Falacias Discurso Oratoria

Introducción La palabra falacia es usada a veces, como equivalente al término sofisma. La significación de falacia o sof

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Introducción La palabra falacia es usada a veces, como equivalente al término sofisma. La significación de falacia o sofisma alude a un ¨ argumento aparente o a una forma de argumente no válida. La palabra falacia tiene límites imprecisos en su significado. En algunos contextos aparece el término denotando una falsa creencia o un error expresado en un enunciado, pero éste es un uso impropio. Para que haya una falacia es necesario que estemos en presencia de un argumento; conforme a lo que se ha dicho precedentemente, es menester que se trate de un “argumento aparente”. Desde el punto de vista lógico, no existe un argumento o un razonamiento; pero aunque incorrectos a la luz de la lógica, suele llamarse falacias a loa razonamientos que son psicológicamente persuasivos. Es un modo de argumentar en que hay un error en la estructura del razonamiento, que pasa inadvertido. Debido al múltiple registro de falacias que han mencionado estudiosos durante la historia, se puede concluir que no se puede, ¨ ni se debe*¨ enunciar una clasificación taxativa de las mismas. Pero se tomará como base la realizada por Aristóteles. El desarrollo del presente trabajo de investigación, estará dedicado a la investigación de los siguientes temas relacionados a: Falacias, concepto, falacias de atinencia y de ambigüedad; verdad y validez; uso de la falacia en la lógica Jurídica; solución de problemas, el discurso y la oratoria jurídica, conceptos y usos; funciones múltiples del discurso, formas del discurso, practica del discurso y la oratoria jurídica.

FALACIAS. Concepto: Una falacia es un error de razonamiento. De la manera en que los lógicos utilizan el término, no designa cualquier error o idea falsa, sino errores típicos que surgen frecuentemente en el discurso ordinario y que tornan inválidos los argumentos en los cuales aparecen. La palabra falacia se deriva del verbo Fallare que significa Engañar; por esta razón se emplea para designar los razonamientos engañosos. Una falacia es un razonamiento no válido o incorrecto pero con apariencia de razonamiento correcto. Es un razonamiento engañoso o erróneo (falaz), pero que pretende ser convincente o persuasivo. Muchos autores resaltan que un razonamiento falaz no necesariamente posee una conclusión falsa; así como un razonamiento correcto o válido no necesariamente tiene una conclusión verdadera. Los razonamientos falaces no son "falaces" por llegar a una conclusión falsa, sino por un error en su procedimiento. Podría decirse que una falacia es un razonamiento en que la conclusión no se deriva estrictamente de las premisas, aunque parece hacerlo. Falacias de Atinencia. Son razonamientos desviados, la conclusión no guarda atinencia con las premisas, sólo engañosa conexión psicológica o emocional. Las conclusiones no tienen relación de dependencia o necesidad con sus premisas y, por lo tanto, no pueden establecer su verdad; nos engañan sin embargo, porque el lenguaje se usa tanto expresivo como informativamente para estimular emociones como temor, hostilidad, piedad, entusiasmo o terror.

La característica común a todos los razonamientos que cometen falacias de atinencia es que sus premisas carecen de atinencia lógica con respecto a sus conclusiones, no pudiendo establecer su verdad. La circunstancia de carecer de atinencia lógica, presentando en cambio atinencia psicológica se explica por los distintos modos en que puede ser usado el lenguaje. Las más conocidas son: Argumentum ad baculum.

Argumentum ad populum.

Argumentum ad hominem.

Argumentum ad verecundiam.

Argumentum ad hominem.

Accidente o falacia.

Argumentum ad ignorantiam.

Petitio principii.

Argumentum ad misericordiam.

Ignoratio elenchi.

