siguientes pasos: 2.1. Obtener (o actualizar, según corresponda) un conocimiento apropiado de la estructura de la organización, sus operaciones y sistemas, las normas legales que le son aplicables, las condiciones económicas propias y las del ramo de sus actividades, incluyendo el uso de organizaciones de servicio. 2.2. Identificar el objeto de la revisión (los estados contables, las afirmaciones que los constituyen - existencia, pertenencia al ente, integridad, medición contable y exposición – o lo que debieran contener). 2.3. Evaluar la significación de lo que se debe examinar, teniendo en cuenta su naturaleza y la importancia de las posibles incorrecciones, y el riesgo involucrado. 2.4. Planificar en forma adecuada el trabajo de revisión, teniendo en cuenta su finalidad, el informe a emitir, las características del ente cuyos estados contables serán objeto de revisión y las circunstancias particulares del caso. La planificación debe incluir la selección de los procedimientos a aplicar, su alcance, su distribución en el tiempo y la determinación de si han de ser realizados por el contador o por sus colaboradores. Preferentemente, la planificación se debe formalizar por escrito y, dependiendo de la importancia del ente, comprender programas de trabajo detallados. 2.5. Una revisión no exige prueba de las registraciones contables mediante inspección, observación o confirmación, y el trabajo del contador usualmente se limita a aplicar los siguientes procedimientos: 2.5.1. Cotejo de los estados contables con los registros contables. 2.5.2. Comprobaciones matemáticas. 2.5.3. Revisiones conceptuales.

2.5.4. Comprobaciones globales de razonabilidad (por ejemplo, análisis de razones y tendencias, análisis comparativo e investigación de fluctuaciones de significación). 2.5.5. Revisión comparativa de los estados contables en su relación con los del último cierre del ejercicio, con los de los períodos intermedios anteriores y con los de los períodos intermedios similares de ejercicios anteriores. 2.5.6. Lectura de las actas de asamblea y directorio, o equivalentes. 2.5.7. Preguntas a funcionarios del ente al que corresponden los estados contables objeto de revisión, acerca de los aspectos importantes que pudieran afectar a la información contenida en dichos estados. Incluye preguntas a la dirección sobre si ha cambiado su evaluación de la capacidad del ente para continuar como una empresa en funcionamiento durante un período al menos de doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables del período bajo revisión. 2.5.8. Obtención de una confirmación escrita de la dirección del ente de las explicaciones e informaciones suministradas (Manifestaciones de la dirección). 2.6. En caso de haber tomado conocimiento de la existencia de incertidumbres acerca de la capacidad del ente para continuar como una empresa en funcionamiento durante un período al menos de doce meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables, el contador deberá considerar si la revelación de esa información en los estados contables de períodos intermedios es adecuada. * Si es adecuada, el contador deberá destacar tal situación en su informe mediante un párrafo de énfasis que no afectará su conclusión. * En tanto que si la información provista por la entidad no es adecuada, el contador deberá emitir una conclusión con salvedad o una conclusión adversa, según corresponda. La extensión de los procedimientos a aplicar por el contador depende, en parte, de lo siguiente: - Las características del ente al que correspondieren los estados contables objeto de revisión.

- La realización de una auditoría o revisión de estados contables anteriores por el mismo contador que efectúa esta revisión. - El conocimiento, por parte del contador, debilidades en el control interno del ente.

de

las

- El conocimiento, por parte del contador, de las prácticas contables del ente - El conocimiento, por parte del contador, de los cambios importantes en la naturaleza o en el volumen de las operaciones del ente. 2.7. Controlar la ejecución de lo planificado con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos fijados y, en su caso, realizar en forma oportuna las modificaciones necesarias a la programación. Con tal propósito, el contador debe efectuar una revisión cuidadosa del trabajo de sus colaboradores a medida que se va desarrollando y una vez que ha sido completado. 2.8. Evaluar la validez y suficiencia de los elementos de juicio examinados para respaldar el informe del contador. Para ello, el contador, utilizando su juicio profesional, debe hacer lo siguiente: 2.8.1. Considerar su naturaleza y la forma en que se obtuvieron. 2.8.2. Considerar la importancia relativa de lo revisado en su relación con el conjunto. 2.8.3. Valorar si los riesgos de incorrección material han sido reducidos a un nivel aceptablemente bajo en las circunstancias. 2.9. Emitir su informe teniendo en cuenta las disposiciones legales, reglamentarias y profesionales que fueran de aplicación. C. Normas sobre informes RT 7: En los informes sobre los estados contables de los períodos intermedios, cuando no se hubiera realizado un trabajo de auditoría similar al que hubiera correspondido con respecto a los períodos anuales, en cuyo caso corresponderá emitir un informe según las normas III.C.1. a III.C.38., el auditor debe hacer lo siguiente:

 Dejar constancia de la limitación al alcance de su trabajo con respecto a los procedimientos de auditoría aplicables en la revisión de los estados contables anuales.  Indicar que no emite una opinión sobre los estados contables en su conjunto, en razón de la limitación referida en el párrafo anterior.  Indicar que no tiene observaciones que formular o, de existir algunas, señalar sus efectos en los estados contables.  Informar sobre los aspectos particulares requeridos por las leyes o las disposiciones nacionales, provinciales o municipales, de los organismos públicos de control o de la profesión. El auditor, en los casos de la emisión de los informes de la revisión limitada sobre los estados contables de los períodos intermedios, debe respetar las normas III.C.1 a III.C.39. Anteriores, en lo que fuera de aplicación. RT 37: 1. El informe escrito a emitir deberá contener lo siguiente: 1.1. Título. (No esta establecido expresamente pero es razonable llamarlo “ Informe de Revisión del contador independiente”) 1.2. Destinatario. ( Debe ir dirigido a quien contrato el encargo. Normalmente va dirigido al directorio, consejo de administración, accionistas, socios, entre otros , del ente emisor de los EECC) 1.3. Identificación de los estados contables de períodos intermedios revisados. 1.4. Declaración de que la dirección es responsable de la preparación y presentación de los estados contables de períodos intermedios de acuerdo con el marco de información aplicado por el ente. Responsabilidad del contador 1.5. Declaración de que el contador es responsable de emitir una conclusión sobre los estados contables de períodos intermedios sobre la base de su revisión. 1.6. Declaración de que la revisión de los estados contables de períodos intermedios se realizó de acuerdo con esta Resolución Técnica. 1.7. Declaración de que dicha revisión consiste en la realización de indagaciones principalmente a las personas responsables de

