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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINITRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES CONTABILIDAD DE COMERCIO INTE

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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINITRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES

CONTABILIDAD DE COMERCIO INTERNACIONAL TEMA: “MEDIOS DE PAGO INTERNACIONALES” DOCENTE: MARIACA FLORES, LUIS PRESENTADO POR: ➢ APAZA PACURI, MARIBY PAUDE ➢ CALDERON FLORES, SABY MELISSA ➢ CCALA QUISPE, YESENIA CICLO: IX GRUPO: “B” AÑO: 2021

PUNO – PUNO – PUNO

ÍNDICE I.

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 4

II.

DESARROLLO ............................................................................................................................... 5 2.1.

FACTORES PARA LA ELECCION DEL MEDIO DE PAGO ......................................................... 5

2.2.

FORMAS Y MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL ..................................... 5

2.2.1.

Principales formas de pago: ........................................................................................ 5

2.2.2.

Las cobranzas documentarias ..................................................................................... 6

2.2.3.

Cobranza extranjera .................................................................................................... 8

2.2.4.

La carta de crédito ....................................................................................................... 8

2.2.5.

Cuenta abierta ............................................................................................................. 8

2.2.6.

Garantía internacional (GIEX) ...................................................................................... 8

2.3.

FUNCIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO ............................................................................... 9

2.3.1.

Información que contiene una carta de crédito ......................................................... 9

2.3.2.

Documentos a presentar de una carta de crédito .................................................... 10

2.3.3.

Modelo de contrato de una carta de crédito (Banco de Comercio) ......................... 10

2.4.

PARTES QUE INTERVIENEN EN UNA CARTA DE CRÉDITO.................................................. 14

2.4.1.

Ordenante ................................................................................................................. 14

2.4.2.

Los bancos en relación .............................................................................................. 15

2.4.3.

Beneficiario................................................................................................................ 16

2.5.

CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE CARTA DE CRÉDITO ............................................................... 16

2.5.1.

Revocable .................................................................................................................. 16

2.5.2.

Irrevocable................................................................................................................. 16

2.5.3.

Transferible ............................................................................................................... 17

2.5.4.

Confirmada ................................................................................................................ 18

2.5.5.

Disposición ................................................................................................................ 19

2.5.6.

Con cláusula roja ....................................................................................................... 19

2.5.7.

Con cláusula verde .................................................................................................... 19

2.5.8.

Stand by ..................................................................................................................... 20

2.5.9.

Adelanto a cuenta contra Carta de Crédito .............................................................. 20

2.5.10.

Beneficios .................................................................................................................. 20

2.5.11.

Condiciones requeridas para aperturar una Carta de Crédito .................................. 21

2.6.

TIPOS DE FINANCIAMIENTO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL ..................................... 21

2.6.1.

Financiamiento de las Importaciones. ...................................................................... 21

2.6.2.

Fuentes para financiar la importación. ..................................................................... 21

2.6.3.

Financiamiento de las exportaciones ........................................................................ 22

2.6.4.

Formas de financiamiento de las exportaciones: ..................................................... 23

2.6.5.

Financiamiento de las exportaciones con recursos externos.- ................................. 25

2.6.6.

Ejemplo de cartas de crédito exportación.- .............................................................. 27

2.6.7.

Paso a paso: Cómo usar la carta de crédito en sus exportaciones ........................... 28

2.7.

FORMAS NO CONVENCIONALES DE FINANCIAMIENTO .................................................... 30

2.7.1.

Leasing o arrendamiento financiero: ........................................................................ 30

2.7.2.

Factoring.................................................................................................................... 37

2.7.3.

Forfeiting ................................................................................................................... 39

2.7.4.

Confirming ................................................................................................................. 48

III.

CONCLUSIONES ..................................................................................................................... 51

IV.

BIBLIOGRAFIA ........................................................................................................................ 52

I. INTRODUCCIÓN En los últimos años las empresas que se relacionan con el mercado internacional han crecido vertiginosamente, pero pocas utilizan herramientas eficientes en cuanto a las formas y modalidades de pago existentes. Esto provoca severas consecuencias para las mismas, como pérdida de posicionamiento, participación en el mercado, competitividad, eficiencia y eficacia. El objetivo del comercio internacional, es impulsar el bienestar económico y social mediante la adecuada canalización del capital a aquellas inversiones que arrojen el máximo de rendimiento. Con el avance de la tecnología, es cada vez más sencillo acceder a productos y servicios de cualquier parte del mundo, como también ofrecer los propios y ser parte del comercio internacional. Estas operaciones implican la necesidad de efectuar pagos y cobranzas a distancia, de una manera eficiente y segura entre partes ubicadas en distintos países En primer lugar se detallan las distintas alternativas de cobro y pago, en función de su eficiencia en la operatoria que implican, la seguridad que otorgan, la satisfacción y confianza que generan, etc. Se mencionan tanto los medios tradicionales, aplicados por todo tipo de empresas, como los no tradicionales

II. DESARROLLO Son transacciones económicas con el exterior que implican el intercambio de bienes o servicios entre compradores y vendedores de diferentes países. Existen una amplia variedad de medios de pagos internacionales, la elección de uno u otro medio de pago, va a venir determinada por el riesgo que asumimos por el coste. 2.1. FACTORES PARA LA ELECCION DEL MEDIO DE PAGO La elección del método de pago depende de factores como: •

Conocimiento y confianza mutuamente del comprador y el vendedor



Tamaño y frecuencia de las operaciones.



Las normas legales existentes en los países involucrados en la transacción.



Costos bancarios generados por la utilización de dichos instrumentos.



Términos de negociación.

2.2. FORMAS Y MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL Definitivamente, los medios de pago internacionales más utilizados, son las cobranzas documentarias y las cartas de crédito en sus distintas modalidades, pues ofrecen beneficios a ambas partes, y sus costos son manejables. Asimismo, son los diferentes acuerdos entre comprador y vendedor para determinar el momento del pago de la mercadería o servicio. Este momento de pago está en relación al embarque y/o entrega del bien o servicio 2.2.1. Principales formas de pago:

2.2.1.1.

Pago anticipado

El pago anticipado es un, sistema que permite al vendedor recibir el pago de la mercancía antes de que esta llegue a manos del comprador, por lo tanto, el fabricante podrá cubrir los gastos que se le presenten al despachar la mercancía. Este sistema no es muy conveniente cuando se va a comenzar una relación comercial con cierta empresa, puesto que representa

un alto riesgo para el comprador, por eso se recomienda que se adopte esta modalidad solo en casos muy específicos, por ejemplo, cuando solo haya un vendedor de cierto bien.

2.2.1.2.

Pago directo

Se llama pago directo cuando el importador paga al exportador el valor de la mercancía por medio de una entidad bancaria la cual no realiza ningún tipo de intervención en el proceso de exportación; generalmente el pago directo se utiliza cuando el importador ha acordado con el exportador pagar la mercancía al contado. Dentro de este medio de pago se manejan varias opciones, como: cheque, orden de pago, giro o transferencia.

2.2.1.3.

Pago a plazo

Se denomina así a todo pago que recibe el exportador después de haber entregado los documentos de embarque al importador. Este plazo será convenido entre el importador y exportador, normalmente estará en función a la fecha de embarque, fecha de factura, fecha de presentación de documentos.

2.2.2. Las cobranzas documentarias

La cobranza documentaria en sus distintas modalidades es alternativa a las cartas de crédito, que ofrecen un grado de protección tanto al importador como al exportador. Los bancos actúan como intermediarios para el intercambio de documentos de títulos para pagos, pero no están obligados a pagar, como sería el caso con las cartas de crédito. Una cobranza documentaria, es una transacción a través de la cual el exportador encomienda la cobranza del pago al banco del exportador (banco remitente) que envía los documentos al banco del importador (banco recaudador) junto con las instrucciones de pago. Los fondos

que se reciben del importador se remiten al exportador mediante los bancos a cambio de esos documentos. Las cobranzas documentarias implican el uso de una letra de cambio que requiere que el importador pague el importe nominal a la vista (documento contra pago o efectivo contra documentos) o que pague en un plazo establecido a futuro (documento contra aceptación o efectivo contra aceptación). La carta de recaudación establece las instrucciones que especifican cuáles son los documentos establecidos para la entrega de los bienes al importador. Si bien los bancos efectivamente actúan como facilitadores (agentes) para sus clientes en las recaudaciones, las cobranzas documentarias no ofrecen procesos de verificación y sus garantías son limitadas en caso de que exista falta de pago Generalmente las cobranzas documentarias son menos onerosas que las cartas de crédito a) Cobranza documentaria a la vista (documentos contra pago) Esta cobranza consiste en que una vez embarcada la mercadería, el cedente (exportador) entrega los documentos de la exportación a un banco cedente en su país. Este banco cobrador en el país del importador. El banco cobrador avisa al girado (importador) que existen unos documentos a su nombre y que una vez recibida el pago, inmediatamente le serán entregados los documentos. b) Cobranza documentaria por aceptación (documentos contra aceptación) La cobranza por aceptación consiste en que el cedente y el girado acuerden un plazo de tiempo determinado para el pago, condición que queda establecida en una letra de cambio. Una vez acordado el plazo, el cedente embarca la mercancía y entrega los documentos de la exportación junto con una letra de cambio al banco cedente en su país. Este banco envía por correo certificado los documentos y la letra de cambio, debidamente diligenciada por el exportador, al banco cobrador en el país del importador. Este banco se encargará de avisar al girado que existen unos documentos a su nombre y que a su vez “acepte” la letra de cambio con su firma, recibirá los documentos para la nacionalización de la mercancía.

