Gargarella- Nos Los Representantes

INTRODUCCIÓN Y PRESUPUESTOS actualmente nos resultarían inaceptables, y que hacen que hoy Objetivos: demandemos respu

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INTRODUCCIÓN Y PRESUPUESTOS

actualmente nos resultarían inaceptables, y que hacen que hoy

Objetivos:

demandemos respuestas y soluciones que el mismo no está

El objetivo de este trabajo es el de analizar (lo que hoy se conoce

capacitado para damos.

como) la crisis del sistema representativo de gobierno. Existen, por

Conforme a mi estudio, la idea de representación nació acompañada

lo menos, dos factores que sugieren la existencia de dicha crisis. Por

por la certeza de que las “mayorias” no estaban capacitadas para su

un lado, la escisión que se observa entre representantes y

autogobierno; que ellas tendían a dejarse llevar (no por la razón,

representados, y que permite que los primeros, una vez en el poder,

sino) por meras “pasiones”. El sistema representativo –según

se sientan autorizados a llevar adelante casi cualquier política, con

intentaré defender- apareció entonces formado Por mecanismos

prescindencia de lo que hayan prometido al electorado, o lo que

que respondieron a tales supuestos. Asi, la division de poderes en

éste actualmente exija. Por otro lado (y en correlato con el factor anterior), el alto grado de desconfianza y desencanto que la ciudadanía manifiesta hacia la clase política.

general; el sistema de frenos y contrapesos; la organización bicameral

del

legislativo;

el

ejecutivo

unipersonal;

los

mandamientos prolongados; la posibilidad de reelección de los representantes, la formación del poder judicial, en general, y el

En este escrito, voy a mantener que cuestiones como las citadas no se vinculan, al menos de modo excluyente o predominante, con factores “externos” al sistema político (la presencia de una clase dirigente especialmente corrupta; la agudización de los problemas económicos; etc.). Por el contrario, sostendré que existen causas “internas,” propias del modo en que está organizado el sistema institucional y que contribuyen decisivamente a explicar la presente crisis. Según la hipótesis que voy a defender, el sistema representativo fue diseñado a partir de presupuestos que

control judicial de las leyes en particular, etc. Todos estos mecanismos reemplazaron a otros más comunes en su momento, y que estaban orientados en una dirección muy diferente y, a mi entender más plausible; asegurar un mayor contacto entre la ciudadanía y la clase dirigente, reducir los mandatos electorales; otorgarle a los representados

medios para remover a sus

representantes; asegurar el predominio de la Cámara baja (reconocida

como

expresión

del

poder

mayoritario");”etc.

Mi trabajo, obviamente, no se basa en la convicción de que las

“mayorías” debieran gobernar “libremente,” o sin sujeción a

actuales reglas institucionales, en regiones como la Latinoamérica,

controles. Esta concepción, según voy a sostener, solo es atribuible a

nos llevan directamente al análisis de sus antecedentes más

una pequeña, y muy poco defendible fracción de tipo populista.

relevantes. De allí que buena parte de este trabajo estará orientada

Lo que si voy a mantener, en cambio, es que la discusión publica, y

al examen de tales antecedentes.

el involucramiento de las “mayorías” en política son principios que

Una pregunta importante que aparece entonces es la siguiente: ¿no

todo sistema institucional valioso debiera favorecer, pero que el

puede decirse que aquellos antecedentes perdieron interés

presente sistema no respeta.

paulatino con el paso de los años y, más decididamente, luego de la última oleada de reformas institucionales, iniciadas en los 80? La

Aclaraciones metodológicas Completar los objetivos de este trabajo requiere analizar en detalle tanto los argumentos político-filosoficos, como las razones históricas que motivaron la adopción del presente sistema institucional Lo cierto es que normalmente resulta muy difícil el tener acceso a tales materiales. Ello, no solo por la obvia carencia de archivos históricos bien preservados sino, fundamentalmente, por la directa ausencia de tales debates. Por ejemplo, por distintas razones, los políticos latinoamericanos fueron bastante más proclives a adoptar como propios modelos de gobierno “importados” que a reunirse a diseñar unos nuevos. En este sentido, pocos modelos resultaron más influyentes que el discutido y diseñado en los Estados Unidos, en el siglo XVIII. Por motivos como los señalados, la comprensión de las

respuesta que voy a dar a este interrogante (ahora brevemente, y luego con mayor detalle), es rotundamente negativa. Ninguno de los cambios

institucionales

sobrevivientes

varió,

de

manera

significativa, las bases del ordenamiento político original. Por el contrario, tales cambios se asentaron sobre, y reafirmaron, en todo caso, las modalidades institucionales ya establecidas. Sólo para dar un ejemplo importante: el poder judicial, que nació como órgano “contra-mayoritario”

-según

veremos;

sufrió

modificaciones

relevantes con el paso del tiempo, pero las más importantes de entre ellas, como las que ordenaron el “control judicial de las leyes,” sólo sirvieron para ajustar y robustecer el carácter inicial “contramayoritario” que este poder ya tenía. Lo mismo ocurre con los demás mecanismos conocidos como de “frenos y contrapesos” (el veto presidencial; la institución del Senado; la potestad de nombrar

funcionarios de jerarquía; etc.), conforme iremos analizando.

minorías debía defenderse; etc. En el capítulo dos voy a examinar el modo en que se presentaron estos problemas teóricos; y en el tres

El contenido del trabajo

voy a demostrar de qué forma tales planteos quedaron reflejados,

En el primer capítulo de este trabajo, voy a analizar algunas

dentro de particulares mecanismos institucionales.

discusiones “originales” acerca de la idea de representación,

En el capítulo cuatro, voy a estudiar el modo en que los

llevadas a cabo en Inglaterra, y lideradas por los (así llamados)

fundamentos (que llamaré “elitistas”) predominantes en los siglos

“Levellers” en el siglo XVII, y por Edmund Burke, en el siglo XVIII.

XVII y XVIII siguen distinguiendo a las instituciones típicas de las

Estas discusiones, por un lado, pusieron a la luz la mayoría de las

democracias representativas modernas. La idea -según adelantara-

cuestiones que cualquier estudio sobre la representación política

será la de poner en claro que, pese al tiempo transcurrido, y los

necesita, aún hoy, tomar en cuenta. Por otra parte, tales debates

muchos

constituyen algunos de los antecedentes más influyentes en la

ordenamiento institucional entonces pensado siguen manteniendo

evolución institucional posterior, tanto de los Estados Unidos como

una más que notable vigencia.

(por esta vía) de otras naciones.

En los últimos dos capítulos, voy a defender algunos principios y

Luego, voy a ocuparme específicamente de la Convención

arreglos institucionales que podrían resultar propios de un modelo

Constituyente norteamericana, las circunstancias que la rodearon, y

institucional alternativo. Ellos están destinados, en su mayoría, a

sus resultados normativos. En dicha ocasión, se debatió y se justificó

uno de estos dos objetivos: primero, contribuir a un mayor

el sistema representativo, tal como hoy lo conocemos. Allí fue

involucramiento de la ciudadanía en el proceso de toma de

cuando se puso en claro, por ejemplo, por qué adoptar un modelo

decisiones y, segundo, reducir la distancia entre los representantes

institucional representativo, y no uno de democracia directa; por

y los representados, ya sea tomando a aquellos más responsables

qué los representantes debían tener amplia autonomía (y no ser

frente a estos; ya sea favoreciendo una mayor comunicación y

dependientes) frente a sus representados; por qué debían ponerse

conocimiento entre ambos. En el capitulo cinco, en panicular, voy a

límites a las discusiones mayoritarias; por qué, cómo, y a cuáles

concentrarme en algunas herramientas pensadas, para tales fines,

cambios

políticos

sobrevinientes,

las

bases

del

ya en los siglos XVII y XVIII. Entre los instrumentos que voy a

Agradecimientos

examinar se encuentran la facultad de emitir instrucciones

Este trabajo forma parte de un extenso estudio sobre el sistema

irrenunciables a los mandatarios; el derecho de revocarles los

representativo. El mismo no hubiera sido posible sin la ayuda de

mandatos; la obligatoriedad de la rotación en los cargos; los

numerosas personas e instituciones. La Universidad de Chicago me

mandatos cortos, el unicameralismo legislativo; y el aumento en el

dio su apoyo desde Lm comienzo, por lo cual le estoy muy

número de los representantes directos de la ciudadanía. En el último

agradecido. Jon Elster, Abner Greebe, Bemard Manin, Adam

capítulo, en cambio, voy a estudiar la posibilidad de contar con un

Przewoski, y Cass Sunstein leyeron y comentaron extensamente

sistema político basado en la deliberación colectiva. Esto debido a

previos manuscritos. A ellos quisiera agradecerles la atención y el

que dicho sistema, a mi entender, podría favorecer enormemente el

buen trato que me dispensaron. Mi investigación se vio

logro de los dos objetivos arriba citados (intervención ciudadana en

beneficiciada también por un período que pasé en la David Library

política; menor distancia entre mandantes y mandatarios). De todos

of the American Revolution, en Pennsylvania. Asimismo, un subsidio

modos, esta aproximación -meramente exploratoria- procurará

de la Fundación Antorchas hizo posible que completara este trabajo.

destacar tanto las posibles virtudes como los reconocidos limites

A mis amigos, a mi familia, y a mis padres y hermanos en particular,

que podrían caracterizar a una propuesta alternativa semejante.

quisiera retribuirles el afecto incondicional que siempre me brindaron, y que uno necesita tanto en la distancia. Finalmente, quisiera agradecerle a Carlos Nino su inconmensurable generosidad intelectual,

y

dedicar

en

su

memoria

este

escrito.

Parte I

creencia en ciertas “verdades” incuestionables, entendían que el

Capítulo I:

conocimiento de tales nociones fundamentales no estaba

Primeras discusiones sobre la idea de representación

circunscripto a una minoría selecta. A partir de este tipo de

Introducción

convicciones, los defensores de posturas “radicales” tendieron a

En este capítulo, voy a analizar algunas confrontaciones generadas

poner en cuestión al sistema político representativo, y a defender,

en tomo a la idea de representación. En particular, y dada la

normalmente,

influencia y difusión que alcanzaron, voy a centrar mi atención en las

alternativos al mismo. En los casos más extremos, estas alternativas

disputas que, al respecto, se sucedieron en Inglaterra, en los siglos

importaron un directo desconocimiento de la autoridad del

XVII y XVIII. En tales años, numerosas veces, grupos conservadores y

Parlamento, a la vez que un apoyo a la (superior) autoridad de la

grupos más bien radicalizados se enfrentaron, con el fin de

una

variedad

de

mecanismos

institucionales

“ciudadanía”

determinar el alcance y el significado de la noción de representación

Los debates de “Putney”

política.

Una de las primeras oportunidades en que radicales y conservadores

De aquí en adelante, voy a denominar posiciones “conservadoras” a

discutieron seriamente la idea de representación, fue en los

aquellas que, en líneas generales, sostuvieron que en el ámbito de la

llamados debates de “Putney” (Inglaterra), a mediados del siglo XVII.

política (tanto como podía ocurrir en el ámbito religioso) existían

Hasta ese entonces, nadie había prestado mayor atención al grado

ciertas “verdades” incuestionables y, además, que no todos estaban

de representatividad que guardaban los parlamentarios. Una

igualmente capacitados para reconocerlas. Ninguna reorganización

importante explicación al respecto es que el Parlamento aparecía en

que se intentase sobre el (en ese entonces muy cuestionado)

una permanente disputa de poder con el Monarca de turno, lo cual

sistema político, podía dejar de reconocer y tomar en cuenta tales

tomaba secundaria toda otra disputa politica. Sin embargo,

datos.

alrededor de 1640, el Rey y el Parlamento mostraban un coincidente

Por posiciones “radicales,” de aquí en adelante, voy a entender

fanatismo religioso y el ejercicio intolerante de aquella fe dio lugar a

aquellas que, aún cuando podían compartir con las anteriores la

algunos primeros cuestionamientos. En particular, aquellos que

sufrieron de la persecución religiosa comenzaron a atacar la

dos fracciones principales en las que se dividían las tropas,

legitimidad del gobierno y, sobretodo, de lui Parlamento sumiso al

confrontaron sus pretensiones opuestas. EI interés de estos

Rey, y formado conforme a las “influencias” de éste (esto es, según

debates, esencialmente, reside en que allí se mostraron, en forma

las preferencias del Rey).

embrionaria, los principales puntos de disputa entre fracciones

El grupo más severo en los ataques anti-Parlamentarios fue el

radicales y conservadoras, que luego se repetirían (segum veremos)

“radical” grupo de los denominados “Levellers,” que además de

a lo largo de una larga historia. A continuación, entonces, voy a

proponer amplias reformas al organismo legislativo, comenzó a

sintetizar esquemáticamente las líneas fundamentales de aquellas

manifestarse en favor del sufragio universal, invocando la autoridad

discusiones

suprema del “derecho natural”'. Las peticiones del grupo de los

I- El consenso como condición previa de la obligación política

“Levellers,” en forma especial, aparecieron sintetizadas en el

Una de las primeras cuestiones que enfrentaron a radicales y

documento “The Agreement of the PeopIe,” de 1647, en el que

conservadores, tuvo que ver con la importancia de extender a toda

además de demandar igualdad ante la ley, libertad religiosa, y

la ciudadanía los derechos políticos. Aunque es difícil determinar,

garantía para las libertades personales, invocaron la representación

exactamente, a “quiénes” se referían los radicales, cuando decían

de la “soberanía del pueblo.”

que tales derechos debían asegurarse a “todos los habitantes”, lo

Las tensiones originadas por las peticiones de los “Levellers” se

cierto es que en los debates de Putney remarcaron insistentemente

hicieron presentes especialmente dentro de las filas del ejército

la idea según la cual “el pueblo de Inglaterra [no debe] verse atado

inglés, una de las instituciones más poderosas e influyentes de la

por leyes en cuya creación no ha tenido voz alguna.” Tales

época. Una de las razones que explican esta circunstancia es que

declaraciones, en todo caso, aparecían como muy poderosas en

dicha institución, como pocas otras, incluía entre sus miembros a

aquel momento ya que importaba poner en cuestión, ante todo, las

muchos de los sectores más empobrecidos y descontentos de la

restricciones al voto basadas en la posesión o no de propiedad.

sociedad. La crisis que envolvió al ejército, en ese entonces,

Frente a tales ataques, los conservadores, en primer lugar, negaron

desembocó en los mencionados “Putney Debates,” en los cuales las

que el consenso efectivo sea una condición necesaria para verse

obligado por una ley. Una persona podía resultar “virtualmente”

situaciones de caos. Por otra parte, fundamentaron sus reclamos en

representada, aunque no hubiese participado activamente en la

el “derecho natural” sosteniendo que este derecho, que estaba por

formación de las decisiones en cuestión. Luego, los conservadores

encima de toda otra legislación redactada por los hombres, exigía

defendieron también el establecimiento de limitaciones al voto

una extensión de los derechos políticos a todos los hombres. Los

conforme a la posesión de propiedad. Sólo a través de estas

conservadores volvieron a oponerse a tales criterios, nuevamente, a

restricciones podía garantizarse que votasen aquellos que tenían

partir de las implicaciones que, a su criterio, iban a seguirse en caso

“intereses permanentes" en la comunidad. Resultaba claro, para

de que fuesen adoptadas las sugerencias de los radicales. En la voz

ellos, que sólo los “propietarios” de grandes extensiones de tierra

de lreton, sostuvieron entonces que por el mismo derecho natural al

podían garantizar, en definitiva, la protección de tales “intereses

cual los radicales apelaban para demandar iguales derechos

permanentes."

políticos, podía llegarse al reclamo de iguales derechos a “la comida,

II- Consecuencias derivadas de la irrupción de las mayorías en

la bebida, el vestido (…) la tierra.” Esto es, aceptar una extensión en

política

los

Luego de criticar el principio según el cual “nadie debia verse

(inaceptablemente) para una infinidad de nuevas demandas por

obligado por aquellas leyes que no consiente,” los conservadores

parte de la población.

derechos

políticos

iba

a

implicar

abrir

la

puerta

hicieron referencia a las (seguramente indeseables) consecuencias que sobrevendrían, a partir de una extensión de los derechos

III- Soberanía popular, y la relación entre electores y elegidos

políticos. En este sentido, mantuvieron como una convicción

después de las elecciones

indiscutible que, en caso de permitirse un involucramiento de la

Finalmente, radicales y conservadores se enfrentaron en una

“mayoría del pueblo” en cuestiones públicas, el resultado no podía

discusión acerca de los derechos que quedaban en los electores, una

ser otro que la destrucción del orden social.

vez que terminaban los comicios. Esta discusión, obviamente, les

Los radicales, en cambio, negaron que fuera posible establecer tal

exigía una previa toma de posición acerca de quién era el “último

conexión entre una mayor intervención de las mayorías en política, y

depositario del poder.”

Las fracciones radicales, en este caso, volvieron a mostrar su apego

presentar al Parlamento, y a modo de meras sugerencias, una

a la idea sostenida tiempo atrás por los “Levellers” según quienes,

declaración con las conclusiones de lo discutido. Los radicales (que

los representantes debían “estar sujetos a recibir todo tipo de

objetaron tal extrema moderación, decidida por los conservadores),

enjuiciamiento político (...) por cualquier persona (…) por falsificar y

refinaron las críticas presentadas con anterioridad (en el

traicionar la confianza [que había sido depositada en ellos]”. Fue así

“Agreement of the People”), y exigieron, a través de una

como, en los debates de Putney, sostuvieron que la autoridad del

multiplicidad de organizaciones extra Parlamentarias, la abolición de

pueblo seguía siendo superior a la que el mismo Parlamento tenia; y

las calificaciones basadas en la propiedad; el establecimiento de

que los legisladores, en caso de conflicto, debían “retomar” a sus

mandatos más cortos' la imposibilidad de la reelección; la tolerancia

mandatarios la autoridad que estos le habían delegado. De no

religiosa; la igualdad ante la ley; el control local de los asuntos de

aceptarse este principio -sostuvieron- la alternativa resultante era la

justicia; etc.

de permanecer en un estado de “permanente esclavitud.”

Según describiré, de todos modos, las cuestiones debatidas

Como era de prever, los conservadores sostuvieron el principio

originalmente en Putney volverían a repetirse, una y otra vez, con el

opuesto, según el cual no existía una separación real entre el

devenir de la historia.

Parlamento y la comunidad. La idea era que el pueblo quedaba

John Wilkes y la crisis política de 1770

efectivamente incorporado en el Parlamento luego de las

Los enfrentamientos que se habían suscitado en torno de la idea de

elecciones. De allí que debiera reconocerse que, con posterioridad a

representación, en el siglo XVII, volvieron a surgir en el siglo XVIII,

cada comicio, el pueblo quedaba desprovisto de toda autoridad

aunque de un modo más extendido y articulad que en el pasado. Los

política.

conflictos más importantes en este sentido aparecieron alrededor

Las tensiones entre radicales y conservadores no concluyeron, de

de 1770 (aunque poco antes ya se habían percibido destellos de esta

todos modos, con la finalización de los debates de Putney. Los

nueva crisis).

conservadores (asumiendo la representación de “todo” el ejército,

El comienzo de la crisis estuvo relacionado con los provocativos

tanto en sus fiacciones radicales como conservadoras), decidieron

artículos de John Wilkes, en contra de los tratados de Paz que

siguieron a la llamada “guerra de los siete años.” El Parlamento

descalificación por parte del Parlamento. Este notable hecho, sin

decidió no tolerar estas críticas, y enjuiciar a Wilkes. Como era

embargo, se repitió dos veces más, con dos nuevas elecciones, dos

previsible, Wilkes fue condenado por el tono crítico de sus trabajos.

nuevas victorias de Wilkes, y dos nuevas expulsiones de la asamblea

Sin embargo, y dispuesto a rechazar esta condena, Wilkes escapo a

legislativa.

Francia donde residió durante cuatro años. Su desastrosa situación

Como era de esperarse, esta insólita cadena de acontecimientos

económica finalmente lo llevó a volver a Inglaterra, donde su pena

generaron obvios cuestionamientos acerca del tipo de régimen

estaba aún pendiente de ejecución. Pensando que la única manera

representativo en el que se estaba viviendo: ¿Cómo era posible que

de retornar sin ser condenado era obteniendo una anca legislativa (y

el

así inmunidad parlamentaria), Wilkes se presento en las elecciones

desconsiderando abiertamente la voluntad de la ciudadanía

de Londres primero, y de Middlesex después. Luego de un primer

expresada en las elecciones? ¿Dónde residía la soberanía: en el

traspié en Londres, Wilkes obtuvo una resonante victoria en

pueblo, o en un Parlamento “autónomo” respecto de la voluntad de

Middlesex. A pesar de la aparente insignificancia este retirado

la ciudadania?

comicio, en el apartado distrito de Middlesex, la elección -según

Corrientes conservadoras vs. radicales

veremos- pasó a convertirse en uno de los hechos políticos más

La mencionada crisis de Middlesex provocó que, tanto politicos de

importantes del siglo.

extracción conservadora, como otros de extracción radical,

Wilkes volvió a escribir en contra del gobierno. Sus criticas nuevamente, generaron la furia de los parlamentarios y con este caso, dieron una excusa a estos para promover su expulsión de la cámara de los comunes. La expulsión fue seguida de una nueva nuevamente

ganada

por

Wilkes,

y

una

reaccionase

como

había

reaccionado,

comenzaran a movilizarse en actitud crítica frente a lo acontecido.