los temas financieros y contables y la aplicación de procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. 1.8 Declaración de que una revisión es significativamente de menor alcance que una auditoría realizada de acuerdo con las normas de auditoría vigentes y, por consiguiente, no permite al contador obtener un grado de seguridad de que tomará conocimiento de todos los temas significativos que puedan identificarse en una auditoría y que, en consecuencia, no se expresa una opinión de auditoría. 1.9. Fundamentos de una conclusión con salvedades, una conclusión adversa o una abstención de conclusión, cuando fuera aplicable. Este parrafo tiene como objetivo comunicar a los usuarios del infrorme las razones principales de la modificacion de la conclusión del contador ( limitacion al alcance, incorreciones, etc) 1.10. Conclusión sobre si algo llamó la atención del contador que le hiciera pensar que los estados contables de períodos intermedios: 1.10.1. no están presentados en forma razonable, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas contables profesionales (marco de presentación razonable); o 1.10.2. no han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con otro marco de información aplicado (marco de cumplimiento que no permita concluir sobre presentación razonable). * En los encargos de revisión, el contador no emite opinión *En lugar de “ no tiene observaciones que formular “(RT7), la RT 37 indica que no se ha tomado conocimiento de cuestiones que hagan creer que los EECC no están presentados de acuerdo con el marco de información aplicable. 1.11. Párrafo de énfasis o párrafo sobre otras cuestiones, cuando se presenten las situaciones que requieren la inclusión de tales párrafos en un informe de auditoría. 1.12. Información sobre aspectos particulares requeridos por leyes o disposiciones nacionales, provinciales o municipales, de organismos públicos de control o de la profesión.

En este informe no se incluyen párrafos sobre el cumplimento de la sREs. 420/11 de la Junta de Gobierno de la FACPCE sobre lavados de activos, ya que el encargo de revisión esta fuera del alcance de dicha norma. 1.13. Lugar y fecha de emisión. 1.14. Identificación y firma del contador. 2. El contador, en los casos de la emisión de informes de revisión sobre estados contables de períodos intermedios, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación. Tipos de Conclusiones Si bien la RT 37 no contiene disposiciones especificas sobre dicha cuestión , en base a lo indicado en el párrafo anterior , el contador puede emitir las siguientes conclusiones: Conclusión favorable Conclusión favorable con salvedades: cuando a) Ha tomado conocimiento de incorrecciones significativas en los estados contables respecto del marco de información aplicable, pero que no llega a ser generalizadas ,o b) Existen limitaciones al alcance de la revisión cuyos efectos podrían ser significativos pero no generalizados. Conclusión adversa c) Ha tomado conocimiento de incorrecciones significativas y generalizadas en los estados contables respecto del marco de información aplicable,. Abstención de conclusión d) Existen limitaciones al alcance de la revisión cuyos efectos o posibles efectos, impidan expresar una conclusión en el encargo de revisión. podrían ser significativos pero no generalizados. Cartas y certificaciones del ente auditado o de terceros (Punto 6.3)

NORMAS SOBRE CERTIFICACIONES B. Normas para el desarrollo del encargo C.

Normas sobre informes

CERTIFICACIÓN ( RT 7) La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con los registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador público al respecto representen la emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica. Para emitir una certificación, el auditor debe obtener elementos de juicio válidos y suficientes que respalden las aseveraciones que aquella incluya. La certificación contendrá:  Título: Certificación (con el aditamento que fuera necesario).  Destinatario.  Detalle de lo que se certifica.  Alcance de la tarea realizada.  Manifestación o aseveración del contador público.  Lugar y fecha de la emisión.  Firma del contador público. RT 37 B. Normas para su desarrollo 1. La certificación se aplica a ciertas situaciones de hecho o comprobaciones especiales, a través de la constatación con los registros contables y otra documentación de respaldo y sin que las manifestaciones del contador al respecto representen la emisión de un juicio técnico acerca de lo que se certifica. Esto incluye la constatación de que los estados contables de una entidad se encuentran transcriptos en libros rubricados, sin que ello signifique, en modo alguno, la emisión de un juicio técnico del contador sobre dichos estados contables (certificación literal). ( incorporado de manera explicita por la RT37.) 2. A través del desarrollo de la tarea, el contador certificante debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes que respalden su informe relativo a situaciones de hecho o comprobaciones especiales que no requieren la emisión de un juicio técnico. 3. Para reunir los elementos de juicio válidos y suficientes el contador no podrá trabajar sobre bases selectivas, debiendo en todos los casos examinar la totalidad de la población sobre la que se emitirá una manifestación.