2.2.3. Cobranza extranjera Esta forma de pago es la que otorga más seguridad después de la carta de crédito; el mayor riesgo es para el exportador. Los bancos que intervienen, otorgan el servicio de realizar las gestiones administrativas de aceptación y/o cobro según instrucciones del exportador Los bancos sólo actúan como intermediarios, no avalan el pago. 2.2.4. La carta de crédito Es el medio de pago de mayor preferencia entre los usuarios de comercio exterior, por la seguridad que presenta y porque establece un perfecto equilibrio entre los riesgos comerciales asumidos por las partes intervinientes en un contrato de compra-venta internacional Es un documento emitido por el banco emisor (banco importador, expedidor o garante) con el que el ordenante o vendedor (exportador) cumple totalmente con los documentos requeridos por el Banco Avisador. Con la carta de crédito, los riesgos para el importador y exportador se reducen de forma notoria, pues tienen el respaldo del banco. Este apoyo puede ser mayor si son irrevocables y confirmadas. 2.2.5. Cuenta abierta Es un procedimiento de alto riesgo para el exportador, quien queda muy expuesto al tener que enviar la mercadería y los documentos de embarque al importador para luego esperar la cancelación del pago Se le denomina también como ventas al crédito,. Aquí el exportador otorga el crédito sin recibir ningún tipo de garantía que lo libere del riesgo, en todo caso debe ser respaldado con algún tipo de aval al primer requerimiento, transformándose en un mecanismo tan seguro como el pago por adelantado 2.2.6. Garantía internacional (GIEX) Y órdenes de Pago irrevocable de importación/Exportación (OIEX) Estas dos clases de desembolso forman parte del sistema llamado “Fogapi Exportador”, perteneciente al Fondo de Garantías para préstamos a la Pequeña Industria (Fogapi), con el fin de ofrecer instrumentos financieros a las Mypes del Perú para que faciliten el ingreso de productos y empresas emprendedoras en las actividades de comercio exterior, y obtener así clientes en el extranjero

La garantía internacional (GIEX) funciona con similitud a una carta de crédito. Por este medio, el vendedor recibe un aval irrevocable y condicional de Fogapi, en el cual asegura que el exportador recibirá el pago correspondiente, apenas haya cumplido con todos los acuerdos adoptados en el contrato de compra-venta internacional Las órdenes de pago irrevocable de importación/exportación (OIEX), son herramientas financieras con las que opera Fogapi en forma conjunta con las instituciones de garantía Iberoamericanas, con el objeto de facilitar a los pequeños y medianos exportadores el pago por la venta de sus mercancías. 2.3.FUNCIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO Consiste en que el importador a través de su banco se compromete al pago una vez que dicho banco estudie la documentación. Asu vez el vendedor embarcará la mercadería, y enviará los documentos cuando recibe la comunicación del compromiso del comprador. El riesgo comercial para el vendedor no es alto, dado que no embarcará hasta que no exista un compromiso, una carta de crédito abierta a su favor. Para el comprador, el riesgo no es tan bajo por que el banco negocia contra documentación y no contra recepción conforme de mercaderías. La carta de crédito (letter of credit o L/C) es un medio de pago sujeto a normas, leyes y reglamentos internacionales, con los cuales el banco del importador (banco emisor, aperturante o expedidor), paga o cancela al exportador (beneficiario) el monto de la operación, cuando este le entregue los documentos como expedientes al embarque (factura comercial, documento de transporte, packing list, certificados, entre otros) y conforme a los términos requeridos. Es decir actúa, a solicitud y de acuerdo a las indicaciones presentadas por su cliente (ordenante) 2.3.1. Información que contiene una carta de crédito ✓ Nombre del Ordenante (importador) y su dirección. ✓ Puntos de salida y llegada ✓ Tipo de la Carta de Crédito (irrevocable, confirmada y a la vista, etc) ✓ Cobertura de seguros ✓ Beneficiario (exportador) y su dirección. ✓ Moneda, importe e INCOTERM

✓ Vigencia (para presentar documento) ✓ Forma de pago, y plazo. ✓ Mercancía – descripción ✓ Origen y destino de embarque. ✓ Detalle del transporte ✓ Instrucciones especiales 2.3.2. Documentos a presentar de una carta de crédito ✓ Factura comercial ✓ Letra de cambio ✓ Lista de empaque ✓ Documento de transporte ✓ Certificado de calidad ✓ Certificado de origen ✓ Certificado de inspección ✓ Póliza de Seguro 2.3.3. Modelo de contrato de una carta de crédito (Banco de Comercio) Conforme a los términos y condiciones en este documento y de acuerdo a los datos consignados en la Solicitud de Crédito Documentario de Importación que forma parte de este contrato, en adelante LA SOLICITUD; el Banco de Comercio, en adelante EL BANCO, conforme a las normas legales vigentes aplicables así como a los INCOTERMS y las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios (UCP) vigentes publicadas por The Internacional Chamber of Comerse (ICC) abre, a solicitud y por cuenta nuestra el CREDITO DOCUMENTARIO. PRIMERA: Queda establecido que el presente CREDITO DOCUMENTARIO, es emitido conforme a nuestras especificaciones sobre mercadería, importes, duración, beneficiarios y demás datos consignados en LA SOLICITUD. Así mismo aceptamos las enmiendas que, de acuerdo a nuestras instrucciones EL BANCO realice a esas especificaciones, las que se sujetarán a lo prescrito en este documento. SEGUNDA: En respaldo de fiel cumplimiento del CREDITO DOCUMENTARIO, adjuntamos al presente

(i) un pagaré y un acuerdo de llenado de pagaré incompleto suscrito por nosotros a favor de EL BANCO conveniente al valor del CREDITO DOCUMENTARIO especificado en LA SOLICITUD, (ii) póliza de transporte específica o flotante correspondiente al seguro de la mercadería importada, contratada con una compañía de seguros a satisfacción de ELBANCO, contra todo riesgo, comprometiéndonos a incrementarla a fin de evitar la falta de cobertura en caso que una nueva modalidad de siniestro surgiera y que al efecto EL BANCO señale en el futuro y por una cantidad no menor del 110% del importe del CREDITO DOCUMENTARIO, transfiriéndose a favor de EL BANCO el derecho a indemnización. En caso que no cumpliésemos con presentar la documentación correspondiente al seguro de que trata el acápite (ii) de la presente cláusula o que el seguro contratado por nosotros no sea satisfactorio para EL BANCO, éste queda expresamente facultado para que a su solo criterio y por nuestra cuenta, contrate la cobertura respectiva, cargando el importe en la cuenta que hemos consignado en LA SOLICITUD. TERCERA: Aceptamos de manera irrevocable la interpretación que efectúe EL BANCO y/o el banco pagador, aceptante o negociador o cualquier otro banco que intervenga, sobre el ajuste de los documentos a las especificaciones del CREDITO DOCUMENTARIO, y/o la(s) correspondiente(s) enmienda(s), así como la interpretación a las discrepancias que se evidencien. En consecuencia, los pagos, aceptaciones y negociaciones efectuados por tales bancos serán definidos, rigiéndose por las leyes aplicables en el país del beneficiario del CREDITO DOCUMENTARIO y por las disposiciones indicadas en la introducción del presente documento. CUARTA: Autorizamos a EL BANCO para que pueda si éste lo estima conveniente, adquirir la moneda extranjera necesaria para el pago de la liquidación de éste CREDITO DOCUMENTARIO, al tipo de cambio de venta del mercado correspondiente, vigente en EL BANCO en el momento de su adquisición, con los recursos en moneda nacional que se mantenga en cualquiera de nuestras cuentas o proveniente de la venta de los valores, bienes o garantías o con los fondos que EL BANCO pueda proveernos; liberando a EL BANCO de toda responsabilidad por cualquier diferencia de cambio que pueda originarse, así como de la fecha y oportunidad de dicha adquisición.

QUINTA: El corresponsal está autorizado para proceder según la modalidad, especificaciones y/o enmiendas que resulten de LA SOLICITUD. EL BANCO y sus corresponsales no serán responsables por: (i) elección del corresponsal, (ii) demora en la transmisión de la apertura o enmienda del CREDITO DOCUMENTARIO por casos fortuitos o de fuerza mayor, perdida en tránsito de cables, telegramas, cartas o documentos o por la mutilación u otros errores de cables y telegramas, (iii) incumplimientos causados por disposiciones o normas que rijan en el exterior que EL BANCO o sus corresponsales consideren que condicionan o impidan la operación, (iv) errores en la interpretación o traducción a otros idiomas de términos técnicos en LASOLICITUD, reservándose el derecho de transmitir dichos términos sin traducirlos, (V) por la forma, suficiencia, corrección, autenticidad, falsificación o valor legal de cualquiera de los documentos o por la solvencia, capacidad o buena fe de las personas naturales que lo emitan, o por la descripción, cantidad, peso, calidad, condición, embalaje, valor o entrega de la mercadería que ellos digan amparar. SEXTA: Nos comprometemos de manera expresa e irrevocable a: (I) en operaciones a la vista con o sin letra de cambio, cuando EL BANCO nos informe de la llegada de los documentos de embarque respectivos, a suministrarle inmediatamente las divisas o su equivalente en moneda nacional conforme al pago que se haya efectuado en el exterior bajo este CREDITO DOCUMENTARIO, incluyendo comisiones, recargos, impuestos y cualquier otro gasto de sus corresponsales a que haya lugar, (II) en operaciones a plazo con o sin letras de cambio, a suministrarle las divisas y/o su equivalente en moneda nacional, 48 horas antes de la fecha de vencimiento. En ambos casos autorizamos a EL BANCO para que a su sola discreción se reembolse sin necesidad de consulta, mediante el débito de la cuenta que hemos consignado en LA SOLICITUD, la misma que en todo momento nos comprometemos a mantener con fondos suficientes para cubrir dichas obligaciones