Falacias de Ambigüedad. Son razonamientos cuya formulación contiene palabras o frases ambiguas, cuyo significado varía en el curso del argumento. Equívoco Ocurre cuando dentro de un mismo contexto se utiliza una palabra o una expresión con un sentido en las premisas y otro en la conclusión. Suele ser el error más evidente y por ello se utiliza mucho en el humor. El consabido “Nadie puede arreglar este país. Vote a Nadie”, utiliza este recurso, tal como los chistes con “doble sentido”. Otro ejemplo es cuando se utiliza un término relacional, que depende del contexto en dos sentidos diferentes: “Todo hombre grande es un gran hombre”, “un edificio pequeño es un objeto pequeño”. En este tipo de falacias los significados de las palabras cambian en el curso del razonamiento falaz. El equívoco cuando una palabra tiene más de un significado literal. La anfibología cuando existe ambigüedad por la estructura gramatical utilizada. El énfasis cuando el significado cambia según se recalquen las palabras. La composición en el caso en el cual se le otorga al todo los atributos de las partes. La división en el caso en el cual se le otorgan a las partes los atributos del todo. Falsa Causa se infiere que un acontecimiento es la causa de otro sólo porque sucedió antes. Pregunta Compleja se formula una doble pregunta que exige una respuesta simple al interlocutor Argumento por la Ignorancia se sostiene que un enunciado es verdadero sólo porque no se ha demostrado que es falso El Énfasis el significado cambia según qué fragmento del discurso se enfatice El Equívoco se usa la misma palabra con dos significados distintos en el mismo contexto argumentativo. La Composición se atribuyen propiedades que sólo son de los elementos a la clase, o se transfieren propiedades de las partes al todo.

La división se sostiene que lo que es cierto del todo debe serlo también de cada una de sus partes, o que tosas las propiedades de una colección de elementos lo son de cada uno de ellos. Verdad. La deducción válida es necesariamente preservadora de la verdad. La validez deductiva no tiene grados. La conclusión de un razonamiento inductivo va más allá del contenido de las premisas: la inducción es ampliativa. Un argumento inductivo pertinente puede tener premisas verdaderas y conclusión falsa. La inducción no es necesariamente preservadora de la verdad La inducción admite grados de apoyo. Validez. Razonamiento válido (Razonamiento deductivo). Razonamiento probable (Razonamiento inductivo). Razonamiento Correcto Razonamiento Deductivo Válido: Aquél que variando el contenido pero preservando la forma, nunca conduce de premisas verdaderas a conclusión falsa Razonamiento Inductivo Correcto: Aquél en el que las premisas proporcionan un adecuado apoyo a la conclusión. Uso de la Falacia en la Lógica Jurídica. Se usa cuando se pretende que un argumento tenga validez sin realmente poseerla; aunque dicho argumento contenga algún elemento que nos puede llevar a engaño si no estamos suficientemente atentos, y por ello, a pensar que es válido. Se usa con el argumento Argum a la mofa para que mediante una oportuna observación o réplica burlona se haga caer el ridículo sobre el adversario o sobre una afirmación suya. Suele utilizarse por quienes quieren refutar a otro pero carecen de todo argumento. Se usa con el Argum Ad Superbiam, donde se apela al orgullo, soberbia o arrogancia que el interlocutor tiene en contra de su contraparte; por ejemplo, cuando se exaltan las cualidades referentes a su actuar en su profesión, o a sus cualidades reales o inexistentes, etc. Se usa con Argum Ad Hominem, que consiste en dirigir la discusión, no sobre la cosa en cuestión sino sobre el hombre que la sostiene, de manera que el juicio positivo o negativo que recaiga sobre la persona, afecte a la proposición en cuestión. Solución de Problemas.