El procedimiento de obtención de manifestaciones escritas no es aplicable al encargo C. Normas sobre el contenido de la certificación 1. El contador debe cuidar de no utilizar expresiones como auditoría o revisión, ya que puede generar confusión entre los usuarios en cuanto a la naturaleza del encargo. 2. La certificación contendrá: 2.1. Título: Certificación (con el aditamento que fuera necesario). 2.2. Destinatario. 2.3. Explicación del alcance de una certificación. ( no requerido por la RT 7) 2.4. Detalle de lo que se certifica. 2.5. Alcance específico de la tarea realizada. 2.6. Manifestación o aseveración del contador público. 2.7. Información especial requerida por leyes o disposiciones nacionales, provinciales, municipales o de los organismos públicos de control o de la profesión, de corresponder. 2.8. Lugar y fecha de emisión. 2.9. Identificación y firma del contador público. Se podrá observar que en este caso la RT·/ no hace remisión a los contenidos generales del informe de auditoria externa, ya que se trata de encargos notoriamente diferentes , por lo cual prefriere regular de manera puntual el contenido de la certificación. Algunos ejemplos de certificaciones son:  certificación contable sobre ventas  certificación del saldo de una cuenta.  certificación del registro de un asiento o partida en un folio determinado de un libro contable.saldo de una cuenta.  certificación del monto de una factura u otro comprobante.  certificación contable sobre deudas por regalías  .certificación sobre saldos deudores  certificación sobre ingresos personales  certificación sobre manifestación de bienes  certificación contable sobre la integración del aumento de capital  certificación contable de deuda por importaciones  .certificación contable de un registro de un siniestro  certificación de la actividad industrial realizada

 

certificación contable sobre ingresos brutos operativos. certificación literal sobre estados contables

Opinión sobre aspectos específicos (Punto 6.7)

Informes de auditoría interna. ( Punto 6.6)

Informe de Auditoría Operativa/ Auditoría interna  Naturaleza  Contenido  Aspectos especiales  Discusión Previa  Seguimiento  Utilidad para el auditor externo  Contenido (Aud. Operativa)  Lugar y fecha  Destinatario.  Aud. Interna Del cual depende  Consultor Cliente  Alcance del Trabajo  Área Sector u operación  Procedimientos aplicados  Anexo  Observaciones , comentarios y recomendaciones  Firma  Anexo

Otros Informes. ( Punto 6.7) Segunda Parte

NORMAS SOBRE OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO La RT 37 establece que en esta sección se trataran los encargos de aseguramiento distinto de una auditoria o una revisión de información contable histórica (para dichos encargos corresponde aplicar los capítulos III y IV respectivamente. En los encargos de aseguramiento podemos enumerar los siguientes elementos: 1. Una relación tripartita que involucra: a. un profesional,( el contador que puede o no utilizar expertos) b. una parte responsable que, en un encargo de informe directo es responsable del tema o en un encargo basado en una afirmación es responsable de la información sobre el tema. La parte responsable puede ser o no la que contrata al contador c. y los usuarios presuntos .( son las personal para las cuales el profesional prepara el informe de seguridad) 2. Un tema o asunto apropiado: a. El desempeño o las condiciones financieras financiera histórica o futura, flujo s de caja, etc) b. El desempeño o las condiciones no indicadores claves de eficiencia y eficacia. c. Las características establecimiento)

físicas(

por

ej

la

(

posición

financieras capacidad

como de

un

d. Los sistemas y procesos ( por ej. El control interno o los sistemas informáticos de la entidad) 3. Criterios adecuados: son los parámetros para evaluar o medir el tema. Pueden ser formales (por ej NIIF) o informales (código de conducta desarrollado internamente). 4. Elementos de juicio validos y suficientes.

5. Un informe de seguridad por escrito con el formato de un encargo de seguridad razonable o limitado

A. OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO EN GENERAL i. Normas para su desarrollo 1. El objetivo de un encargo de aseguramiento es expresar una conclusión con el fin de incrementar el grado de confianza de los usuarios a quienes se destina el informe, acerca del resultado de la evaluación o medición de la materia objeto de la tarea, sobre la base de ciertos criterios. En función de cómo se suministre la información sobre la materia objeto de análisis, puede ser un encargo basado en una afirmación o un encargo de informe directo. En función del nivel de aseguramiento que provea a los usuarios, puede ser un encargo de aseguramiento razonable o un encargo de aseguramiento limitado. El nivel de riesgo en este último tipo de encargo es más alto que en un encargo de aseguramiento razonable debido a la diferente naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos aplicados por el contador para reunir elementos de juicio que le permitan emitir su conclusión. En esta sección, se tratarán los encargos de aseguramiento distintos de una auditoría o revisión de información contable histórica. 2. El contador debe planificar el encargo con el fin de realizarlo de manera eficaz, con una actitud de escepticismo profesional y reconociendo que pueden existir circunstancias que hagan que la información sobre la materia objeto de la tarea tenga incorrecciones significativas. Debe comprender suficientemente dicha información y otras circunstancias del encargo como para identificar y analizar los riesgos de que esa información tenga incorrecciones significativas con el fin de diseñar y aplicar procedimientos para reunir elementos de juicio. 3. El contador debe analizar si la información sobre la materia objeto de la tarea es adecuada. Para ello, esta información tiene que tener las siguientes características:

3.1. Es identificable y evaluable o mensurable de manera coherente en comparación con los criterios aplicados; y 3.2. Puede someterse a procedimientos para reunir elementos de juicio válidos y suficientes para sustentar una conclusión. 4. El contador debe analizar la idoneidad de los criterios para evaluar o medir la información sobre la materia objeto de análisis. Estos criterios pueden estar establecidos formalmente, como las normas contables profesionales, o desarrollarse específicamente, como el código de conducta elaborado por una organización. 5. El contador debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes sobre los cuales basar su conclusión. La naturaleza, la oportunidad y el alcance de los procedimientos en un encargo de aseguramiento limitado son deliberadamente más acotados en relación con un encargo de aseguramiento razonable. 6. El contador debe obtener manifestaciones escritas de la parte responsable, cuando corresponda. ii. Normas sobre informes 1. En el informe que surja de un encargo de aseguramiento distinto de una auditoría o revisión de información contable histórica, el contador debe evitar el uso de expresiones tales como auditoría o revisión, ya que puede generar confusión entre los usuarios en cuanto a la naturaleza del encargo. 2. El informe de aseguramiento debe incluir los siguientes elementos particulares adicionales a los generales: 2.1. Identificación y descripción de la información sobre la materia objeto de análisis, y cuando corresponda, la materia objeto de análisis. 2.2. Identificación de los criterios aplicados. 2.3. Cuando corresponda, una descripción de las limitaciones inherentes significativas relacionadas con la evaluación o la medida de la materia objeto de análisis en comparación con los criterios. 2.4. Cuando los criterios aplicados para evaluar o medir la Información sobre la materia objeto de análisis están disponibles únicamente para usuarios presuntos específicos o sólo son pertinentes para un fin específico, una declaración que limite el uso