SEPTIMA: Cuando ELBANCO lo solicite abonaremos: (I) sus comisiones, impuestos y cualquier otro gasto local relacionado con el CREDITO DOCUMENTARIO, (II) los intereses compensatorios y moratorios establecidos en el Tarifario de EL BANCO para éste tipo de operaciones, desde la fecha que se efectúe el pago al beneficiario hasta la fecha de su liquidación más los días necesarios para la remesa del reembolso que EL BANCO deberá

hacer a sus corresponsales, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial por EL BANCO. Estas obligaciones se extinguirán cuando EL BANCO tenga las divisas estipuladas efectivamente acreditas en una de sus cuentas en el exterior, (II) hayan o no llegado a su poder los documentos estipulados, haya llegado o no a destino la mercadería que dichos documentos digan amparar. Es entendido que tanto los documentos como la mercadería viajan por cuenta y riesgo del cliente. OCTAVA: EL BANCO no estará obligado a entregar los documentos de embarque hasta no estar totalmente pagado. Sin embargo, a su discreción podrá acceder a entregarnos los documentos, tratándose de operaciones a la vista, bajo los términos y condiciones en nuestra solicitud de financiamiento; tratándose de operaciones a plazo bajo los términos y condiciones establecidas en el CREDITO DOCUMENTARIO. En ambos casos, se contará con el respaldo del pagaré que se adjunta y luego de constituir las garantías reales y/o personales que EL BANCO estime conveniente. NOVENA: Nuestras obligaciones derivadas del CREDITO DOCUMENTARIO tendrán como respaldo la constitución de las siguientes garantías: (I) Garantía mobiliaria sobre la mercadería descrita en LASOLICITUD y/o Warrant que se emita en su representación, para lo cual nos comprometemos irrevocablemente a endosar los documentos respectivos a ELBANCO para la liquidación de la garantía. Esta autorización no podrá revocarse sino hasta que la ejecución de la garantía se encuentre definitivamente realizada. Esta facultad surtirá sus efectos a partir de nuestro incumplimiento. La designación de la persona a cargo de la venta de los bienes la realizará ELBANCO. DECIMA: Para todos los efectos del presente documento se señala como domicilio legal de EL BANCO Av. Canaval y Moreyra 454 – Lima 13 y como domicilio legal de los demás intervinientes el que se indica en LA SOLICITUD, sometiendo todas las desavenencias o controversias que pudieran derivarse de este contrato, incluidas las de su nulidad o invalidez, al fallo definitivo e inapelable de conformidad con los reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, con excepción de la ejecución del PAGARE adjuntado en respaldo del cumplimiento del CREDITO DOCUMENTARIO, el mismo, que de ser el caso, será ejecutado ante los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de Lima-Cercado (Corte Superior

de Justicia de Lima), renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera correspondernos.

2.4. PARTES QUE INTERVIENEN EN UNA CARTA DE CRÉDITO

2.4.1. Ordenante

Persona o entidad que solicita la apertura del crédito a su banco, comprometiéndose a efectuar el pago. Es el que, cumplido todos los trámites y plazos, y presentados los documentos exigidos de forma estricta según lo estipulado en el condicionado del crédito, ejerce su derecho al cobro del mismo. Es el vendedor o exportador a cuyo favor se abre el crédito documentario. Tiene derecho a que el banco emisor o el banco confirmador, según los términos de la apertura, le efectúe el pago o, en su caso, negocie los documentos o acepte los giros siempre que haya cumplido todas las condiciones exigidas, cualitativa y cuantitativamente, en el condicionado del crédito. También llamado comitente, comprador o importador, es la persona o entidad que contrata con el vendedor la compra de la mercancía y, basándose en el documento contractual, cursa las oportunas instrucciones a su banco para que lleve a cabo la apertura del crédito a favor del beneficiario. Simultáneamente, se compromete en firme con el banco emisor a cumplir las condiciones de pago siempre y cuando la operación se desarrolle conforme a las estipulaciones contenidas en la solicitud de apertura. Por lo general, el ordenante es el comprador de la mercancía, el que importa la misma, pero, en ocasiones, puede ser un agente o un intermediario que representen al comprador.

2.4.2. Los bancos en relación ➢ Banco Emisor: Es el banco elegido por el ordenante y efectúa el pago del crédito si se cumple las condiciones exigidas en el mismo. El banco emisor, por lo general, está ubicado en el mismo país del ordenante (aunque no necesariamente ha de ser así) y, en consecuencia, para notificar al beneficiario la apertura del crédito y su contenido, necesita recurrir a otra entidad bancaria que esté situada en el país del beneficiario; lo mismo sucedería cuando el banco emisor desea que parte de los compromisos que haya adquirido al emitir el crédito sean ejecutados por esa segunda entidad. ➢ Banco Notificador: Es el corresponsal del banco emisor encargándose de comunicar al beneficiario de la apertura del crédito, a simple título informativo, sin contraer más responsabilidad que la de autenticar la clave o las firmas que suscriben la apertura y enviar una copia de la misma al beneficiario. ➢ Banco Confirmador: A petición del ordenante puede existir una segunda entidad que amplié la garantía del banco emisor. El banco confirmador es aquel que asume la obligación de confirmar el crédito, porque así se lo haya solicitado el banco emisor o porque haya consentido en ello a instancias de otro peticionario, normalmente, el exportador (este hecho se conoce como “confirmación silenciosa”). Cuando un banco acepta confirmar un crédito se está comprometiendo en firme ante el beneficiario a pagar, aceptar o negociar dicho crédito siempre que se cumplan, exactamente, todos los términos y el banco emisor no haga frente al compromiso adquirido. Se suele recurrir al concurso de un banco confirmador cuando las garantías que ofrece el banco emisor no se consideran suficientes y, en la mayor parte de los casos, es el propio banco avisador quien asume este papel. Este punto se tratará, más ampliamente, en el capítulo siguiente al hablar de los créditos irrevocables confirmados. Si el banco al que se le solicita que confirme el crédito documentario no está dispuesto a hacerlo, deberá responder sin tardanza al banco emisor en tal sentido.

➢ Banco Pagador: Es el banco que siguiendo las instrucciones del banco emisor al beneficiario del crédito. ➢ Banco Negociador y banco aceptante: Es aquel que negociador documentos con el exportador y adelanta el pago contra la presentación de los documentos de embarque, de acuerdo a las cláusulas de la Carta de Crédito.

2.4.3. Beneficiario

Es la persona o entidad a cuyo favor se emite el crédito siendo la persona o personas autorizadas para exigir el pago del crédito, si cumplen las condiciones pactadas en él.

2.5.CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE CARTA DE CRÉDITO

2.5.1. Revocable

El uso de este tipo de carta de crédito es poco frecuente, ya que no otorga seguridad al beneficiario (vendedor), debido a que puede ser revocada o anulada en cualquier momento, así como también puede ser modificada sin necesidad de acuerdo del beneficiario, salvo que éste haya entregado al Banco los documentos de embarque en orden, según los términos de la carta de crédito, antes de haberse producido modificación alguna.

2.5.2. Irrevocable

El banco emisor pagara el crédito siempre que el beneficiario presente los documentos requeridos, no puede modificarse sin acuerdo entre el orden y el beneficiario.

Exige la autorización del exportador (beneficiario), del importador (ordenante) y del banco emisor, para realizar cualquier cancelación, cambio o modificación de las condiciones pactadas. Es el documento más usado, porque cumplan con las cláusulas acoradas. Este

tipo de carta puede ser a su vez confirmada y si no indica que es revocable o irrevocable, automáticamente es consideradas como irrevocable. Las cartas de crédito irrevocables de menor uso son: ➢ Sin Confirmar: Es la que solo cuenta con el aval del banco emisor, ya que el banco avisador (banco del exportador) únicamente informa a su cliente de las condiciones del documento sin comprometerse al pago, de esta forma, el exportador es quien asume el riesgo totalmente. ➢ Cartas de crédito respaldadas: Es la unión de dos cartas de crédito que se convierten en una sola carta transferible alternativa. Esta opción ayuda al exportador (directo o intermediario), que no califica para un financiamiento, a obtener una segunda carta de crédito a favor del proveedor.

2.5.3. Transferible

Es un medio de financiamiento, ya que el exportador puede hacer uso del monto que se le asigne para adquirir o producir los bienes a exportar, sin recurrir a financiamiento propio o el fondo de la empresa. Para aplicar este procedimiento, la calidad de “transferencia” debe estar expresamente indicada en la carta de crédito y antes de proceder, el exportador debe contactar al banco emisor quien procede específicamente como lo determina el documento en cuanto a este tema. Esta modalidad es muy complicada y se requiere hacer coordinaciones muy precisas, por lo que es recomendable no recurrir a este medio

Sin embargo, se puede precisar el uso de este medio si: ➢ El beneficiario puede dar instrucciones a su banco para el crédito pueda ser utilizado total o parcialmente por uno o más beneficiarios. ➢ Debe figurar la cláusula de transferible

➢ Se utiliza cuando el exportador no posee la mercadería a exportar suponiendo una garantía de cobro para sus proveedores.

Cuando se usa una carta de crédito transferible, el exportador utiliza el crédito concedido por el banco emisor y evita el tomar prestado o usar sus propios fondos para comprar la mercancía de su proveedor. De ahí, que es una viable herramienta de financiación previa a la exportación. Para que una carta de crédito se transfiera, la transferencia debe indicarse en los términos de la carta de crédito. Antes de realizar la transferencia, el exportador debe ponerse en contacto por escrito con el banco encargado del desembolso de los fondos (banco que hace transferencia). El banco que hace la transferencia, tanto si ha confirmado o no la carta de crédito, sólo está obligado a efectuar la transferencia hasta un punto y de la manera expresada específicamente en la carta de crédito. Las cartas de crédito transferibles implican riesgos específicos. Cuando un banco abre una carta de crédito transferible para un comprador, ninguna de las partes puede estar segura del proveedor. Ambas deben confiar en las evaluaciones del importador de la reputación del exportador y la capacidad de operar. Con el fin de reducir todo el riesgo e impedir el envío de la mercancía de inferior calidad, se requerirá en el documento un certificado independiente de inspección.

Para simplificar, muchos bancos prefieren simples transferencias en lugar de múltiples transferencias, sin embargo, se realizarán múltiples transferencias si las condiciones están correctas. Las transferencias parciales se pueden realizar por uno o varios proveedores si los términos de la carta de crédito originales permiten envíos parciales. El proceso de este tipo de cartas de crédito puede ser complicado y difícil, requiriendo un alto nivel de precisión en la coordinación. La información incompleta y/o ambigua de las cartas de crédito transferibles son siempre un factor que origina un problema. Además, el beneficiario de la carta de crédito transferible debe estar disponible durante todo el proceso de la negociación de la carta de crédito para poder asistir al banco que realiza la transferencia.