La clave en la solución de Problemas es ser sistemático, identifique el proceso correcto, haga un análisis correcto, determine las alternativas y seleccione la mejor de acuerdo a sus resultados e implicaciones, para ello es necesaria la Información así como la correcta interpretación de esta. Si se analiza la parte considerativa de cualquier sentencia, se verá que lo que en ella se contiene son los razonamientos jurídicos que explican cómo se resolvieron los problemas jurídicos sometidos a la consideración del juzgador. Para resolverlos nos servimos de los Métodos, porque en nuestro sistema jurídico no existen los tribunales de conciencia sino los Tribunales de Derecho, y por ellos requerimos emplear los Métodos Científicos de Aplicación del Derecho. Cualquier órgano jurisdiccional, por su propia naturaleza, tiene como función resolver conflictos de intereses. El Discurso y la Oratoria Jurídica. Concepto: El discurso jurídico es aquel que refleja los presupuestos culturales del saber jurídico, expresando su fuerza normativa y haciendo posible su transmisión y recreación. Y que también suele hacer mención a la voluntad del legislador. Hoy en día existe una línea de investigación relacionada con el estudio del discurso jurídico contemporáneo que está adquiriendo gran auge. Se trata del lenguaje de los tribunales, el lenguaje jurídico oral, cuyo poder instrumental se impone dentro de las salas judiciales. Uso: Busca en el auditorio una respuesta de agrado y complacencia, con el propósito predominante de hacer con pequeños sucesos o resumen los puntos más importantes o resaltantes de la materia. Ofrece grandes ventajas, tanto al emisor como a los receptores, debido a la narración y a la expresión cultural y coherencia que se utilice. Persigue la clara compresión de un asunto, tema o idea que resuelve una incertidumbre. Su principal objetivo es de ayudar a los miembros de la sala para que estos puedan ampliar su campo de conocimiento. Su característica principal de este discurso es llevar a cabo la objetividad. Busca en el auditorio una respuesta de agrado y complacencia, con el propósito predominante de hacer con pequeños sucesos o resumen los puntos más

importantes o resaltantes de la materia. Ofrece grandes ventajas, tanto al emisor como a los receptores, debido a la narración y a la expresión cultural y coherencia que se utilice. Oratoria Jurídica: La Oratoria viene a ser el uso de las reglas aplicadas a la expresión oral y que han surgido del estudio de la naturaleza humana y del análisis de los discursos de los grandes oradores de la Historia. La oratoria es el arte de hablar con elocuencia y su finalidad es persuadir, es pues, unos de los elementos fundamentales en la unificación de criterios, y la comprensión y el estímulo de masas. El poder de la convicción, de representantes de cada país, es menester en un mundo de transformación. Estas transformaciones si fuesen en su totalidad, colmadas de ética y moralidad, cuán grande y evolucionado sería la existencia de cada ser. El desempeño profesional de un abogado requiere inexorablemente de un óptimo desempeño oral y gestual. La persuasión será el método más eficaz para la obtención de resultados. Para el profesional de la ley, conocer las técnicas y estrategias de la expresión oral y gestual le otorgará una importante ventaja competitiva. Funciones Múltiples del Discurso. El discurso es un evento comunicativo social, realizado mediante el empleo de elementos lingüísticos. Es el mecanismo más efectivo para entablar comunicación con un determinado público; por ende, debe haber un vínculo previo entre el orador, oyente y auditorio. La división presentada acerca de las funciones del lenguaje es aclaratoria y valiosa, pero no se la puede aplicar mecánicamente porque casi toda la comunicación usual ejemplifica el hecho de que, en mayor o menor medida, el discurso cumple funciones múltiples. Así, por ejemplo, un poema, que es básicamente un discurso expresivo, puede tener una moraleja y por lo tanto ser también una apelación o un requerimiento al lector o al oyente para que observe un cierto tipo de vida o que tenga tal o cual actitud ante determinados hechos y también puede contener una cierta cantidad de información. Por otra parte, si bien un sermón tiene un carácter predominantemente directivo, ya que trata de provocar determinadas acciones entre los miembros de la congregación (por ejemplo, que abandonen sus malas costumbres o que practiquen la