Regresado a su país y al periodismo, y poco después de electo,

elección,

Parlamento

nueva

Ambas fracciones reconocían la necesidad de cuestionar y promover ciertos cambios en el sistema representativo vigente y, en particular, respecto de la extrema subordinación del Parlamento a la Corona. De todos modos, esta aparente coincidencia entre conservadores y radicales no tardaría mucho en resquebrajarse, a partir de posturas cada vez más extremas de los radicales, que los conservadores no

estaban dispuestos a seguir.

I- ¿Quién posee el conocimiento necesario para participar en

Los radicales, en efecto, inquietaron a sus circunstanciales aliados

política?

tanto con el contenido como con el modo en que llevaron adelante

Uno

sus protestas. Fundamentalmente, entendieron que el modo más

conservadores tuvo que ver con la cuestión del conocimiento

efectivo de canalizar toda crítica era a través de la presentación de

necesario para participar en política. Dentro del grupo más

peticiones al Parlamento; y que el mejor modo de diseñar tales

conservador, sin lugar a dudas, la voz más importante e influyente

peticiones era a través de la intervención de diversas organizaciones

resultó la de Edmund Burke. Conforme a su opinión era necesario

descentralizadas, capaces de expresar la voluntad de distintas

remarcar, en primer lugar, la existencia de “verdades” susceptibles

regiones del país. La sola creación de estas asociaciones

de ser descubiertas por la razón. Sin embargo, y es aquí donde

representaba un desafío a la autoridad del Parlamento. Por otro

aparece su conservadurismo, Burke sostuvo que sólo algunos

lado, y en cuanto al contenido de las peticiones, no fue de extrañar

individuos especialmente privilegiados podían acceder a tales

la presentación de reclamos en favor de la celebración de elecciones

verdades. En este sentido, es esencial referirse a su distinción entre

libres, la renuncia de ciertos ministros, y aún la disolución del

los “intereses” y las “meras opiniones” de los individuos. Para él, el

Parlamento. Los conservadores consideraron inaceptable la actitud

gobierno debía guiar sus acciones conforme a los intereses

de los radicales, y comenzaron a hacer referencia a las “peligrosas

(“objetivos”) de tales individuos, sin tener en cuenta sus

consecuencias” de los cursos de acción elegidos, y la indeseabilidad

circunstanciales opiniones.

de apelar a la “multitud ignorante”.

Según Burke, las opiniones resultaban normalmente juicios

En lo que sigue, voy a esquematizar estas diferencias señalando

precipitados, fluctuantes, y carentes de reflexión (aunque con el

algunos puntos centrales, surgidos en una diversidad de debates

paso del tiempo tendían a orientarse en la dirección adecuada). Los

entre representantes de ambos bandos.

intereses, en cambio, requerían de un proceso deliberativo previo

de

los

primeros

enfrentamientos

entre

radicales

y

para ser distinguidos, proceso este que era propio de la actividad de los parlamentarios en la Cámara más que de la mayoría del pueblo,

en su actividad cotidiana. De esta forma, Burke pasaba a tomar

[tal juicio] a vuestra opinión, [dado que] el gobierno y la legislación

parte de una polémica al respecto, que había sido poco antes

son cuestiones de razón y de juicio, y no de meras inclinaciones”.

abierta por el radical Richard Price, y el conservador Adam Ferguson.

Recurriendo a una significativa metáfora, Burke ilustró el sentido de

La mencionada polémica siguió con la reacción del ya conocido

sus dichos afirmando que los representados eran los pacientes, que

Thomas Paine, quien partía de supuestos contrarios a los de Burke.

debían señalar a sus médicos, es decir, a sus representantes, los

En principio, Paine sostenía el criterio de que todos los hombres

síntomas de sus dolencias, para dejar en manos de aquellos el

nacían iguales, y con iguales derechos. Esto es, según él todos los

remedio y atención de tales males.

individuos estaban igualmente dotados de razón, a diferencia de lo

Por otra parte, el pueblo debía obedecer a sus representantes, aún

que Burke pretendía afirmar. Como B. Kuklick comentase, Paine

cuando no hubiesen participado directamente en la elección de los

creía que las “verdades fundamentales, [podían] ser conocidas por

mismos. Más aún, según su criterio debía presumirse el consenso de

cualquiera,

las mayorías “cualquiera fuese lo que el legislador ordenase en su

con

la

perseverancia

de

examinar

el

mundo

cuidadosamente y reflexionar acerca de su propia experiencia.

beneficio” (y aún en los casos en que el pueblo “no viese claramente la validez de los medios [elegidos por el legislador])” como “un acto

II- Representaclon virtual vs. autogobierno Teniendo en mente la idea de que las opiniones y los intereses de las mayorías tendían a diferir ll, Burke entendió que los representantes de la ciudadanía debían tomar el lugar de aquellos, y actuar teniendo en cuenta los “verdaderos” intereses de las mayorías. Sostuvo entonces “el representante no sólo le debe el trabajo, sino el juicio; y el le estaría traicionando, en vez de servirle, si sacrificase

de homenaje y justa deferencia a la razón”. En última instancia, afirmaba, este tipo de representación “virtual” (en la cual la ciudadanía no tenía una oportunidad cierta de expresar sus puntos de vista), resultaba aún mejor que la representación “actual,” dado que reunía “la mayoría de sus ventajas, a la vez [que era] libre de la mayoría de sus inconvenientes”. Defendiendo los citados criterios, Burke se enfrentó al radical Richard Price, que sostenía la idea de auto gobierno y el principio de que cada individuo debía ser “su propio legislador”. Según Burke, las

concepciones defendida: por Price resultaban “destructoras de toda

III- Relación entre representantes y representados, después de los

autoridad,” y debían reemplazarse por otras que fuesen compatibles

comicios

con el respeto a toda institución o práctica que hubiese existido a

Radicales y conservadores también mostraron serias diferencias en

través del tiempo, y continuara aun existiendo. Price, por su parte,

torno al tipo de vinculo que debía relacionar a representantes y

rechazó la acusación de estar contra toda autoridad. En su opinión,

representados. Como era de esperar, los conservadores entendieron

él sólo defendía la existencia de gobiernos legítimos que consistían

que luego de llevadas a cabo las elecciones, los representantes

“en el dominio de leyes iguales, hechas a través del consenso común

debían asumir una posición completamente independiente de sus

(...) y no a través del dominio de algunas comunidades sobre otras

representados. Esto es, luego de los comicios los representantes

comunidades, o de algunos hombres sobre otros hombres”.

adquirían autonomía para actuar conforme a los principios que

También Thomas Paine tomó parte en esta polémica, en explicita

entendiesen más adecuados. Esta “carta blanca” no implicaba

defensa de Price. Más específicamente, su trabajo “Common Sense”

ningún tipo de arbitrariedad o abuso, ya que se presumía que los

aparece básicamente dedicado a criticar a Burke y, en particular, a la

intereses de elegidos y electores eran idénticos. De allí que –como

defensa que este hiciera de las tradiciones y prácticas pasadas.

manifestara William Putney- los representantes “no pueden

Paine defendió entonces el principio (luego retomado por Thomas

traicionar al Pueblo sin traicionarse a ellos, al mismo tiempo”.

Jefferson), según el cual cada generación debía autogobemarse. En

La independencia alcanzada luego de los comicios, según la versión

tal sentido, afirmó que “cada (...) generación [debía] ser libre de

conservadora, debía ser defendida “contra la misma gente,

actuar por si misma, en todos los casos, como las (...) generaciones

confundida e inflamada por las facciones y el autointerés”. Como

que las precedieron.”“E| derecho de los que viven”-según él- debía

medios para asegurar que los representantes pudiesen deliberar sin

prevalecer sobre “la autoridad de los muertos”.

verse “contaminados” por las apasionadas demandas de las mayorías, los conservadores apoyaron muy diversas soluciones. La más polémica, sin dudas, fue la de dejar fuera del proceso electoral a buena parte de la población. Importantes intelectuales de la

época, como William Blackstone, sostuvieron este tipo de medidas a

“monárquica,” “aristocrática,” y “vulgar” de la sociedad), como la

partir de la idea de que los derechos políticos debían corresponder

noción de “frenos y contrapesos” (implícita en la anterior), también

únicamente a aquellos dotados de una “voluntad propia.”

resultaron reafirmadas en esta época, como medios de asegurar un

Semejante estadio de libertad personal -aparentemente- sólo podía

poder fijo e inalienable a las partes más “ilustradas” de la sociedad”.

ser alcanzado por aquellos que fuesen propietarios. El resto de la

Los políticos radicales, por el contrario, rechazaron la mayoría de los

gente -se entendía- iba a ejercer sus derechos de modo

principios defendidos por los conservadores. En primer lugar,

heterónomo.

conforme

Otro medio para separar a la población de sus representantes, fue el

disciplinadamente la voluntad de la mayoría de la población, una vez

de extender los mandatos de los individuos electos. La idea de

electos. Para ello, obviamente, era preciso asegurar antes que nada

separar en el tiempo la celebración de las elecciones tiene

una extensión en los derechos políticos. La posibilidad contraria -

profundas raices en el pensamiento conservador. Las discusiones

que era la realidad en aquella época- sólo podía derivar en la

que rodearon la aprobación de las llamadas "Trienial" y "Septenial

“esclavitud” de la mayoría, en beneficio de “unos pocos,” según

Acts" (tendientes a extender, primero a tres, y luego a siete, los años

afirmara el (en ese entonces) radical James Burgh”. Luego, debia

de mandatos), mostraron la importancia que había alcanzado este

asegurarse una “frecuente relación” entre electores y elegidos, para

tópico. Para los conservadores, la extensión de los mandatos iba a

que estos “comprendieran el espíritu, y adoptaran la visión” de

impedir las nocivas “influencias” de los electores, haciendo más

aquellos. Del mismo modo -y tal como Joseph Priestley sugiriera-,

dificil que el gobierno descansase sobre el mero capricho de las

aquella estrecha vinculación llevaría a que los representantes “se

multitudes”. El derecho del Parlamento a celebrar sesiones secretas

abstengan por un sentido de pudor, de proponer, o consentir

-ratificado en esta época- también respondió a los mencionados

[cualquier tipo] de medidas que los electores no aprobaran”.

objetivos.

Conforme a los citados criterios, los radicales rechazaron leyes como

Por último, y tal vez de modo más interesante, la idea de una

la “Septenial Act,” y propusieron, en cambio, un amplio abanico de

"Constitución mixta" (orientada a otorgar poder a las partes

medidas de reforma. Así, por ejemplo, Priestley llegó a defender aún

a

ellos,

los

representantes

debían

seguir

el derecho de dictar instrucciones a los representantes, como

misma gente. La primera de estas organizaciones apareció en

expresiones de la voluntad irrevocable de los electores. James Burgh

Yorkshire, pero prontamente este ejemplo fue emulado en

propuso la adopción de elecciones anuales, junto a la obligatoriedad

Hampshire, Middlesex, York, etc., hasta alcanzar el número de once

en la rotación de los elegidos. Según él, esta última medida iba a

agrupaciones. La aparición de estas agrupaciones tuvo un profundo

permitir, por un lado, que un mayor número de gente tuviese activa

efecto político dado que nunca antes se había observado este grado

participación en política; y, por otro lado, iba a terminar con la

de movilización y coordinación de la población, en reclamo y

(entonces característica) influencia real sobre el Parlamento”. Uno

defensa de sus intereses. Algunos llegaron a considerar estas

de los principales discípulos de Burgh, John Cartwright, continuó la

asociaciones como “tal vez el más curioso instrumento de

obra de su tutor, y en su muy difundido trabajo “Take Your Choice,”

organización

se pronunció también en favor de la celebración de comicios

Inglaterra]”.

secretos; la abolición de las calificaciones basadas en la propiedad; y

Previsiblemente, y tal como anticipara más arriba, los conservadores

la delimitación de más igualitarios distritos electorales”.

se manifestaron en contra del movimiento asociacional, luego de

extra-parlamentaria,

en

toda

la

historia

[de

algunas dudas iniciales. En particular, los conservadores rechazaban

IV- Posición ante las asociaciones extra-Parlamentarias

el presupuesto que veían implícito en el movimiento, según el cual

A partir de la crisis de representación que afectó al Parlamento a

la autoridad del Parlamento estaba subordinada a la voluntad de la

finales del siglo XVIII, los radicales promovieron y defendieron lo que

población. Conforme a los conservadores, aunque algunos de los

dio en llamarse un “movimiento asociacional,” que de algún modo

reclamos que los radicales llevaban adelante resultaban razonables,

puso en cuestión al sistema político de la época. El “movimiento”

la organización de comités y asociaciones no era recomendable. Si

consistió en un grupo de organizaciones regionales destinadas a

estas organizaciones no eran ilegales -sostuvie- ron- eran

elaborar peticiones y ejercer presión sobre el Parlamento.

gravemente peligrosas”.

En particular, a través de este movimiento los radicales trataron de dejar en claro que la fuente de toda autoridad política residía en la

Conclusion Hasta aquí, revisé diferentes polémicas que enfrentaron a radicales y conservadores, en Inglaterra, durante los siglos XVII y XVIII. En todas ellas, ambos grupos presentaron diversos y (entonces)

Capítulo II: Los fundamentos del sistema representativo

originales criterios acerca de cómo entender el concepto de

Las bases del sistema representativo y su forma de organización a

“representación” La idea de recuperar aquellos debates, sintética y

través de instituciones políticas, fueron debatidas extensamente en

esquemáticamente, tuvo que ver con la importancia histórica de los

los Estados Unidos, en el siglo XVIII. En aquel tiempo, en particular,

mismos: A través de sus discusiones, radicales y conservadores

se discutieron con extrema puntillosidad y cuidado las razones para

concentraron

(y

preferir un modelo de representación a otro de democracia directa;

filosóficamente) crucial, y al que hasta entonces no se le había

y se sentaron las bases de lo que aún hoy conocemos como

otorgado mayor importancia. Sin embargo, mi interés fue también el

“mecanismos de frenos y contrapesos” un poder legislativo

de reconstruir una serie de debates que adquirirían con el tiempo

bicameral; un ejecutivo unipersonal y dotado de poderes de veto;

una importancia todavía mayor, al “poner a la luz” la mayoría de las

un poder judicial dedicado a velar por la validez y correcta aplicación

cuestiones que aún se discuten, cuando se habla acerca dela idea de

de las leyes; etc. Todos estos instrumentos fueron incorporados en

representación.

un texto constitucional que, desde entonces, sirvió de inspiración a

la

atención

en

un

tema

políticamente

numerosas otras organizaciones políticas que sucedieron a la norteamericana. A continuación, voy a analizar aquellos debates, y las circunstancias que les dieron origen, a los fines de conocer por que se adoptó el tipo de sistema representativo que, aún hoy, sigue caracterizando a muchas democracias modernas.

principios más compatibles con la concentración, en manos de unos

Algunas aclaraciones terminológicas A

fines

del

siglo

XVIII,

los

Estados

Unidos

terminaban

pocos, del control del poder pol1'tico;y el mantenimiento de un

victoriosamente su lucha independentista contra Inglaterra, y

desigualitario statu quo en materia de distribución de la riqueza.

enfrentaban la (urgente) oportunidad de dar forma a sus

Una forma alternativa de acercarme a la idea de “radicales” y

instituciones. En el mencionado contexto de lucha anti-británica, no

“conservadores,” será a través de la noción de “elitismo”

fue extraña la aparición de una temprana y muy poderosa vertiente

(epistemológico). De aquí en más, voy a considerar que una posición

política “radical,“ a cuyo examen voy a dedicar mi atención, en

es (epistemológicamente) elitista, cuando

primer lugar. Antes de comenzar dicho análisis, de todos modos,

1- asume la existencia de ciertas “verdades” fundamentales;

necesito realizar algunas precisiones de tipo terminológico. En líneas

Y

generales, voy a utilizar los términos “radical” y “conservador,”

2- considera que (por alguna razón determinada, tal como el

dentro del ámbito político norteamericano, para tomar más

origen social, nivel de educación, experiencia, etc.) sólo

evidente el claro paralelismo que existió entre las discusiones

algunas personas dentro de la sociedad están capacitadas para

políticas que se siguieron en dicho ámbito, y las que (como vimos),

“conocer tales verdades”.

se llevaron a cabo en Inglaterra. Sin embargo, lo cierto es que dicha terminologia no es extraña a los mejores estudios históricos de la época. En particular, con la idea de “radicales” voy a hacer referencia a un (más o menos vago) núcleo de principios orientados a promover un mayor involucramiento de la ciudadanía en cuestiones públicas; y favorecer (en la mayoría de los casos) una distribución más igualitaria de la riqueza. Con la idea de “conservadores,” en cambio, voy a referirme a principios en conflicto con los anteriores. Esto es,

El elitismo político, luego tendera a aparecer asociado al conservadurismo, dado que recomendara con este (a partir de los presupuestos citados), ya la restricción de los derechos políticos a un sector particular de la sociedad, ya la concentración del poder en una cierta minoría. Paralelamente, entonces, vinculare' al “radicalismo” con corrientes (epistemológicamente) "no-elitistas.” Hablaré también, de aquí en más, de criterios e instituciones “contra-mayoritarias". Un criterio será considerado "contra-

mayoritario“ cuando contradiga la voluntad de la mayoría de la

cuestión, resultaba obvia: los ingleses no debían invocar la

ciudadanía. Una institución será considerada "contra-mayoritaria"

representación de los intereses de los habitantes de Norteamérica,

cuando por sus características y modo de funcionamiento tienda a

cuando en el Parlamento británico las voces de los norteamericanos

frustrar la voluntad de tales mayorías. Por ejemplo, normalmente,

no estaban efectivamente presentes.

se asocia a la cámara de diputados con principios “mayoritarios” (al

Este temprano radicalismo no se hizo presente entonces, de modo

asumirse que resulta un reflejo de las “mayorias,” y que por lo tanto

exclusivo, a través de la retórica o del discurso político

va a ser guiada por la voluntad de las mismas); y al poder judicial

predominante en estos años. Por el contrario, también la práctica

con principios “contra-mayoritarios” (al asumirse que, ya sea por su

institucional de la época mostró tener un carácter notablemente

composición, ya sea por los principios que orientan su actuación, no

“radical” En efecto, durante el tiempo de la confrontación con

responde directamente a los designios de las mayorías sociales).

Inglaterra la ciudadanía norteamericana había comenzado a autoorganizarse a través de comités y agrupaciones tendientes a

Movimientos “radicales” en los Estados Unidos Para comprender la gestación del “radicalismo” norteamericano debe tomarse en cuenta la confluencia de varios factores. Antes que nada, los líderes “revolucionarios” de la época habían alentado durante años el ideal de contar con una representación política “genuina” (ideal este sintetizado, por ejemplo, en el famoso slogan “no taxation without representation”). Para la gran mayoría de los norteamericanos resultaba claro que no era correcto actuar en nombre de otros sin consultar efectivamente a aquellos en nombre de quienes se actuaba. La traducción de este principio, en el caso en

facilitar la coordinación de sus acciones militares. A través de estas asociaciones, los americanos coordinaban el movimiento de rebelión pero, al mismo tiempo, comenzaban a tomar conciencia de que el poder político les pertenecía. De modo todavía más relevante, cabe destacar un temprano desarrollo de instituciones favorables al “autogobierno” comunal. Aunque era el imperio británico el que cobraba impuestos y dictaba las normas más generales, lo cierto era que la distancia y la crisis económica tomaban imposible el ejercer un control efectivo sobre América. De allí que, por ejemplo, fuera común que los americanos solucionaran la mayoría de sus problemas cotidianos a través de sus

propias decisiones. En particular, era muy difundida en aquel

prometidas mejoras. Sin embargo pasados unos pocos años, la

entonces la práctica de las llamadas “town meetings” o asambleas

situación política y social no parecía cambiar y, por el contrario, se

populares, por la cual la ciudadanía se reunía a discutir, periódica-

mostraba cada vez más grave.

mente, los problemas que la afectaban. Aunque, según veremos, estas reuniones populares reconocían limitaciones importantes en cuanto a los individuos que eran autorizados a participar; y aunque no siempre funcionaran de un modo ideal. Lo cierto es que, para los parámetros que eran propios de la época, las “town meetings” representaron

un

notable

avance,

en

la

dirección

del

“autogobierno” local. La retórica política de la época; la práctica “revolucionaria;” y la presencia de instituciones descentralizadas para el manejo de los asuntos locales; concluyeron entonces para dar nacimiento a una importante corriente política, de carácter “radical”.

El núcleo de los problemas entonces existentes, era el siguiente: Los comerciantes

norteamericanos

debían

seguir

pagando

sus

obligaciones a los mercaderes ingleses. No obstante, luego de la guerra la situación de aquellos se había tomado especialmente difícil a raíz de una diversidad de razones. En primer lugar, los británicos comenzaron a exigir el pago de las obligaciones en moneda “dura”, y no en “especies”. En segundo lugar, impidieron que los norteamericanos utilizasen parte de las rutas comerciales que antes usufructuaran. Finalmente, los comerciantes ingleses decidieron cortar los créditos que antes solían conceder con cierta facilidad a sus pares americanos.