2.5.4. Confirmada

El banco confirmador se compromete a pagar el crédito en caso de que el banco confirmador no lo hiciera. Quedando en sus manos la responsabilidad de cobrar al banco emisor. Es la forma más usada y la que otorga mayor tranquilidad al exportador, por ello se recomienda su uso.

2.5.5. Disposición

Una vez que se han cumplido los términos especificados en el crédito el banco emisor procederá a su pago.

Pagadores a la Vista: El banco pagador efectúa el pago una vez que ha recibido los documentos del exportador y que ha comprobado que coinciden con los exigidos en el crédito.

Pagadores a Plazo Fijo: El banco pagador pagará al exportador posterioridad a la exportación por este de los documentos. ➢ En un determinado vencimiento. ➢ A partir de la fecha de embarque de la mercadería. ➢ Fecha de entrega de los documentos al banco intermediario. ➢ Fecha de recepción de los documentos por el banco emisor.

2.5.6. Con cláusula roja

El exportador puede beneficiarse de un anticipo total parcial del crédito. El exportador puede acceder al pago de la operación en forma anticipada a la exportación en sí; ya que se trata de una forma de financiamiento, el banco avisador cobrará a su cliente un porcentaje del monto de la carta de crédito.

2.5.7. Con cláusula verde

Es similar al anterior, pero el exportador debe de justificar la posesión de la mercadería o que esta se encuentra en fase de fabricación, y tiene la obligación de presentar un certificado de garantía o Warrant para tener la certeza sobre la disponibilidad de la mercancía para el importador. Es una herramienta que cobertura muy bien al comprador.

2.5.8. Stand by

Es una garantía bancaria y sirve para pagar deudas financieras. En este caso, el banco abre la carta de crédito bajo Stand by que retiene al exportador, entonces el importador tendrá una cuenta abierta. Si se da la posibilidad que el pago no se realice de acuerdo a lo estipulado por el exportador, se aperturará la carta de crédito.

Si el importador no puede pagar, entonces el exportador ha de presentar al banco la factura comercial de la operación, junto a una letra de cambió, para recibir el pago. Estas cartas tienen un promedio de validez de doce meses. Por ello, es preciso tener una línea crediticia usual o, si se desea, se puede solicitar una línea crediticia especial para tal efecto.

2.5.9. Adelanto a cuenta contra Carta de Crédito

Funciona igual que las respaldadas, con la diferencia de que el banco entrega el dinero en efectivo a los proveedores en vez de aperturar otra carta de crédito.

2.5.10. Beneficios

La carta de crédito ofrece a las dos partes la ventaja de darles la mayor seguridad, así como la posibilidad de que el exportador acceda a diversos financiamientos, del mismo modo que el importador. El pago del mismo se realiza con la presentación de los documentos de embarque que otorgan la propiedad del bien al importador. Se debe señalar que el banco emisor solo se limita a responder por el monto de la carta de crédito, pero no asume la responsabilidad por la mercancía en sí.

2.5.11. Condiciones requeridas para aperturar una Carta de Crédito

La carta de crédito debe dejar claramente establecidos todos los acuerdos existentes entre el exportador e importador. Además, tienen que ser de pleno conocimiento de ambos bancos (emisor y avisador) para llevar a cabo en forma correcta esta operación.

Se debe realizar la firma de un pagaré y, finalmente, se presentará un contrato de compraventa, factura proforma u orden de compra.

2.6.TIPOS DE FINANCIAMIENTO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL

La concesión de crédito dependerá tanto de las garantías que lo respalden, los capitales a su vez dependerán de su situación patrimonial, económica y financiera del cliente, el destino del crédito y el plazo del mismo.

2.6.1. Financiamiento de las Importaciones.

Es el que se otorga a un cliente importador para realizar el pago a su proveedor del exterior derivado de una importación. Se aplica a bienes que ingresan para formar parte de un bien que luego se exporta o para la venta local o como bienes de capital.

Puede darse para: ➢ Pagar una importación directa ➢ Pagar una carta de crédito de importación

2.6.2. Fuentes para financiar la importación.

2.6.2.1.

Crédito de las instituciones financieras

Cuando no hay interés o intención del exportador en financiar la venta al exterior, este financiamiento puede ser obtenido ya sea de un banco local o uno del exterior, resultando menos oneroso que el financiamiento del proveedor, debido a que las tasas de interés de los bancos extranjeros son muy bajas.

2.6.2.2.

Financiamiento externo:

La modalidad más conocida es el 'advance account'. Mediante este sistema el banco exterior establece una línea de crédito a favor del banco emisor para financiar importaciones. El banco financiador pagara a la vista de los documentos presentados por el exportador y remitirá los mismos al banco que emitió la carta de crédito, con la indicación de la utilización de la línea establecida ha financiado el crédito documentario aun plazo determinado y que al vencimiento se reembolsara el capital más los intereses y gastos generados.

2.6.2.3.

Financiamiento interno:

Si el proveedor no otorga el crédito y los bancos del exterior niegan su financiamiento, usted podrá acudir a su propi banco en busca de un préstamo que le permita continuar con su actividad. Los bancos hacen uso entonces de sus recursos de tesorería tanto en moneda extranjera, colocándolo bajos diversas formas: ➢ Sobregiros en cuenta corriente. Cuando el plazo para la cancelación del crédito es muy cortó. ➢ Descuento de letras o pagares dentro de una línea de crédito preestablecida, tomando el banco como garantía la mercadería importada. ➢ Compra de letras o factoring.

2.6.3. Financiamiento de las exportaciones

El financiamiento de las exportaciones está rodeado de una serie de requisitos y condiciones que deben ser evaluados por la entidad financiera antes de conceder un préstamo. Dichas condiciones tienen que ver con la situación financiera, política económica y social de los países hacia donde se dirigen las exportaciones, así como las fluctuaciones en los tipos de cambio extranjeros, modalidad d exportación y los procedimientos de pago y derechos arancelarios.

Dentro de las medidas a tomarse debemos considerar lo siguiente: ➢ Obtener información formal sobre la solvencia económica, financiera comercial y moral de sus compradores en el exterior. Esta información se puede conseguir a través de los consulados de los países extranjeros, bancos comerciales, etc. ➢ Contar con representante en el país de destino de las exportaciones de manera que podamos estar informados constantemente sobre el desarrollo comercial. ➢ Cuando trabajo con créditos documentarios debe cumplir a cabalidad, o en lo posible, con los términos o condiciones de este, dado ante el surgimiento de discrepancias o en la negociación de documentos puede poner en riesgo la recuperación del documento invertido. ➢ En relación a las cobranzas documentarias, es recomendable la contratación de seguros de crédito a la exportación los que le garantizan que, ante una situación de incumplimiento de pago debida a di cultades comerciales del importador pueda recuperar su dinero.

2.6.4. Formas de financiamiento de las exportaciones:

2.6.4.1.

Pre-embarque:

Es el financiamiento que otorga el banco u otra institución financiera a su cliente para la compra o producción de mercadería que va ser exportada, financia el lapso del tiempo que existe entre la recepción por parte del exportador de orden de compra, contrato carta de crédito; hasta el embarque de la mercadería a ser exportada.

Las características más resaltantes de un pre financiamiento son las siguientes: ➢ Se pueden acoger empresas exportadoras de bienes o productos con mayor o menor valor agregado; sin embargo, los créditos promocionales de pre-financiamiento dan prioridad a los primeros a fin de incentivar la industrialización de esa actividad ➢ Se otorga por un porcentaje entre 60% y 90 % del valor FOB del producto que esta va exportar, dejando la diferencia para que sea financiada con recursos del exportador preferentemente. ➢ Las tasas de interés son menores a las tasas internacionales y a las propias de cada país, según sean créditos con recursos externos o locales. ➢ Dependiendo de las características del producto, los créditos se otorgan a 90 o 180 días, pero no más de 1 año, salvo que el producto de exportación sea un bien de capital.

2.6.4.2.

Post-embarque:

Es el financiamiento que el banco otorga a su cliente exportador una vez de realizado el embarque para que obtenga liquidez. El periodo de financiamiento comprende desde una vez de realizado el embarque hasta la recesión de los fondos por parte del exportador.

Principales características: ➢ Se financia entre el 80% y 90 % ➢ Los plazos por operación van desde 30 días hasta 80 días.

2.6.5. Financiamiento de las exportaciones con recursos externos.Puede darse de dos maneras: 2.6.5.1.

Con fondos del importador (FInanciamiento pre-embarque) :

En ambos casos se trata de un crédito concedido por el importador. Estos instrumentos son utilizados en condiciones especiales de mercado, por la existencia de normas cambiarias que exijan anticipos, o escasez de oferta de un producto, que dé al exportador poder de negociación para imponer condiciones en la forma de pago A. PAGO ANTICIPADO.- El importador le anticipa fondos con el fin de: Proveerlo de recursos para su proceso productivo, Apoyo crediticio para el ciclo productivo de su empresa, específicamente para la producción, acopio y compra de bienes terminados, materias primas, partes y materiales que se incorporen a bienes de producción destinados a exportación •

Asegurar precios



Cumplir con contrato según el cual a través de un crédito documentario se prepagan las exportaciones (carta de crédito con cláusula roja o cláusula verde) con el solo compromiso de devolver el monto anticipado en caso de no producirse el embarque



El riesgo corre en su totalidad a cargo del comprador

Este mecanismo generalmente preferido por el exportador, el pago por anticipado. En este tipo de arreglo el exportador recibe el pago por parte del importador antes del envío de mercancías y por ende es este último quien corre con los costos de provisión de liquidez por anticipado así como con el riesgo de no recibir los bienes a conformidad una vez que ya han sido pagados Riesgos para el comprador •

Paga por anticipado, con anterioridad a la recepción de las mercaderías, documentos de embarque, o de los servicios