del informe de aseguramiento a aquellos usuarios presuntos o con dicho fin. 2.5. Descripción de las responsabilidades de la parte responsable y del contador. 2.6. Resumen del trabajo realizado. 2.7. La conclusión del contador. Cuando corresponda, la conclusión debe informar a los usuarios presuntos el contexto en el cual se debe leer la conclusión del contador.  En un encargo de aseguramiento razonable, la conclusión debe estar expresada en forma positiva.  En un encargo de aseguramiento limitado, la conclusión debe estar expresada en forma negativa.  Cuando el contador expresa una conclusión distinta de una conclusión sin salvedades, el informe debe contener una descripción clara de todos los motivos. 3. El contador debe emitir un informe con salvedades o una conclusión adversa o abstención de conclusión, según corresponda, si concluye que los criterios son inadecuados, la materia objeto de análisis es inapropiada o su descripción no es razonable o tiene incorrecciones materiales. 4. El contador, en los casos de la emisión de informes de aseguramiento, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación. B. EL EXAMEN DE INFORMACIÓN CONTABLE PROSPECTIVA Este encargo se utiliza para las entidades que preparen información contable referida al futuro, sea uno o mas periodos futuros o al periodo en curso. Según la NIEA 3400 la información contable prospectiva puede incluir estados contables prospectivos o uno o mas elementos de estados contables prospectivos y puede ser preparada: 1. Como una herramienta interna de la administración , por ejemplo , para ayudar a avaluar una posible inversión de capital o 2. Para distribución a terceros ,en por ejemplo: a. Un folleto que proporciona a inversionistas potenciales información acerca de expectativas futuras

b. Un informe anual para proporcionar información a accionistas, organismos reguladores y otros interesados.

los

c. Un documento para información acreedores el cual puede incluir por ejemplo flujo de caja proyectados

i. Normas para su desarrollo 1. El objetivo de este tipo de encargo es que el contador emita un informe sobre información contable prospectiva preparada sobre la base de supuestos acerca de hechos futuros y posibles acciones de la dirección de la entidad. La información contable prospectiva puede presentarse bajo la forma de un pronóstico o de una proyección. Según el glosario de la RT 37:

Pronóstico - Información contable prospectiva preparada sobre la base de hipótesis acerca de hechos futuros que la dirección espera que tengan lugar, así como las medidas que la dirección espera adoptar a partir de la fecha de preparación de la información (hipótesis de la mejor estimación posible). Por ejemplo cuando incorporan el efecto de una propuesta actual de reestructuración de deuda financiera corriente bajo lasa condiciones de una oferta realizada a sus acreedores y que se espera que sea aceptada por la mayoría de ellos. Proyección - Información contable prospectiva preparada sobre la base de: (a) hipótesis acerca de hechos futuros y actuaciones de la dirección que no necesariamente se espera que tengan lugar, como sucede en las empresas que se encuentran en una fase inicial de su actividad o que se están planteando un cambio importante en la naturaleza de las operaciones; o (b) una combinación de las mejores estimaciones e hipótesis posibles. Por ejemplo cuando se incluyen los efectos de un aumento hipotético de los salarios del 20 % en el periodo que correspondan. 2. En un encargo para examinar información contable prospectiva, el contador debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes sobre si: 2.1. Los supuestos de la dirección sobre los cuales se basa la información contable prospectiva no son irrazonables y, en el caso

de proyecciones, los supuestos hipotéticos son congruentes con el propósito de la información; 2.2. La información contable prospectiva está correctamente preparada según los supuestos; 2.3. La información contable prospectiva está correctamente presentada y todos los supuestos significativos se expresan adecuadamente, incluso se hace una indicación clara sobre si son pronósticos o proyecciones; y 2.4. La información contable prospectiva está preparada de conformidad con los estados contables históricos y se aplicaron los principios contables apropiados. 3. La información contable prospectiva se relaciona con hechos y acciones que aún no sucedieron y que quizás no ocurran. Por lo tanto, en general, el contador no está en condiciones de expresar una conclusión sobre si se alcanzarán los resultados presentados en la información contable prospectiva. 4. El contador no debe aceptar o debe retirarse de un encargo (si esto es posible) cuando los supuestos sean claramente poco realistas o cuando el contador piense que la información contable prospectiva es inapropiada para su uso preestablecido. 5. El contador debe lograr un nivel suficiente de conocimiento sobre el negocio del ente para poder evaluar si se han identificado todos los supuestos significativos necesarios para la preparación de la información contable prospectiva. 6. Al determinar la naturaleza, la oportunidad y el alcance de los procedimientos a ser aplicados, el contador debe considerar los siguientes factores: 6.1. La probabilidad de que la información contable prospectiva presente incorrecciones materiales; 6.2. El conocimiento obtenido durante encargos previos; 6.3. La competencia de la dirección en relación con la preparación de la información contable prospectiva; 6.4. La medida en que dicha información se ve afectada por el juicio de la dirección; y

