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Flujograma de Proceso para calificar origen de Enfermedad laboral Manifestar patología Calificación de origen en prime

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Flujograma de Proceso para calificar origen de Enfermedad laboral

Manifestar patología

Calificación de origen en primera oportunidad por la EPS. Decreto 019 de 2012. Art 142, Ley 1562 de 2012 Art 17 y Decreto 1072 de 2015 Art 2.2.5.1.16

Notificación ante la ARL

Controversia por la ARL. Decreto 19 de 2012 Art 142.

Calificación Junta regional de calificación de invalidez

Junta Nacional de calificación de invalidez

Aceptación del dictamen

El trabajador se dirige al área de SST de la empresa o directamente a la IPS By: Sandy Rodriguez y manifiesta su condición de salud y sintomatologías.

De acuerdo al concepto medico laboral si existe sospecha de que el estado patológico del trabajador puede ser consecuencia de la clase de labor, la EPS solicita a la empresa certificación de cargos, estudios ambientales de factor de riesgo si aplica y análisis de puesto de trabajo para calificación de origen de secuelas. Al trabajador le solicitan las historias clínicas ocupacional; basado en el Decreto 2463 de 2001 ART. 10 El origen de la enfermedad se define mediante la tabla de enfermedades y relación de la causalidad mediante el Dec 1477 de 2014.

Una vez la EPS califique en primera oportunidad el origen de la enfermedad y esta misma haya sido determinada de origen laboral, notifican a la ARL, fondo de pensión, empresa y trabajador La ARL luego de revisar y analizar la documentación aportada por la EPS y concluyen la aceptación o controversia de dicha enfermedad acorde Decreto 19 de 2012 Art 142 se pronuncian dentro de los términos legales. En caso de controversia remiten el caso a junta regional de calificación de invalidez y procederá con el pago de los honorarios correspondientes a la junta acorde a lo estipulado en el ART 20 del decreto 1352/2013 La junta regional, califica el origen de la enfermedad y emite un concepto determinando si la enfermedad es o no de origen laboral. Remite este concepto al trabajador con copia la ARL y EPS . En caso de apelación ya sea por parte del trabajador o la ARL, el caso se lleva a la Junta nacional de calificación de invalidez (Bogota). El trabajador es citado y valorado por la Junta y el pago de honorarios es asumido por la ARL La junta nacional califica, emite y notifica el dictamen a las partes interesadas. Si la calificación de la Enfermedad es de origen laboral, la ARL acepta y se responsabiliza del caso teniendo que está fue la última instancia de apelación. Dec 1072/2015 ART 2.2.5.1.42 y 43. ..2