Riesgo de incumplimiento por parte del exportador Ventajas para el vendedor



Dispone de manera inmediata de los fondos

B. Con recursos de la banca extrajera Las actividades de comercio exterior tienen particularidades que las hacen diferentes del comercio llevado a cabo al interior de los países y que agregan costos y riesgos a las primeras en comparación con las segundas. Desde el punto de vista de la parte vendedora, la venta de productos en mercados externos involucra períodos de cobranza mucho mayores que las ventas en el mercado local; el exportador enfrenta una brecha de tiempo entre el momento del despacho de la mercadería y el momento en que recibe el pago. Esta brecha de tiempo implica naturalmente la existencia de necesidades de financiamiento de capital de trabajo mayores en términos relativos Además, el hecho de que las transacciones en comercio exterior se pactan normalmente en una moneda de reserva internacional —que suele ser distinta a las monedas domésticas de los países de ambas partes involucradas— implica que, tanto el exportador como el importador enfrentan un riesgo extra que es el riesgo de tipo de cambio Este financiamiento lo otorgan bancos corresponsales en el exterior a favor de los clientes en un banco local quién gestiona y avala (garantiza) dicho crédito asumiendo el riesgo de no pago. La ventaja de este sistema es que las tasas activas de interés en el exterior son bastantes más bajas que en nuestro país. (Prime Rale para operaciones en el mercado norteamericano y tasa Libor para los corresponsables europeos) Otra fuente externa de recursos es la proporcionada por ciertos organismos multilaterales interesados en promover el desarrollo de las exportaciones. Estos conjuntamente con las instituciones del sistema bancario nacional, coordinan sus acciones otorgando líneas de financiamiento destinadas principalmente a las exportaciones no tradicionales. Las principales fuentes de recursos internacionales en nuestro país son: Ÿ CAF (Corporacion Andina de Fomento) Ÿ BID (Banco Interamericano de Desarrollo) Ÿ Banco Mundial Esto refleja el hecho que, a medida que los exportadores e importadores pueden acceder a mecanismos de financiamiento y de cobertura de riesgos para el comercio exterior que se ajusten a sus necesidades, los países son capaces de mejorar su potencial comercial y su inserción internacional.

En los países de América Latina y el Caribe existen numerosas instituciones financieras de desarrollo (IFD), de carácter público o mayoritariamente público, que cuentan con programas de financiamiento para actividades de comercio exterior. La acción de las IFD en este ámbito se enmarca dentro de una estrategia más amplia de integración comercial y facilitación del comercio exterior por parte de los países, que incluye desde la firma de tratados comerciales a la inversión en infraestructura Crédito Documentario Irrevocable con Cláusula roja Es aquel que contiene una condición especial por medio de la cual se autoriza al Banco del Exportador, a efectuar anticipos al Beneficiario con anterioridad a la presentación de los documentos de embarque. 2.6.6. Ejemplo de cartas de crédito exportación.-

La Cía. Manufacturera S.A. importó de Alemania una máquina para su proceso productivo por $ 20 000 euros, a través de una carta de crédito otorgada por el banco de Bogotá el día 1° de marzo/10 para pagar en 24 cuotas mensuales. El banco cobra intereses del 12% anual, pagadero mes vencido. La Tasa de cambio es: 1 marzo/10 = $ 2 800 Se requiere: 1. Contabilizar la compra de maquinaria 2. Contabilizar el pago de los intereses del mes de marzo/10 y la primera cuota del préstamo

Contabilización: Contabilización de importación de mercaderías con carta de crédito con disponibilidad de fondos del librador.

| 2.6.7. Paso a paso: Cómo usar la carta de crédito en sus exportaciones Este instrumento financiero le permitirá al exportador estar seguro de que recibirá el pago por la mercadería enviada. Una de las preocupaciones que se genera en los participantes en un contrato de compra-venta internacional, especialmente en el exportador de la mercancía, está referida al cumplimiento de la obligación de pago es la preocupación del exportador. Para evitar riesgos en el mercado financiero existen instrumentos como las cartas de crédito, mediante las cuales un banco se compromete, por orden de su cliente, a poner a

disposición de un beneficiario una determinada cantidad de dinero por medio de otro banco, el cual generalmente es un banco corresponsal de la primera entidad contratada. Este último banco asume la obligación de pagar al exportador –previa presentación de los documentos de la venta al extranjero– el monto acordado, pero ¿cómo funciona este instrumento financiero? La carta de crédito, llamada también “Crédito comercial” o ” Crédito documentario”, es uno de los medios de pago más fiables en el comercio internacional. En las siguientes líneas conoceremos qué es la carta de crédito, qué tipos hay y algunas curiosidades más de este instrumento tan común en el comercio internacional. . PASO 1: LA NEGOCIACIÓN

El comprador y vendedor negocian los términos y condiciones de compra/venta internacional y acuerdan que el pago se realizará mediante carta de crédito; a partir de allí establecen cuáles serán las condiciones de entrega y pago. Una de las principales condiciones de pago es que el vendedor envíe la documentación que sustenta el embarque de las mercancías. PASO 2: TRÁMITE DE LA CARTA

El comprador acude a su banco para la apertura de una carta de crédito a favor del vendedor. Una vez hecha la solicitud, el banco evalúa la solvencia del comprador. Según explica Vásquez, por lo general es mejor si el comprador es cliente del banco.

PASO 3: EL COMUNICADO

El banco del emisor comunica al banco confirmador que se ha aperturado una carta de crédito a favor del vendedor. Este a su vez le avisa al exportador que existe uno de estos instrumentos financieros a su favor.

PASO 4: EL EMBARQUE

El exportador realiza el embarque de la mercancía y acude al banco confirmador para entregar toda la documentación que lo sustenta (documento de embarque, factura comercial, packing list, certificados de origen, sanitario, entre otros).

PASO 5: LA CONFIRMACIÓN Y PAGO

El banco confirmador envía la documentación al banco emisor y solicita autorización para el pago. Una vez que esto sucede el banco transfiere toda la documentación recibida al comprador para que realice el desaduanaje de las mercancías y el pago al exportador se efectúa.

Para evitar riesgos en el mercado financiero existen instrumentos como las cartas de crédito, mediante las cuales un banco se compromete, por orden de su cliente, a poner a disposición de un beneficiario una determinada cantidad de dinero por medio de otro banco, el cual generalmente es un banco corresponsal de la primera entidad contratada. Este último banco asume la obligación de pagar al exportador –previa presentación de los documentos de la venta al extranjero– el monto acordado, pero ¿cómo funciona este instrumento financiero? Oscar Vásquez lo explica en los siguientes pasos: 2.7.FORMAS NO CONVENCIONALES DE FINANCIAMIENTO Existen formas de financiamiento del comercio exterior que aún se encuentran poco desarrolladas en nuestro país, estas son: 2.7.1.

Leasing o arrendamiento financiero:

Los antecedentes de este contrato se encuentran a finales del siglo XIX. Ya desde su origen aparece como una fórmula alternativa de financiación empresarial. En concreto, para favorecer "la construcción de nuevas líneas ferroviarias y la adquisición de bienes de equipo de la industria americana y del Reino Unido". Pero el impulso más acusado tiene lugar con la crisis económica resultante de la segunda guerra mundial. En este plano se produce una

profunda transformación en las ideas imperantes hasta entonces en el ámbito empresarial, pues se acepta que los empresarios recurran al crédito para cubrir los costes de reposición del patrimonio de la empresa. Hasta ese momento, los empresarios contaban con varias fórmulas de financiación externa Mediante este contrato, una sociedad especializada adquiere, a una petición de su cliente, determinados bienes (generalmente bienes de capital como maquinarias o vehículos) y se los da en alquiler con opción a que el vencimiento del pago, éste (su cliente) continúa el contrato bajo nuevas condiciones o adquiera los bienes que se encuentran en su poder. Esta forma de financiamiento surgió, por un lado, debido a la dificultad de acceso por parte de los industriales a un suficiente y adecuado capital de trabajo y, por otro debido a la rapidez con que los avances de la tecnología tornaban obsoletos las maquinarias y equipos es una alternativa flexible y rápida de financiamiento que tiene la gran ventaja de no implicar una inversión inicial por parte del usuario y como consecuencia permite ampliar el capital de trabajo de las empresas las partes que intervienen son: •

. Arrendatario o usuario; Es el Industrial o comerciante, cliente de la sociedad de leasing, Quién determina el producto que desea importar el proveedor y el país de origen.



. Sociedad de leasing; A quién da el soporte financiero intervención está determinada por la posibilidad de apoyar recursos financieros para adquirir los bienes objeto de la operación



. Proveedor; Tiene una capacidad de indirectas sin embargo en determinadas ocasiones toma la iniciativa de hacer contacto con el cliente y la sociedad de leasing asegurando la calidad del producto sujeto arrendamiento y brindando servicios y asesoría durante la vigencia del contrato. En la práctica las sociedades de leasing no sólo evalúa la capacidad crediticia del cliente sino además la rentabilidad que podrá obtenerse utilizando esta modalidad de financiamiento

2.7.1.1.

Costes de leasing

Para el exportador es una operación normal de exportación; la única diferencia es la personalidad del comprador que, en este supuesto, es una sociedad de leasing. El coste vendrá representado por las comisiones bancarias, en función del medio de pago utilizado, y los intereses de la financiación. 2.7.1.2.

Ventajas del leasing para el exportador

Son escasas, ya que se trata de una venta normal. Se pueden mencionar algunas: •

Puede ser que la sociedad de leasing sea más solvente que el propio importador, con lo que se disminuye el riesgo de impago.



Se pueden aceptar las condiciones financieras impuestas por el importador, ya que se cuenta con el respaldo de la sociedad de leasing.



en el ámbito internacional se habla de Leasing cuando las partes residen en países diferentes, e incluso, el bien objeto de leasing puede adquirirse en un tercer país. Dentro del mercado internacional el Leasing se presenta como una alternativa de

financiación a las exportaciones, en tanto que es en sí mismo un contrato operativo o financiero de locación de un bien económico. •

Una de las principales ventajas de esta operación es que, dado que el arrendador puede devolver el bien al término del contrato, no corre el riesgo de desactualización tecnológica por la aparición de nuevos productos o modelos y, en todo caso, si es de su interés la compra de ese bien, puede hacer uso de su poder de compra por su valor residual al término del tratado.

El “leasing”, o arrendamiento financiero, es una figura fundamental en la financiación de operaciones de importación, mucho más que en las de exportación(o ventas exteriores) 2.7.1.3.