6.5. La suficiencia y confiabilidad de los datos subyacentes. 7. El contador debe obtener manifestaciones escritas de la dirección respecto del uso preestablecido de la información contable prospectiva, la totalidad de los supuestos significativos de la dirección y la aceptación de la dirección de su responsabilidad por dicha información. 8. El contador debe considerar el período que abarca la información contable prospectiva, el cual no debe extenderse más allá del punto en el cual la dirección tiene una base razonable para determinar los supuestos. ( deben considerar por Ejemplo: ciclo de operaciones, el grado de confiabilidad de los supuestos, las necesidades de los usuarios. 9. Cuando el contador analiza la presentación y revelaciones de la información contable prospectiva, además de los requisitos específicos de las leyes, los reglamentos y las normas profesionales pertinentes, debe considerar si: 9.1. La presentación de la información contable prospectiva es informativa y no es engañosa; 9.2. Las políticas contables se expresan claramente en las notas a dicha información; 9.3. Los supuestos se expresan en forma adecuada en dichas notas; 9.4. Se informa la fecha en la que se preparó la información contable prospectiva. La dirección necesita confirmar que los supuestos son apropiados a dicha fecha; 9.5. La base para establecer puntos en un rango está claramente indicada y dicho rango no ha sido seleccionado de manera parcial o engañosa cuando los resultados expuestos en la información contable prospectiva se expresan en función de la escala; y 9.6. Se revela cualquier cambio en la aplicación de las normas contables profesionales desde la emisión de los últimos estados contables históricos, junto con el motivo del cambio y su efecto sobre la información contable prospectiva. ii. Normas sobre informes 1. El informe sobre un examen de información contable prospectiva debe incluir los siguientes elementos particulares, adicionales a los generales:

1.1. Una manifestación de que la dirección es responsable por la información contable prospectiva, incluyendo los supuestos. 1.2. Cuando corresponda, una referencia al propósito y/o a la distribución restringida de la información contable prospectiva; 1.3. Una declaración de seguridad negativa sobre si los supuestos brindan una base razonable para la información contable prospectiva; 1.4. Una opinión con respecto a si la información contable prospectiva ha sido preparada en forma adecuada sobre la base de los supuestos y se presenta de acuerdo con el marco de presentación de dicha información; 1.5. Advertencias apropiadas sobre la probabilidad de la concreción de los resultados presentados en la información contable prospectiva, mencionando que: 1.5.1. Es probable que los resultados reales sean diferentes de la información contable prospectiva, ya que los hechos previstos a menudo no se producen según lo esperado y la variación podría ser significativa. 1.5.2. En el caso de una proyección, que la información contable prospectiva se preparó con un determinado fin (que se describirá), mediante el uso de un conjunto de supuestos que incluyen supuestos hipotéticos acerca de hechos futuros y acciones de la dirección que no necesariamente se espera que sucedan. Por consiguiente, se advierte a los usuarios que la información contable prospectiva no se debe utilizar con fines distintos de los que se describieron. El contador deberá expresar un informe con salvedades, un dictamen adverso o eventualmente retirarse del encargo en los siguientes casos: 2.1. Cuando el contador entienda que la presentación y revelaciones de la información contable prospectiva no son adecuadas, deberá expresar un dictamen con salvedades o un dictamen adverso. 2.2. Cuando el contador entienda que uno o más supuestos significativos no brindan una base razonable para la información contable prospectiva preparada sobre la base de los supuestos de mejor estimación o que uno o más supuestos significativos no

brindan una base razonable para la información financiera prospectiva preparada dados ciertos supuestos hipotéticos, el contador debe expresar un dictamen adverso o retirarse del encargo. 2.3. Cuando el examen se vea afectado por condiciones que impiden la aplicación de uno o más procedimientos que se consideran necesarios en las circunstancias, el contador debe retirarse del encargo o abstenerse de expresar un dictamen y describir la limitación al alcance de su trabajo. 3. El contador, en los casos de la emisión de informes de aseguramiento sobre información contable prospectiva, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación.

C. INFORMES SOBRE LOS CONTROLES DE UNA ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS Concepto según glosario de RT 37: Organización de servicios - Organización externa (o segmento de una organización externa) que presta a las entidades usuarias servicios que forman parte de los sistemas de información relevantes para la información financiera de dichas entidades usuarias. Ejemplo de estas organizaciones son las que prestan el servicio de teneduría de libros o la función de cumplir con los impuestos. Un ej de Org. de servicios pero no relevante es el servicio de vigilancia. Las alternativas posibles para obtener un cocimiento de la organización de servicios son los siguientes:  Obtener un informe sobre la descripción y el diseño de los controles de una organización de servicios (informe tipo 1) o bien , un informe sobre la descripción, diseño y eficacia operativa de los controles de una organización de servicios (informe tipo 2), ( en este caso seria un informe elaborado por el contador de la organización)  Contactando con la organización de servicios, a través de la entidad usuaria para obtener información especifica.

 Visitando la organización de servicios y aplicando procedimientos que proporciones información necesaria sobre los controles relevantes de la organización de servicios  Recurriendo a otro auditor con el fin de que apliquen procedimientos que proporciones la información necesaria sobre los controles relevantes de la organización de servicios i. Normas para su desarrollo 1. El objetivo de este tipo de encargo es que el contador emita un informe sobre controles vigentes en una organización de servicios que se presumen relevantes para el control interno de las organizaciones usuarias de esos servicios, en cuanto se relacionan con la preparación de su información contable. El informe que emita el contador será utilizado por las organizaciones usuarias de tales servicios y por sus auditores. Ejemplos: una red de servicios bancarios ( banelco o link). 2. Para emitir un informe sobre la descripción y el diseño de los controles de una organización de servicios (informe tipo 1), el contador debe reunir elementos de juicio válidos y suficientes que le permitan aseverar que: 2.1. La descripción presenta razonablemente el sistema de la organización de servicios implementado a una fecha determinada, y si incluye o no los servicios prestados por entidades subcontratadas y/o controles complementarios de la organización usuaria; y 2.2. Los controles relacionados con los objetivos establecidos en la descripción realizada por la organización de servicios sobre su sistema fueron idóneamente diseñados para asegurar razonablemente el logro de los objetivos de control, y se encontraban implementados a una fecha determinada, y si tal descripción incluye o no aquellos relacionados con los servicios prestados por entidades subcontratadas, de corresponder. 3. Adicionalmente, para emitir un informe sobre la descripción, diseño y eficacia operativa de los controles de una organización de servicios (informe tipo 2), el contador debe probar y valorar que dichos controles operaron efectivamente durante el período especificado. 4. El informe tipo 2 es considerado el más útil para los auditores de las organizaciones usuarias, y esa utilidad aumenta cuando cubre un período de seis meses como mínimo. Si el período es menor de seis meses, el