caridad), también puede manifestar y despertar sentimientos, cumpliendo así una función expresiva, o aún incluir alguna clase de información al comunicar ciertos hechos. Formas de Discursos: Discurso jurídico es un metalenguaje dedicado a observar el correcto funcionamiento de la actividad argumental en el ámbito del razonamiento jurídico, en consecuencia, en el ámbito de la aplicación de la ley, de la administración de justicia y de la elaboración de las leyes. Discurso argumentativo, está encaminado a convencer no significando avasallar, ni mucho menos ofender, como tampoco despreciar; antes que todo debe estar direccionado a construir, y a ello debe dirigirse cada palabra que pronunciemos o letra que escribamos, en el auditorio para la acción oral del discurso, o del lector en lo que a lo escrito corresponde. Discurso descriptivo Es un intento de reseñar la realidad mediante palabras; también se ha definido como “pintura verbal”. La descripción tiene como objetivo presentar objetos, personas, lugares, sentimientos o sensaciones, indicando, en la medida de lo posible, características o detalles concretos de algo. Práctica del Discurso y la Oratoria Jurídica: La Práctica del Discurso Jurídico. Es importante para el orador jurídico estructurar adecuadamente su discurso, pues debe ser capaz de hablar con claridad y exactitud. Sin excederse en su contenido, pero sin dejar partes del tema sin tratar. Debe seleccionar el tema al cual ha de referirse y los limites dentro de los cuales lo desarrollará. Tiempo y espacio son conceptos muy importantes que no puede obviar, pues de ello puede depender el desarrollo adecuado del discurso. En el discurso, cualquiera sea el tipo utilizado, (escrito, memorizado, improvisado o esquematizado) se presenta una estructura ya clásica en tres momentos distintos: La Introducción, El Cuerpo y La Conclusión. Cada uno de estos elementos estructurales se diferencia de los otros, cada uno cumple una función específica. La Práctica de la Oratoria Jurídica. La oratoria jurídica se hace aún más notoria en los juicios orales. Podemos decir que tanto el magistrado, el fiscal y los abogados, toman

el juicio oral como un quehacer cotidiano, en la que, desde distintas posiciones, las más contrapuestas, contribuyen a plasmarla, conscientes de que en esencia, se trata de hechos formales que han sido creados para juzgar a una persona. Se aplica como línea de la recta conducta, a las normas morales, religiosas o jurídicas, prescribiendo acciones o imponiendo omisiones. Las reglas o normas jurídicas imponen una pena de cumplimiento efectivo en caso de ser desobedecidas. Es la exhibición relatada, explicación y desarrollo de un tema con el propósito de informar rigurosa y objetivamente sobre él. En la exposición hay tres partes: la introducción, el desarrollo y la conclusión.

Conclusión Es natural que nos preguntemos como tales argumentos pueden engañarnos. Ante esto se podrían citar dos respuestas: Primero no siempre es obvio que una determinada argumentación constituye una falacia, ya que una larga discusión, podría fácilmente, llevarnos a la fatiga y perjudicar nuestra atención, pasando por inadvertidas la poca

atinencia de la conclusión con respecto a las premisas. Y segundo, y más importante, que el lenguaje no solo sirve para comunicar información, sino que puede despertar grandes emociones. No hay un procedimiento específico que no permita evitar las falacias. Por tratarse de razonamientos de carácter persuasivo, las formas, o mejor dicho, las grandes formas que pueden adoptar son muy sutiles. Hemos ver que una falacia es, según la definición tradicional, un patrón de razonamiento incorrecto que aparenta ser correcto. Un razonamiento falaz no necesariamente arriba a una conclusión falsa; así como un razonamiento correcto o válido no necesariamente arriba a una conclusión verdadera. Los razonamientos falaces no son falaces por arribar a una conclusión falsa, sino por contener un error en el razonamiento mí. Creo yo, como ha dicho el maestro Aristóteles, que todo aquel que tenga que argüir, debe conocer estos razonamientos viciosos, carentes de articulación lógica; pero no para utilizarlos, y enfermar así el lenguaje; sino para estar prevenidos contra ellos cuando sea probable su utilización por el adversario.