Leasing operativo.-

Bajo esta modalidad, la sociedad de leasing puede ser la misma que produce el bien, o en una compañía distinta que adquiere los bienes del proveedor para luego arrendarlos. En este tipo de leasing el arrendatario puede dar por finalizado el contrato antes de su vencimiento ya sea porque el producto se volvió obsoleto o simplemente para renovar el que tiene. Dentro de este tipo de contrato se considera, además una serie de servicios colaterales tales como mantenimiento, reparación asistencia técnica, etc que no son contemplados en el leasing Financiero. Es, sin duda, el más conocido. El fabricante y/o propietario de un bien arrienda ésta a una empresa o particular interesado en el mismo. La propiedad la sigue manteniendo el fabricante y percibe, mensualmente, una cuota por el arriendo. Realmente es un “alquiler con opción de compra”. Un caso muy conocido es el de la contratación de automóviles en régimen de leasing.

Los servicios que generalmente incluye el contrato de leasing operativo son los siguientes: •

Mantenciones preventivas y correctivas



Configuraciones y equipamiento de acuerdo a condiciones específicas de operación



Documentación legal y certificaciones



Seguros y permisos

Una vez finalizado el periodo fijado en el contrato, el arrendatario tiene tres opciones: •

Devolver los bienes al arrendador.



Convenir un nuevo contrato de arrendamiento.



Adquirir los bienes a un precio estipulado en el contrato, llamado valor residual u opción de compra.

Características del leasing operativo

El leasing operativo presenta las siguientes características: •

Los bienes que se arriendan son, normalmente, de tipo estándar, de naturaleza común y disponibles en un mercado activo. Por sus características, estos bienes pueden ser fácilmente objeto de nuevos contratos.



La empresa arrendadora debe atender la instalación, garantizar su buen funcionamiento, las cargas y gastos inherentes al derecho de propiedad y, en algunos contratos, los gastos derivados del normal uso del bien.



La duración del contrato es usualmente breve, inferior a un año.



La renta está compuesta, generalmente, por una cuota fija y una cuota variable. La fija se establece en función de la cuota de amortización del bien y la variable, sirve para proporcionar a la arrendadora la recuperación del costo y el beneficio esperado.



Se concede a ambas partes la facultad de resolver el contrato en cualquier momento, siempre que lo hagan con preaviso.



se financia el uso del bien y no la adquisición, siendo el plazo del contrato menor a la vida útil



riesgo de obsolescencia a cargo del arrendador; los arrendadores son empresas altamente especializadas en recolocación de los equipos y en minimizar el riesgo de obsolescencia (conocimiento de la función valor/tiempo)



La cuota residual no es inferior a 20-30%; al término del contrato el arrendatario puede ejercer la opción (adquiere propiedad), renovar el contrato, o devolver el equipo

Ventajas del leasing operativo

Entre las ventajas del leasing operativo, destacamos las siguientes: •

Acondicionamiento permanente: las empresas que contratan servicios de leasing financiero pueden adecuarse más rápidamente a las innovaciones tecnológicas que imponen los mercados, sin destinar tiempo a vender maquinaria antigua ni exponerse a la obsolescencia de los equipos.



Disminución de impuestos: al considerarse la cuota del leasing como un arriendo, la empresa tiene la posibilidad de rebajar sus impuestos.



No contabilización en el balance corporativo, hecho que mejora los indicadores financieros de deuda.



Permite externalizar áreas que no forman parte del negocio principal, lo que puede permitir el máximo desarrollo y crecimiento del giro principal de la empresa, sin tener que financiar con recursos propios la adquisición de bienes y maquinarias. Ello permite aumentar los volúmenes de producción y los niveles de eficiencia.

2.7.1.4.

Leasing Financiero

En este caso en la sociedad de leasing adquiere del proveedor los bienes especificados por el cliente para dárselo señor andamiento mediante el pago de una remuneración (amortización) y con la opción a favor del arrendatario de prorrogar el contrato en nuevas condiciones o de adquirir el bien al finalizar el contrato En este supuesto es el fabricante quien vende su equipo a una sociedad de leasing y ésta lo arrienda a un importador extranjero mediante el pago de las cuotas de arriendo correspondiente.

De los anteriores gráficos se constata que al exportador le interesa, básicamente, el leasing financiero, ya que elimina el riesgo de impago y puede, incluso, recibir al contado el importe de la venta. Realmente puede convertirse en una operación de mercado nacional. Cuando el arrendador (exportador español) y el arrendatario (importador extranjero) residen en diferentes países, como es el caso de la exportación directa, este tipo de leasing se denomina cross border leasing (leasing transfronterizo).

• Equivale a una compra financiada, donde el equipo es la garantía • El equipo se arrienda durante toda la vida económica ó vida útil estimada, con opción de compra • Se financia la compra del bien • El riesgo de obsolescencia del equipo corre a cargo del arrendatario • La cuota residual (coste de la opción de compra) es como máximo una cuota adicional o como mínimo un importe simbólico. Diferencias entre leasing operativo y financiero

Como mencionamos al principio, todos los bienes que pueden ser dados en calidad de arrendamiento se engloban en dos tipos fundamentales de leasing: financiero y operativo. En este caso, la diferencia entre el leasing operativo y el leasing financiero es que el precio de arrendamiento de en este último lleva implícito el derecho de compra del bien mueble o inmueble al finalizar el contrato, mientras que en el leasing operativo sólo se puede renovar el arrendamiento mas no adquirir el bien en calidad de compra.

2.7.1.5.

Lease back.-

Bajo esta modalidad, el propietario de un bien requiere capital de trabajo, de manera que procede a vender dicho bien (Por ejemplo, un tractor o una maquinaria) a la sociedad de leasing, la cual a su vez se lo arrienda dentro del marco general

establecido, incluyendo la posibilidad de venta a favor del arrendatario. Con esta clase de contrato el propietario moviliza sus activos fijos turnando los en capital de trabajo, con la ventaja de seguir utilizándolos para la misma finalidad productiva a la cual los tenía asignados desde el comienzo. En el "Leasing de retorno" (también denominado lease-back o sale and leaseback, cession-bail), los efectos del contrato se restringen igualmente a las partes, porque coinciden los interesados en la operación y en el contrato. En esta modalidad, se celebran dos contratos simultáneamente, pues el empresario-cliente vende el bien o los bienes en cuestión a la sociedad de leasing y ésta, a su vez, cede el uso de los mismos al cliente, reconociéndole o no un derecho de opción de compra al término del contrato. Con la celebración de los contratos, el empresario usuario pasa de ser propietario de los bienes afectos a su actividad de empresa a la condición de arrendatario. 2.7.2.

Factoring

Es un convenio mediante el cual una institución financiera asume las funciones de crédito y cobro de sus clientes y compra sin recursos sus facturas y letras en el momento en que son extendidas. Como consecuencia de esta relación la institución financiera que usualmente es un banco, asume otras obligaciones a favor de sus clientes. Es importante saber que una vez celebrado el contrato entre la institución financiera (factor) y el cliente, este último someten los pedidos de los clientes a previo análisis y aprobación del factor trasladan valen las facturas y letras resultantes para su reembolso inmediato o al vencimiento, según sea el caso. El Factoring también denominado forteiting es una herramienta ampliamente utilizada por las industrias que trabajan con una alta estacionalidad, en tanto que provee de efectivo a las empresas para la compra de materias primas y permite financiar equipamiento tecnológico y capital de trabajo. Permite a las empresas en general (pequeña, mediana o grande) contar con liquidez, para ello el exportador cede las facturas a la entidad financiera o empresa especializada, quien por su parte adelanta el cobro, descontando del importe un porcentaje por motivo

de intereses y comisiones. El factoring puede ser con recurso y sin recurso. En el primer caso, si el importador no cumple sus obligaciones, el exportador asume el impago. Si el factoring es sin recurso, entonces el impago lo asume el banco o empresa de factoring El Vale la pena destacar que si bien las operaciones de factoring tienen plazos variables estos raramente exceden los 180 dias Las partes que intervienen son: •

El cliente adherente Es la persona natural o jurídica que, teniendo un volumen importante de deudas por cobrar, presenta el factor sus estados financieros y demás información crediticia para su evaluación y posterior obtención del servicio fundamental de adquirir al contado su cartera.



El Factor (banco) Es la institución que contando con recursos financieros y una estructura técnica contable que le permita manejar la facturación y cartera de letras desde la investigación de la solidez económica de los compradores hasta su recaudó por la vía judicial ofrece los servicios de otorgamiento de crédito a su propio riesgo



Los deudores Aunque no desempeña un papel fundamental en el contrato su consideración es determinante para la celebración del acuerdo pues son las facturas y letras las que al final cuentan para el factor, así como la capacidad económica y financiera de los deudores para satisfacer las obligaciones de su cargo

A.- Factoring de Exportación .-Bajo esta modalidad el banco adquiere las facturas de sus clientes nacionales a cargo de compradores extranjeros para un adecuado conocimiento del mercado externo los bancos suelen solicitar el apoyo de sus corresponsales en el exterior con lo cual acumula una vasta y completa información de compradores extranjeros que principalmente trabajan con los clientes nacionales. Un factoring de exportación (la entidad o empresa que concede el factoring y la empresa exportadora que adelanta las facturas residen en el mismo país y el importador-deudor en otro) B.- Factoring de Importación.- Se trata de la adquisición de facturas y letras de clientes extranjeros a cargo de importaciones o compradores nacionales aquí los deudores se encuentra en el país lo que permite un estudio más rápido y directo de

sus

condiciones

importación,

que

patrimoniales se

da

económicas

cuando

la

y

empresa

fi

nancieras.Un factoring de

exportadora

-que

solicita

el factoring- reside en un país distinto a la empresa o entidad financiera a la que contrata el factoring, transmitiéndole sus derechos de cobro contra el deudor (importador) que tiene su domicilio en el país del factor. Diferencias con el leasing Al igual que el Leasing, el Factoring es un mecanismo de financiación; sin embargo, su mayor diferencia es que este mecanismo funciona a corto plazo, generalmente vinculado a una entidad financiera que compra las facturas de las exportaciones consumadas a la empresa vendedora y su pago lo hace mediante dinero líquido. En otras palabras, el Factoring implica ceder los derechos de cobro de las facturas a una empresa o institución financiera para que adelante el importe de las facturas emitidas por la venta de productos o la prestación de servicios. En contraprestación la empresa financiadora cobrará una comisión. Por tanto, la mayor ventaja que ofrece esta operación es que le otorga músculo financiero a la empresa vendedora para obtener efectivo antes de su vencimiento real.