contador puede considerar apropiado describir en su informe las razones por las que el período evaluado fue más corto. 5. El contador debe obtener manifestaciones escritas de los responsables de la organización de servicios que reafirmen la aseveración que acompaña la descripción del sistema y manifiesten haberlo puesto en conocimiento de cualquier situación relevante que pudiera haber afectado su conclusión. ii. Normas sobre informes 1. El informe sobre los controles de una organización de servicios debe incluir los siguientes elementos particulares, adicionales a los generales: 1.1. En el párrafo de la identificación y descripción de la materia objeto de análisis, el contador debe incluir: 1.1.1. Descripción y aseveraciones de la organización de servicios, de acuerdo con el tipo de informe a emitir, con indicación de la fecha o período al que se refiere el informe; 1.1.2. De corresponder, aquellas partes de dicha descripción no cubiertas por la opinión; 1.1.3. Si la descripción de controles incluye controles complementarios de la organización usuaria, la declaración del contador de que su opinión no incluye a estos controles y que la efectividad de los controles de la organización de servicios está sujeta a la efectividad de dichos controles complementarios; y 1.1.4. Si existen controles relevantes efectuados por organizaciones subcontratadas por la organización de servicios, y tales controles como así también los objetivos de control relacionados no son incluidos en la descripción hecha por la organización de servicios de su sistema, una manifestación de tal exclusión con indicación de que están fuera del alcance del trabajo desarrollado por el contador. Si son incluidos en dicha descripción, una manifestación de tal inclusión con indicación de que están alcanzados por los procedimientos ejecutados por el contador. 1.2. Identificación de los criterios aplicados.

1.3. Una manifestación de que el informe y, en el caso de un informe de tipo 2, la descripción de las pruebas de controles, se han preparado sólo para las organizaciones usuarias y sus auditores, quienes tienen suficiente comprensión para considerarlo, junto con otra información, al evaluar riesgos de incorrección material de los estados contables de las organizaciones usuarias. 1.4. Una manifestación de la responsabilidad de la organización de servicios y del contador 1.5. Un resumen de los procedimientos aplicados. Este podría cubrirse con los siguientes párrafos: 1. Se han aplicado procedimientos para obtener elementos de juicios sobre la información presentada en la descripción del sistema y sobre el diseño de los controles. 2. Si se tratara de un informe de tipo 2, habría que agregar también que se han aplicado procedimientos para obtener elementos de juicios sobre la eficacia operativa de los controles. 3. Una afirmación acerca de que los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor. 1.6. Una manifestación de las limitaciones de los controles y, en el caso de un informe tipo 2, del riesgo de proyectar a períodos futuros cualquier evaluación de la eficacia operativa de los controles. Se puede incluir los siguientes párrafos: 1. Debido a su naturaleza, los controles en una organización de servicios podrían no prevenir o detectar todos los errores u omisiones en el procesamiento o en la emisión de informes acerca de las transacciones. 2. La proyección de cualquier evaluación de eficacia operativa de los controles a periodos futuros esta sujeta al riesgo de que los controles en la organización de servicios pudieran llegar a ser inadecuados o fallar. 2. La opinión del contador debe ser expresada en forma positiva, acerca de si, en todos los aspectos significativos, con base en criterios idóneos:

2.1. Para informes sobre la descripción y el diseño de los controles de una organización de servicios (informe tipo 1): 2.1.1. La descripción presenta razonablemente el sistema de la organización de servicios implementado a una fecha determinada; y 2.1.2. Los controles relacionados con los objetivos de control establecidos por la organización de servicios fueron los necesarios y han sido idóneamente diseñados a una fecha determinada. 2.2. Para informes sobre la descripción, diseño y eficacia operativa de los controles de una organización de servicios (informes tipo 2): 2.2.1. Lo indicado en el párrafo 2.1 anterior para informes sobre la descripción y el diseño de los controles de una organización de servicios (informe tipo 1); 2.2.2. Los controles examinados, que son necesarios para brindar un aseguramiento razonable acerca de que los objetivos de control establecidos fueron logrados, han operado efectivamente durante el período especificado; y 2.2.3. Una sección separada a continuación de la opinión, o en un anexo, con una descripción detallada de las pruebas de controles efectuadas y los resultados de tales pruebas informando, de corresponder, la cantidad y naturaleza de los desvíos identificados, aun cuando el contador haya concluido que los objetivos de control relacionados han sido alcanzados. 3. El contador, en los casos de la emisión de informes sobre los controles de una organización de servicios, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación.