Dificultades del período “post-revolucionario”

Los mercaderes locales, entonces, vislumbraron una única solución

Desde 1776, al menos, y con el fin de la guerra independentista, la

posible a su comprometida situación: la de trasladar la carga de la

mayoría de los norteamericanos comenzaron a albergar enormes

deuda a sus propios deudores (en su mayoría, pequeños

esperanzas en los tiempos de libertad por venir. La situación de

propietarios y granjeros), exigiéndoles el pago inmediato, y en

conflicto pasada había llevado a muchos de ellos a poner en juego

moneda “dura”, de obligaciones que estos acostumbraban a pagar

sus pocas propiedades, y aún su vida, en servicio de la causa

en plazos más flexibles, y “en especies”. La mayoría de los pequeños

libertadora y ahora, luego de la victoria, todos esperaban las

propietarios (que denominará, de aquí en más, la “clase de los

deudores”, o los “deudores”) pasó a enfrentar, así, una situación

entonces vigente. En primer lugar, resultaba muy extendida la

trágica, y aparentemente sin salida: no sólo veían insatisfechas las

creencia de que el poder judicial trabajaba inexorablemente a favor

enormes expectativas que habían acumulado desde el fin de la

de los mercaderes norteamericanos. Los más serios estudios del

guerra; sino que además, ahora, su situación económica se había

período en curso, en efecto, señalan que las cortes “funcionaban

deteriorado hasta niveles insoportables. Posiblemente el detonante

como agentes de los intereses de los acreedores demandando el

de los conflictos que inmediatamente sobrevendrían fue la decisión

pago de las deudas privadas”. Por otra parte, las legislaturas

de los comerciantes norteamericanos (que denominaré, de aquí en

aparecían compuestas exclusivamente por individuos con uri

más, la “clase de los acreedores”, o los “acreedores”), de llevar a la

idéntico credo, que también era el del sector acreedor.

justicia a sus deudores. La idea era la de ordenarles a estos el pago

La ciudadanía, entrenada en la práctica de resistencia frente a

de las obligaciones; despojarlos de sus propiedades, en caso de

personas e instituciones adversas, comenzó a mostrar su rechazo,

resistencia; o dejarlos en la cárcel, en caso de completa insolvencia.

en primer lugar, a las órdenes judiciales, movilizándose para impedir

Como podía esperarse, los deudores no aceptaron resignadamente

la reunión de las cortes. La decisión de obstaculizar la labor de la

la imposición de tales penalidades. Acostumbrados como estaban a

justicia provoco una esperable conmoción social. De hecho, buena

movilizarse políticamente, y todavía motivados por una retórica de

parte de los pequeños propietarios aparecían con causas pendientes

“autogobierno”, comenzaron a reaccionar, de forma espontánea, en

(en razón de sus deudas), por lo cual el bloqueo al poder judicial

diversos estados norteamericanos, e inauguraron lo que se daría en

tenía impacto, de uno u otro modo, en el grueso de la comunidad.

llamar el “período crítico de la historia” de los Estados Unidos.

Sólo para ilustrar esta situación, podría decir que en Hampshire County, entre los años 1784 y 1786, casi 3000 casos fueron

El “período crítico” de la historia norteamericana Las trágicas dificultades propias del período post-revolucionario llevaron a poner seriamente en cuestión al sistema institucional

presentados a la justicia, lo que importaba un incremento del 262% respecto de lo sucedido en igual período de tiempo, entre 1772 y 1774. Aún peor, en Worcester, y solamente eri 1785, se contabilizaron 4000 de estas demandas.

Samuel Ely fue uno de los más notables líderes de estos

medios “legales,” los deudores podían obtener, también, remedio a

movimientos populares. Luke Day alcanzó similar repercusión en

sus males. Como señalara Wood en su excelente estudio, “era a

Northampton, liderando una movilización de 1500 personas. Sin

través de la misma fuerza de las leyes de los estados, y no a través

embargo, Daniel Shays sería quien se convertiría en símbolo de

de la anarquía o la ausencia de ley” (como pudo ocurrir con

estos levantamientos contra-institucionales de la ciudadanía,

levantamientos como el de Shays) que los deudores estaban

intentando detener la reunión de las cortes en Worcester. La

obteniendo beneficios.

llamada “rebelión de Shays” -a pesar de haber sido prontamente

Ahora bien ¿cuál era, en definitiva, la reacción que se estaba

sofocada por las tropas del general Lincoln- pasaría a la historia

produciendo en tales legislaturas estaduales? Ante todo, bajo las

como uno de los hechos más notables del siglo.

presión de peticiones populares, y la latente posibilidad de

De hecho, las discusiones acerca de como reorganizar el sistema

levantamientos armados, algunas legislaturas comenzaron a

político, que distinguieron a este período, resultaron en buena

autorizar

medida motivadas y guiadas por la idea de evitar nuevos

(herramientas

levantamientos como el de Shays”.

curiosamente, la principal fuente de reclamo de los deudores que,

emisiones de

de uso

papel común

moneda. en

el

Estas

emisiones

pasado)

resultaban

más que desconocer sus obligaciones, pretendían un alivio en las

La aparición de asambleas legislativas “rebeldes” Si los levantamientos armados provocaron conmoción en la clase dirigente norteamericana, mayor fue el estremecimiento provocado por otra modalidad de conflictos, también propios de la época. Me estoy refiriendo a los conflictos que generaron algunas legislaturas estatales, favorables a la causa de los deudores. En efecto, nada preocupó tanto a dicha clase dirigente como el ver que, a través de

tremendas cargas que soportaban Y que amenazaban con privarles de sus pocas propiedades, o su libertad. Las emisiones de papel moneda, en este sentido, prometían un “respiro” ante tal situación de agobio, forzada por la carencia de circulante, y el rechazo de los acreedores al (hasta entonces habitual) pago “en especies.” Fue así como, entre 1785 y 1786, la cuestión del “papel moneda” (y la actitud al respecto de los diversos estados norteamericanos), pasó a convertirse en el punto central de los debates de la época. En

aquel tiempo, la legislatura de Pennsylvania fue la primera que

Reacciones conservadoras contra las “legislaturas rebeldes”

autorizó emisiones de circulante, y al poco tiempo fue seguida por

La reacción conservadora ante la explosiva situación regional no se

otras seis: las legislaturas de South Carolina, New York, North

hizo esperar. En particular, y a raíz de la novedad de las “legislaturas

Carolina, Georgia, New Jersey, y Rhode Island".

rebeldes”,

El desafío presentado por tales legislaturas llegó a su punto

plausibilidad de contar con un sistema de gobierno que permitiera

culminante en Rhode Island. Allí, la política de “alivio de deudas"

tales intromisiones de “las mayorías” en los asuntos de gobierno.

obedeció menos a un ánimo contemporizador de la clase dirigente,

¿Cómo podía ser que la misma legalidad institucional fuera la que

que al hecho más notable de que los deudores pasaran a controlar

autorizara tales “abusos”, tales “violaciones de derechos“? Para la

la vida institucional del estado. En efecto, hacia 1786, bajo el

mayoría de los líderes conservadores, lo que ocurría era que el

liderazgo de Jonathan Hazard, la mayoría deudora resulto elegida

“populacho”, el “gentío” había llegado finalmente al control del

para el gobierno del estado, bajo la promesa de llevar adelante un

poder”. Conforme con la opinión de uno de los más influyentes

programa de especial asistencia a los deudores”. Luego de electo, y

intelectuales de la época, Alexander Hamilton, se estaba en

a efectos de cumplir sus promesas, Hazard no sólo autorizó la

presencia de una “traicionera usurpación” del poder de las

emisión de papel moneda, sino que además dispuso de medidas

legislaturas, y debía prevenirse por todos los medios que tales

penales en contra de aquellos comerciantes que se negaran a

representantes se erigiesen en “dictadores perpetuos”. En su

aceptar el pago en dicho medio (práctica que comenzaba a

opinión, entonces predominaba el “despotismo de la Legislatura” y -

amenazar la efectividad de tales emisiones, en la mayoria de los

según le resultaba obvio- “no existía tiranía mas opresiva” que

estados en cuestión). El caso de Rhode Island, asi', se convertió en

aquella que emanaba de una “victoriosa y dominante mayoría”.

un detonante para la reacción de los sectores conservadores, que

George Washington, por su parte, vio en aquellas actitudes de las

juzgaron que todos los limites tolerables habian sido ya traspuestos.

legislaturas sólo “prejuicios”, “irrazonables celosías, e intereses loca-

los

conservadores

comenzaron

a

cuestionar

la

les”. De acuerdo con Theodore Sedgwick, “ambas ramas de la legislatura [estaban siendo ocupadas] por un numeroso partido

[imbuido] de un espíritu de frenético republicanismo”. Se intentaba

inclinación elitista o contra-mayoritaria. En efecto, para buena parte

ahora -sostuvo- “alcanzar a través de las legislaturas los mismos

de la clase dirigente norteamericana, la participación de las

objetivos con que [se amenazaba, hasta hace poco], a través de las

“mayorías” en política comenzó a asociarse con situaciones de caos,

armas”. James Madison, tal vez la figura más importante de todo

violencia, y excesos. La idea central que se derivaba de aquellos

este período, mostró su preocupación frente a los sucesos en curso

criterios establecía que las discusiones de toda asamblea

(y en particular frente a lo acontecido en Rhode Island) a través de

mayoritaria” tendrían ineluctablemente a ser guiadas (no por la

una infinidad de cartas y escritos. En sentido similar, tuvo las más

razón sirio) por meras pasiones. Si tales criterios se aplicaban, en

duras objeciones contra las emisiones de papel moneda, a las que

general, a todo tipo de asambleas (implicando así, por ejemplo, un

calificó

“inconstitucionales”,

ataque a las otrora difundidas “town meetings”), ellos estaban

“antifederales", “innecesarias”, “perniciosas”, y susceptibles de

particularmente dirigidos contra las asambleas legislativas de los

"viciar la moral”, “destruir la confianza entre individuos”, y

distintos estados (asambleas entonces actuantes, según viéramos,

“desalentar el comercio”. La regla de la mayoria, desde entonces

en favor de los intereses de los deudores). Fue James Madison,

apareció a los ojos de los conservadores como “un instnimento de

posiblemente, el político que estipuló con mayor claridad este tipo

la tiranía y la opresión”.

de criterios “contra-mayoritarios”, sosteniendo que cuanto más

como

medidas

“injustas”,

numerosa es una asamblea, cualquiera sea el modo en que esté

La aparición de convicciones “contra-mayoritarias:” Las asambleas mayoritarias como asambleas “guiadas por la pasión” Los acontecimientos citados más arriba (levantamientos populares, legislaturas “rebeldes”), ayudan a comprender el desarrollo, dentro del pensamiento conservador de la época, de una más definida

compuesta, mayor tiende a ser la ascendencia de la pasión sobre la razón””. Más particularmente, Madison asoció a las asambleas legislativas con “la confusión e intemperancia de las multitudes”, y con una “fuerte propensidad a [promover] una variedad de medidas pemicioszis"3".

Estos

presupuestos

resultaban,

en

general,

compartidos por todos los pensadores conservadores de la época quienes

-cabe

señalar-dominarían

ampliamente

la

futura

Convención Constituyente.

trabajo más brillante e influyente de todos los que se escribieran en defensa de la -entonces discutida- Constitución norteamericana),

Diseño

institucional,

antes

y

ahora:

las

nociones

fundamentales del pensamiento conservador Para comprender el modo en que se desarrollaron las discusiones acerca de cómo organizar el sistema representativo, conviene reconocer las líneas rectoras de aquellos debates, líneas que se derivan, en todos los casos, de los presupuestos contra-mayoritarios arriba enunciados. A continuación, voy a hacer referencia a tres de las más importantes (e innovadoras) ideas políticas de la época: las ideas de “facciones”, “minorías”, y “mecanismo de frenos y contrapesos”. En mi análisis, voy a sostener que estas tres ideas, que siguen gozando hoy de un enorme prestigio, fueron definidas (a fines del siglo XVIII), de un modo más bien contrario al modo en que las definiríamos en el presente.

que es el n.10, se hace explícito que la Constitución tenía como objetivo principal el de evitar la acción de las facciones. Este objetivo, aparentemente, resultaría hoy también un objetivo plausible ya que, reduciendo el peso de las facciones (hoy definidas, más bien, como grupos de interés), podríamos ampliar los espacios de la discusión pública, e impedir que “la política” pase a convertirse en una mera “disputa de intereses”. Sin embargo, el sentido del término facciones es ambiguo y el modo en que se lo utilizó en la Convención Constituyente poco tiene que ver con el significado que actualmente le asignaríamos. Para certificar estos dichos, es interesante remitirse al análisis que diera Madison (la máxima autoridad intelectual, entre los constitucionalistas del período), al respecto. De acuerdo con la definición que (en “El Federalista", n. 10) fuera presentada por Madison, una facción era “un número de

Facciones

ciudadanos, ya sea que compongan la mayoría o la minoría de la

La idea de “facciones” resultó, sin lugar a dudas, una de las nociones

totalidad, que se unen y actúan por el común impulso de una

más relevantes tanto en la retórica política, como en las discusiones

pasión, o interés, adverso a los derechos de los demás ciudadanos, o

constitucionales de la época. Sólo para mencionar un ejemplo, diría

los intereses permanentes y agregados de la comunidad”. A primera

que en el artículo más importante escrito en “El Federalista” (el

vista, Madison incluye en esta definición de facciones (tal como lo

podríamos hacer hoy), tanto los peligros provenientes de una

una reducida “minoría” extra-Parlamentaria imponía sobre una

“mayoría”, como de una “minoría” de ciudadanos. Pero, en verdad,

“mayoría” de esclavos.

debe tenerse en cuenta lo siguiente: Como conclusión, entonces, el único peligro real al que Madison (y 1- inmediatamente luego de dar esta definición de facciones,

con él, buena parte de la dirigencia política de la época) hacía

Madison descartaba cualquier tipo de peligros provenientes de una

referencia a través de su definición de facciones, era el peligro de las

“opresión minoritaria”. Esto, según sus dichos, debido a que “si una

mayorías (y, en particular, el peligro de las asambleas legislativas),

facción consiste en menos que una mayoría, el principio republicano

motivadas por la “mera pasión”. Esto significa que, cuando los

presenta la solución [a este problema], ya que le permite a la

“padres fundadores” sostenían que la Constitución tenía como

mayoría el derrotar a [esta facción] a través del voto”.

objetivo primordial el de obstaculizar la acción de las facciones, lo que estaban queriendo decir era que la Constitución debía,

2- Por otro lado, Madison no consideraba la posibilidad de que, fuera del Parlamento, una minoría particularmente poderosa (como podrían serlo hoy los grupos de interés), oprimiese a la mayoría restante. Esta omisión resulta particularmente seria, ya que en su

primordialmente, poner frenos a las acciones de las asambleas legislativas. Según entiendo, éste dista de ser el sentido al que hacemos referencia hoy, cuando defendemos a la Constitución como instrumento creado para prevenir la acción de las facciones.

tiempo, una minoría “propietaria” esclavizaba directamente a una

Minorías

parte importante de la población. Sin embargo, en su definición de

Conforme viéramos, la Constitución norteamericana tuvo como uno

facciones, Madison hablaba de opresiones sobre otros ciudadanos y

de sus objetivos primordiales el de “contener” el accionar de las

(como él mismo dejara en claro en El Federalista n.43), los esclavos

mayorías, y en particular el accionar de las mayorías legislativas.

no eran “ciudadanos”, sino simples “personas”. De allí que en dicha

Este carácter “contra-mayoritario” de la Constitución puede

definición, por ejemplo, Madison excluía opresiones como las que

parecemos a primera vista como poco plausible, en tanto asumamos

que el sistema político, más bien, debiera promover antes que

en tanto y en cuanto las mujeres formen parte de un colectivo

restringir la intervención de las mayorías en política. Sin embargo,

especialmente desaventajado dentro de la sociedad.

por otro lado, podría decirse que se justifica el contar con un ordenamiento institucional “contra-mayoritario”, debido a la fundamental necesidad de dar una “especial” protección a las minorías (resguardándolas de potenciales “abusos” mayoritarios). Ahora bien, esta posible justificación de la Constitución requiere, al menos, de una aclaración previa: ¿qué es lo que entendemos por “minorías”? Al respecto, sostendría que, contemporáneamente, cuando aludimos a la noción de minorías, oscilamos entre las siguientes definiciones: 1- Una definición amplia: Grupos sin poder Una primera definición de minorías haría referencia a todos aquellos grupos, minoritarios en número o no, que por una u otra razón resultan desaventajados en cuanto a la distribución de “poder” dentro de la sociedad”. Por ejemplo, el grupo de las mujeres podría ser visto, en este caso, como un grupo minoritario, dentro de nuestra sociedad, y a pesar de ser “mayoritario” en cuanto a su número (lo mismo podría ocurrir, digamos, respecto del grupo de “los individuos de color” en un país racista, o del grupo de los “pobres” en un país desigualitario, etc.) Tal inclusión sería correcta

2- Una definición estricto: Grupos numéricamente minoritarios Una definición alternativa de la idea de minorías, identificaría a éstas con aquellos grupos que, independientemente del “poder” del que gocen, resulten “minoritarios” en cuanto a su número. Así, por ejemplo, en este caso, a diferencia del anterior, el grupo de las mujeres no sería considerado como minoritario (aún en el caso de que el grupo de los “hombres” tenga mayor “poder” que el de las “mujeres”), en tanto y en cuanto su “número” sea mayor que el del grupo de los hombres. En cambio, el grupo de “los ciudadanos más ricos del país”, por ejemplo, sí resultaría incluido en esta definición, cosa que no, hubiera ocurrido conforme a la definición anterior (debido al “poder” o, más específicamente en este caso, las especiales ventajas económicas de este grupo, respecto de los restantes).

3- Una definición restringida: Grupos numéricamente

“minorías”. En efecto, y aprovechando también el carácter ambiguo

minoritarios, y sin poder

de esta noción, los “padres fundadores" del sistema representativo

Otra posible definición de minorías vincula a éstas con aquellos

tendieron a identificar a las “minorías” con el grupo de los

grupos que, a la vez, resultan minoritarios tanto en su número,

ciudadanos más privilegiados de la sociedad. Esta aproximación

como en su “poder” relativo. En este caso, por ejemplo, ni el grupo

resulta evidente cuando analizamos los principales escritos y

de las “mujeres” (mayoritario en número), ni el grupo de “los

discursos de los políticos de la época. Por ejemplo, Alexander

ciudadanos

(aventajado

Hamilton tendía a usar indistintamente la noción de “minorías” y la

económicamente), resultarían incluidos dentro de la defunción de la

de los “ricos y bien nacidos”, (“rich and well born”), o la de “la

idea de minorías.

minoría selecta” (“selected few”). Madison recurrió a similares

Ahora bien, lo que me interesa señalar es que, en definitiva, durante

analogías para sostener, por ejemplo, que el senado debía

las discusiones políticas llevadas a cabo en los Estados Unidos, a

orientarse a la protección de “la minoría de los opulentos frente a la

finales del siglo XVIII, la clase dirigente norteamericana no asumió

mayoría”. Según uno de los estudios más importantes acerca de (lo

ninguna de estas posibles versiones de la noción de minorías. Por el

que se dio en llamar “versión Madisoniana de la democracia”),

contrario, en aquellos debates en que se discutió cómo organizar el

llevado a cabo por Robert Dahl, “la forma de argumentar

sistema representativo, se asumió una cuarta versión posible de la

Madisoniana proveyó una satisfactoria y persuasiva ideología,

noción de minorías que, a mi entender, resultaría hoy

destinada a proteger a las minorías con riqueza, status, y poder que

contraintuitiva, y básicamente inaceptable.

desconfiaban de sus más encarnizados enemigos -los artesanos y

4- Las minorías como “el grupo de los más favorecidos dentro

granjeros inferiores en riqueza, status, y poder y que, ellos

más

ricos

de

la

comunidad”

de la sociedad” Según señalara, la clase dirigente norteamericana, adoptó una versión muy particular (marcadamente “elitista”) de la noción de

pensaban, constituían las mayorías populares”. De allí que el sistema político representativo, conforme a como fue diseñado, no sólo se caracterizó por tener un “sesgo contra-mayoritario”, sino que además dicho sesgo no estuvo motivado en la protección de los

grupos más desprotegidos de la sociedad. El sentido último de dicho

Las razones que llevaron a la creación del sistema de frenos y

sistema, más bien, fue el de proteger a los grupos más aventajados

contrapesos fueron, como en los casos anteriores, razones de tipo

de la comunidad, frente a los potenciales riesgos provenientes de las

“elitista”, que hoy difícilmente aceptaríamos. Para apoyar estos

“mayorías legislativas”.

dichos, posiblemente baste con conocer los presupuestos que fueron tomados en cuenta, al momento de diseñarse el sistema de

Frenos y contrapesos Una de las “novedades” institucionales más interesantes, provistas por las discusiones constitucionales norteamericanas, tiene que ver con el mecanismo de “frenos y contrapesos”. La idea básica, en este caso, era la de diseñar un sistema de gobierno dividido en diferentes ramas de poder (ejecutiva, legislativa, y judicial), que se encontrarían “parcialmente separadas” entre sí, pero que al mismo tiempo serían capaces de controlarse mutuamente. La vía más apta que se encontró, para alcanzar esta finalidad, fue la de dotar a cada una de estas ramas de poder con los medios para restringir posibles excesos de las restantes. Así, por ejemplo, a través del veto ejecutivo; la capacidad de cada cámara legislativa (senado y diputados) de bloquear las decisiones de la otra; o el control de constitucionalidad (cuyo funcionamiento resultaría perfeccionado sustancialmente con el paso del tiempo).