2.7.3.

Forfeiting

Significa la comparación recurso de obligaciones generalmente letras de cambio aceptadas o pagarés provenientes de operaciones de comercio internacional El vendedor de estos defectos es usualmente un exportador que los ha recibido a modo de pago parcial o total por la mercancía vendida y que desea transferir los riesgos y la responsabilidad de cobrarlos a un especialista de esta manera recibe inmediatamente su pago al contado A través de este mecanismo una entidad financiera que financia la operación (forfaiter) compra con descuento a un exportador sus derechos de cobro (letras de cambio, pagarés u otro documento de promesa de pago) sobre la parte obligada a pagar (el importador) y asume a su vez cualquier incumplimiento en el pago por parte de éste último. Se trata por

lo tanto de un mecanismo sin recurso contra el exportador; el forfaiter no podrá ejercer ninguna acción contra el exportador para recuperar el importe no satisfecho. Al venderle al forfaiter los documentos de cobro el exportador obtiene liquidez inmediata con la cual puede continuar sus operaciones e incluso tiene margen para otorgar crédito de proveedor a sus comparadores externos. Algunas diferencias con el Factoring internacional que se discute a continuación, son que los derechos de cobro que se venden en el forfating son generalmente letras de cambio y pagarés que tienen plazos que van hasta los 7 años aproximadamente mientras que en el factoring se trata de facturas que rara vez exceden los 180 días. Además el Forfaiting trata de créditos individuales mientras que el Factoring involucra una cartera de créditos. Finalmente, el Factoring puede ser con o sin recurso mientras que el Forfaiting es sin recurso y por ende su costo incluye una prima de riesgo que lo encarece

En sus inicios el mercado del forfaiting fue desarrollado por los suizos, después de la Segunda Guerra Mundial para financiar la venta de bienes de capital alemanes a Europa del Este. Pero actualmente los centros mundiales de forfaiting son Londres, Zurich y Viena, mercados donde se pactan casi la totalidad de las operaciones de forfaiting del mundo, en donde muchos bancos grandes, incluyendo las instituciones americanas, proporcionan servicios especializados de forfeiting en sus filiales. El Forfaiting se utiliza cuando los créditos a la exportación del gobierno o las garantías de crédito no están disponibles o cuando un vendedor no amplía créditos a largo plazo en los mercados, tales como Europa del Este, Latinoamérica, entre otros. En tanto que éste procedimiento es relativamente nuevo, ciertamente esta adquiriendo importancia en el comercio internacional, y es conocido como Die forfaitierung en Alemania, la Forfetizacion en España, le Forfetizzazione en Italia, le Forfeitage en Francia. Actualmente la mayoría de los interesados ven un mercado potencial casi ilimitado para el forfaiting, una aplicación mucho más amplia: como acciones individuales y como negociación de transacciones comerciales interrelacionadas que se pueden estructurar totalmente, tomando el riesgo de funcionamiento a través de la provisión del financiamiento del preembarque, seguido y combinado con la recepción del reembolso del postembarque del comprador. Lo

recomendable, para recibir el máximo beneficio de esta técnica de financiamiento, es acudir a un especialista en Forfaiting, antes de establecer las negociaciones con un comprador, de tal manera que la parte de los costos correspondientes al Forfaiting, puedan ser incorporados al precio de venta o en el contrato de venta. Se debe tener en cuenta que más del 5% del comercio mundial es financiado mediante esta técnica.

El forfaiting o "recurso sin financiamiento" es un método de finanzas comerciales que puede ser de corto o mediano plazo, mediante la cual el banco (forfaiter) le compra al exportador, sin recurso, una letra, pagaré o carta de crédito diferida que representa un crédito de proveedor. En el momento de la compra del documento al exportador, el banco le adelanta los fondos aplicándole una tasa de descuento previamente pactada. El banco, al vencimiento del documento, le cobra al importador (o al banco emisor si se trata de una carta de crédito diferida). Forfaiting es una técnica altamente flexible que permite al exportador otorgar atractivas condiciones de crédito a su comprador en el extranjero, sin necesidad de utilizar recursos propios ni asumir riesgos de demora en pagos posteriores. Además, el exportador está totalmente protegido contra las fluctuaciones en las tasas de interés o de cambio durante el plazo del crédito. Una extensa gama de productos y servicios son financiados por las instituciones financieras mediante el uso creativo del forfaiting, incluyendo mercancías, servicios, proyectos financieros, plantas hidroenergética e inclusive transferencias de honorarios para atletas profesionales. Los valores contractuales que pueden ser financiados mediante el forfaiting oscilan entre USD 30,000 y USD 100 millones. La simplicidad y flexibilidad del forfaiting son las razones primordiales de su éxito y popularidad alcanzada a nivel mundial. Diferencia entre factoring y forfaiting El factoring es conveniente para la financiación de exportaciones de bienes de consumo con términos de crédito entre 90 y 180 días. El forfaiting es usado para financiaciones de exportaciones de bienes de capital con términos de créditos de varios años. El factoring no cubre los riesgos políticos y de transferencias, mientras que en el forfaiting estos riesgos son tomados por el comprador de las obligaciones

Aplicaciones típicas y sus plazos • Commodities (aceite, carbón, arroz, maíz, etc.). Financiamiento de 90 días a 18 meses. • Servicios (ingeniería, diseño, mantenimiento, etc.). Financiamiento de 180 días a 3 años. • Tecnología (software, computadoras, comunicaciones, etc.). Financiamiento de 180 días a 5 años. • Bienes de Capital (herramientas, generadores, tractores, etc.). Financiamiento de 2 a 7 años. • Plantas Industriales Energéticas (generadores de fuerza, producción de asfalto, etc.). Financiamiento de 3 a 10 años. • Proyectos de Construcción (hospitales, aeropuertos, fábricas, etc.) con financiamiento de 3 a 10 años. ¿Qué es descontable? Generalmente, para descontar una cuenta por cobrar sin recurso debe existir la documentación que sustente la deuda adquirida por el comprador al exportador: Esta deuda puede estar evidenciada por una diversidad de documentos tales como: • Pagarés • Letras de Cambio • Cartas de Crédito/Cartas de Crédito en Stand by • Garantías de Pago En muchos casos, la deuda deberá contar con una garantía incondicional, irrevocable y de libre transferencia o con el aval de un banco conocido en el país del comprador. Sin embargo, en algunos casos, instituciones como London Forfaiting puede considerar a empresas corporativas de primer nivel o deuda de gobierno sin el respaldo adicional de un banco. El forfaiting como ventaja competitiva En numerosos mercados los compradores prestan mayor importancia al flujo de caja que al precio de pago. Así, en muchos países, particularmente en mercados emergentes, donde se otorgan amplios

plazos en las condiciones de pago aumentan considerablemente las alternativas de obtener un contrato. El forfaiting permite al exportador cumplir con estas necesidades sin acceder a ningún riesgo adicional. Con un adecuado soporte, el exportador puede ofrecer financiarniento en base a pagos diferidos como parte de su propuesta, anticipándose así a las necesidades del comprador. Más aun, dirigiendo la negociación en las condiciones de crédito ofrecidas, el exportador puede esencialmente afrontar menos presión en reducir sus precios, lo cual a su vez conlleva mejorar los márgenes de venta y obtener un alto rendimiento. El forfaiting ofrece a los exportadores flexibilidad mediante una sencilla estructura y así mejora su habilidad de ganar negocios en mercados internacionales competitivos. Otras ventajas El forfaiting es un instrumento de venta altamente efectiva, la misma que simultáneamente mejora el flujo de caja y elimina el riesgo. Desde que los exportadores buscan expandir sus actividades en un creciente y volátil mercado global, recibirán inevitablemente más y más solicitudes de crédito. Los exportadores hoy en día necesitan una herramienta que les permita atender las necesidades de sus clientes, sin exponerse a riesgos y costos asociados a cuentas extranjeras por cobrar en sus balances. Evidentemente, vender la deuda sin recurso mejorará el flujo de caja del exportador, proporcionándole una barrera contra la política, crédito y riesgos de transferencia generalmente asociados con préstamos en el extranjero. Pero, la ventaja más significativa que ofrece el forfaiting es su utilidad como método de venta, específicamente en el caso de ventas en países cuyos compradores carecen de recursos para pagar contra entrega. Para los proveedores/exportadores en este sector del mercado, la habilidad para diferir pagos perjudicaría la aspiración de sus compradores/importadores. Integrando la solución al financiamiento dentro del contrato de venta, se puede ayudar al exportador a definir claramente una estrategia que mejore la probabilidad de ganar un contrato, incrementando el flujo de caja y eliminando el riesgo de no pago, a la vez que protege su margen de ganancia. Beneficios del forfaiting para el exportador • El exportador recibe su pago en efectivo, asegurando y respaldando su flujo de caja y un balance más sólido.

• Hasta el 100,0% del valor contractual puede ser financiado sin recurso. No existen requerimientos mínimos de pago inicial y no hay retención de riesgo por parte del exportador. • El exportador se protege contra la demora en los pagos y no pagos resultantes de eventos de política, crédito, y transferencias. • El exportador también se protege contra movimientos adversos en las tasas de interés y en los tipos de cambio internacionales. • El exportador elimina la administración requerida a fin de cobrar los montos adeudados. • El exportador podría ser capaz de obtener financiamientos de preembarque de sus bancos, contra un compromiso de los bancos financiadores (forfaiters) de descontar las cuentas por cobrar sin recurso. • El exportador obtendrá una significativa ventaja comercial sobre los competidores que no utilizan el forfaiting y quienes, por lo tanto, no estarían en posición de ofrecer financiamiento de crédito de proveedor a mediano o largo plazo. • Virtualmente, no hay restricciones en cuanto al tipo de producto, commodity o servicio a ser financiado y no hay limitaciones en cuanto a contextos extranjeros. • El exportador puede hacer uso del forfaiting junto con numerosos programas gubernamentales de financiamiento a la exportación, y será capaz de acceder a subsidios locales donde los haya. • El exportador mantiene contacto directo con el importador, y monitorea todas las discusiones financieras y comerciales que conllevan hasta la firma del contrato. • Los bancos financiadores (forfaiters) pueden fijar tasas de interés hasta 18 meses previos a la fecha de embarque, protegiendo así al exportador de aumentos de tasas de interés, durante el período de manufacturación y entrega. • Las condiciones de reembolso se estructuran de acuerdo a las necesidades de flujo de caja de los compradores, incluyendo períodos de gracia.