NORMAS SOBRE SERVICIOS RELACIONADOS (RT37) A. ENCARGOS PARA APLICAR PROCEDIMIENTOS ACORDADOS Este tipo de encargo es frecuente que se le demande al contador como consecuencia de que el comitente tiene la posibilidad de adquirir una empresa en su totalidad o una porcion significativa de un paquete accionario. El contexto es un trabajo denominado due diligence (debida diligencia por su traducción literal). Muchas veces ese le encarga al contador la aplicación de procedimientos encaminados a la detección de pasivos ocultos, otras veces a la verificación de la veracidad de las cuentas a pagar. También es frecuente que se acuerde con el contador la aplicación de procedimientos as información no contable (venta del padrón de afiliados de una obra social y se le pide la verificación de la existencia de esos afiliados). Este tipo de encargo no estaba previsto de manera explicita en la RT 7, sino de manera implícita dentro de los informes especiales. Este tipo de encargo no brinda seguridad, quedando incluido dentro de la categoría de servicios relacionados. i. Normas para su desarrollo 1. El objetivo de un encargo para realizar procedimientos acordados (puede tratarse por ejemplo de información histórica o prospectiva, contable como no contable, etc.) es que el contador lleve a cabo procedimientos que en su naturaleza son de auditoría, que el contador, el ente y terceros hayan convenido, así como también presentar un informe que contenga los hallazgos derivados de su trabajo. 2. Dado que el contador sólo realiza un informe con los hallazgos de los procedimientos aplicados, no emite ninguna seguridad al respecto. Son los usuarios que han solicitado el informe los que evalúan por sí mismos los procedimientos y los resultados informados por el contador y los que sacarán sus propias conclusiones.

3. A este informe sólo podrán acceder las partes que han solicitado la tarea, ya que otros usuarios, desconocedores de las razones de los procedimientos, podrían malinterpretar los resultados.

4. Los puntos a acordar por escrito son los siguientes: 4.1. Naturaleza del encargo, resaltando el hecho de que los procedimientos no constituyen una auditoría o una revisión y que en consecuencia, no se emitirá ninguna manifestación de seguridad al respecto. 4.2. Propósito específico del encargo. 4.3. Identificación de la información contable (o eventualmente, no contable) a la cual se le aplicarán los procedimientos acordados. 4.4. Naturaleza, cronograma y alcance de los procedimientos específicos que se aplicarán. 4.5. Forma prevista del informe con hallazgos. 4.6. Restricciones a la distribución del informe con hallazgos. 5. El contador debe realizar los procedimientos acordados y utilizar los elementos de juicio reunidos para la redacción del informe con los hallazgos. 6. Entre los procedimientos que rigen un encargo para realizar procedimientos acordados pueden figurar los siguientes: 6.1. Investigación y análisis. 6.2. Recálculo, administrativa.

comparación

y

otros

controles

de

precisión

6.3. Observación. 6.4. Inspección. 6.5. Obtención de confirmación. ii. Normas sobre informes 1. El informe deberá incluir los siguientes elementos propios de este encargo, en adición a los generales:

1.1. Identificación de la información contable y no contable a la que se han aplicado los procedimientos acordados; 1.2. Una declaración de que los procedimientos realizados fueron los que se pactaron previamente con la parte contratante; 1.3. Identificación del propósito para el cual se realizaron los procedimientos acordados; 1.4. Un listado de los procedimientos específicos llevados a cabo; 1.5. Una descripción de los hallazgos del contador que incluya, de existir, suficiente detalle de los errores y excepciones encontradas; 1.6. Una declaración de que los procedimientos realizados no constituyen ni una auditoría ni una revisión y, que, por lo tanto, no se emitirá ninguna seguridad respecto de la materia que es objeto de la aplicación de los procedimientos acordados; 1.7. Una declaración que establezca que si el contador hubiese realizado procedimientos adicionales, una auditoría o una revisión, podrían haber salido a la luz otras cuestiones que hubiesen sido oportunamente informadas; 1.8. Una declaración que establezca que el informe concierne sólo a las partes que hayan acordado realizar los procedimientos; 1.9. Una declaración (cuando corresponda) que establezca que el informe involucra sólo a los elementos, las cuentas, los rubros o la información contable o no contable especificada y que no se extiende a los estados contables de la entidad considerados en su conjunto. 2. El contador, en los casos de la emisión de informes sobre procedimientos acordados, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación.

B. ENCARGOS DE COMPILACIÓN La utilidad de este servicio radica en que la utilización por parte del contador, de su conocimiento experto en el tema, asegura que el trabajo sea realizado con competencia y debido cuidado profesional. Este trabajo no es lo mismo que teneduría de libros (Parte mecánica del procesamiento contable que incluye la captación de datos, su anotación

en asientos y cuentas, su acumulación, su clasificación, y su agrupamiento. Incluye la producción de algunos informes contables elementales, como por ej. Balance de saldos). Es decir que el encargo de compilación parte de los saldos contables ya determinados por la tarea propia de la teneduría de libros. La tarea de teneduría de libros y del encargo de compilación puede ser realizada por el mismo contador, teniendo en cuenta las disposiciones referidas a Independencia.

i. Normas para su desarrollo 1. El objetivo de un encargo de compilación es que el contador utilice su conocimiento experto en materia de contabilidad en contraposición al conocimiento experto en materia de auditoría, con el fin de reunir, clasificar y resumir información contable. Esta tarea consiste comúnmente en sintetizar información detallada y transformarla en información concisa, manejable y comprensible, sin la necesidad de verificar las afirmaciones subyacentes en dicha información. 2. Los procedimientos utilizados no permiten al contador expresar ninguna seguridad sobre la información contable ni están concebidos para tal efecto. 3. Un encargo de compilación normalmente requiere la elaboración de estados contables (los que pueden constituir o no un conjunto completo de estados contables) pero también pueden incluir la recopilación, la clasificación y el resumen de otra clase de información contable y no contable siempre que tenga conocimiento suficiente sobre la materia en cuestión. 4. El contador deberá:  obtener un conocimiento general acerca de los negocios y las operaciones del ente y  deberá estar familiarizado con las normas contables profesionales y las prácticas de la industria aplicables al encargo en cuestión. 5. Para compilar información contable, el contador deberá:  obtener un conocimiento general operaciones comerciales del ente,