“frenos y contrapesos”: 1- En primer lugar, se tomó en cuenta una consideración descriptiva, según la cual la sociedad se encontraba básicamente dividida en dos grupos. Conforme a lo que sostuviera Madison en la Convención Constituyente, estos dos grupos eran los de los “acreedores y deudores”, o los “granjeros y mercaderes”, o, en definitiva, los “ricos y pobres” Estos criterios, más tarde, serían reiteradamente ratificados a través de innumerables escritos, discursos, y canas”. En todos los casos, aquí se reafirman los presupuestos que viéramos anteriormente: existe una mayoría, compuesta por la parte deudora de la sociedad, animada por motivaciones facciosas; y una minoría, definida de un modo claramente elitista, compuesta por los sectores más favorecidos de la sociedad. 2- En segundo lugar, se tomó en cuenta una consideración normativa, según la cual no sólo no resultaba cuestionable la existencia de tal división social sino que, por el contrario, debía

asegurarse la presencia e integridad de ambos grupos. Para ello, la

obvio que las minorías acreedoras se encontraban amenazadas, y

solución aconsejada era la de dotar a cada una de tales fracciones

que debía dotárselas del poder suficiente como para proteger su

de una “cuota defensiva” de poder, dentro del sistema político. Esto

posición social. Segúnentiendo, esta concepción acercade cuáles

es, el esquema institucional debía fragmentarse de modo tal que,

deben ser los “poderes” a preservar y balancear, dista de resultar

tanto la minoría privilegiada, como la mayoría deudora, tuvieran su

hoy una concepción todavía plausible.

respectiva porción de poder político”. A resultas de las citadas medidas, ninguno de tales grupos debía ser capaz de oprimir al otro.

Como conclusión de lo expuesto hasta aquí, sostendría que los presupuestos más importantes sobre los cuales se fundó el sistema

Ahora bien, las consideraciones anteriores deben movernos a algunas reflexiones adicionales, en relación con el modo en que hoy podríamos concebir al sistema de frenos y contrapesos. Fundamentalmente, diría que la estrategia de fragmentar el poder puede resultar intuitivamente aceptable, pero agregarle lo siguiente: en primer lugar, las divisiones sociales asumidas por los “padres fundadores” ya no parecen resultar adecuadamente descriptivas de nuestras sociedades como, quizás, sí lo fueron en el siglo XVIII. Por otro lado, la idea de que las instituciones deben dividirse de modo de reflejar las divisiones sociales existentes en la comunidad, y preservar así el “statu quo”, requeriría hoy, al menos, de una justificación mucho más explícita y profunda que la que entonces fue presentada. Para los “padres fundadores”, en cambio, tales criterios no requerían de mayores explicaciones: resultaba

representativo denotaban un claro sesgo contra-mayoritario, elitista. Hoy -según asumo- resultaría muy difícil justificar el diseño de arreglos institucionales a través de supuestos semejantes. En la próxima sección voy a presentar, con mayor detalle, los diferentes mecanismos institucionales organizados en el siglo XVIII, a partir de principios como los mencionados. La idea será la de sugerir que, la crítica (y el eventual rechazo) de tales principios contramayoritarios, debe continuarse con una crítica (y similar rechazo), a los

instrumentos

políticos

que

de

ellos

se

derivaron.

Capítulo III: El sistema representativo como sistema "contra-mayoritario" A partir de los presupuestos ideológicos arriba citados, resulta más sencillo comprender el sentido y la motivación con la que el sistema representativo fue diseñado. En este capítulo voy a especificar el análisis de tal modelo representativo, tomando en consideración cada una de sus partes fundamentales, y señalando algunas de las razones fundamentales con las que se justificó su adopción. El objetivo de este capítulo es el de mostrar el profundo carácter “coma-a-mayoritario” que distinguió desde su origen a la mayoría de las instituciones con las que aún hoy contamos.

I- El sistema representativa La primera idea que debe señalarse, respecto del sistema de representación, es que el mismo no fue adoptado, tal como hoy normalmente se entiende, como una solución remedial de “segundo mejor”, frente a la imposibilidad de adoptar un sistema de democracia directa. Por el contrario, en el período en cuestión la noción de democracia era objeto de un profimdo y explícito rechazo. Era común, entonces, que se hablase de la “turbulencia y los excesos propios de la democracia”, que se hiciera referencia a la democracia

como “el peor de todos los males políticos”; o que se condenara especialmente a las “partes democráticas de las constituciones [existentes]”. De allí que Madison dejara en claro, en El Federalista n.10, que el modelo representativo que se adoptaba aparecía como una alterativa al modelo de la democracia directa. La idea, entonces, fue la de que la representación constituía un bien necesario (y no un “segundo mejor”). Por ello, resultaba necesario corregir, purificar, o “filtrar” la voz de la mayoría, pasándola por el “tamiz de un grupo selecto de representantes”3: de la expresión “directa” de la ciudadanía sólo podían esperarse decisiones irrazonables, basadas en la mera “pasión”.

II- Elecciones indirectas El mecanismo de las elecciones indirectas, que repetidamente aparece dentro del esquema constitucional, era defendido bajo la convicción de que los cuerpos intermedios estarían compuestos por gente “elegida” (“virtuosa"), capacitada para suprimir las tendencias irracionales de la ciudadanía común. De allí que se sostuviese que las elecciones indirectas tendían a “tomar las elecciones más juiciosas”. Más aún, los delegados constituyentes creyeron que las elecciones indirectas permitirían tomar decisiones “más acordes con

el sentimiento de la comunidad”, que lo que permitirían hacerlo

definitiva, y a resultas de lo anteriormente dicho, se llegaba a la

elecciones

la comunidad.

convicción de que mandatos más prolongados iban a permitir que se

Siguiendo criterios similares, se sostuvo entonces que, cuanto

evitase “la sorprendente violencia y turbulencia propias del espíritu

mayor fuese el grado de separación de la ciudadanía común

democrático”.

protagonizadas

directamente

por

respecto de las elecciones, mayores serian las chances de tomar decisiones correctas.

IV- Distritos extensos La preferencia que los “padres fundadores” expresaron por la

III- Término de los mandatos

creación de distritos electorales amplios, se basó en la creencia de

Los delegados asumieron que el contar con extensos términos

que en tales extensas distancias, la acción de las “mayorías

de mandatos podía llegar a tener una decisiva influencia en

facciosas” se verla impedida. En la defensa de esta creencia, los

diferentes aspectos del sistema político. Entiéndase, este criterio era

delegados constituyentes pusieron inmediatamente de manifestó el

directamente

tipo de prejuicios que los motivaban. Así, típicamente, Madison

opuesto

al

que

era

propio

del

periodo

preconstitucional, y de acuerdo con el cual “el fin de las elecciones

señaló

que

“la

existencia

de

distritos

extensos

[era]

anuales” implicaba el “nacimiento de la esclavitud”. Los delegados

manifiestamente favorable para la elección de personas de

de la Convención, entonces, defendieron la incorporación de largos

difundida respetabilidad, y probable compromiso con los derechos

periodos de mandatos entendiendo que estos podían servir a

de la propiedad,” sobre competidores de raíz populista.

propósitos como los siguientes: proveer "firmeza e independencia a ciertos funcionarios o cuerpos de representantes”; prevenir las

V- Ejecutivo unipersonal

permanentes “fluctuaciones” de opinión (fluctuaciones que

La adopción de un ejecutivo unipersonal estuvo ligada a las más

directamente se relacionaban con la cámara de diputados); motivar

típicas convicciones “elitistas” de los “padres fundadores”. En

la participación de “gente del mejor tipo” en el gobierno. En

particular, se partió entonces del presupuesto de que las “mayorías”

no eran capaces de distinguir, por sí mismas, cuáles eran las

lugar, señalaron que este reducido número de personas no debía

decisiones que le convenía tomar. La idea, entonces, era que una

formar parte de ningún cuerpo pre-establecido, sino que debía ser

sola persona, bien elegida, iba a estar en mejores condiciones de

especialmente elegido para tal propósito (la elección del

distinguir los verdaderos intereses del conjunto de la comunidad,

presidente). Según los “padres fundadores” estas limitaciones

que la comunidad misma. Así, Hamilton señalaba que “una sola

determinarían las “circunstancias [más] favorables para la

persona, bien dirigida, y por su solo entendimiento, no puede ser

deliberación”. Por ejemplo, los electores elegidos a partir del

distraída por esa diversidad de puntos de vista, sentimientos e

procedimiento descripto, tendrían más chances de “poseer la

intereses, que frecuentemente distraen y afectan las resoluciones

información y el discernimiento necesario [para la] complicada [...]

de los cuerpos colectivos”.

investigación [que la elección del ejecutivo requiere]”. Sólo a través de este complejo mecanismo de filtrado, podía garantizarse

VI- La elección del ejecutivo Los constituyentes se inclinaron, claramente, por asegurar la elección indirecta del ejecutivo. Al hacerlo, fundamentaron esta decisión conforme a los argumentos que ya señalara, respecto de las elecciones indirectas. De todos modos, puede ser de interés

ecuanimidad en la elección del presidente. En cambio, se rechazaba la idea de que tal elección pudiese surgir de la deliberación de organizaciones mayoritarias, bajo la idea de que las discusiones de estos

cuerpos

estarían

viciadas

por

“parcialidades”

y

“animosidades”.

remarcar algunas observaciones adicionales que hicieran, respecto

VII-El poder de indulto en el presidente

de la peculiar elección del presidente de la república.

Para justificar el poder de indulto que se le concedía al presidente se

En primer lugar, sostuvieron que la elección no debía ser llevada

sostuvo que, de esa manera, iban a poder evitarse las presiones que

adelante por la misma gente, sino a través de un cuerpo intermedio.

normalmente acompañan a este tipo de medidas- La legislatura, en

En segundo lugar, remarcaron que este cuerpo intermedio debía

cambio, iba a verse siempre motivada por tales presiones. Los

estar compuesto por un reducido número de personas. En tercer

“padres fundadores” pensaban, claramente, en la dependencia de

los legisladores respecto de sus constituyentes, y el peligro de que

ocuparse de dicha tarea. De hecho, convencionales afirmaron

estos se dejasen llevar por el solo interés de la gente de sus estados.

explícitamente que, dado su especia carácter, el ejecutivo sería

Sin embargo, no prestaban atención al hecho de que, a la hora de

“más capaz y más propenso [que la legislatura] a seleccionar a los

recibir presiones, el ejecutivo podía resultar un blanco mucho más

caracteres más adecuados”. Por otra parte, se entendía también (y

vulnerable que el cuerpo legislativo. Además se asumió, también sin

también injustificadamente), que el ejecutivo no estaría guiado

mayores aclaraciones adicionales, que el presidente no se dejaría

como la legislatura por sentimientos de amistad o mero autointerés,

llevar por las pasiones momentáneas que si podían guiar al

en el nombramiento de funcionarios públicos.

Congreso en la toma de estas decisiones.

IX- El poder de veto del ejecutivo VIII- La facultad ejecutiva de designar funcionarios públicas Los delegados de la Convención entendieron que las cualidades que distinguirían al ejecutivo lo convertirían en una persona especialmente calificada para designar a los miembros de la función pública. Como señalara Hamilton en El Federalista 76, este poder de designar funcionarios sólo podía residir en a) un solo hombre; b) en una asamblea de reducido número; o c) en una sola persona, con el ap0)'0 de tal asamblea

El poder de veto fue justificado. en la Convención, a partir de dos razones principales, también basadas en convicciones elitistas. La primera de estas razones era la de dotar de un “escudo” o protección al presidente, tal como se afirmaba en El Federalista 73, contra la certera ambición de la legislatura de quitarle poder al presidente. La idea, según vimos, era la de que existía una casi inevitable propensión, en los cuerpos colectivos, hacia el abuso de poder (propensión esta que resultaba mucho más atenuada en los demás cuerpos del gobierno), Siguiendo este tipo de presunciones,

Nuevamente se contrastaba el modo en que se tomaría la decisión a

Govermour Morris justificaba el poder de veto señalando que “los

partir de procedimientos como los descriptos, con la “intriga y la

más virtuosos ciudadanos, como miembros de un cuerpo legislativo,

parcialidad” que distinguirían a la cámara de diputados, en caso de

concurrirán en la toma de medidas de- las que luego se

avergonzarán, reflexionando en privado, Deben evitarse las invasiones de poder, propias de la rama popular del Gobierno”.

X- Duración del mandato del ejecutivo

La segunda de las razones a partir de las cuales justificaron

En su defensa del largo término que se le concedía al ejecutivo en el

el poder de veto del ejecutivo, fue la de “proveer una seguridad

ejercicio de su poder, los convencionales apelaron a la idea de ver al

adicional contra el dictado de leyes impropias”. Al presentar este

presidente como “guardián” de los intereses de la ciudadanía. En tal

argumento, los “padres fundadores” recibieron, ya en su época,

sentido, fue común que reivindicaran el hecho de que, muchas

inmediatas críticas por el elitismo allí implícito. De acuerdo con la

veces, el “coraje y la magnanimidad” de algún gran hombre había

critica que se les fom1uló, ellos estaban presumiendo que “un solo

salvado a la comunidad de terribles peligros, y que de allí dedujeran

hombre podía poseer más virtud o sabiduría, que un número de

que el ejecutivo podía darle a la gente “el tiempo y la oportunidad

hombres"33. A pesar de los intentos por hacer frente a tal tipo de

para una reflexión más calma y sedada”, contra “repentinos

objeciones a su proyecto, los convencionales nunca se desdijeron de

arranques pasionales”. Otra vez, en este caso, si se afirmaba que el

su argumento de fondo: el ejecutivo debía evitar “la fuerte

ejecutivo debía preservar su cargo por un periodo mayor que otros

propensidad [de la legislatura] hacia una variedad de medidas

funcionarios públicos, ello se debía a que presuponían que era

perjudiciales”, una propensidad que nunca atribuyeron al mismo

inmune a los impulsos característicos de los órganos de composición

ejecutivo". Por el contrario, este poder era cuidadosamente

más popular. En definitiva, y como en la mayoría de los casos

reivindicado ya que poseía las virtudes que la legislatura carecía. De

anteriores, se trataba de un prejuicio, y carácter (injustificadamente)

hecho, este tipo de afirmaciones (el poder ejecutivo como más

paternalista.

virtuoso y sabio que el poder legislativo) se reiteraron permanentemente, a lo largo del periodo constituyente.

XI- El senado Durante los debates constitucionales, probablemente, ninguna institución concentró tanta atención como la del senado. De hecho,

la mayoría de los delegados asumió que este órgano serial el

Constitución. Los cuatro medios a los que se hicieron referencia,

verdadero freno frente a la “furia democrática” que veían implícita

fueron los siguientes:

en la cámara baja”, Las expresiones en este sentido fueron coincidentes entre la mayoría de los miembros de la Convención. Es que, todos ellos acordaban en ver a la cámara baja como propensa a ”legislar demasiado”, a legislar precipitadamente; y a violentar los

3) el modo de nombramiento de los senadores' b) las calificaciones requeridas para el cargo c) el tamaño del senado; y d) la duración de su mandato

derechos de las minorías (“los pocos”) El senado aparecía entonces con la primordial función de compensar tales indeseables predisposiciones de la cámara de de diputados. Más aun y contra lo

XII- Nombramiento de los senadores

que parece ser la visión predominante acerca de lo sucedido al

Conforme señalara más arriba, los delegados estaban convencidos

respecto, los “padres fundadores” no pensaban que cada cámara

de que las elecciones indirectas aseguraban una selección de los

debía corregir a la otra. Ambas debían estar dotadas de poder, pero

individuos más “ilustrados” de la sociedad. De allí que coincidieran

era el senado la cámara que debía “iluminar” a partir de su asumida

en que los senadores debían ser elegidos por las legislaturas

sabiduría y reposo a la otra. Madison era claro en este sentido

estatales y no por la misma gente en forma directa. En EL

refiriéndose a la necesidad de contar con un “cuerpo de ciudadanos

Federalista 62. Por ejemplo, Madison hizo explicita la necesidad de

desapasionados y respetables”; esto es, un cuerpo compuesto por

asegurar, a través de este medio (las elecciones indirectas), la

una “porción iluminada de ciudadanos que a partir de su número

elección de un elenco virtuoso (así como, también, de un mayor

limitado y su firmeza, pueda interponerse contra consejos

involucramiento de los estados en tal proceso). John Dickinson fue

impetuosos” Ahora bien, la pregunta era entonces, ¿cómo alcanzar

el convencional que más enfáticamente se refirió a la importancia

la formación de un cuerpo tan pleno de virtudes? Frente a este

de reunir a los “caracteres más distinguidos”, y a la dificultad de que

interrogante, los “los padres fundadores” veían cuatro vías de

tal fin se lograse por intermedio directo de la ciudadanía. Más aún,

respuesta, y todas ellas fueron finalmente incorporadas en la

Dickinson sostuvo que el punto de vista propio de los distintos

estados no podía ser percibido con claridad por la misma gente, y

analizando las más diversas opiniones de los miembros de la

que por ello era necesario delegar tal función en un cuerpo

Convención. Por ejemplo, Madison fue particularmente enfático en

intermedio. Charles Pinckney reafirmó tales ideas, sosteniendo que

sostener que los senadores debían representar a la “riqueza de la

una elección a través de la legislatura estatal permitía evitar las

Nación”. Davie opinaba que esta segunda rama debía representar a

“rivalidades y descontentos” propios de las elecciones directas”.

la “riqueza y la propiedad”. Baldwin también pensaba que la "riqueza" debía ser representada en la cámara alta. Para Morris el

XIII- Las calificaciones para llegar al senado, y la defensa de la propiedad Los delegados de la Convención discutieron bastante tiempo acerca de qué calificaciones debían distinguir a los candidatos a senadores”. Al final, solamente hicieron referencia a la necesidad de que tales candidatos tuvieran una edad mínima, y cierta cantidad de años de residencia en el estado que los elegía. Ello, debido a la

senado debía estar formado por “la aristocracia absoluta, representando a «la gran propiedad combinada con los más distinguidos talentos”. Mercer también sugirió que en dicha cámara fuesen aseguradas la “riqueza y los talentos”. Según Pinckney, en el senado debía incorporarse a la “riqueza de la Nación”. Para los delegados de la Convención, la directa inclusión de la “gran riqueza y propiedad” en el senado, constituía la única forma de asegurar un tratamiento adecuado a tales intereses”.

común creencia de que tales características podían bastar, a los fines de asegurar funcionarios “mejor informados, y con mayor estabilidad de carácter”, según se establecía en El Federalista 62. Los

XIV- Número de senadores

convencionales parecieron asumir que, estas calificaciones, mas las

Habiendo establecido ya ciertas condiciones necesarias para la

elecciones indirectas, bastaban para restringir la elección de

elección de los miembros del senado, los delegados se concentraron

senadores entre la gente más “rica” del país.

luego en dos problemas adicionales: el del tamaño del senado, y el

Esta última creencia (la de que la cámara de senadores debía

de la duración de los mandatos de sus miembros.

representar a los sectores más ricos del país) puede ser verificada

Respecto del número de senadores que debía ser establecido, y

siguiendo los principios arriba señalados (conforme a los cuales se

extensos los senadores adquirirían “firmeza e independencia", y

entendía que las decisiones imparciales no dependían del debate

segundo, que tales condiciones les permitirían controlar a “la rama

mayoritario, sino de la profunda reflexión de unos pocos ciudadanos

más democrática” de la Constitución”. De acuerdo con Hamilton,

ilustrados), se fijo

muy reducido número de senadores. Esta

por ejemplo, era claro que el senado debía prevenir las

concepción fue explícitamente defendida en los debates, contra

“fluctuaciones e intrigas” de la cámara de diputados, y que para

aquellos que entendían que una adecuada representación de los

alcanzar este objetivo debía asegurarse que un reducido cuerpo de

estados requería la inclusión de mayores números”. Típicamente, se

senadores “exista por un considerable periodo”. De hecho, Hamilton

sostuvo el siguiente principio “si se aumenta [el número de

propuso que los senadores conservasen sus cargos de por vida.

senadores] se transmiten a ellos los vicios que están destinados a

“Cuanto más tiempo duren los senadores en sus cargos -lo ratificaba

corregir”.

Madison- mejor será para la estabilidad y la permanencia del

Notablemente,

los

convencionales

opositores,

aparentemente defensores de los derechos de los estados, coincidieron con este principio que implicaba tener un senado muy reducido'“.

gobierno”.