• La mayoría de las monedas son aceptables. Beneficios del forfaiting para el importador • El importador puede cubrir sus pagos con los ingresos proyectados, permitiéndose períodos de gracia. • El importador puede obtener financiamiento del 100%, y evitarse el pago por adelantado. • El importador puede pagar el interés con una tasa básica fija mientras dure el crédito, lo cual transformar la transacción presupuestalmente en simple y segura. • El importador puede acceder a condiciones de financiamiento de mediano y largo plazo, que puedan ser inalcanzables por su costo y no disponibles localmente. • El importador es capaz de tomar ventaja de los esquemas de subsidios para exportaciones, los cuales están siempre disponibles por parte del gobierno del exportador. Las empresas Existen muchas empresas que son reconocidas mundialmente como empresas que operan en el mercado del forfaiting, como London Forfaiting Company PLC, Bank Boston, NedBank, Standard Bank, WestLB, entre otras. A la fecha las empresas han financiado operaciones de comercio exterior por billones de dólares dentro de más de sesenta países.

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Diferencia entre forfeiting y factoring La diferencia con el factoring radica en que, mientras este se extiende a todo tipo de facturas o letras de cambio y se evalúa principalmente al deudor en el forfeiting las letras de cambio, deben estar garantizados por los bancos del país importador. El forfeiting se caracteriza principalmente por ser una modalidad de financiamiento del comercio internacional y a qué se efectúa por medio de descuentos o pagarés a tasas de interés jas en plazos que van de 1 a 5 años Aspectos diferenciales del forfaiting •

Liquidez inmediata sin que repercuta en la capacidad crediticia del exportador.



Una vez aprobada la operación, la Entidad Financiera abona inmediatamente el importe sin ocupar sus líneas de crédito y en la modalidad de descuento sin recurso.



Elimina los riesgos de cambio y de impago, y la carga financiera en balance.



Tipos de interés de descuento fijo para todo el periodo.



Reducción de los controles y las tareas administrativas de la deuda en divisas.

¿Qué beneficios se pueden obtener del forfaiting? El primero y más importante es la eliminación del riesgo (tanto el riesgo político y comercial, como el riesgo del tipo de cambio). Aumenta la ventaja competitiva de la empresa permitiendo el pago aplazado a sus clientes y mejora su cash flow eliminando deuda del balance y cobrando al contado permitiendo el pago aplazado de sus clientes.

Al importador le proporciona comprar bienes bajo los plazos que le sean más convenientes. ¿Cuál es el coste que tiene el forfaiting? Hay que distinguir entre los costes que se derivan de la tasa de descuento y los costes que se derivan de las comisiones. El interés de la tasa de descuento se fijara en función del interés que este vigente en el mercado en el momento de la operación. Por otro lado, las comisiones más frecuentes que podemos encontrar son: •

Comisión de compromiso



Comisión de opción: Esta se da en el caso en que el banco realice una oferta en firme al exportador antes de que se cierre la operación.



Comisión de penalización: Surge cuando el cedente no pone a disposición del forfaiter los documentos requeridos en la fecha que se hubiera acordado.

Metodologías de descuento del forfaiting: Existen dos metodologías usadas en el mercado de forfaiting, estas son: •

Straight discount: En la cual el valor actual del descuento se obtiene descontando los intereses al valor nominal del crédito. Se utiliza en el mercado primario.



Discount to yield: Es más complejo que el anterior, en este caso el descuento se aplica sobre la cantidad adelantada.

Operaciones recomendadas para el forfaiting El forfaiting no siempre resulta la alternativa financiera más adecuada, bien porque la documentación que lleva aparejada no es negociable, bien porque los plazos de pago y/o de disponibilidad

del

crédito

no

se

ajustan.

Sin

embargo,

el

forfaiting

especialmente recomendable para las siguientes operaciones y tipos de bienes: Operaciones

es



A medio o largo plazo



Con países emergentes o en vías de desarrollo, en los que el riesgo es elevado.



Que estén documentadas mediante un instrumento transferible.



Que no cumplan los requisitos para acogerse al crédito oficial a la exportación: i. Mercancía no financiable. ii. Exceso de material extranjero o de gastos locales.



Necesidad de financiar el 100% del importe de la operación.

Bienes •

Commodities (carbón, arroz, cacao…) financiados de 90 días a 18 meses.



Servicios (ingeniería, diseño, mantenimiento,…) financiados de 180 días a 3 años.



Tecnología (software, hardware, telecomunicaciones,…) financiados de 180 días a 5 años.



Capital fijo (maquinaria, generadores, tractores,…) financiados de 2 a 7 años.



Plantas llave en mano financiadas de 3 a 7 años. 2.7.4. Confirming

Mediante este sistema una institución financiera paga al contado y sin recurso las exportaciones pactadas a crédito de esta manera el exportador estará seguro del pago ya que la sociedad que acepta firmar con el contrato de confirming se compromete a pagarle las mercaderías exportados al contado contra entrega de los documentos de embarque y otros si el comprador extranjero no respetarse sus compromisos la sociedad de confirming no tiene derecho a exigir reembolso de parte de su cliente ya que ha renunciado al derecho de recurso 1. Importante



El material exportado debe ser conocido y aceptado por la entidad financiera

Tiene por objeto la gestión de pagos exteriores de los importadores y, al mismo tiempo, se convierte en una forma de financiación de exportaciones. Puede utilizarse como confirming doméstico y para operaciones exteriores La exportación sólo puede hacerse a los países donde existen seguro de crédito a las exportaciones El costo de un confirming es elevado pues cubre: Ÿ El financiamiento del crédito Ÿ Las primas de seguro de crédito Ÿ Los gastos bancarios Ÿ La remuneración de la sociedad de confirming 2. Diferencia entre este sistema y el factoring En primer lugar, el factoring se basa especialmente en la cesión de facturas y letras, mientras el confirming se funda en los documentos de embarque en segundo lugar, el confirming incide en la financiación de exportación de bienes de capital (equipo etc). Mientras que el factor incide sobre la facturación de bienes de consumo y servicio Por último, el confirming debe ser renovado con cada exportación mientras el factor es un contrato global. Mediante el confirming, en el campo de las exportaciones, un banco o entidad financiera especializada confirma a un exportador los pagos que le tiene que hacer su cliente importador, lo que supone una excelente garantía de cobro. • Sujetos que intervienen en el confirming -

Importador, es quien contrata con su banco o sociedad especializada para realizar la gestión de pagos internacionales.

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Exportador: es el proveedor.

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Sociedad de confirming (confirming house) o banco: es quien suscribe el contrato con el importador.

Consideraciones a la operativa del confirming.Realmente en el confirming el exportador tiene una actuación más bien pasiva, pues es el importador quien lo contrata. A pesar de ello es el exportador quien provoca que su importador o importadores contraten este tipo de servicio. Pensemos, por ejemplo, en una empresa española que tiene dos clientes en Alemania y que le compran sus productos periódicamente. El exportador español puede contratar con un banco alemán o sociedad de confirming alemana y dar los siguientes pasos:

- Facilitar detalle de sus importadores, concretamente: - Datos identificativos. - Volumen de compras. - Periodicidad de las compras. - Importe medio. - Plazo de pago. - Medio de pago utilizado. - Nos hemos referido en el ejemplo a dos importadores, pero obviamente pueden ser algunos más del mismo país. - La empresa de confirming lleva a cabo el estudio de solvencia de los importadores. - La empresa de confirming ofrece el servicio a los importadores. Los importadores alemanes del importador español estudian el ofrecimiento de servicios, que pueden ser extensivos a las compras que realizan en otros países. Si encontraran conformes sus condiciones suscribirían el contrato. Respecto a la operativa del confirming utilizaremos el ejemplo del importador alemán:

III. CONCLUSIONES ➢ Los medios de pago juegan un rol muy importante y fundamental, no solo por ser la forma como se realiza la transacción, sino porque dan origen al financiamiento. ➢ En el comercio internacional, personas de distintos lugares del mundo y con distintas costumbres e idiosincrasias, llevan a cabo, sin siquiera conocerse, procesos de intercambio, caso en el cual pueden tener la seguridad de que cualquier intercambio llegará a feliz término gracias a la utilización de una Carta de Crédito. ➢ No obstante, la oportunidad de acceder y ofrecer productos y servicios de todo el mundo está cada vez más presente, toda vez que los consumidores apuestan progresivamente por el nuevo canal y están creando, por consiguiente un mercado internacional, transparente en precio y sumamente eficiente, pero a la vez, y por esas mismas razones, extremadamente competitivo.

➢ Cabe aclarar que la elección del medio de pago/cobro más apropiado dependerá de cómo se negocie, de las costumbres y costos que enfrente el comprador; de las exigencias cambiarias y monetarias del país al que pertenece el importador; de la confianza entre las partes, de los riesgos que ambos quiera asumir y del tipo de bien o servicio a comercializar

IV. BIBLIOGRAFIA - Cinollo R, Jorquera J ET AL. MODALIDADES DE COBRO Y PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL. 2016 . AREGENTINA - https://perucomex.pe/acceso-al-financiamiento/ - http://www.prompex.gob.pe/Miercoles/Portal/MME/descargar.aspx?archivo=E5195B4D-BE094CCB-B054-A42C068DB7BA.PDF - https://www.siicex.gob.pe/siicex/documentosportal/960767905rad810CE.pdf