de

la

naturaleza

de

las

 la forma de los registros contables y  las bases de contabilidad sobre las cuales deberá presentarse la información contable. El contador generalmente adquiere conocimiento sobre estas cuestiones a través de su experiencia con la entidad o por medio de consultas al personal del ente. 6. Cualquier apartamiento conocido al marco contable aplicable debe revelarse dentro de la información contable del ente, aun cuando los efectos no necesitan ser cuantificados 7. El contador no estará obligado a: 7.1. Realizar consultas a la dirección para evaluar la razonabilidad y confiabilidad de la información suministrada; 7.2. Examinar los controles internos; 7.3. Verificar cualquier tipo de cuestión; o 7.4. Verificar cualquier tipo de explicación. 8. Si el contador se percatase de que la información brindada por la dirección es incorrecta, incompleta o insatisfactoria en algún otro sentido, deberá considerar la realización de los procedimientos arriba mencionados y pedir a la dirección que suministre información adicional y, eventualmente, realice el cambio correspondiente. Si la dirección se negare deberá retirarse del encargo (si esto es posible), informando a la entidad las razones de su decisión. De no ser posible su retiro debe expresar que existen incorrecciones significativas evidentes señalándolas expresamente 9. El contador debe leer la información compilada y decidir si es adecuada en cuanto a su forma y si presenta o no evidentes incorrecciones materiales. 10. El contador deberá lograr que la dirección reconozca su responsabilidad por la adecuada presentación de la información contable y que apruebe tal información contable. ( Puede realizarse mediante la inclusión de una declaración en ese sentido en la carta compromiso del encargo, debidamente firmada por la dirección del ente y el contador. La aprobación puede acreditarse mediante las actas del órgano de dirección del ente).

ii. Normas sobre informes Como principio general, toda vez que un contador compila información deberá emitir un informe de compilación. El informe de compilación es el medio por el cual el contador comunica al cliente del encargo que ha realizado una compilación de información contable conforme al marco de información identificado, sin que exprese seguridad alguna sobre ella. 1. El informe deberá incluir los siguientes elementos propios de este encargo, en adición a los generales (a): 1.1. La explicación del concepto de una compilación; 1.2 Identificación de la información contable, destacando el hecho de que dicha información se basa en información suministrada por la dirección; 1.3. Una manifestación que señale que la dirección es responsable de la información contable compilada por el contador; 1.4. Una declaración que exprese que no se ha llevado a cabo ni una auditoría ni una revisión y que, en consecuencia, no se emitirá ninguna seguridad acerca de la información contable; 1.5. Un párrafo, cuando se lo considere necesario, resaltando la existencia de desvíos significativos al marco aplicable a la presentación de información contable. (a) Titulo ( podría ser Informe de complicación de contador independiente. Destinatario: dirigido a quien contrato el encargo de compilacion8 Directorio, consejo de administración, consejo de vigilancia, accionistas , socios, etc) Indicación de la tarea realizada: incluir una declaración de que el servicio fue realizado de acuerdo a las normas de la RT 37. Lugar y fecha de emisión: debe ser datado en la fecha en la cual se ha terminado de realizar su trabajo.. No debe ser anterior a aquella en que la dirección que asume la responsabilidad de la información compilada. Identificación y firma del contador.

2. La información contable compilada por el contador debe exhibir alguna leyenda del tipo “No auditado”, “Compilado sin auditoría ni revisión” o “Véase mi/nuestro informe de compilación de fecha ….” en cada página de la información contable. 3. El contador, en los casos de la emisión de informes de compilación, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación.

C. OTROS SERVICIOS RELACIONADOS. INFORMES ESPECIALES NO INCLUIDOS EN EL CAPÍTULO V i. Normas para su desarrollo 1. En los informes especiales que no brindan seguridad (es decir, los no incluidos en el Capítulo V), el contador realiza una manifestación que no tiene como propósito incrementar el grado de aseguramiento de los presuntos usuarios sobre un determinado asunto. Por ejemplo: Informe especial sobre la verificaron de los deudores de las entidades financieras reuquerido por la comunicación A 2917 del BCRA. 2. Están comprendidos en este tipo de encargo, aunque no está limitado a esto, aquellos destinados a cumplir con requerimientos de organismos de control formulados directamente al contador o a su comitente. 3. Para obtener elementos de juicio válidos y suficientes que respalden un informe relativo a investigaciones especiales, el contador público debe desarrollar su tarea teniendo en cuenta las finalidades específicas para las cuales se requiere ese informe. ii. Normas sobre informes 1. El contador, en los casos de la emisión de informes especiales que no brindan seguridad, respetará la sección III.A.ii, en lo que fuera de aplicación. INFORMES ESPECIALES( RT7) Los informes especiales se rigen, en cuanto fuera de aplicación, por las normas III.C.1. a II.C.43., anteriores. En cada caso, se deben tener en cuenta las finalidades específicas para las cuales se requieren estos informes.  Naturaleza  Calificación

 Informes con opinión  Concepto  Contenido  Informes sin opinión  Conceptos  Contenidos Algunos ejemplos de Informes son:  .informe especial sobre ventas  informe especial sobre deudas por regalías.  .informe especial sobre saldos deudores.  informe especial sobre ingresos personales.

Hechos posteriores al cierre y al dictamen. Su incidencia ( Punto 6.9)

 Hechos ocurridos antes de la emisión del informe  Hechos ocurridos con posterioridad a la emisión del informe. La RT 37 establece que “ Los procedimientos usuales, en cuanto fueran de aplicación, deben ser utilizados además en la revisión de operaciones o hechos posteriores a la fecha del cierre de los estados contables u otra información objeto del encargo y hasta la fecha de emisión del informe del contador, cuando correspondiera, para verificar en qué medida pudieron haberlos afectado “. La RT 7 disponía que . para las auditorias de estados contables , la fecha de emisión del informe limita la responsabilidad del auditor en cuanto al conocimiento de hechos posteriores a la fecha de los estados contables que pudieran tener influencia significativa en las informaciones que ellos contienen.