XVI- Juicio político Si el senado pasó a jugar un rol decisivo en el previsto mecanismo de juicio político (llevándolo adelante, luego de la acusación resuelta

XV- Duración del mandato de los senadores

por la cámara baja), ello se debió asimismo a razones de carácter

Los delegados atribuyeron también una enorme importancia al

elitista, Particularmente. se pensaba que los senadores debían

lapso de duración de los mandatos de los senadores. Nuevamente,

tomar un rol prominente en tales procesos, debido a las singulares

si acentuaron tanto esta idea, ello se debió a que asumieron que

capacidades que distinguían a sus miembros. Se presumía entonces,

largos mandatos iban a favorecer la capacidad de tales funcionarios

como se aclaró en El Federalista 65, que los miembros de la cámara

para la mejor toma de decisiones. Los presupuestos en juego tenían

alta

que ver con los siguientes: primero, que a través de periodos

imparcialidad” requerida en el juicio político. Los senadores,

“preservarían

[dadas

sus

capacidades]

la

necesaria

conforme a Hamilton, sabrían “dar el debido peso a los argumentos que motivaron el [juicio].

XVII- El ejecutivo, el senado, y el poder de celebrar tratados

Es interesante contrastar esta postura con la que presentaron los

con naciones extranjeras

constituyentes respecto a la posibilidad de tener a la cámara baja

Los delegados constituyentes depositaron el poder de firmar

jugando

proceso.

tratados internacionales, conjuntamente, en el ejecutivo y el

Fundamentalmente, los convencionales temieron la posibilidad de

senado. Para justificar esta asociación debieron defender, entre

que los diputados se dejaran llevar por influencias y ambiciones

otras cosas, por qué es que excluían a la cámara baja de semejante

personales. Estos temores (injustificadamente), desaparecían

proceso creador de leyes. Otra vez, la principal justificación de esta

cuando se pensaba en los miembros del senado. Por ejemplo, en El

decisión se basó en las especiales capacidades que, según ellos,

Federalista 66, Hamilton razonablemente reconoce que los

distinguirían a los miembros de tales cuerpos (el ejecutivo y el

senadores pueden tener muy especiales motivos para actuar con

senado). De hecho, estas fueron las únicas razones relevantes que

parcialidad: piénsese que el juicio político se puede llevar adelante

alegaron para decidir tal distribución de poderes”. Hamilton fue muy

contra funcionarios que ellos mismos han contribuido a nombrar, o

explicito en este sentido, afirmando que los poderes designados

contra el ejecutivo, con quien están unidos en numerosas tareas,

para la tarea de firmar tratados internacionales se diferenciaban por

como la de llevar adelante la política exterior. Sin embargo, y a

tener “un adecuado y muy amplio conocimiento de la política

pesar de estos razonables argumentos, que deberían llevar a

exterior; una firme y sistemática adhesión a los mismos puntos de

desconfiar del senado en dicha tarea, los “padres fundadores”

vista; una sensibilidad especial y uniforme hacia los intereses

disipaban lo dicho sosteniendo que “el sentido de responsabilidad

nacionales [como así también] decisión, secreto, y experiencia;

[de los senadores] y el interés que ellos tendrán en una

[virtudes estas que] resultan incompatibles con el genio de un

administración respetable y próspera, les inspirarán una suficiente

cuerpo tan variable y numeroso [como la cámara baja]”.

un

rol

más

predominante

disposición a actuar [correctamente]”.

en

este

XVIII- El número de diputados

interesante remarcar que, conforme a los delegados, tales

En más de una ocasión he discutido las razones que tuvieron los

condiciones eran deseables porque conducirían a “separar

delegados a la convención federal para preferir números reducidos

ampliamente [a 105 jueces] de la gente”. Para ellos, esta situación

en la integración de los distintos cuerpos de gobierno. Básicamente,

era obviamente beneficiosa a los fines de lograr la independencia de

se pensaba que “cuanto más numerosa fuese una asamblea (...)

tales funcionarios En este sentido, los convencionales rechazaban

mayor ser[ía] el ascendiente de la pasión sobre la razón”. Este

(correctamente) la alternativa de tener un poder judicial

principio de carácter elitista era contradicho por los oponentes a la

directamente dependiente de la ciudadanía, para pasar a apoyar

Constitución, que sostenían que una adecuada representación

(injustificadamente), una alterativa elitista: un poder judicial lo más

requería de cuerpos numerosos; o que la legislatura debía resultar

alejado posible de la gente. Esta última posibilidad, sin embargo,

un “espejo” de la ciudadanía, incorporando a ella todos los intereses

podía ser tan riesgosa como la anterior: al separar a los jueces de la

presentes más allá de sus propias puertas. Un adecuado sistema

ciudadanía, y hacer casi imposible la remoción de los mismos de sus

representativo -asumían estos- debía poseer “los mismos intereses,

cargos, la deseada neutralidad de los mismos podía resultar

sentimientos, opiniones, y puntos de vista de la gente”.

perfectamente afectada, por ejemplo, al darse lugar, así, a comportamientos meramente autointeresados en los jueces. Más

XIX- La independencia de los jueces

adelante voy a volver sobre los problemas propios de la justicia.

Una de las principales características asociadas con el poder judicial, antes y ahora, es la de representar un cuerpo “independiente” de

XX- Jurisdicción de las cortes estatales

todo tipo de interés particular. Según los miembros de la

Respecto de esta cuestión, los “padres fundadores” recurrieron

Convención Constituyente, los principales mecanismos para

nuevamente a la alterativa más elitista. En particular, este elitismo

asegurar esta independencia eran dos: modo indirecto de elección;

resultó claro en el modo en que contrastaron las (aparentemente)

y conservación de su cargo mientras dure su buena conducta. Es

parciales cortes locales, con las cortes nacionales. De acuerdo con

Hamilton, por ejemplo, “al no tener apegos locales [las cortes

más competente” para dicha tarea. Madison también rechazó la

nacionales] tenderán a ser imparciales entre los diferentes estados y

posibilidad de que la cámara baja participase en estas designaciones

sus ciudadanos y (...) debiendo su existencia a la unión, nunca se

afirmando que en ese caso los nombramientos resultarían viciados

sentirán movidas por sesgos impropios hacia los principios por los

por “intriga Y parcialidad.

cuales han sido creadas". El presupuesto, en este caso, era el de que los

miembros

de

los

tribunales

estatales

iban

a

estar

necesariamente sesgados en favor del “espíritu local", mientras que los miembros de los tribunales nacionales iban a resultar independientes de quienes los habían nombrado”.

XXII- Juicio por jurados en causas civiles De acuerdo con Hamilton, la objeción que resultaba más razonable de todas las que se habían opuesto a la Constitución propuesta por la convención era la que sostenía que no se había previsto el juicio por jurados en causas civiles. asignaba una enorme importancia a

XXI- Nombramiento de los jueces

tales juicios, dado que le permitían tomar parte decisivamente en el

El nombramiento de los jueces, y en particular de los miembros de

modo en que se administraba justicia dentro de la comunidad. Sin

la Corte Suprema, fue objeto de importantes discusiones en la

embargo, y para justificar apelo a la idea de que la ciudadanía

convención federal. Obviamente, estas discusiones estuvieron

común, bajo “la influencia de impresiones [impropias] no Iba a estar

reguladas por los mismos principios que vimos, repetidamente, en

capacitada para decidir correctamente a la vez que iba a carecer de

tomo de las elecciones indirectas. En particular, ellas se

los conocimientos necesarios para alcanzar tales decisiones”. Así con

concentraron en la cuestión de la intervención del senado en tales

este tipo de criterios los “padres fundadores" se oponían a otro

nombramientos, y el peligro de que cuerpos “numerosos” se vieran

fundamental reclamo mayoritario que resultaba propio de la

involucrados en dichos procesos. De acuerdo con Madison, por

práctica cotidiana en los estados miembros de la unión.

ejemplo, el nombramiento de los jueces debía ser realizado con la participación del senado quien “con un cuerpo más (…) selecto, sería

implementados. Del mismo modo, algunos de los presupuestos que

XXIII- El derecho a modificar la Constitución un

resultaban decisivos para los “padres fundadores” cayeron en

mecanismo muy complejo respecto de como reformar la

desuso o descrédito; y nuevas argumentaciones aparecieron para

Constitución. El deseo de dificultar la reforma de la Constitución

reemplazar a las justificaciones de raíz elitista que (según vimos)

Federal había reunido a un elenco de gente especialmente ilustrada

fueron las dominantes durante la convención constituyente norte-

en la tarea constituyente a pesar de la cuasi nula representatividad

americana. Luego de estos cambios, entonces, lo que conviene

de todos ellos Según Madison, en la Convención se habían reunido

preguntarse es hasta qué punto el actual sistema institucional puede

personas que “en un grado notable, aparecen exentas de las

ser impugnado por (supuestos) “vicios” que, en todo caso, habrían

pestilentes influencias propias del espíritu de partido”. Por otro los

sido característicos de un modelo de gobierno propio del siglo XVIII.

delegados también asumieron (injustificadamente), que una futura

La hipótesis que voy a mantener en esta sección es la siguiente: a

Convención se guiara meramente por una visión parcializada y

pesar de los cambios, el paso del tiempo, las nuevas justificaciones,

contraria al interés general.

etc., el sistema representativo que caracteriza a la mayoría de las

Los

convencionales

constituyentes

decidieron

adoptar

democracias modernas sigue respondiendo a los principios de tipo elitista con que éste fue concebido. En tal sentido, sostendré que las

Capítulo IV:

“novedades institucionales” que sobrevivieron en estos últimos tiempos no afectaron sino que, por el contrario, reafirmaron, los

El sistema representativo en la actualidad

rasgos elitistas que caracterizaron desde su origen al modelo político

Introducción

representativo. A continuación, voy a examinar diferentes aspectos

Con el paso de los años, numerosos hechos contribuyeron a modificar el tipo de sistema representativo diseñado en el siglo XVIII. Así, por ejemplo, algunos de los mecanismos creados en aquel período

perdieron

efectividad,

y

otros

nuevos

fueron

que actualmente distinguen a dicho sistema representativo, para mostrar las continuidades con las características que lo distinguían, siglos atrás.

preservándose a la vez la “última palabra” al respecto, modificó el

I. EL PODER JUDICIAL

(pretendido) equilibrio de poderes para otorgarle a los jueces (y en

I-A El control judicial de las leyes.

particular, a los miembros de la Corte Suprema) facultades

Tal vez la institución que más modificaciones sufrió, desde el

extraordinarias al respecto.

momento en que fue concebida, fue la del poder judicial. En

Las discusiones acerca de la plausibilidad o no del sistema de

particular, tales cambios aparecen vinculados con un creciente rol

control judicial de constitucionalidad se acumulan ya en una

del control judicial de constitucionalidad que, aparentemente, no

infinidad de escritos, por lo que no voy a pretender en este trabajo

había sido previsto en los debates constitucionales del siglo XVIII. En

sumarme a tales confrontaciones, o intentar ponerles término. Lo

efecto, en tales discusiones no se especificó explícitamente la

que, en cambio, puede resultar más relevante, es tratar de

capacidad del poder judicial para rechazar aquellas leyes que aparecieran contrariando a la Constitución. Si es cierto que en la convención constituyente norteamericana se discutió (y rechazó) la idea de contar con un “Consejo de Revisión” especializado en dicha tarea. También es cierto que algunos de los “padres fundadores”

determinar hasta qué punto estas modificaciones en el ejercicio del poder judicial implican también modificaciones en cuanto a lo que puede ser considerada la “validez moral” de esta institución. En este sentido, parece claro que los problemas de justificación que, en todo caso, pudieron señalarse a partir de los orígenes elitistas de

mostraron tener bastante claridad acerca de las funciones que

este poder, siguen estando presentes en la actualidad. Quiero decir,

habrían de corresponderle al poder judicial. Sin embargo, fue recién

los rasgos contra-mayoritarios del poder judicial se han tornado hoy

en 1803, y a través del caso “Marbury vs. Madison” (5 U.S., 1

más evidentes que nunca antes, hasta el punto de ser abiertamente

Cranch, I37, 1303) que la "revisión judicial de las leyes” quedó

reconocidos aún por los defensores de la institución. Este

establecida. En dicho caso se estableció claramente que era función

reconocimiento parece por completo razonable, cuando se advierte

del poder judicial la de interpretar las leyes y preservar la primacía

que una minoría de jueces (básicamente, desde la Corte Suprema)

de la Constitución, en caso de existir un conflicto entre ésta y

puede llegar a impedir que la voluntad de las mayorías (aún en el

aquellas. Esta capacidad judicial para rechazar la validez de una ley,

caso de práctica unanimidad) sea llevada adelante.

Una excelente ilustración acerca de los riesgos que son propios de

las mayorías, sino con la directa incapacidad de éstas para

este carácter contra-mayoritario del poder judicial, se presentó

manifestar y desarrollar adecuadamente sus preferencias. En este

durante el gobierno de Franklin Roosevelt, en los Estados Unidos. En

sentido, diría, son los derechos de la mayoría los que parecen estar

este caso, las medidas de reconstrucción económica conocidas

más en riesgo, dentro del actual ordenamiento político. Y, así como

como el “New Deal”, que contaban con un amplio respaldo

rechazamos una hipotética “dictadura de las mayorías”, aún más

democrático, resultaron durante años completamente bloqueadas

razones tenemos para rechazar una hipotética “dictadura de las

debido a que una minoría de jueces ultra-conservadores entendía

minorías”. Como sostuviera John Taylor, poco tiempo después de

que la Constitución no daba cabida a tales reformas. Sólo luego de

que el llamado control judicial de las leyes hiciera su entrada en

una severa crisis institucional, y de la amenaza presidencial de

escena, “la soberanía del poder judicial sobre la constitución y la ley

disponer la jubilación obligatoria de algunos de los jueces adversos,

(...), constituye una novedad anómala y carente de principios,

la Corte accedió a hacer lugar a tales (razonables) medidas de

desconocida para la teoría política, y capaz de convertirse en un

regulación económica.

instrumento de usurpación”.

Por supuesto, objetar esta condición “contra-mayoritaria” en la justicia, no implica necesariamente el defender un ilimitado derecho de las mayorías, para que éstas lleven adelante su voluntad, aún a riesgo de violar los derechos de alguna minoría particular. En este sentido, que exista alguna institución capaz de poner límites, fundamentalmente, al poder “mayoritario” del legislativo, bien puede resultar valioso. Sin embargo, en el actual estado de cosas, entiendo que el principal riesgo institucional que enfrentamos es más bien el contrario, y tiene que ver no con los posibles abusos de

Un ordenamiento institucional más orientado a respetar la autoridad del Parlamento (y así, al menos en principio, la de las mayorías sociales), bien podría establecer “frenos” que obliguen al mismo a reflexionar más cuidadosamente acerca de las leyes que propone, sin necesidad de quitarle a aquél la capacidad de prevalecer, al menos en áreas que tienen que ver con políticas públicas, y no con derechos individuales.

I-B El poder judicial en la protección de las minorías

“minorías”. En efecto, si los jueces (asumidamente) formaban parte

El poder judicial ha sido habitualmente justificado, antes y ahora,

de aquella misma “minoría selecta”, era de esperar que, al menos

como medio prácticamente insustituible en la protección de las

por autointerés, prestaran especial atención a la protección de los

minorías. Sin embargo, según voy a sostener, esta afirmación podía

miembros de su mismo sector social.

tener sentido años atrás, pero actualmente ha perdido mucho de su

Ahora bien, hoy ya no defendemos una definición “elitista”

posible valor.

de la idea de “minorías”; y, por otro lado, tampoco contamos

Para comprender la actual irrazonabilidad de la conexión entre

(afortunadamente, y según parece) con un poder judicial exclusiva-

“poder judicial” y “protección de las minorías” cabe recordar, antes

mente formado por miembros del sector social más aventajado de

que nada, ciertos presupuestos básicos propios del siglo XVlll. En

la sociedad (tal como ocurría, de forma relativamente abierta, en el

primer lugar, y según defendiera más arriba, los “padres

período “fundacional”). Luego, la relación más o menos obvia que

fundadores” asumieron una definición elitista de la idea de

antes se establecía entre “derechos de las minorías”, y “protección

“minorías”. Conforme a ellos, las “minorías” eran exclusivamente los

judicial”, queda destruida. Hoy, las “minorías” que nos interesan

grupos más privilegiados de la sociedad. De allí que, por ejemplo,

proteger son otras (digamos, los inmigrantes, las mujeres, los

cuando se hablaba de proteger los derechos de las minorías se

pobres etc.), y hay pocas razones para pensar que el poder judicial

estaba pensando en los sectores más favorecidos y no, por caso, en

va a sentirse especialmente motivado a defenderlas (como a veces

defender a los individuos que eran directamente esclavizados por

se presupone, y otras veces se aconseja). Quiero decir, no hay

los anteriores. En segundo lugar, debe recordarse también que los

mayores razones para presuponer que los derechos de las minorías

“padres fundadores” asumieron que el poder judicial estaría

vayan a estar protegidos de los posibles abusos mayoritarios, por el

formado por sujetos provenientes de los sectores más acomodados

solo hecho de que el poder judicial sea un organismo contra-

de la sociedad, y suficientemente “distanciados del pueblo”. A partir

mayoritario.

de los citados presupuestos, luego, resultaba razonable concluir que

Mi conclusión sería la siguiente: así como es no razonable

el poder judicial estaría especialmente motivado para proteger a las

pensar que las mayorías deben tener derecho a ejercer su voluntad,

sin mayores controles; también lo es el pensar que las “actuales

motivos de su adopción; etc. Las razones para explicar este tipo de

minorías" van a resultar protegidas. a partir de la mera existencia

fenómenos son muy variadas, y tienen que ver menos con la apatía

de organismos contra-mayoritarios. Dentro del actual contexto

ciudadana que con un sistema institucional particularmente

institucional, las “minorías” (en su conjunto) no tienen ninguna

“cerrado” a las mayorías.

razón para sentirse especialmente protegidas; y, tal vez mas

Principalmente, la actividad de los llamados “grupos de

gravemente, tampoco la tienen las mayorías.

presión” se intensificó y tornó más explícita con el paso de los años, reduciendo aún más los ya tenues contactos entre los

II. EL PODER LEGISLATIVO El poder legislativo también sufrió cambios decisivos, respecto de su organización original. Sin embargo, y tal como viéramos respecto del poder judicial, tales cambios reafirmaron (más que desmintieron) su carácter contra-mayoritario.

II-A Grupos de presión En primer lugar, parece claro que el poder legislativo resulta cada vez menos un órgano de representación popular. Si en algún momento se supuso que, al menos, la cámara de diputados iba a recoger la voluntad de las mayorías, ello ya no puede decirse en este tiempo, La ciudadanía suele desconocer a la mayoría de sus representantes; ignorar los temas que son tratados por ellos; desconocer las leyes que son aprobadas por el Parlamento, y los

representantes y el electorado”. Esta circunstancia, sumada a los largos mandatos de los legisladores; la carencia de medios para establecer controles efectivos sobre los representantes; etc., terminaron volviendo al sistema político mucho más sensible a las demandas de los “grupos de interés”, que a las demandas de la ciudadanía”.

II-B Comisiones parlamentarias, y carencia de deliberación En segundo lugar, el poder legislativo ya no responde al ideal Burkeano de constituir una “asamblea deliberativa de una nación, con un interés, el de la totalidad”. El Parlamento raramente toma sus decisiones en sesiones abiertas, enfrentando la necesidad de justificar las leyes ante el público, Por el contrario, la práctica habitual es la de que las principales decisiones legislativas se tomen

“detrás de la escena” en reuniones de comisiones, que pueden

mayorías, ni pretendemos que lo sea, aquel compromiso federal

resultar de interés para los grupos de presión, pero no para la

aparece dando lugar a situaciones más bien contra-intuitivas. Por

ciudadanía. Como sostuviera Carl Schmitt (y mas allá de las

ejemplo, el hecho de que la cámara alta participe en la creación de

soluciones normativas que él luego aconsejara), “las grandes

“todo” tipo de legislación y no, como podría pensarse, sólo en la

decisiones políticas y económicas (...) ya no resultan hoy (si es que

legislación que concierna a cuestiones `“federales”. De allí que nos

alguna vez resultaron), de las opiniones balanceadas en debates y

enfrentemos permanentemente a resultados poco razonables, como

contradebates públicos”. Hoy, “comités de partidos políticos y

el de que (sólo a modo de ejemplo), una ley de aborto o de

coaliciones, pequeños y exclusivos, toman las decisiones detrás de

regulación del consumo de estupefacientes, pueda resultar vetada

puertas cerradas [bajo la influencia de] grandes grupos de interés.

porque algunas “provincias” o “estados” la rechacen, y aunque la

Esto es, los mecanismos de “negociación”, tienden a reemplazar a

enorme mayoría de la población del país la respalde.

los de “discusión”, y la política de buscar el “mejor argumento”, tiende a ser desplazada por la de “componer los intereses de mayor peso”.

II-D Actividad extra-Parlamentaria En diversos sentidos, la labor del Parlamento ha comenzado a mostrarse como insuficiente e inefectiva. Por un lado, el número

II-C Pérdida de relevancia del senado

de cuestiones públicas que requieren de algún tipo de tratamiento

Al momento de su creación, el senado apareció como una

colectivo suelen sobrepasar la capacidad de trabajo de las cámaras

herramienta destinada a “moderar” el ineluctable "apasionamiento”

legislativas.

de las mayorías en la cámara baja; a la vez que representó una

conocimiento de muchos problemas de interés público que, al no

solución de compromiso, ante las dificultades para organizar una

resultar de especial relevancia para ningún grupo de interés, quedan

estructura federal de gobierno, En la actualidad, cuando (según

irresueltos lo resueltos de forma poco articulada) “fuera” de las

parece), ya no vemos al senado como “fuente moderadora” de las

puertas de Ia legislatura. Por otro lado, muchas cuestiones

De

hecho.

el

Parlamento

siquiera

accede

al

efectivamente tratadas por el Parlamento, resultan decididas

los orígenes del sistema representativo se asumió que el presidente

defectuosamente sólo debido a las dificultades de los legisladores

electo (y gracias al mecanismo de elecciones indirectas; o a las

para conocer la multitud de puntos de vista relevantes, y

especiales exigencias establecidas para encabezar el ejecutivo), iba

concernientes a la decisión en cuestión. El hecho es, en definitiva,

a ser un miembro de las llamadas “minorías selectas”, y que en el

que el Parlamento comienza a mostrarse cada vez más como

ejercicio de sus funciones iba a estar alejado del (pernicioso)

incapacitado para concentrar la labor normativa de la sociedad. Esta

contacto con la ciudadanía. Sin embargo (y al menos desde el arribo

actividad ha excedido a la legislatura, y no parece haber mayores

de la llamada “democracia Jacksoniana”), ha quedado en claro que

razones para seguir “concentrándola” dentro de ella”. Sin embargo,

el ejecutivo ha terminado por constituirse en uno de los órganos de

aún hoy sigue existiendo poco aliento y apoyo político a tales

más estrecha vinculación con el electorado. Esto es, el ejecutivo se

actividades extra-Parlamentarias.

encuentra claramente identificado por votantes, medios de comunicación, etc. (cosa que no suele ocurrir con los legisladores),

III. EL PODER EJECUTIVO La organización del poder ejecutivo también ha resultado afectada por el paso del tiempo. De todos modos, en este caso, como en los anteriores, permanece inalterado el carácter esencialmente elitista de la institución presidencial.

quienes cargan contra él frente a cada crisis de gobierno, y lo aclaman con exclusividad frente a toda política exitosa. Esta situación,

entonces,

pareciera

señalar

la

“muerte”

del

(aparentemente buscado) “elitismo presidencial”. Sin embargo, la mencionada conclusión aparece como básicamente errónea, apenas nos detenemos a analizarla con un poco más de detalle. Por ejemplo, el hecho de que la orientación y

III-A La “especial” vinculación del Presidente y el electorado

suerte del gobierno dependa en buena medida de las virtudes de un

Una primera aproximación a la actividad del poder ejecutivo

político particular, parece más bien contradictorio con cualquier

nos muestra -quizás de modo alentador- que el panorama no ha

posibilidad de organizar “democráticamente” a la sociedad, Esto es,

resultado el que los “padres fundadores” esperaban. En efecto, en

si queremos que nuestra comunidad tome sus decisiones

democráticamente, y entendemos que la democracia requiere de

III-B “Estado benefactor”, burocracia y agencias estatales

procesos (más o menos) intensos de discusión pública, en el que la

Otro decisivo cambio sobrevenido luego de la adopción del

ciudadanía esté protagónicamente involucrada, luego, el hecho de

actual sistema representativo, se vincula al desarrollo de numerosos

que las políticas públicas dependen exclusivamente de un individuo

cuerpos para-ejecutivos, como resultado propio de las políticas del

(por más abierto que éste se encuentre a “escuchar a las mayorías”),

llamado “estado bcnefactor”. En efecto, la infinidad de tareas de

debería resultarnos poco atractivo.

organización, regulación, y administración que deben afrontar las

Como cuestión práctica, además, debe señalarse lo inconveniente

democracias modernas han exigido a su vez la presencia de

que

múltiples organismos y agencias especializadas”. Al respecto, me

resulta

semejante

concentración

de

atención

y

de

responsabilidades en el presidente. Así, por ejemplo, cabe

interesa sostener que el impacto de las agencias del gobierno

considerar el hecho de que en la actualidad, toda caída de

resulta extraordinario para el análisis del persistente “elitismo”

popularidad en el líder de gobierno es capaz de provocar las más

ejecutivo. En particular, haría referencia a los siguientes motivos: en

profundas crisis de legitimidad del sistema político o, aún peor,

primer lugar, debe considerarse que los miembros de tales agencias

directamente su quiebra.

no son nombrados democráticamente, sino que resultan de una

En modo similar, el incremento de las tareas del ejecutivo; el

elección discrecional llevada a cabo por el ejecutivo. En segundo

hecho de que casi toda la legislación del estado se origine en dicho

lugar, también debe señalarse que los agentes del estado no

departamento; la extendida tendencia del ejecutivo a sobrepasar al

aparecen como responsables ante la ciudadanía, la cual carece de

legislativo para llevar adelante la política nacional a través de la

toda posibilidad cierta de controlar el desempeño de aquellos, o de

práctica

“novedades

exigir su renuncia. En tercer lugar, debe tenerse en cuenta que las

institucionales” propias de nuestro tiempo. Sin embargo, todas estas

mencionadas agencias tienen a su cargo, muchas veces, el

novedades, como las mencionadas anteriormente, merecen más

desempeño de tareas extremadamente importantes y sensibles para

nuestro repudio y temor, que nuestro apoyo, en caso de que

el sistema democrático (piénsese, por caso, en las agencias de

asumamos como deseable una política de base democrática”.

regulación de los medios de prensa 0 radiodifusión; las agencias de

de

decretos;

etc.,

también

resultan

control sanitario; etc.). De allí que la fabulosa extensión del estado

Capítulo V:

regulador, que ha constituido una típica novedad del siglo XX, resulte merecedora de una especial y critica atención. Esta

¿Cómo reforzar la relación entre representantes y

afirmación, obviamente, no implica en absoluto un cuestionamiento

representados?

de las políticas propias del “Estado de bienestar”, sino una objeción

Introducción:

al modo “poco democrático” en que tales funciones se han ejercido.

Una vez expuestos los rasgos “elitistas” propios del modelo

Como conclusión sostendría que, en efecto, el transcurso del

representativo, y luego de verificada la persistencia de tales rasgos

tiempo ha provocado la aparición de numerosas “innovaciones”

en la actualidad, la principal pregunta que nos hacemos es la

institucionales, que han modificado (muchas veces de modo

siguiente: ¿Existe alguna alternativa (concebible, deseable) al

sustancial) el funcionamiento del sistema representativo, Sin embargo, afirmaría de inmediato que, tales cambios, en líneas generales, sólo reafirmaron o tomaron más sólidos los principios de tipo “elitista” sobre los cuales aquel sistema había sido fundado.

actual modelo de “frenos y contrapesos”? Los “padres fundadores” del sistema representativo respondieron a dicho interrogante con una obvia negativa, sosteniendo que tal alternativa no existía, y que frente al modelo por ellos defendido sólo era posible contraponer una variante “populista”, claramente inaceptable. En la actualidad, aquel interrogante vuelve a plantearse frente a cada una de las múltiples “crisis” que suelen afectar a las “democracias”

modernas.

Otra

vez,

entonces,

la

solución

“populista” reaparece como una alternativa posible y otra vez (dados los múltiples problemas que suelen distinguir a esta solución “populista”) tal alternativa es rechazada. La conclusión, luego, parece ser la siguiente: en tanto y en cuanto no se presente una oferta institucional más atractiva que la que actualmente ofrece el

sistema representativo, las críticas al presente sistema van a seguir

Aclaraciones terminológicas

careciendo de fuerza efectiva.

Presentar una definición aceptable de la idea de “populismo”

A los fines de hacer posible una crítica adecuada al modelo

resulta una tarea extremadamente compleja, a pesar de los buenos

representativo vigente, en lo que sigue, procurare' demostrar que es

estudios que se han presentado al respecto. En esta sección, y sólo

posible objetara la esencia de dicho modelo sin la necesidad de

a los fines de establecer un marco muy general a mi análisis (y

verse forzado a apoyar una contra-propuesta “populista"`. Para ello,

dejando de lado las más difundidas aproximaciones a dicho

presentare una serie de mecanismos institucionales “alternativos”,

termino), voy a definir al “populismo”, simplemente, del modo

defendidos en su momento por los (así llamados) “populistas”, a los

siguiente: es la corriente política según la cual las decisiones

fines de reforzar los vínculos entre “representantes” y “representa-

públicas deben orientarse (exclusivamente) conforme a la voluntad

dos”. En cada uno de los casos mostraré, en primer lugar, las críticas

de las “mayorías”, y más allá de los posibles perjuicios que dichas

que tales mecanismos merecieron y que, finalmente, llevaron a su

decisiones puedan provocar respecto de los derechos de las

rechazo. Inmediatamente después, demostraré que a pesar de las

“minorías”, Conforme a la concepción que voy a asumir, para el

críticas presentadas, aquellas propuestas guardaban aspectos que

“populismo” la “voz de las mayorías” (en general, explicitada a

aún hoy pueden parecemos razonables. En tal sentido, procurare'

través del voto mayoritario) aparecería como una condición

señalar que es posible desligar a tales instrumentos “populistas”, de

suficiente para determinar cuál es la decisión política más

sus aspectos menos plausibles, para seguir oponiendo al actual

“correcta”, entre las posibles decisiones a tomar.

modelo representativo (“elitista”) un contra-modelo aceptable y

En los Estados Unidos, durante el siglo XVIII, la acusación

posible.

de "populista" apareció habitualmente dirigida contra los (así llamados) "antifederalistas"`. Esto es, contra los críticos del proyecto institucional de los “padres fundadores” del sistema político representativo. De aquí en mas, utilizare indistintamente los conceptos de “populistas”, y "antifederalistas”; del mismo modo

que usaré como sinónimos las nociones de padres fundadores”, y la

de las instrucciones, y el grado de independencia autorizado a los

de federalistas .

representantes, con posterioridad a los comicios. En este debate (celebrado en forma previa a las elecciones de Bristol de 1774)

I. INSTRUCCIONES A LOS REPRESENTANTES

Cruger defendió el derecho de instruir a la clase política, sosteniendo que los representantes debían ser los “sirvientes" y no

I-A En contra: los representantes como “meros portavoces”

los amos de sus electores, durante el tiempo que estuvieran en el

de los representados

poder . Burke. en cambio, defendió una completa independencia de

Una herramienta indispensable, dentro del más común catálogo de

los representantes luego de las elecciones, y sostuvo que la opción

reclamos populistas” es la de contar con un derecho a

defendida por Cruger sólo podía llevar al predominio de “propósitos

”instruir” la los representantes. Este derecho, específicamente,

y prejuicios locales”.

autoriza el establecimiento de mandatos imperativos”, por los

En la actualidad, la idea de instruir a los representantes se ha

cuales la ciudadanía constriñe a sus representantes a decidir de un

diluido notablemente, tal vez a partir de una mayor convicción

modo predeterminado por ella algunas cuestiones particulares. El

acerca de la importancia de contar con mandatarios relativamente

obvio objeto de este derecho es el de impedir (habituales)

independientes de los electores. Sin embargo. aún hoy se sigue

”distorsiones” de la voluntad popular, llevadas a cabo por

viendo la necesidad de justificar tal independencia, para lo cual se

representan es que, una vez electos, pretenden actuar con

recurre, habitualmente, al principio de que los políticos elegidos no

independencia de la voluntad de sus mandatarios.

pueden ser “meros portavoces” de sus electores. La idea es que, de

El reclamo por el derecho a las instrucciones fue, sin lugar a

otro modo, los representantes quedan maniatados, incapacitados

dudas uno de los que más irritó a los “padres fundadores” del

para discutir y refinar sus posiciones dentro de la asamblea

sistema representativo. De hecho, tal vez uno de los debates más

legislativa.

ricos y más recordados de aquel periodo “fundacional” fue el sostenido entre Edmund Burke y Henry Cruger, acerca de la validez

I-B A favor: instrucciones y obediencia al mandato popular

principios o criterios, ellos se ven impedidos de deliberar en todo lo

La práctica de instruir a los representantes, que voy a

que haga a la implementación de tales medidas. Esto es, las

defender, resulta bastante más plausible de lo que sus críticos se

instrucciones cierran ciertas “avenidas” a la libertad de acción de los

preocuparon en demostrar. Según vimos, los “padres fundadores”

legisladores, pero requieren de su acción y discusión en una

del sistema representativo asociaron (exitosamente) la idea de

infinidad de cuestiones conexas a las previamente delimitadas por

dictar instrucciones con la de “maniatar” a los representantes, e

instrucciones (y, obviamente, en todas aquellas otras no

impedirles discutir libremente. Sin embargo, tal asociación entre

sujetas a instrucciones).

“instrucciones”, e “incapacidad de deliberar libremente”, resulta

Como conclusión, diría que las instrucciones responden al

menos obvia de lo que aquellos intentaron demostrar.

plausible intento de “acortar las distancias” entre representantes y

En primer lugar, se observa una falacia en la afirmación de que,

representados; e impedir (hoy muy comunes) “desentendimientos"

porque los representantes son instruidos respecto de ciertas

de aquellos políticos electos, en relación con la voluntad de aquellos

cuestiones específicas, ellos resultan incapacitados de actuar, sino

que los votaron.

como meros “voceros” de sus representados. Claramente, lo único que las instrucciones hacen (o procuran hacer), es asegurar ciertos resultados legislativos, en materias que se consideran de primera importancia, o que preocupan especialmente a la ciudadanía. Esto es, los legisladores quedan libres de deliberar a discreción a lo largo de sus mandatos, y en un amplísimo abanico de temas, aunque estén impedidos de hacerlo en algunos asuntos y ocasiones muy puntuales. En segundo lugar, se presenta una nueva falacia en la afirmación de que, porque los representantes son instruidos respecto de ciertos

II. UNI CAMERALISMO II-A En contra: sistema unicameral y “decisiones apresuradas” Entre las medidas institucionales más notables defendidas por los llamados “populistas”, se encuentra la de un sistema legislativo unicameral. Esta propuesta, desde su nacimiento, tuvo un carácter fuertemente contestatario frente a la (por entonces naciente, pero ya poderosa) idea de los “frenos y contrapesos” que requería la adopción de otro modelo legislativo, de tipo bicameral.

La idea de contar con un legislativo unicameral, básicamente,

II-B A favor: unicameralísmo vs. aristocratismo

implicó el rechazo de la institución del senado como cámara

En los orígenes del sistema representativo, gente como

madura y de control, sobre la cámara de diputados, directamente

Thomas Paine percibió que el principal propósito de establecer una

representante de la ciudadanía. La inauguración de este sistema se

cámara de senadores no era la de obligar a una mayor reflexión en

dio en el muy “radical” estado de Pennsylvania (y poco después, en

la labor legislativa, sino la de asegurar un mayor poder para las

Georgia y Vermont), bajo la decisiva influencia de Thomas Paines.

“minorías” más favorecidas de la sociedad. Según Paine, el sistema

A Para quienes se opusieron al unicameralismo, la principal

bicameral “siempre admite la posibilidad, y es normalmente éste el

idea era la de que este tipo de sistemas resultaba “frecuentemente

caso en la práctica, de que una minoría gobierne a la mayoría”. De

influido por los vicios, excesos. pasiones y prejuicios propios de los

allí que, el rechazo de los “populistas” al sistema bicameral

individuos”. Inmediatamente, se agregaba un argumento que hoy

estuviese motivado en un rechazo al senado y sus implicaciones, y

también podríamos compartir, según el cual la existencia del

no en un rechazo a la posibilidad de tomar más “reflexivo” el

bicameralismo previene la adopción de “decisiones apresuradas"

sistema de toma de decisiones. El criterio que mantuvieron los

(aparentemente propias del unicameralismo), al obligar a que cada

“populistas”, entonces, fue el siguiente: es deseable contar con un

proyecto de ley sea separadamente discutido por dos cámaras

modelo institucional que prevenga la adopción de decisiones

diferentes; y “retrasar” en el tiempo la posible aprobación

“meramente apasionadas”, pero el senado no responde a dicho

(precipitada) de una ley. Esto es, el bicameralismo apareció como

propósito”.

una forma del argumento de “divide y reinarás”, susceptible de

El modelo unicameralista que fue defendido en Pennsylvania,

introducir mayor “racionalidad” en la toma de decisiones.

en tal sentido, fue provisto de una diversidad de mecanismos

En la actualidad, la idea del bicameralismo se muestra como

adicionales, tendientes a asegurar un mayor grado de “reflexión”

una idea relativamente indiscutible, un presupuesto indispensable

del legislativo en la toma de decisiones e impedir así la adopción de

con el que debe contar cualquier sistema institucional.

medidas “apresuradas”, o motivadas por la “mera pasión”. Así, por ejemplo, se estableció constitucionalmente la obligación de

presentar al publico cada proyecto de ley, antes de que estos puedan ser convertidos en leyes; se dispuso la novedosa medida de abrir las sesiones del legislativo a la ciudadanía; etc. Tal vez la prueba más clara de que, en su defensa del “unicameralismo”, los “populistas” querían oponerse al senado pero no a la posibilidad de contar con un sistema “deliberativo” sea la siguiente. Thomas Paine, el más importante defensor del sistema unicameral, acosado por una diversidad de críticas frente a su propuesta, sugirió la adopción de un modelo “multicameral”, capaz de asegurar una mejor discusión legislativa, entre diversas cámaras. Sin embargo, Paine volvió a señalar que en dicho Sistema “multicameral” no debía incluirse ninguna institución semejante al senado (esto es, de tipo aristocrático y formada por “intereses diferentes”), SÍ lo que en verdad se quería era, simplemente, el multiplicar las instancias de discusión legislativa. En la actualidad, muchos de los criterios defendidos por aquellos “radicales,” pueden aun resultar plausibles frente a un senado que (aunque ya no responda, al menos tan abiertamente, a principios aristocráticos) sigue apareciendo con una función legislativa que según viéramos en el capítulo anterior- resulta muy difícil de comprender y justificar.

III. ELECCIONES FRECUENTES lll-A En contra: “la voz del pueblo [no] es la voz de Dios” Otra herramienta habitualmente exigida por los “populistas” consiste en la recurrencia frecuente al sufragio, a los fines de que cada decisión importante responda a la voluntad de las “mayorías” Esta ambición tiene, obviamente, mucho de razonable pero en tanto y en cuanto ella no implique, como muchas veces suele ocurrir, una sobreestimación del valor de las elecciones, o una desconsideración hacia los derechos de las minorías. En particular los “populistas” pueden ser objetados a raíz de este tipo de inclinaciones, originadas en un implícito presupuesto según el cual, de algún modo, la voluntad de la ciudadanía resulta una “infalible” indicación de lo que es “correcto”. En los orígenes del sistema representativo, los críticos del “populismo” pusieron un especial énfasis en este punto, señalando que aquellos actuaban bajo la equivocada creencia de que “nada hay tan sagrado como su propia voz, que es la voz de Dios”. En la actualidad, el llamado pensamiento “progresista” (para muchos, simplemente, el “populismo” moderno), aparece nuevamente recurriendo a aquella exagerada confianza en la voluntad popular, y propone remediar los déficits del sistema representativo

a través de una cada vez mayor “participación” de la ciudadanía en

individuales, independientes unas de otras”. Es este cuadro

los asuntos públicos”. En este sentido, las principales reformas

entonces, y en especial, el que toma especialmente inadmisible un

institucionales aconsejadas por ellos consisten, muchas veces, en la

reclamo que ha figurado, tradicionalmente, entre los más habituales

adopción de mecanismos que “favorezcan la expresión de la

de los presentados por los “populistas”.

voluntad popular”. Plebiscitos, referéndums, consultas populares, entonces, aparecen como los instrumentos más aconsejables dentro de la mitología de los defensores de la participación de las “mayorías”. Sin embargo, en todos estos casos, el énfasis en la manifestación “directa” de la voluntad de la ciudadanía, deja de lado el aspecto más importante de los que están en juego, que se vincula con la "calidad" de las decisiones a tomar. En efecto, tal vez la principal virtud de que la ciudadanía participe del proceso de toma de decisiones reside en que la sociedad, en su conjunto, pueda reflexionar acerca del mejor modo de gobernarse a sí misma. Esto requiere, al menos, que cada individuo pueda corregir o re-orientar sus opiniones, a la luz de los reclamos y pretensiones de los demás. El voto de por si, en cambio, no implica ninguna instancia particular de encuentro entre los ciudadanos. Esto es, si los individuos concurren a las urnas sin haber enfrentado una etapa previa de discusión, luego, lo que aparecía como un (valioso) proceso de acción colectiva, se convierte en una mera sumatoria de opiniones

III-B A favor: “cuando las elecciones anuales se eliminan, comienza la esclavitud” En lo que hace a la habitual recurrencia al sufragio parece claro que, en un sistema que pretende reflejar la voluntad de la sociedad lo mas ecuánimemente posible, la utilización del sistema de elecciones es indispensable. Las argumentaciones “antipopulistas” son acertadas, de todos modos, si se remiten a desaconsejar la recurrencia al voto sin el paso previo de la discusión. Ahora bien, existe al menos otro punto no trivial, en aras de defender una más o menos constante apelación a la voluntad popular. Los “populistas” hacían bien, posiblemente, en reclamar una mayor frecuencia en las consultas a la ciudadanía, en momentos en que se comenzaba a proponer, como absoluta novedad, la adopción de mandatos prolongados. En efecto, en las tempranas democracias norteamericanas, el principio dominante en materia de elecciones exigía la celebración de elecciones anuales. Se

entendía,

por

entonces,

que

los

mandatos

prolongados

determinaban la aparición de representantes alejados de sus representados, y sin un (necesario) sentido de responsabilidad respecto de los mismos.

conveniente (al terminar, por ejemplo, desmotivando a los electores). Sin embargo, las dudas respecto de la practicidad de tal principio, no nos deben llevar a desconocer los peligros de adoptar otros de tipo opuesto (como, por ejemplo, autorizar mandatos

contemporáneamente,

El derecho de revocar los mandatos de los representantes

presentaron los “populistas”. Aunque no reconoce mayores

puede implicar una práctica costosa, difícil, y hasta poco

desalentar

IV-A En contra: re representantes “sin una voluntad propia” constituyó, desde siempre, uno de los reclamos más poderosos que

Es claro, el principio de celebrar elecciones periódicamente

extensos;

IV RE VOCATORIA DE MANDATOS

las

consultas

podemos

populares-;

comprobar algunas de

etc.): las

“indeseables” consecuencias que se derivan de este tipo de medidas. Así, la existencia de representantes que, advirtiendo la distancia que media entre un proceso electoral y otro, toman el voto popular como una especie de “autorización abierta” para ejercer el poder más o menos discrecionalmente, y hasta poco antes de la celebración de los nuevos comicios. Este tipo de circunstancias, tan habituales en nuestra época, ayudan a reconocer la importancia de las intuiciones de los “populistas” del siglo XVIII.

antecedentes en la práctica constitucional, este reclamo fue típico en la voz y los escritos de los “populistas”, en su disputa contra la propuesta Constitución norteamericana. En este sentido, por ejemplo, los estados de Rhode Island y Nueva York exigieron formalmente la inclusión de tal derecho, al momento de ser consultados acerca de que reformas debían incluirse en la Constitución nacional. Para los “padres fundadores”, la exigencia del derecho de revocatoria resultó siempre inaceptable, ya que amenazaba con desvirtuar al sistema de representación. Así, se sostuvo que la revocatoria de mandatos iba a transformar a los legisladores en individuos “[sin] una voluntad propia (...) y siempre serviles a los criterios de [sus] Estados”, Según Hamilton, la incorporación de tal derecho iba a promover la presencia de legisladores exclusivamente movidos “por los prejuicios de sus Estados, y no por el bien de la unión”. Este tipo de críticas, mantienen su actualidad, y

muestran algunos de los probables defectos que caracterizarían a

de que, aún luego de las elecciones, el pueblo seguía siendo

medidas como las citadas.

depositario del poder. Sostuvieron entonces que “cuando una persona autoriza a otra a llevar adelante un cierto trabajo en su

IV-B A favor: revocatoria de mandatos y aumento de la

nombre debe retener el poder de reemplazarla”.

responsabilidad de los representantes Históricamente, el reclamo por el derecho de revocatoria

V A UMENTO DEL NÚMERO DE REPRESENMNTES

comenzó a tomarse más intenso a partir de la pérdida de vigencia

V-A En contra: la imposibilidad de deliberar en “asambleas

del (tradicional) principio de las “elecciones anuales”. Con razón,

gigantescas”

los “populistas” adujeron que si se prolongaban los mandatos más

Otra clásica demanda “populista”, fue la de incrementar el

allá de un año, los electores debían pasar a contar con alguna

número de los miembros del legislativo. El presupuesto detrás de

herramienta adicional para controlar a sus elegidos. Los mandatos

este reclamo era el de que aumentando el número de

prolongados -según ellos- podían llevar a que los representantes se

representantes, indefectiblemente, se iba a incrementar también el

desentendieran de sus votantes, y comenzaran a actuar con

grado de representatividad de la asamblea. Esto es, se asumía que

autonomía respecto de estos.

cuanto mayor fuera el número de representantes electos, menor

En la actualidad, aquellos cuestionamientos “populistas”

sería el riesgo de que las mayorías quedasen marginadas del poder

parecen guardar plena vigencia. En efecto, hoy presenciamos

Fue así como los llamados “populistas” comenzaron a sostener que

frecuentemente los casos de mandatarios que, al día siguiente

la asamblea debía poseer los mismos intereses, sentimientos,

mismo de haber sido electos, anuncian medidas y planes de

opiniones, y puntos de vista de la gente, hasta llegar a ser un

gobierno contradictorios con sus promesas pre-electorales, De allí

“retrato de la sociedad”.

que, en su momento, los llamados “populistas” no hayan hecho más que tratar de frenar un mal previsible, apelando a la razonable idea

Este tipo de criterios fue sistemáticamente resistido por los “padres fundadores”. Las razones que dieron para ello fueron, en

parte, meramente elitistas, como la idea de que “cuanto mayor es el

(inminente) riesgo de ver convertidos los órganos representativos

número de los miembros de una asamblea [mayor es] la

en reductos de la “aristocracia”. En efecto, tal vez no haya habido

ascendencia de la pasión sobre la razón”. Sin embargo, en su carga

creencia más difundida, entre los primeros críticos del sistema

“antipopulista” también presentaron argumentos de mayor peso,

representativo, que aquella según la cual la clase dirigente

como el de que en las asambleas masivas (aparentemente apoyadas

conservadora estaba diseñando un sistema exclusivamente a su

por los “populistas”) resultaba imposible discutir ordenadamente.

medida. De allí que, desde todos los rincones de los Estados Unidos,

Contemporáneamente, teóricos políticos de primera importancia,

comenzaran a aparecer críticas frente a (lo que se preveía como)

como Giovanni Sartori, han retomado aquellos juicios para sostener

“un gobierno que dará absoluta predominancia a los designios de

principios como el de que “cuanto mayor [es el número de los

los [llamados] bien-nacidos”, un gobierno en las manos de “unos

individuos que participan en el proceso de discusión], mayores son

pocos nobles”, etc.”.

los costos de la toma de decisiones”. Esto es, asambleas gigantescas

Por otro lado, la defensa de un incremento en los legisladores

pueden tomar muy difícil la deliberación y, aún peor, pueden dilatar

vino a contraponerse a un principio más importante, de origen

infinitamente el logro de acuerdos y la consiguiente toma de

Burkeano. Según este principio (propio de la idea de una

decisiones.

“representación virtual”), bastaban unos pocos representantes “bien ilustrados”, para que las preferencias de la totalidad de la

V-B A favor: asambleas numerosas como medio para mejorar la representación de la ciudadanía La defensa que los “populistas” hicieran, respecto de un incremento en el número de representantes, tuvo más sentido del que sus oponentes quisieron mostrar. En primer lugar debe señalarse que, históricamente, y según adelantara, tales “populistas” percibían un

población quedasen en buen reparo. Conforme a esta visión, no era necesaria siquiera la participación de la ciudadanía a través del voto. Sólo se requería contar con legisladores especialmente calificados. En este sentido, los “populistas” aparecieron reaccionando críticamente, y con buena razón, a los fines de resaltar la inaceptabilidad de criterios como los citados. En la actualidad, esta discusión tal vez no merezca la importancia

que pudo tener en el pasado. De todos modos, cabe reafirmar algo

los de North Carolina y Georgia, se obligaba a la rotación del

que sostuviera más arriba; parece claro que el poder legislativo, tal

gobernador, y de los más altos funcionarios ejecutivos”.

como hoy está organizado, encuentra enormes dificultades para

En la convención constituyente norteamericana no se hizo

“representar” adecuadamente a la ciudadanía. En este sentido, tal

frecuente alusión a las razones de por qué se rechazaba tal

vez, aquellos reclamos por un incremento en el número de

principio. De todos modos, hoy, como entonces, la noción de

legisladores deban traducirse hoy en reclamos algo diferentes, en

rotación aparece contradiciendo una aspiración aparentemente

favor de ampliar las posibilidades de expresión de la ciudadanía,

valiosa para todo gobierno representativo. Fundamentalmente, se

fuera del Parlamento.

sostiene que la obligatoriedad de la rotación impide que los representantes tomen real contacto con sus cargos; conozcan los

VI. ROTA CIÓN EN LOS CARGOS

“secretos” propios de los mismos; y desarrollen las destrezas exigidas por tales puestos.

VI-A En contra: la necesidad de cantar con representantes

Por otra parte, y también razonablemente, se sostiene que la

experimentados

obligatoriedad

El principio de rotación en los cargos impedía la reelección

motivaciones a los representantes. En efecto, la idea es que los

inmediata de aquel que había sido electo. Este principio no sólo

representantes pueden perder saludables estímulos hacia el

resultó insistentemente remarcado en los escritos de los

desarrollo de una fructífera obra legislativa: sabiendo que,

“populistas”, sino que además fue comúnmente puesto en práctica

cualquiera sea el resultado de su gestión, van a ser removidos de sus

en la mayoría de los estados norteamericanos, en los años previos al

puestos, los legisladores encuentran menos razones para esforzarse

dictado de la Constitución. Por ejemplo, las Constituciones de Nueva

en desarrollar una buena labor.

York, Delaware, y Virginia, regulaban así la posibilidad de reelección de sus senadores; en Pennsylvania se restringía dicha posibilidad aún en la cámara baja. Más aún, en los mencionados estados, más

de

la

rotación

puede

quitar

importantes

VI-B A favor: los males de contar con “representantes de por

En este sentido, por ejemplo, la rotación puede animar a intervenir

vida”

en la actividad pública a individuos que, de otro modo, verían muy

Las razones para apoyar el principio de rotación fueron, y

difíciles sus posibilidades de intervenir exitosamente en política.

siguen siendo, numerosas y muy aceptables. Una primera cuestión, a la que los “populistas” otorgaron fundamental importancia, fue sintetizada en la idea de que “si no existe exclusión a través de la rotación, [los representantes van a tender a] continuar de por vida”. La razonabilidad de este criterio aparece confirmada ampliamente en la actualidad, con representantes que, desde sus puestos, suelen trabajar casi con exclusividad para retener los mismos3°. Los “populistas”, escépticos por naturaleza respecto de los “efectos” derivados del ejercicio del poder, acostumbraron a asociar la idea de “ausencia de rotación”, con la de "mandatarios corruptos". Históricamente, además, la idea de rotación en los cargos apareció como necesaria cuando los representantes debían ejercer sus mandatos “a miles de millas de distancia”. Sin rotación en los cargos, se asumía, cada comunidad iba a verse gobernada desde la distancia, por individuos que (cada día más) perdían contacto con sus votantes. Finalmente, tanto ayer como hoy, el principio de la rotación promete una mayor apertura de la política a la ciudadanía común.

Conclusión Como conclusión de lo señalado hasta aquí, sostengo lo siguiente: Existió y existe una alternativa “populista” al (todavía vigente) modelo “elitista” de representación que, como tal, resulta muy poco atractiva. Sin embargo, ello no quita que muchos de los principios defendidos por aquellos “populistas”, hayan resultado importantes en su tiempo y sugieran, aún hoy, razonables pautas para cuestionar al sistema de “frenos y contrapesos”. En este sentido, me importaba mostrar la posibilidad de apoyar algunos de tales cuestionamientos. y algunas de tales propuestas, sin tener que recurrir necesariamente a implausibles argumentaciones de tipo “populista”, Así también, entiendo que es posible encontrar en aquellos mecanismos institucionales “alternativos”, criterios todavía

valiosos

acerca

de

cómo

reforzar

la

relación

entre

“representantes” y “representados”, ya sea intensificando los controles de la ciudadanía sobre sus mandatarios, ya sea mejorando el grado de representatividad de estos últimos.

Capítulo VI:

diferencia entre la justificabilidad o no de un cierto mecanismo institucional? En lo que sigue, voy a intentar responder a este tipo

Discusión pública e instituciones políticas

de interrogantes, defendiendo a la vez la idea de orientar el sistema

Introducción

institucional, cada vez más, hacia la promoción de la discusión

En la sección anterior, intenté defender algunos mecanismos

pública.

institucionales “alternativos” a los actualmente vigentes, y capaces

Virtudes de la deliberación

de reforzar la (hoy aparentemente debilitada) relación entre “representantes” y “representados”. Para llevar adelante dicha tarea, impidiendo que tales mecanismos fuesen objetados como “instrumentos populistas”, me fue necesario demostrar que ellos requerían, o al menos no eran incompatibles, con la idea de discusión pública. Así, por ejemplo, sostuve que el derecho de “instruir” a los representantes podía resultar aceptable, en tanto y en cuanto no implicara privar a aquellos de la capacidad de discutir libremente. Del mismo modo, sostuve que el “unicameralismo” podía resultar plausible, en la medida en que se garantizase una. Adecuada discusión de las medidas legislativas; que un aumento en el número de representantes podía justificarse mientras ello no obstaculizase decisivamente la discusión entre los mismos; etc. Ahora bien, la pregunta que aparece entonces es la siguiente: ¿por que otorgar central importancia a la deliberación? ¿A qué se debe que la presencia o la ausencia de discusión marque la

Como modo de defender la importancia de contar con un sistema deliberativo sostendría, ante todo, que ella resulta un elemento central dentro de cualquier sistema político, debido a que su presencia ayuda a mejorar el proceso de toma de decisiones. De entre los posibles beneficios que pueden derivarse de la deliberación, enumeraré los siguientes: Una primera virtud de la deliberación, es la de que puede contribuir a descubrir errores lógicos y fácticos, en el razonamiento de aquellos que están tomando parte de la discusión. A través de la deliberación, uno debe presentar sus criterios frente a los demás, y este “control externo” puede contribuir enormemente a descubrir fallas en los argumentos presentados por uno. Por ejemplo, alguien puede demostramos que nuestras propuestas están en conflicto con otras propuestas que también procuramos defender; o que de nuestras mociones derivan consecuencias que no estamos

dispuestos a defender; o, directamente, que estamos cometiendo

Deliberación elitista

errores lógicos en nuestros juicios.

Aunque los beneficios citados muestran algunas de las virtudes

La deliberación puede ser importante no sólo por su función

propias de la deliberación lo cierto es que, aún así, un sistema

“negativa” de prevenir errores, sino también por sus efectos

político deliberativo podría resultar igualmente inaceptable. En

“positivos,” en la provisión de información, contribuyendo así a

efecto, piénsese, por ejemplo, en el modelo representativo

expandir el panorama de las alternativas entre las cuales optar. Esto

concebido por Edmund Burke. En este caso, la deliberación jugaba

es, una persona puede dejar de lado algunas alternativas por el

un papel central (el Parlamento debía ser, en tal esquema, una

mero desconocimiento de las mismas; o puede dejar de reconocer

asamblea deliberativa permanente, etc.), pero ello ocurría dentro de

ciertos puntos de vista que preferiría a los suyos, sólo porque no

un esquema abiertamente elitista. De hecho, conforme señalara

está informado respecto de los mismos.

Hanna Pitkin, dentro del sistema “deliberativo” defendido por

Otro importante beneficio de la discusión deriva de su carácter

Burke, el gobierno se ejercía “a través de una elite (...), y las

educativo. Quiero decir, el proceso deliberativo, por el cual la gente

elecciones [aparecían sólo como] el medio para encontrar dicha

intercambia opiniones, escucha los argumentos de otros, etc.,

elite”. En este modelo, en efecto, la mayoría de la población

provee una excelente oportunidad para la autoeducación de

quedaba al margen del proceso deliberativo de gobierno, dado que

quienes debaten; el mejoramiento de su habilidad de razonamiento;

sus opiniones eran consideradas “apresuradas, apasionadas,

y el desarrollo de su capacidad para convivir con otros. De todos

prejuiciadas, [y] sujetas a fluctuaciones (...) violentas”.

modos, es claro, sostener que la deliberación favorece este tipo de

Voy a reservar la denominación de “modelo de deliberación

resultados no implica decir -según veremos-que los produce

elitista”, para aquellos modelos de gobierno en los que -como

necesariamente, ni de forma exclusiva.

ocurría con la propuesta de Burke- se otorgue un papel central a la deliberación política, pero asumiéndose a la vez que dicha discusión debe reservarse a un grupo “selecto” de individuos. Nótese, en este caso, la discusión no se concentra en los representantes dada la

“imposibilidad práctica” de llevar adelante una discusión más

William Riker retoma tales principios “elitistas”, para sostener que la

amplia; sino debido a la convicción de que las discusiones más

promoción de la participación política de la ciudadanía concluye,

“abiertas” resultan indeseables, peligrosas, tendientes a los

inevitablemente, en los “odios y

“apasionamientos” y “excesos”

populismo”“. Joseph Schurripeter toma una dirección similarmente

En este sentido, por ejemplo, el sistema representativo diseñado en

elitista, al defender el actual sistema de partidos políticos bajo la

los Estados Unidos, también podría ser considerado un “modelo

presunción de que la ciudadanía es incapaz de actuar y manifestarse

deliberativo elitista” en la medida en que en él también se

articuladamente.

promovía, exclusivamente, una “deliberación entre elites políticas”,

Más difícil resulta, en cambio, pronunciarse acerca del

mientras se desalentaba la discusión fuera de la cerrada esfera

carácter de lo que se ha dado en llamar, contemporáneamente,

del gobierno. Para Madison, según viéramos, la democracia

“democracia asociativa”. Estoy haciendo referencia, en este caso,

resultaba un sistema con “una multitud de personas [incapaz de

al ideal de extender la deliberación política, desde los órganos de

llevar adelante] una deliberación regular y medidas concertadas”.

gobierno, hasta algunos grupos externos a ellos (desde asociaciones

Hamilton, del mismo modo, señalaba que “el espíritu de facción

de lobby, y sindicatos, hasta sociedades de caridad). La idea es que

[tiende a] introducir su veneno en las deliberaciones de todos los

tales grupos, protagónicos en la actualidad, son capaces de

cuerpos [numerosos, y] urge a sus miembros a la toma de medidas

introducir información indispensable para el buen funcionamiento

impropias y excesivas”. De allí que la deliberación política debía

del sistema político; proveer a la “educación” de sus miembros; dar

ser llevada adelante, básicamente, por un “grupo selecto” de

representación más “directa”, a individuos que carecerían de ella

individuos, capaces de “conocer y tomar en consideración los

por otros medios; etc. De allí que -sostienen sus defensores-puede

intereses de sus representados, en sus discusiones”.

resultar importante hacer explicito el reconocimiento del rol de

Este tipo de criterios “elitistas”, según entiendo, siguen

tales grupos, dándoles un status “semi-público” ; subvencionarlos;

siendo defendidos en la actualidad, por muchos convencidos

y promover la discusión entre ellos. Para Jane Masbridge (quien

defensores del sistema político representativo. Así, por ejemplo,

concentró su estudio, especialmente, en los llamados “grupos de

opresiones propios del

interés”), por ejemplo, “los grupos de interés juegan un rol central

“deliberación corporativa”. Similares reservas, según entiendo,

en el proceso político deliberativo”, y debe ayudarse a que ellos

debieran dirigirse frente a otras versiones contemporáneas de la

adquieran un rol más protagónico en la discusión política

llamada “democracia deliberativa”.

contemporánea“. Según Paul Hirst, los “mecanismos corporativos de consulta y negociación resultan un suplemento vital de la democracia representativa”. Este “corporativismo” -según su opinión- es capaz de “reforzar más que debilitar a la democracia”. La ambición de muchos de estos autores, al defender la “deliberación entre asociaciones”, es la de ampliar los espacios de la discusión pública, lo cual (teniendo en cuenta los estrechos marcos de nuestro sistema representativo; y asumiendo la practicidad de tal alternativa “deliberativa”), tal vez sea en efecto posible. Sin embargo, es claro que surgen dudas acerca del grado de “apertura” que la deliberación entre “grupos” puede ofrecer, teniendo en cuenta que buena parte de la ciudadanía no participa activamente en ninguna de estas asociaciones; que éstas difieren enormemente entre ellas, en cuanto a su poder y capacidad de influencia; que los mencionados grupos suelen reproducir en ellos una organización oligárquica y jerárquica; etc.. En este sentido, el riesgo es el de que, bajo la ilusión de “abrir la discusión pública”, simplemente, se estén gestando las bases para un nuevo tipo de “deliberación elitista” o, como la misma Jane Masbridge reconoce, una

Deliberación pública la idea de imparcialidad Contra la propuesta de que la discusión política se concentre en una elite de representantes (o en una diversidad de grupos con intereses diferentes), es posible defender un ideal distinto. que llamaré, de manera simple, el ideal de la “discusión pública". Conforme con este ideal de la “discusión pública”, el debate político debe estar abierto a todos aquellos potencialmente afectados por las decisiones que en él van a tomarse. Más aún, en este caso, el hecho de que la discusión pueda quedar concentrada en unos pocos “elegidos”, se asume como un problema, y no como una virtud del sistema institucional (tal como podía asumirse, conforme al modelo de “deliberación elitista”). Para apoyar la plausibilidad de un sistema político basado en la idea de la discusión pública propondría, en principio, las siguientes dos ideas. En primer lugar, la deliberación pública es consistente con nuestra intuición acerca de la existencia de una igualdad básica, que niega que un particular grupo de gente se

encuentre en posesión del conocimiento de las necesidades de la

que adoptan una visión “elitista”, ya que estos sostienen (explicita-

colectividad. Esta intuición, que hoy resulta más o menos obvia, no

mente o no), que sólo unos pocos individuos, especialmente

era compartida por los “padres fundadores” que, según vimos,

capacitados; pueden discernir y sopesar adecuadamente el interés

reconocían en la discusión ciudadana el irrefrenable riesgo de que

de “todos”; los individuos, presentes y no presentes en tales

las pasiones terminaran dominando a la razón”.

debates. En contra de esta creencia, y para defender la mencionada

En segundo lugar, podría decirse que la idea de evaluar la

conexión entre deliberación pública e imparcialidad, mencionaría

opinión de todos aquellos potencialmente afectados por una cierta

argumentos como los siguientes:

decisión, al momento de tomarla, parece responder a un aceptable

Muchas veces la toma de decisiones “parciales” se debe meramente

principio de justicia. Nuestras más básicas convicciones, en este

a la ignorancia de los intereses o preferencias reales de los demás.

sentido, parecen confirmar la idea de que aún los peores criminales

Quiero decir, en muchas ocasiones, la toma de decisiones no-

merecen ser escuchados, previo a que se tome una decisión que les

neutrales tiene que ver menos con el egoísmo o el autointerés de

va a afectar de modo directo. Esto es, se entiende que es justo

aquellos que toman las decisiones, que con malentendidos respecto

escuchar y sopesar adecuadamente lo que cada persona quiere

de cómo otras personas, evalúan las decisiones por tomarse.

decir, cuando es su suerte la que está en juego.

Aquellos que toman las decisiones en cuestión, en este sentido,

Ahora bien, existen otras posibles razones, más polémicas

pueden ignorar que ciertos individuos o grupos encuentran

que las anteriores, que pueden servimos para apoyar la idea de la

absolutamente inaceptable la decisión del caso, y creer que dicha

“discusión pública”. La más importante, según entiendo, es la

solución, en cambio, es universalmente apoyada, En tal sentido, la

siguiente: la discusión pública puede resultar beneficiosa a los fines

discusión pública puede resultar beneficiosa, al reducir los riesgos

de impedir (o ayudar a prevenir), la toma de decisiones parciales o

derivados del ignorar o malinterpretar los puntos de vista de otros.

sesgadas, virtud ésta que resulta de primera importancia para

Otro modo en el que la deliberación pública puede contribuir

cualquier sistema de toma de decisiones. Esta conexión entre

a la imparcialidad es el siguiente: la discusión tiende a forzar a cada

deliberación pública e imparcialidad, resulta negada por aquellos

persona a modificar sus argumentos, de modo tal de tomarlos

aceptables, frente a otros. Esto, debido a que propuestas que, por

ejemplo, en este sentido, aparece dado por los mismos debates

ejemplo, tienen su fundamentación última en nombres propios

constituyentes norteamericanos.

(“esto debe hacerse porque beneficiará a X”), o intereses

En el momento de comenzar las discusiones constituyentes,

particulares (“debiera tomarse este rumbo, porque es el que me

en efecto, se presentaron dos posturas completamente diversas, en

beneficia”), son así rechazadas en toda asamblea deliberativa

cuanto a la modalidad que debía caracterizar a tales debates:

abierta. De este modo, la deliberación tiende a “filtrar” del proceso

¿Correspondia abrir las sesiones al público; o mantener debates a

de

“puertas cerradas”, entre personalidades distinguidas?

toma

de

decisiones,

aquellos

argumentos

meramente

autointeresados”. Estas ideas, según entiendo, pueden apoyar

Los “padres fundadores”, apoyaron la idea de que las sesiones

adecuadamente la mencionada vinculación entre la idea de

de la convención debían ser llevadas adelante en secreto. Según

“deliberación pública,” y la de “imparcialidad”.

ellos, las discusiones constitucionales podían resultar “contamina-

La conclusión de lo dicho, entonces, seria que la imparcialidad de

das”, en caso de abrirse las mismas al público. Esta primera postura,

una decisión se ve favorecida cuando todos aquellos individuos

por ejemplo, quedó claramente especificada en unas notas del

potencialmente afectados” por la misma, participan del proceso de

federalista Jared Sparks. Según Sparks, en efecto, los debates

toma de decisiones.

debían ser llevados a cabo en secreto porque así los representantes podrían ir formando y modificando sus posiciones iniciales, a lo

Deliberación elitista vs. deliberación pública: la polémica en torno a las sesiones abiertas o cerradas de la convención constituyente Las implicaciones de contar con instituciones orientadas a asegurar una “deliberación elitista”, o a promover la discusión pública, resultan completamente diferentes. Un muy interesante

largo de los debates. Las sesiones secretas -conforme a su opiniónpermitían que “ninguna persona se sienta obligada a retener sus opiniones cuando ya vea que no satisfacen la verdad”27. Esto no podía ocurrir -afirmaba- si “los representantes se comprometían públicamente [con ciertas ideas] en un comienzo”23. Las opiniones de Madison al respecto también eran claras. De acuerdo con su opinión, las sesiones debían ser secretas, bajo la premisa de que las

mismas podían resultar sólo “viciadas” por la intervención del

discusiones públicas”. En este criterio, Jefferson fue aún seguido por

público, capaz de transmitirle las pasiones y prejuicios propios de

algunos de los antifederalistas que participaron en la convención

la política local. Particularmente, Madison defendió esta postura en

federal. Así, por ejemplo, en el caso de Luther Martin. De acuerdo

El Federalista n.37, sosteniendo que, a través del carácter secreto,

con este último, los procedimientos secretos “impedian aun a los

las deliberaciones habían “disfrutado, en un grado singular. la

mismos representantes [contar con] los medios de información y

posibilidad de verse excentas de las influencias pestilentes de las

deliberación [necesarios] para la fundamental tarea en la que están

animosidades partidarias; las enfermedades más propias de los

comprometidos”

cuerpos deliberativos, y

más capaces

de contaminar los

procedimientos” Contradiciendo los mencionados criterios, y suscribiendo lo que he dado en llamar un “modelo de discusión pública,” personalidades como Jefferson promovieron intensamente la implementación de sesiones abiertas a la ciudadanía. La idea central, en este caso, era la de que las deliberaciones constitucionales no podían dejar de contar con la intervención directa del público, sino a riesgo de perder todo valor, y convertirse en meras discusiones entre “elites” Así, por ejemplo, en una carta a John Adams, Jefferson sostuvo: “siento que [la Convención Federal] haya comenzado sus deliberaciones a través del abominable precedente de atar las lenguas de sus miembros. Nada puede justificar este ejemplo sino la candidez de sus intenciones, y la ignorancia del valor de las

El modelo de “discusión pública” en la práctica. El ejemplo de las “asambleas comunales” “town meetings” En el apartado anterior, ejemplifique algunas de las consecuencias del suscribir un sistema de “deliberación entre elites”, u otro alternativo, basado en la “discusión pública”. Según entiendo, a partir de ejemplos como el citado, y razones como las consideradas anteriormente, el modelo de “discusión pública”, debiera resultar preferido a su sistema rival. Ahora bien, en caso de que aceptáramos estos criterios, una pregunta esencial que debemos confrontar es la de si resulta concebible pensar en un sistema político basado en tal idea de discusión pública. ¿Es esto posible, o es que dicho ideal, en realidad, puede servimos, exclusivamente, como un “utópico” principio-guía? En esta sección,

intentare defender la posibilidad “efectiva” de contar con un

Para mediados de la década 1770-80, en los Estados Unidos, la

sistema de gobierno basado, fundamentalmente, en la idea de

principal unidad participativa a nivel local era, efectivamente, la

discusión pública.

de las llamadas “asambleas comunales”, o “town meetings”.

Una manera de defender dicha posibilidad, es la de analizar

Originariamente, estas asambleas eran reuniones de propietarios,

lo que ocurría en los orígenes del sistema representativo, poco

que se juntaban a discutir la organización de la propiedad. Sin

tiempo antes de que fuese impuesto lo que hoy conocemos como

embargo, a medida que estas cuestiones quedaron establecidas, los

sistema representativo. Obviamente, no es mi intención la de

propietarios pasaron a jugar un papel menos protagónico en dichas

sugerir la posibilidad (o la deseabilidad) de “volver las agujas

reuniones”. Desde el fin del siglo XVII, el rol de las asambleas locales

atrás”, como si aquellas sociedades y las sociedades modernas

comenzó a cambiar, a través de un notable incremento en la

fuesen equiparables; como si la historia transcurrida entre tanto

importancia y diversidad de las actividades internas de cada

pudiese ser puesta entre paréntesis; o como si las experiencias a las

comunidad. Así, de celebrar una o dos reuniones anuales, (normal-

que voy a referirme hubieran sido “incuestionables”. Sin embargo,

mente en marzo, y para la elección de las autoridades de la

según entiendo, este repaso histórico puede ser importante para

comuna), hacia el fin del siglo pasó a ser común la organización de

propósitos como los siguientes: 1- Para advertir que dicho ideal de

cuatro a ocho sesiones por año.

la “discusión pública,” no sólo no resulta “impensable”, sino que

La participación popular en las asambleas comunales variaba

además reconoce profundas raíces históricas; 2- para reconocer

sustancialmente conforme a cada región. Por ejemplo en Boston

algunas de las posibilidades y límites que pueden caracterizar a las

la participación habitual oscilaba entre 250 y 450 personas. En la

prácticas

más

“deliberativas”.

Permítanme,

entonces,

a

mayoría de las ciudades, el número de participantes en las

continuación, hacer; alusión a tales experiencias, presentes en los

asambleas locales era inferior al de Boston, mientras que en otros

tiempos inmediatamente previos a la organización del sistema

casos más excepcionales, los debates eran llevados a cabo por más

representativo.

de mil habitantes. Otro factor decisivo para definir el número de participantes en las asambleas tenía que ver, obviamente, con el

tipo de problemas que se discutían. Es claro, por ejemplo, que la

los debates. De todos modos, también corresponde mencionar que

participación local se incrementaba en momentos cruciales como lo

el nivel de participación que se aceptaba en las asambleas comuna-

fue el período revolucionario.

les era más que excepcional para los parámetros de la época” En

En sus reuniones, la gente tenía la oportunidad de discutir

este sentido, podríamos señalar, en primer lugar, que las asambleas

abiertamente sobre cuestiones locales. Un moderador era elegido

locales siempre tendían a alentar la participación de la comunidad

entonces para la conducción del mitin, que era normalmente

en la resolución de los problemas colectivos. Pero, además aún las

regulado por una estricta serie de normas. Nadie podía hablar sin

restricciones formales que podían existir (limitando, por ejempl0,

permiso del moderador, y si alguien intervenía, podía ser sujeto de

la participación de habitantes de condición social baja), tendían a

severas multas”, Luego de las discusiones, se permitía que la gente

ser dejadas de lado en la práctica. La idea es que “en realidad, en

votase, y las decisiones se tomaban conforme a la voluntad

los mítines populares tomaban parte incluso personas que no

mayoritaria. De todos modos, era común que se llegase a acuerdos

cumplían con los requerimientos establecidos, pero que eran

unánimes, lo que puede sugerir tanto la profundidad de las

conocidos y estables habitantes de la comuna”; por lo que, puede

discusiones, como el rechazo del disenso. Lo más probable es que

decirse que, “en lo concerniente a asuntos locales, la situación

una combinación de ambas tendencias estuviese presente.

económica de una persona raramente era tomada en cuenta, a la

Con lo dicho hasta aquí, no quisiera dejar la impresión de que

hora de admitirle el voto”.

las asambleas comunales o “town meetings” representaron modelos

Resumiría lo dicho señalando que las asambleas comunales

participativos ideales. Antes que nada, nunca debemos dejar de

o “town meetings” representaron notables experiencias de

tener en cuenta que, en el siglo XVIII, sólo una pequeña parte de la

participación colectiva en los asuntos públicos, teniendo en cuenta

comunidad estaba autorizada a tomar parte de los asuntos locales

los usos normales de la época. De todos modos,

Quiero decir, ni en los experimentos participativos más avanzados

parámetros más actuales, dichos niveles participativos (en la

(como los que, de algún modo, pudieron representar las “town

exclusión de mujeres, personas de color) resultaban obviamente

meetings ), las mujeres o las personas de color eran miembros de

acotados, aunque el nivel de organización de aquellas discusiones

conforme a

aun hoy merecerían seguir siendo objeto de estudio .

intelectuales o habilidades retóricas, que la gente más rica y bien educada. Estas inequidades iniciales pueden arrojar serias dudas

Problemas propios del ideal de la “discusión pública, ” y algunas posibles respuestas En los apartados anteriores, defendí la plausibilidad de contar con un sistema de gobierno centrado en la idea de “discusión pública”. En lo que sigue, y para no pecar de una excesiva ingenuidad, quisiera reconocer y explicitar algunos de los muchos problemas que parecen propios de tal ideal deliberativo.

acerca del valor de la discusión pública. Más allá de la cuestión de los recursos materiales “de partida”, es importante considerar el tema de las motivaciones iniciales requeridas por la deliberación. Por un lado en efecto la deliberación requiere contar con gente motivada para discutir sobre política y, en este sentido, no parece correcto asumir que toda la ciudadanía está dispuesta a tomar un rol activo en la esfera pública . De modo aun mas importante, la deliberación requiere contar con gente que exprese de modo sincero sus puntos de vista que este predispuesta

I. Problemas en relación con las condiciones iniciales de la

a modificar sus posiciones iniciales si encuentra argumentos que son

deliberación

mejores que los propios; y que esté dispuesta a aceptar que sean

La idea de deliberación pública implica que toda la ciudadanía, y no

otros. los puntos de vista que se terminen realizando. Si estas

sólo una exclusiva elite, participa en los debates políticos.

condiciones motivacionales no están presentes, luego tendremos

Este hecho debe movemos a pensar acerca de las diferentes

nuevas razones para desconfiar del valor de la discusión publica.

condiciones materiales con las cuales distinta gente llega a ¡ares debates. Por ejemplo, parece razonable pensar que aquella gente que carece de recursos materiales para asegurar su subsistencia diaria, va a contar con mayores problemas para participar en política. Para decirlo crudamente, es dable pensar que la gente más pobre va a tener menos tiempo, poder de negociación, capacidades

II.

Valor

intrínseco

de

la

deliberación

y

condiciones

procedimentales La afirmación según la cual del mero intercambio de argumentos vayan a obtenerse siempre decisiones “más racionales” no resulta

del todo clara. Por el contrario, es probable pensar que, a

III. Problemas concernientes a los (previsibles) resultados de la

resultas del intercambio de opiniones, la gente termine reforzando

deliberación

mutuamente sus propios sesgos, o intereses parciales”. Más aún es

Finalmente es importante enfatizar que los resultados de las

posible

deliberaciones reales (y, en particular, de las discusiones públicas)

que

los

argumentos

meramente

autointeresados

predominen, no por su valor intrínseco. sino como resultado de las

se alejan normalmente de acuerdos unánimes. Este hecho nos debe

habilidades manipulatorias de algunos grupos o individuos' Lideres

forzar a pensar acerca de las relaciones entre deliberaciones

demagógicos, en este sentido, pueden llegar a tener éxito con la

publicas y conflictos sociales. En este sentido, podría mencionar dos

presentación de ofertas políticas no sinceras, lo cual muestra las

cuestiones importantes: por un lado, la deliberación no siempre

fragilidades de la mera deliberación. Esto es, la deliberación no

puede resolver conflictos. Como sostenía Carl Schmitt, la

es siempre capaz de filtrar argumentos egoístas.

deliberación es incapaz, muchas veces, de evitar los conflictos

Factores como los mencionados nos pueden ayudar a entender

políticos. El desarrollo de la moderna democracia de masas –de

otros serios problemas que afectan a las “discusiones reales”

acuerdo con Schmitt- ha transformado a la discusión publica

En estas discusiones, por ejemplo puede ocurrir que no todas las

argumentativa en una formalidad vacía”.

posiciones posibles sean presentadas a la discusión (o no sean

Por otro lado, puede decirse algo aun más fuerte y es que la

presentadas

deliberación tiende a generar conflictos. Como sostiene Adam

en

iguales

condiciones),

que

las

posiciones

(aparentemente) más razonables no siempre prevalezcan; como

Przeworski, este criterio formaba parte del sentido común de los

también que algunos argumentos sean rechazados sin otorgar para

socialistas: la deliberación colectiva lleva al reconocimiento de las

ello razones adecuadas. Mas aun, las solas limitaciones temporales

identidades de clase y [así, resultan] en conflictos de clase que [no

pueden forzar a los participantes a tomar decisiones que no

pueden] ser resueltos por la [misma] dellberacion.

apoyarían de contar con mayor tiempo Para discutir.

Última defensa de la deliberación

Madison en El Federalista 51, para decir que “si los hombres fueran

Todas las objeciones presentadas más arriba parecen representar

ángeles, entonces no habría necesidad de establecer un gobierno”. Y

críticas serias y realistas. De todos modos, los defensores de

es que, justamente, el sistema institucional nace para tratar de

la discusión pública pueden seguir teniendo razones para defender

hacer posible la convivencia , a pesar de todas las debilidades y

la aceptabilidad de tal modelo. A continuación, voy a mencionar

defectos propios de la naturaleza humana. El promover y mejorar la

algunas, de entre estas posibles razones.

discusión colectiva parece resultar una opción razonable a la que un

Primero, entiendo que la mayoría de las criticas mencionadas

diseño institucional deseable bien podría estar dirigido.

no afectan el valor de la discusión pública, sino que simplemente

Ahora bien ¿qué hay respecto de las críticas presentadas por

demuestran la implausibilidad de las versiones más optimistas

autores como Carl Schmitt, conforme a las cuales la deliberación no

acerca del proceso deliberativo, En efecto, en sus versiones más

es siempre apta para detener el conflicto social (o, aún peor, que

optimistas, la discusión colectiva aparecería (siempre) produciendo

puede ser causa de origen de estos conflictos)? Este tipo de

acuerdos, que además serian unánimes y armoniosos. Esta ingenua

afirmaciones parece ser, al menos, parcialmente confirmada por

presentación es claramente vulnerable frente a todas las criticas

muchos de los hechos propios de la historia norteamericana,

presentadas, que demuestran de que' modo la deliberación puede

analizada más arriba. Por ejemplo, las insurrecciones populares de

ser restringida y distorsionada, Sin embargo, esta versión optimista

1780, ejemplificadas por la rebelión de Shays, aparecieron, en

o “naif” de la deliberación, resulta absolutamente poco sofisticada, y

efecto, luego de un período de intensa participación popular en

ninguna persona razonable estaría dispuesta a defenderla

política. Esto es, los mayores disturbios sociales de la época

sinceramente.

siguieron a un período de intensa deliberación popular.

Es absolutamente cierto que, en muchas ocasiones, la gente

De todos modos, de hechos como los mencionados no corresponde

se mueve por motivaciones meramente egoístas; o se siente movida

concluir que la deliberación, en si misma, no resultase valiosa. No

a manipular o engañar a sus adversarios. De todos modos,

parece correcto tampoco concluir con la idea de que la “causa” de la

podríamos replicar estas afirmaciones recurriendo al mismo

agitación social haya sido la discusión mayoritaria. Más bien, la

causa de tales conflictos, como suele ocurrir, parece residir en las

deliberativo de democracia, necesitamos compararlo con o1:ras

graves injusticias que eran propias de la época post-revolucionaria.

alternativas existentes o probables. Por ejemplo, tal vez sea cierto,

Todavía más, podría decirse que, en muchísimas ocasiones, la

como algunos afirman, que un modelo deliberativo puede quedar a

celebración de asambleas colectivas constituyó un canal adecuado

la merced de manipuladores o individuos con particular habilidad

para dotar de mayor racionalidad a conflictos como los que

retórica-ll. Sin embargo, aun aceptando este disputable juicio,

entonces aparecieron. De hecho, este es el criterio que sostuvieron

deberíamos comparar la alternativa de tener asambleas ciudadanas,

los principales historiadores del periodo, aún aquellos que no

con otras posibilidades que puedan parecer más deseables

simpatizaron con el funcionamiento o los propósitos de las

Podríamos preguntarnos, por ejemplo, si la “gente común” resulta-

asambleas colectivas. Estas asambleas habrían servido para

“menos manipulada” en sistemas en los cuales su participación

promover “la resolución legal y pacífica de los conflictos”. Su

pública resulta mucho más restringida. Esto es, el hecho de que la

funcionamiento habría permitido dar un canal adecuado a la

voluntad de la ciudadanía pueda llegar a ser manipulada en un

protesta social. La violencia ocurrida en el periodo, luego, se podría

sistema participativo, no nos dice en absoluto que en sistemas

explicar de este modo: a través de las asambleas comunales, la

menos participativos dicha voluntad vaya a ser mejor respetada.

ciudadanía distinguió algunas de las causas originarias de sus

Más aún es razonable pensar lo contrario, esto es, que cuanto más

angustias, y canalizó en buena medida sus reclamos de mejoras. En

se alejen los representantes de los representados, más posibilidades

efecto, en numerosas ocasiones, las asambleas locales terminaron

hay de que aquellos ignoren o desconozcan los reclamos de estos.

con peticiones a la legislatura, y propuestas de reformas al sistema político. Luego, y sólo en ocasiones extremas, cuando el sistema institucional se obstinó en desconocer los reclamos ciudadanos, y se mostró abiertamente carente de legitimación, la ciudadanía decidió presionar a sus representantes por vías no institucionales. Finalmente, señalaría que a los fines de evaluar el modelo